Nacional: 31 de mayo, 2024

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Casos de niñas madres y abusadas se multiplican

En 2022 dieron a luz 1.921 niñas entre 10 y 14 años. Ellas son parte de las 1.898 que denunciaron haber sido violadas, en su mayoría, por familiares. Aunque el aborto, en esos casos, es legal, aún existe falta de información y trabas. 6

Abortos de niñas violadas

Guillermo Lasso y CREO retoman agenda política 3

Parlamento se alista para recibir a 14 inquilinos más 4

Autos retenidos van a chatarrización por falta de pago 7

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK VIERNES 31 DE MAYO DE 2024 Ecuador
POLÍTICA
QUITO
192 En 2022 247 En 2023 ECONOMÍA Minería, agricultura y turismo son el futuro de Ecuador 5
POLÍTICA

La Vicepresidenta que el Presidente quiere desconocer

El distanciamiento entre el presidente Noboa y la vicepresidenta Abad no es noticia reciente, pues se evidenciaba desde la segunda vuelta electoral. Ya en el poder, la ruptura entre ambos y la decisión de enviar a Abad a Israel como “Embajadora de la Paz” fue noticia global - y aunque la trama de la Vicepresidenta ha quedado en segundo plano durante estos meses, hoy nos acercamos a un momento crucial: el momento en que el Presidente debe pedir una licencia temporal para ser candidato presidencial, lo que, de acuerdo a la Constitución, significaría encargarle la Presidencia a Abad.

Las declaraciones del Presidente y de su equipo dan a entender que están buscando evitar que eso pase a como dé lugar. Verónica Abad no solo es la vicepresidenta que el presidente Noboa quiere desconocer, sino que además un claro ejemplo de una decisión sobre la cual el Presidente no quiere responsabilizarse, a pesar de haber sido él mismo quién la escogió como su binomio para las últimas elecciones. Esto habla más de Noboa que de Abad: de sus formas de tomar y enfrentar sus propias decisiones, y del trato que puede tener hacia personas que ya no le resultan favorables. Por mucho que el presidente Noboa quiera escapar de su decisión, en el momento en que ganó la elección, Abad se convirtió en vicepresidenta también por el voto de la mayoría de los ecuatorianos. Abad es la vicepresidenta constitucional de la República, y como tal, su cargo debe respetarse; ya que, al día de hoy, no se ha podido articular ninguna justificación legal que le impida ejercer sus funciones. Hay que estar muy atentos a las acciones del Presidente respecto a este tema, pues ahí se demostrará su respeto a la Constitución y a la institucionalidad del país: un elemento esencial para evaluar si es el tipo de líder y gobernante que merece seguir en el poder.

Galimatías jurídicos

Lapreocupante inseguridad jurídica que limita inversiones productivas se visibiliza en aspectos administrativos, electorales y penales del Estado ecuatoriano, que reflejan la acentuada descomposición normativa del país

EDITORIAL

El costo de dar la espalda a la minería a gran escala

En estos momentos de escasez, resulta inevitable para Ecuador percatarse de la magnitud de la oportunidad perdida hasta ahora en la minería . Solo este año se han dejado de recibir más de $2 mil millones en impuestos —además, más de que el doble hubiese ingresado por exportaciones a dinamizar la economía privada— que habrían pasado a formar parte del erario si se hubiesen tomado las medidas adecuadas en el pasado reciente. Sobran los motivos para asumir que la necesidad de recursos por parte del Estado solo aumentará. La producción petrolera sigue en declive —y se agravará sustancialmente por el inminente cierre del ITT —, la recaudación tributaria no está aumentando como se esperaba, el sector camaronero sigue atravesando un mal momento y la crisis energética continúa pasándole una abultada factura a la economía —que podría alcanzar

cuotas extenuantes si más adelante llega a concretarse la salida definitiva de operación de Coca Codo Sinclair —. Inevitablemente, en algún momento el Estado tendrá que voltear la vista hacia la riqueza minera ; mientras más espere para hacerlo, menos libertad de acción tendrá y más desesperado estará cuando lo haga.

La ciudadanía debe entender que la negativa a la minería a gran escala no significa que se esté preservando el ambiente , sino que se está cediendo esos recursos a grupos criminales que devastan el ecosistema y corrompen el tejido social con sus ingentes recursos mal habidos. Como un tumor, la minería legal se fortalece conforme pasa el tiempo y extirparla resulta más costoso y doloroso.

Ya es momento de actuar. El Estado requiere un liderazgo resuelto que esté dispuesto a poner, cuanto antes, el tema sobre la mesa.

desde que en el 2008 mutó de Estado de Derecho a Estado de derechos.

Inquieta que el Presidente haya ido a la Asamblea Nacional a exponer un informe semestral sin atribución ni deber constitucional, porque el Art. 147.7 obliga al mandatario “Presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los objetivos que el Gobierno se propone alcanzar durante el año siguiente”. El 24 de mayo solo cumplió 6 meses 1 día de gestión.

Quizá lo hizo por la costum-

bre de los últimos 16 años o, por presunta connivencia entre los jefes de las dos Funciones del Estado, quienes habrían decidido aprovechar el ambiente festivo para decorarlo con el singular peregrinaje por las inmediaciones parlamentarias, abultadas de viajeros y un escueto y novedoso formato de rendición de cuentas

Los apelativos de mitin político proselitista al evento, probablemente se basen en la orfandad de plan de desarrollo y objetivos a ser alcanzados en el año que le resta de mandato.

Manipulación administrativa

Elestancamiento del país se debe en gran medida, a que es resultado de corrupción palmaria y cero ética y además manipulación permanente que, los diferentes gobiernos de turno hacen a su paso, con la estructura administrativa del Estado, asumiéndola como botín y contribuyendo al fracaso nacional.

Dos ejemplos actuales. Uno en la Dirección de Aviación Civil; la actual directora encargada es una técnica con experiencia y capacitación, funcionaria de carrera, sin embargo, desde el Ministerio de Transporte se agitaron las aguas buscando acomodar algún pana o socio, habitual costumbre en nuestro atribulado país, méritos y experiencia no cuentan, error de la mayoría de gobernantes que tarde o temprano pagan factura. Igual y sistemáticamente en Petroecuador, donde cualquier politiquillo introduce su gallada con doble efecto, establecer círculos para movidas chuecas y afectar la productividad de la empresa. Al momento, el análisis de un reputado técnico petrolero alerta de una gerencia que condonó deudas a los panas de Halliburton y busca imponer la agenda sugerida por esta contratista, además de reunirse con los lobistas de siempre, continuar con la oscura trama de los combustibles y no dejarse ver de la prensa para explicar algo de lo que no tiene idea. El país no puede continuar tan precariamente y luego echar la culpa a asalariados y desempleados de todos los males que provocan ellos. Es lógico y obligatorio que la estructura del Estado se mantenga con profesionales de trayectoria transparente y experiencia probada. El país y por tanto sus ciudadanos no pueden estar en riesgo por la ineptitud de la élite gobernante. No es asunto de publicidad superficial y engañosa; recordemos qué pasó cuando el populacho se tomó Petroecuador y cosa similar parece estar pasando actualmente. En lugar de subir producción y bajar costos , vamos camino contrario y con muchas dudas sobre la ética de las acciones.

No existen visos de valoración parlamentaria del “informe”; se consumieron recursos fiscales. ¿Actuará la Contraloría?

A propósito, se avizora actividad contralora si Petroecuador cesa, por razones no técnicas, la explotación de petróleo en los campos Ishpingo, Tambococha y Tiputini, ITT, porque el mandato de la consulta popular es dejar el crudo, indefinidamente, bajo el subsuelo. Los auditores son rigurosos lectores de normas y mandatos; contravenirlos generan glosas millonarias. Tal inseguridad, galimatías

jurídicos se extienden a propósitos de hurgar preceptos constitucionales para no encargar el sillón presidencial a la Vicepresidenta en funciones, ignorando que los elegidos fueron solo para completar el período 2021-2025, mientras se lidia el estado de huelga de hambre del convicto Jorge Glas reclamando derechos; ignominioso, porque en su ejercicio público atropelló los derechos humanos de los ecuatorianos, como sustenta su doble sentencia. Urge restablecer al Ecuador como Estado de Derecho.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano
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XLI No. 13886 Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O QUITO | VIERNES 31/MAYO/2024
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WELLINGTON TOAPANTA Columnista invitado MILICA PANDZIC @MPandzic

Guillermo Lasso y CREO alistan estructura para 2025

Mientras la directiva de CREO recorre el país para fortalecer la estructura, el expresidente de la República, Guillermo Lasso, estrecha lazos con personalidades como, el exjefe de Estado de España, José María Aznar y la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

AGENDA. El exmandatario Guillermo Lasso protagoniza una importante agenda de encuentros, en la gráfica con la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Foto: X de Guillermo Lasso

El expresidente de la República, Guillermo Lasso, y su movimiento político CREO mantienen una agenda de acciones a escala internacional y nacional con el objetivo de fortalecer su estructura de cara a las elecciones presidenciales de 2025.

Tras el decreto de muerte cruzada de Lasso, CREO sorprendió con la decisión

de no postular candidatos, ni para el binomio presidencial, ni para la Asamblea Nacional . Indicando que, en ese momento, el objetivo era “ evitar que el autoritarismo , el abuso y la corrupción regresen al Ecuador”.

Un ejercicio importante en el proceso electoral

°Al evaluar las acciones que el Movimiento CREO desarrolla en los cantones y provincias de Ecuador, Lourdes Garay, puntualizó que es un ejercicio importante, que denota que están asumiendo con responsabilidad este proceso electoral.

De cara a las elecciones de 2025, CREO se encuentra en un proceso de reestructuración y coordinación de sus líneas, aunque todavía no hay claridad sobre quién será el binomio presidencial que los representará el 9 de febrero de 2025. Lasso ha marcado una agenda internacional importante, con presencia en Estados Unidos y España En Madrid estrechó sus relaciones con la dirigencia del Partido Popular , siendo recibido por la presidenta de la Comunidad de Madrid , Isabel Díaz Ayuso , por el alcalde de la ciudad, José Luis Martínez Almeida y encontrándose con el exjefe de Estado, José María Aznar.

Puntualizó que “es parte de una unión de esfuerzos, que debe existir en todos los movimientos políticos, sí se pretende poner como prioridad al Ecuador”. Al mismo tiempo destacó que, es fundamental dejar de lado “los egos y las posturas tozudas que nos han llevado a la polarización”.

Recalcó que los recorridos de Flores y la vicepresidenta de CREO, Angie Chávez, es lo que todos los movimientos políticos deberían hacer y lo “que nos ha quedado debiendo esta clase política”. Por su parte, Ordóñez, hizo un llamado a la ciudadanía y a los partidos políticos a entender que “hay cosas que se pueden hacer, pero necesitamos estar todos, no en diálogo, sino en acuerdos”. Precisó que existe una gran diferencia entre establecer diálogos con los gobiernos y trabajar en acuerdos.

Mientras en el territorio ecuatoriano, el presidente nacional de CREO , Juan Fernando Flores, tiene como objetivo recorrer los 221 cantones del país, para fortalecer y apuntalar la organización desde las bases.

