RESERVA GALERA SAN FRANCISCO FUE MONITOREADA
Esta inmersión al fondo rocoso es también parte del monitoreo submarino a especies bioacuáticas, extrayéndose restos de mallas de pesca artesanal y anclas de acero y hierro, sumándose un número considerable de desechos.
Playa Paufí, un paraíso natural en Esmeraldas 10
Fuerzas Armadas presentó armas, municiones y explosivos incautados
MARTES 05 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Esmeraldaslahora @ Esmeraldaslahora
Esmeraldas
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POLICIAL TURISMO
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ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ aquereje@gmail.com
Basta de tantos ‘cuentos de camino’
Elpopulismo tiene una gran responsabilidad en la de aquellos que dicen, en el ambiente electoral vigente y sobre la base de culpar al Gobierno, que lo enfrentarán y eliminarán en un plazo relativamente corto.
Se aprovechan del miedo que agobia a la población y plantan cara de líderes con la ‘fórmula mágica’ para desterrar los carros bomba, el horror cotidiano de homicidios, secuestros, extorsiones y desapariciones, los motines carcelarios, el narcotráfico ascendente y controlador, entre otros fenómenos reflejo de una crisis moral sin fondo. Un fenómeno conectado, como por un ‘cordón umbilical’, con la corrupción.
Se requiere de un gran pragmatismo para la construcción de una nueva política dirigida a paliar las causas profundas de esta gran tragedia. La demagogia y la ignorancia nos han conducido a este abismo. Nada ni nadie está por encima o al margen de la Ley y la Constitución.
Conocemos los problemas que nos acorralan. Estamos hartos de los poderosos que dicen trabajar ‘por el bien del pueblo’ y en verdad siempre lo hacen por el suyo propio.
Todo tiene que ver con el dinero y cómo conseguirlo Todo esto hay que ponerlo sobre la mesa de la política, en un imprescindible e inaplazable ejercicio de transparencia.
El valor cívico y democrático de un pueblo que vota queda en riesgo cuando al populismo no le importa deliberar ni convencer, sino someter. Por difícil que parezca, siempre hay una salida viable. Ya padecimos el mesianismo, el caudillismo, el autoritarismo y el liderazgo carismático. Hay que ponerles freno de una vez.
Los fracasos, errores y aciertos colectivos, las duras lecciones que nos deja la historia, obligan a dejar de creer ‘cuentos de camino”. No es este el tiempo de seguir a los que siguen enarbolando utopías fracasadas una y otra vez en el país y en el continente. La fortaleza de la democracia radica en la transparencia, la claridad y la verdad, todas ellas enemigas del populismo.
ANA CHANGUÍN VÉLEZ @achanguin
Estado de Derecho en pausa
Cuandoel Presidente de la República, apoyándose en el artículo 148 de la Constitución, disolvió la Asamblea Nacional y convocó a elecciones generales anticipadas, la atmósfera de urgencia era inne-
EDITORIAL
Otra iniciativa temeraria
ElEstado diseñado en 2008 amenaza con devorarse a sí mismo. La acción de protección concedida por un juez de Montecristi exige al Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs) conformar una veeduría ciudadana para “evaluar la designación” de la actual Corte Constitucional. Busca cambiar las decisiones del Consejo Transitorio —aprobado tras consulta popular—, cuyas acciones, ya lo dijo la propia Corte Constitucional, son irreversibles.
Hoy preocupados, los críticos de este nuevo arranche del Poder Judicial le reprocharon en su momento a un Guillermo Lasso que, en aras de jugar bajo las reglas constitucionales, se rehusó a meter la mano en la Justicia. No lo hizo, pero sus opositores lo volvieron a hacer.
Por un lado y, de nuevo, los organismos de control están sujetos a un
Consejo de Participación hambriento de protagonismo y fervientemente alineado; tras la ‘muerte cruzada’, terminó convertido en la última y más importante cabeza de playa de todos los grupos políticos en contienda, menos del Gobierno saliente. Por el otro, se encuentra una Corte Constitucional que se esfuerza por tutelar el funcionamiento del Estado, y cuyo ‘jaque’ actual -en manos de una acción de protección- pudo haber evitado al igual que lo hizo con el mentado habeas corpus ; y la interminable pugna protagonizada por el Consejo de la Judicatura.
Al igual que otras áreas del Estado, la Justicia tuvo un breve respiro durante el cual sus actores se acomodaron. Tuvo la oportunidad de renovarse y fortalecerse, quizá entonces hubiese podido resistir la arremetida que -lento pero seguro- avanza para someterla.
Educación y derechos
Seha iniciado el año escolar para Sierra y Amazonía con más de 1.8 millones de niños y adolescentes, pero se sostiene que
195.188 niños y adolescentes de entre 5 y 17 años han dejado de asistir a las escuelas, según un informe del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) que, también señala que el 34,17% de estudiantes que abandona las aulas son adolescentes de entre 16 y 17 años.
Los menores de edad han dejado de lado su formación académica, para dedicarse a trabajar y ayudar con los gastos del hogar. Esto es consecuencia de la pobreza y abandono que sufre el pueblo. Actualmente, 150 mil adolescentes trabajan en Ecuador, según el INEC.
Se debe recordar que la educación es un derecho fundamental y que sin educación no hay desarrollo sostenible, ni solidaridad y vivencia dentro de la ética individual y moral social. Si el Estado y sus gobiernos se preocuparan, verdaderamente, por el desarrollo continuo y sostenible del país, los procesos educacionales en todos los niveles, serían de fundamental y vital importancia y, por tanto, de privilegiada atención porque permite alcanzar la justicia social, la vivencia en armonía y el desarrollo personal y colectivo.
La educación posibilita la forja de la igualdad entre hombres y mujeres, para que se conviertan en sujetos de derechos fundamentales e irrenunciables que deben ser estudiados desde los primeros grados hasta los más altos niveles de la educación. Una persona que conoce sus derechos los exige y no los renuncia jamás.
Niños y adolescentes que concurren a centros educacionales deberían aprender el valor de los derechos y su práctica. Desde la infancia se debe vivir con derechos y aprender a exigir su respeto. Los derechos permiten la vivencia en igualdad, libertad y justicia social.
gable. Debía organizar, en tiempo récord, la elección no solo de un nuevo binomio presidencial sino también de 137 asambleístas. En un proceso sin precedentes, la convocatoria electoral se llevó a cabo en menos de una semana, estableciendo la fecha para las elecciones en menos de 90 días. Este ritmo acelerado permeó todo el proceso: las primarias, el registro de alianzas, la inscripción de candidaturas e incluso la campaña electoral, se comprimieron en plazos de quince días.
La velocidad no era caprichosa. Autoridades, organizaciones políticas y ciudadanía entendíamos que era necesario reconstituir un pilar fundamental del Estado que había quedado en el vacío. Todo porque en Ecuador, el Estado de Derecho estaba en pausa.
La Ley Orgánica de la Función Legislativa y el Código de la Democracia determinan que cuando se realizan elecciones anticipadas bajo el artículo 148 de la Constitución, las autoridades electas deben tomar posesión quince días después de que se
proclamen los resultados
Sin embargo, diecisiete días después de la primera vuelta electoral del 20 de agosto, solo hemos presenciado la proclamación de resultados de los binomios presidenciales y de la consulta popular. Pero, ¿y los asambleístas? El silencio reina.
Esta decisión de repetir comicios menoscaba la esencia republicana del país. La división de poderes está en juego. No podemos normalizar que hoy el Presidente de la República emita leyes sin un proceso de delibera-
ción, o que no exista fiscalización a las acciones de ministros y demás autoridades.
Más allá de las legítimas preocupaciones de las organizaciones políticas sobre posibles alteraciones en los resultados con la repetición de elecciones, es crucial desde una óptica institucional, enfatizar la necesidad de restaurar el Parlamento. Solo a través de un sistema robusto de ‘checks and balances’ podemos aspirar a una supervisión gubernamental óptima y prevenir desbalances de poder.
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XLI No. 11826 Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023
RODRIGO SANTILLÁN PERALBO rodsantillanp@gmail.com
Construye irrumpe con el reto de transformar el Parlamento
El movimiento que apoyó a Fernando Villavicencio llega a la Asamblea para mantener su legado, pero con la necesidad de concretar alianzas.
Cohesión ideológica
° Para el abogado y académico, Pablo Guerrero Martínez, la irrupción de Construye como una fuerza clave en el Parlamento es una respuesta al asesinato de Villavicencio.
“Este es un voto que expresa la vertebración de la antítesis correísta, no desde el enfoque ideológico político, sino como una reacción a la corrupción como un hecho inmediato, pero no en una ideología política”. Desde su punto de vista, la bancada está conformada por personas y profesionales de “primera de Buena Gente”, pero apuntó que aún no se tiene claro los valores “ideológicos y políticos” que los mueve y cohesiona.
Cuando se instale la Asamblea Nacional, el movimiento Construye lista 25 asumirá alrededor de 30 curules, aunque todavía se mantienen los reclamos e impugnaciones por la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de repetir las elecciones en el exterior, solo para los diputados nacionales y las circunscripciones en el exterior.
A
escala nacional, Construye fue la segunda fuerza más votada al Parlamento, solo superada por la Revolución Ciudadana, que sumó el 39,72% de los votos válidos, es decir, 3’326.110 votos Construye, en su
primera incursión a las elecciones parlamentarias, recibió el respaldo de 1’707.682, para el 20,39% de los votos válidos. Así,
de no tener representación en el Parlamento se convierte en la segunda bancada con más fuerza en la instancia, un actor clave para lograr la tan anhelada gobernabilidad.
A pesar de los intentos por separar a la bancada, registrados luego de conocerse los resultados de la elección,
hasta el momento, los asambleístas electos por este movimiento han mostrado cohesión y unidad en sus declaraciones.
Patricio Carrillo, Ana Galarza y
Jorge Peñafel Cedeño,
han conversado con LA HORA en diferentes opor -
han manifestado con solidez su opción por preservar y respetar el legado de Fernando Villavicencio, así como su compromiso a no permitir el regreso de la impunidad al país.
tunidades y
Ejes de acción
Dentro de los liderazgos que comienzan a tomar forma en la bancada de Construye, el asambleísta Patricio Carrillo se ha convertido en una de las voces claves para entender y conocer los objetivos que impulsará la organización desde el Parlamento.
Durante la jornada de ayer, los parlamentarios desarrollaron un encuentro en el que
fjaron metas y su propuesta legislativa para el año y medio de gestión que tendrán por delante. Los puntos coinciden con la propuesta electoral del asesinado candidato a la Presidencia de la República, Fernando Villavicencio, que estará integrada por tres cuerpos legales en materia seguridad: Ley de Extinción de Dominio, Ley de Inteligencia, y Ley de Uso de la Fuerza para combatir a la delincuencia .
jan a los ecuatorianos, sin dejar de lado los lineamientos y el legado de Villavicencio
“
Creemos en la democracia y sabemos que la forma de resolver las diferencias civilizadamente es a través del diálogo”, comentó a LA HORA.
El parlamentario electo también ha dejado claro que no permitirán que avance la agenda de quienes buscan la “impunidad”.
Señaló que se opondrán “a provocar esa agenda de impunidad que es a lo único que se enfoca una bancada política”.
El asambleísta electo ha coincidido con el llamado de algunos sectores del país, que esperan la resignificación de la Asamblea Nacional.
de la muerte de Fernando Villavicencio. El correísmo perdió cualquier cantidad de votos a partir de la muerte de Fernando Villavicencio porque el pueblo identifcó en ese movimiento a quienes durante más de diez años lo persiguieron”.
Por su parte, Jorge Peñafiel Cedeño, manifestó que dentro de sus acciones para poner fin a la impunidad promoverán la creación de una Comisión Especial que haga seguimiento a las investigaciones sobre el caso de Fernando Villavicencio.
