Esmeraldas 02 agosto 2024

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Jolgorio esmeraldeño al conmemorar 204 años de Independencia Política

Con la alegría que le caracteriza el esmeraldeño, ha dado inicio a la celebración de Independencia, muchos eventos y espectáculos ha preparado la municipalidad para celebrar los 204 años de Independencia Política. 2

Esmeraldas vive sus fiestas de

Doña Elodia : 46 Años de Tradición

VIERNES 02 DE AGOSTO DE 2024
Esmeraldaslahora
@ Esmeraldaslahora

Esmeraldas celebra 204 Años de Independencia y Progreso

Por naturaleza la ciudad de Esmeraldas y los esmeraldeños hemos sido personas alegres, divertidas, buenos conversadores, carismáticos y llevamos en la sangre la amabilidad y el buen vivir. Es oportuno que en esta fecha de alta importancia para los esmeraldeños las autoridades hagan todos los esfuerzos necesarios para garantizar que los eventos preparados para esta ocasión sean exitosos y con un alto grado de seguridad.

Este año 2024, la vibrante ciudad de Esmeraldas conmemora 204 años de su Independencia Política, un evento histórico que tuvo lugar el 5 de agosto de 1820 en la bahía de Rioverde. La valentía de líderes como Manuel Muriel, Ramón Tello, Manuel Lavayen y Ramón Estupiñán fue fundamental para lograr la emancipación de esta joya del Pacífico ecuatoriano.

Esmeraldas es una combinación perfecta de belleza natural, rica herencia cultural y gastronomía vibrante, lo que la convierte en un destino inolvidable para los visitantes. Además, se destaca por ser una de las ciudades más pacíficas del país, ofreciendo un entorno seguro para residentes y turistas por igual.

La Alcaldía Ciudadana de Esmeraldas, bajo la dirección del alcalde Vicko Villacís, ha implementado una visión estratégica con acciones concretas para promover el turismo y reactivar la economía local. Estas iniciativas buscan generar beneficios duraderos y mejorar la calidad de vida de sus habitantes, posicionando a

Esmeraldas como un destino turístico de primer orden y un ejemplo de desarrollo sostenible y equitativo.

Para conmemorar este significativo aniversario, el alcalde Villacís ha preparado una variada programación bajo el eslogan “Esmeraldas Vive”, que refleja la alegría, vitalidad y compromiso de su cantón. Este lema no solo celebra la esencia de Esmeraldas y su gente, sino que también invita a todos a vivir con propósito y a contribuir a la construcción de un futuro próspero y lleno de vida. Durante las festividades, este eslogan resuena con fuerza, recordándonos que en Esmeraldas, cada celebración es una oportunidad para vivir plenamente.

Esmeraldas se proyecta como una gran ciudad, respaldada por la determinación de su gente y el liderazgo de su Alcaldía. Celebrando 204 años de independencia, la ciudad avanza hacia una nueva era de progreso y desarrollo, liberándose del olvido para abrazar un futuro prometedor lleno de obras y visión.

Programación de Festividades

Esmeraldas vive sus fiestas de Independencia

El jolgorio cincoagostino marcó el inicio de las festividades de independencia de Esmeraldas, conmemorando la gesta histórica del 5 de agosto de 1820, cuando un puñado de revolucionarios proclamaron la libertad.

Las principales calles y avenidas de la Perla Verde se llenaron de miles de ciudadanos contagiados con el paso de coloridas comparsas, grupos tradicionales y cuatro vistosos carros alegóricos, quienes pusieron el toque festivo para destacar que Esmeraldas vive en sus 204 años de independencia.

El emocionante pregón, que concentró a miles de personas, permitió presentar a la ciudad

nuevos vehículos adquiridos por la administración municipal, destinados a mejorar la entrega de servicios básicos a la población. La comunidad reafirmó su confianza y respaldo al trabajo del alcalde Vicko Villacís, quien junto a sus concejales y funcionarios se dedicó a traer alegría a los esmeraldeños. La ocasión permitió que propios y extraños disfrutaran de la cultura y los atractivos turísticos que sólo

Esmeraldas, una de las ciudades más seguras y pacíficas del Ecuador, puede brindar.

A lo largo de la semana, se realizarán diversas actividades de recreación y fomento de la reactivación económica, cuyo punto más alto se vivirá el domingo 4 de agosto por la noche con un concierto de música internacional en Playa Las Palmas. El lunes 5 de agosto, se llevará a cabo el desfile cívicomilitar y la sesión solemne.

Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

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EDITORIAL

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador

Editor General: Jean Cano

Editor Regional: Josué Navarrete

Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec

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Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec

Editor General: Jean Cano

Año: XXVIII No. 12056

Editor Regional: Josué Navarrete

Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec

Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec

Año: XXVIII No. 12056

FLos escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

EL DIABLO EN LA ASAMBLEA

ueron dos horas y media las que se tomó Wilman Terán, para con fuerte olor a azufre, presentar su “obra teatral” en la Asamblea. Terán quien aceptó ser conocido como alias el “Diablo”, fue llamado a defenderse del juicio político por incumplimiento de funciones: “Me han mandado a La Roca para callarme…” expresó, con un histrionismo y una elocuencia digna de mejor causa. Intentaba desviar la atención de las acusaciones en su contra, dedicando la mayor parte de su tiempo a atacar a la Fiscal General. Es que no necesitaba defenderse, sabía desde un inició que no iba a ser censurado, seguirían faltando tres votos, este Diablo estaba seguro que sus demonios no le fallarían y así fue. Se atrevió a decir que los casos: Metástasis, Purga y Plaga, son inventos de la Fiscalía, siendo de todos conocido, que estos casos que enlazan corrupción judicial, política y narcotráfico, tienen sólidas evidencias que han sido metódicamente develadas. Uno de los principales implicados es Terán, hoy encarcelado por los casos Metástasis e Independencia Judicial. Nada dijo sobre alias “Estimado” quien ha declarado la entre-

DR. SC. GIRARD

VERNAZA ARROYO, PHD

“Esmeraldas:

Defendiendo

Nuestra Historia e Identidad”

La Ley del 25 de junio de 1824, que estableció la cantonización de nuestra provincia como parte de la Gran Colombia, representa un acontecimiento crucial en nuestra historia. Esmeraldas, con sus 500 mil habitantes y un 54% de población negra, con orgullo e hidalguía porta el legado heroico del primer grito de independencia del Ecuador, un acto valiente que marcó el inicio de nuestra lucha por la

libertad.

A lo largo del tiempo, un gobierno autoritario decidió cambiar esta fecha, alterando nuestra historia y violentando nuestra identidad. El artículo 11 de la Ley de 1824 nos recuerda la importancia de reconocer y preservar la diversidad de nuestro país, incluyendo a Esmeraldas como parte integral de nuestra identidad nacional.

Es fundamental que seamos nosotros, la académica, los estudiantes y los esmeraldeños, quienes reclamemos con firmeza por la veracidad de nuestra historia, protección de nuestros territorios, y, nos unamos en defensa de nuestra memoria colecti-

ga diez mil dólares a Terán por un favor a Norero. Fue Terán quien defendió sin éxito al asambleísta acusado de violación Peter Calo. En su teatral presentación también defendió a Pablo Muentes, arguyendo que la Fiscalía “monto” el caso para perjudicarlo. Todo lo hacía en el inútil afán de desprestigiar el loable trabajo de la Sra. Fiscal.

Afirmó que él sentenció a Correa, pero se contradijo al decir que fue él mismo quien corrigió la sentencia de Saquicela por influjo psíquico. Trató de desmentir al ex vocal de la Judicatura, Muñoz, a quien Correa chantajeo por apoyo a Terán. El ser absuelto por las 47 abstenciones del correísmo, nos demuestra cómo es utilizada la Asamblea, para la defensa de individuos sin escrúpulos como Terán, quien no tuvo empacho en mostrar imágenes editadas y supuestos diálogos con la Fiscal General. A esa desvergüenza sumemos la elocuencia y capacidad histriónica, que se jactó de poseer, pero que en él sólo genera repudio, pues según el filósofo escoces Carlyle: “No hay en el mundo nada más despreciable, que la elocuencia de un hombre que no dice la verdad”

va y cultural

Esmeraldas, con su rica tradición cultural y su valioso aporte a la identidad ecuatoriana, merece ser celebrada y protegida en su real dimensión histórica. Hago un llamado a los esmeraldeños, a levantar la voz con determinación, a ser guardianes de nuestra historia y embajadores de nuestra cultura. Cada uno de nosotros tiene la responsabilidad de honrar el legado de nuestros antepasados, de defender con orgullo nuestra historia y de velar por el respeto de nuestras fechas significativas y nuestros territorios. Insto a la comunidad universitaria, a la colectividad esmeraldeña, a

ESMERALDAS | VIERNES 02/AGOSTO/2024

LUIS COELLO KUON YENG dr.luiscoello@hotmail.com

Error médico en la práctica profesional

Eque juntos, con valentía y compromiso logremos que nuestras fechas sean respetadas y que nuestros territorios sean protegidos con amor y dedicación. Que el espíritu de nuestro pueblo se avive por la llama de la verdad y la justicia. Que cada esmeraldeño y esmeraldeña se convierta en luz e ilumine el camino hacia un futuro lleno de dignidad y respeto por nuestra historia y cultura.

¡Por la memoria de nuestros ancestros, por la identidad de Esmeraldas, por el orgullo de ser ecuatorianos! ¡Que viva Esmeraldas y su historia inquebrantable!

scribo este editorial de opinión acerca del caso acaecido en el Hospital José Carrasco Arteaga de Cuenca en donde una paciente que iba a ser intervenida quirúrgicamente de una de sus piernas, terminó siendo operada de la contraria, o sea, de la pierna sana. Partamos por el concepto de qué es un error médico. Definido como el resultado de un daño no intencional o complicación que es causado por una intervención médica durante el proceso de una enfermedad. Entendiéndose por intervención médica a aquella atención realizada por el personal de salud que tiene acceso autorizado para realizar procedimientos sobre el paciente. Las intervenciones de atención médica intentan beneficiar a los pacientes, pero también pueden causar daño. La compleja combinación de procesos, tecnologías e interacciones humanas que constituyen el moderno sistema de atención médica puede aportar beneficios importantes, sin embargo, también involucra un riesgo inevitable de errores médicos. ¿Por qué se dio este caso si quién atendió a la paciente fue un especialista? Una de las primeras respuestas a esta pregunta es que a pesar de ser especialistas o títulos de cuarto nivel, los profesionales de la salud son seres humanos y como tal cometerán siempre fallas, en palabras cortas, nadie es infalible. Unas respuestas más técnicas las podemos hallar en el artículo médico titulado: Errores médicos en la práctica clínica, del paradigma biologicista al paradigma médico social. Cuya autora, Clara Martínez Hernández, nos indica que existen muchas causas para que el error médico y los tratamientos tengan consecuencias sobre y para los pacientes y entre estas podemos encontrar los siguientes. Uno, la falta de entrenamiento contínuo de calidad de los médicos basada en la última evidencia científica, la carencia de asistencia a eventos científicos con temas modernos, y una muy preocupante la desidia o falta de interés de los profesionales sanitarios a temas relacionados a su profesión. Dos, la injerencia de la industria farmacéutica como parte importante del problema. Tres, es la falta de organización de los sistemas de salud hospitalarios en donde no existen protocolos médicos autóctonos amoldados a la realidad de cada institución, siempre preservando los criterios de modernidad aprobados por sociedades científicas. Otro y relacionado a este tercer tema, muchas veces son los exigentes horarios con los médicos, agendando demasiados pacientes para ser atendidos. Es necesario implementar sistemas de vigilancia de efectos adversos para caracterizar mejor esta problemática y desarrollar intervenciones de mejora de la práctica hospitalaria.

Alarmas comunitarias se instalan en varios sectores de Muisne

Como parte del marco de la ejecución del Plan de Seguridad cantonal, gracias a la subvención obtenida con La Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAIDLAC) (Agencia de los Pueblos de los Estados Unidos de América) y el Programa Ecuador Pilares, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Muisne, lleva adelante el proyecto ;Pilotaje de Conexiones Vecinales a Plataformas de Seguridad Municipal (Alarmas)”.

La implementación de 10 alarmas comunitarias en los sectores priorizados dentro del Plan Piloto en la zona insular donde constan los barrios Santa Rosa, entre la calle Amazonas y Vicente Rocafuerte, barrio Florida, al final de la calle Luis Vargas Torres, ; de la entrada de Bunche de la vía Muisne – Esmeraldas, así como en las parroquias San Gregorio, Chamanga, Quingue, Sálima y Cabo San Francisco, tiene como objetivo este plan de seguridad en conjunto con el fortalecimiento y apoyo en la conformación y reactivación de las organizaciones barriales, como mecanismos de participación ciudadana, que contribuyan a la prevención de delitos y la coordinación oportuna para la respuesta por parte de las entidades competentes como la Policía Nacional.