Por su parte, el presidente de la República, Daniel Noboa, con una serie de ataques contra la organización, acusándola de tratar de entorpecer la consulta po -

y donde se pueda establecer alianzas”.

Agregó que no descartan sumar e incorporar a otras personas y grupos políticos, pero evitó dar detalles de un posible binomio presidencial, ya que están en procesos de consulta.

Adelantó que el proceso que se desarrolla en territorio tiene una visión no solo para las elecciones presidenciales y parlamentarias de 2025, “sino que comienza desde ya el 2027”.

Lazos internacionales

Sobre la gira internacional de Lasso, el presidente nacional de CREO precisó que esta forma parte de una agenda que ha venido cumpliendo y que le ha llevado a Estados Unidos y España.

pular, marca un distanciamiento que deberá tenerse en cuenta para el futuro.

Fortaleciendo las bases E n una entrevista a LA HORA, Flores destacó que CREO cumple con los requisitos exigidos por el Consejo Nacional Electoral, por lo que están preparándose para participar en 2025.

Destacó que la nueva directiva desarrolla “un proceso de fortalecimiento de las directivas a nivel nacional, para desarrollar los procesos de democracia en cada una de las provincias y en las tres circunscripciones del exterior”.

Recalcó que CREO participará en las elecciones de 2025 con representantes para la elección de los 151 asambleístas, el Parlamento Andino y el binomio presidencial.

En este sentido, Flores señaló que además del fortalecimiento interno del partido, trabajan en el acercamiento a otras organizaciones, “con quienes compartimos una visión y una posición sobre la democracia y la libertad

“Ha tenido acercamientos con las personas y, sobre todo, con representantes tras el trabajo y la gestión que se realizó durante el Gobierno, bajo la política ‘Más Ecuador en el mundo y más mundo en el Ecuador’. Todo esto es parte del trabajo y el reconocimiento”, sentenció. Por su parte, el analista político y docente de la Universidad Andina Simón Bolívar , Gonzalo Ordóñez, destacó la relevancia del encuentro entre Lasso y Díaz Ayuso, indicando que “la presidenta de la Comunidad de Madrid es un portento político , tiene un nivel de aceptación y una claridad conceptual muy crítica frente a la izquierda”.

Ordóñez destacó que Díaz Ayuso “le ha dado voz a la centroderecha española y le ha dado credibilidad, no es cualquier cosa hablar con Díaz Ayuso y tener un comentario positivo, que ya lo tuvo antes Lasso”.

La analista y consultora política , Lourdes Garay , dijo que la agenda internacional, sobre todo la desarrollada en España por Lasso, no le sorprende, pues el mandatario desde sus inicios en la política ha tenido acercamientos con el Partido Popular español. “Recordemos que la Fundación Ecuador Libre empezó en el año 2005 y desde ese entonces han estrechado los lazos en España y con el exjefe de Estado, José María Aznar”. (ILS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | VIERNES 31/MAYO/2024 I POLÍTICA 03

Asamblea se prepara para recibir a 14 nuevos inquilinos

Con el anuncio del Consejo Nacional Electoral en torno al aumento en el número de asambleístas, las autoridades del Legislativo se organizan para recibir a los 14 nuevos inquilinos.

Con el anuncio que el 5 de abril de 2024 realizó el Consejo Nacional Electoral (CNE), en torno a que en las elecciones del 9 de febrero de 2025 el número de asambleístas pasará de 137 a 151, las autoridades del Legislativo ya se organizan para recibir a los 14 nuevos inquilinos.

De los actuales 137 asambleístas, 116 son provinciales, 15 nacionales y 6 del exterior.

De los 14 que se elegirán 1 es de Azuay, 1 de Esmeraldas, 4 de Guayas, 1 de Manabí, 1 de Morona Santiago, 3 de Pichincha, 1 de Tungurahua , 1 de Orellana y 1 de Santa Elena.

Esta determinación se desprende de un informe que fue remitido al CNE por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), relacionado con la información del último Censo de Población y Vivienda 2022

La administración general de la Asamblea, a cargo de Fernando Reyes, todavía espera la notificación oficial del CNE, pero ya planifica una renovación en el salón del Pleno, para la implementación de más curules.

Además de las innovaciones físicas, los cambios también conllevarán una nueva adecuación en la infraes -

tructura tecnológica que debe modificarse. Esto implica pruebas de sonido, amplificación de audio y video, cableado, interconexión de redes, conexiones entre curules antiguos y nuevos para el voto electrónico, transmisión de datos, entre otros aspectos.

La ubicación de los 14 nuevos escritorios para los parlamentarios está planificada así: 7 curules se ubicarán hacia el lado izquierdo del Pleno (ala occidental), y otras 7 en el derecho (ala oriental), donde se acondicionó un es-

pacio para la prensa.

El presupuesto que se requiere

Para la adecuación se requieren entre $12.000 y $13.000. Ese dinero servirá para la adquisición de 14 escritorios, conexión eléctrica y sillones (cada uno a $300 o $400, dependiendo de las características).

La administración del Parlamento también planifica dar mantenimiento al resto de 137 curules.

El rubro para la implementación de la tecnología se cal-

cula entre $20.000 y $25.000.

“Se aprovecharán los espacios libres del año como los fines de semana (y feriados)”, dijo Reyes, tras adelantar que durante el segundo receso legislativo (que sería en febrero de 2025) se finiquitarán los trabajos. En mayo, o a más tardar en junio de 2025, estarán listos los nuevos cambios en el Pleno.

Adecuaciones en cuatro edificios Los despachos de los legisladores están repartidos en cuatro edificios Se trata de los inmuebles de la Dinamed, ubicado en la calle Juan Murillo 21-166 y San Gregorio; el Alameda II (10 de Agosto N11- 511 y Santa Prisca), la casa Lasso Conto (6 de Diciembre y Clemente Ponce) y el edificio Acuarius ( a pocas cuadras de la calle Piedrahita).

En estos inmuebles se adecuarán nuevas oficinas para recibir a los 14 legisladores. Cada asambleísta llegará con un grupo de trabajo integrado por cuatro personas: un asistente, dos asesores y un secretario.

En el Palacio Legislativo laboran el presidente y los vicepresidentes de la Asamblea, y los presidentes de las quince comisiones legislativas. (SC)

lahora.com.ec

EN LA WEB PAÍS Ministerio de Gobierno estrecha lazos con la función de Transparencia

ECONOMÍA Entregar bienes del Estado para pagar deudas: Otra cara de la crisis fiscal en Ecuador

POLÍTICA TCE da plazo de dos días a consejero Guarderas para completar denuncia contra la vicepresidenta Verónica Abad

DEPORTES ¿Cómo prepararte para la Quito 15K Race?

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO POLÍTICA 04 I QUITO | VIERNES 31/MAYO/2024
AUTORIDAD. Fernando Reyes, administrador general de la Asamblea Nacional.

La inestabilidad política se contrarresta con una economía diversificada

Según un reciente estudio del Banco Mundial, la apuesta debe ir por la minería formal, la agricultura y el turismo. Ecuador necesita crecer de manera consistente por varios años.

La inestabilidad política se debe al modelo económico Ecuador siempre ha dependido del petróleo Cuando el precio está alto y hay un boom, se tiene dinero para gastar y hay estabilidad; pero si el precio cae y se complican las finanzas públicas, comienza la inestabilidad.

Según Christian Yves González, economista del Banco Mundial para Ecuador y miembro del equipo que hizo el estudio ‘Ecuador: crecimiento resiliente para un futuro mejor’ , el sector privado tiene que jugar un mayor rol en la economía.

Para que esto sea posible, se deben aprovechar las oportunidades en tres sectores con potencial de impulsar el crecimiento del país.

La idea es que, a medida que se diversifique más la economía, eso contribuya a la estabilidad política, e incluso abrir la puerta de consensos mínimos

Óscar Calvo-González, director de la práctica de crecimiento equitativo, finanzas e instituciones del Banco Mundial para América Latina y el Caribe, explicó que el gran éxito de la economía norteamericana es que ha estado creciendo al 2% - 3% durante 200 años.

Nunca ha crecido al 10%.

El mensaje es que es muy importante mantener tasas estables de crecimiento, aunque no sean las más altas, durante mucho tiempo.

Calvo-González considera que en Ecuador se ha formado un consenso alrededor de la lucha contra la inseguridad. También, cree que

la sociedad ha formado un consenso relativamente amplio de que el petróleo no es el futuro.

En este contexto, si la economía debe diversificarse y el petróleo (sin que se descarte) ya no es la principal carta, la pregunta es en qué sectores debe enfocarse el país.

Sectores clave para Ecuador

“El no hacer nada tiene un costo bastante alto”, recalcó Yves González en referencia a que es factible impulsar la minería formal , incluso de la mano con el turismo y la agricultura.

¿Cómo impulsar la minería formal?

Las exportaciones mineras se multiplicaron más de siete veces en cuatro años, convirtiéndose en el cuarto sector exportador. Ecuador tiene una cartera de proyectos mineros de mediana y gran escala que podrían despegar esta década.

Para que esto se haga realidad, se deben corregir las deficiencias institucionales que limitan el posible impacto positivo de la minería formal.

El estudio del Banco Mundial dice que las oportunidades de desarrollo local se ven limitadas porque el mecanismo para transferir los ingresos de la minería a los go-

biernos locales no funciona. Además, el proceso de concesión de licencias ambientales es rígido y poco realista. La configuración institucional para controlar y supervisar las operaciones mineras está poco desarrollada. Estas deficiencias “generan sospechas” y minan el apoyo a la actividad.

La minería artesanal y de pequeña escala, que representa el 22% de la producción de oro, a menudo crea empleos precarios y daños ambientales significativos. Para contrarrestar todo esto se necesita:

• Asegurar una amplia participación ciudadana en la redacción de la legislación de la consulta medioambiental.

• Fortalecer el Comité Especial para el control de la minería ilegal.

• Implementar reformas normativas urgentes para mejorar la recaudación de impuestos y permitir que los ingresos de la minería lleguen a los gobiernos locales.

• Fortalecimiento técnico, financiero y humano de la Agencia de Regulación y Control de la Energía, el Ministerio del Ambiente y el Servicio de Rentas Internas (SRI).

• La reapertura del catastro minero.

• El fortalecimiento y la in-

tegración del sistema de evaluación y supervisión medioambiental.

• La formalización de la minería artesanal.

¿Cómo impulsar la agricultura? La agricultura tiene potencial para aumentar la diversificación económica mediante exportaciones agrícolas de alto valor añadido y el desarrollo de la agroindustria orientada a la exportación.

Sin embargo, se deben resolver varios problemas. Los pequeños productores representan tres cuartas partes del agro, pero solamente utilizan una décima parte de la superficie cultivada. Las economías de escala son limitadas y eso conduce a la baja productividad.

El gasto público en agricultura es muy ineficiente, ya que se centra en asegurar precios en lugar de proporcionar bienes públicos, incluidos la investigación y el desarrollo (I+D).

