Esmeraldas
Las microempresas están sofocadas por la burocracia
Más del 90% de las empresas en Ecuador son microempresas; pero la mayoría son poco productivas e informales. Hay salidas si se trabaja en eficiencia, se eliminan excesivas regulaciones y se flexibilizan las tasas de interés 9


COMUNIDAD
Capacitación domiciliaria para personas con Discapacidad 3
SALUD
Salud y medicina basadas en estándares 4

POLÍTICA
¿El presidente Noboa triunfará en la consulta popular? 7
POLÍTICA
Rostros conocidos aspiran a la nueva Asamblea 2025 8
SOCIEDAD
Conozca las coincidencias en los crímenes de 4 niñas 10


EDITORIAL

La cuestión judía Ola migratoria
Se afirma con fundamento que es más fácil vencer a un ejército que vencer un prejuicio. El mundo mantiene prejuicios raciales, religiosos, culturales. En la antigüedad se llamaba ignorantes a los que sostenían que la tierra no era “plana”, pues así lo habían decretado gobernantes y sacerdotes. Se quemaba a las personas que tenían conocimientos sobre cuestiones naturales, acusándolas de brujos y brujas. En la Colonia, en América, muchos conquistadores sostenían que sus salvajes habitantes no tenían alma. En el Ecuador, ya convertido en República, se consideraba racialmente inferiores a los indios, y no había fuerza que logre cambiar dichos criterios. Y el mayor de los prejuicios: la supuesta inferioridad de la mujer frente al varón, tanto que se acuñó una frase: “Al que Dios quiso, hombre le hizo”, frase machista que se formuló sin consultar al Creador y a la Historia.
La ciencia, la biología ha avanzado lo suficiente para desechar el concepto de ‘raza’, cuando lo que existen son troncos étnicos, que no se pueden clasificar como superiores ni como inferiores. Los judíos por su carácter individual y sus actividades productivas han sido admirados y perseguidos. En una Enciclopedia Internacional se sostiene “Que entre las características más salientes de la raza hebrea hay que citar la acentuada aversión al trabajo corporal que signifique fatiga; espíritu de familia muy pronunciado…ánimo esforzado, propio de profetas y de mártires…actitud extraordinaria para resistir adversidades…especulación especialmente en asuntos de dinero”.
Leyendo detenidamente se ve que todos los humanos, más o menos, seríamos hebreos. La generalización de las características de una vieja cultura es un prejuicio. Y los prejuicios son una opinión previa y tenaz, por lo general desfavorable, de algo que se conoce mal.

Cultura de seguridad
ElMinisterio de Defensa, con la Universidad de las Fuerzas Armadas y su Centro de Estudios y Pensamiento Estratégico, junto con el Centro de Estudios Hemisféricos para estudios de la Defensa, desarrollaron en la
Un país de empresas enanas
En el país ha predominado un discurso que enaltece a las microempresas como ejemplos de emprendimiento y determinación. Sin embargo, esa condición debería ser temporal y, con el objetivo final de contar con empresas grandes y formales que generen abundantes puestos de trabajo y el mejor servicio posible. Para ello, lo ideal sería contar con un entorno dinámico de microempresas, en el que algunas crecen y otras perecen para luego renovarse.
La realidad es distinta. En Ecuador, más del 95% de las empresas existentes son microempresas sumamente precarias.
Este entorno de empresas diminutas, en la mayoría de los casos informales y condenadas a la mera subsistencia, es sumamente ineficiente para la economía y ensombrece las perspectivas de desarrollo. Bajo un esquema
de ese tipo, las empresas y sus trabajadores no desarollan habilidades complejas ni aportan un volumen creciente de valor agregado. Al contrario, en un escenario de empresas mayores, los consumidores se benefician con mejores productos y servicios, los trabajadores adquieren conocimiento especializado, e incluso el mercado financiero obtiene acceso a nuevos clientes corporativos.
Tanto los multilaterales como los académicos coinciden en sus visiones sobre lo que el país necesita para evolucionar hacia ese escenario. Se debe reducir la tramitología, invertir en obra pública —especialmente de conectividad— y reformar la política educativa y económica para que privilegien la innovación y la productividad. No obstante, lo primero, como siempre, es contar con determinación y voluntad política, algo que aún está por verse.

semana anterior, el II Congreso Internacional de Seguridad sobre Crimen Organizado Trasnacional en el que participaron reconocidos especialistas nacionales e internacionales con importantes contribuciones sobre la temática del evento.
Según sus organizadores, el objetivo del Congreso fue aportar a la creación de una cultura de seguridad y defensa en la sociedad ecuatoriana, para estimular su participación en la construcción del ambiente de seguridad indispensable para el desarrollo económico y social de la Nación.
Me parece una iniciativa loable para un país en el que se improvisa en temas complejos como éstos y, generalmente, sus autoridades políticas toman decisiones apresuradas con los resultados que la población ha debido lamentar. El Congreso se enfocó en tres campos específicos : Crimen organizado transnacional: una amenaza a la seguridad del Estado y global; Crimen Organizado Transnacional y sus implicaciones a la Seguridad Marítima del Estado; e, Inteligencia Estratégica para confrontar al Crimen Organizado Trasnacional. Cabe
destacar como asuntos relevantes: la penetración del crimen organizado en funciones e instituciones fundamentales del Estado; la característica transnacional de la amenaza y los pobres resultados alcanzados por el sistema internacional en medio siglo de lucha; y, el papel de la inteligencia estratégica frente al uso criminal del ciberespacio. Se destacó, también, la decisión del Gobierno de declarar la situación de Conflicto Armado Interno, legitimada por el respaldo generalizado que ha recibido de la comu-
Datos
del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) dan a conocer que en Ecuador existe una nueva ola migratoria, similar a la que hubo en 1999 y en el 2000, por efecto del feriado bancario, de ingrato e hiriente recuerdo.
Impulsados por las condiciones, deplorables e increíbles, en que dejaron al país los últimos mandatarios, que nada tuvieron de estadistas y que incluso tienen que responder a la justicia por acciones indebidas, decenas de miles de compatriotas abandonan sus lares en busca de las condiciones de vida que no las encuentran en su propio terruño.
Mientras esto sucede en la actualidad, en un régimen de pésimo recuerdo se llegó a instaurar en la Constitución lo que llamaron ciudadanía universal, lo que atrajo a nuestros territorios centenares de miles de personas de otras latitudes, entre ellas no pocas de pésimos antecedentes, lo que vino a introducir prácticas delictivas antes desconocidas en nuestro medio, considerado, anteriormente, como isla de paz: convirtieron a nuestro país en lugar de auge de la corrupción, inseguro y poco atractivo para la inversión extranjera, principal exportador de drogas ilícitas, residencia de numerosos grupos delictivos en contubernio con cárteles extranjeros del crimen organizado. Tristemente, en el 2023, a Ecuador se le ubicó como el país más violento de América Latina.
Pocas veces nuestra Patria se ha encontrado en situación tan calamitosa, a la que está enfrentando con entereza el presidente Noboa, de allí su popularidad en aumento: ha causado magnífica impresión, entre otras alentadoras noticias, el anuncio de que el riesgo país ha disminuido. Se trata de la imagen internacional y eso es bueno. Si se combate con mano firme a la inseguridad y se proporciona empleo digno para los millones de ecuatorianos que no lo tienen, el éxodo de compatriotas se detendrá, con las positivas consecuencias para el tan ansiado desarrollo.
nidad internacional e, internamente, por los resultados concretos en la disminución de los hechos violentos ; sin embargo, queda mucho por hacer y es extremadamente urgente, definir una estrategia clara para recomponer el sistema político interno, a la vez que una inteligente política internacional con un enfoque de seguridad cooperativa, para comprometer recursos adecuados, de los países involucrados en el complejo cuadro de inseguridad que soporta el pueblo ecuatoriano.
Capacitación domiciliaria para personas con Discapacidad
El Consejo Cantonal de Protección de Derechos de Esmeraldas CCPDE, se encuentra realizando puerta a puerta la socialización de lo que será la elección del Consejo Consultivo de las personas con discapacidad.

Esa actividad la cumple la técnica Diana Coral, responsable del citado enfoque, con el aval de la abogada Aura Sandoval, secretaria Ejecutiva del CCPDE.
Al ser visitada en su domicilio la conocida educadora, Gilda Páez Rosero, quien posee discapacidad visual expresó las felicitaciones por la actividad que
lleva adelante el Consejo Cantonal de Protección de Derechos.
Páez Rosero al tiempo de evidenciar entusiasmo dijo que, está lista para partici-
par en el proceso eleccionario para junto con el CCPDE, construir políticas públicas en favor de las personas con discapacidad.
Según la planificación que
tiene la institución, el lunes 25 de marzo de 2024, deberán cumplirse los comicios para conformar el nuevo Consejo Consultivo, explicó la técnica Diana Coral. AGM
Consejo Cantonal de Protección de Derechos, atiende a sector isla Luis Vargas Torres
El Consejo Cantonal de Protección de Derechos, de acuerdo a sus competencias ha procedido al acompañamiento y segu
miento de la atención integral para la protección de derechos del sector isla Luis Vargas Torres.
Una vez que recibieron la alerta por parte de algunos de las dirigentes barriales y moradores de este sector, ante los embates que enfrentan por el paso de la temporada invernal y crecida del río, realizando proce-
sos de articulación con los diferentes actores institucionales para la requerida atención de acuerdo a su cartera de servicios.
Una de ellas el Distrito de salud 08D01, que hará atención 3 días en diferentes puntos del sector, la cual ha desplegado una unidad móvil de atención con la atención en medicina general, odontología, campaña de atención para cuello uterino, papiloma humano, gota gruesa, paludismo y dengue.


Salud y medicina basadas en estándares
Vivimos en una era de excesiva información, incluyendo la medicina. Buscar sistemáticamente el conocimiento y analizar críticamente los resultados de numerosos estudios es la realidad de ser el médico moderno, y los resultados de estas actividades científicas se realizan cada día en el campo de la medicina.
Lo que está a punto de leer es solo una discusión sobre los logros médicos globales de alto nivel. En muchos sentidos, estos argumentos no resuenan en la dura realidad de la atención médica práctica
¿Qué tiene que ver nuestra salud con eso?
Te lo explicaré. La salud y bienestar consisten en varios factores del entorno externo con el que nos rodeamos. Creo que está muy claro que fumar es perjudicial, pero ¿por qué? Porque los científicos llevaron a cabo un estudio de cohortes en el que siguieron a 2 grupos de personas: primeros fumaban, y otros nunca. ¿Cuál era el resultado? Predecible, pues: el grupo de fumadores tenía c á ncer de pulm ón mucho
más frecuentemente que los que no fumaban. Y con esto está dicho todo. La medicina basada en los experimentos y las pruebas es lo único que tenemos. Sencillo, ¿verdad? Y así con todas las áreas de la salud: solo los grandes estudios planificados y los médicos que saben cómo interpretarlos deciden y establecen lo que es dañino y lo que no lo es. Hablaremos de los “herbalistas”, “ limpiadores de intestinos y limpiadores linfáticos, etc. etc.” como la alternativa para mantenernos saludables y curarnos sin ir al hospital. No hay nada en contra de las personas que se dedican a los “métodos populares” de la medicina, y sus cubrimientos a menudo tienen un gran número de aspectos positivos (a pesar del simple
efecto del placebo). De hecho, toda la farmacología moderna se origina en la ciencia de las hierbas. Solo quiero advertirte: la medicina clásica se basa en los principios de evidencia. La evidencia obtenida de estudios planificados y controlados. Y si excluimos las teorías de conspiración “que las grandes farmacéuticas quieren esclavizar y arruinar al mundo (que no sabemos la verdad)”, la medicina basada en la evidencia es casi nuestra única oportunidad para el bienestar y la alta esperanza de vida.
Medicina Tradicional versus Medicina Alternativa El hecho es que todo el conocimiento médico sobre el tratamiento de ciertas enfermedades está bajo el estricto control de la comu-