Cada alarma, incluye sesenta y dos controles remotos que tienen un alcance de 500 metros de distancia, lo que le permitirá a las personas activarla y desactivarla de manera manual con un botón de color rojo desde sus viviendas o fuera de ellas, cuando se percatan o sospechen

ALCALDÍA DE MUISNE REALIZARÁ AGOSTO

EL MES DE LA CULTURA Y TURISMO

Desde el 01 al 31 de agosto, el GAD Municipal de Muisne te invita a disfrutar del Mes de la Cultura y Turismo con eventos deportivos, gastronómicos, culturales, en la zona insular y varias parroquias del cantón.

Este jueves 01 de agosto se realizará en las instalaciones de la municipalidad, el lanzamiento de la programación oficial a partir de las 10h00 en el salón auditorio.

ALCALDÍA de Muisne realizará actividades por el mes de la Cultura y turismo.

MESA INTERSECTORIAL PROGRAMA ACTIVIDADES EN MUISNE

Representantes de instituciones gubernamentales como miembros de la Mesa Intersectorial Cantonal de Muisne a través de la secretaría técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil, analizaron y programaron las actividades que se realizarán en las próximas semanas. Dentro de la agenda de trabajo a realizarse en varias parroquias están; Nuevas brigadas médicas gratuitas, feria por el día mundial de lactancia materna en la zona insular, entre otras actividades en coordinación con los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales, Tenencias Políticas, Ministerio de Salud, Ministerio de Inclusión Económica Social y Policía Nacional.

de cosas inusuales o cuando se registre la presencia de personas sospechosas en sus barrios o comunidades, serán 620 controles en total los que se distribuirán a los ciudadanos luego de una capacitación que brindará la empresa encargada de la instalación de los dispositivos. aseguró Fernando Campo supervisor del proyecto de alarmas comunitarias.

La alcaldesa Yuri Colorado Márquez, refirió que este proyecto garantiza a los habitantes de Muisne, vivir en un ambiente de mayor tranquilidad ya que las alarmas podrán disuadir, cualquier acción negativa en contra de la población o de los bienes privados, instó además corresponsabilidad por parte de la ciudadanía en el cuidado de los implementos que se entregarán.JG

TALLER PARA ASOCIACIONES DE TURISMO EN MUISNE

En el recinto Portete de la parroquia Bolívar se desarrolló el taller de Higiene Manipulación de Alimentos y Técnicas Innovadoras en Gastronomía, actividad articulada realizada en Portete entre el GAD Municipal de Muisne, Ministerio de Turismo Zonal #1, y Certifícate Ecuador

Cia.Ltda. Los 2 días de formación teórico práctico sirvió para afirmar conocimientos, así como también para generar intercambios de información vinculada al sector de restauración, los temas expuestos tienen un componente fundamental para quienes se

dedican al área gastronómica de Portete, una comunidad donde su actividad turística principal es el turismo de Sol y Playa. En dicho evento estuvieron miembros de las 3 asociaciones de turismo del recinto: Isla Portete / Sazón Costeña y Reasentamiento.

MESA intersectorial programa actividades en Muisne
TALLER dictado para operadores turísticos de Muisne

Evolución de nuestras preferencias alimentarias

La alimentación ha sido un pilar fundamental en la evolución de las especies, especialmente en el ser humano. Vamos a hablar de cómo nuestras preferencias alimentarias han cambiado a lo largo de los siglos, desde nuestros antecesores cazadores-recolectores hasta la actualidad moderna.

Hay teorías y opiniones de los expertas, que el cambio de una dieta basada principalmente en plantas a una que incluye carne fue un factor determinante en el desarrollo de nuestros cerebros.

Durante millones de años, nuestros antepasados fueron principalmente herbívoros. Sin embargo, hace aproximadamente dos millones de años, comenzaron a consumir más carne, y tal cambio de la dieta coincidió con un aumento del tamaño del cerebro. La carne es una fuente concentrada de nutrientes (las grasas y proteínas necesarias para el crecimiento y mantenimiento del cerebro). Además, la cocción de la carne la hace más fácil de digerir, permitiendo a nuestros antepasados obtener más calorías de la misma cantidad de comida.

La dieta de los cazadores-recolectores

Nuestros lejanos antepasados tenían una dieta variada y equilibrada: consumían una amplia gama de alimentos, como frutas, verduras, plantas en general, mucho más que nosotros ahora, nueces y semillas, miel como dulce y caña mas tarde, insectos, peces de mares y ríos, aves y animales de caza mayor. Las frutas y verduras proporcionaban a nuestros antepasados una importante fuente de vitaminas, minerales y fibra. Además, también consumían una gran cantidad de alimentos ricos en almi-

dón, como tubérculos y raíces, que proporcionaban una fuente de energía a largo plazo.

La caza y la pesca proporcionaban a su vez una fuente esencial de proteínas y grasas.

Los mariscos y pescado son una de las mejores fuentes de ácidos grasos omega-3, que son esenciales para el desarrollo del cerebro.

La transición a la agricultura

Hace unos 10,000 años, nuestros antepasados comenzan a practicar la agricultura. Este cambio tuvo un impacto significativo en la dieta y salud.

La agricultura permitió producir alimentos en mayores cantidades y de manera más predecible, y este cambio resultó en un aumento de la población humana y en el desarrollo de asentamientos permanentes. Sin embargo, la agricultura también trajo sus desafíos, ya que las dietas basadas en cultivos agrícolas tienden a ser menos variadas y a tener menos nutrientes que las dietas de los cazadores-recolectores y sus comidas salvajes. Además, la vida sedentaria en asentamientos agrícolas llevó a un aumento de las enfermedades infecciosas. En la actualidad, nuestra dieta ha cambiado drásticamente de la de nuestros antepasados. Consumimos una gran cantidad de alimentos procesados y refinados, y mucha menos fruta, verdura y carne fresca. Este cambio ha coincidido con un aumento en las en-

fermedades crónicas, como la obesidad, la diabetes y las enfermedades del corazón. Muchos expertos creen que nuestra dieta moderna es un factor clave en esta epidemia de enfermedades crónicas.

Volviendo a las raíces: la dieta paleolítica

La dieta paleolítica, también conocida como la dieta del “hombre de las cavernas”, es una forma moderna y de cierta moda de comer que intenta imitar la dieta de nuestros antepasados cazadores-recolectores.

Sus principios son los siguientes:

Se basa en alimentos no procesados, como frutas, verduras, nueces, semillas, carne, pescado y huevos. Se evitan lo máximo posible todos los alimentos procesados y refinados, así como los cereales, legumbres y los productos lácteos. Algunas personas han encontrado que la dieta paleolítica les ayuda a perder peso y a mejorar la salud en general. Sin embargo, tiene desafíos - puede ser bastante difícil y problemática de seguir, y algunos expertos cuestionan si es realmente una representación precisa de la dieta de nuestros antepasados. Con razón. Nuestra dieta ha evolucionado significativamente a lo largo de los siglos, desde la dieta variada de los antepasados cazadores-recolectores hasta la moderna, rica en alimentos procesados

y refinados, con sus beneficios y desafíos. Aunque no podemos volver atrás en el tiempo, podemos aprender de nuestros antepasados y tratar de incorporar algunos de sus hábitos saludables en nuestra vida moderna.

La clave es encontrar un equilibrio que funcione para nosotros como individuos, teniendo en cuenta tanto nuestras necesidades nutricionales como estilo de vida actual. Se aprende de todo un poco. T.S.

San Lorenzo 29 de julio del 2024

CONVOCATORIA

Por disposición del Sr. Segundo Eriberto Castillo Izquierdo; en calidad de presidente de la Liga Deportiva Cantonal de San Lorenzo y con base en el art. 15 del reglamento sustitutivo al reglamento general de la ley del deporte educación física y recreación, CONVOCA a todos los organismos deportivos AFILIADOS, A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIÓN DEL NUEVO DIRECTORIO PARA EL PERIODO 2024-2028, la misma que se llevará a cabo con el siguiente detalle:

DIA: SÁBADO

FECHA: 17 DE AGOSTO DEL 2024

HORA: 10:00 AM

LUGAR: OFICINAS DE LA LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE SAN LORENZO

ORDEN DEL DÍA

1. Constatación del quorum reglamentario.

2. Apertura de la reunión

3. Calificación de credenciales

4. Elección del Nuevo Directorio de la Liga Deportiva Cantonal de San Lorenzo.

Requisitos: Los organismos para poder participar del proceso eleccionario deben cumplir con lo siguiente:

1. Resolución aprobación estatutos actualizada

2. Registro de directorio actualizado

3. Certificado de haber participado por lo menos en 1 torneo de los organizados por la Liga Deportiva Cantonal de San Lorenzo durante el presente periodo.

4. Documento de acreditación de delegados (El presidente no necesita documento).

Atentamente, Mgs. Segundo Eriberto Castillo Izquierdo PRESIDENTE DE LDCSL Lizandro Corozo SECRETARIO

Dirección: Barrio San

Cel. 0993969848

Martin, calle San Martin; Estadio de Liga Deportiva Cantonal de San Lorenzo. Correo: ligasanlorenzo@yahoo.com.

ESMERALDAS | VIERNES 02/AGOSTO/2024 I

ESMERALDAS VIERNES 02/AGOSTO/2024 I

Una Vida de Servicio con Sabor

El 5 de junio del 2024, la comunidad esmeraldeña perdió a una de sus figuras de “ñeque”, una de las más queridas y emblemáticas: Doña Elodia Preciado. Conocida por su amor incondicional por la cocina y su dedicación a la familia, Elodia dejó una huella imborrable en el corazón de quienes la conocieron. Su fallecimiento, ocurrido en la ciudad de Esmeraldas, pone fin a una vida de 84 años marcada por el servicio, la generosidad y una pasión desmedida por la cocina tradicional Esmeraldeña.

Desde Maldonado a Esmeraldas: Un Viaje Culinario Nacida el 22 de octubre de 1939 en la parroquia Maldonado del cantón San Lorenzo, Elodia creció en un entorno familiar donde la cocina se convirtió en su gran amor desde una edad temprana. Influenciada por su madre, Rosa Erazo, y su padre, Antonio Preciado, comenzó a vender comida a los 12 años, iniciando así un viaje que la llevaría a convertirse en una figura central en la gastronomía esmeraldeña.

Con el tiempo, su pasión la llevó a Borbón, donde estableció su primer comedor, marcando el inicio de una larga y exitosa trayectoria en el sector. En Esmeraldas, su restaurante ‘DOÑA ELODIA’ se convirtió en un emblema de la buena comida, sirviendo a la ciudadanía durante 46 años. Inicialmente ubicado en las calles Olmedo entre Mejía y Salinas y luego en su propio local en Salinas y Olmedo, el restaurante era el punto de encuentro para quienes buscaban no solo una comida deliciosa, sino el sabor y amor

Doña Elodia : 46 Años de Tradición Culinaria

Elodia Preciado (+), reconocida por su dedicación en la cocina y amor en llevar a los paladares la tradición de los sabores de la comida Esmeraldeña, falleció el 5 de junio del 2024 en Esmeraldas. Su legado culinario y su calidez humana la convirtieron en un pilar de la gastronomía local.

de una mujer negra que nutría la vida con sus sabores exóti cos. Su cocina era motivo de orgullo para los locales y un destino imperdible para quienes visitaban Esmeraldas, especialmente después de las fiestas nocturnas. En todos estos años, grandes figuras se deleitaron con sus platos y su sazón,

Un Legado de Recetas y Tradición

Elodia Preciado no solo era conocida por su habilidad en la cocina, sino también por su meticulosa dedicación a las recetas que consideraba especiales. Entre sus platos más célebres se encontraban los encocaos, preparados con ingredientes tradicionales como albahaca, chiraran, orégano, hierbita y el suculento coco. Estos platos no solo eran una

delicia para el paladar, sino también una representación de la riqueza cultural y gastronómica esmeraldeña.

Un Rostro Serio, un Corazón

Enorme

Aunque su rostro solía ser muy

serio, detrás de esa expresión se escondía un corazón enorme, dispuesto a alimentar con el sabor tradicional a propios y ajenos de Esmeraldas. Elodia era conocida por su dificultad para esbozar una sonrisa y su tendencia a ser una matrona que decía poco pero hacía mucho. Fue con esta misma seriedad para todas las cosas que crió a sus hijos: Aura Ortiz Preciado, Sofía Ortiz Preciado, Marjorie Alexandra Páez Preciado, Josué Preciado Erazo y Toribio Preciado Erazo. Les enseñó con el mismo esmero con el que mantenía sus ollas brillando en el fogón, abriendo el apetito a todos los que pasaban por su vereda.

Un Rastro de Calidez y Dedicación Familiar

El trabajo en el comedor no era solo una labor, sino una actividad que compartía con sus hijos, quienes seguían sus pasos en la cocina y en el servicio al cliente. Esta dinámica familiar garantizaba no solo la continuidad del negocio, sino también la perpetuación del amor y cuidado que Doña Elodia imprimía en cada plato y en cada interacción con sus clientes. Su generosidad y solidaria naturaleza hicieron de ella una figura amada no solo por su familia, sino también por la comunidad que le confiaba su alimentación y compañía diaria, desde las 11:00 am hasta las 04:00 de la madrugada.