“
Para que exista claridad en esa investigación y verdad, el primero de los elementos más importantes de nuestro trabajo legislativo”, precisó. (ILS)
“Más allá de la cantidad, debe tener la calidad de un discurso político, porque de una u otra manera, la gente del espectro anticorreísta, voto animada por la figura de Fernando Villavicencio”, apuntó.
El académico destacó que es necesario que surjan dentro de la organización y dentro del Parlamento figuras que den ese lineamiento filosófico y político, para enfrentar el desafío de “resignificarse”. Destacó que a su juicio, uno de los lineamientos que podrían permitir la resignificación de la organización y que podría permitirle articular acciones con el movimiento de Daniel Noboa, sería la posibilidad de proponer una transformación de la Constitución para recuperar los principios democráticos del Ecuador.
“Buscaremos
que la Asamblea sea resignifcada, eso es fundamental para la democracia”.
Propuestas pendientes
LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL SAN ANTONIO ALÁQUEZ
RESOLUCION Nro. MD-OTZ3-2023-PJ-081
Fundado 10 de febrero 2023
Aláquez 05 de septiembre del 2023 CONVOCATORIA
La LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL “SAN ANTONIO ALÁQUEZ” de Aláquez; convoca a la asamblea general de elección; de acuerdo a los artículos 14/numeral (3),15,16,17 y 18 del REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL DEPORTE, EDUCACION FISICA Y RECREACION y de acuerdo al ESTATUTO DE LA INSTITUCION basado en el Capítulo 1 Artículos 21,22,23,24 y 25 la misma que se llevará a cabo el día viernes 22 de septiembre del 2023 a partir de las 19:00:00 presencial en la sede en la calle García Moreno, en el barrio centro, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Constatación de Quórum
2.Instalación de la asamblea general de elección a cargo del presidente (Provisional) de LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL “SAN ANTONIO ALÁQUEZ Sr Edgar Patricio Toapanta.
Carrillo
ha manifestado en diversas ocasiones que la organización espera alcanzar los acuerdos necesarios para avanzar en la solución de los problemas que aque -
En una entrevista concedida a LA HORA, la asambleísta Ana Galarza, manifestó que debe adelantarse una propuesta de transformación a la Constitución “ No es un favor al proponente, es una obligación con el país”, dijo en su oportunidad.
Galarza destacó que en la actualidad en el país “hoy más que nunca, hay más polarización. Incluso des-
3. Elección del directorio para el periodo 2023-2027 (Presiente, vicepresidente, Tres Vocales Principales u sus respectivos suplentes).
4. Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio
POLÍTICA 03 ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023 I
BANCADA. Asambleístas electos revisaron los próximos pasos y su propuesta de agenda legislativa. Foto: Construye.
TOAPANTA TOCA EDGAR PATRICIO ROBLEZ SALINAS VICENTE JORGE PRESIDENTE/A PROVICIONAL SECRETARIO/A PROVICIONAL 0502622145 1709610743
11 causas de la hinchazón estomacal
Normalmente, la sensación de incomodidad por tener el vientre hinchado o la sensación de que viene del exceso de aire atrapado en el tracto digestivo. Sea cual sea la hinchazón que sientas, una cosa es segura: te causa mucha incomodidad.
Y aunque rara vez indica algo serio y casi siempre desaparece después de algún tiempo (tienes que moverte un poco, beber agua o simplemente esperar), puede hacerte sentir letárgico, torpe y hacerte pensar que nunca podrás ponerte tu ropa con comodidad.
Aquí hay algunas posibles razones para evitar si quieres tener un vientre más plano:
Comes demasiado rápido El ritmo de la vida está acelerado, pero si este mismo ritmo aplicas a tus comidas, ten cuidado: a pesar de la comida, también estás tragando el aire, que produce gas e hincha tu vientre. Además, cuando comes con prisa, no masticas bien, y eso lleva a que los trozos de comida van directo a tu estómago, y vas a pasar tiempo esperando, que sean completamente digeridos. Otro peligro de comer a alta velocidad: pierdes la noción de cuánto estás consumiendo, y puedes sobrellenarte con facilidad y sin darte cuenta. En lugar de comer como sea, dedica al menos 20 minutos a una comida más lenta. Ese es el tiempo que tarda tu cerebro en registrar la plenitud, lo que indica que es la hora de bajar el tenedor para no exagerar.
Tomas muchas colas o gaseosas Las mismas pequeñas burbujas que dan colitas y agua con gas, también hacen que tu estómago se hinche. El refresco dietético es un hinchado del vientre aún peor, ya que los edulcorantes artificiales a veces empeoran el
problema. ¿Para nada puedes vivir sin tu cola? Okay, al menos reduzca la cantidad de gas, dejándola abierta durante unas horas antes de tomarla, o vertiendo la bebida en una taza con cubitos de hielo/ mezclando con la cuchara
Amor por el pan
El pan se clasificó como la fuente número uno de sodio en la dieta típica occidental, y la carne tipo jamón, peor acompañada con queso, es la número dos, de acuerdo con las últimas investigaciones estadounidenses. Así que es mejor cambiar su hábito de sándwich a otros alimentos o renunciar el pan y envolver lo que pones adentro (no se la palabra) en un trozo crujiente de lechuga o una tortilla fina. Si no te pasa lo siguiente.
Consumes tus lechugas/repollos crudas
Repleto de vitaminas esenciales, la col o la lechuga tienen una merecida reputación como unas cosas saludables y muy de moda. La cosa es que estas verdura crucíferas contienen tanta fibra difícil de descomponer y un azúcar indigerible llamado rafinosa, que consumirla cruda puede traer gases e hinchazón. Nótese, que otras verduras crucíferas, como el brócoli, coliflor, etc. tienen el mismo efecto. Dicen algunos médicos, es suficiente meter tu verdura por 5 segundos al agua hirviendo, así la cocinas un poco y matas las bacterias allí, y todavía obtienes los nutrientes. Cocinar ayuda a suavizar la fibra y reducir el volumen, por lo que no ocupa
las típicas comidas del pueblo, son una fuente increíble de proteína vegetal de alta calidad. Desafortunadamente, los carbohidratos en los frijoles tienden a ser indigeribles, y eso es lo que les da su reputación que te hinchan la barriga. Sería un delito nutricional sacarlos de tu dieta por completo, pero mira tu reacción ten lo dicho en cuenta.
Masticas chicles
tanto espacio en el intestino.
Comes muchos alimentos empaquetados Una vez más, el culpable aquí es el sodio, que se utiliza como conservante para casi todo. Es obvio, que las galletas saladas y las papas fritas son unas bombas de sodio, pero incluso los artículos de aspecto saludable como las sopas, las salsas listas para ensaladas, los cereales y la salsa de tomate pueden tener cantidades increíblemente altas de sodio que te llevan fácilmente a superar el límite diario recomendado. Así que trate de reducir las cosas procesadas y llenar su plato con frutas, granos y verduras frescas, naturalmente bajas en sodio o sin sodio.
Eliges productos dietéticos o bajos en calorías Bueno, aquí es discutible. Hay la opinión común, que los edulcorantes no calóricos, como el aspartamo, sacarina o la sucralosa, que se añaden a todo, desde las bebidas dietéticas, hasta los chicles sin azúcar y los dulces, hacen hinchazón. Actualmente, las últimas investigaciones prueban que no, y se puede usar libremente para reducir el consumo del azúcar. Puede ser que sea individual. Y si las calorías bajas o nulas tienen un costo para ti, hay que reducirlas en tu dieta.
Fan de los frijoles
Los frijoles y las menestras,
El chicle y los caramelos duros mantienen la boca ocupada, lo que puede ayudarte a perder peso o a dejar de fumar. Pero también te hacen tragar inadvertidamente mucho exceso de aire. La alternativa es tomar frecuentemente un poco de agua /mejor algo caliente, tenla en termo todo el día/, eso también mantendrá tu boca ocupada. También hay una ventaja en el H2O: el agua ayuda a mantener su tracto gastrointestinal en movimiento, y eso se deshace del exceso de aire y el agua que hincha su sistema digestivo.
Cenas demasiado tarde Si vas a dormir con la comida en el estómago, muy probablemente te vas a despertar hinchado por la mañana. No siempre es fácil cambiar tus horarios, pero intenta cenar al menos de tres a cuatro horas antes de acostarte. Intenta ser un poco activo después de tu cena o merienda. Si no hay más opción que comer justo antes de acostarse, que sea algo pequeño, como un trozo de fruta o yogur.
Ignoras los síntomas de la alergia alimentaria
A pesar de toda la manía por la comida sin lactosa o sin gluten, a la mayoría de nosotros no nos afecta. Aún así, algunas alergias y sensibilidades son una razón para la inflamación del vientre. Las personas con alergia al trigo que no pueden digerir el gluten a menudo se enfrentan a problemas digestivos e hinchazón (celiaquía, para nada común de verdad), y si eres intolerante a la lactosa, también pasas mucha incomodidad después de consumir los lácteos. Si con frecuencia te sientes hinchado, y ninguno de estos factores parece ser la causa, consulta con tu médico.
Dra Tatyana Starchenko
SALUD 04 I ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023
WordPress presenta plan de “Legado Digital”: contrato a 100 Años
El 43% de internet usa el popular gestor de contenido Wordpress el mismo que ha presentado un revolucionario plan de servicios con una duración de un siglo. ¿Es viable?
WordPress, la plataforma de publicación en línea más popular del mundo, celebra su vigésimo aniversario este año. Con dos décadas de experiencia, esta compañía parece estar en camino de perdurar por al menos otros 100 años. Su propuesta revolucionaria promete a los usuarios la preservación de su patrimonio digital durante todo un siglo.
Preservando el Patrimonio
Familiar
WordPress ha diseñado esta oferta única pensando en las familias que desean conservar su historia digital, incluyendo fotos, videos y documentos de archivo, para las generaciones venideras. La compañía ofrece una garantía de preservación centenaria para los dominios familiares, asegurando que la información vital se mantenga intacta.
Infraestructura de Respaldo
Para brindar una mayor seguridad y confianza a los usuarios, WordPress ha implementado un sistema de respaldo sólido y altamente confiable. La información de los usuarios se respalda en múltiples centros de procesamiento de datos, lo que garantiza una copia de seguridad segura y distribuida. Además, si la información se encuentra en acceso público, WordPress puede almacenarla en un archivo en línea, bloqueando el acceso a solicitud del cliente.
“Nuestra prioridad es brindar a las familias la tranquilidad de que su legado digital estará protegido durante los próximos 100 años. Nuestro sistema de respaldo y nuestra experiencia en la industria nos permiten ofrecer esta garantía única en el mercado”, afirma el equipo de WordPress.
Plan de Pago Flexible WordPress ofrece opciones de pago fle xibles para adaptarse a las necesidades individuales de los usuarios. Los clientes pueden optar por pagar una tarifa única de $38,000 por el servicio completo de 100 años, o dividir esta suma en pagos más pequeños. Estas opciones incluyen $380 por año o $31.66 por mes, lo que permite un acceso asequible y conveniente para una amplia gama de usuarios.
Desafíos Futuros
Aunque la oferta de WordPress suena tentadora, algunos usuarios pueden tener dudas sobre la viabilidad a largo plazo de este servicio. Después de todo, en 100 años, la vida y la tecnología habrán experimentado cambios significativos, incluyendo Internet en sí. Además, siempre existe la posibilidad de que WordPress desaparezca en el transcurso de un siglo. Estas incertidum-
bres plantean preguntas legítimas sobre la garantía real que se ofrece.
La Evolución de la Vida Digital
Es difícil predecir cómo será la vida digital en el futuro, pero es posible que los cambios sean profundos. La tecnología avanza a un ritmo vertiginoso y es probable que el Internet experimente transformaciones significativas en las próximas décadas. Es importante considerar estas posibilidades al evaluar la oferta de WordPress y decidir si es la opción adecuada para preservar tu patrimonio digital.
