Inició la intervención en la vía Quinindé - Esmeraldas
VIERNES 14 DE JULIO DE 2023 Esmeraldaslahora @ Esmeraldaslahora Esmeraldas Así se mueven lospresidenciables en las redes sociales 9 POLÍTICA Talleres de artes literarias a niños, niñas y adolescentes 4 CIUDAD El Cuerpo de Ingenieros del Ejército es la Institución a cargo de la reconstrucción de la carretera E-20 en el tramo Esmeraldas –Quinindé. 3
MILICA PANDZIC @MPandzic
Las primeras elecciones paritarias en Ecuador
ElCódigo de la Democracia establece la obligación de paridad de género en los binomios presidenciales y el porcentaje mínimo del 50% de listas encabezadas por mujeres en las inscripciones de candidaturas. Ambas obligaciones de paridad debían cumplirse a partir de las elecciones subsiguientes a las elecciones generales posteriores a la vigencia de dicha ley, lo que en circunstancias normales hubieran sido las elecciones presidenciales del año 2025.
Con el decreto de la ‘muerte cruzada’ las siguientes elecciones se convirtieron en las Elecciones Anticipadas de este año; y, aunque ante la duda de aplicación, el Consejo Nacional Electoral se inclinó por establecer que
dichas obligaciones de paridad no aplicarían para estas elecciones, el Tribunal Contencioso Electoral determinó lo contrario.
Gestión para los más vulnerables Los
desafíos socioeconómicos que implica vivir en Ecuador le pasan la factura más alta a quienes menos pueden asumirla. El empobrecimiento del Estado afecta principalmente a aquellos para los que este es el único proveedor de servicios básicos. Hechos fortuitos como la pandemia o inevitables aunque previsibles como El Niño golpean con especial saña a quienes apenas subsisten. Incluso fuerzas de calibre supranacional —la inflación, la crisis de las cadenas de abastecimiento o el avance de la automatización— se ensañan con aquellos en extrema pobreza, carentes de las habilidades laborales y la capacidad de consumo que el sistema exige.
un techo bajo y definitivo para su futuro desarrollo profesional y económico, más temprano aún a las mujeres. La indigencia —reflejada en los albergues abarrotados— está más presente que nunca. A ello hay que sumarle la pobreza entre los adultos mayores, la vulnerabilidad de la infraestructura educativa, la precariedad de las cárceles y más.
Discernir masivamente sobre el ITT es erróneo. Se requiere conocer temas económicos, técnicos y ambientales para concluir con alguna idea. Sin embargo, la desastrosa política ecuatoriana confronta a la ciudadanía a tomar una decisión sobre un tema de alta complejidad.
Estudiada la información pertinente sin matiz político se concluye que la explotación petrolera en Yasuní no es desastre como se pretende mostrar. Los técnicos de Petroecuador trabajan con la mejor tecnología y minucioso cuidado al entorno, coordinan con y benefician a las comunidades ancestrales Waorani y Kichwa. Es clave entender que esa producción petrolera es parte del sustento económico del país y fundamental para los recursos que reciben los pueblos amazónicos.
Por tanto,
estas serán las primeras elecciones en el país en las que existirá paridad de género. Si bien lo ideal hubiera sido alcanzar esta paridad de forma voluntaria por los partidos políticos; lo cierto es que no vivimos en un mundo ideal, sino en uno donde los sesgos y prejuicios de género hubieran evitado indefinidamente la participación paritaria de las mujeres en la política; y las cuotas de género fueron la única forma de alcanzarla al día de hoy.
Si bien se ha determinado una correlación entre las cuotas de género y la representación política de las mujeres, la experiencia sobre estas cuotas
no es uniforme, y depende de muchos factores, ya que, a final de cuentas, no son una panacea, sino
únicamente un mecanismo para construir una democracia más inclusiva.
La necesidad de más mujeres líderes dentro y fuera de los partidos; un trabajo para la prevención y erradicación de la violencia política hacia las mujeres; y una verdadera representación de los intereses de las mujeres en la política son
varios de los retos que siguen pendientes.
WELLINGTON TOAPANTA
Columnista invitado
¡Quédilema el que enfrentan 2’013.915 electores del Distrito Metropolitano de Quito! Disfrutan sus rutinas con tecnología derivada de la minería, pero deben optar entre contribuir
Así, el país observa a diario desventuras que deberían haber quedado atrás. La necesidad obliga a los jóvenes a abandonar los estudios secundarios, una decisión que casi siempre impone
La productividad nacional no puede mejorar con una población que deserta en secundaria, ni se puede consolidar un mercado interno si tantos ciudadanos carecen de todo poder adquisitivo. Mientras, el Estado gasta miles de millones en subsidios para los sectores más ricos, derrocha recursos en corrupción disfrazada de ineficiencia e insiste en sostener a toda costa a una clase media burocrática artificial. Sería bueno saber qué piensan hacer los candidatos ante este flagelo que no tiene visos de detenerse.
La operación es ejecutada a mínimo riesgo, incomparable a lo que hizo Texaco. Lo saben los habitantes de la Amazonía que cuidan el bosque y las aguas y los jóvenes aprovechan contactando con las universidades que hacen investigación científica en su territorio y contrastan información al conocimiento ancestral de la selva. Tal y como lo sugirieron especialistas, se buscó negociar en el mercado de carbono, pero no resultó. También se intentó obtener recursos equivalentes en los países desarrollados; fue inútil. Europa, que clama salvar el planeta, no fue capaz de aportar 3 mil millones de dólares. ¿Por qué nosotros debemos liderar la lucha a costa de nuestro sacrificio?
Consultar el tema a una población desinformada y con visiones distorsionadas por la intencionalidad política no es válido. Pese a que estemos plenamente de acuerdo con cuidar el planeta, no es posible asumir la decisión de cancelar la fuente de riqueza que nos permitió llegar hasta aquí como sociedad. La “maniobra política” nos lleva de riesgo en riesgo y hacia abajo, sin que la mayoría de la población avale objetivamente el costo de sus decisiones erróneas y emocionales.
para impulsar la modernidad o bloquearla, impidiendo exploración y explotación minera formal en el Chocó andino.
Parece imposible pensar que, en el siglo XXI, Quito albergue “seres raros y únicos (que) viven pobres en medio de incomparables riquezas”, como describió el científico alemán Alexander von Humboldt a inicios del siglo XIX.
Estos ‘seres raros’ no advierten que sin minería no habría caminos vecinales, carreteras, tecnología turística, calles, vehículos, viviendas,
electrodomésticos, comunicación digital, resultado de asombrosos procesos investigativos mineros De la dilatada Edad de Piedra la humanidad pasó a la de los Metales y en el año 2023 la humanidad promueve establecer ciudades inteligentes, ocupar el espacio sideral, inteligencia artificial, impensados servicios de salud, etc., pero los ‘seres raros’ promueven que Quito se excluya de estos procesos de desarrollo. En el fondo, el intento de veto a la explotación minera parece querer estacionar al Ecuador lejos del
desarrollo tecnológico, al pretender impedir transferencia tecnológica económica y social, ingresos fiscales, mayoritariamente destinados a satisfacer populistas subsidios, a disfrazar pobreza, que también presionan esos ‘seres raros’.
La disyuntiva enfrenta a la ciencia y al dogma, a la modernización y al estancamiento tecnológico con sus secuelas económicas y sociales. Los ‘seres raros’ revelan incoherencia: mientras utilizan sofisticada tecnología para desplegar sus consignas, promueven mantener rocas y
suelos en estado bruto.
Mientras la humanidad se empeña en mitigar el dramático cambio climático, cambiar la matriz energética con minería, ellos bregan por bloquear estas urgencias. ¿Añoran la Edad de Piedra?
La explotación minera demanda cuantiosas inversiones; ya se exige protocolos ambientalistas. Imperativo ciudadano es impulsar aterrizajes de industria siderúrgica en Ecuador. ¿Por qué será que la consulta no se orienta a impedir minería informal?
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XXVIII No. 11792 Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023
EDUARDO F. NARANJO C. EDITORIAL eduardofnaranjoc@gmail.com
Resolver el dilema
Seres raros y únicos
Rehabilitación de la vía Esmeraldas Quinindé
El Cuerpo de Ingenieros del ejército son los encargados de la obra de rehabilitación de la carretera E-20 en el tramo Esmeraldas –Quinindé.
Entre las labores se realizará reposición de la mesa asfáltica de la vía, colocación de capa de rodadura de hormigón asfáltico, construcción de cunetas y encauzamiento, colocación de tuberías, desbroce y limpieza de calzada, señalización horizontal y vertical, entre otras obras. La obra está a cargo del Cuerpo de Ingenieros del Ejército, y la mano de obra que se ocupa en esta intervención de mejoramiento vial es mano de obra local. Los trabajos de rehabilitación y mejora vial empezaron este último lunes, y el tiempo de duración de los trabajos en territorio será de 240 días. El MTOP transfirió al Cuerpo de Ingenieros del Ejército USD 2.9 millones sin incluir IVA y fiscalización correspondiente al 50% del valor.
El Gobierno del Ecuador, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), inicia los trabajos de rehabilitación en los sitios críticos de la Red Vial Estatal E20, tramo Esmeraldas – Quinindé y E10, tramo San Lorenzo – Lita.
La intervención responde al compromiso de fortalecer
la movilidad de los ciudadanos en la provincia verde. que beneficiarán a más de 364.606 habitantes.
Manuel Moyon del cuerpo de ingenieros del ejército indica que ya se ha empezado con el mejoramiento de la vía E20 Quinindé – Esmeraldas donde son 31 puntos críticos a in-
tervenir, y en la carretera E10 Lita – San Lorenzo 12 puntos a intervenir.
Durante la intervención se recomienda tomar las debidas precauciones y respetar las señales de tránsito. Las mejoras contribuirán al desarrollo económico, producción y el turismo de la provincia de Esmeraldas.
Además, reducirá los tiempos de traslado entre cantones
Tipo de intervención que se realizaran “Una vez que terminamos los estudios empezamos a la intervención para dejar habilitada le la mejor manera esta importante vía”.
Dos frentes de trabajos Manuel Moyon, comenta que se han armado dos frentes de trabajos con las maquinarias y el personal necesario para la realización de los trabajos tanto en la ruta Esmeraldas –Quinindé y en Lita – San Lorenzo, para terminar los trabajos lo más pronto cumpliendo los tiempos y así rehabilitar esta importante vía que conecta a Quinindé y Esmeraldas.
Obra garantizada “Lo que nos caracteriza al Cuerpo de Ingenieros del Ejército, es la entrega de obras de calidad en beneficio del país, son más de 120 años, que hemos apoyado el desarrollo del país” comentó el capitán de ingeniera.
CIUDAD 03 ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023 I
Talleres de artes literarias a niños, niñas y adolescentes
Mediante la
La organización Arte Poética Latinoamericana y el grupo Pluricultural Esmeraldas inauguraron, varios talleres para despertar el interés por las artes literarias en los niños, niñas y adolescentes de la unidad educativa fiscal 5 de agosto.
Los conocidos poetas y
escritores, Josefina Martínez Godoy y Adolfo Ortiz Rodríguez lideran el equipo de instructores de la citada jornada.
Ante todo se pretende que los estudiantes opten por la lectura, palabra, el verso, la poesía, la expresión oral y escrita y otras artes para crear nuevos espacios que contri -
buyan a seguir sembrando una cultura de paz en Esmeraldas, explicó Martínez Godoy.