Anécdotas de una Vida Llena de Color

Las historias sobre Elodia Preciado van más allá de sus logros culinarios. Su espíritu vivaz y su sentido del humor eran bien conocidos entre amigos y familiares. Se decía que no podía guardar un secreto por más de 24 horas, ya que siempre estaba dispuesta a compartir incluso los más pequeños detalles. Su compromiso con la perfección en su trabajo, junto con su responsabilidad y su rol como madre, abuela, hermana y amiga, define un legado de amor y excelencia que perdurará en la memoria de quienes la conocieron.

Elodia Preciado fue enterrada en el Camposanto Jardines de la Paz en Esmeraldas, dejando tras de sí un legado culinario y personal que continuará inspirando a generaciones futuras. Su vida, llena de sabor, calidez y dedicación, será recordada con cariño y admiración por todos aquellos que tuvieron el privilegio de cruzarse en su camino.

ELODIA Preciado (+) ( 1939-2024)

BIENES RAÍCES

NEGOCIOS VARIOS

COMPRA/VENDE/ARRIENDA terrenos, casas, departamentos, oficinas, fincas, galpones, etc. COMPRA/VENDE/ALQUILA objetos, electrodomésticos, muebles, autos, etc.

JUICIO NO. 08331-2023-00959

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE ESMERALDAS. Esmeraldas, viernes 19 de julio del 2024, a las 15h01

JUICIO NO. 08331-2023-00959

ORDINARIO – PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO

ACTOR: BRAVOMALO PLAZA DOROTTY GEOCONDA

DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MARÍA PLAZA BAUTISTA +

CUANTÍA: CUATRO MIL DÓLARES

AMERICANOS ($ 4.000,00 USD).

JUEZ PONENTE: DRA. SARA MARIELA

ZAMBRANO AVILEZ

OBJETO DE LA DEMANDA: BRAVOMALO PLAZA DOROTTY GEOCONDA, demanda a los Herederos Presuntos y Desconocidos de la causante señora MARÍA PLAZA BAUTISTA, y todo aquel que se crea con derecho a de heredar, que en sentencia se declare la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, sobre el vehículo de placas GHX0147, marca NISSAN, modelo PAHTFINDER, año 1992,país JAPÓN, color blanco, clase vehículo utilitario, tipo JEEP, motor Z24444207, chasis o vin WNYD21011170, a la cual tengo derecho en razón del tiempo transcurrido y haber tenido el bien antes descrito en mi poder como señor y dueño por más de cinco años y se ordene la inscripción en la Empresa Pública de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial del cantón EsmeraldasESVIAL EP. Fundamenta su demanda amparada en el Art. 289 del COGEP .

AUTO: VISTOS: “VISTOS. - Dra. Sara Mariela Zambrano Aviléz, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de jueza permanente, según Acción De Personal No. 3687-DNTH-2023-MS, de fecha miércoles 20 de diciembre del 2023. En lo principal: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Revisada la demanda presentada por BRAVOMALO PLAZA DOROTTY GEOCONDA, en atención a lo consagrado en el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se la califica de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del precitado cuerpo legal, por lo que se la admite a PROCEDIMIENTO ORDINARIO, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud de lo prescrito en el Art. 289 ibídem. SEGUNDO: INSCRIPCIÓN. - Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad del cantón Esmeraldas, a fin de que cumpla con lo dispuesto. TERCERO: CITACIÓN.- Una vez hecha la inscripción, CÍTESE a la parte demandada, HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE MARIA PLAZA BAUTISTA de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, en virtud del juramento rendido por la parte actora y la certificación emitida por la Autoridad rectora de Movilidad Humana, CÍTESE por la prensa, con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto de calificación de la demandada, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación nacional (Diario El Universo o El Comercio), de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código General de Procesos. Conforme la Disposición General Décima del COOTAD, CÍTESE al señor Alcalde y Procurador Síndico del cantón Esmeraldas. De conformidad con el Art. 5 del Cogep, que indica sobre el impulso procesal de las partes en la prosecución de las causas; y, en aplicación a lo dispuesto en el numeral 4.1. del Art. 4 de la Resolución Nº 612020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el peticionario, en el término de tres (3) días, deberá entregar al archivo de esta dependencia judicial deprecada, las copias necesarias para la gestión de citación. Se le previene a la parte demandada, de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o electrónica. CUARTO: CONTESTACIÓN. - Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del

COGEP se concede a la parte demandada el término de TREINTA (30) días, una vez citados, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del COGEP. QUINTO: ANUNCIO DE PRUEBA. - Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda y escrito de aclaración; para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba. SEXTO: NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN. - Téngase en cuenta los correos electrónicos señalados por la parte actora, para sus notificaciones; así como la autorización conferida a su defensora técnica. Actúe la Ab. Ana Reinoso Rodríguez, en calidad de Secretaria del despacho, designada mediante Memorando N° DP08-CJ-2018-0078, de fecha 16 de Enero del 2018. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE. -.....”

VISTOS: “Agréguense al proceso el escrito presentado por la parte actora. En lo principal: De la revisión del expediente se verifica que, por un lapsus calami, dentro del auto de calificación a la demanda, dictado el día lunes 13 de mayo del 2024, a las 09h16, se ha hecho constar en la calificación de la demanda lo siguiente: “...SEGUNDO: INSCRIPCIÓN.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad del cantón Esmeraldas, a fin de que cumpla con lo dispuesto. TERCERO: CITACIÓN.- Una vez hecha la inscripción, CÍTESE a la parte demandada, HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE MARIA PLAZA BAUTISTA de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, en virtud del juramento rendido por la parte actora y la certificación emitida por la Autoridad rectora de Movilidad Humana, CÍTESE por la prensa, con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto de calificación de la demandada, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación nacional (Diario El Universo o El Comercio), de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código General de Procesos. Conforme la Disposición General Décima del COOTAD, CÍTESE al señor Alcalde y Procurador Síndico del cantón Esmeraldas. De conformidad con el Art. 5 del Cogep, que indica sobre el impulso procesal de las partes en la prosecución de las causas; y, en aplicación a lo dispuesto en el numeral 4.1. del Art. 4 de la Resolución Nº 612020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el peticionario, en el término de tres (3) días, deberá entregar al archivo de esta dependencia judicial deprecada, las copias necesarias para la gestión de citación” .... en tal virtud, al amparo del numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece la facultad de convalidar de oficio los actos procesales, se procede a corregir el referido auto de calificación que precede de fecha lunes 13 de mayo del 2024, a las 09h16, CONVALIDACIÓN DEL AUTO de fecha lunes 13 de mayo del 2024, a las 09h16, quedando subsanado el mismo y se dispone: SEGUNDO: INSCRIPCIÓN.Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, inscríbase la demanda en la EMPRESA PÚBLICA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DEL CANTÓN ESMERALDAS (ESVIAL-EP para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido a la EMPRESA PÚBLICA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DEL CANTÓN ESMERALDAS (ESVIAL-EP). TERCERO: CITACIÓN.- Una vez hecha la inscripción, CÍTESE a la parte demandada, HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE MARIA PLAZA BAUTISTA de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, en virtud del juramento rendido por la parte actora y la certificación emitida por la Autoridad rectora de Movilidad Humana, CÍTESE por la prensa, con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto de calificación de la demandada, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación nacional y provincial (Diario La Hora), de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código General de Procesos. En lo demás, estén a lo dispuesto en al auto de calificación antes referido en líneas anteriores. Actúe la Ab.

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JUDICIALES

Ana Reinoso Rodríguez, en calidad de Secretaria del despacho, designada mediante Memorando N° DP08-CJ-2018-0078, de fecha 16 de Enero del 2018. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE” …-. Fdo. Dra. Sara Mariela Zambrano Avilez.

Lo que se le comunica, para los fines de Ley..

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE ESMERALDAS

EXTRACTO DE CITACION A: LOS ACREEDORES DEL DEUDOR BATIOJA ORDOÑES BYRON DEYSON

JUICIO: CONCURSAL

CONCURSO DE ACREEDORES No. 08331-2021-00881

ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A,

DEMANDADO: BATIOJA ORDOÑEZ BYRON DEYSON

JUEZ PONENTE: AB. ESQUIVEL SEMA-

NATE GERMANIA ELIZABETH

OBJETO DE LA DEMANDA: La demanda presentada por las Doctoras Joconda Marisol Espinosa Márquez y Tatiana Jacqueline Sánchez Barros, en la calidad de Procuradoras Judiciales del Ingeniero José Francisco Paredes Duran Ballen, Gerente General del BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A, en contra del señor BATIOJA ORDOÑEZ BYRON DEYSON, en juicio de Concurso de Acreedores. Fundamenta su demanda amparada en el Artículo 2369 del Código Civil, 76 num.7) de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 5 num 1, 2 del Código Orgánico de la Función Judicial, Art. 414, 416, 417 y siguientes del Código Orgánico de Procesos.-En consecuencia y por cuanto de las copias que se presentan, se desprende que el ejecutado señor BATIOJA ORDOÑEZ BYRON DEYSON, en el Juicio Especial No. 17230-2019-06008 que siguió el actor, para que mediante auto de mandamiento de ejecución pague la obligación que adeudada que asciende acorde a la liquidación suma la cantidad de $12.044,77 dólares, no lo ha hecho dentro del término que se le concedió para el efecto, y por tal, presúmase su insolvencia, y por lo mismo, declárese con lugar lo dispuesto en el Art. 423 del Código Orgánico General de Procesos.

PARTE PERTINENTE: “Al tenor de lo ordenado en el Art. 56.1 del reformado Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se dispone CITAR por la prensa a los acreedores del deudor BATIOJA ORDOÑEZ BYRON DEYSON, para que conozcan el presente proceso concursal y concurran a la junta de acreedores que se convocará posteriormente, la misma que se efectuará conforme a las reglas del Título II, Procedimiento Concursal y las generales previstas en este Código, mediante publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la provincia de Esmeraldas, que contendrá un extracto de la solicitud, auto de inicio de concurso de acreedores necesario y esta providencia”…Fdo. Ab. Esquivel Semanate Germania Elizabeth, Jueza de la Unidad Judicial Civil de Esmeraldas.Lo que se comunica, a los acreedores del deudor BATIOJA ORDOÑEZ BYRON DEYSON, para los fines legales consiguientes. - Esmeraldas, 2 de julio del 2024

Ab. Esp. TELLO MORA JENNY CRISTINA SECRETARIA

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTECIVIL DE QUININDE

CAUSA No: 08332-2024-00510.

JUICIO: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO. ACTOR: TIPAN CHICAIZA JENNY FERNANDA. DEMANDADO: GARCÍA TIPAN JENNIFER ISABEL Y OTROS.

JUEZ DE LA CAUSA: DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA. OBJETO DE LA DEMANDA.- La parte demandante TIPAN CHICAIZA JENNY

0994 070 418 anúnciate al:

0993 737 898

FERNANDA, comparece a esta judicatura y demanda en juicio ORDINARIO de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO. Mediante auto de calificación de fecha 26 de junio del 2024, las 10h14. VISTOS: Actúo en calidad de Juez encargado del despacho de la Dra. Amparo Tapia Reinoso, mediante MEMORANDO N°1790-DP08-2024MV, de fecha 24 de junio de 2024, y que rige por los días 24 de junio al 24 de julio de 2024, emitido por la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Esmeraldas. Cumplido que ha sido lo requerido por el suscrito en auto inmediato anterior, la demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la parte demandada señores Jennifer Isabel, Melisa Jamileth García Tipan; los menores de edad Dayra Daniela, Dario Fernando García Tipán (representados por su madre), en el lugar señalado para el efecto, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, se enviará atenta Comisión dirigida al señor Teniente Politico de la parroquia La Unión. Se ordena la citación así mismo, de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó Dario Daniel García Samaniego, de conformidad con lo que señala el Art. 58 del Cogep, por intermedio de uno de los periódicos de circulación en ésta Provincia de Esmeraldas, confierase el extracto respectivo. Conforme a lo dispuesto en el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el Art. 151 ibídem. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el correo electrónico señalado a fin de recibir sus posteriores notificaciones, así como la autorización que confiere la accionante a su abogado defensor.- FDO POR LA DRA. AMPARO DEL PILAR TAPIA REINOSO EN CALIDAD DE JUEZA LO CERTIFICO.Una vez transcurridos los 20 días desde la última publicación, comenzará el término de 30 días para contestar su demanda, de conformidad al Art.56 del COGEP. Quinindé, 18 de julio del 2024

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL ESPECILIZADA EN FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS

BOLIVAR entre ROCAFUERTE Y 10 DE AGOSTO www.funcionjudicial-esmeraldas.gob.ec

EXTRACTO JUDICIAL DE CITACIÓN

CAUSA: SUMARIO/TUTELA Y CURADURIA N° 08201-2024-00598

ACTOR: JOHANNA JACKELINE ESTRADA UBILLA

DEMANDADO: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE JAIRO

JAVIER ZAMBRANO ALTAFUYA

JUEZA: DR. MANUEL RAÚL CELI SOTO

SECRETARIO: AB. NESTOR LEONARDO

RODRIGUEZ

Juicio No. 08201-2024-00598

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS. Esmeraldas, lunes 20 de mayo del