Alternativas a WordPress
Si bien WordPress es una plataforma líder en la actualidad, es importante tener en cuenta que existen otras opciones disponibles para preservar tu patrimonio digital. Investigar y comparar diferentes servicios y plataformas puede ayudarte a tomar una decisión
más informada y encontrar la solución que mejor se adapte a tus necesidades y expectativas.
Conclusiones
La garantía de WordPress para preservar tu patrimonio digital por 100 años ofrece una propuesta única en el mercado. Al dirigirse a las familias que desean asegurar su historia digital para las generaciones futuras, WordPress brinda tranquilidad al respaldar la información en múltiples centros de procesamiento de datos y ofrecer opciones de pago flexibles. Sin embargo, es importante considerar los desafíos y las incertidumbres relacionadas con el futuro de la tecnología y la vida digital antes de comprometerse con esta oferta. Explorar alternativas y tomar una decisión informada es clave para garantizar la preservación duradera de tu patrimonio digital.(JNG)
TECNOLOGÍA 05 ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023 I
Buzos extrajeron redes y cabos de fondo marino
Con la ayuda de buzos extranjeros se procedió a realizar una limpieza del fondo marino de la reserva ecológica en Galera.
La reserva Marina Galera San Francisco, ubicada en el norte del cantón Muisne, fue el lugar del encuentro para que el equipo de la reserva antes mencionado.
Con el apoyo de Conservación Internacional, realizaron una limpieza del fondo marino, jornada que fue liderada por guardaparques del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.
Monitoreo de especies
Esta inmersión al fondo ro-
coso es también parte del monitoreo submarino a especies bioacuáticas, extrayéndose restos de mallas de pesca artesanal y anclas de acero y hierro, sumándose un número considerable de desechos.
Concienciar a la población
El propósito de esta jornada, es concienciar a toda la población de ser responsables del cuidado del ecosistema, indicando
que no se debe acabar con la biodiversidad marina que ofrecen los océanos.
Basura en el mar Cabe indicar que toda la basura que se arroja en lagunas, ríos, o mares, llega a los océanos convirtiéndose en basura marina, llegando a confundir a las especies quienes la consumen como alimento, lo que en muchas ocasiones les provoca la muerte.
(JCH/LVS)
Concierto musical suspendido en borbón
El evento musical que se tenía previsto por las festividades de la parroquia se suspendieron y el dinero que se invertiría en ese concierto se utilizará para beneficio de los habitantes de Borbón en el tema de agua potable.
Opiniones diversas tienen los habitantes de la parroquia Borbón en torno a la decisión de las autoridades locales en suspender el concierto musical del 12 de septiembre por los 85 aniversarios.
En redes sociales hay quienes consideran que la iniciativa es correcta tomando en cuenta la decisión del gobierno parroquial en utilizar el dinero del concierto para repotenciar el sistema de agua potable qué actualmente no está en óptimas condiciones.
Opiniones diversas
Otros opinan que debió realizarse el concierto ya qué a través de ello se reactiva el comercio y mejora la econo-
mía para varias familias, hay quienes invierten esperando ganancias la noche del concierto, algunos idealizaban vender algún tipo de productos o alimentos que les genere ingresos económicos.
No habrá concierto
Pero no habrá concierto pues la disposición se tomó en base al estado de excepción dispuesta por el gobierno nacional por la inseguridad y sobre todo el crimen de
un candidato presidencial.
Que se cumpla lo prometido. Los ciudadanos en su mayoría esperan que tanto el Municipio de Eloy Alfaro y el Gad Parroquial si no realizan el concierto, cumplan invirtiendo el recurso ahorrado en
la repotenciación del sistema de agua potable.
Tal como lo están prometiendo y que con esa inversión que se realizará, ayude a mejorar la distribución del líquido vital a todos los pobladores de la parroquia Borbón (OCV/LV).
CANTONES 06 I ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023
LIMPIEZA. El fondo de la reserva Marina Galera San Francisco, ubicada en el norte del cantón Muisne, fue limpiado de redes de pesca y cabos.
Fuerzas Armadas presentó armas, municiones y explosivos incautados
Las Fuerzas Armadas realizaron una exhibición de las armas incautadas en la provincia de Esmeraldas.
Las Fuerzas Armadas viene realizando constantes operativas en los que se han incautado armas, municiones, explosivos, esto en un periodo de 4 meses aproximadamente.
En las instalaciones del Batallón de Infantería Motorizado No13 ESMERALDAS, con la presencia de personal militar de la Fuerza de Tarea Conjunta “ESMERALDAS” y de Control
de Armas Esmeraldas, realizó dicha presentación. Se otorgó una rueda de prensa a los medios de comunicación en el que se comunicó que las armas y demás productos bélicos
es solo una parte de todo lo incautado durante este año.
La Fuerza de Tarea Conjunta Esmeraldas ha incautado 340 armas letales y más de 15.000municiones desde el 3 de junio de 2022.
Así mismo argumentaron su compromiso para con la ciudadanía esmeraldeña para precautelar la seguridad y el bienestar de los habitantes de la provincia.
POLICIAL 07 ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023 I
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETNTE CON SEDE EN EL CANTÓN SAN LORENZO, PROVINCIA DE ESMERALDAS.
JUICIO NO. 08256-202300241
MATERIA: FAMILIA, MUJER, NUÑEZ Y ADOLESCENCIA
TIPO PROCEDIMIENTO: SUMARIO
ASUNTO: TENENCIA
ACTOR: CASTILLO REASCO CÑAUDIA CECIBEL
DEMANDADOS: BENIGNO BENIS CASTILLO PAREDES, Y PRESUNTOS HEREDEROS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR DIEGO RAFAEL CASTILLO REASCO
JUEZ: AB. ROGER PAÚL CABRERA NAZARENO
OBJETO DE LA DEMANDA.- La señora CASTIILO REASCO CLAUDIA CECIBEL, comparece a esta Unidad Judicial Multicompetente, y presenta
demanda de TENENCIA, en contra de BENIGNO BENIS CASTILLO PAREDES, Y PRESUNTOS HEREDEROS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR DIEGO RAFAEL CASTILLO REASCO. La presente acción la fundamenta de conformidad con lo previsto en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).- San Lorenzo, martes 27 de junio del 2023, a las 17h02. VISTOS: Abg. Roger Paul Cabrera Nazareno, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón San Lorenzo, Provincia de Esmeraldas, designado mediante Acción de Personal Nro. 0599-DP08-2023MV, de fecha 14 de Marzo del 2023, y encargado del despacho del Dr. Jaime Manuel Salazar Cevallos, mediante Acción de Personal N° 1572- DP08-2023MV, de fecha 19 de Junio del 2023. PRIMERO.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la señora Claudia Cecibel Castillo Reasco, recibido en esta Unidad Judicial con fecha 21 de Junio del 2023 a las 13h46. De conformidad con lo establecido en el Art. 244 y 245 del Código Orgánico de la Función
Judicial, el suscrito Juez avoca conocimiento y competencia de la presente causa, demanda de Tenencia Nro.08256-202300241 presentada por la señora CASTILLO REASCO CLAUDIA CECIBEL, en contra de BENIGNO BENIS CASTILLO PAREDES. La demanda que antecede, se la califca como clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califca la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario conforme a los Arts. 332 y 333 del COGEP. SEGUNDO.- Se ordena citar a la parte demandada BENIGNO BENIS CASTILLO PAREDES, en el lugar que tiene indicado la actora en su escrito de demanda y anexos para lo cual, remítase las boletas de estilo al señor citador de esta Unidad Judicial Multicompetente para los fnes de ley. Una vez citado legalmente el demandado, tiene el término legal de 15 (QUINCE DÍAS) para que de contestación a la demanda instaurada en su contra, anuncie pruebas y proponga excepciones a la pretensión de la actora en ésta
causa, tal como lo preceptúa el artículo 151 del Código Orgánico General de Procesos. Téngase en cuenta el anuncio de las pruebas que ha realizado la actora en su demanda, las mismas que serán practicadas en audiencia y sometidas al derecho de contradicción, siempre y cuando cumplan con los requisitos de pertinencia, utilidad y conducencia previstos en el art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. Téngase en cuenta la insinuación del nombre de la señora KAREN MARIANELA CASTILLO REASCO, para que sea nombrada Curadora Ad-Liten, para lo cual deberá comparecer la insinuada y los dos parientes anunciados de la menor, a la audiencia única, para que se pronuncien sobre la idoneidad de la persona insinuada y sea nombrada, posesionada y ocupe el cargo de Curadora Ad-Liten. Agréguese al expediente los documentos adjuntos al libelo de demanda. TERCERO.- A los herederos presuntos y desconocidos, del fallecido señor DIEGO RAFAEL CASTILLO REASCO, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 2 del Código
Orgánico General de Procesos, se los citará en tres fechas distintas, por medio de uno de los periódicos de amplia circulación de la provincia, conforme la norma antes invocada. Téngase en cuenta la designación y autorización que hace la actora a su defensor particular Abg. Darwin Quintero Lastra, quien recibirá notifcaciones en la casilla judicial N° 17 y en el correo electrónico que tiene señalado para el efecto en su demanda. NOTIFÍQUESE.- FDO.) Abg. Roger Paul Cabrera Nazareno. JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SAN LORENZO.
Particular que solicito para los fnes de ley.
Atentamente, Ab. Vanessa Sugey Martinez Vega
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON SAN LORENZO, PROVINCIA DE ESMERALDAS.
JUDICIALES 08 P ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023 JUDICIALES 0994 070 418 anúnciate al: BIENES RAÍCES COMPRA/VENDE/ARRIENDA terrenos, casas, departamentos, oficinas, fincas, galpones, etc. COMPRA/VENDE/ALQUILA objetos, electrodomésticos, muebles, autos, etc. NEGOCIOS VARIOS ENCUENTRA oportunidades de trabajo en las distintas ofertas laborales. EMPLEOS 0993 737 898
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Playa Paufi, Un paraíso natural en Esmeraldas
Es un verdadero paraíso natural que ofrece una experiencia única para los visitantes. Con su belleza tranquila, excelente gastronomía y actividades emocionantes, es el destino perfecto para aquellos que buscan escapar de la rutina y disfrutar de la naturaleza en su máximo esplendor.
Playa Paufí, ubicada al norte de la provincia de Esmeraldas, en Río Verde, es un verdadero paraíso natural que ofrece una experiencia única y encantadora. Con su tranquila belleza y ambiente relajado, esta playa es el destino ideal para aquellos que buscan escapar del bullicio de la ciudad y disfrutar de un descanso en medio de la naturaleza.
Descubriendo Playa Paufí
Playa Paufí se encuentra en el recinto turístico de la parroquia Montalvo, a tan solo 15 minutos de la cabecera cantonal de Río Verde. Para llegar allí, se puede tomar la vía E15 que conduce hacia el norte de la provincia de Esmeraldas. Esta playa es una de las más importantes del
cantón Río Verde y se destaca por su belleza natural y su importancia arqueológica. Además, está rodeada por una amable comunidad local que le da un toque especial a la experiencia de los visitantes.
Un paraíso para los amantes de la gastronomía
Una de las atracciones principales de Playa Paufí es su excelente gastronomía, puedes disfrutar de platos típicos, variedad de ceviches y encocaos que deleitarán tu paladar. Sin duda, la comida es una parte integral de la experiencia en Playa Paufí.
Una playa tranquila y acogedora
Con una extensión de 600 metros, Playa Paufí se car-
acteriza por su tranquilidad y la amabilidad de sus habitantes. Es el lugar perfecto para disfrutar del sol y la brisa del mar, así como para realizar actividades como la pesca deportiva. Además, la playa cuenta con 2 kilómetros de longitud, lo que la convierte en un escenario impresionante. En el lado sur de la playa, se encuentran cuevas que se llenan de agua durante la marea alta, lo que le agrega una belleza natural única.