nidad médica y está sujeto a críticas 24 horas diarias, produciendo así más y más investigaciones. Regresaremos a los métodos de la evidente alternativa (y “sin contraindicaciones”): la medicina naturista, alternativa, ”la sana”, “limpiar ” su intestino, y cosas similares. Intenta pensar en por qué hay que “limpiarlo”, si tal vez existen los propios y naturales mecanismos de “limpieza”. O, por ejemplo, ¿a cu ántas personas exactamente ayudó esta “hierba“ (algún estudio con algún resultado definitivo, algunos datos)? No creo que habrán pruebas exhaustivas y completas de la respuesta a estas preguntas. Sin embargo. Por el hecho de que tomes alguna droga popular para “limpiar los intestinos, los riñones o la linfa”, no pasará nada terrible, incluso puedes sentirte mejor, y genial.
La otra cara de moneda acá es la existencia de tales métodos populares de curar el cáncer, por ejemplo, u otras enfermedades graves. ¿Estás seguro de confiar en la opinión de un extraño, ignorando los datos aprobados de la medicina moderna?, puede que no tengas la experiencia
y los recuerdos más agradables asociados con los hospitales, las clínicas o la actitud del personal médico, el alto costo de los medicamentos en la farmacia, la falta de un efecto rápido, pero hay que enfrentar y entender la inevitable realidad y no caerse el las trampas de los “vendedores de salud” del lado alternativo, si se trata de los casos graves por lo menos.
Estimados lectores de este artículo, la idea principal es la siguiente: su salud está completamente en sus manos. Y solo es su decisión elegir cómo resolver este problema sea eligiendo métodos tradicionales o buscando a un brujo mágico que cure todo. No se dejen llevar por lo que dice el vecino o la publicidad sobre “ lo barato y natural”. ‘El queso gratis está solo en un matarata’.
Que tengan y obtengan su salud, algo del pensamiento crítico y mucha conciencia en la elección de los métodos de tratamiento. Para no hacerse daño. Y siempre consideran que es mejor (y muchas veces más barato) prevenir que curar. (T.S)
Fuerzas Armadas recupera tres embarcaciones robadas
Las Fuerzas Armadas, a través de la Armada del Ecuador, informan que personal del Batallón de Infantería de Marina de San Lorenzo (BIMLOR) y de la Unidad de Vigilancia Marítima (U.V.M.) de La Tola, el sábado 2 de marzo a las 0745, recuperaron en el interior de uno de los canales de La Tola, tres embarcaciones que habían sido robadas en el norte de Esmeraldas.
A las 06:45, el personal de la Capitanía del Puerto de San Lorenzo a través de información del Subcomando de Guardacostas Norte y el Retén Naval de La Tola, conoció del asalto y robo a varias embarcaciones en el norte de la provincia de Esmeraldas; y que las mismas, habrían sido trasladadas a un canal interior del sector de La Tola.
Inmediatamente y de forma coordinada, se actuó junto personal del Batallón de I.M. No.
11 SAN LORENZO (BIMLOR), a fin de que la patrulla fluvial


destacada en la U.V.M. de Limones atienda la emergencia, siendo las 07:45, la patrulla fluvial del BIMLOR ingresó en el canal conocido como “La
Lagartera” y recuperó las tres lanchas tipo fibra y cuatro motores fuera de borda que habían sido abandonados en el lugar.
Las evidencias fueron trasladadas a la U.V.M. de La Tola, en donde permanecerán bajo custodia del personal naval ahí destacado, hasta que los legítimos propietarios de estos bienes se acerquen a retirarlos.
De esta forma, las Fuerzas Armadas reafirman su compromiso con la ciudadanía, garantizando el control de los espacios acuáticos y la neutralización de los actos ilícitos.

Inteligencia Artificial: OpenIA lucha contra The New York Times y Elon Musk

La compañía estadounidense OpenAI ha presentado un comunicado ante el tribunal del condado de Nueva York en respuesta a las acusaciones del New York Times (NYT) de violación de derechos de autor.
Según los informes del NYT, la empresa fue acusada de usar millones de artículos para entrenar a sus redes neuronales, como ChatGPT y Bing Chat, lo que se consideró una infracción de los derechos de autor.
La demanda presentada por The New York Times
A finales de diciembre de 2023, el New York Times presentó una demanda contra OpenAI y Microsoft. Según el periódico, las empresas habían violado los derechos de autor al utilizar los artículos publicados para entrenar a sus redes neuronales.
Según la demanda, los chatbots proporcionaban fragmentos de material periodístico a petición de los usuarios, lo que consideraban una competencia desleal. OpenAI, en su moción para desestimar la demanda del NYT, argumentó que el periódico había pagado a un tercero para ‘piratear’
los productos de OpenAI. Según la empresa de tecnología, los periodistas habían encontrado un error en el sistema ChatGPT y habían cargado artículos en la red neuronal para obtener fragmentos de esos materiales.
Las ‘pistas engañosas’ del New York Times
OpenAI afirmó que el NYT había utilizado “pistas engañosas” para obtener partes de los artículos y había violado los términos de uso de ChatGPT. Según OpenAI, casi todos los materiales periodísticos, algunos de los cuales fueron producidos por la red neuronal, ya se habían publicado en numerosos sitios web públicos. OpenAI también señaló que estaba comprometida a corregir el error del que supuestamente se había aprovechado el NYT. Además, la compañía enfatizó que ChatGPT no reemplaza de ninguna manera una suscripción al New York Times. El abogado del NYT, Ian B.
Crosby, argumentó que OpenAI no había discutido en la moción que había copiado millones de trabajos del New York Times para crear y entrenar sus productos comerciales sin su permiso.
Demandas inesperadas de Elon Musk
El multimillonario Elon Musk presentó una demanda contra OpenAI y su director, Sam Altman. La demanda se basa en que OpenAI había dejado de cumplir con los ideales de inteligencia artificial abierta con los que llegó al mercado de la mano de Musk. Musk fue uno de los fundadores de OpenAI, pero luego abandonó la empresa. La demanda es por incumplimiento de contrato no comercial, incumplimiento de pagaré y deber fiduciario, y por el abandono de OpenAI de su compromiso de crear inteligencia artificial de código abierto, supuestamente bajo la influencia de Microsoft. Según Musk, OpenAI se ha convertido en una filial de facto de código cerrado de la empresa de tecnología más grande del mundo: Microsoft. Musk cree que bajo su nuevo liderazgo, no sólo está desarrollando, sino mejorando AGI para maximizar las ganancias de Microsoft y no trabajando en beneficio de la humanidad.
El papel de Sam Altman Musk incluyó a Altman en la demanda porque lo considera el culpable del rumbo actual de OpenAI. Según Musk, Altman ha permitido que Microsoft se enriquezca vendiendo GPT4 al público en general, lo que no sería posible si OpenAI pusiera la tecnología a disposición del público de forma gratuita. En su demanda, Musk busca una orden judicial para impedir que OpenAI, su presidente Gregory Brockman,
su director ejecutivo Sam Altman y Microsoft se beneficien de la tecnología de inteligencia artificial de la organización sin fines de lucro. La lucha entre OpenAI y el New York Times, junto con la demanda de Elon Musk, muestra la complejidad de los problemas éticos y legales que rodean la inteligencia artificial. Esta historia está lejos de terminar y seguramente veremos más desarrollos en el futuro.(JNG)

Consulta popular parte con ventaja gracias a la popularidad de Noboa
Especialistas en temas electorales y opinión pública hacen un llamado para comunicar el contenido del Referéndum y la Consulta y el significado que estos tendrán para la ciudadanía.
Este lunes 04 de marzo finaliza el proceso para que los partidos y movimientos electorales completen su inscripción para apoyar las opciones en la Consulta Popular y Referéndum que se realizará el domingo 21 de abril de este año.
Los ecuatorianos volveremos a los centros de votación para apoyar o rechazar la reforma constitucional aprobada en la Asamblea Nacional que permite a las Fuerzas Armadas apoyar de manera complementaria la lucha contra el crimen organizado y el narcotráfico, sin la necesidad de un estado de excepción.
Adicionalmente, los ciudadanos también podremos aprobar a través del mecanismo de referéndum, cuatro reformas a la Constitución, entre las que destacan la extradición, la creación de judicaturas especiales en materia constitucional, el arbitraje internacional y la modificación para permitir el trabajo por horas y a plazo fijo.
El último grupo de preguntas serán seis cuestionamientos propuestos por el presidente Daniel Noboa para que los ciudadanos puedan expresar su opinión sobre el incremento de penas a delitos específicos, el cumplimiento de las pe-

nas sin beneficios procesales para algunas causas y el manejo de los recursos y armas incautados como parte del conflicto armado interno que vive el Ecuador.
La campaña electoral para apoyar las opciones de “SI” o “NO” en la consulta y referéndum comenzará el próximo 07 de abril y finalizará el jueves 18 de abril a la medianoche.
Apoyo a la consulta comienza en 53%
El presidente de la encuestadora Cedatos, Dr. Ángel Polibio Córdova, precisó a LA HORA que, a dos meses de los comicios para el referéndum constitucional y la consulta popular, el apoyo al proceso comienza con
LIGA DEPORTIVA BARRIAL LUZ DE AMÉRICA
FILIAL DE FEDEPROBAT Fundado el 11 de Marzo de 1995
ACUERDO MINISTERIAL #090 DEL 31 DE OCTUBRE DE 2006
REFORMADO CON ACUERDO MINISTERIAL 0076 DEL 9 DE FEBRERO DEL 2015 Ambato 04 de marzo del 2024.
Señores:
PRESIDENTES DE LOS CLUBES JURIDICOS FILIALES DE LIGA DEPORTIVA BARRIAL LUZ DE AMÉRICA.
Presente
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA PARA EL NOMBRAMIENTO DE UN
PRESIDENTE Y SECRETARIO PROVISIONALES DE LIGA DEPORTIVA BARRIAL LUZ DE AMERICA.
De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General vigente, de conformidad al penúltimo inciso del artículo 3 de acuerdo ministerial 0389 de septiembre del 2021. se convoca a los presidentes de clubes Deportivos básicos barriales filiales de Liga D.B. Luz de América, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará el día 19 de marzo del año 2024, a partir de las 19:00 en la sede de Liga ubicado en el caserío Luz de América en el estadio central, perteneciente a la parroquia Montalvo cantón Ambato, provincia Tungurahua.
Los clubs filiales de acuerdo al Art. 21,22, 23 del estatuto de nuestra institución y Art. 153 de la ley del deporte, los mismos que deben asistir el presidente del club y sus delegados para tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del quórum.
2. Nombramiento de un presidente y secretario provisionales que se encarguen de la reforma del estatuto.
Atentamente: Sr. Deni Fabian, Castro Aldáz CC: 1802468080
un alto nivel de aceptación dentro de la ciudadanía.
Córdova detalló que al 22 de febrero de este año y al consultar a ciudadanos desde los 16 años, “si la consulta fuese el día de la entrevista, el 53.5% dijo que votaría SÍ, mientras que un 34.7% dijo que votaría por NO”.
El especialista en opinión pública acotó que por el momento casi un 12 por ciento del electorado no ha tomado una decisión, sobre todo porque señalan no tener conocimiento sobre el contenido de la consulta, ni del referéndum.
Para el presidente de Cedatos el gobierno de Daniel Noboa y el Consejo Nacional Electoral deben brindar información a toda la ciudadanía, no sólo en las ciudades, sino con mayor fuerza en las provincias y las áreas rurales sobre el contenido de la consulta y el significado de cada pregunta para que puedan tomar una decisión informada.
“La población manifiesta que tienen interés en la consulta, pero que tienen también interés en saber de qué se trata, de ahí la sugerencia para que se instruya a los electores, que se les haga saber y se les documente”, apunta.
Advierte que la alta aprobación que mantiene el
nal Supremo Electoral Medardo Oleas explicó a LA HORA que los ecuatorianos el próximo 21 de abril estarán frente a dos procesos distintos en la papeleta de votación
Oleas detalló que el mandatario nacional tiene el “derecho Constitucional” de someter a consideración de la ciudadanía temas en los que sólo emitirá su opinión. “La consulta es la opinión que tiene el ciudadano sobre los temas que ponen a su consideración y da un SI o NO”.
Recalcó que en el caso del Referéndum, la ciudadanía es consultada para ratificar o no cambios en los textos constitucionales, para que éstos sean enmendados en los textos, como sucede actualmente con las preguntas sobre la extradición o el trabajo por horas.
mandatario nacional , podría influir en los resultados de la consulta e indicó que en este momento el gobierno juega parte de su capital político. “Realmente está jugando en una situación que ahora es favorable, es positiva. Ahora bien, en un eventual triunfo del NO, sería una demostración que la población no estaría de acuerdo con lo que el presidente aspira a hacer en el futuro y a partir del 21 de abril, las cosas serían muy diferentes”, alertó Córdova.
Córdova rememoró lo sucedido durante el gobierno de Sixto Duran Ballen , quien presentaba un alto índice de aprobación cuando se dio el conflicto limítrofe con Perú, “las Fuerzas Armadas tenían más del 94.95% de apoyo, “pero vino la consulta popular de 11 preguntas y resulta que la población no supo cómo contestar, porque no había la suficiente información y a las once preguntas votaron por el no”.
El presidente de Cedatos explicó que “eso fue bastante difícil para el gobierno, porque le tocaron situaciones aún más complicadas el resto del período”.
Dos procesos distintos El expresidente del Tribu-
“La diferencia es que la consulta es una opinión y el referéndum es una ratificación de la enmienda a un texto”, en ambos casos Medardo Oleas considera que “es obligación del Consejo Nacional Electoral, dar a conocer a la ciudadanía en qué consisten las preguntas y facilitar a las personas los medios para se pueda explicar y opinar en favor del SÍ o del NO”.
Oleas aclaró que la misión de este proceso de campaña electoral no es para llamar al voto por una opción u otra, sino para exponer las razones que permitan tomar una decisión.
Sobre lo que puede significar el proceso de la consulta del próximo 21 de abril a la imagen del presidente, Oleas acotó que “todas las consultas tienen un ingrediente político porque no hay una consulta que sea imparcial, el presidente Noboa puede ser que utilice este mecanismo porque es algo que está cerca de las elecciones y en este momento tiene una gran popularidad”.
El expresidente del TSE agregó que “ si él gana eso le va a catapultar para que sea nuevamente candidato que vaya por la reelección”. Explicó que, en caso de recibir una respuesta negativa, como ya ha sucedido en el pasado, “sería un voto de rechazo de la ciudadanía hacia el gobernante”. (ILS)
Ex Asambleístas empiezan la carrera para volver al Legislativo en 2025
La Revolución Ciudadana se volverá a lanzar al ruedo con la certeza de que seguirá siendo la primera fuerza política en el Parlamento.