Se anula por pérdida el CERTIFICADO DE INVERSIÓN ORIGINAL DECRETO 677 NÚMERO 341035 de BANECUADOR perteneciente al Señor BATIOJA CHARCOPA EUGENIO SIGIFREDO con CI Nº 0800475238

2024, a las 14h08. VISTOS: Dr. Raúl Celi Soto, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada en Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Esmeraldas, legalmente posesionado el 11 de abril del año 2012, una vez que ha dado cumplimiento. Avoco conocimiento y competencia en legal y debida forma de la causa N°: 08201---2024---00598, presentada por JOHANNA JACKELINE ESTRADA UBILLA en contra de herederos desconocidos de quien en vida fue Jairo Javier Zambrano Altafuya. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se dispone las siguientes diligencias: PRIMERO: CITACIÓN HEREDEROS DESCONOCIDOS: Se ordena la citación a los presuntos herederos desconocidos de quien en vida fue JAIRO JAVIER ZAMBRANO ALTAFUYA, a través de un periódico de amplia circulación física de esta provincia de Esmeraldas, conforme el Art. 58 del COGEP, para ello se requiere que la actora Johanna Jackeline Estrada Ubilla comparezca a este despacho a prestar juramento expreso que la residencia de los presuntos herederos desconocidos de quien en vida fue Jairo Javier Zambrano Altafuya, es imposible determinar, para el cumplimiento de esta diligencia lo hará en el término de tres días; SEGUNDO: DESIGNACIÓN DE CURADOR AD-LITEM.- 2.1.- Por cuanto existe los herederos (demandados conocidos) adolescente MATEO ROLANDO ZAMBRANO y las niñas MILLA SARA y ALICE GISSEL ZAMBRANO ESTRADA se requiere escuchar al prenombrado adolescente para que opine sobre la designación del curador ad-litem que lo represente conforme el Art. 1 de la Resolución 10-2016 de la Corte Nacional de Justicia y Art. 459 del Código Civil, a quien se lo notifica mediante boletín del casillero judicial del abogado que patrocina esta causa conforme el Art. 191 del COGEP, para ello se señala para el día jueves 8 de julio de 2021 a las 11H30 para que insinúe al curador que lo represente. En caso de no comparecer el prenombrado adolescente, con justificación sustentada, comparecerá dos parientes del prenombrado adolescente; 2.2.- Al amparo del Art. 1 de la resolución Nro. 10- 2016 de la Corte Nacional de Justicia se requiere escuchar a los señores Luis Alberto Mero Roldan y Bety Cecilia Valdez Medina, para que insinúen al curador ad-litem; 2.3.- De igual manera el curador ad-litem una vez designado y/o insinuado por el adolescente y los parientes, comparecerá para efectuar su nombramiento y posesión; TERCERO: TÉRMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-

AB. NESTOR LEONARDO RODRIGUEZ TARIRA SECRETARIO

Se anula por pérdida el CERTIFICADO DE INVERSIÓN PLAZO FIJO 257011 de BANECUADOR perteneciente al Señor LANDAZURI SEGURA RICARDO LEONARDO con CI Nº 0800586380

ESMERALDAS VIERNES 02/AGOSTO/2024 I

BIENES RAÍCES

COMPRA/VENDE/ARRIENDA terrenos, casas, departamentos, oficinas, fincas, galpones, etc. COMPRA/VENDE/ALQUILA objetos, electrodomésticos, muebles, autos, etc.

Juicio No. 08332-202300552

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DE QUININDÈ,

Quinindè, miércoles 12 de junio del 2024, a las 11h19.

CITACIÓN - EXTRACTO

JUICIO: EJECUTIVO

CAUSA N° 08332-202300552

ACTOR: TACLE VELASCO CHRISTIAN DAVID

DEMANDADO: BRAVO

PAREDES LUIS MIGUEL

JUEZ DE LA CAUSA: DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA

OBJETO DE LA DEMAN-

DA.- Mediante auto de fecha 7 de junio de 2023. AVOCO conocimiento de la demanda que antecede, la misma es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un Pagare a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts. 347 y 348 ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. ME-

DIANTE AUTO de fecha 27 de mayo de 2024, se dispone: Cumplido que ha sido lo ordenado en auto de fecha 21 de mayo de 2024, se dispone la citación al demandado

BRAVO PAREDES LUIS MIGUEL, tal como lo ha solicitado la parte actora, esto es, en uno de los periódicos de amplia circulación en esta provincia, conforme lo determinan los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, habiendo comparecido el demandante a declarar bajo juramento la imposibilidad de establecer el actual lugar de residencia del demandado BRAVO

PAREDES LUIS MIGUEL, pese a haber agotado todas las diligencias necesarias, incluyendo en los registros de acceso público. FDO POR EL DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA EN CALIDAD DE JUEZ, LO CERTIFICO.Por haber comparecido la demandante a declarar bajo juramento en este despacho, en legal y debida forma, se concede el extracto de ley. Una vez transcurridos los 20 días desde la última publicación, comenzará el término de 15 días para contestar su demanda, de conformidad al Art.56 numeral 2 del COGEP

VELASCO BESILLA BETTY NATALY

SECRETARIO

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS

EXTRACTO DE CITACION AL DEMANDADO AL DEMANDADO SEÑOR MENDOZA SUAREZ CHRISTHIAN CLEMEDIO, DENTRO DE LA CAUSA DE TRAMITE SUMARIO NUMERO 08201-2024-00103. ACTORA: PERLAZA CEDEÑO LUZ KARINA, DEMANDADO: MENDOZA SUAREZ CHRISTHIAN CLEMEDIO. CUANTIA: INDETERMINADA: JUEZ DE LA CAUSA: ABG. PRESLEY GRUEZO ARROYO. SECRETARIO: AB. DANNY KLINGER ZAMBRANO. AUTO: Incorpórese al proceso el escrito presentado por PERLAZA CEDEÑO LUZ KARINA, y documento que adjunta, en virtud de su contenido se dispone lo siguiente: Por medio de secretaria de esta Unidad Judicial concédase el EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL, en contra del demandado señor MENDOZA SUAREZ CHRISTHIAN CLEMEDIO. Actúe en calidad de secretario titular el Ab. Danny Patricio Klinger. Zambrano. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. Esmeraldas 24 de junio del

2024

JUDICIALES

Abg. Danny Klinger Zambrano

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS EXTRACTO DE CITACION A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ SEÑOR ANIBAL GOMEZ MAFLA. JUICIO: N° 08201-2024-00855. ACTORA: DIAZ DIAZ NARCISA DE JESUS. CUANTIA: INDETERMINADA: JUEZ DE LA CAUSA: ABG. PRESLEY GRUEZO ARROYO. SECRETARIO: AB. DANNY KLINGER ZAMBRANO. AUTO: VISTOS.- Ab. Presley Gruezo Arroyo, Juez de la Unidad Especializada de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del Cantón Esmeraldas, legalmente posesionada el 12 de Abril del 2012, avoco conocimiento en la presente causa, una vez que he retornado de las vacaciones conferidas y en virtud del sorteo realizado recayendo en esta unidad Judicial la causa No. 202400855, DECLARATORIA DE LA UNIÓN DE HECHO POS MORTEM, presentada por la señora: DIAZ DIAZ NARCISA DE JESUS, en contra de: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE ANIBAL GÓMEZ MAFLA. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 289 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que conteste la demanda, dado que se tramitará en juicio ordinario.- Se ordena la citación del demandado: HEREDEROS PRESUN-

anúnciate al:

TOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE ANIBAL GÓMEZ MAFLA.El anuncio de pruebas se tendrá en cuenta en la audiencia correspondiente, los testigos comparecerán a la misma, en hora puntual con sus documentos personales.- A los herederos desconocidos, se los citará conforme el art.58 en concordancia con el Art.56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar, previa declaración juramentada de desconocer el domicilio de los herederos desconocidos, por la accionante, dentro de tres días, en horas hábiles.-Agréguese la documentación aparejada a la demanda.Tómese en cuenta el casillero electrónico, los correos electrónicos señalado y la autorización conferida a su defensora técnica. Actúe el Ab. Danny Klinger Zambrano, secretario del despacho. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.

Esmeraldas 11 de julio del 2024

Abg. Danny Klinger Zambrano

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL

08332-2024-00559-OFICIO-00696-2024

Causa Nº 08332202400559

Quinindé, martes 23 de julio del 2015

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DE QUININDÈ

CITACIÓN - EXTRACTO

JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL

CAUSA N° 08332-202400559

ACTOR: CARRIEL ANTON

GROBERTO GEOVANNI

DEMANDADO: VELASCO

PLAZA LORENA COLOMBIA

JUEZ DE LA CAUSA: DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA

OBJETO DE LA DEMAN-

DA. - Mediante auto con fecha 18 de julio de 2024.

0994 070

0993 737 898

VISTOS. - avoco conocimiento de la causa de Divorcio por Causal (…) la demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos. Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario. Se ordena la citación de la parte demandada señora Velasco Plaza Lorena Colombia de conformidad al Art. 56.1 del Cogep, mediante tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación que se editan en ésta provincia de Esmeraldas, todo esto por cuanto la demandada no es analfabeta, conforme lo dispone la Corte Constitucional N.- 2791-17-EP-23, para lo cual la parte actora dará las facilidades del caso. Se concede a la parte demandada el término de quince días, para que conteste la demanda de conformidad a lo establecido en el Art. 333.3 del Código Orgánico General de Procesos, habiendo comparecido el demandante a declarar bajo juramento la imposibilidad de establecer el actual lugar de residencia de la demanda Velasco Plaza Lorena Colombia, pese a haber agotado todas las diligencias necesarias, incluyendo en los registros de acceso público. FDO POR EL DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA, EN CALIDAD DE JUEZ. LO CERTIFICO. - Por haber comparecido el demandante a declarar bajo juramento en este despacho, en legal y debida forma, se concede el extracto de ley. Una vez transcurridos los 20 días desde la última publicación, comenzará el término de 15 días para contestar su demanda, de conformidad al Art.56 numeral 2 del COGEP. Lo que comunico para los fines de ley.

VELASCO BESILLA BETTY NATALY SECRETARIO

Mujeres lideran la preservación y cuidado de manglares en Esmeraldas

El empoderamiento de las mujeres es un pilar fundamental del proyecto “Mujeres liderando la producción resiliente frente al cambio climático de los manglares de Bunche, Sálima y la Reserva Marino Costera Galera San Francisco” del cantón Muisne, en Esmeraldas.

El proyecto es una iniciativa de Ayuda en Acción financiada por la Generalitat Valenciana. A través de él, se ha promovido el liderazgo de las mujeres como agentes de cambio y se ha reducido las brechas de género en los ámbitos productivo, político y familiar. Las mujeres de las comunidades de Bunche y Sálima, así como de la Reserva Marino Costera Galera San Francisco, ahora juegan un papel clave en la toma de decisiones y en la implementación de prácticas sostenibles, fortaleciendo la cohesión social y la equidad de género.

También, las organizaciones Asopesbunche, Asopesarisa, Asopesanjocha y las asociaciones de pesca artesanal, 30 de agosto, 7 de Julio y Cabo San Francisco, participantes en otros proyectos de Ayuda en Acción, han logrado mejorar la productividad del marisco de manglar y la pesca de bajura. Esto, gracias a la implementación de técnicas sostenibles, sin poner en riesgo el equilibrio ecológico de la zona.

Ahora, la comercialización de estos productos se realiza de manera más eficiente, aumentando los ingresos de las comunidades locales y fomentado prácticas comerciales sostenibles y responsables con el medio ambiente.

Los manglares son ecosistemas que realizan un aporte valioso contra la crisis climática. Estos se constituyen en una barrera natural que protege las costas de los incrementos del nivel del mar; son grandes captores de dióxido de carbono; protegen la biodiversidad costera e incluso, aportan a la seguridad económica y alimentaria de las comunidades. Lamentablemente, debido a la sobreexplotación y contaminación, ha desaparecido más del 50% de los manglares del mundo en los últimos 40 años. En este marco, Ayuda en

Sobre Ayuda en Acción

°Es una organización internacional, presente en 19 países, que combate la pobreza y la desigualdad creando oportunidades para que las personas, especialmente quienes viven en zonas rurales, sean gestoras de su propio desarrollo a través del acceso al agua potable, proyectos productivos sostenibles, y promoción de sus derechos. En Ecuador, lleva más 37 años de trayectoria y genera proyectos sostenibles para el cuidado y aprovechamiento del manglar de forma responsable con el medio ambiente.

Acción promueve un mensaje de conservación a través de su campaña “Récords que rompen personas”. El objetivo es posicionar aquellas acciones que enfrentan el cambio climático, mediante respuestas sostenibles y ecológicas que permitan la gestión responsable de los entornos naturales.