Explorando los alrededores de Playa Paufí Los alrededores de Playa Paufí también ofrecen muchas atracciones para los visitantes. Con 24 km de playas vírgenes, puedes disfrutar del sol y las cálidas aguas du-
rante todo el año. Además, el balneario limita con la población de Olmedo, donde se encuentra la reserva ecológica de Majagual, conocida por sus árboles de mangle, los más altos del mundo. Sin duda, esta combinación de belleza natural y biodiversidad hacen de Playa Paufí un destino único.
Actividades y entretenimiento en Playa Paufí
Playa Paufí ofrece una amplia gama de actividades y entretenimiento para los visitantes. Si eres amante de los deportes acuáticos, puedes disfrutar del esquí, el surf, las motos acuáticas y los paseos en bote. Además, la playa es perfecta para nadar y relajarse bajo el cálido sol. Si prefieres un día tranquilo
en la playa, puedes pasear con tu familia y amigos y disfrutar de los magníficos paisajes naturales que ofrece este paraíso costero.
Artesanías y souvenirs de Playa Paufí
En los alrededores de Playa Paufí, encontrarás una gran variedad de artesanías hechas a mano que son perfectas para llevar como recuerdo de tu visita. Pulseras, aretes y otros objetos elaborados con conchas de almeja, bambú, coral, coco, perla, tagua pambil, toquilla y balsa están disponibles para que puedas llevarte un pedacito de Playa Paufí contigo.
Autor: MKVQ
TURISMO 10 I ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA LA MARISCAL, DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, HACE CONOCER: NOTIFICACION POR LA PRENSA.
ACCIÓN/DELITO: INTERDICCION
Nro. DE PROCESO: 17203-2022-05608
ACTORES: SEGUNDO PEDRO ANGO GUAYASAMIN y MELBA HIPATIA VALDEZ TOAPANTA
DEMANDADA: ANDREA DOMINIQUE ANGO VALDEZ
PROCEDIMIENTO: SUMARIO
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA LA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 8 de agosto del 2023, a las 10h02. VISTOS.- A fs. 60 a 62 consta el auto interlocutorio de declaratoria de interdicción provisional de fecha miércoles 15 de marzo del 2023, las 15h59, que se dispuso: “…12. Declárese en interdicción provisional a la señorita ANDREA DOMINIQUE ANGO VALDEZ, de estado civil soltera, con cédula de ciudadanía No. 172676060-4, de 23 años de edad, ciudadana ecuatoriana, domiciliada actualmente en la calle principal Francisco de Asís, número de casa E-7 251 y calle Hermano Miguel, detrás de la Iglesia de Santa Inés, sector Cumbayá, Barrio Santa Inés, del Distrito Metropolitano de Quito.- 13. Se nombra curadora interina a su madre la señora MELBA HIPATIA VALDEZ TOAPANTA, con cédula de ciudadanía No. 171265255-9, ecuatoriana, de estado civil casada, domiciliada en esta ciudad de Quito, a fn de que le represente en sus actos públicos y privados…”. A fs. 76 a 78 consta el Informe Pericial Medico, presentado por la Dra. Yolanda Villacréses Vinueza, Perito Psiquiatra, quién en sus conclusiones manifestó: “…Paciente con antecedentes de Traumatismo Cráneo encefálico severo, presentando como secuela epilepsia post traumática más Deterioro cognitivo post trauma cerebral. Necesita ayuda de terceros permanentemente…”. A fs. 76 de este cuaderno concurre la señora MELBA HIPATIA VALDEZ TOAPANTA, adjunta la inscripción en el Registro de la Propiedad del cantón Quito (fs. 80 a 81), la publicación hecha por la prensa y carteles (fs. 88 a 103), certifcado de identidad y estado civil de la interdicta (fs. 106) de la Interdicción Provisional declarada a su hija la señorita ANDREA DOMINIQUE ANGO VALDEZ y el nombramiento de curadora provisional a su favor. A fs. 42 a 43 consta el Informe médico legal suscrito por la Dra. María Fernanda Zambrano Pérez, Perito Médico Forense, de fecha 8 de febrero del 2023, que en sus conclusiones y recomendaciones dice: “…1. La reconocida de nombre: ANDREA DOMINIQUE ANGO VALDEZ es una persona mayor de edad veinte y tres años cumplidos, quien acude a valoración acompañada de sus padres siendo el señor ANGO GUALLASAMIN SEGUNDO PEDRO quién consiente la valoración médico legal. 2. Al momento de la valoración médico legal no se observan lesiones recientes. 3. Paciente con antecedente de traumatismo cráneo encefálico grave producto de suceso de tránsito a los diez años de edad, con secuelas neurológicas graves que le dan una discapacidad de tipo intelectual del 96%. 4. Reconocida activa, reactiva, funciones mentales defcitarias y no acorde a su edad. 5. Al momento se observa estado físico y nutricional estables. 6. Al momento se descarta maltrato de tipo físico, negligente y/o médico. 7. Se recomienda mantener controles médicos y odontológicos programados. 8. Se cuenta con registro fotográfco que se encuentra disposición de la autoridad. A fs. 44 a 47 consta el informe psicológico de la Ofcina Técnica de esta Unidad, de fecha 14 de febrero del 2023, suscrito por la Psicóloga Jenny Barreto, que en sus recomendaciones dice: “…Es importante que la señorita ANDREA DOMINIQUE ANGO VLADEZ continúe recibiendo las atenciones de especialidad y las terapias que requiere, permitiéndole tener una mejor calidad de vida…”. A fs. 114 y 122 consta el auto de sustanciación de fecha martes 6 de junio del 2023, las 15h45 y miércoles 5 de julio del 2023, las 15h05, convocando a las partes a la audiencia única y reinstalación, en la audiencia las peritos designadas y posesionadas han sustentado sus informe conformes conforme lo determina el Art. 222 del Código Orgánico General de Procesos, la curadora interina antes mencionada, comparece y solicita se la declare en forma defnitiva la interdicción y se le nombre Curadora General; por cuanto ha cumpliendo con la exigencia de la resolución dictada en esta causa de fecha miércoles 15 de marzo del 2023, las 15h59. A anunciado y evacuado como medios probatorios: El certifcado de nacimiento de ANDREA DOMINIQUE ANGO VALDEZ, nacida en Quito, provincia de Pichincha, hija de SEGUNDO PEDRO ANGO GUALLASAMIN y MELBA HIPATIA VALDEZ TOAPANTA, con lo que justifca ser la madre de la interdicta provisional, nacida el 29 de enero del 2000, actualmente de 23 años, de estado civil soltera. A fs. 59 se ha llevado a cabo la Audiencia de Parientes de fecha 14 de marzo del 2023, las 09h30, en la presente causa, compareciendo sus parientes y se ha examinado a la supuesta interdicta, manifestando: “…INTERVENCION DE LA PARTE ACTORA.- A nombre de los padres el presente acuerdo los padres desean se nombre un curador especial, de la menor ANGO VALDEZ ANDREA DOMINIQUE, se le declare interdicta, ella tiene 23 años, pero por su grado de discapacidad es de 96%, pero necesita de su guarda, se requiere que ella sea debidamente representada, la petición es declararla interdicta, para la curaduría general, los parientes más cercanos, Ango Valdez, y la señora María Luisa Guayasamin Llumiquinga…INTERVENCION DE LA DEMANDADA.- Soy la defensa técnica Abg. Suarez Jácome Gladys Nohemí, represento la Interdicta, quienes requieren y son los familiares de su condición de la demandada y los familiares que están presentes…HERMANO DE LA SUPUESTA INTERDICTA ANGO VALDEZ ANDREA DOMINIQUE.- ANGO VALDEZ OSCAR SEBASTIAN, Manifesto, como mi mama le cuida mi hermana, como ve siempre esta cuidada, mi madre andamos con ella, pero mucho tiempo con mi mami, no ella necesita de alguien de cualquiera de los cuatro, es trabajadora, es una buena amistad con ellos si es para ser curadora si se ratifca…ABUELA DE LA DEMANDADA SUPUESTA INTERDICTA SEÑORA MARIA LUISA GUALLASAMIN LLUMIQUINGA, Nosotros le ayudamos a los cuatro nosotros le ayudamos, porque ella no puede sola, a los 10 años paso esa desgracia, entonces también le cuida, ella tuvo un accidente, le cuidamos todos, la principal es la mama es la única que se cuida…RECONOCIMIENTO DE LA SEÑORA JUEZA, INTERVENCION DE LA SEÑORA JUEZA, Hace el reconocimiento de la supuesta interdicta, se hace preguntas y que clara la discapacidad de la supuesta interdicta y demanda en esta caos e igualmente e pregunta a los familiares y defensa técnicas, lo queda claro para el criterio que emita la Autoridad Jurisdiccional de este juicio, ha realizado el reconocimiento por parte de la autoridad jurisdiccional, lo que se deja constancia…”. De autos consta el acta de audiencia y CD de la audiencia única, compareciendo las partes procesales, las peritos y la defensa técnica, quienes se ratifcaron en que se declare la interdicción defnitiva y se nombre curadora general a fn de representar a su hija. Agotada la dinámica procesal de este tipo de audiencias, para resolver, se considera: PRIMERO.- La demanda se ha sometido al trámite legal correspondiente, en su curso se han observado las solemnidades de Ley, por lo que se declara la validez de lo actuado.- SEGUNDO.- Han existido motivos razonables para la declaración de la Interdicción Provisional, los que han sido directamente apreciados por la Juzgadora, cuanto por los facultativos que hubieron de intervenir como peritos antes enunciados.- TERCERO.- Realizada la publicación en el diario del auto contentivo de la declaratoria de interdicción provisional de la nombrada ciudadana, no han aparecido opositores frente a tal declaratoria. En esta virtud, agotado el trámite, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA REPUBLICA, se declara Defnitiva la Interdicción de la señorita ANDREA DOMINIQUE ANGO VALDEZ, de estado civil soltera, con cédula de ciudadanía No. 172676060-4, de 23 años de edad, ciudadana ecuatoriana, domiciliada actualmente en la calle principal Francisco de Asís, número de casa E-7 251 y calle Hermano Miguel, detrás de la Iglesia de Santa Inés, sector Cumbayá, Barrio Santa Inés, del Distrito Metropolitano de Quito, como consecuencia de esta declaratoria, nombrase Curadora General de su madre, a la señora MELBA HIPATIA VALDEZ TOAPANTA, en calidad de madre, designada anteriormente curadora interina. Previo al cumplimiento de su cometido, la curadora designada presente su promesa de ley en esta Judicatura una vez que de estricto cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 468 del Código Civil, cumplido que sea se señalará día y hora. A la curadora general designada, se exime de rendir fanza, dada la naturaleza de la guarda de conformidad con el Art. 400 del Código Civil. NO se otorga la administración de los bienes de la interdicta, la curadora general presentará el respectivo inventario de conformidad con el Art. 403 del Código Civil, hecho que sea se proveerá lo que en derecho corresponda. Ejecutoriado el fallo y cumplido con lo dispuesto en los Art. 468 del Código Civil y artículo 10 numeral 23 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles (publíquese en un periódico de mayor circulación - presente los carteles – inscríbase en el registros Civil y Propiedad); practicado, notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, provincia de Pichincha, para los fnes consiguientes y conférase a la Curadora General, copias certifcadas sufcientes para que le sirva de habilitantes en sus gestiones, de conformidad con el art. 118 del COGEP.- CÚMPLASE, OFÍCIESE Y NOTIFÍQUESE
REPUBLICA DEL ECUADOR
.001-004-3490 PUBLICIDAD 11 ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023 P
. Abg. Judith Naranjo Briceño, JUEZA.
Juez enfrentaría sanción por aceptar acción contra la CC
Hay cinco ‘irregularidades punibles’ que habría cometido Leiver Quimis al apuntar a la creación de una veeduría que evalúe a la Corte Constitucional.