ESTRATEGIAS. Exasambleistas volverán a buscar espacios en el Legislativo.
Con el anuncio del Consejo Nacional Electoral (CNE) de declararse en periodo electoral para las elecciones presidenciales y legislativas del 9 de febrero de 2025, varios ex asambleístas empezaron la carrera política para retornar al Parlamento para el periodo 2025-2029.
El país está a menos de un año para volver a las urnas, pero en los movimientos y partidos políticos, los aspirantes y sus asesores, ya alistan estrategias de pre campaña para dar a conocer sus propuestas.
Un o de ellos es el movimiento Revolución Ciudadana (RC) que se volverá a lanzar al ruedo con la certeza de volver a ser la primera fuerza política en el Parlamento posicionando
a sus cuadros para superar los 51 escaños que obtuvo en las elecciones seccionales de febrero de 2023.
Fuentes de esta agrupación dicen que el objetivo “siempre ha sido mantenerse fuerte ; la estrategia ha sido el trabajo previo que realizan los representantes en provincias; alcaldes, prefectos, presidentes de juntas parroquiales”.
Desde allí se apuntala a la Asamblea como un “espacio decisivo” no sólo para controlar o llevar “a buen término” los juicios políticos, sino hasta para “deslegitimar” las políticas de actores como el Consejo de la Judicatura (CJ), fiscalía general del Estado (FGE) o Corte Nacional de Justicia (CNJ).
“Esto es clave, por ejem-
plo, a Fausto Murillo (exvocal del Consejo de la Judicatura) le movieron del puesto de una manera rápida; la Revolución tiene el poder, lo que le falta es el Ejecutivo”, afirmó la fuente consultada.
La maquinaria en territorio Mantener la fortaleza de la maquinaria correista en territorio, es el objetivo como ocurrió en las elecciones seccionales del 5 de febrero de 2023.
Los políticos afines al expresidente Rafael Correa, prófugo en Bélgica, captaron varias prefecturas y alcaldías, reforzando su presencia en algunas provincias y recuperando la dirección de otras. En esos comicios tomaron el control de nueve prefecturas, alrededor de
50 alcaldías y cerca de un centenar de juntas parroquiales rurales.
En la Revolución Ciudadana prefieren no adelantar todavía los nombres de los eventuales precandidatos a asambleístas que irán por la reelección para el 2025.
Comps Córdova , que en 2023 formó parte de la Comisión de Fiscalización que recomendó al pleno el juicio político al entonces presidente de la República, Guillermo Lasso, dijo que la decisión para una eventual reelección “dependerá del pueblo; lógicamente estaré donde me llamen”, afirmó.
La ID prepara el regreso En el actual periodo legislativo (de transición después de la muerte cruzada), la Iz-
quierda Democrática (ID) no logró espacios en comparación con las 18 curules que consiguieron en 2021 debido a las disputas internas que enfrentaba puertas adentro.
Para el 2025, la ID intentará pintar un panorama distinto. Yeseña Guamaní, que accedió a una curul en las elecciones de 2021, anticipó que ya existe una organización a escala territorial.
“Estamos organizando un trabajo que nos permita llegar al 2025; la organización política busca una reestructuración”. Yeseña Guamaní y Marlon Cadena se proyectan como una opción para el siguiente periodo.
Evalúa opciones
Xavier Santos, fue asambleísta en 2022 por la ID. Para el 2025, dice que la primera opción la tendrá Acción Democrática Nacional (ADN), “siempre que ellos consideren que pueda participar con ellos, o se inscriban como movimiento”. Si no se concreta esta aspiración, dice que también dialogará con organizaciones provinciales.
“Tendríamos mayor representación”
Nathaly Farinango (ADN), actual presidenta de la Comisión de Régimen Económico de la Asamblea, declaró que el movimiento ha sido responsable en cumplir con la ciudadanía aprobando leyes para generar empleo y reducir el déficit fiscal. “Nosotros hemos sido sinceros, creemos que eso va a calar en la ciudadanía; que va a ser responsable con su voto, (con esto), tendríamos mayor representación en las próximas elecciones que permita más gobernabilidad”. (SC)

El enanismo y la alta informalidad golpean a las microempresas
Más del 90% de las empresas en Ecuador son microempresas; pero la mayoría son poco productivas e informales. ¿Cuáles son las claves para cambiar esta historia?

Aunque son la mayoría, las microempresas en Ecuador mueven $6.486 millones al año, es decir, 24 veces menos que los $160.810 en ventas de las grandes empresas.
Más de nueve de cada diez empresas en los países andinos, y específicamente en Ecuador, son microempresas y más del 50% son informales y tienen menos de diez empleados.
Un reciente informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), titulado ‘Nuevos horizontes de transformación productiva en la región andina’, pone el dedo en la llaga sobre el ineficiente panorama productivo en la región y en la economía ecuatoriana.
Las microempresas son la mayoría del tejido productivo; pero tienen “bajos niveles de formalización y, en muchos casos, funcionan simplemente para subsistir e incluso muchas subsisten sin emplear a nadie”.
Esta situación representa una asignación ineficiente de un vasto capital humano empresarial y emprendedor.
En Ecuador, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), se registran más de 1,1 millones de microempresas. Esto representa el 95,78% del poco más de 1,2 millones de empresas existentes en el país.
La base del ecosistema productivo es microempresarial; pero la mayoría en-
frenta obstáculos que les impiden crecer y participar en cadenas de valor más grandes, que les permitirían exportar y generar más empleo.
Obstáculos que pueden ser oportunidades
1Habilidades : La mayoría de las microempresas carecen de técnicas de gestión esenciales, habilidades financieras, de mercadeo y de producción especializada . Además, la adaptación y utilización de herramientas digitales, la certificación de habilidades y procesos, y un impulso emprendedor general constituyen grandes desafíos para las pymes.
En concreto, por ejemplo, el BID detectó que, en el sector de transporte, los conductores-propietarios no tienen habilidades en manejo seguro, gestión de carga y mantenimiento de camiones.
A su vez, los hoteles pequeños en Colombia y Ecuador necesitan personal con habilidades orientadas al servicio al cliente, monitoreo de mercado y mercadeo
En el sector de tiendas de barrio, no se conocen las
mejores prácticas en exhibición y promoción y se carece de las habilidades necesarias para el manejo financiero, contable y para el control de inventarios del negocio.
En la construcción, el desafío consiste en mejorar las habilidades en diseño estructural y manejo de maquinaria.
2Asociatividad: Los altos costos fijos y las escasas capacidades logísticas ponen en desventaja a las microempresas frente a las grandes empresas.
Por ejemplo, en el caso del cacao en Ecuador, una buena parte de los productores son demasiado pequeños para vender directamente a los grandes compradores corporativos del mercado doméstico.
Tienen que vender a los acopiadores, quienes aglomeran la producción de muchos pequeños agricultores y se la venden a los compradores corporativos. Este efecto es aún más fuerte en el mercado de exportación, donde los compradores internacionales requieren cantidades mínimas que ningún pequeño productor puede satisfacer por sí solo.
En el sector turístico y de
con las nuevas expectativas (por ejemplo, cerraduras electrónicas con tarjetas) y actualizaciones de infraestructura.
Agregar esos servicios generaría ingresos más altos, pero a menudo no se pueden financiar.
¿Qué hacer al respecto?
• Mejorar la eficiencia del sistema financiero . Esto implica eliminar el sistema de techos a las tasas de interés establecidos desde los políticos; eliminar las trabas de acceso para la inversión extranjera en el sistema financiero; simplificar los requisitos para acceder al crédito; dejar la práctica de imponer continuamente “impuestos temporales” sobre las utilidades de bancos y cooperativas, entre otros.
las tiendas de barrio, el hecho de no unirse o establecer modelos de asociatividad entre varios pequeños hace que pierdan capacidad de promoción y de negociación con proveedores. Esto hace que tengan que ofrecer productos o servicios más caros y menos eficientes.
3Restricciones financieras: El escaso, y en ocasiones nulo acceso a financiamiento, hace que ni siquiera puedan mantener los servicios en niveles adecuados.
Por ejemplo, los microempresarios en el sector del transporte no pueden pedir préstamos para comprar camiones y repuestos nuevos. Eso les obliga a seguir usando camiones viejos y repuestos de calidad inferior, lo que provoca más averías y requiere más reparaciones.
En algunos casos, los camioneros tampoco pueden pagar un seguro. Si tuvieran cobertura, podrían acceder a envíos más lucrativos.
En el caso de los hoteles en Colombia y Ecuador , atraer a más huéspedes (y que paguen más) requiere del mantenimiento de las habitaciones y el mobiliario, la actualización para cumplir
• Realizar cambios regulatorios más realistas, que reflejen las realidades que enfrentan las empresas . Esto incluye la implementación de estándares paralelos o simplificados en áreas como la construcción y los servicios.
• Implementar inversiones que mejoren la conectividad a internet en áreas rurales y otras infraestructuras esenciales para apoyar la modernización de las empresas. A su vez, podría fomentarse la colaboración entre empresas anclas y las microempresas (asociatividad) para facilitar la transferencia de tecnología y conocimientos , así como establecer incentivos para que las empresas adopten nuevas tecnologías y prácticas innovadoras.
• Ajustar la oferta de formación profesional y vocacional para satisfacer las necesidades de las empresas . Esto incluye simplificar y mejorar los programas de capacitación, con colaboración entre empresas y universidades. Aquí también el Gobierno podría considerar ofrecer subsidios para programas que brinden capacitación y difusión de habilidades.
• Establecer canales de comunicación entre el Gobierno y el sector privado para asegurar que las políticas y regulaciones se alineen con las necesidades de los sectores productivos. (JS)
Estas son las coincidencias de cuatro niñas asesinadas
Además de que sus padres son sospechosos de los asesinatos; hay otras aterradoras coincidencias.
Entre 2022 y 2023, los egresos hospitalarios por violencia en niños aumentó un 40% a escala nacional. Este 2024 las agresiones a infantes son más cruentas pues, solo en febrero se han registrado asesinatos a niñas en donde sus padres o madres son los principales sospechosos.
Esta no es la única coincidencia, pues hay casos donde se ha denunciado la desaparición de las menores , aunque luego sus cadáveres han sido encontrados en viviendas familiares . Otra coincidencia – al menos en dos casos– es que los asesinatos estarían relacionados con cobrar pólizas de vida y que los perros alertaron sobre la ubicación de los cadáveres por el olor.
Las niñas que tienen desde 3 hasta 8 años fueron halladas en pozos, cisterna y debajo de una casa o enterradas en campos. (AVV)



Cadáver estaba en la casa de sus abuelos
°Dana Ramos tenía ocho años y fue reportada como desaparecida el 1 de febrero de 2024. Dos semanas después su cuerpo fue encontrado en una cisterna en la casa de sus abuelos paternos, en Riobamba.
El principal sospechoso es el padre de Dana, Mauro R., padre de la niña y Policía en servicio activo.
Las hermanas halladas en un pozo
°Tras encontrar el cadáver de su madre, las hermanas Briana (3 años) y Génesis Campo Villarreal (9) fueron reportadas como desaparecidas en octubre del 2023. El 13 de febrero del 2024, los cadáveres fueron rescatados en pozos de agua en Tulcán cerca a la frontera con Colombia. Se conoce que el principal sospechoso de los femicidios es Jonathan Goyes, quien habría asesinado a las niñas tres horas después de haber matado a la madre, quien era su pareja.
En una audiencia realizada la penúltima semana de febrero de 2024, se reveló que existe un informe que da cuenta de la existencia de una póliza por el valor de $150.000 a nombre de Vanessa Villarreal, de la que Jonathan Daniel Goyes Narváez era beneficiario. Según la Fiscalía, el victimario tiene dos procesos judiciales abiertos por femicidio.
Enterrada bajo su propia casa
°Aina Tambia tenía de 2 años cuando fue asesinada. Su cadáver estaba enterrado debajo de una vivienda en Morona Santiago (Amazonía). La principal sospechosa es Génesis Delia K., la madre de la niña. La mujer de 22 años cumple prisión preventiva por la desaparición con resultado de muerte Aina Tambia, cuyo cadáver apareció la noche del sábado 24 de febrero de 2024. La autopsia reveló que la menor falleció como consecuencia de un trauma craneoencefálico. Relato de la sospechosa
En su relato a la Fiscalía, la madre indicó que la tarde del 20 de febrero de 2024 dejó a la niña dentro de la vivienda familiar. La madre dijo que salió al patio para hacer tareas domésticas y cuando regresó, su hija había desaparecido. Al otro día acudió a poner la denuncia por desaparición. Sin embargo, las investigaciones apuntan a su presunta responsabilidad, por lo que guarda prisión preventiva.
Violencia contra niños es naturalizada
El estudio llamado ‘Ecuador: niñez y adolescencia en 360°: Estado de Situación sobre Niñez y Adolescencia en el Ecuador’ realizado por ‘ChildFund’ detalla que entre 2022 y 2023 los egresos hospitalarios de menores, por síndrome de maltrato, aumentó un 40%.
A esto se suman las alarmante cifras sobre violencia sexual contra niños y adolescentes.
La violencia sexual abarca desde agresiones hasta violaciones. En Ecuador hay un reto no resuelto que es proteger a los niños, niñas y adolescentes (NNA) de esta conducta que desde hace una década suma 21.046 casos en el Sistema Nacional de Educación, según un estudio levantado por tres organizaciones.
Solo en 2022, según datos del Ministerio de Educación, se registraron 4.115 víctimas de violencia sexual La mayoría tiene entre 8 y 14 años.
El 90% de las agresiones son contra mujeres.
En 2023 aumentó un 40% los egresos hospitalarios por violencia contra los niños.
Al momento, él y Evelyn Jeaneth B. R., prima de la cumplen prisión preventiva en la investigación por el delito de desaparición involuntaria con resultado de muerte.
Según las versiones recabadas por Fiscalía, el padre planificó la desaparición de la niña para obligar a la madre a cobrar una póliza de seguros, y así pagar deudas.
La autopsia determinó que la niña falleció por asfixia.
FO CUS
Cristina Barrera, directora de ChildFund en Ecuador, dice que Ecuador normaliza la violencia contra los niños, tanto que la violencia física se sigue percibiendo como una forma de educar o corregir a los menores. El estudio ‘Ecuador: Niñez y Adolescencia en 360°’ basado en datos de los Ministerios de Educación y Salud expone un aumento de las agresiones sexuales en los últimos tres años; además se ha verificado que los NNA en edad escolar (de cinco a 18 años) sufren otros tipos de violencia.