Los elevados aranceles de importación y la contratación pública a precios mínimos desincentivan la mejora de la calidad y el cambio a cultivos de mayor valor. Mientras tanto, las exportaciones agrícolas se ven limitadas por problemas logísticos.

• La productividad agrícola podría beneficiarse de la eliminación progresiva de los precios de apoyo (precios de sustentación políticos).

• El Gobierno dispone de un margen fiscal limitado para aumentar el gasto, pero se podrían reasignar los recursos públicos que apoyan los precios políticos hacia: inversión en Innovación y Desarrollo I+D, instalaciones sanitarias y fitosanitarias, infraestructura logística, información de mercado, mejora de las carreteras terciarias y modernización de los mercados mayoristas.

• Movilizar la inversión privada y extranjera para ayudar a abordar las limitaciones a largo plazo del crecimiento agrícola.

• El Gobierno podría aumentar la competencia en el mercado de la carga aérea, facilitando la entrada de nuevas empresas de carga y flete aéreo. También podría ser útil establecer un mercado de alquiler de maquinaria.

• Las asociaciones público-privadas podrían fomentar las inversiones en la red ferroviaria, la mejora de los puertos, las instalaciones de la cadena de frío y otras infraestructuras.

• El sector privado podría ayudar a establecer un seguro agrícola basado en el índice de rendimiento por superficie, lo que podría contrarrestar el efecto del cambio climático en la agricultura.

• Las alianzas productivas, que han tenido éxito en varios países de la región, podrían ayudar a los pequeños productores a satisfacer las exigencias del mercado local y exterior. (JS)

El crecimiento de la agricultura ha sido impulsado por una mayor intensidad de insumos, reflejada en el uso excesivo de fertilizantes y pesticidas, con efectos adversos para el medio ambiente y la salud pública Para contrarrestar todo se necesita:

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | VIERNES 31/MAYO/2024 I ECONOMÍA 05
HECHO. Sin una economía que crezca y brinde oportunidades, se profundizará el descontento de los ecuatorianos.
La nota completa en nuestra web: www.lahora.com.ec

52.051 niños y niñas que han sido abusados sexualmente.

5.178 niñas(entre 10 a 14 años) embarazadas.

1.921 niñas

192 niñas

Entre 2018 y 2023 se han registrado casos. Es decir, que hay un promedio de 24 casos diarios y un abuso sexual cada hora. Se registraron en 2022.

Dieron a luz en 2022.

Accedieron a un aborto por violación en 2022 y en 2023 fueron 247.

Fuente: Surkuna, Ministerio de Salud, Ministerio de Educación.

1921 niñas menores de 14 años tuvieron un hijo en 2022

Aunque el aborto por violación es legal, las cifras dan muestra del acceso mínimo. Hay falta de educación sobre esta herramienta para las niñas que deciden no ser madres, tras ser violentadas sexualmente y ante la falta de políticas de prevención y vacíos legales.

Entre 2018 y 2023, en Ecuador fueron abusados sexualmente 52.051 niñas y niños. A eso se suma que, 1.921 niñas, entre 10 y 14 años, tuvieron un hijo fruto de una violación, solo en 2022. Estos números “no son solo cifras, la situación debe conmovernos a todos”, dice Sybel Martínez, abogada y defensora de los derechos humanos, quien atribuye estos casos a la falta de políticas públicas, vacíos legales y acceso e información eficaz a herramientas de reparación como el aborto por violación.

Verónica Vera , directora ejecutiva del colectivo

Surkuna, indica que por mucho tiempo se “escondió el embarazo infantil dentro del embarazo adolescente”, lo que impide que el seguimiento de las niñas madres sea integral y lo menos revictimizante. En Ecuador –dice Vera– se han registrado casos de niñas que incluso han dado a luz a los 8 años; dando cuenta de la falta de atención de las familias y el Estado desde instituciones educativas, de salud y los entes de justicia.

Incesto sin penas mayores Martínez destaca que el secreto mejor guardado de la

sociedad ecuatoriana es el incesto. Las niñas sufren abusos sexuales y violaciones por sus parientes cercanos: papá, hermanos, tíos, abuelos. Pese a eso, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) no contempla penas mayores para este tipo de violencia sexual, es decir, la violación perpetrada por un familiar no es un agravante; lo que da muestra del poco valor que Ecuador le da a esta problemática. Ese es uno de los mayores peligros para que casos como el de Norma se repitan una y otra vez.

Norma tenía 12 años cuando su padre la violó. Ella que-

ría abortar, pero los médicos le dijeron que no era posible, pues ya tenía siete meses de embarazo. Sin embargo, al ser una niña, llevar adelante la gestación implicaba un riesgo para su vida, lo cual bastaba – según el COIP– para interrumpir el embarazo.

En 2019, Norma demandó a Ecuador ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (ONU) por la falta de protección, justicia y reparación para las niñas. Han pasado cinco años y aún no hay resolución. En este tiempo, el panorama para las niñas y mujeres no ha cambiado, aunque han existido avances.

Aborto por violación

Desde 2021, el aborto por violación en Ecuador es legal. Esta es una herramienta de reparación para que, además del trauma que implica esta agresión sexual, las niñas no sean obligadas a ser madres.

A Vera le preocupa que pese a contar con la despenalización, el acceso sea mínimo.

Por ejemplo, en 2023 hubo 1.898 víctimas de violencia sexual. En ese mismo año, 247 niñas entre 10 y 14 años accedieron al aborto por violación.

Si bien la interrupción del embarazo es voluntaria, organizaciones como Surkuna

han detectado trabas como: desinformación de los médicos a las niñas que intentan interrumpir su embarazo; falta de acceso en comunidades y zonas remotas y escasa promoción de este derecho. Esto ocurre porque Ecuador no ha emprendido campañas comunicacionales en las que niñas y mujeres adultas conozcan sobre el aborto por violación.

Total despenalización del aborto

La Corte Constitucional informó – el 14 de mayo de 2024– que admitió a trámite la demanda presentada por el movimiento nacional Justa Libertad, que busca que el aborto, en Ecuador, sea legal en todas las causales.

La demanda fue ingresada el 19 de marzo de 2024 y, aunque no hay una fecha para resolverla, el hecho de que se haya aceptado quiere decir que “cumple con todos los requisitos”, dice Vera.

Actualmente, en Ecuador, el aborto es legal cuando: Hay peligro para la vida de la mujer embarazada, y este peligro no puede ser evitado por otros medios. Hay peligro para la salud de la mujer embarazada. Si el embarazo es consecuencia de una violación sexual. (AVV)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO SOCIEDAD 06 I QUITO | VIERNES 31/MAYO/2024
INFANCIA
Abuso sexual y violaciones

1.123 vehículos que fueron retenidos por la AMT serán chatarrizados

La AMT ha comenzado el proceso de chatarrización para 1.123 vehículos que están en los Centros de Retención Vehicular. El proceso está programado para agosto de 2024. ¿Todavía puede salvar su carro?

La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) inició el proceso de chatarrización de 1.123 automotores y motocicletas que llevan más de tres años en los Centros de Retención Vehicular (CRV).

La medida se formalizó conforme a lo establecido en la disposición general quinta de la Ley Orgánica de Transporte y el Reglamento de Control de los Bienes e Inventarios del Sector Público. El proceso aplica para todos los vehículos que han permanecido más de tres años en los CRV. En la lista están 856 motocicletas, 259 vehículos livianos y 8 vehículos pesados que actual,ente están en los CRV de Gualaquiza, Río Coca y

Turubamba.

La AMT informó sobre este proceso en su página web. De acuerdo con las normativas vigentes, la institución tiene un plazo de 90 días para elaborar un informe situacional sobre el estado de los vehículos involucrados. En el mismo, se determinará el procedimiento y el cronograma para la chatarrización.

Proceso de liberación

Según la AMT, el proceso de liberación o declaratoria de abandono para poder chatarrizar los vehículos la otorga el director general de la AMT, Washington Martínez, bajo un acto administrativo.

Conjunto Balcones Moran Plaza 2

Sala, Comedor, Cocina, 3 dorm., 2 1/2 baños, área terreno 83.59m2, área construcción 113.70m2  US$61.200 entrada US$15.300 saldo financiado a 15 años plazo. Informes: 0987776583

Mientras que Martínez no emita el informe, los propietarios aún podrán retirar sus vehículos de los CRV, cumpliendo con los requisitos legales. Pero, una vez declarados en abandono, dichos bienes no podrán ser recuperados bajo ningún motivo. Según la AMT, el inicio del proceso se dio el 20 de mayo de 2024, con la desintegración física de los vehículos programada para comenzar en agosto de 2024. La convocatoria para la selección de empresas fundidoras

registradas como gestores ambientales por el Ministerio de Comercio se realizará próximamente, informaron a este Diario. La empresa seleccionada deberá proporcionar un informe detallado del valor pagado por la chatarra de cada vehículo, identificado por su placa, chasis o número RAMV. A pesar de que el vehículo sea chatarrizado, el dueño igual quedará con la deuda del servicio de garaje, que se cobra por día, según el tipo de vehículo. (EC)

Centros de Retención Vehicular están colapsados

°Los 10 Centros de Retención Vehicular (CRV) de Quito están completamente colapsados, con una ocupación que supera el 200% de su capacidad. Los centros afectados son: Carapungo, Bicentenario 1, Bicentenario 2, Las Cuadras 1, Las Cuadras 2, Gualaquiza, Río Coca, Rumichaca, Cumandá y Turubamba. Esta situación, según las autoridades, evidencia la urgencia del proceso de chatarrización para liberar espacio y mejorar la gestión de los CRV.

En lo que va de 2024 se han retenido 1.586 vehículos en los CRV. Las principales causas de estas retenciones fueron: Accidentes de tránsito: 45,9% (728 vehículos). Vehículos informales: 15,5% (246 vehículos). Estado etílico 10% (158 vehículos).

Requisitos para la liberación de vehículos

° Para la liberación del automotor ingresado en el CRV se debe contar con los documentos que justifiquen el retiro del vehículo:

° Requisitos de liberación por COIP: Matrícula original vigente o Certificado Único Vehicular.

Cédula de identidad/ ciudadanía o pasaporte original vigente del propietario. Original y copia del comprobante de pago del servicio de garaje. Original y copia de la Orden Judicial (de ser el caso).

El vehículo no debe poseer valores pendientes en el SRI (matrícula de acuerdo a la calendarización), ANT, AMT (contravenciones). Y demás requisitos exigidos por la Ley.

° Requisitos de liberación por Ordenanza: Matrícula original vigente o Certificado Único Vehicular.

Cédula de identidad/ ciudadanía o pasaporte original vigente del propietario. Original y copia del pago de la sanción administrativa. La orden de pago debe ser generada en la página. Para entrar haz clic aquí. Y demás requisitos exigidos por la Ley.

° Costo del Servicio de Garaje: Además, para poder retirar los vehículos se debe cancelar el servicio de garaje. El valor diario establecido por la ANT, es de:

Extra pesados: $15.00

Pesados: $9.00

Livianos: $3.00

Motocicletas: $1.00

Desglose de vehículos Retenidos

° Los tipos de vehículos retenidos durante esta misma semana incluyen: Automóviles: 1.152 retenciones. Motocicletas: 308 retenciones. Vehículos pesados: 88 retenciones.