Los manglares son fundamentales para la pesca local, ya que muchas especies de peces y mariscos dependen de ellos en alguna etapa de su vida. Esto

sustenta la pesca comercial y de subsistencia. Además, proveen madera, productos forestales no maderables y otros recursos que pueden ser utilizados de manera sostenible por las comunidades locales. Actualmente, el proyecto financiado por la Generalitat Valenciana e implementado en conjunto con CEFODI, trabaja en la gestión sostenible de las áreas de manglar y de reserva marino-costera; el incremento de las oportunidades y creación

de medios de vida sostenibles, especialmente de las mujeres, a través de la mejora en la cadena de valor del marisco de manglar y de la pesca artesanal; el liderazgo de las mujeres como agentes de cambio y la reducción de las brechas de género; y, el fortalecimiento de las organizaciones de pesca artesanal, así como de la institucionalidad pública local responsable de la custodia de los manglares y de la Reserva Marino Costero Galera San Francisco.

Tal es la importancia del manglar que, en el segundo semestre de este año, Ayuda en Acción presentará un estudio realizado en conjunto con la Universidad del Valle de Colombia sobre el carbono azul, a través del cual se busca identificar las oportunidades de desarrollo de las comunidades del manglar a partir de este elemento natural.

Los manglares, que constituyen alrededor del 1% de los bosques tropicales del planeta, son capaces de captar el 15% del carbono de todas las costas. Estos ecosistemas no solo contribuyen a la protección de la vida, sino que también sirven como el hábitat principal de diversas especies marinas. Los residentes de las áreas de Bunche y Sálima participan en la protección de estos ecosistemas, a fin de mantener la sostenibilidad de sus recursos naturales.

Finalmente, el 26 de julio, Ayuda en Acción participó en una feria gastronómica donde se presentaron deliciosos platos elaborados por emprendedores de las diferentes asociaciones pesqueras que pertenecen al proyecto de protección de los manglares y de la reserva marino-costera financiados por la Generalitat Valenciana. Además, se difundió el trabajo en torno a derechos de los niños y mujeres, gestión social del agua y cadena de valor del cacao, que buscan generar oportunidades que cambian vidas.

Estas actividades se desarrollaron en el marco de los proyectos implementados en favor de la conservación del medio ambiente y los espacios naturales como el manglar y la reserva marino-costera. De esta forma, Ayuda en Acción ratifica su compromiso con el cuidado de los ecosistemas frente al cambio climático, generando oportunidades sostenibles para las comunidades donde trabaja.

Permanencia de Maduro reabre debate sobre regularización de venezolanos

La crisis política en Venezuela reabre el debate sobre la necesidad de regularizar a ciudadanos venezolanos que ya se encuentran en Ecuador y de preparar políticas ante la posible oleada de nuevos migrantes.

La crisis política y la denuncia de un fraude electoral en Venezuela reabren la necesidad de revisar la regularización y políticas para la comunidad venezolana que está en Ecuador y que todavía no cuenta con un estatus migratorio regular. Durante las elecciones del 28 de julio de 2024, las principales encuestadoras de Venezuela consultaron sobre sus planes a futuro en caso de mantenerse en el poder Nicolás Maduro. A esa pregunta más del 40% de ciudadanos señaló estar dispuesto a salir del país para encontrar las oportunidades que el régimen chavista les niega . En los últimos años más de 7,7 millones de venezolanos han abandonado su país como consecuencia de la crisis política, económica y humanitaria. Según el último reporte de la Plataforma Regional Interagencial para Refugiados de Venezuela (R4V), en Ecuador estarían cerca de 445.000 venezolanos, siendo Quito la ciudad con la mayor concentración de la comunidad venezolana.

El viceministro de Movilidad Humana de Ecuador, Alejandro Dávalos, durante la inauguración del IV Foro Iberoamericano sobre Migración y Desarrollo que se desarrolla en Quito, recordó que en los últimos gobiernos se han desarrollado dos procesos para la regularización de migrantes y que el país “ha recibido a cientos de miles de migrantes venezolanos”.

Dávalos recalcó que, por mandato constitucional, “todas las personas migrantes gozan

MIGRANTES. La comunidad venezolana está a la expectativa de las decisiones del Gobierno de Ecuador. Foto: API

de los mismos derechos, sin importar su estatus migratorio”. En este sentido, precisó que trabajan en garantizar la migración segura a través de nuevas herramientas digitales, como “las visas digitales y las apostillas y legalizaciones electrónicas”.

Sin una política regional frente a la crisis en Venezuela La especialista en temas migratorios y directora de Continente Móvil, Lorena Mena dijo que la situación de los migrantes venezolanos ya tiene años registrándose y se ha intentando diseñar políticas regionales, “sobre todo cuando inició la crisis venezolana, había una visión humanista, solidaria a nivel regional”.

Acotó que, con el tiempo, cada gobierno desarrolló sus propias posturas y generó “sus políticas para atender o incluso restringir la presencia de migrantes venezolanos”.

Política migratoria a futuro

° El asesor migratorio integrante de Alianza Migrante, Alfredo López indicó a LA HORA, que la situación de crisis en Venezuela podría generar un nuevo flujo migratorio

Acotó que, por el momento, el Gobierno del presidente Noboa no ha se ha pronunciado sobre la posibilidad de “ampliar o hacer un nuevo proceso de ordenamiento migratorio, sin embargo, si va a haber la necesidad del mismo por los

Puntualizó que ahora, con la ruptura de relaciones diplomáticas con varias naciones, “sería importante que, a nivel de esos países, dónde las repercusiones por el rompimiento diplomático pueden afectar la situación de los venezolanos, de entrada, pensar en no tener trabas”.

En este sentido recomendó tomar en consideración el rompimiento de las relaciones al momento de exigir requisitos a los venezolanos

En el caso de Ecuador, señaló que “sería relevante que Gobierno tome un pronunciamiento claro sobre qué va a pasar con los venezolanos y los procesos de regularización”. Recordó que ya existe un grupo importante de venezolanos que se encuentran regularizados y a quienes se les comenzará a vencer la visa en los próximos meses, “primero, claridad con ellos, ¿qué va a pasar?, ¿se va a hacer un proceso de reno-

problemas internacionales que hay”.

Lamentó que, en el pasado, los gobiernos no hayan diseñado una normativa que permita atender con visión de futuro la regularización de extranjeros, no solo venezolanos, sino de otras nacionalidades.

Precisó que desde 2015 se han desarrollado al menos seis procesos de ordenamiento migratorio en Ecuador, “pero en ninguno se ha pensado a futuro”.

POLÍTICA

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EDUCACIÓN

Universidad Politécnica

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vación de visados para que puedan permanecer de manera tranquila en el país?”.

Regularización para que puedan trabajar

El exvicecanciller de Ecuador, Marcelo Fernández de Córdova, indicó que un proceso de regularización de la población venezolana que se mantiene irregular sería el camino para que puedan trabajar legalmente y puedan aportar a la seguridad social.

“Creo que la regularización es el camino que se debería optar”, dijo Fernández al puntualizar que “la situación del que sale de un país y emigra a otro país, porque su propio país no les da a los medios de vida, es sumamente difícil”.

El exvicecanciller indicó que el Gobierno del presidente Daniel Noboa hasta el momento no ha realizado anuncios en esta dirección, pero comentó que hay alternativas como renovar las visas Virte por un período igual, “otra sería facilitarles la inserción de una residencia más permanente en el país, pero eso ya depende de qué es lo que considere conveniente el actual Gobierno”.

Fernández, sin embargo, advirtió que “el actual Gobierno tiene muy poco tiempo para hacer cualquier cosa, ya estamos en vísperas de elecciones”. (ILS)

PAÍS

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OLIMPIADAS Juegos Olímpicos París 2024: ¿Cuánto ganará Daniel Pintado por obtenerla medalla de oro?

DEPORTES

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Ley de Derechos de los Animales es cuestionada por afectar la economía

La primera vicepresidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, dispuso que el texto de la Ley de Derechos de los Animales regrese a la Comisión de Biodiversidad, que tendrá 90 días para elaborar un nuevo informe.

Con una posición en contra planteada por la mayoría de las bancadas, la Asamblea Nacional cerró este 1 de agosto de 2024 el primer debate del proyecto de Ley para la Promoción, Protección y Defensa de los Derechos de los Animales no Humanos. Dicha normativa se tramitó entre mayo y julio en la Comisión de Biodiversidad

Ampliar la socialización con los sectores productivos del país y eliminar varios artículos pidieron los parlamentarios, cuyas sugerencias deberán ser recogidas por la Comisión de Biodiversidad para avanzar en el informe para segundo debate.

En el proyecto para el primer debate se eliminaron 45 numerales que gereraron preocupación en el sector productivo, pero los cuestionamientos continuaron relacionados con los artículos que tienen que ver con los animales de trabajo. Por ejemplo, en el artículo 15 se señala que los animales no deben ser sometidos a jornadas laborales extenuantes ya que esto le puede causar daño físico.

“Esta es una ley que atenta contra la productividad y hay restricciones que afectan la economía del país”,

Sectores

dijo Jaminton Intriago (PSC), quien enfatizó en la necesidad de que en la Comisión se “equilibre la normativa” para no afectar al sector productivo.

Ramiro Vela (ADN) afirmó que la ley no debe ir en contra de las tradiciones. “Es una ley ilógica, y sin sentido común porque, ¿quién no se ha comido un cangrejo, un cuy, una gallina? De manera errónea, en la ley se incluyó a los

productivos se

concentraron en los exteriores de la Asamblea

° Antes del inicio del debate, representantes de más de 15 sectores productivos se concentraron en los exteriores de la Asamblea para pedir que se construya una ley que desarrolle al sector, que fomente la inversión e incremente la producción. Carlos Fernández, presidente de la Asociación Holstein Friesian del Ecuador, indicó que normativa no genera calidad ni seguridad jurídica. Precisó que es necesario regresar la mirada al campo. “Nadie conoce mejor la necesidad de los campesinos que los productores y agricultores; no comemos ideologías sino alimentos frescos todos los días”, expresó.

animales silvestres con los animales domésticos y de compañía (…) esto debe ser regulado en el informe”, planteó.

Su colega Adrián Castro (ADN) comentó que la ley tiene ambigüedades extremas. Además se nota que no hubo una socialización adecuada entre el sector agropecuario, pecuario, agrícola

y avícola.

Gisella Garzón (Revolución Ciudadana ) afirmó que ante una ley que puede afectar a productores, le corresponde a la Asamblea, subsanar. “Si bien es pertinente precautelar el bienestar animal, no podemos legislar a favor de un sector, desconociendo a otro”. Se refirió a que sectores del can-

tón Mejía, cuya producción lechera es de las más importantes del país, en una economía en recesión, afectará la producción y, por tanto, la soberanía alimentaria.

Mónica Guarderas, presidenta del Centro Agrícola Mejía, dijo que la misión de los ganaderos es seguir protegiendo la producción de leche y la proteína animal. Precisó que el proyecto pone en peligro la soberanía alimentaria.

Los antecedentes La Ley fue tratada en la Comisión por iniciativa de la Defensoría del Pueblo en 2022, tras la sentencia de la Corte Constitucional (CC) que reconoció a los animales silvestres no humanos como sujetos de derechos y que estos no se podrán equiparar a los de los seres humanos. Sin embargo, alrededor de la propuesta que se incluyó para el primer debate hubo inconformidad en los sectores productivos que aseguraban que podía perjudicar la cadena de alimentos.

Uno de los temas que mayor polémica generó, y que fue excluido del texto original para el primer debate, es que ya no estará prohibida la exhibición de animales enteros, faenados o cocinados (cerdos, aves, cuyes) en espacios públicos, vitrinas o locales comerciales. Otro texto que fue cuestionado, como la prohibición para el enjaulamiento de aves, también fue eliminado.

Pero, en el texto se mantenía el impedimento de fracturar las patas de los animales antes del faenamiento o transportar animales destinados para el consumo en un estado de gestación hacia un camal. Este es uno de los artículos que podría ser eliminado para el segundo debate. (SC)

ASAMBLEÍSTA. Guido Vargas (exPSC), presidente de la Comisión de Biodiversidad. (Foto Asamblea)

SRI detectó 1.084 empresas fantasmas en 2024

Las tramas de empresas fantasmas perjudican al fisco (menos impuestos recaudados) y encubren actividades ilegales. Se han realizado más de 95.000 controles desde 2016, pero solo se detecta y sentencia a una pequeña parte de los defraudadores.

A mediados de julio de 2024, la noticia sobre la condena a un año de cárcel para una mujer en Loja que defraudó al Servicio de Rentas Internas (SRI), volvió a poner en el centro de la preocupación pública a las empresas fantasmas e inexistentes en Ecuador.

Ese tipo de compañías sirven para simular supuestas sociedades y actividades económicas como fachada para lavar dinero, gestionar actividades ilegales y defraudar impuestos al fisco mediante, por ejemplo, facturas falsas.

Ante una consulta de LA HORA, el SRI informó que “realiza controles con el fin de identificar a los contribuyentes que, conforme a la normativa vigente, cumplen con las condiciones para ser consideradas para efectos tributarios como empresas inexistentes, fantasmas o contribuyentes con transacciones inexistentes”.