Artes literarias a las nuevas generaciones Adolfo Ortiz señaló que, por medio de las artes las nuevas generaciones tienen la opor-
tunidad de defender la vida, la naturaleza y además educar en valores a la sociedad.
“Esmeraldas hoy requiere respuestas viables de todos los actores sociales y del Estado para enfrentar los problemas que la aquejan y que hacen relación con la inseguridad, la corrupción, el des-
empleo, etc”. En frente a ese escenario y circunstancia vigente en Esmeraldas, en que Artes Poéticas Latinoamericana y el Grupo Pluricultural Esmeraldas unen fuerzas e inician los talleres de capacitación ya en marcha, acotó finalmente Josefina Martínez Godoy.
CIUDAD 04 I ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023
implementación de talleres se busca despertar el interés por las artes literarias a las nuevas generaciones.
TALLERES. Mediante la implementación de talleres se busca despertar el interés por las artes literarias a las nuevas generaciones.
Policía Nacional detiene varios sujetos involucrados en hechos ilícitos
Tras varios operativos realizados en la provincia, la Policía Nacional realizó allanamientos en diferentes sectores de la urbe.
Varios trabajos investigativos realizados por la Policía Nacional en la provincia de Esmeraldas han dado como resultado detenidos en diferentes circunstancias ilícitas, así como el decomiso de armas de fuego y sustancias sujetas a fiscalización.
Capturados con armas de fuego
El Grupo de Operaciones Motorizados capturó a dos ciudadanos en el centro de Esmeraldas mientras realizaban patrullajes preventivos en la avenida 6 de Diciembre y Delgadillo, lugar donde dos sujetos que circulaban en una motocicleta con actitud sospechosa fueron interceptados por las fuerzas del orden, al realizar el registro corpo-
Fusil incautado
En Cananga trabajos investigativos de la Dirección Nacional de Delitos contra la vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros DINASED, el martes 11 de julio realizó operativos de intervención donde se incautó un arma de fuego.
Esta acción policial se desarrolló mientras los agentes realizaban labores de investigación, el sujeto al percatarse de la presencia de los uniformados salió en precipitada carrera internándose en la maleza despojándose de un arma de fuego tipo fusil.
Como indicios la Policía incautó 1 arma de fuego tipo fusil de fabricación industrial calibre 223, 26 cartuchos calibre 223 y 1 alimentadora.
ral y verificación de los datos de la motocicleta presentaron ciertas evasivas. En el poder de los individuos se enconto un arma de fuego tipo pistola calibre 9mm, razón por la cual fueron aprehendidos.
Los aprehendidos fueron trasladados por los agentes del orden y llevados a ordenes de la autoridad competente.
Los ciudadanos corresponden a los nombres de Michael Javier E. y Marcos Andrés V. de 22 y 19 años respectivamente.
POLICIAL 05 ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023 I
Detenido en flagrancia
La zona 1 Especial Esmeraldas y el grupo de Operaciones Motorizadas del Distrito Esmeraldas, en patrullajes preventivos realizados en horas de la mañana del 11 de julio capturaron en delito flagrante a un individuo que cometía robos a entidades comerciales del sector sur y centro de Esmeraldas, los que habrían sido captados por cámaras de videovigilancia.
Las circunstancias de la detención se registraron mientras el personal policial
Droga camuflada en Camarones
Operaciones de interdicción de carreteras realizadas por el Grupo Especial Móvil Atinarcóticos en la Parroquia Camarones incautaron 305 paquetes rectangulares tipo ladrillo, los que al realizar la prueba de campo dio positivo para cocaína.
El operativo policial se regist ró aproximadamente a las 10h00 del martes 11 de julio, y fue encontrada en tres vehículos tras la observación y perfilamiento de dichos automotores.
Los aprehendidos son Cristhian Fabricio P, de nacionalidad ecuatoriana de 36 años, Luis Alberto P. de nacionalidad ecuatoriana de 30 años, Rodolfo Julián C. de nacionalidad ecuatoriana de 34 años.
Lider de banda capturado
realizaba patrullajes en la Avenida Pedro Vicente Maldonado, instantes en que recibieron la alerta de parte del ECU911 por lo que de manera inmediata se trasladaron hasta el sitio donde se recepto la denuncia de un robo a un transeunte, al intentar huir se inició la persecución policial.
El individuo portaba un arma de fuego que intentó usar pero fue neutralizado haciendo uso progresivo de la fuerza.
El mencionado sujeto corresponde a los nombres de Kevin Israel O. alias Fikili fue detenido y trasladado al centro de detención y puesto a orden de la autoridad competente.
Droga abandonada en Majua
Personal del eje investigativo en el barrio Isla Piedad del cantón Esmeraldas logró la localización y captura de un sujeto que sería considerado el presunto líder de una organización denominada
A travéz de la zona 1 Especial Esmeraldas el jueves 6 de julio se incautó sustancias ilícitas que dieron positivo para marihuana luego de realizada la prueba de campo.
los Gansters, el mismo era requerido por la justicia con varias voletas vigentes por delitos como asesinato y receptación.
Esta acción policial se ejecutó tras varias investi-
Los agentes se encontraban en la vía Quinindé E20, en Majua cuando revisaron un vehículo abandonado, el mismo que contenía en su interior varios paquetes tipo
gaciones en la Isla Piedad, sector 4 esquinas. El ciudadano detenido corresponde a los nombres de Jonder Esteven Q. alias Yonder, quien presenta antecedentes delictivos
y estaría implicado como autor material de los asesinatos con arma de fuego de +Carlos Alberto J. Agente municipal de Esmeraldas y Darío Alberto S., hechos ocurridos en la Isla Piedad.
bloque, envueltos con cinta de embalaje. Se procedió a la inspección técnica especializada con el personal de criminalística realizando la prueba
de campo correspondiente. Con esta ejecución policial se incautaron 265 paquetes de marihuana, el mismo que contó con un peso de 265.000 gramos.
POLICIAL 06 I ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023
un accesorio que eleva el look Pañuelos en la cabeza,
En esta temporada cubrir la cabeza con un pañuelón no solo es tendencia sino una forma de lucirlo con muchas ventajas para el cabello.
La gorra era el complemento perfecto, pero hoy en día el pañuel ó n llevado en la cabeza es un accesorio que ha logrado destacar en todo ámbito por su versatilidad.
Puede llevarse con el cabello suelto o recogido, suelen ser muy coloridos mezclados con estampados psicodélicos de acuerdo al estilo y personalidad que se quieras destacar.
Ventajas al usar pañuelón Usarlo no solo se ha convertido en tendencia por el look que pueda proporcionar sino tambien porque tiene grandes ventajas para el pelo y cuero cabelludo, evita por lo tanto que la piel se proteja de la radiación solar, lo que podría llevar a enfermedades graves de la piel.
Protegerse sobre todo en el verano es primordial, y que mejor manera de hacerlo llevando un accesorio tan original.
El cabello también es afectado por el sol, pues debilita la raíz y además contribuye a deshidratarlo con más facilidad.
En la playa es ideal llevarlo puesto ya que el viento resulta molesto al llevar la melena suelta al natural, por lo que el pañuelo no se ha lavado el cabello. uniendo las esquinas, luego la
en la parte de atrás de la cabeza.
Recoger la totalidad del cabello y luego colocar el pañuelon es otra forma de llevar esta tendencia la que protege en su totalidad el cabello así como el cuero cabelludo.
También se puede recoger el pañuelon realizando varios nudos o envolviendo en caso de ser con mucha tela.
Sea recogido total o parcial, lo cierto es que moda de verano promete mucho más que un buen atuendo con un pañuelo como alíado a la hora de vestir.
Utilizado en casos de cáncer
Al presentar un caso de quimioterapia el cabello sufre caída parcial o total por lo que la mejor alternativa es colocar un pañuelo que dará cierta comodidad y atractivo, de hecho inicialmente este fue el propósito de el pañuelo en la cabeza, sin embargo, con el pasar del tiempo a pasado a ser tendencia sobre todo en epoca de verano.
Pañuelos cuadrados, rectangulares, con estilos básicos, en diferentes texturas y diseños son una excelente alternativa a la hora de complementar un estilo sencillo, al que este accesorio le dará un ligero toque de creatividad a la hora del buen vestir.
MODA 07 ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023 I
Juicio Nº 082562023-00283
UNIDAD JUDICIAL
MULTICOMPETENTE DE SAN LORENZO, San Lorenzo, martes 11 de julio del 2023, a las 11h13.
EXTRACTO DE CITACION
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETNTE DEL CANTON SAN
LORENZO, PROVINCIA DE ESMERALDAS.
JUICIO: No. 082562023-00283
TIPO PROCESO:
SUMARIO
ACCION/DELITO:
TENENCIA
ACTOR:
CORTEZ URBINA
DARWIN ADRIEL
DEMANDADO:
NAZARENO DE LA CRUZ ANA NERTHA
CUANTIA: Por su
naturaleza es indeterminada.
JUEZ:
AB. CABRERA NAZARENO ROGER PAUL
OBJETO DE LA DEMANDA. - El señor
CORTEZ URBINA
DARWIN ADRIEL, comparece a esta Unidad Judicial
Multicompetente, y presenta demanda de TENENCIA, en contra de la señora
NAZARENO DE LA CRUZ ANA BERTHA. La presente Acción la fundamenta de conformidad con lo previsto en los Art. 118 y 120 del Código de la Niñez y Adolescencia, art. 69 num. 4 y 70 de la Constitución del Ecuador en concordancia al art. 108 num. 1 del Código Civil Ecuatoriano. Mediante auto de fecha, San Lorenzo, miércoles 5 de julio del 2023, a las 14h00. VISTOS. -
En lo principal. - Por lo expuesto, se califca la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario conforme a los Arts. 332 y 333 del COGEP. SEGUNDO. - Se ordena citar a la parte demandada ANA BERTHA NAZARENO DE LA CRUZ, a través de tres publicaciones en uno de los diarios más concurridos de la provincia, de conformidad al artículo 56 del COGEP. Una vez citada legalmente la demandada, tiene el término legal de 15 (QUINCE DÍAS) para que, de contestación a la demanda instaurada en su contra, anuncie pruebas y proponga excepciones a la pretensión de la actora en ésta causa, tal como lo preceptúa el artículo 151 del Código Orgánico General de Procesos. Téngase
en cuenta el anuncio de las pruebas que ha realizado la actora en su demanda, las mismas que serán practicadas en audiencia y sometidas al derecho de contradicción, siempre y cuando cumplan con los requisitos de pertinencia, utilidad y conducencia previstos en el art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. Téngase en cuenta la insinuación del nombre de la señora CORTEZ URBINA DANIELA SAMANTEJA, para que sea nombrada Curadora Ad-Liten, para lo cual deberá comparecer la insinuada y los dos testigos anunciados a la audiencia única, para que se pronuncien sobre la idoneidad de la persona insinuada y sea nombrada, posesionada y ocupe el cargo de Curadora Ad-Liten. Particular
que solicito para los fnes de ley. - - Fdo.Ab. Cabrera Nazareno Roger Paul. Juez De La Unidad Judicial Multicompetente Del Cantón San Lorenzo.
Particular que solicito para los fnes de ley.