° Vehículo extrapesado: 38 retenciones.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | VIERNES 31/MAYO/2024 I QUITO 07
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MEDIDA. Más de 1.000 automóviles retenidos serán chatarrizados en Quito.

Nuevo Gobierno mexicano lidiará con una crisis migratoria inédita

México comenzó un periodo de reflexión de tres días antes de las elecciones de este 2 de junio de 2024.

CIUDAD DE PANAMÁ. En una crisis migratoria inédita, miles de migrantes irregulares atraviesan o salen a diario de Centroamérica con destino a Estados Unidos o México , en el caso de no alcanzar el “sueño americano”. Esa es la realidad con la que deberá lidiar el nuevo presidente mexicano que será elegido el 2 de junio de 2024.

La crisis migratoria y humanitaria no para de crecer. Más de 520.000 viajeros , alrededor del 20% de ellos menores y adolescen-

tes, atravesaron la jungla panameña del Darién, la peligrosa frontera natural entre América del Sur y Centroamérica, en 2023, una cifra sin parangón que amenaza con palidecer frente a las 800.000 que agencias de la ONU como Unicef calcula pueden hacerlo este año.

Se trata en su mayoría de venezolanos, a los que se suman haitianos, ecuatorianos, colombianos, brasileños y nacionales de países lejanos como China, India, Angola, Pakistán o Sene -

gal, entre otros.

El director de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) de Honduras, Rolando Sierra, dijo que hay que esperar a ver quién gana la Presidencia de México para conocer s i su política será de “mayor control migratorio” y negociará con los países centroamericanos para frenar la migración irregular , incluidos los miles de hondureños, guatemaltecos y salvadoreños que salen cada día para intentar llegar a Estados Unidos

desde hace más de tres décadas.

Una oportunidad para México

La jefa de Misión de la OIM en México, Dana Graber, explicó que ante el aumento sin precedentes de la migración en los últimos años, se abren una serie de retos para México - y para el resto de países de la región - pero también oportunidades.

“Esta migración tan compleja es un reto para México, pero también vemos una oportunidad en términos de aprovechar la migración laboral porque más personas migrantes ven a México como un posible país de destino o se ven obligadas a permanecer”, comentó.

Graber dijo que México tiene cerca de 1,6 millones de puestos de trabajo vacantes que podrían ser aprovechados por los migrantes, pero para ello debe haber vías accesibles de regularización. (EFE)

Periodo de reflexión antes de las elecciones

°México entró este 30 de mayo de 2024 en un “periodo de reflexión” de tres días antes de los comicios presidenciales del 2 de junio con una veda electoral tras tres meses de campaña en los que las tendencias en las encuestas mantuvieron en el liderazgo a Claudia Sheinbaum.

La candidata oficialista cerró sus eventos el miércoles en el Zócalo de Ciudad de México con un mitin en el que prometió “guardar el legado” del mandatario, Andrés Manuel López Obrador, además de prever que será la primera mujer presidenta del país. Su rival más cercana, la opositora Xóchitl Gálvez, tuvo un mitin en Monterrey, donde prometió ser la “presidenta más valiente” para combatir el crimen, al citar los más de 180.0000 asesinatos y 50.000 desapariciones que han ocurrido en este sexenio presidencial (2018-2024).

Mientras que Jorge Álvarez Máynez, del opositor Movimiento Ciudadano (MC), cerró con un festival en los barrios de Roma y Condesa, una zona progresista y liberal de Ciudad de México, donde prometió que no habrá ni una persona encarcelada por fumar marihuana o abortar en su eventual Gobierno.

FO CUS

En medio de una crisis, ¿cómo los empresarios se pueden adaptar?

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO GLOBAL 08 I QUITO | VIERNES 31/MAYO/2024
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POSTULANTES. Llos candidatos a la presidencia de México, la oficialista Claudia Sheinbaum (i) y los opositores Jorge Álvarez Máynez (c) y Xóchitl Gálvez (d). EFE

Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Sucre de Manabí CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA

A los  HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS del señor  CESAR ALARCÓN RAMOS y a  CUALQUIER PERSONA QUE

PUEDA TENER DERECHOS SOBRE EL PREDIO MATERIA DE ESTA ACCIÓN Y A POSIBLES INTERESADOS,  se les hace conocer que esta Unidad Judicial Civil del cantón Sucre, por sorteo de ley se ha presentado la Demanda  de  PRESCRIPCIÓN EXTRAORDONARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, signada con el  No. 13336-2022-00228, al tenor de lo siguiente:

ACTOR:  JAIME ERNESTO PUENTE BUCHELI y CUMANDA ELIZABETH VELALCAZAR ANDRADE.

DEMANDADO: MERCEDES ELISA TORRES CARRERA, EN SU CALIDAD DE CÓNYUGE SOBREVIVIENTE  DEL SEÑOR CESAR ALARCÓN RAMOS Y  SUS HEREDEROS CONOCIDOS, RODRIGO JAVIER ALARCÓN TORRES, ROSA EUGENIA DE LAS MERCEDES ALARCÓN TORRES, MARÍA BELÉN ALARCÓN TORRES Y CÉSAR ALFONSO ALARCÓN TORRES.

TRAMITE:  ORDINARIO.

CAUSA:  13336-2022-00228.

JUEZA DE LA CAUSA:  AB. GALO IVAN PALACIOS CEVALLOS.

OBJETO DE LA DEMANDA: Es el caso señor/a juez/a, que desde el 24 de noviembre de 2005, es decir hace más de 17 años me encuentro en posesión pacifica, tranquila, ininterrumpida, pública, notoria y con ánimo de señor y dueño de una franja de 74.80 m2 como parte del lote de terrero situado en la provincia de Manabí. cantón Sucre, parroquia Charapotó, sector Balneario de San Clemente y bajo los siguientes linderos a la fecha de adquisición y dimensiones de mayor extensión: NORTE; calle pública Francisco Emeterio Muñoz P. (antes “Casa playa» o “Calle a la Playa») de 5.20 m; SUR: con propiedades de los cónyuges HIPÓLITO GILBERTO MUÑOZ VERA y señora MARÍA RAQUEL CHUMO DE MUÑOZ con 3 70 m; ESTE: propiedades de Herederos de CÉSAR ALARCÓN RAMOS con 16.80 m;  OESTE: con propiedades de los cónyuges HIPÓLITO GILBERTO MUÑOZ VERA y señora MARÍA RAQUEL CHUMO DE MUÑOZ con 16 89 m. De tal forma que todas las personas que viven en la zona, me han reconocido como legítimo propietario. Sobre la mencionada franja del lote de terreno, con mis propios recursos, he realizado obras de mantenimiento, limpieza y escollera. Adicionalmente, junto a mi familia he ocupado durante más de 17 años, sin interferencia de nadie y siempre manteniendo el ánimo de señor y dueño el referido lote.  FUNDAMENTOS DE DERECHO.- Fundamento mi demanda en los Arts. 66.26 y Art 321 de la Constitución de la República del Ecuador: Arts. 599, 603, 715 718, 721, 2392, 2398. 2405. 2410. 2411, del Código Civil vigente; Art. 227 y 289 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); Art 35,8. 12 y 18 del Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial; y, Art. 36 de la Gaceta Municipal # 96 del Gobierno Municipal del cantón Sucre.

JUEZA DE LA CAUSA: DRA. LAURA CELESTE JOZA MEJIA, SUCRE, 15 DE SEPTIEMBRE DEL 2023, LAS 15H04.

VISTOS: Encontrándose este proceso en mi despacho para ser atendido  conforme corresponde, se dicta lo siguiente: PRIMERO. CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA:  En lo principal,  la demanda junto con el escrito que la complementa agregado en los folios 65, 66 y 67,  presentado dentro del término de ley, según  consta en la razón actuarial  que obra en el folio 80 de los autos y el escrito de reforma a la misma,  que se visualiza en los folios 97 y 98 del expediente ,   que fue propuesta  por los señores JAIME ERNESTO PUENTE BUCHELI y CUMANDA ELIZABETH VELALCAZAR ANDRADE,  es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), admitiendo por ser oportuna,  la indicada reforma a la demanda, al tenor del art. 148 del Código Orgánico General de Procesos en los términos señalados,  por lo que, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. SEGUNDO. CITACIÓN: Se ordena la CITACIÓN a los demandados, señores : MERCEDES ELISA TORRES CARRERA, en su calidad de cónyuge sobreviviente  del señor CESAR ALARCÓN RAMOS y  sus herederos conocidos, RODRIGO JAVIER ALARCÓN TORRES, ROSA EUGENIA DE LAS MERCEDES ALARCÓN TORRES , MARÍA BELÉN ALARCÓN TORRES Y CÉSAR ALFONSO ALARCÓN TORRES  en las  dirección indicada en el libelo inicial,  mediante deprecatorio virtual dirigido a la Unidad judicial Civil y Mercantil con jurisdicción en la Parroquia IÑAQUITO,  Distrito Metropolitano de Quito, Cantón Quito, Provincia de Pichincha,  para lo cual, se practicará  el respectivo sorteo en línea,  a fin de  que la parte demandada ejerza su legítimo derecho a la defensa al tenor del art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador. Al amparo de lo establecido en la cláusula décima, del artículo 63 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de Organización, Territorial, Autonomía y Descentralización, CÍTESE a los señores representantes del GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SUCRE, en las personas de su ALCALDE y PROCURADOR SÍNDICO MUNICIPAL,   en el domicilio señalado,  para lo cual se adjuntará copia certificada de la demanda, su complemento, del escrito de reforma ,  de los documentos adjuntos y de este auto inicial, para  cuyo efecto se remitirán las piezas procesales respectivas a la oficina de citaciones y notificaciones de este Complejo  Judicial. En consecuencia, la parte actora en el término de tres días cumpla con facilitar todas las copias  requeridas  para la elaboración de las  boletas  de citación. Por secretaría cúmplase con lo dispuesto en el último inciso del artículo 53 del COGEP, esto es,  publicar las citaciones en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. El Citador asignado para que cumpla con las citaciones   que se ordenan,  tendrá en cuenta  lo previsto en los artículos 62 y 63 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO. CONTESTACIÓN: Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de ( 30 ) TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. CUARTO. CITACIÓN POR MEDIO DE LA PRENSA:  Consta en el proceso, en el folio 89 y 89 vlta, que los demandantes   comparecieron a esta Unidad judicial a rendir su declaración bajo juramento, de que les ha sido  imposible determinar a otros herederos del causante y posibles interesados en esta causa y por ende la individualidad  y residencia de los mismos,  por lo cual,  se dispone la citación por medio de la prensa , en uno de los periódicos de mayor circulación de este Cantón,  de  los presuntos y desconocidos herederos del señor CESAR ALARCÓN RAMOS , quien  se encuentra fallecido conforme consta en la inscripción  de defunción adjunta a los autos en el folio 103 y así como a cualquier persona que pueda tener  derechos sobre el predio materia de esta acción  y a posibles interesados.  Para el efecto, por medio de Secretaría se conferirá el extracto correspondiente. QUINTO. INSCRIPCIÓN: Con fundamento a lo determinado en el artículo 146 inciso quinto del COGEP, INSCRÍBASE  esta demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Sucre, notificando a su titular   en el  despacho a su cargo. SEXTO. ANUNCIO DE PRUEBAS:   Para los fines pertinentes se tendrá en cuenta  todos los anuncios probatorios propuestos por los  accionantes en su demanda,  los mismos que    serán admitidos   de ser pertinentes, útiles y conducentes en la Audiencia Única, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 160 del Código Orgánico General de Procesos. SÉPTIMO. AUTORIZACIÓN Y NOTIFICACIONES: Tómese nota de la autorización  concedida y el correo y casillero electrónicos señalados para recibir sus notificaciones.    Actúe  la  secretaria  titular,  abogada Rosa Enedita Loor Vera. Se deja constancia que se sube al sistema este auto en la presente opción por no encontrarse otra. NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE y CÍTESE.