Leiver Quimis, juez de la Unidad Judicial Multicompetente Penal con sede en Montecristi (Manabí), quien aceptó una acción de protección para que se conforme una veeduría
para evaluar a la Corte Constitucional (CC), podría enfrentar una sanción por el presunto delito de prevaricato señalado en el artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y la sentencia
2231-22-JP 123 de la misma CC.
El 268 del COIP establece que los integrantes de la carrera judicial que fallen contra ley expresa o en perjuicio de una de las partes procesales en la sustanciación de las causas serán sancionados con pena privativa de libertad de cinco a siete años y multa de 20 a 30 Salarios Básicos Unificados (SBU). Se impondrá además la inhabilitación para el ejercicio de la profesión por 12 meses.
La sentencia 2231-22-JP 123 de la CC dice que los jueces constitucionales sí pueden ser procesados y eventualmente sancionados por incurrir en la conducta penal de prevaricato. Estas consideraciones constan en un documento de 12 páginas en el que Israel Cedeño, director regional de Manabí; delegado de la Procuraduría General del Estado (PGE), denuncia a Quimis en la Fiscalía por haber dado paso a la acción de protección.
Según la Procuraduría, el dictamen de la CC no exclu-
Ley de Garantías Jurisdiccionales
inobserva su restricción de competencia en razón del territorio”, dice la PGE.
° Según la Procuraduría, el artículo 7 de la ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) es una norma adjetiva, cuya violación también recae en el tipo penal de prevaricato.
ye esa posibilidad, ni la competencia de la Fiscalía para investigar las conductas que puedan configurar otros delitos contra la eficiencia de la administración pública , presuntamente, cometidas por jueces constitucionales de la función judicial.
Antonio Pachai Ortiz, agente fiscal de la Fiscalía de Manabí interpuso, el 1 de septiembre de 2023, una denuncia formal en contra de Quimis en calidad de “sospechoso” de presunto prevaricato.
Cinco irregularidades
en contra de normas expresas procesales como la competencia territorial. Menciona que la sede del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) está en Quito, y que la ciudadana Betty Moreira Marcillo, en su demanda para que se admita la acción de protección, “es clara al señalar que no se domicilia en Montecristi”.
La sentencia de primera instancia emitida por Leiver Quimis, y luego de la demanda interpuesta por la Procuraduría General, el caso deberá ser conocido y resuelto por la Corte Provincial de Justicia de Manabí que aún no ha definido una fecha para el conocimiento de la causa.
‘Les incomoda el trabajo de Trujillo’
En su denuncia interpuesta en la Fiscalía, Israel Cedeño, plantea cinco “irregularidades punibles” cometidas por Quimis. 1
Cedeño cuestiona a Quimis por supuestamente haber procedido
LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL “IWIA”
Acuerdo Ministerial de Resolución Administrativa Nro. MD-CZ3-2022-PJ-0020, de fecha 27 enero de 2022.
Iwia, 4 de septiembre de 2023
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES
DEL DIRECTORIO DE LA LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL IWIA. Por medio del presente y de acuerdo sustitutivo general de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en base de los artículos 16.17,18,71 y 72 y articulo 24 literal a) 25 y 26 del estatuto de la Liga Deportiva Parroquial Iwia, se convoca a los Señores presidentes de cada uno de los Clubes Filiales que cumplan con las normativas vigente a la asamblea de elección del nuevo directorio para el día viernes 22 de septiembre del 2023, a las 14:horas de la tarde, de manera presencial, en la casa de Taller de la Comunidad. Para tratar el siguiente Orden del día:
1- Constatación de Quórum e instalación de la asamblea
2- Verificación de registro de directorio vigente de los clubes filiales
3- Elección y posición de los miembros del directorio de la Liga Deportivo Parroquial Iwia, para el período 2023-2027
Prof. Armando Ankuash PRESIDENTE DE LA LIGA ACHUAR IWIA C.C. 1600251738.
Iwia 4 de septiembre de 2023
Cedeño recordó que la Corte Constitucional -máximo órgano de interpretación constitucional- a través de sus sentencias- señala que aquella autoridad judicial de primera instancia (Leiver Quimis) que evidencie que sea incompetente por el territorio, debe inadmitir la acción en su primera providencia. “Es claro que, el juez Leiver (…) al admitir la acción de protección (…)
EL DATO
El fallo del juez Leiver Quimis contraviene el artículo 26 del Reglamento de Veeduría Ciudadana, pues en ninguna parte de la norma establece un apoyo económico por parte del Cpccs para el funcionamiento de la veeduría.
2La disposición del juez de dar paso a la veeduría va contra el artículo 42 numerales 3 y 5 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional relacionada a la improcedencia de las acciones de protección que, en su parte pertinente, señala: “ Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que no conlleven la violación de derecho”, y “cuando la pretensión del accionante sea la declaración de un derecho”. 3
Procuraduría observa que se busca crear un derecho a pesar de que existe una norma que lo prohíbe. El Reglamento General de Veeduría Ciudadana no establece que las mismas deban ser creadas para diagnosticar y evaluar las actuaciones administrativas y la designación de autoridades, como es el caso de los jueces de la Corte Constitucional. 4
La
° Francisco Rocha, cercano y defensor de las propuestas de Julio César Trujillo, expresidente del Cpccs-Transitorio, dice que, detrás del intento de evaluar la CC hay una hoja de ruta y una agenda de un grupo político de minoría (en la Asamblea) para retomar el poder que ha sido accionada por el Cpccs.
El fallo de Quimis contraviene el artículo 26 del Reglamento de Veeduría Ciudadana, pues en ninguna parte de la norma establece un
apoyo económico por parte del Cpccs para el funcionamiento de la veeduría, ni una solicitud al Ministerio de Economía y Finanzas para que asigne recursos.
5La disposición del juez para que cualquier autoridad se abstenga de presentar algún acto que impida la creación de la veeduría, contraviene de forma expresa lo que manda el artículo 75 de la Constitución que es el derecho al acceso gratuito a la Justicia y a la tutela judicial efectiva, imparcial y expedita. (SC)
La intención, afirmó, sería blindarse y “romper con la institucionalidad” para “no dejar el poder”. Cree que luego de la Corte Constitucional, irán por la Contraloría, y más tarde por la Fiscalía.
“No solo no les incomoda el trabajo de Julio César Trujillo, sino de un Cpccs-T que en la mayoría de los casos votaron por unanimidad”.
Trujillo planteó, en su gestión, un retorno hacia la institucionalidad reflejada en una Corte Constitucional que se está convirtiendo en la última instancia de la aplicación de una Constitución que también la propuso el grupo político de minoría (correísmo). “Pero como les resulta corta para lo que ellos quieren hacer, ahora buscan la forma de eliminar estos escollos para generar impunidad”, dijo Rocha.
PAÍS 12 I ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023
ENTIDADES. La Procuraduría General del Estado y la Fiscalía buscan dar de baja el fallo del juez de Montecristi.
EXTRACTO JUDICIAL
AL PUBLICO EN GENERAL SE LE HACE
SABER LO SIGUIENTE.
CLASE DE JUICIO: ESPECIAL
CAUSA: INCIDENTE DE AUMENTO DE PENSION ALIMENTICIA
No 18331-2015-00284
ACTOR: MARÍA JOSE GUEVARA NARANJO
DEMANDADO: JAIME ROLANDO NARANJO GUEVARA
JUEZ: DR. RAUL CASTRO G.
“UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BAÑOS, PROVINCIA DE TUNGURAHUA DE TUNGURAHUA. Baños de Agua Santa, lunes 17 de junio del 2019, las 08h20. VISTOS: Adjúntense a los autos el escrito y documentación que anteceden. En lo principal, avoco conocimiento del presente incidente para aumento de pensión alimenticia en legal y debida forma; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), el artículo 163 numeral 4 del Código Orgánico de la Función Judicial(COFJ) y el artículo innumerados 8 de la Ley Reformatoria del Título V, del libro segundo del Código de la Niñez y Adolescencia, la demanda presentada por GUEVARA NARANJO MARIA JOSE en contra de NARANJO GUEVARA JAIME ROLANDO; cumple los requisitos legales generales y especiales que son aplicables al caso por lo que se admite a trámite del procedimiento sumario, al amparo de lo consagrado en los artículos 44, 69 numeral 1, 168, 169 y 175 de la Constitución de la República del Ecuador, innumerados 2 y 15 de la Ley Reformatoria al CONA, innumerados 5 y 9 dela Ley Reformatoria al título V Libro II del CONA, y los artículos 53, 54 y 55 del COGEP; se ordena citar a la parte demandada señor NARANJO GUEVARA JAIME ROLANDO con la copia de la demanda y esta providencia en el lugar designado en el formulario y croquis adjunto, en la dirección que se indica en la demanda, a través del señor citador de la Unidad Judicial, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notifcaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del COGEP. Se concede a la parte demandada el término de diez (10) días para que presente su contestación de conformidad con los artículos 151 y 333 numeral 3del COGEP. .La diligencia de audiencia única se señalará oportunamente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 333 numeral 4 del COGEP. Conféranse los ofcios que solicita, en el numeral9 de sus anuncios de prueba. Tómese en cuenta el correo electrónico que señala para efecto de notifcaciones y la autorización concedida al profesional del derecho. Los valores por concepto de pensión alimenticia, se seguirán cancelando conforme a lo establecido en la resolución que fja dicha pensión alimenticia hasta la resolución del presente incidente. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BAÑOS, PROVINCIA DE TUNGURAHUA. Baños de agua santa, viernes 10 de marzo del 2023, alas 15h15.VISTOS: El escrito de este folio presentado por la parte actora agréguese a los autos, por cuanto la accionante ha dado cumplimiento a la declaratoria bajo juramento de la imposibilidad de determinar la residencia o domicilio del demandado , de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se proceda a citar al demandado señor JAIME ROLANDO NARANJO GUEVARA con el extracto de la demanda, de incidente de aumento de Pensiòn alimenticia auto de califcación y este auto, en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional , para lo cual por secretaria procédase a entregar el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE”
Cese de hostilidades en Colombia se da ‘bajo fuego’, según el ELN
El Ejército de Liberación Nacional dice que los acuerdos con el Gobierno son obstaculizados desde varios frentes.
NEGOCIACIONES. Desde la izquierda, los representantes del Ejército Nacional de Liberación (ELN) Aureliano Carbonell y Pablo Beltrán y por el Gobierno de Colombia Otty Patiño y Danilo Rueda proceso”, sostuvo.
CARACAS. El jefe negociador del Ejército de Liberación Nacional (ELN), Israel Ramírez, alias ‘Pablo Beltrán’, dijo este 4 de septiembre de 2023 en Caracas, en el acto de cierre del cuarto ciclo de diálogos de paz con el Gobierno de Colombia, que el cese de hostilidades pactado hasta febrero ha estado “bajo fuego” durante los primeros 30 días.
“Desafortunadamente, en este primer mes del cese al fuego, tenemos que constatar que el cese (...) ha estado bajo fuego. De manera muy intensa ha habido una campaña mediática de los grandes medios y empresas de comunicaciones buscando colocar obstáculos a este
Denunció que también “ha habido ataques muy inclementes a comunidades que tratan de desarrollar una veeduría social” al cese, que entró en vigencia el pasado 3 de agosto y se mantendrá durante seis meses, el más largo acordado entre las partes.
“La valoración que nosotros hacemos de estos ataques, tanto de los mediáticos como de los ataques militares en el terreno, es que obedecen a sectores que están contentos con la crisis estructural que vive el país y no quieren que haya cambios hacia una democratización”, prosiguió.
En vista de ello, Beltrán reiteró su llamamiento “a
Enfrentamientos entre el ELN y las disidencias de las FARC
° Nuevos enfrentamientos entre el ELN y las disidencias de las FARC por el control territorial de zonas rurales del departamento de Arauca, fronterizo con Venezuela, dejaron al menos 16 personas muertas en combate, según fuentes locales.