Atentamente, Abg. Melba Enriqueta Anchundia
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE
DEL CANTON SAN LORENZO, PROVINCIA DE ESMERALDAS.
ANULACIÓN DE COMPROBANTE PROVISIONAL PARA DEPÓSITO “CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A.” Informa al público en general que el Comprobante Provisional “CDP” de la siguiente numeración queda anulado por haberse extraviado número 786190 CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A. No se responsabiliza del uso que terceras personas pudieran darle al documento antes señalado.
JUDICIAL 08 P ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023 JUDICIALES 0994 070 418 anúnciate al: BIENES RAÍCES COMPRA/VENDE/ARRIENDA terrenos, casas, departamentos, oficinas, fincas, galpones, etc. COMPRA/VENDE/ALQUILA objetos, electrodomésticos, muebles, autos, etc. NEGOCIOS VARIOS ENCUENTRA oportunidades de trabajo en las distintas ofertas laborales. EMPLEOS 0993 737 898
El Consejo Nacional Electoral (CNE) dio el pitazo inicial este jueves 13 de julio de 2023 para comenzar oficialmente la campaña por la P
residencia de la República.
La precampaña que se había tornado intensa en las últimas semanas, ahora se transformará con mensajes más directos en las redes sociales, para mejorar posicionamiento, crecimiento y el gasto de los candidatos con el objetivo de acercarse al electorado.
LA HORA conversó con el docente y consultor político, Andrés Jaramillo y el director de Usuarios Digitales, Alfredo Velazco, quienes
analizaron la actividad de los candidatos en el entorno digital
Es importante precisar que
las redes sociales no garantizan la fidelización del voto , pero permiten observar el comportamiento de los candidatos presidenciales con las audiencias. En Ecuador, las audiencias digitales están repartidas en: Facebook ( 40%), Tik-Tok ( 30%) y el resto
Así se mueven los presidenciables en las redes sociales
Tras analizar las actividades de los candidatos en Facebook, Instagram y Twitter se evidencia un gasto más modesto y el crecimiento orgánico de algunos postulantes a la Presidencia.
de redes ( 30% ) .
Los escenarios
El académico Andrés Jaramillo
manifestó a LA HORA que el estudio revisa los últimos tres meses (mayo, junio y julio) de las actividades de cinco candidatos (Luisa González, Yaku Pérez, Otto Sonnenholzner, Jan Topic y Fernando Villavicencio) en Facebook, Tiktok y Twitter.
Y apuntó que el debate político en redes sociales está siendo generado en un 30% por bots .
Por su parte, el director de Usuarios Digitales, alertó que dentro del análisis
de las redes sociales se tiene que ser muy técnico.
“ E sto no es intención de voto, que yo hable de un candidato no quiere decir que voy a votar por él ”, precisó.
En Facebook
Jaramillo indicó que, hasta ahora, los candidatos que muestran
más posicionamiento en Facebook son Luisa González y Fernando Villavicencio , se observa un crecimiento de Yaku Pérez en esta red social, mientras Topic se ha quedado en la cola”, apuntó.
canzó 60.152 interacciones ; es decir, que la campaña de los borregos tuvo muy buen alcance”.
En el caso de Villavicencio, “el video que más ha rendido fue su visita a Santo Domingo , que logró 46.651 interacciones. Lue -
go el mejor video que le ha rendido a Yaku (Pérez) fue su visita a Ibarra que tiene 22.009 interacciones.
El video de Otto (Sonnenholzner), cuando anuncia su candidatura, el 29 de junio, tiene 22.000 interacciones”.
Por su parte,
el mejor video de Jan Topic en Facebook “tiene 7.672 interacciones , que es cuando habla sobre los niños que recibirán las tres comidas en el colegio”.
En Tik-Tok
Andrés Jaramillo destacó el “crecimiento orgánico” que viene obteniendo Yaku Pérez en las últimas semanas en Tik Tok.“Lo novedoso en este análisis es que Yaku Pérez empieza a crecer pues, hace un mes, ni aparecía en TikTok , aunque las visualizaciones más importantes son de su campaña anterior”.
“Yaku Pérez es el que más seguidores gana, pero el que menos videos ha hecho (30) . Los demás han hecho más, Fernando Villavicencio es quien más ha publicado, con 80. Entonces,
recuerda su condición de madre adolescente “tiene más de 2,5 millones de reproducciones , mientras el mejor de Yaku Pérez es el del paro nacional de 2022”.
Por su parte,
el mejor video de Villavicencio es cuando “satiriza a los asambleístas, a sus excompañeros . En el caso de Topic es una entrevista cuando arrancó la campaña, cuando apenas se conocía que iba a ser candidato, de allí en adelante Topic no ha logrado pegar”.
Jaramillo destaca que hasta el 13 de julio “los candidatos con mejor posicionamiento global en Ecuador, son Luisa González y Fernando Villavicencio, mientras comienza a crecer lentamente Yaku y la sorpresa es que Topic se está quedando en la carrera digital”, puntualizó.
Precisó que
el video que mejor ha funcionado en la campaña a González “fue el de los borregos que al -
no necesariamente el que más videos hace gana más seguidores ”, advirtió.
En Tik-Tok, el video que mejor le ha funcionado a Luisa
González es cuando
En el caso de Otto Sonnenholzner tiene un rendimiento medio en todas las redes y precisó que “su actividad en Twitter le ha permitido generar un 80% de comentarios positivos sobre sus publicaciones”. (ILS)
POLÍTICA 09 ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023 I
Facebook Tik Tok Tik Tok Tik Tok Tik Tok Tik Tok Luisa González 63,433 319 publicaciones 50.562 seguidores 13.000 seguidores 98.700 seguidores 44.800 seguidores 15.734 seguidores Otto Sonnenholzner 5.208 88 publicaciones Yaku Pérez 4.567 131 publicaciones Fernando Villavicencio 15.000 22 publicaciones Jan Topic 10.000 85 publicaciones
Abogados también exigen presupuesto para la Justicia
Santiago Aráuz habla de un “estrangulamiento total” por la reducción sistemática del presupuesto que data de los últimos diez años.
La crisis en la función judicial por falta de recursos económicos continúa, y ya empieza a generar una doble preocupación.
El Colegio de Abogados de Pichincha se sumó al pedido del Consejo de la Judicatura (CJ) para que el Ministerio de Economía asigne presupuestos para solventar requerimientos que permitan agilizar, por ejemplo, el trámite de citaciones judiciales o la modernización del expediente electrónico.
Este 12 de julio de 2023, los profesionales del derecho se autoconvocaron en un plantón en los exteriores del Complejo Judicial Norte de Quito donde, si bien el reclamo se dirigió a las autoridades de la Judicatura que es el ente que los registra, las demandas también apuntaron al Ministerio de Economía.
“El Gobierno tiene que entregar el presupuesto para que la Justicia pueda seguir avanzando; la falta de recursos está afectando al sistema judicial”, afrmó Paúl Ocaña, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha.
Mientras los gremios de abogados han entrado en un estado de alerta para que se cumplan sus demandas, la crisis en la Función Judicial ha llevado a la detención de los procesos de adquisición, contratación de personal o para nueva infraestructura.
“Estamos doblemente estresados por la situación que vive esta función del Estado; el único problema es que no tenemos presupuesto, el Ministerio de Economía no nos entrega nada de presupuesto, no podemos comprar ni un auto”, alertó Santiago Arauz, director de la Judicatura de Pichincha. Dijo que incluso hay meses que no tienen dinero ni para comprar gasolina. “No tenemos dinero para contratar un citador, ni secretario, ni nada”, expresó.
De un presupuesto de $56 millones solicitado al Ministerio de Economía para la
lahora.com.ec
Judicatura de Pichincha, al 30 de junio se han ejecutado $29 millones. Hasta fnes de mes requieren que se desembolsen $2’300.000 para cubrir los contratos de servicios, arriendos, limpieza, luz, agua, teléfono e internet, que están por vencer.
‘Parque automotor obsoleto’
El parque automotor en la provincia está compuesto por 23 vehículos, que ya están obsoletos. “Las llantas son reencauchadas y, por
Estamos
más”
SANTIAGO ARÁUZ
DIRECTOR DE LA JUDICATURA DE PICHINCHA.
EL DATO
Según el Consejo de la Judicatura, hasta el 11 de julio de 2023 y pese a la falta de recursos, se generaron 221.604 citaciones en todo el país.
suerte, hay unos pocos limpiaparabrisas”, dijo el funcionario. Solo ocho vehículos están operativos para notifcar con las citaciones judiciales a los sujetos procesales.
Cree que lo ideal sería contar con unos 50 vehículos para el perímetro urbano, y para el rural al menos 20.
Mientras que de 100 citadores que se necesitarían, solo hay 23.
Cada semana ingresan al menos 4.000 causas para el correspondiente proceso de citación. Desde enero están represadas 15.000 y en trámite hay alrededor de 5.000 para que sean procesadas por los citadores. (SC)
°Desde junio de 2023 ya no forman parte de la nómina de Pichincha once personas que debieron dejar la función por destitución o renuncia voluntaria. Para reemplazar esas vacantes se enroló a un número similar de servidores.
“Pero desde el Ministerio de Economía no hay posibilidad de que se extienda o se abra el presupuesto para contratar a nadie; hay una manera arbitraria de asignar los fondos para dotar de un servicio eficiente”, afirmó Arauz.
La Judicatura de Pichincha necesita alrededor de 180 personas entre ayudantes judiciales, gestores de archivo, técnicos de ventanilla y por lo menos 50 jueces. Santiago Arauz aseguró que no cuentan con recursos para presupuestar estas partidas y habló de un “estrangulamiento total” por la reducción permanente y sistemática del presupuesto que data de los últimos diez años. Tampoco cuentan con partidas presupuestarias para implementar proyectos de modernización, entre ellos la digitalización de los procesos en el área administrativas las citaciones por medio de plataformas digitales a través de Sistemas de Geoposicionamiento Satelital (GPS), compra de carros eléctricos, contratación de fedatarios y citadores para los jueces o secretarios no imputen la nulidad de citaciones. “Lastimosamente estos proyectos han quedado en cero porque no tenemos ni un dólar”. Los dineros que ha entregado Finanzas han sido para “apagar incendios”, que no permite iniciar con programas pilotos de modernización, advirtió Arauz.
JUSTICIA 10 I ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023
POLÍTICA
EN LA WEB PAÍS Guillermo Lasso lideró operativo de control de armas en Guayaquil
Alembert Vera y Marcela Aguiñaga deberán comparecer al TCE PAÍS ‘Gobierno sí busca firmar nuevos contratos con operadoras móviles’ LOJA Vilcabamba vivirá la I Feria Turística y declaratoria de Rincón Mágico JUSTICIA El exalcalde Jorge Yunda ya no usará grillete electrónico
‘Estrangulamiento’ data de los últimos 10 años
haciendo lo humanamente posible con lo que tenemos, pero ya no damos
PLANTÓN. Abogados de Pichincha protestaron en el Complejo Judicial el miércoles 12 de julio de 2023.
Sexo en espacios públicos, el capítulo que se borró del COIP
Aunque el Código Orgánico Integral Penal no estipula sanciones, tener relaciones en un auto, por ejemplo, puede implicar algunas multas.