Al hacerlo se les advertirá a los demandados que transcurrido el término de veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda.

Sucre-Bahía de Caráquez, 20 de mayo del 2024

Dengue, una epidemia sin precedentes en las Américas

Esta semana la Organización

Panaméricana de la Salud emitió una alerta epidemiológica por el dengue e indicó que se habían registrado más de 3.600 muertes.

PREVENCIÓN. Fotografía de archivo de pacientes infectados y sospechosos de padecer dengue en Brasil. EFE

WASHINGTON. En las Américas se han registrado este 2024 más de 8,1 millones de casos de dengue en una epidemia sin precedentes que ha puesto a prueba los sistemas de salud, indicaron este jueves expertos convocados por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

“Los expertos advierten que los grandes brotes de dengue podrían ser la norma en el futuro a medida que el cambio climático causa temporadas de lluvias más largas y cálidas”, dijo en una teleconferencia Beatriz García Nice, experta del Wilson Center.

“En Argentina, Uruguay y Brasil, entre otros, el dengue ha puesto a prueba los sistemas de salud”, añadió.

El año del dengue

Sylvain Aldighieri, director en la OPS del departamento de prevención de enfermedades contagiosas, dijo que “2024 corre un gran riesgo de ser el año del dengue con la cifra más alta de casos documentados hasta el momento”.

“En lo que va del año tenemos ya tres veces más de casos documentados que los casos registrados en el mismo período de 2023 que ya había sido un récord en la cifra de casos registrados”, agregó el funcionario. “Argentina, Brasil y Uruguay

El dengue es una enfermedad febril que se transmite por la picadura del Aedes aegypti

han registrado el 90 % de los nuevos casos documentados en todas las Américas”. comentó. Esta semana la OPS emitió una alerta epidemiológica por el dengue e indicó que se habían registrado más de 3.600 muertes. La organización instó a los países en América Central, México y el Caribe a que adopten medidas para detener la epidemia.

En México y algunos países centroamericanos los casos de dengue hasta el 24 de mayo sumaban ya cifras entre 2,5 y 6 veces más altas que entre enero y mayo de 2023, en tanto en la región del Caribe los casos suman 5,7 veces los registrados en el mismo período del año pasado.

Aunque con cifras mucho menores se han documentado casos de dengue en Arizona, Florida y la costa de Texas, y en el verano pasado con oleadas de calor sin precedentes en Europa hubo casos de contagio por virus autóctono en Francia, Italia y España EFE

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | VIERNES 31/MAYO/2024 I GLOBAL 09
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EL DATO

Ibarra tiene listo su plan de seguridad ciudadana

Un documento de 400 páginas servirá como una guía para combatir la inseguridad en la ciudad de Ibarra.

IBARRA.- “La seguridad de nuestros ciudadanos es nuestra máxima prioridad”, afirmó el alcalde de Ibarra, Álvaro Castillo, al presentar el plan de seguridad ciudadana del cantón, el cual se elaboró a través de una consultoría especializada, aprobada por el Concejo Municipal.

“Este plan representa un esfuerzo conjunto entre el gobierno local, entidades públicas y privadas, Policía Nacional y la comunidad, para crear un entorno más seguro y protegido para todos”, dijo Castillo.

Ramiro Mantilla, oficial en servicio pasivo de la Policía Nacional y consultor del proyecto de seguridad, explicó que una vez aprobado el plan por el Consejo Cantonal de Seguridad Ciudadana, se comparte con la ciudadanía, para ponerlo en marcha.

Así uno de los primeros pasos es dar a conocer a los ibarreños los fundamentos, procedimientos y programas de prevención que se implementarán en cada uno de los barrios.

Las estrategias diseñadas, además, deberán articularse con dirigentes barriales, sociedad civil, entidades de seguridad y la Municipalidad, a través de la Dirección de Seguridad Ciudadana.

Castillo hizo un llamado a los ciudadanos a involucrarse activamente en este plan , participando en los comités de seguridad, asistiendo a las sesiones informativas y colaborando con las autoridades para mantener a Ibarra como una ciudad de paz, libre y segura.

Detalles del plan

El Plan de Seguridad Ciu-

dadana y Convivencia Social Pacífica del cantón

Ibarra es un documento de 400 páginas. Allí se detalla como objetivo principal mejorar la seguridad ciudadana en el cantón , con la implementación de estrategias focalizadas e integrales, orientadas a la prevención del delito y la violencia, con la cooperación de instituciones públicas y privadas.

El plan presenta el diagnóstico situacional del delito y la violencia , un análisis de las entidades de seguridad pública y ciudadana de la localidad, la metodología a implementar, dividida en seis fases, cinco objetivos estratégicos, entre otros aspectos.

Según la Municipalidad, las primeras fases del plan se implementarán de inmediato , tras su fase de información en barrios y parroquias las últimas semanas de mayo de 2024, con énfasis en las áreas más críticas.

Posteriormente, afirmaron que se realizarán evaluaciones periódicas para medir el impacto e ir ajustando las estrategias.

Édgar López, director de Seguridad Ciudadana, en declaraciones para medios municipales, dijo que el plan está diseñado para abordar las principales preocupaciones de seguridad en la comunidad y mejorar la calidad de vida

El plan es una guía para tomar decisiones, para aplicar directamente políticas públicas y estrategias”

ÉDGAR LÓPEZ

DIRECTOR DE SEGURIDAD

CIUDADANA DE IBARRA

de todos los ibarreños.

“Creo que el pilar fundamental del desarrollo de un pueblo es la seguridad. Con la inseguridad prácticamente se nos va el turismo , se nos van las fuentes de trabajo, el emprendimiento, se nos va la tranquilidad y se nos va la paz”, afirmó.

Según López, actualmente están trabajando en los diagnósticos de cada situación delictiva que atraviesan las diferentes zonas del cantón , tanto urbanas como rurales, para levantar las estrategias adecuadas.

“Cada parroquia, cada sector o cada calle es diferente a otra , entonces esto del plan nos permite direccionar temas netamente de la delincuencia, de la violencia, la convivencia ciudadana, para tratar de buscar estrategias para el mejor vivir de cada sector”, expuso.

Inversión en seguridad

Además de la elaboración del plan de seguridad, desde la Alcaldía de Ibarra se resalta la inversión realizada con presupuesto municipal para combatir la delincuencia, El alcalde Castillo enfatizó que su administración equipó a la Policía Nacional con nueve patrulleros , añadiendo que actualmente se construye el Centro de Gestión de Seguridad Ciudadana, con una inversión de $645.171 , en un área de construcción de 836 m2, que viene de la mano de la colocación de más de 1.000 cámaras de seguridad de última tecnología en Ibarra , aparte de las que tiene el ECU-911. (FV)

CONTROLES. Dentro del plan, se espera evaluar la situación de cada sector de Ibarra.

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS: EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL C.V.F.T. “CABO NICANOR QUIROZ SALAZAR”, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES Y EN CUMPLIMIENTO A LOS ARTÍCULOS 20, 21, 22 y 36 LITERAL d) DEL ESTATUTO EN VIGENCIA, ARTÍCULOS 21 Y 22 DEL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ESTATUTO; Y RESOLUCIÓN ADOPTADA POR EL DIRECTORIO AMPLIADO, CONVOCA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS, QUE SE REALIZARÁ EL DÍA SABADO 15 DE JUNIO DE 2024 A LAS 08H00, A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA ZOOM, POR CUANTO EL DOMICILIO LEGAL GRANILANDIA SE ENCUENTRA USURPADO Y BAJO EL CONTROL OPERATIVO DE PERSONAS AJENAS A LA ADMINISTRACIÓN EN FUNCIONES LEGÍTIMAS, REGISTRADA EN EL MINISTERIO DE TRABAJO, CON OFICIO MDT-DRTSPQ-2023-18844-O, PARA EL PERIODO 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023 AL 27 DE SEPTIEMBRE 2025 Y RATIFICADA CON RESOLUCIÓN DE FECHA 29 DE ABRIL DE 2024, MEDIANTE LA CUAL LA SUBSECRETARÍA DE TRABAJO, NIEGA EL RECURSO DE APELACIÓN QUE INFUNDADAMENTE FUE PRESENTADO, POR CUANTO SE HA RESPETADO LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE Y NO SE VERIFICA VULNERACIÓN DEL DEBIDO PROCESO Y SEGURIDAD JURÍDICA, ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 76 Y 82 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. LAMENTABLEMENTE LAS INSTALACIONES DE GRANILANDIA Y OTRA FILIAL NO HAN SIDO ENTREGADAS, PESE A LAS REITERADAS E INSISTENTES PETICIONES FUNDAMENTADAS EFECTUADAS DE MANERA FORMAL POR DIFERENTES MEDIOS Y DEBIDAMENTE NOTIFICADAS EN VARIAS FECHAS; POR TAL RAZÓN, DE ACUERDO A INFORMES OFICIALES NO EXISTEN LAS GARANTÍAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD PARA REALIZAR UNA ASAMBLEA PRESENCIAL EN EL COMPLEJO RECREACIONAL GRANILANDIA, SIENDO NECESARIO, RAZONABLE Y PERTINENTE ADOPTAR ESTA MODALIDAD VIRTUAL, QUE TIENE PLENA VALIDEZ JURÍDICA Y NO CONTRAVIENE DISPOSICIÓN LEGAL O ESTATUTARIA ALGUNA, A FIN DE SALVAGUARDAR LA INTEGRIDAD, LA VIDA Y MÁS DERECHOS DE LOS SOCIOS Y PERSONAS QUE PARTICIPAN EN LA ASAMBLEA, PARA TRATAR EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA: 1.

4. PALABRAS DE BIENVENIDA A CARGO DEL SEÑOR SUBM. (S.P.) GUIDO

5. INFORME, ANALISIS Y RESOLUCION DE LA SITUACION ACTUAL, 6.

NOTA:

DE NO EXISTIR EL QUÓRUM REGLAMENTARIO A LA HORA SEÑALADA, LA ASAMBLEA INICIARÁ UNA HORA DESPUÉS CON EL

SE SOLICITA QUE LOS DISPOSITIVOS CON LOS QUE INGRESEN LOS SEÑORES SOCIOS ESTÉN INDENTIFICADOS CON SUS NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS PARA VERIFICAR SU REGISTRO DE ASISTENCIA.