Con Gabriela Vivanco

Costo de la vida y violencia preocupan a nivel mundial
El 40% de las personas a nivel mundial consideran que su país va por mal camino. En países latinoamericanos como Chile y Colombia, el porcentaje supera el 60%.

HECHO. Los países latinoamericanos están entre los más descontentos con su realidad.
Según una reciente encuesta de Ipsos, en 29 países a nivel mundial, dos de cada cinco personas (40 %) cree que su país va en la dirección equivocada. Perú, donde casi nueve de cada diez personas piensan que las cosas en su país van por mal camino, ocupa el primer puesto, seguido por Sudáfrica y Francia.
En cambio, India, Singapur e Indonesia son quienes más creen que su país va en una buena dirección.
Por su parte, el 61% de colombianos encuestados aseguró que el país avanza en dirección incorrecta, así como el 68 % de los chilenos. Por el contrario, el 60 % de los argentinos cree que su país está haciendo las cosas bien, de la misma forma que el 55 % de los mexicanos.
A las personas a nivel mundial tienen preocupaciones crecientes sobre la corrupción política y financiera, desempleo, cuidado de la salud, impuestos, cambio climático y el control de inmigración.
Sin embargo, las principales preocupaciones se enfocan en el aumento del costo de la vida, la pobreza y el crimen y la violencia.
Costo de vida
Durante los últimos 23 meses consecutivos, la infla-
ción ha sido la preocupación mundial número uno.
Aproximadamente una de cada tres personas (34 %) en 29 países identificó la inflación como la mayor preocupación en su país.
Argentina es el primer país en la lista, con un 69 % de personas que eligieron el aumento en los precios de bienes y servicios como su principal preocupación; seguido de Singapur (55 %), Canadá (55 %), Australia (51 %), Turquía (50 %) y Polonia (46 %).
En el caso de Argentina, la preocupación por la inflación se explica porque tiene la tasa más alta de aumento de precios (211,4 %) en 2023 y anunció que a inicios de 2024 el costo de vida se encareció un 20,6 % frente a diciembre y un 254,2 % interanual.
Pobreza
Tres de cada diez personas (30 %) de 29 países eligió a la pobreza como la principal preocupación.
Sin embargo, a pesar de ser la segunda mayor preocupación global, ningún país de la lista la seleccionó como su angustia principal, excepto por Hungría (47 %).
Argentina ocupó el segundo lugar, con un 45 % de las personas mencionando la pobreza y la desigualdad
Cubanos pagarán cuatro veces más por la gasolina
LA HABANA. Desde inicios de marzo de 2024, el precio de la gasolina aumentó más del 400% en Cuba. También aumentó en más del 25% las tarifas de electricidad, que es un sector lleno de ineficiencias y con cortes continuos en el servicio.
social como una de las preocupaciones más importantes de su país. El año pasado por estas fechas la preocupación era del 35 %.
Los otros países que identificaron la pobreza y la desigualdad social como una de sus mayores preocupaciones fueron Indonesia (45 %), Brasil (40 %), Tailandia (37 %), Alemania (34 %) y Colombia (33 %). Contrario a otros países como Polonia (19 %), Singapur (19 %) e Israel (18 %).
Crimen y violencia
En promedio, tres de cada diez personas eligieron el crimen y la violencia como una de las principales preocupaciones en su país.
Cinco de los seis países de América Latina encuestados identificaron la delincuencia como su mayor angustia. Chile encabeza esta lista, con siete de cada diez chilenos (69 %).
México le sigue con un 63 %, un nivel relativamente elevado después de aumentar 8 puntos porcentuales desde enero Después vienen Suecia (60 %), Perú (58 %), Sudáfrica (54 %), Argentina (42 %), Brasil (41 %) y Colombia (40 %).
Que seis de los diez primeros países de la lista sean latinoamericanos no es casualidad. Un estudio de la Oficina de las Naciones Unidas para la Droga y el Delito (ONUDD) reveló que ocho de cada 10 países con las tasas de homicidios más altas del mundo se encuentran en América Latina y el Caribe.
Los tres países que menos temen por esta cuestión son Polonia (8 %), Hungría (8 %) y Singapur (7 %). (EFE)
El Gobierno cubano, liderado por Miguel Díaz-Canel, atribuye la subida de precios al incumplimiento de “países amigos”, como Venezuela, en suministrar combustibles a la Isla.
Sin embargo, la razón de fondo es que la economía cubana es altamente deficitaria, improductiva, y con un Estado controlador que no puede ofrecer los servicios que acapara si no cuenta con suministros subsidiados por los llamados países amigos.
El plan de ajuste cubano es mucho más severo que el

REALIDAD. Cubanos hace largas colas para conseguir el cada vez más caro combustible
impulsado en Argentina por el libertario Javier Milei. Sin embargo, según el economista español, Juan Ramón Rallo, el foco mundial ha estado sobre Argentina porque Cuba se considera un país progresista. (EFE)





Una bota reciclada de Messi protagoniza una campaña ecológica
La réplica de una bota del astro de fútbol Lionel Messi, hecha de plásticos reciclados y en edición limitada, protagoniza una campaña a favor del río Paraná de la organización medioambiental Join The Planet, que presentó este 1 de marzo de 2024 la zapatilla del jugador como “una obra de arte” al alcance de todos. EFE

Da clic para estar siempre informado
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
La Hora QUITO, ECUADORDEBIDO PROCESO Y LA PRUEBA EFICAZ

Autor: Pablo Baño Arroba.
Legitimidad de la prueba
Al hablar de la importancia de la prueba dentro del proceso, me parece importante mencionar la legitimidad que esta deberá tener, para que de esta forma pueda surtir los efectos deseados y no sea una prue -
ba vulneradora de derechos. Es por esto que en el presente artículo me referiré al debido proceso, enfocándome particularmente en el derecho que tienen las personas a que no se presenten pruebas ilegítimas, ilegales o fuera de tiempo. En nuestro sistema procesal y en general en todo el mun -
do, considero que la prueba es de suma importancia debido a que esta puede ayudar a determinar si los hechos efectivamente son verdaderos, así como puede ayudar a subsanar las diferencias que emanan del proceso que se esté realizando.
Tutela Judicial EfectivaEl debido proceso, corresponde a por decirlo de cierta forma un parámetro de la tutela judicial efectiva, nuestra Constitución tomó una parte de los derechos civiles, para de esta forma crear los derechos de proteccionismo, de los cuales se desprende la tutela judicial efectiva anteriormente men -
CONSULTA PROCESAL
¿Cómo debe estructurarse el auto de calificación de posturas?

RESPUESTA
De acuerdo al Art.402 del COGEP, el juzgador una vez acreditados los valores de las posturas, convocará a una audiencia para calificarlas.
En dicha audiencia se emitirá el auto de admisión y calificación de las posturas, el que se reducirá a escrito, y se notificará dentro de las 48 horas.
Una vez ejecutoriado el auto de admisión y calificación de posturas, el postor tiene diez días para pagar el valor ofrecido de contado, hecho lo cual se emitirá el auto de adjudicación conforme lo determina el Art.407 del COGEP. Esta misma norma indica que “La o el juzgador dispondrá que una vez ejecutoriado el auto de adjudicación se proceda a la devolución de los valores correspondiente a las posturas no aceptadas”; ya que puede darse la quiebra del remate por no haberse cancelado dentro de los diez días, el valor ofrecido en la postura calificada como ganadora, tal es así que al postor que siga en el orden también se le da diez días para que cancele lo ofertado por él, así lo dice el Art.408.
Por lo tanto, el juzgador en audiencia pública, emite oralmente el auto de admisión y calificación de posturas, mismo que deberá reducirse a escrito y notificarse dentro de las 24 horas siguientes a dicha audiencia
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
cionada, está principalmente se refiere a la protección que dan los jueces a los derechos y a la protección que dan los órganos estatales a estos.
La Corte interamericana de Derecho Humanos haciendo referencia sobre la tutela judicial efectiva dice que esta involucra 4 aspectos especiales:
1. Acceso a la Justicia.
2. Debido Proceso.
3. Derecho a la motivación.
4. Ejecución.
Sobre el debido proceso, dice que para que este se cumpla a cabalidad, deberá comprender lo siguiente: ser juzgado por un juez competente, tener un abogado a mi elección, ser interrogado con la presencia de mi abogado, y el tema en el que se fundamenta este artículo que es el derecho a que no se utilicen pruebas ilegales.
Definición de Proceso
Para desarrollar de mejor manera mi tema, comenzaré refiriéndome a la definición etimológica de los vocablos hoy mencionados, la palabra proceso, proviene del latín “processus”, cuyo significado es: la acción de seguir adelante, y si este concepto lo relacionaríamos con el mundo jurídico, haría referencia a la tutela que se recibe a lo largo de todo el proceso.
El debido proceso como ga rantía constitucional, respon de a la necesidad de limitar el poder que tiene el Estado para decidir sobre los conflictos, y que de esta forma se pueda evitar hacer “pagar a los justos por los pecadores” y se pueda dar una mayor seguridad jurí dica.
El legislador tomando en cuenta lo mencionado en el párrafo anterior ha reconoci do que no sería lógico otorgar cantidades de derechos si no se garantizaría que estos de rechos se hagan efectivos y de esta forma surge entre otros el debido proceso. (García, 2005) Basándome en lo anterior mente dicho, el debido proce so pertenece a una garantía constitucional, cuyo principal fin es proteger los derechos constitucionales y velar por el respeto de la Supremacía de
ANULACIÓN DE PÓLIZA
QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión
Nro. 001000130000719001 Cliente
VALENZUELA ASTUDILLO VLADIMIR
OSWALDO Cédula de Ciudadanía Nro. 1715360523 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
la Constitución, que es el instrumento en el que entre otras cosas se recogen las garantías y los derechos. (García, 2005).
Garantías Constitucionales
En este punto para poder referirme de mejor forma sobre el debido proceso, he visto necesario el establecer una definición para las garantías constitucionales, estas son los mecanismos que tiene la Constitución, para que de esta forma exista un verdadero respeto a sus derechos, exista una verdadera reparación cuando estos hayan sido vulnerados, pero según mi criterio el objetivo principal es que exista una verdadera prevención a la vulneración de derechos.
Dentro de las garantías constitucionales, el titulo 3 de la Constitución contempla las siguientes:
• Garantías normativas: Se basan principalmente en la supremacía de la Constitución y que ninguna norma jurídica puede contravenir a esta y caso contrario y vulneraría derechos será expulsada del sistema, además de esto las garantías normativas por decirlo de cierta forma les dicen
a los demás órganos que cuando creen normas no se podrán desconocer los derechos de las personas, si serán inconstitucionales y esta inconstitucionalidad podrá ser demandada ante la Corte Constitucional.
• Políticas públicas, servicios públicos y participación ciudadana: Esta se refiere a que cuando se formulan políticas públicas, el Estado deberá velar por los intereses de las personas, no se deberán vulnerar sus derechos, y esto se justifica en que las políticas son los grandes lineamientos gubernamentales que quieren satisfacer las necesidades de las personas. (Guerrero, 2019).
• Garantías Jurisdiccionales: Se establecen a través de los órganos que ejercen jurisdicción, estas básicamente corresponden a los mecanismos que tienen los jueces para proteger los derechos de las personas.
Entonces una vez realizado un breve resumen sobre las garantías constitucionales, surge una pregunta: ¿En cuál de los 3 grupos se relaciona el debido proceso?
Pregunta a la que responderé basándome en lo que
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
menciona el Art. 169 de Constitución, en donde dice que el sistema procesal, junto con sus principios procesales, harán efectivas las garantías del debido proceso, para de esta forma no sacrificar a la justicia; una vez enunciado el fondo de mi respuesta diré con toda seguridad que el debido proceso se encuentra especialmente relacionado con el Tercer Grupo de Garantías Constitucionales. (Constitución de la República del Ecuador.).
Eficacia de la prueba
Volviendo al tema del debido proceso y su relación con la eficacia de la prueba, para explicar esto comenzare basándome en el art. 76 de la Constitución del Ecuador, en donde en su
CONVOCATORIA
cuarto numeral, nos indica que el derecho al debido proceso deberá incluir la garantía de que las pruebas obtenidas o actuadas con violación de la Constitución o la ley no tendrán ninguna validez y carecerán de eficacia probatoria, que se complementa con el numeral 7 literal h del mismo artículo, que nos menciona que se garantizara el derecho a presentar pruebas. (Constitución de la República del Ecuador.).
Para continuar mi explicación, debido a la gran importancia que el Ecuador da a los tratados internacionales, me referiré a ellos:
• La Declaración de los Derechos Humanos en su artículo 8 dice que “Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo

A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS MECANICA INDUSTRIAL ANGEL MARIA LUNA
C.AConforme a lo dispuesto por la Ley de Compañías y el artículo 12 del Estatuto Social de Mecánica Industrial Ángel María Luna C.A, convoco a los accionistas de la Compañía a la Junta General Ordinaría que se reunirá el día viernes 15 de marzo del 2024, a las 17:30 horas, en las instalaciones de la Compañía ubicada en la calle Jacinto Collaguazo S9-463 y Cañaris, de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha. Los asuntos a tratar en el orden del día son:

Conocer y resolver sobre el informe del Gerente General, correspondiente al ejercicio económico 2023.
Conocer y resolver sobre el informe del Comisario correspondiente al ejercicio económico 2023.
Conocer y resolver sobre los estados financieros correspondientes al ejercicio 2023.
Conocer y resolver respecto a la distribución de las utilidades o pérdidas del ejercicio 2023.
Conocer la situación actual de la distribución de utilidades del período 2010 a 2018, a partir de las resoluciones dadas en cada uno de esos años.
De manera especial e individual se convoca a la Junta General Ordinaria al Comisario de la Compañía, Marcelo Cordones Mejía, con dirección cordonesm@hotmail.com, y al Contador de la Compañía, Juan Carlos Flores, con dirección electrónica gerencia@360grupoconsultor.com
En caso que uno de los accionistas encargue a otra persona para que lo represente en la Junta General Ordinaria, deberá enviar el instrumento de representación al correo indmecluna@yahoo.com, con la debida antelación de 5 días a la fecha de celebración del acto convocado.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías, los Estados Financieros, así como los informes del Gerente General y del Comisario, se encuentran a disposición de los accionistas de forma completa y anticipada en las instalaciones de la Compañía ubicada en la calle Jacinto Collaguazo No S9-463 y Cañaris en la ciudad de Quito.
Quito, a 01 de marzo del 2024

ante los tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
(Declaración Universal de los derechos humanos, art.8).
• También la Declaración de los Derechos Humanos en su artículo 10 nos dice que “toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad a ser vida públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación en materia penal.
(Declaración Universal de los derechos humanos, art. 10).
Si realizamos una interpretación lógica de estos artículos, el hecho de que en el Art. 8 mencione la palabra “recurso” y el hecho de que en el Art. 10 mencione la frase “el examen de cualquier acusación”, nos da a entender que entre otras cosas hace referencia a la prueba y justifico esta interpretación en que se podría interponer por ejemplo un recurso de impugnación de la prueba (Orellana, 2006) y para examinar una acusación será una condición suficiente mas
ción entre el debido proceso y la eficacia de la prueba, queda más que comprobada, y que a mi criterio no puede existir la una sin la otra, ya que es imposible comprobar ciertos hechos sin tener una prueba, pero no basta con tener una prueba esta debe cumplir con todos los parámetros, para que de esa forma dentro de un debido proceso exista una prueba eficaz que pueda ser utilizada.
Ahora bien, en este punto del trabajo de investigación, me parece de vital importancia realizar un análisis sobre la relación en la práctica del debido proceso con una prueba eficaz.
Inversión de la prueba
Para realizar este análisis me centraré en los casos en que la carga de la prueba requiere ser invertida. En el caso de la inversión surgen dos ideas.
Por un lado, la primera dice que la inversión de la carga de la prueba realmente resulta ser vulneradora de derechos debido a que viola el principio de la presunción de inocencia, por lo que se podría decir que si hay una prueba eficaz, pero
a mi forma de ver no existe un debido proceso ya que se están vulnerando derechos.
Por otro lado, se puede decir que en verdad la inversión de la carga de la prueba resulta ayudar a los derechos de las personas ya que por ejemplo en casos en que resulta ser muy difícil presentar las pruebas debido a que las otras partes las ocultan muy bien, no colaboran con la obtención de esta, o son mucho más poderosas que la otra parte, entonces aquí diremos que la inversión de la carga probatoria es de mucha ayuda para evitar una vulneración de derechos, por lo que en este caso la prueba resultaría ser eficaz y existiría un verdadero debido proceso, ya que se están garantizando derechos que es el fin que busca este.
Para concluir, después de todo lo expuesto, es importante afirmar que la prueba es una herramienta de vital importancia dentro del proceso, además después de este análisis considero que la prueba puede ser vista con un elemento constitutivo del debido proceso, esto lo digo porque
en un sistema como el nuestro donde las partes deben dar los hechos y el juez debe realizar
el ejercicio de la subsunción, para que este pueda realizar el mencionado ejercicio sin

CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL DE DIPLOMADOS
INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIO NACIONALES A D I A E N
Conforme el Art. 10 de los Estatutos y, en cumplimiento a lo dispuesto por la Asamblea General Ordinaria cumplida el 15 de Febrero de 2024; se convoca a la nueva Asamblea General Ordinaria de la “Asociación de Diplomados del Instituto de Altos Estudios Nacionales” programada para el día Miércoles 20 de Marzo de 2024 a las 10H00 en las oficinas de la ADIAEN ubicadas en la Calle Manuel María Sánchez E10-14 y Avenida 6 de Diciembre, 5to. Piso del Edificio Chávez-Espinoza, en la misma se tratará el siguiente:
ORDEN DEL DÍA:
1. Lectura de Acta de la Asamblea Anterior
2. Designación del Comité Electoral para elección del Nuevo Directorio
3. Asuntos Varios
EL DIRECTORIO
IMPORTANTE: Favor confirmar su asistencia al correo asodip.adiaen@hotmail. com. Para el caso no exista el quorum reglamentario a la hora fijada, la Asamblea se instalará luego de una hora con el número de diplomados presentes.
Quito, 29 de Febrero de 2024 001-003-4121




vulnerar ningún derecho, los hechos deben ser probados, verificados y estudiados, esto se lo puede hacer con la presentación de una prueba legítima, caso contrario lo único que se conseguirá es dilatar el proceso, con esto vulnerar varios principio procesales y finalmente evitar que exista una verdadera administración de justicia.
Referencias:
• Constitución de la República del Ecuador. Art. 169.
• Constitución de la República del Ecuador. Art. 76.
• Declaración Universal de los Derechos Humanos, París, 10 de Diciembre de 1948. Art.8.
• Declaración Universal de los Derechos Humanos, París, 10 de Diciembre de 1948. Art. 10.
• Garcia, J. (2005). ¿Qué Es El Debido Proceso?. Recuperado el 2 de Octubre del 2020 de: https:// www.derechoecuador.com/quees-el-debido-proceso.
• Guerrero J. (2020). Grabación de Derecho Constitucional.
• Orellana, F. (2006). Medios de impugnación y recursos procesales. Ius et Praxis. 1(1).
• Pacto Internacional de los derechos Civiles y Políticos, Nueva York, 23 de Marzo de 1976. Art.14.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA NATURELAB SA.
De conformidad a lo dispuesto en los artículos 236 de la Ley de Compañías y el Reglamento de Juntas Generales, artículo 1, se convoca a sus accionistas, a la Junta General que se realizará el día jueves 14 de marzo de 2024, en el domicilio social de la misma, ubicado en la ciudad de Quito, Av. 6 de diciembre y Av Portugal Edf. Zyra Oficina 1106, a las 17h00 para tratar el siguiente orden del día:
1. Conocimiento y resolución sobre el informe de la administración correspondiente al período 2023.
2. Conocimiento y resolución sobre el balance e información financiera de la compañía del período 2023.
3. Conocimiento y resolución sobre el informe de Comisario.
4. Varios
La junta general se realizará de manera presencial; sin embargo, los accionistas que requieran participar de manera telemática en la misma, harán conocer de tal decisión al correo electrónico de la Directora Ejecutiva de la compañía: y.benavides@ichthion. com con la debida anticipación y se conectarán mediante la plataforma zoom, cuyo LINK y claves se les notificará al correo electrónico que tienen registrado en la compañía, con 24 horas de anticipación a la realización de la junta general.
Los accionistas que participen de manera telemática en la junta general, deberán ejercer su voto de conformidad a lo establecido en el Art. 35 del Reglamento de Juntas generales, esto es, remitir al correo electrónico de la Directora Ejecutiva de la compañía: y.benavides@ichthion.com en el cual se consigne la forma de votación por cada moción.
Los accionistas que participen de forma telemática, deberán dejar constancia de su comparecencia, mediante un correo electrónico dirigido de la Directora Ejecutiva de la compañía: y.benavides@ichthion.com
Los accionistas que deseen ser representados por terceras personas, remitirán el instrumento de representación al correo electrónico de la Directora Ejecutiva de la compañía: y.benavides@ichthion.com
Se convoca expresamente al comisario de la compañía Lic. Andrea Rodriguez, quien deberá estar presente el día de la Junta General Ordinaria de Accionistas.
Quito, 04 de marzo de 2024
Atentamente
Yessica Benavides Directora Ejecutiva NATURELAB S.A.

CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA BOLSA DE VALORES DE QUITO BVQ SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con lo previsto en los artículos Décimo Cuarto y Décimo Octavo del Estatuto de la Institución, se convoca a los señores Accionistas de la Bolsa de Valores de Quito BVQ Sociedad Anónima, a la Junta General Ordinaria que se llevará a efecto en forma telemática a través de la plataforma zoom, el día martes 26 de marzo de dos mil veinticuatro, a partir de las 16h00, desde las Oficinas de la Institución, ubicadas en la Av. Amazonas N21-252 y J. Carrión, Edif. Londres, para considerar los siguientes asuntos: La Junta convocada deberá conocer y resolver sobre los siguientes puntos:
1. Conocimiento y resolución sobre el Informe de la Administración correspondiente al año dos mil veintitrés.
2. Conocimiento y resolución de los Informes de Auditoría Externa a los estados financieros de la Institución correspondientes al año dos mil veintitrés.
3. Conocimiento y resolución de los Informes del Comisario correspondientes al año dos mil veintitrés a los estados financieros de la Institución y los Informes en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y Otros Delitos.
4. Conocimiento y resolución del Informe Anual de Gestión del Oficial de Cumplimiento en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y Otros Delitos.
5. Conocimiento y resolución sobre los estados financieros de la Institución correspondientes al año dos mil veintitrés.
6. Resolución sobre el destino de las utilidades del ejercicio correspondiente al año dos mil veintitrés.
7. Autorizar al Directorio para resolver sobre el anticipo de utilidades con cargo a resultados del ejercicio económico dos mil veinticuatro.
8. Designación de un Comisario Principal y su respectivo Suplente para el ejercicio económico dos mil veinticuatro y fijación de su retribución.
9. Designación de Auditores Externos para el ejercicio económico dos mil veinticuatro y fijación de su retribución.
10. Designación de dos miembros Comisionados para la suscripción y aprobación del Acta de la sesión de Junta General.
Se convoca de manera especial e individual al señor Luis Salazar Borja, Comisario de la Institución y a los señores Auditores EY del Ecuador.
Conforme lo establece el Estatuto Social, los accionistas podrán concurrir personalmente, por medio de su representante legal o a través de poder notarial o carta poder debidamente suscrita.
Acorde con lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento Sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, y considerando que la Junta se celebrará por medio telemático, los accionistas comparecerán por videoconferencia.
La junta general de accionistas podrá instalarse, sesionar y resolver válidamente cualquier asunto de su competencia, utilizando videoconferencia o cualquier otro medio digital o tecnológico. Para sus efectos el accionista será responsable de que su presencia se perfeccione a través de ese medio de comunicación telemática.
El accionista dejará constancia de su comparecencia mediante un correo electrónico dirigido a las siguientes direcciones hectoralmeida@bolsadequito.com y cesarrobalino@bolsadequito.com; por lo que solicitamos a los señores accionistas que nos remitan una dirección de correo electrónico de contacto para poderles enviar un código de conexión a la reunión virtual. Muy atentamente,
Diana Torres PRESIDENTECompañía, se convoca a los señores accionistas a Junta General Ordinaria, que se realizará el día viernes 15 de Marzo del 2024, a las 9H00, en el domicilio principal de la Compañía, ubicado en las calles Gabriel García Moreno S1-82 y Ponce Enríquez, Parroquia de Conocoto, Cantón Quito, Provincia de Pichincha.
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE COMERCIAL, ESCOLAR E INSTITUCIONAL “VANSEXPRES” S.A.
Para tratar los siguientes puntos del orden del día:
En aplicación del artículo 10 y 11 de los Estatutos de la Compañía, se convoca a los señores accionistas a Junta General Ordinaria, que se realizará el día viernes 15 de Marzo del 2024, a las 9H00, en el domicilio principal de la Compañía, ubicado en las calles Gabriel García Moreno S1-82 y Ponce Enríquez, Parroquia de Conocoto, Cantón Quito, Provincia de Pichincha.
1. Informe y aprobación del Plan de actividades del año 2024
2. Informe y aprobación del Presupuesto del año 2024
3. Informe de Presidente ejercicio 2023
Para tratar los siguientes puntos del orden del día:
4. Informe de Gerente General ejercicio 2023
5. Conocimiento y aprobación del informe del señor Comisario ejercicio 2023
1. Informe y aprobación del Plan de actividades del año 2024.
2. Informe y aprobación del Presupuesto del año 2024.
6. Aprobación de balances periodo 2023
3. Informe de Presidente ejercicio 2023.
4. Informe de Gerente General ejercicio 2023.
7. Resolución y Distribución de beneficios sociales periodo 2023
5. Conocimiento y aprobación del informe del señor Comisario ejercicio 2023.
8. Aprobación del Acta de Junta General Ordinaria de Accionistas.
6. Aprobación de balances periodo 2023.
7. Resolución y Distribución de beneficios sociales periodo 2023.
Nota: Se convoca de manera especial al señor Ing. Mesías Dávila, Comisario de la Compañía
8. Aprobación del Acta de Junta General Ordinaria de Accionistas.
Nota: Se convoca de manera especial al señor Ing. Mesías Dávila, Comisario de la Compañía.
Adicionalmente informamos a los señores accionistas que los balances estarán a disposición a partir del día martes 10 de marzo del presente año.
Adicionalmente informamos a los señores accionistas que los balances estarán a disposición a partir del día martes 10 de marzo del presente año.
Quito, 01 de Marzo del 2024
Quito, 01 de Marzo del 2024