La difusión de un video en el que se observa a una pareja teniendo relaciones sexuales dentro la aerovía en Guayaquil ha abierto debates que van desde el coportamiento del hombre y la mujer, hasta la responsabilidad de quien difunde las imágenes.
Estos hechos no son nuevos. En marzo de 2022 también se captó a una pareja dentro de un auto y las imágenes fueron difundidas.
Ante estos hechos, las redes sociales se llenan de comentarios que piden sanciones y hasta aseguran que estos actos implican un delito penal. Sin embargo, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) no habla sobre las relaciones sexuales en los
espacios públicos.
Reforma al COIP Marco Méndez, abogado penalista, señala que existe una confusión ya que en el pasado COIP – el de 2014– sí se consideraba a las relaciones
sexuales en la vía pública y se sancionaba a quienes “públicamente
ofendieren el pudor, con acciones o dichos indecentes”.
En el nuevo COIP, las relaciones sexuales en lugares públicos no están conside-
radas como un delito. Sin embargo, al no haber un delito tipifcado – señala Méndez– son los municipios los que pueden emitir ordenanzas que
prohíban esos actos en espacios de uso público. Por ejemplo, en la aerovía, si bien hay códigos de conducta no se especifca nada sobre las relaciones sexuales.
Mientras que en Guayaquil, desde 1996, se declaró inconstitucional la ordenanza que prohibía “la satisfacción de necesidades corporales” en espacios públicos.
En Quito tampoco hay una ordenanza. Aunque hay sanciones para quienes realicen actos de naturaleza sexual, verbal o gestual – den-
ANUNCIO ESPECÍFICO DE ADQUISICIONES SOLICITUD DE OFERTAS ECUADOR PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN Y RENOVACIÓN DEL SISTEMA ELÉCTRICO ECUATORIANO EC-L1231 Llamado a Licitación
tro del artículo sobre el acoso sexual. Sin embargo, sobre hechos consensuados como en la aerovía, no hay legislación local.
Un
Municipio que sí impone multas es el de Pastaza , cuya ordenanza está vigente desde 2016 y prohíbe a las personas mantener relaciones sexuales en calles, plazas, aceras, parques, en escenarios deportivos, etc.
En un auto es otra cosa
T
ener relaciones sexuales en un vehículo tampoco es delito. Sin embargo, puede haber multas como “daños colaterales” en delitos de tránsito :
mal estacionamiento o pasarse el tiempo en las ‘zonas azules’.
En un país vecino
En
Colombia tener relaciones sexuales en la vía pública es considerado como un comportamiento inadecuado, por lo que un agente de tránsito podrá multarlo con
cinco salarios mínimos mensuales vigentes y hasta arrestarlo. (AVV)
“MEJORA DEL SISTEMA DE MONITOREO PARA CONTROL DE PARÁMETROS ELÉCTRICOS EN TRANSFORMADORES DE POTENCIA” SDO Nro.: RENOVACIÓN-156-LPI-B-BID- L1231-EERSSA-LPI-ST-BI-001
1. Este llamado a licitación se emite como resultado del Aviso General de Adquisiciones que para este Proyecto fuese publicado en el Development Business, edición No. IDB-P501435 de 4 de marzo del 2020.
2. La República del Ecuador ha recibido un financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo para financiar el costo del PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN Y RENOVACIÓN DEL SISTEMA ELÉCTRICO ECUATORIANO (L1231) y se propone utilizar parte de los fondos de este financiamiento para efectuar los pagos bajo el contrato de MEJORA DEL SISTEMA DE MONITOREO PARA CONTROL DE PARÁMETROS ELÉCTRICOS EN TRANSFORMADORES DE POTENCIA
3. La Empresa Eléctrica Regional del Sur S.A. invita a los Oferentes elegibles a presentar ofertas selladas para la LPI de adquisición de los bienes y servicios conexos para la MEJORA DEL SISTEMA DE MONITOREO PARA CONTROL DE PARÁMETROS ELÉCTRICOS EN TRANSFORMADORES DE POTENCIA
4. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Internacional (ICB) establecidos en la publicación del Banco Interamericano de Desarrollo titulada Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, Nro. GN-2349-15 y está abierta a todos los Oferentes de países elegibles, según se definen en dichas normas.
5. Los Oferentes elegibles que estén interesados podrán obtener información adicional de: Empresa Eléctrica Regional del Sur S.A.; Comisión Técnica del BID-EC-L1231-EERSSA-LPI-ST-BI-001 y revisar los documentos de licitación en la dirección indicada al final de este Llamado.
6. Los requisitos de calificaciones incluyen Experiencia General, Experiencia Específica, Capacidad Financiera. No se otorgará un Margen de Preferencia a contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los Documentos de Licitación.
7. Los Oferentes interesados podrán descargar un juego completo de los Documentos de Licitación en ESPAÑOL, en la dirección electrónica indicada al final de este Llamado.
8. Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a las 11H00 (hora local de la Rep. Ecuador) del día 25 de agosto de 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en línea en la dirección indicada al final de este llamado, a las 11H00 (hora local de la Rep. Ecuador) del día 25 de agosto de 2023.
9. La dirección referida arriba es:
Para fines de recepción de la Ofertas: Comisión de Evaluación del proceso de LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. RENOVACIÓN 156-LPI-B-BID-L1231-EERSSA-LPI-ST-BI-001
Domicilio: Rocafuerte 162-26 y Olmedo, Edificio CENTRAL, EERSSA
Número de piso/oficina: 2do. Segundo piso, Secretaría General
Ciudad: Loja
Código postal: 110101
País: Ecuador
Dirección de correo electrónico: BIDV_BIDVI@eerssa.gob.ec
Dirección electrónica para descarga de juego completo de los documentos de licitación: https://www.eerssa.gob.ec/procesos-de-contratacion-bid-v-vi/
La fecha límite para la presentación (y/o retiros, sustituciones o modificaciones) de las Ofertas es:
Fecha: 25 de agosto de 2023
Hora: 11.00 (hora de Ecuador)
Los Oferentes NO tendrán la opción de presentar las Ofertas por vía electrónica.
Para fines de apertura de ofertas
La apertura de las Ofertas (así como la lectura de notificaciones de retiro, sustitución o modificación de Ofertas, si hubiera) se realizará en la fecha y el lugar siguientes: Domicilio: Rocafuerte 162-26 y Olmedo, Edificio EERSSA
Número de piso/oficina: Cuarto piso del edificio central de la EERSSA, en el “Salón Social”.
Ciudad: Loja
País: Ecuador
Fecha: 25 de agosto de 2023
Hora: 12:00 (hora de Ecuador).
SOCIEDAD 11 ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023 I
NORMATIVA. Los cambios en el COIP determinan las multas o no sobre las relaciones sexuales en el espacio público.
LASSO DEJA 26 PROYECTOS DE INVERSIÓN EN MARCHA
dernizado que es la base fundamental para atraer a los inversionistas en los procesos de licitaciones, en los procesos de priorización y preparación, pero sobre todo en los contratos.
Roberto Salas, secretario de Inversiones Público-Privadas, explicó que el Gobierno del presidente Guillermo Lasso deja un legado con tres componentes: una parrilla de 26 proyectos en marcha; una oficina de inversiones funcionando y con presupuesto; y una normativa moderna a través de un nuevo reglamento para Alianzas PúblicoPrivadas (APP).
P. ¿Es cierto que el actual Gobierno ha sido poco eficiente y lento para concretar inversiones y darle a la gente obras visibles?
Siempre se puede hacer las cosas mejor cuando las condiciones también son más favorables. Lo correcto es comparar los logros del Gobierno de Lasso en sus primeros dos años , con los logros de otros Gobiernos en sus primeros dos años. No se puede medir 10 años o 4 años de otras administraciones con dos años de la actual. Se han hecho nuevas infraestructuras escolares, mejoramientos y rehabilitaciones viales, nuevas infraestructuras en temas de vivienda. Si se toma todo esto en cuenta, y se compara con los logros en los primeros dos años de otros presidentes, yo creo que el Gobierno de Lasso queda muy bien parado. En el caso de las obras de largo alcance, a través de Alianzas Público-Privadas (APP), se debe tomar en cuenta que entre 2017 y 2021 no se concretó ningún proyecto bajo esta modalidad. Entre 2007 y 2016, es decir en 10 años, apenas se concretaron 5 proyectos de APP .
Nosotros en dos años hemos podido concretar dos proyectos en el campo eléctrico. Además, tenemos una parrilla de 26 proyectos, de los cuales 11 son por APP, que dejaremos listos para que el próximo Gobierno pueda finalizar las obras
entre 2024 y 2025 .
P. ¿Cuáles son estos 11 proyectos APP de los que se podría beneficiar el próximo Presidente?
Acabamos de emitir un Decreto Ejecutivo con un nuevo reglamento para las APP. Esto era necesario para transparentar, simplificar, acelerar y dar más opciones de fnanciamiento a los procesos. Con este nuevo marco, los principales benefciados son las 11 APP que tenemos en la parrilla de inversiones. Estos proyectos están en cuatro sectores. Por un lado, tenemos 7 proyectos viales (Pifo-Y de Baeza: Ambato-Guaranda-Babahoyo; Manta-Quevedo; La Bahía-Pedernales-Cojimíes; la Loja-Catamayo; la Ambato-Baños-Puyo y la Montecristi-La Cadena). Asimismo, está el proyecto del Puerto de Esmeraldas; las grandes hidroeléctricas de Cardenillo y Santiago , que están en fase de estructuración, y representan inversiones por más de $3.000 millones. En el caso de Santiago, se proyecta que sea dos veces la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair. Otro proyecto muy importante es una
El Ecuador debe tener un esquema normativo que dé seguridad jurídica que convierta al riesgo país en un riesgo contrato suficientemente atractivo para todos”
La atracción de inversiones, sobre todo en proyectos de largo plazo, siempre toman tiempo”
de centros de diálisis que el Ministerio de Salud Pública ha priorizado como APP. Todas estas iniciativas se van a poder benefciar de una regulación súper moderna, un marco regulatorio mucho más completo y con mucha más previsibilidad para poder establecer compromisos y también mecanismos de pago para los concesionarios.
red
P. En los cuatro meses y medio que le queda al Gobierno de Lasso, ¿Cuál es el desafío y en qué estado se legará esos principales proyectos?