4. A PARTIR DE LAS 07H00 SE ABRIRÀ LA SALA PARA EL REGISTRO Y VERIFICACIÓN DE LOS SOCIOS.

Quito, DM. 30 de mayo de 2024

Atentamente,

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO NORTE 10 I QUITO | VIERNES 31/MAYO/2024
2. 3.
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Moradores alertaron los problemas en el Paso Lateral hace más de un año

Actualmente uno de los cuatro carriles está destruido mientras miles de vehículos pasan por la zona a diario.

El Paso Lateral Norte de Ambato podría colapsar completamente en cualquier momento dejando al centro del país sin una de sus principales arterias viales por la que circulan más de 25 mil automotores diarios.

Actualmente, el derrumbe del talud ubicado entre el ingreso a las minas y la quebrada Guagracorral ya provocó la destrucción de uno de los cuatro carriles de esta carretera.

Para los moradores de Las Viñas lo que ocurre al momento pudo haberse prevenido, ya que alertaron de este inconveniente en enero de 2023.

Antecedentes

Todo se originó con la construcción del parque en la quebrada Guagracorral durante la administración de Luis Amoroso Mora, espacio que habría sido construido de manera antitécnica.

La situación empeoró con la implementación de la feria

informal de productos agrícolas en ese mismo lugar entre 2020 y 2023, actividad que terminó por bloquear la quebrada con basura y escombros generando peligrosos represamientos, los mismos que, al colapsar, debilitan los taludes sobre los que está construido el Paso Lateral Norte.

Por esta situación representantes de las empresas constructoras ubicadas en Las Viñas ya enviaron oficios comunicando lo sucedido a dependencias públicas como el Municipio de Ambato , Gobernación de Tungurahua, Secretaría de Gestión de Riesgos, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y Ministerio del Ambiente, las mismas que no ofrecieron ninguna respuesta.

Posteriormente, La Hora Tungurahua también desarrolló una serie de notas sobre esta problemática , en las cuales las autoridades de turno mencionaron estar

al tanto de la problemática, sin embargo, las estrategias previstas no tenían fecha de ejecución.

Preocupación

Joan Alday Janke, moradora del sector, dijo que cuando alertaron por primera vez de este inconveniente realizaron sobrevuelos con un dron, con esto se identificó que el derrumbe del talud estaba a 25 metros de la cuneta del Paso Lateral.

“No es que no sabían (autoridades) es que a nadie le dio la gana de decir ni hacer nada”, mencionó.

Joan Alday Janke, por sus conocimientos y experiencia en material pétreo y construcciones, aseguró que es necesario intervenir el sector lo más rápido posible , pues en cualquier momento el talud puede desmoronarse completamente y junto con él toda la carretera del Paso Lateral.

Según su criterio, la inversión para reestablecer la vía

será millonaria, pues es necesario encauzar el agua que pasa por la quebrada con tubos de grandes dimensiones para posteriormente construir un muro de contención y luego empezar a reconstruir la carretera, un trabajo que podría durar más de seis meses si se realizan turnos de 24 horas con el personal y recursos necesarios.

Asimismo, se refirió al tipo de suelo del sector de Las Viñas, el cual se denomina puzolana, material cuyo constituyente principal es vidrio producido por enfriamiento brusco de lava, el cual es más frágil que otros terrenos y cede fácilmente al contacto con el agua.

Acciones

Sebastián Monar, director de Obras Públicas del Municipio de Ambato, dijo que ya se instó al MTOP entregar los estudios o documentos que permitan conocer las acciones a desarrollarse en el lugar afectado, los cuales no han sido entregados hasta el momento.

“El problema es más allá de la capa asfáltica, hay un desprendimiento del talud, el suelo en el que estamos en este instante es bastante inestable”, aseguró.

Para precautelar la seguridad de los usuarios de la vía desde el Municipio de Ambato se envió un documento al MTOP para que se permita intervenir la zona, el

cual fue autorizado.

Por ende, la mañana de ayer, jueves 30 de mayo, personal municipal acudió para romper el parterre del Paso Lateral con el fin de hacer un contraflujo de alrededor de un kilómetro.

“Hemos identificado la zona de falla y su radio de influencia, en función de eso efectuamos la primera rotura, esto lo vamos a hacer en un tramo de 20 metros lineales al ingreso y 30 metros a la salida”, detalló Monar.

Apenas la tarde de ayer la entidad competente de la vía, el MTOP, emitió un comunicado sobre lo que se prevé realizar en el Paso Lateral.

En este documento se indica que a fin de estabilizar el talud inferior ubicado en el sector quebrada Guagracorral y para garantizar funcionalidad de la infraestructura y la seguridad de la ciudadanía, realizará la construcción de una estructura en forma de gradas de seis metros, antes del nivel de la vía, para lo cual previamente se efectuará la explotación de material pétreo, transporte, relleno y compactación.

De igual manera se indicó que el personal del Ministerio ya realiza trabajos topográficos en la zona para determinar la cantidad de material que se requiere para el relleno en la falla. Además, en estos días se identificará las minas existentes en la zona y con autorización del propietario del terreno se procederá a ejecutar los trabajos respectivos como la excavación y traslado de material.

Mientras tanto, la Empresa Municipal de Agua Potable realizará la colocación de tubería de agua potable y alcantarillado sanitario y como protección construirá un muro de gaviones. Posteriormente, el MTOP cimentará un suelo de protección e impermeabilización para la posterior colocación de asfalto y señalización. Se prevé ejecutar estas obras en un plazo de 45 días.

Para la ejecución de estos trabajos la cartera de Estado solicitó apoyo del Municipio de Ambato, Emapa y Prefectura de Tungurahua para disponer la maquinaria necesaria. (RMC)

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SITUACIÓN. En menos de dos semanas el derrumbe del talud afectó la carretera. (Foto: Hugo Sánchez)

El ingenio y el cariño por la tierra donde vivieron muchos años han llevado a una pareja ecuatoriana radicada en Miami a crear una línea de productos artesanales, como té, jugo y mermeladas, fusionando el aguacate con frutas frescas. Esta iniciativa ha conquistado así los paladares de los consumidores en Estados Unidos y Santo Domingo de los Tsáchilas.

La historia detrás de este emprendimiento tiene como protagonistas a Henry Sarmiento y Roxana Montalván, quienes vivieron en Santo Domingo antes de emigrar a Estados Unidos. Allí, han creado dos empresas: The Avocados Club L.L.C, registrada en Miami , y Avocados Ecuador, cuya planta central está en la provincia Tsáchila. Elaboran jugos de aguacate con maracuyá, mango y jengibre , así como mermeladas de aguacate combinadas con mango y jalapeño. Por otro lado, el té de aguacate, según Sarmiento, es único y no tiene competencia. “ Se elabora con la pepa, el cual debe seguir un proceso hasta conseguir el líquido”.

Un toque innovador

La idea de utilizar el aguacate surgió de la búsqueda por ofrecer una alternativa innovadora y saludable a los consumidores. Se aprovechan las propiedades nutricionales y el sabor único de esta fruta, tan presente

Emprendimiento Tsáchila a base de aguacate se comercializa en Estados Unidos

Fusionan el aguacate ecuatoriano con otras frutas para preparar té, jugo y mermeladas, productos que ya se encuentran en supermercados.

MERMELADA. La línea de productos es cien por ciento natural y no tiene conservantes.

REFRESCANTE. El té de aguacate es el producto estrella.

DATO

El emprendimiento nació luego de conocer sobre la utilización del aguacate en infusiones.

en la gastronomía ecuatoriana.

“Siempre nos ha gustado el aguacate y queríamos encontrar una forma de incorporarlo a nuestra dieta de una manera diferente y deliciosa”, comentó Sarmiento. Añadió que experimentaron con diversas combinaciones de frutas y finalmente dieron con las recetas perfectas para crear jugos, té y mermeladas que no solo son sabrosos, sino también nutritivos y refrescantes.

En la localidad

Los productos se encuentran a la venta en diversos puntos de la provincia. “En Santo Domingo hicimos varias degustaciones para saber la aceptación de las personas y al ver que tuvimos respuestas positivas, nos lanzamos a producir”, recalcó.

Cuentan con una planta para la elaboración. La materia prima, como el aguacate, la consiguen de los sectores de Guayllabamba o Tumbaco. Mientras que las demás frutas de agricultores de Santo Domingo. En la actualidad, producen cerca de 200 a 250 jugos semanales, siempre los hacen bajo pedido. “Los jugos deben estar refrigerados y tienen una durabilidad de 20 días, mientras que la mermelada puede conservarse durante seis meses ”, sostuvo.

En Estados Unidos, los elaboran en el mismo país. Cada jueves alquilan una planta de procesamiento. (CT)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO SANTO DOMINGO 12 I QUITO | VIERNES 31/MAYO/2024
EL
PRESENTACIÓN. El jugo de aguacate llama la atención por su sabor y color.

UNA MUESTRA SOBRE EL LIBRO DE LOS MUERTOS DE LOS EGIPCIOS

El Museo Egipcio de Barcelona inauguró este 30 de mayo de 2024 la exposición ‘Salir al día. El libro de los Muertos de los antiguos egipcios’, que presenta 70 piezas de esta milenaria civilización. EFE

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VIERNES 31 DE MAYO DE 2024

REVISTA JUDICIAL

REGLA DE EXCLUSIÓN PROBATORIA

AUTOR: YANDRY M. LOOR LOOR.

Las garantías básicas del debido proceso – sea este de cualquier índole – y que derivan del texto imperativo contenido dentro de la Carta Suprema, tenemos que esta como tal impone un límite en cuanto se trata al principio de la libertad probatoria propiamente dicha, de ahí pues que conforme al principio de legalidad de la actividad procesal y de la prueba en especial, contenido en el Art. 76.41 de nuestra Constitución establece este principio de legalidad a la hora de obtención de pruebas, de ahí que todo elemento de convicción que se incorpore o pretenda incorporar al proceso, debemos tener en consideración lo contenido en la CRE, en cuanto al deber

que tienen las partes de respetar las normas constitucionales en cuanto a la prueba se refiere, para su obtención producción y reproducción dentro del proceso jurídico propiamente dicho. De esta manera podemos hacer referencia a un viejo adagio jurídico que expresa: “tanto vale no tener un derecho, cuanto no poder probarlo” para poder entender el mismo, debemos centrarnos en nuestro tema principal que es la exclusión probatoria, de ahí que este viejo dicho se refiera a que la administración de justicia no sería posible ni tendría razón de ser sin el soporte de la prueba pero no es solamente aportar pruebas por aportar, sino que estas deben de cumplir con ciertos criterios jurídicos, de ahí que en el sistema

constitucional como eje transversal para todos los procesos la actividad encaminada a la etapa probatoria significa una función de garantía frente al estado jurídico de inocencia del que goza el imputado y de ahí que esto como tal signifique que sólo y exclusivamente a través de la prueba legalmente obtenida e incorporada al procedimiento puede acreditarse la culpabilidad de una persona con ello tenemos que se deriva la conocida regla de exclusión probatoria misma que prohíbe valorar un elemento de prueba que ha sido obtenido en violación a los preceptos constitucionales y que por ende no puede ser considerada dentro del proceso judicial, dejando a su vez que el estado de inocencia del imputado se fortalezca,

ya que no se ha dado la categoría necesaria de aportación y aprobación de las mismas a la hora de determinar una responsabilidad a través de estas.

