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Cómo evitar ser víctima de EXTORSIÓN?

Procura no entregar información personal, familiar y ni financiera.

No compartas, ni difundas información o fotografías de tu vida privada.

Si recibes una llamada extorsiva no brindes información, ni confirmes.

Si es posible, graba la conversación (existen aplicaciones móviles que permiten hacer esa función).

Intenta persuadir al presunto extorsionador (¿Qué?, ¿Dónde?, ¿Cuándo?,Etc.).

No te comprometas a entregar ningún pago, muéstrate dispuesto a negociar y no te confrontes con el presunto extorsionador.

Avisa inmediatamente a las autoridades, comunícate a la línea de emergencia 9-1-1.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENETE CIVIL QUININDÉ

Dirección: Av. 3 de Julio entre Víctor Villegas y Cipriano Quiñónez PBX: 5932997500

EXT 61825 CITACIÓN – EXTRACTO JUICIO: DIVORCIO

POR CAUSAL CAUSA: Nº

08332-2023-00121

ACTOR: ORTEGA LLUMIPAN-

TA SAUL ABELINO DEMAND-

ADA: ARMIJOS ORELLANA

SONIA MERCEDES JUEZ DE LA CAUSA: DR. PATRICIO

RIOFRIO CARRANZA OBJETO DE LA DEMANDA. - El demandante ORTEGA LLUMIPANTA SAUL ABELINO, comparece a esta judicatura y demanda en juicio de DIVORCIO POR CAUSAL a la demandada ARMIJOS ORELLANA SONIA MERCEDES.

Mediante auto con fecha 24 de febrero de 2023. VISTOS. -avoco conocimiento de la en procedimiento sumario por Divorcio por Causal ha propuesto ORTEGA LLUMIPANTA SAUL ABELINO contra ARMIJOS ORELLANA

SONIA MERCEDES. La demanda que antecede cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, Mediante auto con fecha 24 de febrero de 2024, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario. Se dispone citar a la demandada ARMIJOS ORELLANA SONIA MERCEDES, por la prensa, de conformidad al artículo 56 del Código orgánico general de Procesos, mediante tres publicaciones en un diario de circulación nacional, habiendo comparecido el demandante a declarar bajo juramento la imposibilidad de establecer el actual lugar de residencia de la demanda señora ARMIJOS ORELLANA SONIA MERCEDES, pese a haber agotado todas las diligencias necesarias, incluyendo en los registros de acceso público.

FDO POR EL DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA, EN CALIDAD DE JUEZ. LO CERTIFICO. - Por haber comparecido el demandante a declarar bajo juramento en este despacho, en legal y debida forma, se concede el extracto de ley. Una vez trascurrido los 20 días desde la última publicación, comenzará el término de 15 días para contestar su demanda, de conformidad al Art. 56 numeral 2 del COGEP. Quinindé, 8 de marzo de 2023. Ab. Jaminton Villarreal Castro. SECRETARIO DE LA UJMCQ

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS CITACIÓN JUDICIAL RADIODIFUSORA DE LA LOCALIDAD CITO: Con el Contenido de la Demanda. Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio VOLUNTARIO, acción INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. No. 08201-

2023-00044, cuyo extracto es el siguiente:

ACTORA: RAQUEL JANETH

GAVILANEZ GALLEGOS

DEMANDADO: HEREDEROS

DESCONOCIDOS quien en vida fue el causante se - ñor: CARLOS BERNARDO

WASHINGTON GAVILANES

GAVILANES

JUICIO: 08201-2023-00044

FECHA DE INICIACIÓN DEL JUICIO: 15/02/2022

DOMICILIO LEGAL del defensor AB. GINNIO VICENTE VALENCIA MEJIA.

TRAMITA: Ab. DELIS CARMEN CAMPO VALENCIA, Jueza de la Unidad Especializada de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del Cantón de Esmeraldas

AUTO DE CALIFICACION:

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS.- Esmeraldas, lunes 23 de enero del 2023, las 13h45, VISTOS: Abogada DELIS CARMEN CAMPO VALENCIA, jueza de primer nivel, legalmente posesionada mediante acción de personal N° 8256DNP de fecha 07/junio/2013 y, con lo establecido en los Arts. 171, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento y competencia de la presente causa, en virtud del sorteo de diligencia preparatoria constante..., la misma ha recaído en este despacho la demanda de inventario de bienes suscesorios Nro. 08201- 202300044.- Presentada, por los actores señores: RAQUEL

JANETH GAVILANES GALLEGOS; CARLOS WASHINGTON GAVILANES GALLEGOS; GIOCONDA

CECILIA GAVILANES GALLEGOS y, ÁNGELA INÉS GALLEGOS QUINTERO, designando los actores en calidad de Procuradores Común a los señores: GIOCONDA CECILIA GAVILANES GALLEGOS y, a CARLOS WASHINGTON

GAVILANES GALLEGOS.- En lo principal, la demanda que nos atañe, es clara, completa y precisa, por lo que se la acepta a trámite voluntario en juicio de (inventario) apertura de la sucesión hereditaria y, consta lo siguiente: a).- Por haberse comprobado a folios 33 el fallecimiento de quien en vida fue el causante señor: CARLOS

BERNARDO WASHINGTON

GAVILANES GAVILANES, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el indicado causante, desde la fecha de su fallecimiento; particular que se manda a publicar para conocimiento del público en general. b).En el lugar señalado en la demanda, cítese a los demandados ciudadanos: NORA INES

GAVILANES GALLEGOS; MARÍA ISABEL GAVILANES

GALLEGOS y EDUARDO

JAVIER, GAVILANES GALLEGOS, a quienes se los citará con el contenido de esta petición en sus domicilios ubicados en las calles Sucre entre Pichincha y Ramón Tello, de esta ciudad y provincia de Esmeraldas, para lo cual la se- ñora secretaria judicial haga llegar a la oficina de citación suficiente despacho. c).- A los herederos desconocidos del causante señor: CARLOS BERNARDO WASHINGTON GAVILANES GAVILANES que se crean con derecho en este asunto, se citará a través de uno de los medios de comunicación, en la forma prevista en este código, por medio de un periódico de amplia circulación de la ciudad, de conformidad a lo preceptuado en el Art. 58 del Código General de Procesos, en armonía con la disposición final segunda del Código Ibídem.- Una vez citada la parte demandada. Fórmese el inventario y avalúo de los bienes sucesorios del indicado causante CARLOS BERNARDO WASHINGTONNGAVILANES GAVILANES, con la intervención de peritos judiciales que se designara mediante sorteo del sistema, de acuerdo a lo que la Ley contempla.- Previo a la citación por la prensa a los herederos desconocidos, los actores interesados notificado este auto de calificación comparecerán dentro del término de tres días a declarar bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad de las demás personas herederos interesados en este asunto; Cuéntese con los funcionarios del Servicio de Rentas Internas de la Provincia de Esmeraldas, quien será citado en su respectivo despacho.- A los demandados para contestar la demanda, una vez citados se les concede el término de ley para que contesten la demanda.- Téngase en cuenta la cuantía, correo electrónico para las notificaciones y la autorización que le conceden al asesor técnico, así como los nombres de los procuradores comunes designados .Incorporase a la demanda los documentos que se adjuntan.- actúe la señora judicial del despacho.- HÁGASE SABER.

Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones posteriores. Certifico. Atentamente, Ab. JORGE MORILLO MERA SECRETARIO ( E ) UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ESMERALDAS

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