El desafío es consolidar un legado al próximo Gobierno, cualquiera que este sea, sobre todo pensando en el benefcio de la ciudadanía. Ese legado tiene tres componentes. En primer lugar, la parrilla activa de 26 proyectos. Vamos a dejar al menos 6 proyectos con contratos frmados para inicio de obra. También dejaremos al menos dos proyectos ya adjudicados y uno con licitación en curso. Asimismo, más de 12 proyectos en estructuración, con estudios de prefactibilidad fnanciados y en marcha. Asimismo, quedarán 7 proyectos en preparación, con perfles técnicos, y con el proceso de búsqueda de fnanciamiento. Otro legado importante es el institucional. Se ha montado una oficina de Inversiones Público-Privada con personal altamente capacitado y en pleno funcionamiento. Además, se deja un fondo habilitado y permanente de alrededor de $40 millones para nuevos estudios de prefactibilidad y factibilidad. Nosotros no heredamos nada de esto. Ni ofcina, ni recursos. Finalmente, el tercer componente es un esquema normativo mo -
P. ¿Cuáles son las claves del nuevo reglamento que se ha emitido y por qué va a acelerar las inversiones? El nuevo reglamento aporta mayor transparencia, mayor eficiencia y tiempos más cortos para estructurar proyectos (incluye un contrato competitivo y robusto); y facilidades para acceso a financiamiento y bancarización . Se establecen las condiciones para tener un registro de acceso público para que, desde el inicio, se puedan consultar las características de cada proyecto. Se reduce la discrecionalidad de los funcionarios públicos con reglas claras. Asimismo, se exige que los oferentes hagan su mejor esfuerzo y presenten ofertas lo más ajustadas a la realidad. Por eso, no se va a permitir hacer modificaciones a los contratos en la fase inicial y en la fase final. Esto obviamente restringe o desincentiva ofertas temerarias donde, luego de ganar la licitación, se pide una renegociación aumentar costos o modificar condiciones . Se han tomado las mejores prácticas internacionales, lo que incluye la guía para legislaciones de APP emitida por el Banco Mundial en junio de 2022. Asimismo, hemos eliminado cuatro pasos burocráticos que tenía el anterior reglamento. Esto permitirá bajar entre cuatro y seis meses los tiempos. En los proyectos más grandes, los tiempos bajarán de 33 meses o más a 27 meses para llegar al inicio de obra. En el caso del acceso a financiamiento, se establecen compromisos en frme, incluidos en la planifcación fscal de cada año, para asegurar los fondos necesarios para los proyectos, tanto a través de fondo de contingencia o fondos de liquidez. Por otro lado, también se permite a los fnancistas la posibilidad de poder intervenir en caso de que los proyectos tengan problemas graves. El objetivo es que la obra se cumpla y se benefcie a los ciudadanos.
(JS)
ECONOMÍA 12 I ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023
Con un nuevo reglamento de Alianzas Público-Privadas, una oficina de inversiones en marcha y una parrilla de proyectos establecidos, el Gobierno deja la cancha marcada.
PERSONAJE. Roberto Salas ha trabajado en el impulso de las Alianzas Público-Privadas desde noviembre de 2021.
ELN levanta el paro armado que confinaba a 8.000 personas
La medida da un respiro a los habitantes de la región de San Juán y Sipí en el Chocó colombiano.
Guatemala vive tenso momento político
BOGOTÁ. El Ejército de Liberación Nacional (ELN) levantó este 13 de julio de 2023 el paro armado que había declarado en la región de San Juan y Sipí , en el departamento colombiano de Chocó (noroeste), que mantenía confinadas a 8.000 personas.
“Anunciamos que a partir de las 00 horas del día 13 de julio 2023 levantamos el paro armado indefinido en la región del San Juan, Picajón y todo su afluente. Reafirmamos nuestro propósito de proteger la vida de sus habitantes y la defensa del territorio”, explicó el Frente Ómar Gómez del ELN.
El ELN impuso esta medida desde el 4 de julio, solo unos días antes de que comenzara a regir el cese de acciones ofensivas contra las fuerzas de seguridad,
CIUDAD DE GUATEMALA.
Guatemala vive uno de sus momentos políticos más tensos del presente siglo, con sus elecciones del pasado 25 de junio en disputa y un aroma a golpe de Estado que crece minuto a minuto en el ambiente.
El inusitado allanamiento este 13 de julio de 2023 del Tribunal Supremo Electoral, por parte del Ministerio Público, ha abierto el camino aún más a la incertidumbre, con el riesgo de dilapidar por completo el Estado de Derecho.
“El país está en una clara situación de golpe de Estado, no hay que usar eufemismos”, aseguró el abogado y expresidente del Centro para la Defensa de la Constitución Alejandro Balsells.
El allanamiento contó con
fiscales tapándose el rostro con pasamontañas y muchos de los documentos decomisados no fueron inventariados según testigos, además de que extrañamente se permitió la permanencia de medios de comunicación durante varias horas.
A la sede del Tribunal Supremo Electoral se hicieron presentes miembros de la misión de observación de elecciones de la Organización de Estados Americanos (OEA), para verifcar lo acontecido. El allanamiento forma parte de una investigación del Ministerio Público por supuesta corrupción en contra del partido socialdemócrata Semilla, suspendido por un juez a petición de la entidad, pese a que la agrupación política avanzó al balotaje. EFE
debido a los combates que mantiene en esta zona con los paramilitares de las A utodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC) o Clan del Golfo.
Comunidades afectadas
En total hay 52 comunidades afectadas, 41 afro y 11 indígenas, y cerca de 8.300 personas que “temen transportarse por vías terrestres y fluviales”. También hay seis comunidades desplazadas, alrededor de 226 familias,
EL DATO
El ELN y el Gobierno colombiano pactaron un cese al fuego bilateral por 180 días que comenzará el 3 de agosto.
unas 700 personas. En esta zona el ELN mantiene fuertes choques contra las Autodefensas Gaitanistas de Colombia o Clan del Golfo, quienes han ido empujando a la guerrilla hacia el sur del Pacífico en una lucha por el control territorial que ha expuesto a las comunidades a un número de confinamientos sin precedentes que los aboga a un aumento de la malnutrición y de no poder acceder a servicios básicos.
El Gobierno colombiano exigió al martes tanto al ELN como a las AGC que permitieran el libre tránsito de personas y de ayuda humanitaria en esta zona donde “más de 9.000 personas de comunidades negras e indígenas cumplen un mes y medio desplazadas o confinadas”. EFE
GLOBAL 13 ESMERALDAS VIERNES 14/JULIO/2023 I
REGISTRO. Vista de miembros de la guerrilla del ELN,
OPERATIVO. Momento en que se realiza el allanamiento en la sede del Tribunal Supremo Electoral. EFE
Un helado de frutas contra la ola de calor
Un oso pardo come un helado de frutas que sus cuidadores le han dado para hacer frente a la primera ola de calor este 13 de julio de 2023 en Zoo Aquarium de Madrid (España). EFE
VIERNES 14 DE JULIO DE 2023
Esmeraldas
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PRINCIPIO DE INTERPRETACIÓN INTERCULTURAL
¿Cuál es el trámite del despido ineficaz con relación a las medidas cautelares?
RESPUESTA
AUTOR: AB.
SEBASTIÁN CORNEJO AGUIAR. 1
Previo al análisis de este principio es necesario partir de la contextualización dada por Boaventura de Sousa Santos, el mismo que manifiesta que es imperante hacer alusión a un proceso de transición y justicia indígena a manera de vínculos eurocéntricos que han condicionado los procesos de desarrollo, en tal sentido que:
“Entre los vínculos eurocéntricos que condicionaron las independencias del siglo XIX se encuentran el Estado y el derecho, concebidos como monolíticos y monoculturales, el capitalismo dependiente, el colonialismo interno, el racismo,
el autoritarismo y el centralismo burocráticos, y el canon cultural occidental. Sobre esta base se diseñaron políticas económicas, educativas, culturales, lingüísticas, sanitarias, de seguridad, asistencialistas, territoriales fundadas en la exclusión, represión o invisibilización de las maneras de vivir, pensar, actuar y sentir en colisión con los principios nacionalistas liberales.” 2
En tal sentido para Llasag esto sería entendido como el funcionamiento práctico de un Estado constitucional, en donde la interpretación de los principios y normas constitucionales de un estado plurinacional, constituye la necesidad de efectuar una interpretación constitucional a la
luz de los principios de derecho indígena. 3
En donde se evidencia que el estudio del desarrollo del Estado plurinacional e intercultural, no es simplemente analizar una determinada colectividad; sino que más bien implica la determinación de una serie de problemas jurídicos que deben ser analizados desde el contexto de las tradiciones culturales de los pueblos ancestrales.
Y configurándose lo que para Manuel Atienza es la interpretación intercultural, misma que cobra especial relevancia si se tiene en cuenta que el Tribunal Constitucional tiene la última palabra en materia de interpretación de los derechos fun-
damentales ya que la razón de ser de la interpretación es la de hacer justicia, logrando el cumplimiento de los principios o valores protegidos por el derecho.4
Que para Rocío Villanueva, no es sino el reconocimiento constitucional de los derechos a la identidad cultural y a la justicia indígena que ha dado lugar a que se requiera que los tribunales realicen una interpretación intercultural en los casos que involucran a indígenas o a comunidades indígenas.5
Teniéndose en claro de esta manera que la interculturalidad engloba concepciones de cultura determinando el análisis del enraizamiento de los valores sociales a través de la promoción
En términos generales las medidas preventivas de secuestro, retención, etc. solo pueden solicitarse con la demanda o en cualquier estado de la causa si se prueba la existencia de un crédito. En los juicios laborales las pretensiones o reclamos del trabajador no constituyen un crédito que permita solicitar medidas cautelares. Tenemos como excepción en el Código del Trabajo lo previsto en los Arts. 195.2 para el caso del despido ineficaz y en el Art. 594 cuando exista sentencia condenatoria de primera instancia, aun cuando aquella no esté ejecutoriada.
En tales casos es el juez que conoció de la demanda quien puede ordenar las medidas cautelares tanto para el caso del despido ineficaz cuanto para la sentencia de primera instancia, siendo por tanto, la jueza o juez que ha conocido de la demanda a quien le corresponde conocer esta clase de medidas.
Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK REVISTA JUDICIAL C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE
DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
JOSÉ
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com VIERNES, 14 DE JULIO DE 2023
La Hora ESMERALDAS, ECUADOR
C1
CONSULTA CIVIL
del respeto de la diversidad, donde cada persona tiene derecho a ser como desea, tanto así que es obligación del Estado: “Promover la unidad y la igualdad en la diversidad y en las relaciones interculturales”. 6
Siendo necesario destacar que si bien es cierto la Constitución del Ecuador de 1998 determinaba al Ecuador como un Estado pluricultural y multiétnico, mientras que ahora con la Constitución de 2008, se determina que el “Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. […]” 7
Lo cual implica el reconocimiento en sí de culturas como independientes y propias, que pueden formar naciones en sí mismas, en donde el objetivo es lograr ejercer plenamente los derechos a auto determinarse, en razón de su autonomía, cultura y lenguas.
Articulándose además una serie de principios constitucionales que traen consigo la protección creencias propias de cada cultura, que para Boaventura de Sousa Santos , esto sería entendido como si: “Habría que reconstruir los derechos humanos en términos interculturales para que puedan dar cuenta de esta enorme diversidad de la dignidad humana, de las diferentes concepciones […]” 8 Buscando así de esta
manera equiparar el sistema de justicia ordinario y el sistema de justicia indígena posibilitando incluso una cooperación mutua, que permita obtener una justicia ágil, eficiente que busque generar realmente la reparación a las víctimas y a su vez rehabilite a los agresores.
