Edicion impresa Esmeraldas del 28 de julio de 2012

Page 2

CIUDAD A2 tiempo lectura 10 min.

SÁBADO 28 DE JULIO DE 2012 La Hora ESMERALDAS

Vías confunden a choferes y policías Varios profesionales del volante no saben si la vía de los puentes es perimetral o urbana.

Una vez que se empezó a aplicar la Ley de Tránsito y con la colocación de los fotorradares, los choferes y hasta algunos policías de Tránsito desconocen si la vía de los puentes es perimetral o urbana. Además, no solo está si conocen o no como están clasificadas las vías, sino que algunos ciudadanos y choferes consultados desconocen las novedades en la Ley de Tránsito. Miguel Martínez, conductor profesional dijo que él para evitar problemas cuando pasa por

los puentes no excede los 60 kilómetros por hora y reconoció que antes emprendía una velocidad entre 120 y 140 Km por hora.

Faltan rótulos Además en las vías no existen rótulos que indiquen cual es el límite de la velocidad permitida, lo que para algunos choferes, hace entender que ni la propia Jefatura de Tránsito lo tiene claro.

Un policía que no quiso decir su nombre dijo que desde el Cabezón hasta la Ciudad se debe

SEÑALIZACIÓN. Aunque en la vía de los puentes está señalado como velocidad máxima 60 km/hora, algunos choferes reclaman esa carretera como perimetral.

considerar como vía urbana y desde el Bimot hasta el Liceo Naval, circulando por los puentes, debe ser perimetral. “Lo malo es que no hay señalización adecuada y eso no permite estar claro en el asunto” dijo el gendarme.

Existe una diferenciación dependiendo de si los vehículos circulan en perimetrales, carreteras rectas o curvas, en las que se permite entre 10 y 50 km/h, para livianos como pesados, según cada vía y tipo de vehículo.

No conocen límites La mayoría de los choferes de los vehículos desconocen que hay nuevas disposiciones para circular dentro de la ciudad.

La normativa de control inició hace 15 días en casi la mayor parte del País, han reportado una gran cantidad de sancionados por exceso de velocidad, medida que busca de alguna manera disminuir el alto índice de accidentes de tránsito. El Reglamento de la Ley de Tránsito para efecto de sanciones y regulación de los límites de velocidad divide a las vías en urbanas, perimetrales y carrete-

Según el artículo 191 de la Ley de Tránsito, en zona urbana, el máximo permitido para vehículos livianos, motocicletas y similares es de 50 km/h; mientras que para transporte público de pasajeros y carros de carga es 40 km/h.

Sancionados

ras, además establece dos tipos de sanciones para los conductores que irrespeten los límites de velocidad. De acuerdo al artículo 142 el conductor que excediere del rango moderado de los límites de velocidad comete una contravención grave de primera clase que se sanciona con una multa equivalente al 30% del salario básico y reducción de seis puntos en su licencia de conducir. Aquellos que excedieren los límites de velocidad fuera del rango moderado, cometen una contravención muy grave, por lo que será sancionado con prisión de tres días, multa de un salario básico que actualmente es de 292 dólares, además la reducción de 10 puntos en la licencia de conducir.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.