“El 30 de agosto comenzaron unos combates”, relató a EFE el personero de la localidad de Puerto Rendón, Óscar Vanegas, quien comentó que el ELN, que controla las zonas urbanas, intentó “entrar a la montaña” donde dominan las disidencias.
Esto ha provocado “desplazamiento masivo de comunidades”, que han tenido que buscar refugio en zonas seguras y “confinamiento”, según esta autoridad local.
seguir acompañando” los procesos de paz y “persistir en un camino de solución política al conficto” entre las partes, que lleva 70 años activo.
Acciones humanitarias Las delegaciones del Gobierno colombiano y de la guerrilla del ELN cerraron el cuarto ciclo de negociaciones de paz en Caracas, con la aprobación de acciones humanitarias para dos “zonas de crisis” en las que la población atraviesa una “grave afectación” por el conficto. En una declaración conjunta, las partes indicaron que producirán “acciones humanitarias”, sin especifcar cuáles, “que impulsen el cese al fuego bilateral, nacional y temporal, promuevan la participación de las comunidades, pueblos y demás fuerzas sociales, económicas y políticas en estos territorios”.
Asimismo, con este pacto, que incluyen acciones en el plano humanitario, el Ejecutivo de Gustavo Petro y la guerrilla buscan “llevar a cabo proyectos de desarrollo social (...) para su implementación en los próximos meses”. EFE
GLOBAL 13
ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023 I
Ivy Queen, ganadora del Premio Billboard Icono de 2023
Es la pionera del reguetón y una de las principales voces femeninas de la música urbana latina.
EFE • La cantante y compositora puertorriqueña Ivy Queen recibirá el Premio Billboard Icono en los Premios Billboard de la Música Latina 2023, que se transmitirán en vivo por Telemundo el 5 de octubre desde el Watsco Center de la ciudad de Coral Gables, vecina a Miami.
Según la organización Billboard y Telemundo, el premio a Ivy Queen obedece a que es una artista cuya carrera no solamente ha permanecido relevante a lo largo del tiempo, sino que también se ha convertido en la artista más insigne de su género, celebrada global-
mente por lograr la cúpula tanto del éxito comercial, como musical.
Con una carrera de 28 años, Ivy Queen empezó como miembro del colectivo The Noise en San Juan, Puerto Rico, antes de lanzarse como solista en 1996 con el debut de su primer álbum de estudio, En Mi Imperio.
Álbumes
vivo, 94 sencillos y 63 vídeos musicales.
Entró por primera vez en una lista Billboard con ‘Quiero bailar’, que alcanzó el número 16 en Tropical Airplay en julio de 2005, y su primer número 1 llegó con ‘Cuéntale’ en Tropical Airplay en noviembre de 2005 (una semana en el No. 1).
EL DATO Cuenta con 20 entradas en la lista Latin Rhythm Airplay, la tercera más alta entre las artistas latinas.
Desde entonces, ha publicado 10 álbumes de estudio, cuatro álbumes recopilatorios, siete EP, un álbum en
Cuenta con 20 entradas en la lista Latin Rhythm Airplay, la tercera más alta entre las artistas latinas, 400 millones de streams oficiales a la carta en Estados Unidos, según Luminate, 560.000 álbumes vendidos en Estados Unidos y 584.000 descargas de canciones.
Ivy Queen causó impac-
Los latinos más taquilleros de la historia
EFE • Bad Bunny, Luis Miguel y Marc Anthony son los tres artistas latinos más taquilleros de todos los tiempos, según datos registrados desde la década de 1980 por Billboard Boxscore.
El reguetonero puertorriqueño Bad Bunny ocupa el primer puesto de la lista de 20 artistas presentada este jueves, tras haber recaudado en 170 conciertos 508,7 millones de dólares (469 millones de euros) con una asistencia total a sus shows de 3,3 millones de espectadores.
el primer artista con música principalmente en español en encabezar el informe anual gene ral del Billboard Boxscore.
EL DATO La lista también contempla a artistas fallecidos como Juan Gabriel y Vicente Férnandez.
dido compartir sus éxitos con más de 3,8 millones de asistentes.
Lista
to por su fuerte punto de vista. Siempre ha defendido el empoderamiento de la mujer y su música aborda temas de política social, homosexualidad, racismo, amor y desamor.
Por sus contribuciones pioneras, Ivy Queen recibirá el Premio Billboard Icono en la entrega de los Premios Billboard de la Música Latina, que tendrá lugar el próximo jueves, 5 de octu-
bre y será transmitida en VIVO por Telemundo desde el Watsco Center en Coral Gables.
La gala también se emitirá simultáneamente en el canal de cable hispano de entretenimiento, Universo, el servicio de streaming Peacock, la aplicación de Telemundo, y a través de Latinoamérica y el Caribe por Telemundo Internacional.
En 2022, el autor de ‘Un verano sin ti’ se convirtió en
El segundo lugar lo ocupa el cantante mexicano Luis Miguel, quien en un total de 567 conciertos ha recaudado 319 millones de dólares (294 millones de euros) y ha reunido a 4,3 millones de personas en sus shows.
Por su parte, Marc Anthony se posiciona en el tercer lugar con 315 millones de dólares (290 millones de euros) acumulados en 424 espectáculos en los que ha po -
La lista también contempla a artistas fallecidos como Juan Gabriel y Vicente Férnandez, quienes ocupan los puestos ocho y 13 respectivamente, y también cuenta con nuevas generaciones de intérpretes como Grupo Firme, Maluma y Karol G.
El conteo lo completan Chayanne, Ricky Martin, Shakira, Pitbull, Ricardo Arjona, Pepe Aguilar, Romeo Santos y Marco Antonio Solís.
Las cifras de la lista están basadas en sus actuaciones
ARTISTA. Puertorriqueño, Bad Bunny.
en solitario, a las que se les suma un 50% de la recaudación de los conciertos que
han tenido con otros artistas. No se incluyen los ingresos de sus shows en festivales.
FARÁNDULA 14 I ESMERALDAS MARTES 05/SEPTIEMBRE/2023
CANTANTE. Y compositora puertorriqueña, Ivy Queen.
Nidos de aves en Europa conservan una bacteria centinela del cambio climático
Un estudio internacional revela que los nidos de las aves europeas actúan como reservorio para el Arsenophonus nasoniae, una bacteria que puede usarse para entender los efectos de la crisis climática en insectos. En la imagen, un ave tejedora de cabeza negra prepara su nido cerca de Heidelberg (Alemania). EFE
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MARTES 05 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Esmeraldas
DERECHOS DE LOS ANIMALES EN ECUADOR
AUTOR: ABG. MEDARDO J. ÁLVAREZ LUCERO
Este artículo se adentra en la evolución de la legislación y jurisprudencia relacionada con los derechos de los animales en Ecuador, con un enfoque particular en el papel crucial que han desempeñado las decisiones judiciales en este proceso. Analizaremos casos emblemáticos que han sentado precedentes significativos en la protección de los animales en el país, así como la influencia de estos fallos en la sociedad ecuatoriana. Además, exploraremos la creciente conciencia pública sobre la importancia de garantizar el bienestar de los animales y cómo esta conciencia ha impulsado cambios legales y sociales.
Hace algunas décadas en Ecuador, la mentalidad predominante hacia los animales solía reflejar una falta de conciencia significativa en cuanto a sus derechos y bienestar. Los animales eran considerados en gran medida como recursos explotables para beneficio humano, y el maltrato hacia ellos era tolerado en muchas esferas de la sociedad. Sin embargo, en los últimos años, se ha producido un cambio notable en esta mentalidad. La sociedad ecuatoriana ha experimentado una creciente sensibilización sobre los derechos de los animales, impulsada en parte por la difusión de información sobre el sufrimiento animal y el reconocimiento de que los animales merecen ser tratados con respeto y consideración.
En el país los derechos de los animales son reconocidos en la Constitución de Ecuador, esta norma suprema ha adoptado un enfoque vanguardista al reconocer los derechos de la naturaleza y los animales, que promueven una perspectiva de equilibrio y convivencia entre ellos y los
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CONSULTA CIVIL
seres humanos. En su artículo 71, se consagra el derecho a la integridad y al respeto pleno de la existencia de la naturaleza y sus componentes. Siendo así pionero en otorgar un estatus de protección a la naturaleza y a los animales.
Para alcanzar y garantizar ese objetivo a través del legislativo se ha impulsado varias normas y reformas a la misma.
En el Código Orgánico Integral Penal hasta antes del 2020, sí una persona por acción u omisión maltrataba o mataba a una mascota u animal de compañía tenía una sanción muy leve, debido a ello el maltrato y muerte se seguía produciendo, Según una encuesta realizada en la provincia del Guayas en 2017 por la Oficina de Estudios de la
Relación entre Animales y Humanos (ERAH) de la Prefectura del Guayas, aproximadamente el 25% de los habitantes de Guayaquil muestra comportamientos de maltrato hacia los animales.
En vista de ello, existe la necesidad de enderezar a un más las penas, bajo la reciente regulación, el maltrato hacia los animales podría dar lugar a penas de prisión que oscilan entre seis meses y un año. En caso de causar la muerte del animal, la sanción se agravaría, imponiendo penas de uno a tres años de reclusión. Además, la práctica de zoofilia también se encuentra penalizada con una condena de prisión que varía entre seis meses y un año, y podría extenderse hasta tres años en caso de que el animal fallezca como resultado
de esta conducta.
Pero a pesar del endurecimiento de la norma son pocos los fallos judiciales a favor de los animales, y entre los pocos casos favorables a estos seres debemos nombrar el reciente caso de “Spike” un perro de raza husky siberiano, que murió en manos de una mujer en el sur de Quito y que en la sentencia se determinó que la señora se ensañó contra Spike “porque el animal fue ahorcado, atado a un árbol y además fue arrastrado una vez que se le bajó del árbol fue arrastrado es decir con toda la conciencia y voluntad la querellada mató al animal sabiendo que al momento que le ata a un árbol le pone la soga en el cuello lo ata y lo arrastra el animal iba a morir, nadie puede pensar que con esta actua-
¿Cuándo no cabe el auto definitivo de prescripción en el caso que existan dos períodos de labores?
RESPUESTA
En estos casos, evidentemente la excepción de prescripción es parcial en la medida que solo afecta al reclamo de determinados derechos, y la o el juzgador debería resolverlo de esa manera, pero aquello no significa que todas las pretensiones puedan ser rechazadas a la luz de esa excepción de prescripción, debiendo entonces pronunciarse respecto de los demás reclamos. Por tanto no cabe que el juzgador dicte un auto definitivo de prescripción en relación a la totalidad de las pretensiones, sin entrar a considerar aquellas que no están prescritas, ya que aquello constituiría una violación del derecho de acceder a la justicia y obtener de la misma una tutela efectiva de los derechos, conforme lo dispone el Art. 75 de la Constitución.
Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
ción el animal podía sobrevivir o tener una lesión mínima” y debido a ello se la condena a la pena máxima de tres años que establece la norma.
Hay más casos que se pueden nombrar como el de la mona Estrellita, en el que se aplicó el habeas corpus al igual que se lo hizo con unas mascotas incautadas por Inmobiliar. El avance que se esta viendo en la protec-
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REVISTA JUDICIAL
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
MARTES, 05 DE SEPTIEMBRE DE 2023
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com
ción de los derechos de los animales es enorme a comparación de otros años, pero a criterio de este autor aún falta, y lo principal es que los procesos judiciales que se inician por maltrato animal no es una cuestión de ejercicio privado de la acción penal, y que fiscalía quien procura el acceso a la justicia y que se sujeta al principio de oportunidad, sea quien de oficio o a petición de parte impulse los procesos y se convierta en casos de acción penal pública.