1.- Principio de Interpretación Intercultural: Para Boaventura de Sousa Santos: “La justicia indígena también es cuestionada por poner en entredicho el principio de la unidad del derecho. Este principio establece que, puesto que el derecho tiene una única fuente, la cual es internamente
Quito, D.M. 14 de julio del 2023
homogénea, el derecho constituye una totalidad bien definida que puede ser conocida en toda su dimensión en cualquier momento de creación o interpretación del derecho gracias a los métodos de la ciencia jurídica moderna. […]”9
En ese sentido podemos decir que es necesario que la producción jurídica vaya evolucionando y generando pautas a manera de direccionamientos que permitan identificar, distinguir y catalogar una serie de fines en relación a la cultura, tal como manifiesta Ramiro Ávila cuando indica que:
“[…] resulta coherente que el
CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DE LA LIGA DEPORTIVA BARRIAL “LIDIFAPON”
Se convoca a los señores representantes de los clubes filiales de la Liga Deportiva Barrial “LIDIFAPON”, a la Asamblea General de Elecciones, que se celebrará el 29 de julio del 2023, a partir de las 20:00 horas, en Nuestra sede está ubicada en el Barrio La Isla 1 en la parroquia Solanda, calle C S25A-42 S25 y Ambuquí, Cantón Quito Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha. con teléfono Nro. 022074290, 0999960146, futuras notificaciones las recibiré en el correo electrónico lidifapon@hotmail.com para tratar el siguiente orden del día:
1.- Constatación del Quórum.
2.- Elección del Directorio de Liga Deportiva Barrial “LIDIFAPON”, para el período 2023-2027.
3.- Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio.
modelo constitucional se autodefina como Estado de derechos en dos sentidos trascendentes: por una parte, identificando a los derechos humanos como máxima fuente normativa y por otra reconociendo en el pluralismo jurídico una manera de incorporar formalmente lo que materialmente han sido sistemas jurídicos internos e internacionales que han cohabitado con el sistema estatal, incluso antes de nuestra existencia como república. Así y desde la óptica del estado de derecho, los sistemas de justicia indígena son expresión de esta pluralidad y por ello deben ser respetados y promovidos; no obstante, al igual
que todas las demás fuentes de derecho, sucumbe ante el poder primario y legitimador de los derechos humanos, en los que toda norma coercitiva encuentra su fundamento y límite.” 10 Es decir la Constitución de la República del Ecuador al ser el instrumento jurídico que consagra los derechos de las nacionalidades y pueblos indígenas, debe ser analizado en correlación con el artículo 24 del Código Orgánico de la Función Judicial, que se refiere específicamente al principio de interculturalidad manifestando que:
“Art. 24.- PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD.- En toda actividad de la Función
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS GENERALES DEL ECUADOR SERIVARSA S.A.
Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley de Compañías y conforme lo dispuesto en la Resolución No. SCV-INC-DNCDN-2022-0010 emitida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, publicada en el Registro Oficial Suplemento 99 de 6 de julio de 2022, se convoca a los señores accionistas de la compañía SERVICIOS GENERALES DEL ECUADOR SERIVARSA S.A. a la sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar el día martes 25 de julio de 2023, a las 09h00, en las instalaciones de la compañía ubicadas en la calle Guillermo Reiss N32110 y Boussingault, de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha a fin de conocer y resolver sobre los siguientes asuntos:
1. Conocimiento del informe del Comisario, en relación con los negocios y contabilidad de la compañía en el año 2022;
2. Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros entre los que se encuentran el Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados Integrales, correspondientes al ejercicio económico 2022;
3. Conocimiento y aprobación del Informe de Gerente General, en relación con los negocios de la compañía en el año 2022;
4. Conocimiento del informe de Auditoría Externa, sobre el ejercicio económico 2022;
5. Conocimiento y aprobación del destino de utilidades generadas en el año 2022;
6. Designación de Auditores Externos para el ejercicio económico 2023;
7. Fijar la retribución del comisario, administradores e integrantes de los organismos de administración y fiscalización.
8. Conocimiento de los honorarios legales pagados a Lexvalor Abogados.
9. Conocimiento y aprobación de la reforma integral al estatuto social de la compañía y autorización al Gerente General a fin de que otorgue el acto de reforma integral del estatuto social y realice el trámite legal correspondiente.
Se convoca en forma especial, individual y expresa al señor Comisario de la compañía, señor Gustavo David Cárdenas Vela, domiciliado en la calle Isla Marchena N42-138 y Avenida de los Granados, de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha.
Se informa a los señores accionistas que para efectos de solicitar información o incluir puntos en el orden del día, se estará al plazo dispuesto en la Ley de Compañías. Los señores accionistas pueden comparecer personalmente a la junta general; esto es, físicamente o a través de videoconferencias. Para los accionistas que vayan a comparecer por medios telemáticos, deberán ingresar a la plataforma Zoom, en la fecha y hora antes indicada, en el link siguiente
https://us06web.zoom.us/j/88503171398?pwd=bCtKQUxMNzEvZTl6WG9RZWxrNn
c5QT09
ID de reunión: 885 0317 1398
Código de acceso: 982854
Los Estados Financieros con sus anexos, el Informe de Gerente General, el Informe del Comisario así como el Informe de Auditoría Externa se encuentran con quince días de anticipación a la celebración de la Junta, a disposición de los accionistas, en las oficinas ubicadas en la calle Guillermo Reiss N32-110 y Boussingault, de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para su conocimiento y estudio.
Los señores accionistas podrán hacerse representar en la junta general de accionistas por otra persona, mediante poder general o especial, incorporado a instrumento público o privado, en los términos dispuestos en la Ley de Compañías y el Reglamento de Juntas Generales expedido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
Para tomar la votación, el secretario de la junta general de accionistas llamará a los accionistas por orden alfabético, uno a uno, en voz alta, para que ejerzan su derecho de voto, de manera que el voto de cada uno pueda ser oído y entendido por todos.
Para efectos de registrar su asistencia en caso de comparecer por medios telemáticos, así como para registrar los votos de los accionistas en cada moción, se les solicita enviar los correos de confirmación a la siguiente dirección de correo electrónico: Jose.Garaicoa@serivarsa.com.
Finamente, en caso de que algún accionista comparezca representado, solicitamos enviar los respectivos instrumentos de representación a la siguiente dirección de correo electrónico: Jose.Garaicoa@serivarsa.com.
Quito, a 14 de julio de 2023.
JOSÉ JACINTO GARAICOA CRESPO GERENTE GENERAL
- derechoecuador.com VIERNES 14 DE JULIO DE 2023 La Hora, ECUADOR C2
lahora.com.ec
001-003-3405
001-003-3406
Judicial, las servidoras y servidores de justicia deberán considerar elementos de la diversidad cultural relacionados con las costumbres, prácticas, normas y procedimientos de las personas, grupos o colectividades que estén bajo su conocimiento. En estos casos la servidora y el servidor de justicia buscará el verdadero sentido de las normas aplicadas de conformidad a la cultura propia del participante.”11
De la lectura de este artículo se determina que la base de este principio gira en torno a una visión que pretende generar respecto a los valores y costumbres a fin de establecer una vinculación cultural, en donde el pluralismo jurídico surge como solución a todo tipo de práctica ancestral.
Que permite construir una verdadera definición de derecho indígena que según Yrigoyen, comprende: “los sistemas de normas, procedimientos y autoridades, que regulan la vida social de las comunidades y pueblos indígenas, y les permiten resolver sus conflictos de acuerdo a sus valores, cosmovisión, necesidades e intereses.” 12
Siendo necesario destacar lo mencionado por Raúl Ilaquiche Licta y Lourdes Tibán, cuando determinan que: “para los pueblos indígenas y para el caso de la justicia indígena, conflicto interno constituye toda acción o acto que desestabiliza la paz, la armonía y la tranquilidad de un colectivo o de una comunidad”13 De este modo nos están indicando que las nacionalidades y pueblos indígenas, buscan el
A N U L A C I O N
POR HABERSE EXTRAVIADO, QUEDAN ANULADOS LOS TITULOS DE ACCIONES
No. 14407 Y 15585 DEL CONJUNTO CLINICO NACIONAL CONCLINA C. A., DE PROPIEDAD DE: GONZALO ADOLFO RAMON BANDERAS
Quito, 12 de julio de 2023
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro.001000170000880003
Cliente LANDIN ONTANEDA ANGEL Cédula de Ciudadanía Nro. 0903740314 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000050000220016
Cliente SANGUÑA LLUGLLA
MARCIA DE LOS ANGELES
Cédula de Ciudadanía Nro.
0700732902 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-3397
reconocimiento de sus derechos colectivos, mediante el uso de procedimientos ancestrales que solucionan los conflictos que afectan la armonía de su comunidad.
Entendido de manera clara en que consiste la interpretación intercultural es necesario hacer alusión a manera de ejemplo a la sentencia T-349/96 de la Corte Constitucional de Colombia, respecto a una demanda de tutela
presentada por un indígena en contra de su comunidad, alegando, que su derecho al debido proceso había sido violado al haber sido juzgado en la comunidad por los familiares de la víctima, en donde la Corte Constitucional de Colombia afirmó que la noción de debido proceso debía ser interpretada con amplitud, sin exigir normas e instituciones que afecten el pluralismo. 14 Evidenciándose de esta ma-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ECUA AUTO S.A. ECAUSA
De conformidad con los Estatutos Sociales y la Ley de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la Compañía ECUA AUTO S.A ECAUSA, a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el 31 de julio del 2023 a las 9H30 en el domicilio principal de la Compañía ubicado en la Av. Río coca E8-73 y París de esta ciudad de Quito. para conocer y resolver los siguientes puntos del orden del día:
1.- Designación del Oficial de Cumplimiento Principal y suplente. Se convoca de manera especial e individual al Comisario Principal de la Compañía, ingeniero Ing. Armando Lituma De acuerdo con el artículo 292 de la Ley de Compañías, los documentos que serán conocidos por la Junta General se hallan a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la compañía en la dirección antes señalada y se exhiben con 15 días de anticipación a la fecha de la celebración de la Junta.
Los accionistas que deseen asistir a esta Junta vía teleconferencia deberán actualizar su correo electrónico a la siguiente dirección electrónica: ximena.espin@ ecuaauto.com
Los señores accionistas deberán cumplir con las siguientes normas procedimentales relacionadas con su participación y emisión del voto:
Los señores accionistas tienen el derecho a solicitar información y a incluir puntos en el orden del día, mediante correo electrónico enviado a ximena.espin@ ecuaauto.com, dentro de las 72 horas anteriores a la fecha de la junta general convocada por el presente.
• Los señores accionistas que deseen comparecer a la junta general utilizando medios telemáticos, remitirán su voto por cada moción al correo electrónico ximena.espin@ecuaauto.com
• Aquellos accionistas que encarguen a un tercero que lo represente en la junta general, podrán enviar el instrumento de representación que corresponda al correo electrónico ximena.espin@ecuaauto.com
De conformidad con lo previsto en el Art. 119 de la Ley de Compañías, los accionistas podrán participar telemáticamente, para lo cual con la debida antelación recibirán a su correo el link para su conexión a la reunión vía Zoom.
Por la atención dispensada a esta y su concurrencia a la reunión, reitero mis agra- decimientos.
Atentamente, ECUA AUTO S.A.
Ing. Marco Samaniego GERENTE GENERAL
Quito, 13 de julio de 2023
CONVOCATORIA
Se convoca a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía OPERADORA DE TRANSPORTE PUBLICO RUTA VIVA RUTVITRANSA S A, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha a efectuarse el día 25 de julio del 2023 a las 11:00 AM, en la sede social de la Compañía. Ubicada en la calle Álava y Rocafuerte. Con la finalidad de tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del quorum
2. Elección y nombramiento del gerente general
Nota: Convocatoria que se realiza bajo las prevenciones legales contempladas en el Art. 14 del Estatuto social, en concordancia con el Art. 237 de la Ley de Compañías, en tal razón, la Junta se instalará puntualmente a la hora y fecha señalada.