Con corte al 30 de junio de 2024, la administración tributaria detectó e incluyó en su catastro a 1.084 empresas fantasmas. El lista-

CONTROL. Las empresas fantasmas pueden ser detectadas por el SRI.

do completo se puede revisar en este enlace.

También se identificó un total acumulado de $3.566 millones en facturas falsas , que están vinculadas a 21.141 clientes reales y ficticios.

De acuerdo con información del SRI, se identifica que una empresa es fantasma si cumple con las siguientes características:

1El contribuyente emite comprobantes de venta sin que se realice la transferencia del bien o la presta-

¿Cuál es el proceso que se sigue cuando se detecta una posible empresa

fantasma?

° Si el Servicio de Rentas Internas (SRI) determina indicios de operaciones con empresas fantasmas, se notifica a los contribuyentes involucrados por varias vías:

• Notificación personal o por boleta física.

• Notificación en buzón electrónico del contribuyente a través de Servicios en Línea.

• Notificación en Gaceta Tributaria en www.sri.gob. ec Los contribuyentes tienen un plazo de treinta días hábiles contados desde la fecha de notificación, para presentar la información que compruebe la existencia

ción de servicios.

2

El contribuyente no dispone de los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan la emisión de sus comprobantes de venta.

3No se logra ubicar al contribuyente.

Control y subregistro Entre 2016 y 2024, el SRI ha realizado 95.356 acciones

de un domicilio tributario, activos, personal, infraestructura, documentos necesarios para la prestación de servicios, producción o comercialización de bienes.

En el caso de no presentar la información que justifique su actividad, el SRI procederá a notificar una resolución administrativa en la cual se le considera, para efectos tributarios, como una empresa fantasma o persona o sociedad con actividades supuestas o inexistentes.

La resolución administrativa tiene los siguientes efectos: Suspensión del RUC de oficio; suspensión de la vigencia de los comprobantes de venta, retención y documentos complementarios; los comprobantes electrónicos emitidos no serán autorizados por el SRI. Para impugnar, mediante reclamo administrativo, se da un plazo de 20 días hábiles. Si es por vía judicial, el plazo es de 60 días hábiles.

tigan la conducta dolosa de los contribuyentes por perjudicar a la recaudación de las arcas fiscales”, aseguró el SRI.

Pero, en respuesta a una consulta de LA HORA, la administración tributaria detalló que de 2020 a 2024 se ha logrado un total de 34 sentencias por tramas de empresas fantasmas. Eso en promedio significa menos de 7 sentencias al año.

de control y ha recuperado $943,07 millones.

Sin embargo, el impacto de las empresas fantasmas es mucho mayor, según Antonio Vinueza, abogado tributario, y, a pesar de los esfuerzos de las autoridades, se detecta solo una parte.

“En 2013 y 2015, por ejemplo, se estimó un perjuicio (por impuestos no cobrados) de $1.000 millones al año”, recordó Vinueza.

Muchas denuncias y pocas sentencias

En los últimos ocho años, desde el mismo SRI se han presentado 4.849 denuncias (más de 600 por año) en contra de contribuyentes que han sido considerados como empresas fantasmas y quienes han reportado transacciones inexistentes o han realizado transacciones con empresas fantasmas.

“Producto de las gestiones penales pertinentes y con colaboración de las autoridades fiscales y judiciales, se ha logrado obtener sentencias condenatorias que cas-

Del total de sentencias, el 10% o el 19%, resultaron en la declaratoria de inocencia de los imputados.

Actualmente están en instrucción judicial 29 casos de empresas fantasmas, que fueron detectados entre 2020 y 2024.

“Llegan a instancias judiciales y a sentencia solo un pequeño porcentaje de las tramas de empresas fantasmas. Eso es parte del problema y escapa de las manos del SRI y sus esfuerzos”, apuntó Vinueza.

En mayo de 2023, el exdirector del SRI, Francisco Briones, solicitó a la Fiscalía General del Estado (FGE) priorizar la atención de 200 denuncias por defraudación tributaria. Esto con el fin de que no queden en impunidad, sean judicializadas y el Estado recupere dinero. Solo en esas denuncias se estimaba un perjuicio de al menos $118 millones.

Sin embargo, los procesos en la justicia ecuatoriana van más lento de lo que se necesita. (JS)

Casos con sentencia por tramas de empresas fantasmas

Casos con instrucción por tramas de empresas

EDUCACIÓN. Los estudiantes de la Sierra-Amazonía retornan a clases desde el 2 de septiembre.

Empresas pueden dar opciones para empleados cuyos hijos están en vacaciones

En el régimen Sierra-Amazonía, los estudiantes tienen casi dos meses de vacaciones. Los cursos o talleres cubren un tiempo, pero no todo. Aunque no esté reglamentado, las empresas pueden dar opciones para que sus empleados pasen ese tiempo con sus hijos.

Daniela Velarde trabaja en el área de marketing de una empresa donde entra a las 08:00 y sale a las 16:00. “Me levanto antes y les dejo el desayuno a mis hijos que están de vacaciones y el campamento vacacional se terminó hace una semana”. Además de los costos de los cursos, los padres enfrentan la falta de tiempo para pasar durante el tiempo libre de los niños

Sierra-Amazonía

Las vacaciones para los docentes serán ininterrumpidas del 12 de julio al 10 de agosto

El retorno a las instituciones educativas para los docentes será el 12 de agosto para la organización del nuevo año lectivo 2024-2025, que iniciará oficialmente el 2 de septiembre de 2024 de manera escalonada.

Matrículas y traslados para estudiantes de la SierraAmazonía

El 16 de agosto de 2024 se iniciarán los procesos de traslado de hermanos en el régimen fiscal. Mientras que el traslado de otros estudiantes, entre instituciones fiscales, arranca el 30 de agosto.

Las matrículas para estudiantes que deseen ingresar

previo a un nuevo año escolar. Esto –según Velarde– provoca que pasen mucho más tiempo viendo televisión, en internet, pero no “en una recreación de verdad”.

¿Pueden ayudar las empresas?

Andrea Tapia, ingeniera industrial, señala que no hay nada en la ley que obligue a los empleadores a dar opciones para que sus empleados pasen con sus hijos durante el periodo de receso escolar. Sin embargo, es posible llegar a acuerdos dependiendo del área de trabajo.

a instituciones educativas fiscales del régimen SierraAmazonía 2024-2025 iniciarán el 13 de agosto.

¿Cómo tengo más información sobre los traslados y matrículas?

Los trámites se realizarán de manera virtual a través de la página web del Ministerio de Educación, donde hay la información necesaria sobre cada proceso.

Atención telefónica: Durante el proceso se contará con operadores telefónicos en todas las direcciones distritales para brindar atención y soporte a la comunidad educativa.

Consulta de matrícula: A partir del 2 de julio de 2024, las familias tendrán la opción de consultar en línea en qué institución educativa fiscal se encuentra matriculado su hijo o representado.

EL DATO

En el caso de que fueran varios trabajadores con cargas familiares, se puede dar prioridad al que más antigüedad tenga o al que no sacó vacaciones en ese periodo el año anterior.

por el covid-19 se comprobó la efectividad del trabajo desde casa. Además, dar estas facilidades a los padres provoca satisfacción laboral, lo que provoca mayor compromiso hacia la empresa.

Otra opción, menciona Tapia, es la planificación previa de vacaciones diferenciando a quienes son padres y a quienes no lo son.

Una opción –dice Tapia– es el trabajo remoto. “Es posible que las empresas acuerden que sus empleados hagan teletrabajo en la época de vacaciones de los hijos. Esto acorta tiempo de traslados y ayuda a la productividad, pues el trabajador no está todo el tiempo en cómo estarán los niños solos en casa”.

La ingeniera industrial indica que durante la pandemia

“Generar la opción de que los empleados con hijos puedan hacer coincidir sus vacaciones con las de los niños es posible”, agrega.

Existen empresas, detalla Tapia, que organizan los cursos vacacionales para los hijos de los empleados. “Es una bonita dinámica, porque prácticamente los niños van junto a sus padres al trabajo. Aunque depende mucho del espacio físico”. (AVV)

Cronograma de retorno a clases

¿Cuánto pagan los países a sus atletas por ganar un oro olímpico?

Jon Rahm, el atleta mejor pagado de los Juegos Olímpicos

¿Quiénes son los deportistas de mayores ingresos?

# Clasificación Deporte: Golf Baloncesto

Con una bonificación de 768.000 dólares, los atletas de Hong Kong son los que más dinero reciben de su país o territorio por una medalla de oro en París 2024, seguidos por los de Israel y Serbia, que superan los 200.000 dólares en premios, según un cálculo de la revista Forbes. En Ecuador, los atletas que alcanzan el oro olímpico ganan 100.000 dólares, según se dispone en un Acuerdo Ministerial que está en vigencia desde 2022. Ese monto, justamente, le correspenoderá a Daniel Pintado, quien ganó el oro en la prueba de los 20 kilómetros marcha. EFE/DLH

En 2016, el golf se reincorporó a los Juegos Olímpicos tras una pausa de 112 años

# 10

Devin Booker

$ 48,1 M

$ 36,1 M

$ 12 M

Premios para atletas ganadores de medalla de oro

# 9

Nikola Jokic

$ 54,7 M

$ 47,7 M

$ 7 M

* Israel es el país que pagará más por medallas de plata y bronce.

* De llegar al podio los competidores de Malasia tienen derecho a una pensión de por vida que tendrá un valor entre 400 y 1.100

# 8

Joel Embiid

$ 57,7 M

$ 47,7 M

$ 10 M

* Italia no reparte sus bonificaciones por medalla en los deportes de equipo.

$ 931, 1 M totalizan los ingresos de los diez deportistas mejor pagados

Es lo que le corresponde a Daniel Pintado por ganar medalla de oro.

Fuente: Sportico

* 25.000 dólares es la suma que pagarán las leyendas de la NFL, Shannon Sharpe y Chad Johnson a los atletas de pista que ganen la medalla de oro en los JJ.OO.

* Los atletas de Serbia que ganen oro, plata o bronce tienen derecho a una pensión nacional mensual, que entra en vigor a partir de los 40 años.

* El pago que otorgará el ministerio de deportes de Kosovo al atleta que establezca un récord en una competencia individual será de 218.000 dólares

Gráfico: La Hora Fuente: EFE
La medalla de oro conseguida por Daniel Pintado en los 20 kilómetros marcha es la primera para Ecuador en el certamen.

Cálculos políticos valieron más que la crisis de Venezuela en la OEA

La abstención de Colombia hizo que no se alcanzara una resolución para pedir a Venezuela revelar las actas de votación de las elecciones presidenciales.

WASHINGTON. Un día después de que el Consejo de la Organización de Estados Americanos (OEA) fracasara en su intento de emitir una resolución para exigir a Venezuela que revele las actas de votación, hubo críticas a los cálculos políticos que primaron en dicha reunión. El presidente de Panamá, José Raúl Mulino, por ejemplo, calificó como “deprimente” que los países de la OEA no alcanzaran el consenso necesario para aprobar una resolución. “Lo sucedido ayer (31 de julio de 2024) en la OEA más que lastimoso es deprimente . Nunca me emocioné con eso porque repitieron el mismo esquema a Panamá (durante la dictadura). La OEA funciona con definiciones claras en algunos países, oportunismo y cobardía en otros”, señaló.

La resolución por aprobarse pedía a las autoridades de Venezuela publicar “de inmediato” las actas de las elecciones del 28 de julio, ya que el Centro Nacional Electoral (CNE) de Venezuela no las ha mostrado, algo que le ha exigido tanto la oposición como la ciudadanía en multitudinarias protestas y parte de la comunidad internacional.

El CNE proclamó como ganador aN icolás Maduro con el 51% de los votos frente al 44% obtenido por el principal candidato de la oposición, Edmundo González Urrutia, lo que ha sido ampliamente cuestionado por la comunidad internacional.

Anulación

Por haberse extraviado quedan anulado los títulos acciones números 409, 1693 ,4302 ,5651 6743, 7770, 9164 ,13797 ,12207 , 10676 del Conjunto Clínico Nacional Conclina C.A de propiedad de Gladys María Fiallos Andrade. 001-003-4696

Cinco horas de negociación

A la resolución del miércoles votaron a favor Argentina, Canadá, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Guyana, Haití, Jamaica, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinám y Uruguay.

Se abstuvieron Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Colombia, Granada, Honduras, San Cristóbal y Nieves, y Santa Lucía.

Mientras que no participaron en la sesión Dominica, México, San Vicente y

CITA: El embajador de EE.UU. ante la OEA (i), y el representante del Departamento de Estado para América Latina, Brian Nichols, en la sesión extraordinaria de la OEA. EFE

Estas ausencias y la abstención de 11 países, incluidos Brasil, Colombia y Bolivia, llevó a que no se consiguieran los votos necesarios para aprobar el documento. Esto ocurrió pese a que las negociaciones duraron cinco horas.