Sr. J Ricardo Lema L. Sr. Hugo G. Salazar C.
GERENTE GENERAL PRESIDENTE
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO TIPAN MAIGUA S.A.
De conformidad con lo estipulado en la Ley de Compañías, el Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías y los Estatutos de la Compañía, se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO TIPAN MAIGUA S.A., a la Junta General ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día viernes 15 de marzo del 2024, a las 10:00 am, en la oficina de la Compañía ubicada en Sangolquí Lote 22 y Primero de Mayo.
La Junta conocerá y resolverá los siguientes puntos del orden del día:
1. Constatación de Quórum.
2. Informe de Estados Financieros y anexos del ejercicio económico año 2023.
2.1 Informe de Gerente
2.2 Informe de Comisario
2.3 Informe de Presidente
2.4 Estados Financieros
3. Destino y tratamientos de los resultados obtenidos del ejercicio económico año 2023. Se convoca de manera especial a la Srta. Nikole Sani Comisario de la Compañía.
Quito, marzo 4 del 2024.
TIPAN CHAUCA MANUEL ALFREDO PRESIDENTE
CONVOCATORIA
SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA DE CARGA PESADA YACOL YACOLFRAG S.A.
De conformidad con lo estipulado en los Estatutos de la Compañía, la Ley de Compañías y el Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la Compañia De Carga Pesada Yacol Yacolfrag S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el viernes 15 de marzo del 2024, a las 9:00am, en la oficina de la Compañía ubicada en EL Barrio Ushimana, calle Río Ushimana No. EO6222, y Carlos Julio Arosemena en la ciudad de Quito
1. Constatación de Quórum.
2. Informes y Estados Financieros del ejercicio económico año 2023.
2.1 Informe de Gerente General
2.2 Informe de Comisario
2.3 Informe de Presidente
2.4 Estados Financieros
3. Destino y tratamientos de los resultados obtenidos del ejercicio económico año 2023.
4. Elección y posicionamiento de Gerente, Presidente y Comisario de la Compañía
Se convoca de manera especial al Srta. Mónica Sani Comisario de la Compañía
Quito, marzo 4 del 2024
CESAR EFRAIN YUJATO BARROS GERENTE
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO ARELLANO ANAGUMBLA S.A.
De conformidad con lo estipulado en la Ley de Compañías, el Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías y los Estatutos de la Compañía, se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO ARELLANO ANAGUMBLA S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el lunes 15 de marzo del 2024, a las 9:00am, en la oficina de la Compañía ubicada en Pintag Barrio Verdepamba Calle Av. General Pintag N1290 y Humbolt en la ciudad de Quito.
La Junta conocerá y resolverá los siguientes puntos del orden del día:
1. Constatación de Quórum.
1. Informe de Estados Financieros y anexos del ejercicio económico año 2023.
1.1 Informe de Gerente
1.2 Informe de Comisario
1.3 Informe de Presidente
1.4 Estados Financieros
2. Destino y tratamientos de los resultados obtenidos del ejercicio económico año 2023.
Se convoca de manera especial a la Sra. Mónica Sani, Comisario de la Compañía.
Quito, 4 de marzo del 2024.
Sr. Milton Edwin Arellano Anagumbla PRESIDENTE
001-003-4127
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA TRANS BRONCO TRUCKBRONCO SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con lo estipulado en la Ley de Compañías, el Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías y los Estatutos de la Compañía, se convoca a los señores accionistas de la Compañía de Transporte de Carga Pesada Trans Bronco Truckbronco Sociedad Anónima, a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día viernes 15 de marzo del 2024, a las 9:00am, en la oficina de la Compañía ubicada en el Barrio La Victoria Calle Antisana lote 48 y Cerro Hermoso.
La Junta conocerá y resolverá los siguientes puntos del orden del día:
1. Constatación de Quórum.
2. Informe de Estados Financieros y anexos del ejercicio económico año 2023.
2.1 Informe de Gerente
2.2 Informe de Comisario
2.3 Informe de Presidente
2.4 Estados Financieros

3. Destino y tratamientos de los resultados obtenidos del ejercicio económico año 2023.
Se convoca de manera especial a la Srta. Jessica Pérez Comisaria de la Compañía.
Quito, 05 de marzo del 2024.
001-003-4127
Srta. Gabriela Fernanda Pérez Valle PRESIDENTE
001-003-4127
PRIMERA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS



Pesado Ivonmarie S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el viernes 15 de marzo del 2024, a las 9:00am, en la oficina de la Compañía ubicada en el Barrio San Carlos, calle Pasaje La Luz No. S2-270, y Puerto Rico.
La Junta conocerá y resolverá los siguientes puntos del orden del día:
1. Constatación de Quórum.
2. Informe de Estados Financieros y anexos del ejercicio económico año 2023.
2.1 Informe de Gerente
2.2 Informe de Comisario
2.3 Informe de Presidente
2.4 Estados Financieros
3. Destino y tratamientos de los resultados obtenidos del ejercicio económico año 2023.
Se convoca de manera especial a la Srta. Belen Sani Comisario de la Compañía.
Quito, 4 de marzo del 2024.
Srta. Gabriela Aldaz PRESIDENTE 001-003-4127
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA TIPAN VALLE TIVALLGROUP S.A.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley de Compañías, Al Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías y el Estatuto Social de la Compañía, convoco a los señores Accionistas de la Compañía, COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA TIPAN VALLE TIVALLGROUP S.A. a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar el viernes 15 de marzo del 2024, a las 16h00pm en el domicilio de la Compañía ubicado en La Magdalena oe1h 823-17 y calle 523 en la ciudad de Quito.
La Junta conocerá y resolverá los siguientes puntos del orden del día:
1. Constatación de Quórum.
2. Informes y Estados Financieros del ejercicio económico año
2.1 Informe de Gerente General
2.2 Informe de Comisario
2.3 Informe de Presidente
2.4 Estados Financieros
3. Destino y tratamientos de los resultados obtenidos del ejercicio económico año 2023.
Se convoca de manera especial al Sr. Valle John Comisario de la Compañía
Quito, marzo 4 del 2024
Srta. Liseth Valle Tipan PRESIDENTE 001-003-4127
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL DE CARGA LIVIANA CARLITRANS S.A.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley de Compañías, Al Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías y el Estatuto Social de la Compañía, convoco a los señores Accionistas de la Compañía, COMPAÑIA DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL DE CARGA LIVIANA CARLITRANS S.A. a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar el viernes 15 de marzo del 2024, a las 16h00pm en el domicilio de la Compañía ubicado en la Calle Puerto Rico OE9-97 y Pasaje S/N en la ciudad de Quito.
La Junta conocerá y resolverá los siguientes puntos del orden del día:
1. Constatación de Quórum.
2. Informes y Estados Financieros del ejercicio económico año 2023.
2.1 Informe de Gerente General
2.2 Informe de Comisario
2.3 Informe de Presidente
2.4 Estados Financieros
3. Destino y tratamientos de los resultados obtenidos del ejercicio económico año 2023.
Se convoca de manera especial al Sr. Raúl Guambiango Comisario de la Compañía.
Quito, marzo 4 del 2024
Sr. Lucio Pacha PRESIDENTE 001-003-4127