El uso de implementos de bioseguridad será obligatorio
Quito, 11 de julio del 2022
nera que la interpretación intercultural es necesaria como pilar fundamental a fin de generar el respeto al principio del debido proceso, ya que este debe ser efectuado respetando los parámetros constitucionales entre ellos el de la cultura y cosmovisión de cada uno de los pueblos. Con respecto a la interpretación intercultural, es necesario mencionar otro caso en el que a una mujer indígena, menor de edad, cuya elección como concejal de Bogotá había sido declarada nula por un tribunal, en aplicación del artículo 27 del Decreto 1421 de 1993, que exigía una edad mínima de 25 años para el cargo, siendo que para el pueblo arhuaco la edad no era criterio para que una mujer ejerza sus derechos políticos, sino la realización
de ciertos ritos vinculados al bautizo y a la menstruación; en donde la corte Constitucional de Colombia en sentencia T-778-05, determino que: el derecho a la identidad cultural en el ejercicio del derecho de representación no se encontraba circunscrito a un territorio determinado; no se vulneraba un derecho constitucional de mayor peso en el caso concreto, y que el requisito de edad contemplado en el artículo 27 vulneraba el goce efectivo del derecho a la identidad cultural.15 Como se ha podido evidenciar en estos dos ejemplos la trascendencia de la interpretación intercultural es sumamente importante ya que se evidencia presupuestos de interrelación dentro del sistema indígena como son:
Juicio No. 17371-2020-00903
UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, lunes 29 de mayo del 2023, a las 18h28
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL
Juicio Sumario No. 17371-2020-00903
Acción: PAGO POR DESPIDO INTEMPESTIVO
Actores: SILVIA CATALINA TOAPANTA MARTINEZ
Demandado: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE CFERNANDO VINICIO VILLAVICENCIO BERNAL
Cuantía: USD 2.750,37
Iniciado: 11 de marzo de 2020
Juez: Dr. Germán Venegas Carrasco
Secretaria: Ab. Anita Cecilia Peñaherrera Navas
UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 24 de mayo del 2023, a las 11h02. VISTOS.- Una vez que la actora, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de fecha 20 de abril del 2023, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 68.1 del Código Orgánico General de Procesos se dispone se NOTIFÍQUESE a los herederos desconocidos del causante señor FERNANDO VINICIO VILLAVICENCIO BERNAL, mediante una publicación por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad, para cuyo efecto se dispone que por Secretaría se confiriera el correspondiente extracto. La parte interesada en día y hora hábil podrá retirar de esta Unidad Judicial el referido extracto.- Notifíquese.- f).- VENEGAS CARRASCO GERMAN LEXANDER, JUEZ DE LA UNIDAD judicial DE TRABAJO. Lo que comunico a usted para los fines de ley.
JOSE ROMÁN ALBA TUQUERRES
PRESIDENTE
VIERNES 14 DE JULIO DE 2023 La Hora, ECUADOR C3
PEÑAHERRERA NAVAS ANITA CECILIA 001-003-3404
001-003-3400
001-003-3409
001-004-3322
001-004-3327
a) El conjunto de responsabilidades comunitarias que le corresponden a cada miembro de la comunidad;
b) La influencia de la cultura, reflejada en los cabildos o autoridades estatales que actúan con funciones indígenas;
c) No ejercen una actividad remunerada, ya que la comunidad suele colocar recursos para la celebración de los procesos de justicia indígena;16
En donde se debe puntualizar que la justicia indígena en el ámbito penal, constituye una conducta contraria a la disposición normativa de realizar una interpretación intercultural del Derecho.
Siendo un pleno ejemplo el caso de la cocha, mismo que hace referencia a la compleja relación entre la justicia indígena y la justicia estatal, en un caso cuyo objeto de juzgamiento fue un homicidio, en donde hubo juicio y resolución en la comunidad la cocha, y en la justicia ordinaria.
Evidenciándose que la alternativa a la cárcel como solución de conflictos sociales graves se la puede encontrar fuera del sistema estatal de administración de justicia, ya que la justicia indígena es parte de lo que se conoce como justicia restauradora, que es una forma de resolver los conflictos sociales, utilizando la
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro.
001000120000990009
Cliente SUNTAXI SUNTAXI GLADYS YOLANDA Cédula de Ciudadanía Nro. 1714782511 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
vergüenza como herramienta de prevención del delito.
Enfocándose en la vida de las personas y la comunidad, y considerando al victimario como miembro de la comunidad que necesita ayuda, a la víctima como un actor importante y a la comunidad como un espacio que debe recuperar la armonía, el conflicto es un problema que tiene que resolverse y una oportunidad para mejorar la vida personal y comunitaria.
Mientras que en el sistema de justicia ordinario lo único que se busca es aislarle reduciéndole a un hecho a ser investigado, que se centra en el pasado, en donde la víctima es objeto de prueba y cuya finalidad es sancionar y encerrar al responsable.17
2.- Principios Interculturales: Para Will Kymlicka, la formulación de derechos focalizados es el esfuerzo de las NNUU para codificar los derechos específicamente diseñados para los pueblos indígenas, en donde la subyugación de los pueblos indígenas por los colonizadores fue un proceso de naturaleza más brutal y perturbador que la incorporación de las minorías nacionales en sociedades vecinas, dejando a los pueblos indígenas más débiles y vulne-
Se anuncia la pérdida de una póliza de depósito a plazo fjo con número 10DPF000734866 de la Cooperativa de la Policía Nacional, a nombre de Manuel Amadeo Samaniego Guerrero, en caso de conocer de mencionado documento contactarse al WhatsApp +593 99 743 5085
CLUB DEPORTIVO BASICO BARRIAL
“LOS GATOS A.C”
Resolución Administrativa Nro: MD-CZ2-202-0192 del 6 de diciembre del 2022
Rumiñahui-Cotogchoa
Rumiñahui: 14 de julio del 2023
CONVOCATORIA
Se convoca a los socios del Club Deportivo Básico Barrial “LOS GATOS
A.C.”, a la asamblea general extraordinaria de Elecciones (periodo 20232027) que se realizará el día 29 de julio del 2023 a las 19h00; Lugar: Av. General Enríquez casa nro. 175, Barrio el Milagro de la Parroquia de Cotogchoa del Cantón Rumiñahui Provincia de Pichincha. Orden del Dia.
1. Constatación del Cuórum
2. Elección del Directorio Definitivo para el Periodo 2023-2027.
3. Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio.
Juicio No. 05331-2022-00729
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PUJILÍ, PROVINCIA DE COTOPAXI. Pujilí, lunes 26 de junio del 2023, a las 16h15.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON PUJILÍ, PROVINCIA DE COTOPAXI.
PROPUESTO POR: JAIME MARCELO VIZCAINO LEON; CAUSA No: 05331-2022-00729
TIPO DE PROCESO: VOLUNTARIO EN CONTRA DE: VIZCAINO LEON SEGUNDO JOSE, VIZCAINO LEON CARLOS AUGUSTO, VIZCAINO ZAMBRANO EDGAR RODRIGO, VIZCAINO ZAMBRANO JUAN ANIBAL, VIZCAINO LEON LUIS VICENTE, VIZCAINO ALBARRACIN LUIS ALCIDEZ VIZCAINO LEON MARIA SOLEDAD, VIZCAINO ALBARRACIN ANGEL SERAFIN, VIZCAINO ZAMBRANO GLORIA ELIZABETH, VIZCAINO ZAMBRANO ELVIA HORTENSIA, VIZCAINO ZAMBRANO OCTAVIO GERALDO, PROCURADOR SINDICO GAD MUNICIPAL DEL CANTON PUJILI, ALCALDE GAD MUNICIPAL DEL CANTON PUJILI.
PRETENSIONES: SE SIRVA APROBAR LA PARTICION DE BIENES SOLICITADA CONFORME EL INVENTARIO REALIZADO DENTRO DEL PROCESO VOLUNTARIO SIGNADO CON EL Nro. 05331-2020-00204 Y APROBADO MEDIANTE SENTENCIA DE FECHA 28 DE MARZO DE 2022.
CUANTÍA: USD. 202227.68
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PUJILÍ, PROVINCIA DE COTOPAXI. Pujili, jueves 17 de noviembre del 2022, a las 14h40. VISTOS: Incorpórese al proceso el escrito que antecede. En lo principal, se dispone: l.- La solicitud que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 332 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento Voluntario. 2.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146, inciso quinto del COGEP, inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del GAD Municipal del Cantón Pujilí. 3.- Se ordena la citación a los demandados: 3.1. SEGUNDO JOSE VIZCAINO LEÓN, en el lugar que la parte actora señala en su demanda mediante atento Deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Cantón Latacunga; 3.2. MARIA SOLEDAD VIZCAINO LEON, en el lugar que la parte actora señala en su demanda mediante atento Deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el Cantón La Maná; 3.3. JUAN ANIBAL VIZCAINO ZAMBRANO, GLORIA ELIZABETH VIZCAINO ZAMBRANO, ANGEL SERAFIN VIZCAINO ALBARRACIN y LUIS ALCIDEZ VIZCAINO ALBARRACIN en el lugar que la parte actora señala en su demanda, para el cumplimiento de esta diligencia envíese las copias de ley a la Oficina de Citaciones Judiciales de este Distrito, se acompañara la documentación constante en autos; y, 3.4. LUIS VICENTE VIZCAINO LEÓN y HEREDEROS presuntos y desconocidos de SEGUNDO RIDARDINO VIZCAINO SEGOVIA y CARMEN SUSANA LEON VIZCAINO de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 del COGEP, mediante publicaciones en uno de los diarios de circulación a nivel nacional. 4.- Cítese y/o notifíquese a los representantes legales del GAD Municipal del Cantón Pujilí, esto es, a los señores Alcalde y Procurador Síndico, quienes intervendrán en esta causa por disposición del Art. 472 y siguientes del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización COOTAD, por tratarse de una partición de un bien ubicado en el perímetro urbano de este Cantón Pujilí. 5.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. 6.- Tómese en cuenta la designación de la defensa técnica, y correos electrónicos señalados por la parte actora para recibir sus notificaciones. 7.Actúe en la presente causa la Ab. Silvana Calvopiña, Secretaria titular de este despacho. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PUJILÍ, PROVINCIA DE COTOPAXI Pujili, miércoles 21 de junio del 2023, a las 14h32. VISTOS: Amparado en lo dispuesto en el Art. 169 de la Constitución del Ecuador, que dice: “El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia... No se sacrificará la justicia por la sola omisión de solemnidades”, lo dispuesto en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, que dice: “Es facultad esencial de las juezas y jueces ejercer las atribuciones jurisdiccionales de acuerdo con la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes; por lo tanto deben: 8. Convalidar de oficio o a petición de parte los actos procesales verificados con observancia de formalidades no esenciales, si no han viciado al proceso de nulidad insanable ni han provocado indefensión”. Por un lapsus calami “error involuntario”, en el Auto del jueves 17 de noviembre del 2022, a las 14h40 se ha omitido ordenar citar a todos los demandados según el libelo inicial de la demanda, de oficio rectificando el error se dispone: “...3.5. Cítese a los demandados: OCTAVIO GERALDO VIZCAINO ZAMBRANO, en el lugar que se indica en la demanda atento Deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Complejo Norte del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, ELVIA HORTENCIA VIZCAINO ZAMBRANO, en el lugar que se indica en la demanda atento Deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Complejo Sur del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, EDGAR RODRIGO VIZCAINO ZAMBRANO, en el lugar que se indica en la demanda atento Deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Complejo Sur del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha; y, CARLOS AUGUSTO VIZCAINO LEÓN, en el lugar que se indica en la demanda atento Deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Complejo Norte del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha...”, en lo demás estese a lo dispuesto en el Auto de esa fecha, día y hora. Actúe la Ab. Paola Argüello, Secretaria RT de este despacho. Notifíquese.-F) HERNANDEZ ANDINO MILTON GUSTAVO. JUEZ. SIGUE CERTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN. F) LA SECRETARIA.- LO QUE COMUNICO PARA FINES DE LEY. CERTIFICO.Pujilí, 26 de Junio del 2023.- Certifico.