Por ende, tenemos que la derivación de lo que se denomina regla de exclusión probatoria de acuerdo al tema central de nuestro artículo, es que según la regla a aplicar, tenemos que las pruebas que deben ser excluidas para su valoración, se da sobre cualquier elemento de prueba que haya obtenido o incorporado al proceso con merito violatorio del debido proceso como tal, es decir que se haya dado en razón de existir una violación a una garantía de índole constitucional o de las formas procesales dispuestas para su producción en virtud de lo dispuesto en el siste-

CONSULTA CIVIL

¿Cuál es el trámite para el pago del décimo cuarto en pensiones alimenticias?

RESPUESTA

La norma tiene un fin constitucional válido para promover el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes y la maternidad y paternidad responsables, por lo que el pago de las pensiones adicionales por el mismo monto de la pensión fijada por el juez, es una medida necesaria a favor del desarrollo integral de ese grupo de atención prioritaria. Por lo tanto, el pago de las pensiones adicionales, décimo tercera y décimo cuarta, debe ser en aplicación de lo que establece la norma del Art. 16.2 del Código de la Niñez y Adolescencia, por un valor igual a la pensión alimenticia fijada judicialmente; y cualquier cambio en el sentido de que tenga como límite el valor de la remuneración básica unificada para el trabajador en general y que además pueda dividirse entre todos los alimentarios, requiere de una reforma legal.

Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

ma internacional de protección de los derechos humanos, como lo demuestran, inter alía, el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, artículo 14.3.g2 determina , y la Conven-

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LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com
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VIERNES, 31 DE MAYO DE 2024

ción Americana sobre Derechos Humanos (CADH), artículo 8.2.g. Un supuesto especialmente grave de lesión a tal garantía ocurre cuando la autoincriminación involuntaria es precedida por la imposición de tormentos o tratos crueles o inhumanos. Es por eso que en este trabajo se explorará cuál es el fundamento de las llamadas prohibiciones de valoración probatoria, comenzando por definir y clasificar las pruebas ilícitas, para así comprender -en lo que sigue- la denominada “regla de exclusión”. En este aspecto, se abordará la extensión que dicha regla conlleva, analizando aquello que se conoce como la doctrina del “fruto del árbol envenenado”. Luego se hará un recuento de los precedentes jurisprudenciales en los que la regla es receptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación; por último, se concluirá -a modo de corolario- con las reflexiones personales que surgieron en razón del tratamiento de la temática elegida.

Prueba ilícita

De ahí que algunos autores dentro del contexto de la exclusión probatoria sostienen que el concepto de “prueba ilícita” se enmarca dentro de la más amplia categoría de “pruebas prohibidas”; de suerte que entre las primeras y las segundas existiría una relación de especie a género, teniendo dentro de dicha diferenciación que la “prue-

ba prohibida” es todo elemento que contribuye a demostrar la concurrencia de un hecho a condición de haber sido obtenido violando o contradiciendo una norma legal o un principio de derecho positivo, y por otra parte que la llamada prueba ilícita importa una noción más estricta y rigurosa. De ahí que tengamos el hecho de que la concurrencia en cuanto al modo de obtención de los medios probatorios quede supeditada a que la norma o principio comprometido por la adquisición o la puesta en práctica de la prueba, pertenezca a la Constitución o a los instrumentos internacionales a ella igualados en su jerarquía, y por consiguiente dentro del proceso judicial que se encuentre en curso las pruebas obtenidas sean consideradas como tal, y declaradas como válidas dentro del proceso judicial propiamente dicho, esto en virtud de que mientras consideramos a la prueba prohibida no ilícita configura un supuesto de “ilegitimidad” y, por tanto, entraña un “acto nulo”, la prueba ilícita propiamente dicha implica una hipótesis de “ilicitud” y, por consiguiente, constituye un “acto inexistente”.

Tesis para la obtención de pruebas

De ello que surge la idea de tres diversas teorías – tesis – o escuelas que respaldan este tipo de procedimientos tendientes a garantizar el debido cumpli-

miento en cuanto a la obtención de las pruebas propiamente dichas, teniendo como tales que: a) Tesis restringida: Esta tesis como tal contempla que es todo aquello que pudiere ser utilizado para el descubrimiento de la verdad, lo cual debe de ser valorado de manera objetiva por el juez con el fin de que este pueda formar su convicción, pero teniendo como contrapunto que pueda resultar irrelevante el modo de su obtención. Aquellos que defienden esta tesis o este pensamiento bajo la frase de que “el supremo fin de adquirir la verdad ennoblece el empleo de cualquier medio, aun siendo este un medio ilícito” no se les plantea ningún problema en cuanto a los efectos reflejos de una prueba ilícita. O sea, si admiten y reconocen plena eficacia al material directa e inmediatamente recolectado de la ilegalidad, tanto más lo hacen respecto de irregularidades oblicuas o indirectas, esta teoría a su vez no es totalmente aceptada en virtud de que se establece o deduce que puede existir una exacerbada forma de ejercer una defensa o una forma de ejercer una defensa indistintamente de lo que se determine para tales efectos, en cuanto al modo probatorio propiamente dicho.

b) Tesis ecléctica: Por otra parte, tenemos ya en cuanto a lo que se conoce como una posición intermedia, tenemos que esta se considera sobre que es necesario

encontrar una solución que debe versar sobre el hecho de que se deba de en todo momento estar respetando los valores garantizados por las prohibiciones probatorias en cuanto las mismas no limiten excesivamente el derecho a la prueba y a su obtención como tal. En esa línea, se estima que la solución a esta problemática puede hallarse distinguiendo el fundamento de las normas violadas – es decir determinando cuales son las afectaciones jurídicas a las cuales se ha caído por la falta o la mala operar de una u otra forma a la hora de obtener dichas pruebas –. Si la finalidad de la prohibición puede obtenerse limitando la ineficacia a la misma, son válidas las pruebas indirectamente derivadas – tal como lo hacíamos ver en el artículo sobre la prueba indiciaria – En otro caso son ineficaces, de acuerdo a como lo propusimos con la primera teoría de la obtención probatoria. Incluso puede reducirse la ineficiencia, en estos casos, a los supuestos en que tales elementos de prueba no se obtengan por un procedimiento lícito. Restringiendo o ampliando la validez, según se presume o no la sostenibilidad legítima, y considerando con ello que dicha obtención tenga o no el carácter de licito en todas sus formas y partes, y por ultimo tenemos a;

c) Tesis amplia: desde este enfoque se concluye que, permitir que la justicia, so pretexto de reprimir una infracción legal, se valga de una infracción constitucional, es abiertamente contrario a la prelación normativa del art. 76.4 de la Constitución, que determina que “Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: 4. Las pruebas obtenidas o actuadas con violación de la Constitución o la ley no tendrán validez alguna y carecerán de eficacia probatoria.” de ahí que la operatividad propia de las garantías constitucionales priva de todo valor, no sólo a las pruebas que constituyen el corpus de la violación, sino también a aquellas que son la consecuencia necesaria e inmediata de ella, descalificando así tanto sus quebrantamientos palmarios o evidentes, como los larvados o encubiertos que dan como consecuencia una mala utilización no solo de los recursos estatales a la hora de determinar la materia de investigación, sino que también de los actos que vayan en contra con la obtención de estas pruebas como tal.

En ese sentido, y teniendo en cuenta las tres teorías adoptadas y aceptadas para estos efectos, en

CONVOCATORIA

CONVOCASE A LOS SEÑORES ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA POR EL PROGRESO DEL VALLE PROTAXI S.A., A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, A CELEBRARSE EL DIA DOMINGO 9 DE JUNIO DEL 2024 A LAS 08HAM, DIRECCIÓN CALLE CARAS Y HUANCAVILCA BARRIO RUMILOMA DE LA CIUDAD DE SANGOLQUI, CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA.

ORDEN DEL DIA

1. CONSTATACION DEL QUORUM

2. CULMINACIÓN DE LA ASAMBLEA SUSPENDIDA EL 5 DE JUNIO DEL 2024, CON IL INFORME DEL SEÑOR COMISARIO

3. LECTURA Y APROBACION DEL ACTA ANTERIOR

4. PALABRAS DEL SEÑOR GERENTE

5. LECTURA DEL OFICIO DE RENUNCIA IRREVOCABLE DEL SEÑOR PRESIDENTE

6. ELECCION DEL PRESIDENTE HASTA CULMINAR EL PERIODO DEL PRESIDENTE SALIENTE.

7. LECTURA Y RESOLUCION DEL OFICIO EN LA CUAL SOLICITAN REVOCATORIA Y ELECCION DE UN NUEVO DIRECTORIO.

8. INFORME DEL COMISARIO

SE CONVOCA DE MANERA ESPECIAL AL SR. ROBERTO GARCES COMISARIO PRINCIPAL DE LA COMPAÑÍA

SANGOLQUI, 9 DE JUNIO DEL 2024

ATENTAMENTE

Raúl Herrera GERENTE GENERAL

lahora.com.ec - derechoecuador.com VIERNES 31 DE MAYO DE 2024 La Hora, ECUADOR C2
001-003-4531

el contexto jurídico, es esta ultima la de inmediata aplicación legal en cuanto a nuestro ordenamiento jurídico, y como consecuencia de ello, el hecho de que la prueba que se ha obtenido no cumple con los preceptos obligatorios para tales efectos.

La Profesora uruguaya Bemardette Minvielle ha definido la prueba ilícita como ‘’un medio de prueba obtenido fuera del proceso en violación de derechos constitucionales, principalmente, los que integran la categoría denominada derechos a la personalidad”3, mismos que se encuentran regulados por la Constitución del Ecuador, de ahí que aquella prueba que haya sido obtenida con infracción de cualquier derecho fundamental, reconocido a nivel constitucional en nuestro país, ya sea directamente o por remisión a los tratados intencionales sobre Derechos Humanos, no podrá ser considerada como una prueba como tal.

Una de las tesis así mismas adoptadas por la doctrina tenemos que dentro de las reglas de exclusión probatoria estas afirman que el valor factico de los derechos fundamentales desincentivando la trasgresión de los derechos fundamentales de los imputados o de terceros por agentes del Estado, que en muchas ocasiones en sus procedimientos no ejecutan de manera correcta las operaciones contaminando las pruebas, u obteniendo estas de manera ilícita. Existen motivaciones dirigidas a los funcionarios que ilegalmente hubiesen obtenido el material probatorio, con el propósito disuasivo de desalentar ese tipo de proceder, es decir, se controla judicialmente a estos agentes a fin de que en materia de obtención de pruebas se pueda “disciplinar la actividad de los funcionarios en el cumplimiento estricto de las disposiciones constitucionales y legales”. En el caso Mapp versus Ohio (1961) la Suprema Corte estadounidense declaro que el propósito de las reglas de exclusión es “compeler hacia el respeto a la garantía constitucional mediante la única manera efectiva posible, esto es, disuadiendo el incentivo a descuidarla” Los protagonistas de la regla de exclusión han surgido que solo excluyendo la evidencia puede lograrse que los agentes de estado que obtienen las mismas de manera ilegítima puedan corregir dichas actuaciones y por ende se genere en el futuro un trabajo donde se logre demostrar y probar una conducta de manera correcta, evitando así condenas injustas o libertades por nulidades sustanciales.