Y esto debería ser así debido a que el maltrato y la muerte de animales no solo afectan al individuo animal en cuestión, sino que también tienen repercusiones en la sociedad en su conjunto. Estos actos de crueldad no solo representan un riesgo para la seguridad y el bienestar de los animales, sino que también pueden ser indicativos de problemas más profundos en la comunidad, como la violencia interpersonal, la falta de empatía y la desconsideración hacia
SEGUNDA CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE OPERADORA DE TRANSPORTE SANISIDROSCHOOL S.A.
De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y Estatutos de la Empresa, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se realizará el día viernes 8 de septiembre del 2023 a las 21:00 p.m. Vía Zoom, para lo cual se enviará el link a través del Grupo de WhatsApp de la compañía y a los correos personales de cada accionista, para
Elección del comisario para la aprobación del
Quito, a 04 de septiembre del 2023
CONVOCATORIA
Se convoca a junta general extraordinaria de COMPAÑÍA DE TRANSPORTE
PESADO PAPAGAYOTRUCKS S.A. a celebrarse el día Viernes 15 de Septiembre del 2023 a las 16:00 horas en la oficina ubicada en la coop. Caminos a la Libertad, calle Oe9 Casa N80 201 paralela B21. DMQ. Para tratar el siguiente orden del día.
1.- Constatación del quorum
2.- Presentación de informes económicos y administrativos de presidencia y gerencia.
3.- Elecciones de nuevos administradores.
4.- posesión de los nuevos administradores
5.- Lectura y aprobación del acta NOTA.
Atentamente
FERNANDO CHULDE
Presidente
Quito; 04 de Septiembre del 2023.
otros seres vivos. Al convertir los casos de maltrato o muerte de animales en asuntos de acción penal pública, se establece un claro mensaje de que la sociedad no tolera ni justifica la crueldad hacia los seres vivos. Esto no solo brinda una mayor protección a las mascotas y animales en general, sino que también contribuye a la promoción de valores de respeto, compasión y responsabilidad hacia los animales en la sociedad en su conjunto. Además, la acción penal pública puede ayudar a garantizar una aplicación más efectiva de la ley y a prevenir la impunidad en casos de maltrato animal.
En España, en el 2015 se aprobó una ley que considera el maltrato animal como un delito de acción penal pública. Esta acción no solo resalta la importancia de proteger a los animales, sino que también reconoce su vínculo con problemas más amplios de violencia interpersonal y falta de empatía en la sociedad. Al procesar los casos de maltrato de esta manera, se envía un mensaje claro de que la crueldad hacia los animales es inaceptable en una sociedad civilizada. Además, esta medida fomenta una cultura de responsabilidad y cuidado hacia
los animales al hacer que los ciudadanos sean más conscientes de las consecuencias legales de sus acciones.
Por lo tanto, en Ecuador se están produciendo avances significativos en lo que respecta a la protección de los derechos de los animales. El país fue un pionero al incluir en su Constitución disposiciones que
reconocen los derechos de la naturaleza y de los animales. Sin embargo, a nivel de su normativa infraconstitucional, aún existen desafíos por superar y áreas que requieren mayor desarrollo y claridad.
Autor: Abg. Medardo J. Álvarez Lucero abg_alvarez_medardo@hotmail.com
Cotogchoa: 04 de septiembre de 2023
CONVOCATORIA
Se convoca a los socios del Club Deportivo Básico Parroquial SANTOS DE COTOGCHOA¨, a la Asamblea General Extraordinaria de Elecciones (periodo 20232027), que se realizará, el día 20 de septiembre del 2023, a las 19h00; y a la Asamblea General Extraordinaria para Reforma Integral del Estatuto, que se realizará el 21 de septiembre de 2023, a las 19H00pm.
Lugar: Barrio El Manzano, Pasaje J, Parroquia Cotogchoa, Cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha.
SANTOS PEÑARRIETA MARIA RICARDINA
PRESIDENTE DEL CLUB
NOTARÍA VIGÉSIMA NOVENA
Dr. Rolando Falconi Molina EXTRACTO
NOTARIA VIGESIMA NOVENA DEL CANTON QUITO:- Pongo en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante el Dr. Rolando Falconi Molina, Notario Vigésimo Noveno del Cantón Quito, el 31 de agosto de 2023, el señor DIEGO HUMBERTO ESCOBAR CASTRO y la señora CARLA MONICA RIOFRIO PASTOR, procedieron a liquidar la sociedad conyugal.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal; por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Articulo 18 numeral 23 de la Ley Notarial, faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, de la escritura pública de liquidación de sociedad conyugal; previo el trámite previsto en dicha norma legal, se pone en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente al señor DIEGO HUMBERTO ESCOBAR CASTRO y a la señora CARLA MONICA RIOFRIO PASTOR, otorgada mediante la escritura pública antes indicada; para que en el término de veinte (20) dias contado desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.
Quito, 31 de agosto del 2023
MARTES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR C2
001-003-3557
001-004-3485
t.001-004-3488
.001-004-3491
CONVOCATORIA
De conformidad con la facultad establecida en los Estatutos Sociales, la Ley de Compañías y su Reglamento, se convoca a todos los Socios de la compañía OILTECHENERGY S.A. a la Junta General de Socios que se efectuará en el Km 3.5 vía Lago Agrio s/n y vía Lago, del cantón Orellana, ciudad de Francisco de Orellana, el día 13 de septiembre del 2023, a las 14:00 horas, con el objeto de conocer y tratar el siguiente punto del orden del día:
ORDEN DEL DÍA:
1. Aprobar la Disolución Voluntaria y anticipada de la compañía, conforme a lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes de la Ley de Compañías.
2. Autorizar al Gerente General para que se suscriba la correspondiente escritura pública de Disolución Voluntaria y Anticipada de la compañía, así como para que realice los actos que fueran necesarios para la perfección de la misma para su inscripción en el Registro Mercantil del Cantón Orellana; y, para que posteriormente inicie el proceso de liquidación de la compañía, conforme a lo dispuesto en el artículo 373 de la Ley de Compañías.
Francisco de Orellana, 04 de septiembre de 2023
CONVOCATORIA
De conformidad con la facultad establecida en los Estatutos Sociales, la Ley de Compañías y su reglamento, se convoca a todos los Socios de la compañía OILTECHENERGY S.A. a la Junta General de Socios que se efectuará en el Km 3.5 vía Lago Agrio s/n y vía Lago, del cantón Orellana, Ciudad de Fracisco de Orellana, el día 13 de septiembre del 2023, a las 10:00 horas, con el objeto de conocer y tratar el siguiente punto del orden del día:
ORDEN DEL DÍA:
1. Aprobar y convalidar los balances del año 2022, conforme al Art. 20 de la Ley de Compañías.
2. Autorizar al Gerente General para que se suscriba los respectivos balances con la contadora correspondiente al año 2022.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL
Al señor PAUL ANDRES CHUCARALAU ARCENTALES, se le hace conocer lo siguiente:
ACTOR: GLADYS GUADALUPE GUERRA ORTEGA
DEMANDADO: PAUL ANDRES CHUCARALAU ARCENTALES
CUANTÍA: INDETERMINADA
CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL
NO. DE CAUSA. 17204-2023-01932
JUEZ: DRA. DORIS IVONNE VALENCIA ARIAS
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS.- Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto anterior. Avoco conocimiento de la presente causa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; y por el sorteo de ley, en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en Iñaquito, conforme se desprende de la acción de personal número N° 02539-DP17-2020-MP. [1] CALIFICACIÓN.- En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite al trámite sumario, establecido en el Art. 332 numeral 4 ibídem. [2] CITACIÓN.- [2.1] CÍTESE de conformidad con el Art. 53 y sig. del Código Orgánico General de Procesos en calidad de demandado/a a PAUL ANDRES CHUCARALAU ARCENTALES N° 1714208632, con el contenido de la demanda y auto recaído, en la forma y efectos del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, por medio de la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen a nivel nacional; para cuyo efecto, por Secretaría concédase el respectivo extracto, a fin de dar cumplimiento con esta solemnidad sustancial común a todos los procesos (Art. 107.4 Ib.).. [2.2] Conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 333 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 y 152 ibídem y bajo prevenciones del Art. 156 del mismo cuerpo normativo, TÉRMINO que corre una vez transcurrido 20 DÍAS desde la última publicación. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía de la parte demandada y con las implicaciones que señala la Ley. [3] AUDIENCIA UNICA.- La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir. La audiencia única se desarrollará en dos fases, la primera de saneamiento, fijación de los puntos en debate y conciliación y la segunda, de prueba y alegatos. La segunda fase se desarrollará en el siguiente orden: debate probatorio, alegato inicial, práctica de pruebas, alegato final, para la cual las partes deberán contar con todos los medios de prueba anunciados en su demanda y contestación. [4] ANUNCIO DE PRUEBAS: [4.1] Incorpórese al proceso la prueba adjunta a la demanda, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios que se ofrecen para acreditar los hechos, los mismos que de ser procedente en derecho y en el momento procesal oportuno se tomarán en cuenta. [4.2] A petición de la parte actora, en la audiencia en caso de declararlo admisible como medio probatorio se receptarán las declaraciones de los testigos anunciados en el líbelo de la demanda, por tanto se dispone notificar en la casilla judicial de la partea actora, para QUE BAJO SU ESTRICTA RESPONSABILIDAD COMUNIQUE A LAS TESTIGOS, A FIN DE QUE COMPAREZCAN DE MANERA OBLIGATORIA A LA AUDIENCIA ÚNICA QUE SE SEÑALARÁ OPORTUNAMENTE, con la asistencia de un defensor técnico, a efectos de rendir las declaraciones testimoniales solicitada por la parte accionante. [5] CURADOR.Hágase conocer a la parte demandada, para los fines de ley, la insinuación hecha por la accionante para que se designe como curadora ad-Lítem a la señora SONIA EMPERATRIZ ORTEGA , para que represente en esta causa a los hijos en común los menores de edad DYLAN LIXUE Y EMIR ANDRES CHUCARALAU GUERRA, caso contrario la parte demandada, al contestar la demanda, insinuará al curador o curadora ad-Lítem que represente a sus hijos menores de edad, justificando en legal y debida forma la idoneidad. El/La curador/a ad-Lítem será posesionada el momento de la audiencia única, previo la AUDIENCIA DE PARIENTES, según la Resolución N° 10-2016 expedida por la Corte Nacional de Justicia. [6] AUDIENCIA DE PARIENTES: Con fundamento en la Resolución N° 10-2016 expedida por la Corte Nacional de Justicia, expedida el 21 de diciembre del año 2016, previo al nombramiento del curador/a, serán escuchados en audiencia dos parientes capaces y aptos, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, según el Art. 27 del Código Sustantivo Civil y Resolución N° 10-2016 expedida por la Corte Nacional de Justicia, respecto a la insinuación del curador ad-Lítem. [7] PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL.De conformidad con lo establecido en el Art. Innumerado 9 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, Artículo 146 inciso 3 y 332 numeral 4 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, y el Acuerdo Ministerial N° 008 de enero de 2023, emitido por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, que contiene la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas, se fija en la cantidad de CIENTO NOVENTA Y CUATRO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 09/100 (USD 194.09) mensuales, más beneficios de ley, la pensión alimenticia provisional que por mesadas adelantadas y a partir de la presentación de la demanda, el alimentante debe pagar y depositar en beneficio de sus hijos conforme lo dispone el artículo innumerado 8 de la Ley Reformatoria al Título V del Libro Segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.- [8] SUPA: Remítase el proceso a la Oficina de Pagaduría de esta Unidad Judicial a fin de que proceda aperturar el Código SUPA, para lo cual vincule la cuenta bancaria que obra de autos [9] DOCUMENTOS: Agréguese a los autos los documentos que acompaña la parte actora en su demanda y escritos que completa la misma. [8] NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Las partes presentarán sus escritos directamente en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL D.M.Q. DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA ubicada en la Av. Amazonas y Juan José de Villalengua, Edificio Complejo Judicial Norte.- Los oficios aludidos se remiten conjuntamente con este auto al casillero judicial de la actora, para los fines pertinentes. Actúa como secretaria encargada la Ab. Evelyn Oña.- CÍTESE, OFÍCIESE Y NOTIFÍQUESE.-
Leonardo Iván Mena Nacimba Gerente
General
Fracisco de Orellana, 04 de Septiembre de 2023
MARTES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR C3
001-004-3486
001-004-3492
Leonardo Iván Mena Nacimba Gerente General
001-004-3492
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO SECRETARIA DE TERRITORIO, HÁBITAT Y VIVIENDA DIRECCIÓN METROPOLITANA DE CATASTRO EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN
ACTOR:José Rodrigo Ontaneda Hidalgo
REPRESENTANTE LEGAL FUNDACIÓN MAQUIPUCUNA
DEMANDADOS: Segundo Carlos Rivera Cadena, propietario del predio No. 5026775.