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001-003-3408
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001-003-3401
rables.18
En donde por ejemplo el derecho administrar justicia establecido en el artículo 171 de la Constitución de la República del Ecuador es muy claro cuando indica que los pueblos indígenas ejerzan funciones jurisdiccionales, ya que de manera taxativa indica que:
“Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.
El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de constitucionalidad. La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria.”19
Es por ello que la interculturalidad para Rocío Villanueva “en el ámbito jurídico demandaría, además, que la justicia propicie “el análisis de los delitos desde los contextos culturales en los que se cometen, alentando una consideración de las diferencias culturales y una conciliación en torno a ellas y reconociendo las maneras variadas contemporáneas de constituir y vivir en comunidad y colectividad”20
Ya que en materia jurídica sería que los sistemas jurídicos reconocieran un pluralismo jurídico, en donde el principio de plurinacionalidad sería concebido “como la sustancia fundamental en el ejercicio de la democracia incluyente, pero sobre todo como propuesta de vida diverso y en mayor armonía y cercanía con la Naturaleza; la plurinacionalidad, entonces, no puede dejar de ser leída junto con otras definiciones que tienen que ver con el territorio y con el manejo de las riquezas naturales […]” 21
Debiendo delimitar que según Carlos Poveda, es menester dejar señalando estándares de diferenciación que surge como aporte de varias sentencias de la Corte Constitucional de Colombia donde se delimitan:
1. “A mayor conservación de sus usos y costumbres mayor
autonomía;
2. Los derechos fundamentales constitucionales constituyen el mínimo obligatorio de convivencia para todos los particulares. Pero siempre se interpretará en sentido de no menoscabar la autonomía de los pueblos y nacionalidades indígenas a pretexto de precautelar la seguridad jurídica;
3. Las normas legales imperativas ( de orden público) de la República priman sobre los usos y costumbres de las comunidades indígenas, siempre y cuando protejan directamente un valor constitucional superior al principio de diversidad étnica y cultural;
4. Los usos y costumbres de una comunidad indígena priman sobre las normas legales y dispositivas. Debe prevalecer el criterio colectivo por encima del privatístico o particular; y,
5. Es necesario identificar mínimos jurídicos como la relata la Constitución Boliviana en un artículo independiente. Estos Límites serían: derecho a la vida, prohibición de la esclavitud, tortura y resto a un enjuiciamiento justo. De aquí inclusive partiría las posibilidades jurídicas para desarrollar la acción extraordinaria de protección de las decisiones de las comunidades indígenas.” 22
Por ello, la importancia de la legitimidad de la justicia podría resultar sumamente interesante ya que se propende un pleno reconocimiento cultural por parte del Estado lo que no supone la apelación al derecho penal para conseguirlo.23
En donde para Carlos Poveda las características de la jurisdicción indígena debe ser contextualizadas de la siguiente manera:
a) La jurisdicción indígena es un medio alternativo para la solución de conflictos;
b) Los indígenas resuelven litigios internos, que no pueden restringirse exclusivamente al territorio, sino que su alcance debe determinarse con criterios antropológicos;
c) Las autoridades de pueblos indígenas lo determinan las propias comunidades según sus reglas;
d) La competencia por materia no es determinada. 24
Dándonos a entender que el reconocimiento jurídico de la justicia indígena debe ser analizado a profundidad debido a su trasfondo histórico, enfatizando en que el pluralismo jurídico implica el respeto de los principios en el ejercicio de la jurisdicción, buscando generar una coordinación como mecanismo
para fomentar la interculturalidad.
Pero que además según Cruz Rueda: “La relevancia de los asuntos, ya sea que tengan que ver con la familia, con la tierra, con la organización social de la comunidad, o con el cumplimiento de obligaciones entre particulares o ante la colectividad, muestra aspectos sociales fundamentales y claves vinculados con la historia y la comunidad en relación con el grupo al que pertenecen […]” 25 Siendo necesario puntualizar cuales son los elementos de la justicia indígena, que se deben tomar en cuenta el momento de efectuar una interpretación intercultural:
a) Milenario: La justicia indígena es un sistema milenario, pues ha persistido por generaciones;
b) Colectiva: Debido a que su aplicación es impartida con la participación de las familias y los miembros de las nacionalidades y pueblos indígenas;
c) Sistema en permanente evolución: Se encuentra en constante proceso de avance y desarrollo, pues su ejercicio y aplicación debe ser adecuado con la realidad de las nacionalidades y pueblos indígenas;
d) Ágil, oportuno y dinámico: Porque busca solucionar el problema para la armonía de las nacionalidades y pueblos;
e) Justo: Ya que la colectividad de manera participativa e imparcial busca emitir la resolución adecuada.26
3.- Conclusión:
La interpretación intercultural engloba concepciones de cultura determinando el análisis del enraizamiento de los valores sociales a través de la promoción del respeto de la diversidad, en donde se la debe efectuar necesariamente a fin de poder lograr que la victima dentro de la cosmovisión indígena se sienta protegida por las autoridades comunitarias.
El reconocimiento jurídico de la justicia indígena debe ser analizado a profundidad debido a su trasfondo histórico, enfatizando en que el pluralismo jurídico implica el respeto de los principios en el ejercicio de la jurisdicción, buscando generar una coordinación como mecanismo para fomentar la interculturalidad necesaria para aplicar una justicia adecuada de acuerdo a la cosmovisión de cada uno de los pueblos y nacionalidades.
1.Abogado, conferencista y escritor. Correo: scor1719@hotmail.com
2.Boaventura de Sousa Santos, Justicia indígena, plurinacionalidad e interculturalidad en Ecuador: Cuando los excluidos tienen Derecho: justicia
indígena, plurinacionalidad e interculturalidad, 1a ed. Fundación Rosa Luxemburg/AbyaYala (QuitoEcuador: Boaventura de Sousa Santos y Agustín Grijalva, 2012)., p. 15.
3.Llasag Fernández, Raúl, Plurinacionalidad: una propuesta Constitucional Emancipadora, en Ávila Santamaría, Ramiro (editor), Neo constitucionalismo y Sociedad (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2008)., p. 337.
4.Manuel Atienza, «Dos Versiones del Constitucionalismo», DOXA, Cuadernos de Filosofía del Derecho, Universidad de Alicante., 7 de febrero de 2011, https://rua.ua.es/dspace/ bitstream/10045/32763/1/Doxa_34_04.pdf.; p. 82-83.
5.Rocío Villanueva Flores, «La interpretación intercultural en el Estado constitucional», Revista Derecho del Estado, Universidad Externado de Colombia, n.o núm. 34 (junio de 2015): 289-310.
6.Constitución de la República del Ecuador, ; Art. 83, numeral 10.
7.Ibíd., Art.1
8.Boaventura de Sousa Santos, Las paradojas de nuestro tiempo y la plurinacionalidad, en Plurinacionalidad: Democracia en la diversidad (Quito- Ecuador: Abya Yala, 2009)., p. 24.
9.Boaventura de Sousa Santos, Justicia indígena, plurinacionalidad e interculturalidad en Ecuador: Cuando los excluidos tienen Derecho: justicia indígena, plurinacionalidad e interculturalidad., P.19.
10.Ramiro Ávila Santamaría, Constitución del 2008 en el Contexto Andino, Análisis de la Doctrina y el Derecho Comparado, Serie Justicia y Derechos Humanos, vol. 3 (Quito- Ecuador: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, s. f.)., p. 35-36
11.Código Orgánico de la Función Judicial, 2009., Art. 24.
12.Raquel Fajardo Yrigoyen, El debate sobre el reconocimiento constitucional del derecho indígena en Guatemala, 1998.a ed., vol. LVIII, No. 1-2 (América Indígena, Instituto Indigenista Interamericano, s. f.)., p.1
13.Raúl Ilaquiche Licta y Lourdes Tibán, Jurisdicción indígena en la Constitución política del Ecuador (Quito- Ecuador: Fundación Hanns Seidel, 2008)., p. 44
14.Corte Constitucional de Colombia, sentencia T-349/96, fundamento 2.4.2.3.
15Corte Constitucional de Colombia, sentencia T-778-05, fundamento 7
16.Stavenhagen Rodolfo, Derecho Consuetudinario en América Latina, en Stavenhagen Rodolfo e Iturralde Diego, Entre la Ley y la Costumbre. El derecho consuetudinario indigena en America Latina (MEXICO: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1990).p. 40-43.
17.Ramiro Avila Santamaría, «La prisión como problema global y la justicia indigena como alternativa local. El caso La Cocha», s. f.
18.Will Kymlicka, Derecho de las minorías en filosofía política y el derecho internacional, editado por Carlos Espinosa Gallegos-Anda y Danilo Caicedo Tapia, Derechos ancestrales: Justicia en contextos plurinacionales (Quito: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2009).p. 18-19.
19.Constitución de la República del Ecuador., Art.
171
20.Rocío Villanueva Flores, «La interpretación intercultural en el Estado constitucional»., p.295.
21.Acosta Alberto, El Estado plurinacional puerta para una sociedad democrática”, en Plurinacionalidad: Democracia en la diversidad, Acosta Alberto y Martínez Esperanza (QuitoEcuador: Abya Yala, 2009).,p. 17
22.Carlos Poveda Moreno, Reflexiones básicas e ideas iniciales sobre el Proyecto de Ley Coordinación y Cooperación entre los Sistemas Jurídico Ordinario e Indígena, Justicia y Derechos Humanos (Quito, Ecuador: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2009).,p. 491
23.Cristina Sánchez Muñoz. “Negociaciones culturales y género: hacia un feminismo transnacional”. En: A. Ruiz Miguel. (editor), Entre estado y cosmopolis. Derecho y justicia en un mundo global, p. 300-301.
24.Poveda Carlos, Jurisdicción Indígena, en Reconocimiento de Derechos, exigibilidad de Obligaciones (Quito, Ecuador: Revista Foro No. 8 UASB, Corporación Editora Nacional, 2007)., p. 181.
25.Cruz Rueda Elisa, Principios Generales del Derecho Indígena, en Hacia sistemas jurídicos plurales; Konrad Adenauer Stiftung (Bogota, 2008)., p. 37.
26.Rosa Cecilia Baltazar Yucailla, La Justicia Indigena en el Ecuador, Carlos Espinosa Gallegos Anda y Danilo Caicedo Tapia en Derechos Ancestrales Justicia en Contextos Plurinacionales (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2009).p. 454-455.
VIERNES 14 DE JULIO DE 2023 La Hora, ECUADOR C5
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