Según algunos embajadores, las tensiones se generaron por una frase en la resolución que pedía que se llevara a cabo una “ verificación integral” de los

resultados “en presencia de organizaciones de observación independientes para garantizar la transparencia, credibilidad y legitimidad de los resultados”.

Críticas a Colombia

La abstención de Colombia generó una ola de críticas internas por parte de expresidentes y políticos colombianos, que acusaron al Gobierno de Gustavo Petro ser “cómplice” de un “fraude” electoral en Venezuela.

El embajador de Colombia en la OEA, Luis Ernesto Vargas, sin embargo, señaló durante la sesión que la decisión de abstenerse en la votación se consultó con Cancillería de Colombia y se debió a dudas sobre la propia OEA. EFE las Granadinas, y Trinidad y Tobago, además de Venezuela, ausente del organismo desde hace tiempo.

Juicio N.- 15951-2024-00287

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA. Tena, viernes 02 de agosto del 2024, a las 11h43. R. del E.

Juicio N.- 15951-2005-0532

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA, Tena, martes 25 de junio del 2024, a las 12h14 R. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA

EXTRACTO JUDICIAL

ACTOR:  FERNANDO RUBEN CEDEÑO CEDEÑO

DEMANDADA: JENIFER FERNANDA CEDEÑO ALVARADO

JUEZ: DR. AURELIO BENJAMIN SOTOMAYOR

SECRETARIA: ABG. HUAIRA PAREDES ZAMBRANO JUICIO: 15951-2005-0532

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA, PROVINCIA DE NAPO

CITACION POR LA PRENSA: PUBLICACIÓN

JUICIO :  DECLARATORIA DE UNION DE HECHO POST MORTEM NUMERO: 15951-2024-00287

ACTOR : ILLAPA INES GUADALUPE

DEMANDADO   : ISABEL PATRICIA, ANGEL FERNANDO Y JOSE ENRIQUE TAPIA QUILLIGANA Y A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO FAUSTO ENRIQUE TAPIA FLORES

TRAMITE : ORDINARIO

CUANTIA  : INDETERMINADA

JUEZ (E) :  DR. MARCOS GUERRERO FUENTES, JUEZ ENCARGADO

SECRETARIA: AB. ELSA MARIELA POVEDA SANTILLAN

“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, martes 28 de mayo del 2024, a las 12h45. VISTOS: En lo principal, agréguese al expediente el escrito presentado por la parte actora, siendo el momento procesal oportuno se considera: 1. La demanda presentada por ILLAPA INES GUADALUPE, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. En virtud de aquello, dispongo lo siguiente: 2.- CÍTESE, a TAPIA QUILLIGANA ANGEL FERNANDO y TAPIA QUILLIGANA JOSE ENRIQUE en el lugar señalado, con una copia de la demanda, el escrito de alcance, los documentos probatorios y la presente providencia, por medio de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, la parte actora prestará las facilidades del caso, para la obtención de copias.CÍTESE a la señora TAPIA QUILLIGANA ISABEL PATRICIA en el lugar señalado, con una copia de la demanda, el escrito de alcance, los documentos probatorios y la presente providencia, por medio de atento deprecatorio virtual dirigido a uno de los señores Jueces de Familia de con jurisdicción en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha.- CÍTESE a herederos presuntos y desconocidos a través de tres publicaciones en tres días distintos en un diario de amplia circulación a nivel nacional con un extracto de la demanda, escrito de alcance y el presente auto, elabórese el despacho suficiente por secretaría, la parte actora prestará las facilidades del caso.- 3.- Conforme lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, una vez citada en legal y debida forma, se concede a la parte demandada el término de 30 días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 4.- Téngase en cuenta el anuncio y solicitud de prueba; la cual de ser procedente será admitida en la respectiva audiencia preliminar con estricta observancia de lo prescrito en el Art. 160 y 161 del cuerpo legal antes invocado. 5.- Ofíciese conforme solicita en el numeral 8 de su demanda, la parte actora prestará las facilidades del caso.- 6.- Téngase en cuenta la cuantía como indeterminada; la designación y autorización de su defensa, el correo electrónico señalado, incorpórese la documentación aparejada a la demanda. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE…” Tena,  31 de mayo del 2024.

El Mayo Zambada comparece ante la Justicia de EE.UU.

El narcotraficante mexicano Ismael ‘el Mayo’ Zambada, cofundador del cártel de Sinaloa, apareció en una silla de ruedas. La próxima audiencia quedó programada para el 9 de septiembre.

EL PASO (EE.UU.). El narcotraficante mexicano Ismael ‘el Mayo’ Zambada, cofundador del poderoso Cártel de Sinaloa junto a Joaquín ‘El Chapo’ Guzmán, compareció este 1 de agosto de 2024 ante un tribunal federal de Estados Unidos para una audiencia procedimental una semana después de que fuera arrestado por sorpresa al aterrizar en la ciudad fronteriza de El Paso (Texas).

En una silla de ruedas, vestido con un suéter azul oscuro con las palabras ‘carpe diem’ (vive el ahora, en latín), Zambada, de 76 años, escuchó a la jueza federal Kathleen Cardone, dar una actualización sobre su caso a sus abogados y los del Gobierno.

Durante la audiencia, que duró menos de 10 minutos, la jueza concedió una petición de la fiscalía y la defensa para retrasar por al menos 30 días los procedimientos para dar tiempo a recolectar evidencia.

REGISTRO. Imagen sin fecha proporcionada por la DEA de Ismael ‘el Mayo’ Zambada. EFE

Por lo tanto, la próxima audiencia, señaló la magistrada, quedó programada para el 9 de septiembre Zambada se declaró no culpable la semana pasada a través de su abogado de los 14 delitos que se le imputan, que incluyen cargos por narcotráfico y lavado de dinero, y provienen de una acusación presentada en 2012.

Camino judicial No está claro aún si será juzgado en Texas, ya que

tiene al menos otras cuatro acusaciones abiertas en Nueva York, California, el Distrito de Columbia e Illinois. Mientras no se decida, permanecerá detenido sin fianza en El Paso.

En la sesión de este 1 de agosto, Zambada solo habló una vez y fue para decir “sí”, en respuesta a una pregunta de la jueza sobre los “conflictos de intereses” de su representación legal.

La magistrada recordó que el abogado, Frank Pérez, formó parte de la defensa del hijo del Mayo, Jesús Vicente Zambada, en Illinois (EE.UU.), y le preguntó directamente si conocía ese “conflicto” y si estaba de acuerdo con ello.

El hijo de Zambada fue liberado por las autoridades de Estados Unidos después de haber sido condenado a 15 años de cárcel en 2019 y, según medios estadounidenses, está ahora bajo un programa de protección de testigos. EFE

Comienza votación para designar

oficialmente a Harris como candidata demócrata

WASHINGTON. El Comité Nacional Demócrata (DNC en inglés) inició este 1 de enero de 2024 la votación virtual para designar oficialmente a Kamala Harris como la candidata demócrata a la presidencia de los Estados Unidos. La votación virtual se inició a las 9:00 hora local del este de Estados Unidos (13:00 GMT) y concluirá el próximo 5 de agosto a las 18:00. Harris, actual vicepresi -

denta de Estados Unidos, tiene asegurada la nominación del Partido Demócrata al ser la única que se ha presentado a la votación.

Oficialmente, Harris se convertirá en la candidata demócrata a la presidencia cuando se asegure 1.976 delegados aunque cerca de 3.900 delegados han confirmado que votarán de manera remota por la vicepresidenta, primera mujer negra que será

candidata a presidir los Estados Unidos.

El resultado de la votación será anunciado por DNC, a más tardar, el próximo lunes a las 18:00 hora local (22:00 GMT), dos semanas antes de que los demócratas se reúnan en Chicago el 19 de agosto para celebrar su convención y en la que se llevará a cabo una votación ceremonial para coronar a Harris como su can didata a la Presidencia.

del Código Orgánico General de Procesos.- En consecuencia, se dispone: 1) De conformidad con lo determinado en el Art. 60 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia se convoca a MARTINA VILLAGOMEZ CRUZ,  a fin de que sea escuchado de forma reservada por ésta  Unidad Judicial el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024 LAS 12H00 y emita su opinión. 2) De conformidad con el artículo 335, último inciso, del Código Orgánico General de Procesos, de acuerdo a la carga procesal, a la agenda de ésta Unidad Judicial, se convoca a la AUDIENCIA respectiva para el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024, LAS 12H05, a la que comparecerán los peticionarios, los testigos anunciados acompañados de la defensa técnica, bajo prevenciones de lo dispuesto en los artículos 87 y 286.1 del Código Orgánico General de Procesos y los artículos 131.4 y 132.1 del Código Orgánico de la Función Judicial.- 3) Con relación a la prueba anunciada: 3.1) De ser procedente y conforme a derecho se tendrá en cuenta la prueba documental; 3.2) De ser procedente y conforme a derecho se tendrá en cuenta la prueba testimonial anunciada de conformidad con el artículo 174, 187 y 188 del Código Orgánico General de Procesos.- 3) Agréguese al proceso la documentación que acompañan a la demanda. 4) Se ordena la CITACIÓN DE TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS O DE  QUIENES PUEDAN TENER INTERÉS EN EL ASUNTO, así como a los HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LA SEÑORA LORENA DENICE CRUZ LEON para lo cual se realizarán las publicaciones en un medio de comunicación a elección de la accionante, conforme art. 56 del COGEP, bajo prevención que, de hacerlo de forma digital se proceda a cumplir con lo que señalan los art. 18 de la Ley Notarial y 4 y 5 del Reglamento a la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, para lo cual, entréguense los extractos correspondientes, ordenando a la parte interesada realice las publicaciones con el suficiente tiempo a fin de cumplir con los tiempos procesales previo la instalación de audiencia conforme art. 56 del COGEP, recordando que la citación es una solemnidad sustancial dentro de los procesos judiciales y la audiencia se convoca con el suficiente tiempo para cumplir con lo dispuesto, siendo estricta responsabilidad de la parte el cumplimiento de la disposición judicial. 5) Tómese en cuenta el Domicilio judicial que señalan los accionantes para sus notificaciones, así como la autorización que confieren a su abogado defensor. 6) La convocatoria a la audiencia se realiza bajo prevenciones del Art. 131 numeral 4 del Código Orgánico de la Función Judicial; Arts. 87, 261 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos.- NOTIFIQUESE y CÚMPLASE.-

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Rituales y ofrendas a la Pachamama

Decenas de bolivianos iniciaron este 1 de agosto de 2024 el mes dedicado a la Pachamama o Madre Tierra con rituales ancestrales y ofrendas, algunas presentadas en cerros a más de 4.000 metros de altitud. EFE

VIERNES 02 DE AGOSTO DE 2024
Esmeraldas
Esmeraldaslahora
@ Esmeraldaslahora

REVISTA JUDICIAL

AUDIENCIA DE RECURSOS (ART. 260 Y 272 COGEP)

• Los recursos verticales deben ser resueltos en audiencia, conforme las reglas establecidas en el COGEP y de acuerdo con la oralidad, aplicando los principios de contradicción, concentración y dispositivo.

• Se la realiza en el término de: o En apelación: Recibido el expediente, el tribunal convocará a audiencia en el término

de quince días. En materia de niñez y adolescencia la audiencia se convocará en el término de diez días. o En casación: Recibido el expediente, la o el juzgador de casación convocará a audiencia en el término de treinta días.

• Sus fases son: o Instalación de la audiencia: La o el juzgador, una vez que ha determinado que no existen impedimentos para

que se lleve a cabo la audiencia del recurso interpuesto, la declara instalada.

o Debate: El recurrente y demás intervinientes, expondrán los fundamentos de sus pretensiones, conforme las reglas generales del COGEP, aplicando los principios de contradicción, concentración y dispositivo.

o Emisión de la resolución: Una vez finalizado el debate, el tribunal pronunciará su resolución.

Audiencia de revisión de medidas de apremio (Art. 137 COGEP)

• En los juicios de alimentos, en caso de que el alimentante incumpla el pago de dos o más pensiones alimenticias sean o no sucesivas, la o el juzgador a petición de parte, previa constatación del incumplimiento del pago pecuniario o no pecuniario dispondrá la prohibición

CONSULTA PENAL

¿Desde que momento inicia el cumplimiento de la pena en el procedimiento abreviado?

RESPUESTA

Art.624delCOIP:“Oportunidad para ejecutar la pena.- La pena se cumplirá una vez que esté ejecutoriada la sentencia. En los casos de personas adultas mayores, las penas privativas de libertad se cumplirán en establecimientos especialmente adaptados para su condición.

Ninguna mujer embarazada podrá ser privada de su libertad, ni será notificada con sentencia, sino noventa días después del parto. Durante este periodo, la o el juzgador ordenará que se le imponga o que continúe el arresto domiciliario y el uso del dispositivo de vigilancia electrónico para garantizar el cumplimiento de la pena.”

Toda pena se cumplirá una vez ejecutoriada la sentencia, evidentemente esta regla es aplicable al procedimiento abreviado.