Esteban Andrés Valencia Cabrera, propietario del predio No. 5789689. Aida Graciela Noroña Cabascango, propietaria del predio No. 5785054.
TRAMITE: Revocatoria de Acto Administrativo ( Providencia Nro. GADDMQ-STHV-DMC-2023-0073-P de 12 de agosto de 2023.)
VISTOS.- En mi calidad de Directora Metropolitana de Catastro según consta de la Acción de Personal No. 000009434 que rige a partir del 17 de mayo de 2023, y, de conformidad con los artículos 2681, 2682, 2697 y el último inciso del artículo 2715 del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, que dispone: “Si existiera información errónea registrada en el inventario predial, la Dirección Metropolitana de Catastro, las jefaturas de avalúos y catastros de las administraciones zonales, de oficio o a petición de la parte interesada ,deben corregir los errores detectados, sin necesidad de que el titular catastral realice el reclamo correspondiente, dejando constancia documental de tales correcciones”; avoco conocimiento del presente trámite signado con número GADDMQ-AG-CAT-16-2023-00001383, dentro del cual consta el oficio s/n de 13 de julio de 2023, suscrito por el señor José Rodrigo Ontaneda Hidalgo, en calidad de Presidente y Representante Legal de la Fundación Maquipucuna, dentro del cual indica y solicita: “(…) de acuerdo con el Artículo 21 de la Norma Técnica Nacional de Catastros, si dos o más títulos de propiedad inscritos en el Registro de la Propiedad se superponen en la misma área, se registrará en el catastro a quien tenga el título con la inscripción más antigua. En nuestro caso, estamos conscientes de que la inscripción del predio 5128610 de propiedad de la Fundación Maquipucuna se realizó con mucha anterioridad a los predios 5026775, 5789689, y 5785054. Dado que desconocemos el domicilio de las personas a cuyo nombre están esos predios, solicitamos que la Unidad Legal de la Dirección Municipal de Catastro nos envíe el extracto de la notificación que se deberá realizar a dichas personas a través de la prensa. La Fundación Maquipucuna se encargará de realizar dos publicaciones seguidas y dará a conocer a Catastro”. En tal virtud atendiendo lo solicitado se dispone: NOTIFÍQUESE, a los señores: Segundo Carlos Rivera Cadena, propietario del predio No. 5026775; Esteban Andrés Valencia Cabrera, propietario del predio No. 5789689; y, Aida Graciela Noroña Cabascango propietaria del predio No. 5785054; inmuebles ubicados en la parroquia Nanegal, cantón Quito, provincia de Pichincha; por medio de la prensa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 164 y 168 del Código Orgánico Administrativo, para lo cual se conferirá el extracto correspondiente al accionante, disponiéndose su publicación en uno de los periódicos de mayor circulación del Distrito Metropolitano de Quito, esto, con la finalidad de que la parte accionada pueda ejercer su legítimo derecho a la defensa contemplado en el numeral 7 del artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador. En este sentido se les concede a los accionados el término de 10 días, contados a partir de la presente notificación, para que remitan su contestación y descargo correspondiente. Se les hace conocer a los accionados de la obligación que tienen de señalar domicilio electrónico para futuras notificaciones, en caso de no hacerlo se continuará con el presente procedimiento administrativo en rebeldía.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.-
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPOTENTE CON SEDE EN EL CANTON ANTONIO ANTE CITACION JUDICIAL
A LOS HEREDORES DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LOS SEÑORES SEGUNDO LEONIDAS JÁCOME TERÁN Y CARMEN AMELIA JÁCOME CEVALLOS, SE LE HACE SABER QUE DENTRO DEL JUICIO ORDINARIO POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, SIGNADO CON EL N° 10309-2021-01441, QUE SE TRAMITA EN LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPOTENTE CON SEDE EN EL CANTON ANTONIO ANTE SE HA ORDENADO LO SIGUIENTE: EXTRACTO
ACTOR: CALDERÓN JÁCOME BYRON FABRICIO
DEMANDADO: JÁCOME CEVALLOS MANUEL MESÍAS, JÁCOME CEVALLOS MARÍA GUILLERMINA, CEVALLOS VALLEJOS MARÍA GUILLERMINA, JÁCOME CEVALLOS RAMÓN ALBERTO, JÁCOME CEVALLOS BLANCA LUZMILA, JÁCOME CEVALLOS FANNY CECILIA, LÓPEZ JÁCOME TATIANA ELIZABETH, LIZANO JÁCOME MAYRA ALEJANDRA.
OBJETO Y MATERIA DE LA DEMANDA: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO
TRAMITE: ORDINARIO
CUANTIA: INDETERMINADA.
DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: correo electrónico cris.t.11@hotmail.com del Abg. Christian Terán Andrade.
JUEZ DE LA CAUSA: DR. OSCAR EFREN CUENCA ORDOÑEZ JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPOTENTE CON SEDE EN EL CANTON ANTONIO ANTE, PROVINCIA DE IMBABURA.
SECRETARIO: AB. ROLANDO ULISES ROSERO LUCERO
PRETENSIÓN DE LA DEMANDA:
Demando se conceda mediante sentencia a mi favor, la PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA Y ADQUISITIVA DE DOMINIO, del lote de terreno singularizado en los fundamentos de hecho del libelo de la demanda, y que es motivo de esta causa.
AUTO:
Juicio No. 10309-2021-01441 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN ANTONIO ANTE. Antonio ante, miércoles 5 de julio del 2023, a las 08h58. Agréguese a los autos de la presente causa N° 10309-2021-01441 lo siguiente: 1) El acta de citación remitida por el por el Ab. Perugachi Villarruel Hermán Bernabe responsable de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Otavalo, de la cual consta que se ha efectuado la citación mediante una boleta personal a la ciudadana LIZANO JACOME MAYRA ALEJANDRA, particular que comunico para los fines que correspondan. 2) La documentación adjunta y el escrito presentado por el ciudadano BYRON FABRICIO CALDERÓN JACOME. En lo principal, en virtud de lo manifestado y de la revisión exhaustiva del cuaderno procesal, confiérase al peticionario un nuevo Extracto de Citación. En tal virtud, se dispone lo siguiente: En mérito del juramento rendido por la parte actora constante en fojas 69, cítese a los herederos desconocidos y presuntos de los señores SEGUNDO LEONIDAS JÁCOME TERÁN y de CARMEN AMELIA JÁCOME CEVALLOS, en la forma establecida en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para tal efecto elabórese el extracto de la demanda o solicitud pertinente, los autos respectivos y este auto, para que se realicen las publicaciones en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación a nivel regional. Debiendo la parte interesada acercarse a esta Judicatura, a la ventanilla respectiva a agendar la diligencia para el cumplimiento de lo ordenado, bajo la responsabilidad de su inactividad y las consecuencias que ella acarree. Particular que comunico para los fines legales pertinentes.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- CUENCA ORDOÑEZ OSCAR EFREN JUEZ (PONENTE)
AUTO:
Juicio No. 10309-2021-01441 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN ANTONIO ANTE. Antonio ante, jueves 15 de diciembre del 2022, a las 09h02. Agréguese al proceso Nro. 10309-2021-01441 el escrito presentado por el ciudadano BYRON FABRICIO CALDERÓN JÁCOME. En lo principal continuando con la tramitación de la causa, se dispone: PRIMERO: CITAR con copias: de la demanda, calificación de la demanda y este auto, a los ciudadanos: MANUEL MESÍAS JÁCOME CEVALLOS y MARÍA GUILLERMINA JÁCOME CEVALLOS, en la dirección de su nuevo domicilio, ubicado en el Barrio el Incario, calles Julio Suárez y Abdón Calderón, de la Parroquia Chaltura, Cantón Antonio Ante, Provincia de Imbabura, casa de losa de dos pisos de color verde, con protecciones de hierro en las ventanas. Se dispone CITAR a los ciudadanos: MARÍA GUILLERMINA CEVALLOS VALLEJOS y RAMÓN ALBERTO JÁCOME CEVALLOS, en la dirección de su nuevo domicilio, ubicado en el Barrio Central, de la Parroquia Chaltura, Cantón Antonio Ante, Provincia de Imbabura, calles Obispo Mosquera, diagonal al parque central de Chaltura, casas posteriores (Farmacia). Se dispone CITAR a la ciudadana BLANCA LUZMILA JÁCOME CEVALLOS, en su domicilio situado en el Barrio Central, de la Parroquia Chaltura, Cantón Antonio Ante, calles Obispo Mosquera, diagonal al parque central de Chaltura, casa de adobe color gris y rojo (Tienda-peluquería). Finalmente, se dispone CITAR a los ciudadanos: FANNY CECILIA JÁCOME CEVALLOS y TATIANA ELIZABETH LÓPEZ JÁCOME en la dirección de su nuevo domicilio, situado en el Barrio Central, de la Parroquia Chaltura, Cantón Antonio Ante, calles Obispo Mosquera, diagonal al parque central de Chaltura, casa de losa de dos pisos de color blanco (Farmacia), para el cumplimiento de la presente diligencia cuéntese con la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, debiendo la parte interesada prestar las facilidades del caso. SEGUNDO: CÍTESE con copias: de la demanda, calificación de la demanda y el presente auto a MAYRA ALEJANDRA LIZANO JÁCOME, mediante Deprecatorio Virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil, del cantón Otavalo- Provincia de Imbabura, con la finalidad de que uno de los señores jueces de dicha Unidad Judicial disponga la citación en el domicilio señalado. En observancia de lo dispuesto en el art. 146 del Código Orgánico de la Función Judicial, que refiere sobre la facultad de los Jueces de practicar diligencias fuera de su jurisdicción, siendo estos los Deprecatorios, Comisiones y Exhortos, en concordancia con lo determinado en el art. 147 COFJ, que señala la validez y eficacia de los documentos electrónicos, a quien se le enviará suficiente despacho. TERCERO: A los herederos desconocidos y presuntos de los ciudadanos SEGUNDO LEONIDAS JÁCOME TERÁN y de CARMEN AMELIA JÁCOME CEVALLOS, se los citará mediante tres publicaciones, de conformidad a lo establecido en el Art. 56, inciso segundo del Código Civil, que el accionante declara bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos y presuntos de los demandados, cítese con la demanda, calificación de la demanda y el presente auto de sustanciación, conforme lo determina el Art.56, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, mediante tres publicaciones en el diario de mayor circulación de nuestra región, para lo cual confiérase un extracto de la demanda y este auto de sustanciación, cumplidas las mismas los accionantes deberán adjuntarlas al proceso. Particular que comunico para los fines legales pertinentes.- NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE.- CUENCA ORDOÑEZ OSCAR EFREN JUEZ (PONENTE)
Lo que CITO a usted para los fines de ley.
MARTES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR C4
001-004-3489
001-004-3494