JUICIO: INTERDICCIÓN No. 17203-2023-01715
ACTOR: SAMANIEGO ROJAS EDGAR GUALBERTO
DEMANDADO: SAMANIEGO PONTON GABRIELA
TRAMITE: SUMARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
EXTRACTO JUDICIAL
JUICIO DE INTERDICCION-No. 17203-2023-01715 NOTIFICACION AL PÚBLICO
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.-. Quito, jueves 22 de febrero del 2024, a las 14h14.Vistos. En atención al Art. 90 del Código Orgánico General de Procesos, este despacho judicial estructura el presente auto interlocutorio, dentro del presente juicio de interdicción por demencia, y saber si es o no procedente declarar la interdicción provisional, en los siguientes ítems: [I] La mención de la o del juzgador que la pronuncie. En conocimiento de la presente causa, el doctor Pablo Alejandro Jácome Jaramillo, Juez de Primer Nivel de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la parroquia Mariscal Sucre del cantón Quito. [II] La fecha y lugar de su emisión. El día 16 de febrero del 2024, en audiencia de parientes convocada mediante auto de fecha 1 de febrero del 2024, las 16h18 a fin de ser reconocida la presunta interdicta por el suscrito Juez conforme lo determina el art. 482 del Código Civil y escuchados los parientes cercanos en dicha diligencia, misma que se llevó a cabo en el domicilio particular de los progenitores y su hija conforme consta del acta resumen de la misma (fs. 77 y 78). [III] La identificación de las partes. Los solicitantes son los señores: DR. EDGAR GUALBERTO SAMANIEGO ROJAS y LICDA. JENNY VIOLETA PONTON PONTON. La supuesta interdicta, es la señorita GABRIELA SAMANIEGO PONTON, su hija. [IV] La enunciación resumida de los antecedentes de hecho 1. La demanda de declaratoria de interdicción, presentada por DR. EDGAR GUALBERTO SAMANIEGO ROJAS y LICDA. JENNY VIOLETA PONTON PONTON, se funda en los siguientes hechos: “Nuestra hija responde a los nombres de Gabriela Samaniego Pontón nació en esta ciudad de Quito el 04 de abril de 1978 y debido a que padece de la enfermedad denominada parálisis cerebral infantil tipo espástico, ha perdido parcialmente sus capacidades mentales, razón por la cual es necesario declararlo en interdicción para su propia protección. Tal como lo justificamos con la partida de nacimiento descrita en el numeral anterior nuestra hija señorita Gabriela Samaniego Pontón, con cédula de ciudadanía ecuatoriana No. 1713318861, de 44 años de edad, soltera, domiciliada en la parroquia Nayón, Av. Interoceánica S22-147, frente Miravalle Cuatro, de este cantón Quito, provincia de Pichincha, se encuentra afectada de PARALISIS CEREBRAL INFANTIL, TIPO ESPASTICO, por lo que se vuelve necesario que su autoridad lo dote de un Curador que lo represente, en todos los actos o contratos que pueda realizar a futuro, ya que le es imposible representarse por sus propios medios. Con el propósito de dar un cuidado necesario en el futuro y dado el deterioro de su salud que día a día le afecta, es nuestra intención como padres de nuestra hija Gabriela Samaniego Pontón, solicitar a su autoridad se designe como CURADOR de nuestra hija al compareciente Dr. Edgar Gualberto Samaniego Rojas, ya que toda la familia hemos decidido brindar la ayuda necesaria por su bienestar y principalmente su estado de salud….(adjunta documentos)…La pretensión clara y precisa que se exige es la siguiente: Se declare la interdicción definitiva de nuestra hija señorita Gabriela Samaniego Pontón y se designe como curador general al compareciente doctor Edgar Samaniego Rojas en calidad de padre, para cuyo efecto me permito insinuar mi propio nombre para tal designación. Que previamente y conforme el trámite del procedimiento se declare la interdicción provisional de nuestra hija señorita Gabriela Samaniego Pontón declarándome como su curador interino. Se sirva disponer la inscripción en el libro correspondiente del Registrador de la Propiedad y Registro Mercantil de la ciudad de Quito, de la interdicción definitiva, así como su publicación por un periódico de circulación nacional de conformidad con lo dispuesto en el Art. 468 del Código Civil vigente. Sírvase disponer que la resolución de interdicción definitiva se asiente en el Registro Personal Único de la señorita Gabriela Samaniego Pontón”.- 2. Audiencia de parientes. Encontrándose en el día y hora señalados, el Juzgador procede a indagar a los parientes sobre la vida anterior y la conducta de la supuesta interdicta, coinciden los presentes en afirmar que el estado intelectual de la señorita GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN, es una persona de 44 años de edad, quien según sus familiares se encuentra en esa condición prácticamente desde su nacimiento y que su enfermedad le impide valerse por sí misma y que su razonamiento es limitado, que posee discapacidad intelectual, que no se encuentra en tratamiento, que requiere el cuidado de terceros, de manera que es una situación definitiva e invariable y que toda su familia: mamá, papá y hermanos están de acuerdo en que se la declare interdicta pues los progenitores-actores son las personas directas e idóneas para su representación, en especial su padre y que pueda ocupar el cargo de tutor, pues ven más conveniente que sea su padre DR. EDGAR GUALBERTO SAMANIEGO ROJAS quien ocupe ese cargo en beneficio de su hija discapacitada.- Sus declaraciones están recogidas en el acta de audiencia y audio correspondiente obrante de fs. 77 a 79 del proceso.- 3. Reconocimiento del presunto interdicto.- Acto seguido el Juzgador y Secretaria, proceden a efectuar el reconocimiento de la señorita GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN a quien se le hace preguntas simples que si entiende y responde con mucha dificultad.- Es decir, responde a las preguntas, pero con un razonamiento limitado, tiene un lenguaje incompresible y muy limitado, existe también cierta espacialidad y temporalidad pero no tiene un razonamiento definido como a situaciones de cálculos matemáticos, actualidad nacional, solo reconoce a sus progenitores, hermana y prima que la ayudan en el cuidado, presentes en la diligencia, lo que demuestra un estado de incapacidad, requiere la asistencia de los familiares.- [V] La motivación de su decisión. 5. El Art. 482 del Código Civil, determina “El juez se informará de la vida anterior y conducta habitual del supuesto demente, y oirá el dictamen de facultativos de su confianza, sobre la existencia y naturaleza de la demencia. Pero no podrá decretar la interdicción sin examinar personalmente al demandado, por medio de interrogatorios conducentes al objeto de descubrir el estado de su razón.”. De acuerdo con el Art. 478 del Código Civil para que haya lugar a la interdicción de un demente se requiere que su estado de demencia sea habitual, aunque tenga intervalos lúcidos. 6. Doctrina.- El tratadista Rubén Morán Sarmiento, en su obra Derecho Procesal Civil Práctico, tomo 3, 1ra. Edición, Guayaquil – Ecuador, 2003, p. 193, sobre la interdicción por demencia, dice “Este trámite tiene la mecánica examinada para el pródigo; pero con las siguientes modificaciones: La investigación, para la interdicción provisional es más dinámica para el juzgador, su participación es más directa, y se da una coparticipación de Autoridad, médicos y parientes, para el establecimiento cabal del estado auténtico del presunto demente; de esta investigación se dejará constancia en una acta, la que se constituirá en la pieza esencial de este trámite”.- 7. Juan Larrea Holguín, sobre el vocablo interdicción, dice: “Decreto o sentencia judicial que priva a una persona de la libre administración de sus bienes y, normalmente, la sujeta a un guardador, quien le representará o autorizará para los actos jurídicos, exceptuándose solamente los de carácter muy personal, como los testamentarios.” (Diccionario del Derecho Civil, Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito – Ecuador, 2006, p. 248).- El Diccionario Jurídico Anbar, Tomo IV AG, Cuenca Ecuador, p. 197, dice “Prohibición, incapacitación.|| Denominación de las penas restrictivas de la capacidad jurídica, de la libertad o de determinados derechos. || Personas que han sido incapacitadas para la realización de un acto o actos de la vida civil: dementes, pródigos, quebrados, condenados. La interdicción puede ser determinada por resolución judicial y a petición de parte interesada.”. El Dr. Aníbal Guzmán Lara, en su obra Diccionario Explicativo Derecho Procesal Civil, Tomo II I – V, editorial jurídica del Ecuador, 1ª edición, Quito-Ecuador, 1999, p. 499, dice “Interdicción es la situación jurídica en que se coloca a una persona y en virtud de la cual es privada de ciertos derechos, muy especialmente de administrar sus propios bienes, de obligarse, de contratar, por ejemplo vender, en virtud de encontrarse en especiales circunstancias de falta de conciencia, salud, vicio, etc.”. 8. Doctrina Jurídica Extranjera: Para el insigne tratadista chileno, Luis Claro Solar, expresa que “En la interdicción del demente la ley se propone un doble objeto, uno de interés privado, el otro de interés público. En interés de la persona demente y de su familia, autoriza la interdicción, cuando en definitiva esta persona se halla, con respecto a sus facultades mentales, en la imposibilidad de gobernarse a sí misma y de administrar sus bienes. En interés público, la autoriza también para garantizar a la sociedad de los peligros a que podría exponerla la presencia un demente que ejecutará actos dañosos en sus accesos de furia o que pudiera ser peligroso si su monomanía, aparentemente tranquila, fuera el homicidio por ejemplo. Los jueces no están llamados a investigar más o menos científicamente la influencia de tal o cual lesión cerebral sobre las facultades del hombre en general, sino de saber, en el hecho, en un caso dado, si tal persona, cuya interdicción se pide, conserva o no una inteligencia suficiente de los negocios de la vida civil y la aptitud conveniente para la marcha ordinaria de la administración de un patrimonio. Debe, naturalmente, el magistrado, atender a las enseñanzas de la ciencia e ilustrarse en sus investigaciones y descubrimientos; pero sólo para poder apreciar debidamente el estado particular de las facultades mentales del supuesto demente y decidir con pleno conocimiento de causa si debe decretar o no la interdicción pedida.”, (Explicaciones de Derecho Civil Chileno y Comparado De las Personas, Tomo Tercero, editorial jurídica de Chile, Santiago de Chile 2013, p. 100, apartado 2421). 9. En cuanto a la designación de curador para el supuesto interdicto, deben atenderse las razones expuestas en el libelo de demanda, así como la audiencia de parientes celebrada en esta Unidad Judicial, en la que se ha escuchado a los señores 1. EDGAR GUALBERTO SAMANIEGO ROJAS (padre).- 2. JENNY VIOLETA PONTON PONTON madre), DARIA VALERIA SAMANIEGO PONTON (hermana); y, DIANA MARIA RIVADENEIRA PONTON (prima), quienes son familiares de la presunta interdicta. 10. Los presupuestos procesales en el presente asunto se encuentran acreditados a plenitud. La capacidad legal de una persona es la facultad que tiene para ejercer sus derechos y administrar sus bienes, sin que para ello se requiera la intervención de otra (art. 1461 último inciso del Código Civil), dicha capacidad es la regla general para los mayores de edad, de la cual quedan excluidos por excepción ciertas personas a quienes por razones especiales el mismo cuerpo legal invocado niega o limita esa capacidad de ejercicio. Tenemos, por tanto, que están excluidos en forma absoluta de la facultad en mención los dementes, los impúberes y los sordomudos que no pueden darse a entender por escrito. Sus actos no surten ni aun obligaciones naturales, y no admiten caución (Art. 1463 Ib.). El tercer inciso de la disposición legal referida, señala que son incapaces relativos los menores adultos, los que se hallan en interdicción de administrar sus bienes, y las personas jurídicas. En el plano jurídico la finalidad de la institución jurídica denominada incapacidad ora absoluta ora relativa, es la de proteger a las personas que en razón de su edad o por limitaciones graves de índole psicológica o fisiológica, no pueden actuar en condiciones normales en el medio social que los rodea, el asambleísta creó la figura jurídica de la interdicción mediante la cual se desvirtúa la presunción de capacidad general de que goza en principio toda persona. En los procesos de interdicción por demencia, el asambleísta patrio creó para darle protección al enfermo, con los que se busca desvirtuar la presunción legal de capacidad de las personas consagradas en el Art. 1462 ibídem “Toda persona es legalmente capaz, excepto las que la ley declara incapaces.”. En esta clase de procesos es forzosa la práctica de la prueba pericial, dicho medio probatorio legalmente practicado y legalmente apreciado y valorado, es la que le permite al juzgador concluir si la interdicción debe o no ser decretada. A la persona que se le declara en estado de interdicción se le designa un curador provisional para que lo represente legalmente, quien deberá hacerse cargo, amén de su cuidado personal, de su recuperación de ser aquello posible y de la administración de sus bienes. Por esto, se exige que la persona designada cuente con suficientes capacidades morales y económicas para que pueda ejercer este encargo con responsabilidad y garantice el desempeño adecuado de sus funciones. La interdicción constituye, en esencia, una garantía para el incapaz, porque podría quedar desprotegido si no se le proporcionara la protección jurídica necesaria a través de la intervención de las juezas y de los jueces, quienes tienen la potestad de apreciar los elementos incorporados a la causa y de pronunciarse sobre la capacidad o incapacidad de las personas. 11. Por las consideraciones que preceden, de conformidad con el Art. 483, 467 y 468 del Código Civil, tomando como antecedente el CARNÉ DE PERSONA CON DISCAPACIDAD de fs. 1 que señala “GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN, 1713318861, Tipo de Discapacidad: FISICA; Porcentaje de Discapacidad: 100%”; copia de cédula de ciudadanía DISCAPACIDAD de GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN, 1713318861, estado civil: SOLTERO (fs. 2); Inscripción de nacimiento de GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN, quien tiene como padre a EDGAR GUALBERTO SAMANIEGO ROJAS y como madre a JENNY VIOLETA PONTON PONTON (fs. 7); Resumen de Historia Clínica No. 139925 de GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN, 2Giagnóstico: Parálisis cerebral Infantil tipo espástico (fs. 8)”; Historia Clínica de GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN emitida por el Ministerio de Salud Pública, Dirección Distrital Conocoto (fs. 11 a 13); Certificado Único de Calificación Discapacidad (para importación de vehículos) e Informe Socio-Económico de Trabajo Social (fs. 14 a 19); Certificado de Discapacidad No. MSP-166751 suscrito por la Dra. Carmen Elena Padilla Trujillo en el que señala que: “GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN; DISCAPACIDAD TIPO: FISICA; PORCENTAJE: 100%; NIVEL: MUY GRAVE; DIAGNOSTICO: OTROS TIPOS DE PARALISIS CEREBRAL; PERIODO DE ADQUISICION: DURANTE EL PARTO-ASFIXIA” (fs. 20); Certificado emitido por el Centro de Rehabilitación Integral Especializado, del Ministerio de Salud Pública Dr. Eduardo Gómez, Médico Traumatólogo, en el que se señala: “GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN…acude a Consulta Externa de Traumatología para renovar carnet de discapacidad, desde la especialidad de Traumatología, paciente adolece severa Hipotrofia Severa de Miembros Inferiores, lo que dificulta la deambulación a la que se asocia cambios degenerativos en caderas-rodillas propias de su enfermedad” (fs. 21); Certificado emitido por el Ministerio de Salud Pública Dr. Aníbal Andrade, Médico Especialista neurología Clínica Conocoto, en el que se señala: “GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN…acudió al control por presentar Parálisis Cerebral Infantil, más Trastornos de conducta y personalidad debería continuar el tratamiento por Neurológico acudiendo en forma mensual. Sugiero realizar Electroencefalografía para documentación de reactividad eléctrica cerebral” (fs. 22).- Además, en atención a los informes verbales de sus familiares cercanos antes mencionados; y, reconocidas las expresiones del supuesto interdicto. Por lo anotado ut supra, se justifica la necesidad, de que efectivamente se le ponga en interdicción y se le provea de curador o curadora, para lo cual se revisa la pretensión establecida en la demanda que señala: “Se declare la interdicción definitiva de nuestra hija señorita Gabriela Samaniego Pontón y se designe como curador general al compareciente doctor Edgar Samaniego Rojas en calidad de padre, para cuyo efecto me permito insinuar mi propio nombre para tal designación. Que previamente y conforme el trámite del procedimiento se declare la interdicción provisional de nuestra hija señorita Gabriela Samaniego Pontón declarándome como su curador interino. Se sirva disponer la inscripción en el libro correspondiente del Registrador de la Propiedad y Registro Mercantil de la ciudad de Quito, de la interdicción definitiva, así como su publicación por un periódico de circulación nacional de conformidad con lo dispuesto en el Art. 468 del Código Civil vigente. Sírvase disponer que la resolución de interdicción definitiva se asiente en el Registro Personal Único de la señorita Gabriela Samaniego Pontón.- [VI] La decisión adoptada con precisión de lo que se ordena. Por lo anotado este despacho judicial, y mientras se decida la causa, resuelve: 12. Declárese en interdicción provisional a la señorita GABRIELA SAMANIEGO PONTÓN, de estado civil soltera, con cédula de ciudadanía No 1713318861, de 44 años de edad, ciudadana ecuatoriana, domiciliado en la parroquia Nayón, Av. Interoceánica S22-147, frente Miravalle Cuatro, de este cantón Quito, provincia de Pichincha. 13. Se nombra curador interino a su progenitor señor DR. EDGAR GUALBERTO SAMANIEGO ROJAS con cédula de ciudadanía No. 1701043539, ecuatoriano, de estado civil casado, domiciliado en esta ciudad de Quito, en la dirección arriba consignada junto a su hija discapacitada. 14. Notifíquese este auto interlocutorio al público en la forma establecida en el Art. 468 del Código Civil, publíquese por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, hecho que sea incorporen al proceso la publicación, confiérase los carteles correspondientes. 15. De conformidad con el Art. 468 del Código, artículo 27 de la Ley de Registro inscríbase en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito y Registro Civil, Identificación y Cedulación. Hecho se señalará día y hora para la posesión discernimiento del cargo del curador interino.- [VII] Sin costas.- Actúe la Abg. Alexandra Chicaiza, en su calidad de secretaria de este despacho judicial.- Cúmplase y Notifíquese.-F). DR. PABLO ALEJANDRO JÁCOME JARAMILLO. JUEZ.
Lo que notifico para los fines de ley.