NO. OFICIO: 893-P-CNJ-2019, Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com
VIERNES, 02 DE AGOSTO DE 2024

de salida del país y convocará a audiencia de apremio personal.

• Se la deberá realizarse en un término de diez días, a partir de la constatación del incumplimiento mediante el departamento de pagaduría.

• Sus fases son:

o Intervención de la parte actora: La parte actora deberá fundamentar oralmente su solicitud de apremio, en base al incumplimiento por parte del demandado.

o Intervención de la parte obligada: La parte obligada, deberá demostrar que no adeuda las dos pensiones exigidas por la norma y en caso de no demostrare de manera justificada su incapacidad de cumplir con el pago de las pensiones adeudadas a causa de no tener actividad laboral ni recursos económicos; o, ser persona discapacitada, padecer una enfermedad catastrófica o de alta complejidad que le impidan el ejercicio de actividades laborales, la o el juzgador dispondrá el apremio total hasta por treinta días.

o Resolución del juez: Una vez escuchadas las partes, la o el juzgador, deberá pronunciar el auto de apremio, aceptando o negando el mismo, mencionando los días de detención y demás medidas dictadas en contra del alimentante.

Audiencia de recusación (Art. 28 COGEP)

• Es competente, otro juzgador del mismo nivel y materia.

• La audiencia se realizará en el término de cinco días y conforme las reglas previstas en el COGEP.

• Sus fases son:

o Intervención del deman dante: El demandante, deberá oralmente fundamentar y de mostrar que el juzgador de mandado, debe ser recusado y apartado del conocimiento de la causa principal, conforme los presupuestos del art. 22 del COGEP.

o Intervención del juzgador: La o el juzgador demandado debe contestar en esta audien cia, los hechos de los cuales se cree asistido.

o Resolución: Al final de esta audiencia, la o el juez resolverá la recusación, aceptándola o negándola. Si la o el juzgador resuelve que la demanda de re cusación tuvo por objeto retar dar indebidamente el progreso de la litis, se impondrá la multa de un salario básico unificado

del trabajador en general, en contra de la o el defensor, sin perjuicio de la condena de costas en caso de haberla.

Audiencia para homologación de sentencias, laudos arbitrales y actas de mediación expedidas en el extranjero (Art. 105 COGEP)

• Es competente, la Sala de la Corte Provincial.

• Para proceder a la homologación, la persona requirente presentará su solicitud ante la sala competente de la Corte Provincial, la cual dispondrá la citación del requerido en el lugar señalado para el efecto. Citada la persona contra quien se hará valer la sentencia, tendrá el término de cinco días para presentar y probar su oposición a la homologación.

• Se convoca a audiencia dentro de un término de 20 días contados desde que se presentó la oposición.

• Sus fases son:

o Intervención de las partes (Debate): La parte solicitante y el requerido, deben fundamentar oralmente sus pretensiones.

o Resolución de la Corte: La sala resolverá en la misma audiencia. De la sentencia de la sala de la Corte Provincial podrán interponerse únicamente los recursos horizontales.

sobre la ejecución.

Audiencia de resolución de providencias preventivas (Art. 127 COGEP)

• Presentada la solicitud de providencias preventivas, conforme con los requisitos de la demanda, la o el juzgador en el término de cuarenta y ocho horas convocará audiencia en la que resolverá dicha solicitud.

• Sus fases son:

o Intervención de la parte solicitante: La parte solicitante, debe fundamentar oralmente sus pretensiones, demostrando la necesidad de dictar el secuestro o la retención de la cosa sobre la que se litiga o se va a litigar o de los bienes que aseguren el crédito.

o Resolución del juez: La sala resolverá en la misma audiencia. De la sentencia de la sala de la Corte Provincial podrán interponerse únicamente los recursos horizontales. Las providencias preventivas no serán apelables sino en efecto no suspensivo.

Otros tipos de audiencias

• Audiencia de consulta (Art. 256 COGEP)

• Audiencia de conciliación (Art. 130.11 COFJ)

Se extravió

• Audiencia especial para prueba anticipada (Art 181 COGEP)

Bibliografía: Código Orgánico de la Función Judicial. (9 de Marzo de 2009). Registro Oficial No. 544. Quito, Ecuador: Corporación de Estudios y Publicaciones. Código Orgánico General de Procesos. (26 de Junio de 2019). Suplemento del Registro Oficial 517. Quito, Ecuador:

Corporacion de Estudios y Publicaciones. Constitución de la República del Ecuador. (20 de Octubre de 2008). Registro Oficial No. 449. Quito, Ecuador: Ediciones Legales. Obtenido de http://lexis. uniandesec.elogim Cornejo, S. (18 de enero de 2016). El sistema oral en el COGEP. Obtenido de Derecho Ecuador: https://www.derechoecuador.com/el-sistemaoral-en-el-cogep

LIGA DEPORTIVA BARRIAL “RODRIGO PAZ” F L AL A LA ASOCIACIÓN DE LIGAS DE M CROFUTBOL DE QUITO

N

DEL 11 DE JUL O DEL 2019 Entidad Jur dica Fundada el 01 de junio del 2003 RUC 1793169376001

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES

De conformidad con las disposiciones estatutarias se convoca a los clubes jurídicos filiales de la LIGA DEPORTIVA BARRIAL RODRIGO PAZ a la Asamblea General de Elecciones que se celebrará el día 20 de agosto de 2024 a partir de las 16:00 en la dirección: VIA A CRUZ LOMA OE3-64

PSJ OE13 Barrio ATACAZO 1 perteneciente a la parroquia SAN JUAN CANTON QUITO

PROVINCIA PICHINCHA para tratar el siguiente Orden del día:

1 Constatación de Quórum

2 Elección del directorio de la LIGA DEPORTIVA BARRIAL RODRIGO PAZ”, para el período de CUATRO AÑOS ( 2024 -2028)

3 Elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo Directorio

Quito, 02 de agosto de 2024

lahora.com.ec - derechoecuador.com

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES LA FLORESTA TRANSFLORESTA S.A.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 234 y 236 de la Ley de Compañías convóquese a los accionistas de la Compañía de Transportes La Floresta TRANSFLORESTA S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas; la misma que tendrá lugar el día viernes 16 de agosto de 2024, a las 10H00 am en su local ubicado en la calle González Suarez LT-01 y Eloy Alfaro sector La Granja, parroquia Tumbaco de la ciudad de Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha, para tratar y resolver el siguiente orden del día.

1. Elección del señor Gerente General de la Compañía para el periodo 20242026.

2. Elección del señor Presidente de la Compañía para al periodo 2024 - 2026.

3. Elección del señor Comisario SUPLENTE

Se convoca de manera especial e individual al señor comisario de la Compañía Angel Mauricio Paredes Osejo a la junta ordinaria. Quito, 01 de agosto del 2024.

R del E

NOTIFICACION A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTE DE LAS AGUAS SUBTERRÁNEAS PROVENIENTES DEL POZO PROFUNDO DENOMINADO MALCHINGUÍ 5, PERFORADO EN EL LOTE NO 2 DEL PREDIO SAN ISIDRO, DE PROPIEDAD DE LA COMPAÑÍA PETICIONARIA, PARA DESTINARLAS A RIEGO DE LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE LA AGROINDUSTRIA DE EXPORTACIÓN, UBICADA EN LA PARROQUIA MALCHINGUÍ, CANTÓN PEDRO MONCAYO, PROVINCIA DE PICIIINCIIA.

Actor: Ing. Gonzalo Víctor García Freire, en calidad de gerente general de la compañía Florícola San Isidro Labrador FLORSANI S.A.S. Objeto de la solicitud: Riego.

EXTRACTO

MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA, DIRECCION ZONAL 2 ESMERALDAS, OFICINA TECNICA DE QUITO. - Proceso Administrativo No. 45-2023 Aut (SB). - Quito, 14 de junio de 2024. A las 11h30.-VlSTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Director Zonal de Esmeraldas del Ministerio del Ambiente y Agua, en virtud de la Acción Personal Nio. 365-2023-DZ2-MAATE de fecha 27 de diciembre de 2023. Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1007 de 04 de marzo de 2020, el Presidente Constitucional de la República decreta la fusión del Ministerio del Ambiente (MAE) y la Secretaría del Agua (Senagua) en una sola institución denominada Ministerio de Ambiente y Agua. Que mediante Acuerdo Ministerial No. MAAE-2023.080, de 20 de agosto de 2023, se aprueba el Estatuto Orgánico del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica MAATE. En lo principal: Comparece a la Dirección Zonal 2 Esmeraldas, el Ing. Gonzalo Víctor García Freire, en calidad de gerente general de la compañía Florícola San Isidro Labrador FLORSANI S.A.S., de fecha 10 de enero de 2023, solicitando la debida AUTORIZACION para el uso y aprovechamiento, en el caudal de 17,00 1/s. de las aguas subterráneas provenientes del pozo profundo denominado Malchinguí 5, perforado en el lote NO 2 del predio San Isidro, indicado en los antecedentes, de propiedad de la compañía peticionaria, situado en la Parroquia Malchinguí, Cantón Pedro Moncayo, Provincia de Pichincha, para destinarlas a riego de las actividades productivas de la agroindustria de exportación. Autoriza al Dr. Guillermo Narváez suscriba los escritos necesarios en la presente causa. Señala los correos electrónicos: dpazmay@florsani.com, tramitessenagua@yahoo.com, para sus notificaciones. Con estos antecedentes esta Autoridad Administrativa Dispone 1.- Se acepta la solicitud y en apego a lo dispuesto en los Arts. 57, 58,71, 86, 90, 94, 95, 123 y 126 de la Ley Orgánica de los Recursos Hídricos Usos y Aprovechamientos del Agua, en concordancia con lo prescrito en el Art. 107 del Reglamento, se la califica a trámite, por el procedimiento General. 2.- Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recurso Hídricos. Notifíquese con la solicitud y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, publicaciones que se lo deberá realizar en un periódico de circulación de la localidad, de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas; y, fíjese carteles durante diez días consecutivos en tres lugares más concurridos de la parroquia Malchingui, cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha. 3.Téngase en cuenta los correos electrónicos dpazmay@florsani.com, tramitessenagua@ yahoo.com, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 2 y 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, en concordancia con el Art. 165 del Código Orgánico Administrativo COA. 4. Previniéndole que en caso de no realizarse la misma, por cuestiones imputables al administrado, y transcurrido el plazo de dos meses se declara el abandono y posterior archivo de conformidad al Art. 212 del Código Orgánico Administrativo. Actúe como Secretaria Ad-Hoc, en el presente trámite Ab. Sandra Barreno Samaniego Msc.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE...f). Ing. Luis Antonio Calle Aguirre Director Zonal 2 Esmeraldas, Del Ministerio del Ambiente Y Transición Ecológica.

Quito, D.M. 02 de agosto del 2024

CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE ELECCIONES

En mi calidad de Presidente del Comité Paralímpico Ecuatoriano y dando cumplimiento a lo que enuncia en los artículos 18 y 153 de la Ley del Deporte Educación Física y Recreación, en concordancia con lo manifestado en los artículos 15 y 16 del Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y en concordanciaa con lo prescrito en el Estatuto del Comité Paralímpico Ecuatoriano, CONVOCO a la Asamblea de Elecciones, a las Federaciones Filiales del C.P.E. que se encuentran en pleno derecho de actuar con voz y voto:

• FEDERACIÓN ECUATORIANA DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL – FEDEDIV;

• FEDERACIÓN ECUATORIANA DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA – FEDEPDIF;

• FEDERACIÓN ECUATORIANA DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD AUDITIVA – FEDEPDAL; y,

• FEDERACIÓN ECUATORIANA DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL – FEDEDI.

La Asamblea de Elecciones se realizará bajo el siguiente detalle:

FECHA: LUNES 19 DE AGOSTO DEL 2024

HORA: 10:00am (diez de la mañana)

MODALIDAD: Presencial

LUGAR: salones del Hotel Sheraton

DIRECCIÓN: Av. República del Salvador No. 36-212, en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

PARA TRATAR EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA:

1. Calificación de credenciales; 2. Verificación del quórum e instalación de la Asamblea de Elecciones; 3. Postulación y elección de las siguientes dignidades: a. Un Presidente; b. Un Vicepresidente; c. Un Secretario; d. Un Tesorero; e. Tres Vocales Principales; f. Tres Vocales Suplentes; g. Un Representante de los deportistas; h. Un Representante de la fuerza técnica; y, i. Un Síndico

4. Aceptación de cargos y firma de nombramientos

5. Lectura y aprobación del Acta

6. Clausura de la Asamblea de Elecciones

Atentamente,

PATRICIA LEÓN JARA EDUARDO ALVEAR ORTEGA Presidente Secretario

Nota:

• El representante a la Asamblea de Elecciones del Comité Paralímpico Ecuatoriano, de cada filial, deberá presentar el registro de directorio actualizado de acuerdo a lo señalado en el art. 18 del Reglamento de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación,

• El Quorum será conforme a lo establecido en el art. 17 del Reglamento de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación 001-004-4686

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Esmeraldas 02 agosto 2024 by LA HORA Ecuador - Issuu