VENTA DIRECTA DE 222 BIENES DECOMISADOS USADOS DE PROPIEDAD DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ENERGÍA Y RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES.
La Junta de Venta de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables, invita a: entidades de beneficencia; Personas jurídicas como: corporaciones, fundaciones, comunidades con personería jurídica, cooperativas u organizaciones de los sectores comunitarios, cooperativas de economía popular y solidaria, empresas, sociedades mercantiles; y personas naturales, que tengan interés en la participación de la enajenación de 222 bienes decomisados usados, mediante el proceso de egreso VENTA DIRECTA individual, cuyas características constan a continuación:
BIEN BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE PRESIÓN/GASOLINA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A DIÉSEL
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE PRESIÓN/GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA A GASOLINA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA ELÉCTRICA
BOMBA DE AGUA SUMERGIBLE
BOMBA DE AGUA SUMERGIBLE
BOMBA DE AGUA SUMERGIBLE
BOMBA DE AGUA SUMERGIBLE
BOMBA DE AGUA SUMERGIBLE
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
SERIE , 5/N S/N S/N S/N S/N S/N SIN
MOTOR 17071260198
S/N S/N S/N 8040083 SIN S/N
MOTOR 16616T070341
MOTOR 18C0731728A108
MOTOR AD1805034
MOTOR 18C0731741A048
MOTOR 18C0731741A127
MOTOR 9625048 SIN S/N S/N LC152F MOTOR 2018010088
MOTOR 48463-GP50-0134
SIN S/N SIN S/N S/N S/N S/N S/N S/N S/N S/N S/N S/N S/N S/N S/N S/N MOTOR 18C0731728A040 MOTOR 18C0731741A094
S/N S/N 168F 168F S/N SIN SIN S/N MOTOR 2078010115
MOTOR E170E20181101936
MOTOR NI808505 S/N S/N S/N SIN S/N S/N S/N SIN S/N S/N SIN S/N S/N SIN 5/N
TF168FA
MOTOR 170914065 S/N IH168F GP200
MOTOR 2018010043 S/N S/N S/N S/N S/N
MOTOR 2018040050 JH1G8F GP200 S/N S/N S/N
MODELO PKM60-MD/1/2HP/650W PKM60-MD/1/2HP/650W STP-60/ 1/2 HP BP212/1/2HP/370 0960/ 1/2 HP
CIR-60/1/2HP/550W QB-60/1/2HP/450W UVPM3708 1/2HP PM45/1/2HP/450W 9860/1/2HP/450W BP212/1/2HP/370 7M-8 CPM620/1HP/1200 S/M WP20C 21312 WP30 21312 21312
G150
C810/1HP
1810 / 1HP/J810/1HP CPM620/1HP/1200 4021321-1.2Q/40ZB21-1.2Q WP2OT
2650 S/M PKM60 PKM60 SIN MODELO AM1-MD/ 1/2HP S/M SI MODELO UVPM3708/ 0.5 HP PKM60 PBP-50/1/2HP/550W PS130-B/ 1/2 HP PKM60 PKM60 P812/ 1/2HP BK-0.5/ 1/2 HP/ 500W CPM620/11-IP/1200 XKM70-1/0 8HP 21312 21312
WP20
20CX W820CX WP2OT QB80/ 1HP 4880/BE/ 1HP C810/1HP
GX200
WP2OT 941313
NK192FBP1
20CX S/N 6.5HP PRO 1/2HP TRI-40/1/2HP PBP-50/1/2HP/550W BP212/1/2HP/370 S/N VN001360E1PAS6J JET- 1005/1P/900W JSWM2C/1HP/1050 CPM610/0.85HP/82 CPM610/0.85HP/82 AJM45 CPM620/1HR/1200
MG8015/1 S/M S/M 8020/3 WP2OT S/M 20CX PKM80/ 111P/900W C810/1HP C810/1HP GX200 WB30XH MG3020/3/MG0020-3 1GP10, 1,6 HP BP912IB/1/ 1/2 HP/480W OS-20, 6,5 HP CP-205/2HP CP-205/2HP SIN MODELO 94DB BOS-1-1/2 SP XKS-400PW XKS-400PW 1062320161H7 GX160 S/M 13U232000301
MARCA PEDROLLO PEDROLLO ANGELO FOREST GARDEN SKUT PIETRO 1SUNAMI INGCO PENTAX DHINO FOREST GARDEN 1HM PEDROLLO S/M S/N PAOLO CUREN PAOLO PAOLO HONDA GLADIATOR GLADIATOR PEDROLLO LONCIN 5/N HUMBOLDT POUSEN PEDROLLO PEDROLLO S/N LINZ S/M INGCO INGCO PEDROLLO PAOLO TEMCO PEDROLLO PE DROLLO GLADIATOR VIKINGO P6060660 LEO PAOLO , PAOLO PAOLO WATER PUMP SHIMAHA S/N BARNES BARNES GLADIATOR HONDA S/N ENERGY NORWIK OUSEN 5/M HONDA GLADIATOR TRITON PAOLO EOREST GARDEN SHIMGIE WILP PAOLO PEDROLLO PEDROLLO PEDROLLO LEO PEDROLLO S/N FOREST
S/M DAISHIN PUMP FOREST GARDEN 5/N , HONDA
PAULO
- SUPERELI HONDA FOREST GARDEN LEO FOREST GARDEN OUSEN 5/N S/N SIN MARCA PEDROLLO TRUPER LEO LEO BRIGGS Y SRATTON HONDA HONDA BRIGGS Y SRATTON

MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA
MOTOR DE POLEA
MOTOR DE POLEA
MOTOR DE POLEA
MOTOR DE POLEA
MOTOR DE POLEA
MOTOR DE POLEA
MOTOR DE POLEA
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / GASOLINA
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOR DE POLEA / DIÉSEL
MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA MOTOSIERRA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/DIESEL
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/DIESEL
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA SOLDADORA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
PLANTA GENERADOR ELÉCTRICO/GASOLINA
GENERADOR ELÉCTRICO DIÉSEL (PLANTA MODASA MOTOR DOOSAN Y GENERADOR STAMFORD)
GENERADOR ELÉCTRICO DIÉSEL (GENERADOR STAMFORD, MOTOR KIRLOSKAR)
GENERADOR ELÉCTRICO DIÉSEL (GENERADOR BAM, MOTOR DEUTZ AG ALEMÁN)
GENERADOR ELÉCTRICO DIÉSEL (GENERADOR S/M, MOTOR LISTER DIÉSEL)
GENERADOR/SOLDADORA BOBCAT MILLER 250
GCABT-3504999 GCAAH-2587575
MOTOR 201602190421 =””=””010171118”””” T0560017030097367
MOTOR T49315090019892
2017100500605
1804101601051
MOTOR 201712230027
MOTOR 15071977
MOTOR 16J030300
MOTOR 2017100500430
UC2
2.037
GCAAH-4133790
MOTOR 1808X03313
WMBDJH1G89
2.041
MOTOR GCBCT-2361980
MOTOR 1712268562
MOTOR 1802158400
MOTOR 78131976
MOTOR 1809118004
MOTOR 217530
MOTOR 1802128609
MOTOR 1701158015
MOTOR 95249343
MOTOR SU881800633
1804X61498
E18040001
HRC18070190 10055718
GCBDT-1848419
T4920017090093448
41310316P
10054318
GCBDT1915473
17081406
78131980
HRC18070185 MOTOR 148466865
6.008 MOTOR JJJJH0024
20143751045
32 HP 186F5 MS660 5200 117DB 288XP SIN MODELO 395XP MAGNUM 990 SIN MODELO MS382 MS382 MS250 SIN MODELO MTH560 CS-1001BL MTH560 MS260 CFGCS001 272XP MAGNUM 272XP MS650 MS660 MS660 051 051 051 58002 SPG2500 EF2600FW GE62500-BM-60 3500 GPM2500 EF2600D EC2500A EF2600D GP5000 STH7000 HY-GGH3100 SRGE3500 132769
GS6500E
KM186F MH8500W G75000LXE DGR3200S MH8500
GG-BM2-17335
LT6500CL SRGE2500
EF2600D LT65000L NB2500
SG10860E
HONDA HONDA HONDA TOROMAXX LONCIN LONCIN FOREST GARDEN BRIGGS ‘Y STRATTON FOREST GARDEN TEMCO GROWAY TEMCO HONDA AIR COOLER DIESEL HONDA PORTEN TEMCO
QUIEN/OUSEN HONDA CHANGFAWUANG CHANGFAWUANG CHANGCHAI CHANGFA CHANGXINFA CHANGFA CHANGFA CHANGCHAI KOLICHITECH YAMABISI SHARK YAZUKY TOROMAXX HONDA HONDA AIR MOLER DIESEL YAZUKY FOREST GARDEN LONCIN POLCA YAZUKY BRIGGS Y SRATTON YAZUKY FOREST GARDEN BRIGGS Y STRATTON TOROMAXX HONDA FORCEMAC CHANGCHAI YAZUKI STIHL CHAIN SAWS GLADIATOR HUSQVARNA HUSQVARNA HUSQVARNA
STIHL STIHL STIHL STIHL STIHL STIHL STIHL EFCO EC110
EFOD STIHL COOFIX HUSQVARNA STIHL HUSQVARNA STIHL STIHL STIHL STIHL STIHL STIHL HECHO POWER TITAN
YAMAHA
GLADIATOR YAZUNK
MOTOBORDA
YAMAHA TIGER
YAMAHA TRITON STHEINER HYUNDAI SHINERAY BRIGGS STRATTON S400
BRIGGS STRATTON WUXI KIPOR WURTENBERG HONDA DUCATI WURTENBERG
PTK TEMCO SHINERAY YAMAHA TEMCO SILK FOREST GARDEN GLADIATOR MUNINGEN TRITON INGO SHINERAY PORTEN PTK YAMAHA FOREST GARDEN TEMCO TRITON YAMAHA YAMAHA S/N TRITON PLANTA MODASA MOTOR DOOSAN Y GENERADOR STAMFORD GENERADOR



Los interesados en la venta directa de los bienes decomisados, podrán acercarse a las instalaciones de la Coordinación Zonal de Imbabura, ubicada en la ciudad de Ibarra, calles: Luis Felipe Borja y Fray Vacas Galindo, para que realicen la inspección de los 222 bienes decomisados, objeto de la venta directa, los días 07 y 08 de marzo de 2024
Las ofertas serán receptadas de acuerdo a lo que se indica a continuación:
UBICACIÓN
Ciudad de Ibarra
CIUDAD Y
DIRECCIÓN RECEPCIÓN OFERTAS
Inmueble de la Coordinación Zonal Imbabura, calles: Luis Felipe Borja y Fray Vacas Galindo.
FUNCIONARIO RESPONSABLE DE LA RECEPCIÓN DE OFERTAS
Coordinador
Zonal Imbabura
FECHAS Y HORA LÍMITE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
A partir del 07 de marzo de 2024 , de 8H00 a 16H00 hasta el 19 de marzo de 2024, 10H00
El sobre cerrado deberá contener:
1. Carta de presentación con el valor exacto de la postura el bien, en la que se hará constar el nombre completo del oferente, número de cédula de ciudadanía o RUC, dirección domiciliaria, correo electrónico y número de teléfono: celular/convencional.
2. Se deberá incluir en el sobre cerrado el 10% del valor de la postura(oferta) en dinero efectivo o cheque certificado a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables. La propuesta será incondicional y no podrá ofrecer el pago a plazos.
3. Copia de cedula de ciudadanía, nombramiento de representante legal y RUC (en caso de personas jurídicas).
4. Declaración juramentada actual ante un Notario Público de no estar inmerso en ninguna de las prohibiciones para participar en la venta directa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 de la Resolución Nro. 003-003-2019-DIR ARCOM, según se indica a continuación:
“(…) a) No podrán intervenir por sí, ni por interpuesta persona, los funcionarios o trabajadores de la Agencia de Regulación y Control Minero, ni su cónyuge o conviviente en unión de hecho, ni parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad; equiparándose inclusive, como primero y segundo grado de afinidad, los familiares por consanguinidad de los convivientes en unión de hecho.
b) Los peritos o técnicos que hubieren efectuado el avalúo de los bienes, y a los parientes de éstos dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
c) Los funcionarios o trabajadores de la Agencia de Regulación y Control Minero que se hubieren desvinculado hasta 3 años antes de la fecha del Remate.
d) Las personas a quienes hayan sido sancionados administrativa o judicialmente por minería ilegal. (…)”.
5. Sobre manila, con cinta adhesiva en el filo de apertura, debidamente adherido y con identificación del oferente en el exterior del mismo.
A las 10H30 del día 19 de marzo de 2024, la Junta de Venta se reunirá en sesión pública, en la ciudad de Ibarra, inmueble de la Coordinación Zonal Imbabura y procederá al pronunciamiento respecto a la validez de la venta directa, la apertura de sobres en presencia de los interesados, leer y calificar las ofertas, determinación del orden preferencial, resolución de adjudicación a los mejores postores, por cada bien, según su orden.
Los ciudadanos adjudicatarios pagarán el saldo del precio ofrecido en dinero efectivo, cheque certificado a la orden de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables o depósito en la cuenta corriente de la Institución, dentro del término máximo de tres (3) días contados a partir de la notificación. Realizado el pago total se dejará constancia escrita de la venta en el Acta de Junta de Venta, con lo cual se entregará al adjudicatario los bienes vendidos, los mismos que serán entregados en el lugar que se encuentran almacenados (Coordinación Zonal Imbabura) por parte de la Guardalmacén y se procederá a la firma de las correspondientes actas de entrega recepción.