Pero a su vez es necesario determinar y dejar claro, que el “sujeto” a quien dentro de un proceso

se le atribuye un grado de participación en un hecho delictivo, este viene a ser reconocido constitucionalmente como titular de derechos y garantías los cuales emanan de su condición de persona humana, los cuales a su vez se basan y tienen su piedra angular en lo determinado en cuanto a su dignidad se trata, así como en su honor. De ahí que la Constitución y las demás leyes le reconozcan – durante toda la sustanciación del proceso y hasta el momento de dictarse la sentencia – un estado jurídico de inocencia, y un estatus de no culpable hasta que se demuestre lo contrario – tal como lo establecí en un artículo anterior – de ahí que la única forma legal para quebrar ese principio de inocencia es la prueba, y con ello la importancia sustancial dentro del procedimiento penal, así como de los demás procesos judiciales donde se pretende demostrar una responsabilidad de cualquier índole – sea esta penal, civil o administrativa – en donde la obtención de manera fehaciente sobre la legalidad de la misma sirva como hilo conductor a demostrar una responsabilidad, puesto que cualquier tipo de inobservancia a las reglas de obtención de la prueba más allá de considerarse como ilegitimas también son consideradas como parte de una vulneración de derechos de tipo constitucional.

Carga Probatoria

Ahora bien, para aterrizar ya sobre el final del presente artículo, es necesario igual destacar varias cuestiones esenciales, de acuerdo a lo que determinan varios autores en cuanto a la carga probatoria, su aprobación y los aportes que esta tiene para con el proceso judicial propiamente dicho, de ahí que teniendo como base fundamental que la noción de prueba hablando como tal en términos generales analizamos que esta tiene que ver con “aquello que confirma o desvirtúa una hipótesis o afirmación precedente”4 de ahí que según otros doctrinarios como por citar a Eduardo Jauchen5 tenemos que la prueba se entiende como el conjunto de razones que resultan del total de los elementos introducidos en el proceso y que le suministran al juez el conocimiento sobre la existencia o inexistencia de los hechos que conforman el objeto del juicio y sobre el cual debe decidir. En un sentido más preciso y de acuerdo a lo que establece el maestro Lino Enrique Palacio6 este a la hora de definir a la prueba, lo hace como el conjunto de actos procesales cumplidos con el auxilio de los medios previstos y autorizados por la ley, encaminados a generar la convicción judicial acerca de la existencia o inexistencia, la veracidad o la falsedad, de los hechos sobre los cuales versa la imputación.

De ahí que en base a esa obtención de manera eficaz, esta – la prueba – debe de observar los principios de veracidad y relevancia teniendo como base fundamental que “El dato probatorio, para ser tal, deberá ser relevante, es decir, potencialmente idóneo para generar conocimiento acerca de la verdad del acontecimiento sometido a investigación”7, esto quiere decir que a más de la materialidad de que de por si aporta la prueba – al referirnos de materialidad es de que la misma de por si existe – debemos de ver si esta cumple con los criterios de veracidad y de buena obtención para con ello llegar al punto esencial como lo es la relevancia que esta tendrá dentro del proceso judicial como tal.

Haciendo hincapié una vez más a lo que en líneas anteriores establecíamos, sobre el sistema de derechos humanos reconocidos a nivel internacional, teniendo como base que el artículo 11.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece: Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa así como los ya mencionados artículos 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos los cuales se expresan en idéntico sentido, al momento de establecer sobre las formas de tratar al procesado, así como de las pruebas que se puedan obtener para ese proceso judicial como tal. Principio de inocencia

De ahí que tal como lo hemos venido expresando en líneas anteriores, la presunción de inocencia como tal, tenemos que es un pilar fundamental sobre el cual no solo versa el principio de las garantías básicas del debido proceso, sino que a su vez se asienta el ordenamiento jurídico en un Estado democrático de derecho esto implica de que toda persona que en algún momento fuere acusada de cometer un delito o se quiera imputar algún tipo de responsabilidad de índole civil o administrativa, va a ser considerada inocente y que no tiene responsabilidad alguna durante el transcurso del proceso jurídico como tal y esta situación o estatus cambiara hasta tanto se pruebe su culpabilidad mediante el dictado de sentencia firme.

Este fundamento nace de que el estado de inocencia radica en cuestiones de seguridad jurídica y en la necesidad de garantizarle a toda persona que sea sometida a un proceso una seguridad de que sus derechos no se verán vulnerados, y que no será condenada o deter-

minada una responsabilidad en su contra sin que existan pruebas suficientes en su contra, garantizando así este principio de inocencia, y por ende respetando en todas las instancias las causas de obtención de los medios probatorios.

En conclusión, podemos manifestar que la prueba sirve “para volver atrás”, ya que con ellas podemos reconstruir los hechos que se ventilan en el proceso y esto con el fin de que el juez en su calidad de garantista del proceso pueda como tal dictar una sentencia acorde a la realidad de lo sucedido, y acorde a las pruebas que se han aportado dentro del proceso ya que sin el soporte de la prueba, no es posible concebir una correcta administración de la justicia, ni menos poder determinar o no una responsabilidad de cualquier índole.

Recuerde el lector que todo aquello que no se encuentra debidamente probado no existe en el mundo del proceso y por ende carece de toda eficacia probatoria en el mundo jurídico.

Yandry M. Loor Loor Yandrylooryl_97@hotmail. com

1.Del Ecuador, Constitución. “Constitución del Ecuador.” Registro Oficial 20 (2008). 2.general No, Observación. “Pacto internacional de derechos civiles y políticos.” (1966).

3.MIRANDA ESTRAMPES, MANUEL. El concepto de prueba 1/fcita y su tratamiento procesal penal, Zaragoza: J. M. Bosch, 1999, pp. 30-31.

4.Cafferata Nores, J., Montero, J., Vélez, V., Ferrer, C., Novillo Corbalán, M., Balcarce, F., Hairabedián, M., Frascaroli, M., Arocena, G. (2012). Manual de Derecho Procesal Penal. (3ª Ed.) Córdoba: Advocatus.

5.Jauchen, E. (1992). Tratado de la Prueba en Materia Penal. Santa Fe: Rubinzal – Culzoni.

6.Palacio, L. (2000). La prueba en el Proceso Penal. Buenos Aires: Abeledo-Perrot.

7.Ibídem nota up supra 4

Con fecha 28 de marzo de 2023 a causa de un Robo de extravió el certificado de depósito a plazo fijo con Operación N. 061DPF00033996, a nombre de Lizbeth Katherine Chillagana Rocha.

001-004-4514

Yo Flor Nieto con CI 1706502786 quiero notificar que se me extravió mi certificado de inversión # 011DPF00786792 de la cooperativa Andalucía con fecha de caducidad 04/06/2024 siendo el valor de $1001 001-003-4529

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RESOLUCIÓN Nro. SB-2024-0679

MGT. ANTONIETA GUADALUPE CABEZAS ENRÍQUEZ

SUPERINTENDENTE DE BANCOS, SUBROGANTE

CONSIDERANDO:

QUE mediante Resolución Nro. JB-2008-1169 de 11 de septiembre de 2008, la Junta Bancaria declaró la liquidación forzosa de los negocios, propiedades y activos de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda “Sebastián de Benalcázar”, con domicilio principal en Quito, Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha, por haberse configurado la causal prevista en el numeral 2 del artículo 148 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero;

QUE con Resolución Nro. ADM-2022-0218 de 15 de julio de 2022, se dispone la subrogación de las funciones y responsabilidad del puesto de Superintendente de Bancos a la magister Antonieta Guadalupe Cabezas Enríquez, a partir del 15 de julio de 2022;

QUE el numeral 25 del artículo 62 del Código Orgánico Monetario y Financiero, prevé entre las funciones de la Superintendencia de Bancos, designar a los liquidadores de las entidades bajo su control; QUE los artículos 1y 2 del Capítulo ll “Normas para la designación de liquidadores de las entidades del sector financiero público y privado sometidas a procesos de liquidación”, Título XVI “Del Proceso de Exclusión y Transferencia de Activos y Pasivos y de la Liquidación de las Entidades de los Sectores Financiero Público y Privado”, Libro I de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, contienen los requisitos para la designación de los liquidadores;

QUE con Resolución Nro.SB-2023-01924 de 19 de septiembre de 2023, fue designado el Abogado Edgar Ramiro Ramírez Santacruz, como Liquidador de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda “Sebastián de Benalcázar”, en Liquidación;

QUE mediante Memorando Nro. SB-DS-2024-0098-M de 22 de marzo de 2024, la Superintendente Bancos, en uso de las facultades previstas en el numeral 25 del artículo 62 del Código Orgánico Monetario y Financiero, adjuntó la hoja de vida de la Magister Verónica Paulina Noboa Gavilanes e instruyó a la Dirección de Liquidaciones analizar y verificar los requisitos determinados en la normativa legal

Resolución Nro. SB-2024-0679

Página No. 2 vigente para ser designada Liquidadora de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda “Sebastián de Benalcázar”, en Liquidación;

QUE el literal a) del artículo 7 de la Resolución Nro. SB-2024-00223 de 02 de febrero de 2024, con la cual se expide la Norma de Delegaciones a las Autoridades de la Superintendencia de Bancos, faculta al Director de Liquidaciones a elaborar el informe técnico sobre el cumplimiento de requisitos de los candidatos a liquidadores, previo a la designación por parte de la Superintendente de Bancos; QUE mediante Memorando Nro. SB-DL-2024-0080-M de 2 de abril de 2024, la Dirección de Liquidaciones emitió el informe relacionado al cumplimiento de requisitos previstos en las Normas para la Designación de Liquidadores De las Entidades del Sector Financiero Público y Privado Sometidas a Procesos de Liquidación, contenidas en el Capítulo ll, Título XVI, Libro I de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos; QUE a través de Memorando Nro. SB-lNJ-2024-0338-M de 3 de abril de 2024, la Intendencia Nacional Jurídica envía el proyecto de Resolución y recomienda a la máxima autoridad su suscripción; y, EN ejercicio de las atribuciones legales,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- REVOCAR la designación conferida al Abogado Edgar Ramiro Ramírez Santacruz, como liquidador de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda “Sebastián de Benalcázar”, en liquidación, otorgada mediante Resolución Nro. SB-2023-01924 de 19 de septiembre de 2023.

ARTÍCULO 2.- DESIGNAR a la Magister Verónica Paulina Noboa Gavilanes como liquidadora de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda “Sebastián de Benalcázar”, en liquidación, quien representará judicial y extrajudicialmente a la entidad, ejerciendo con máxima celeridad las funciones y obligaciones dispuestas en la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, normativa vigente a la fecha de liquidación de la citada Mutualista; y, demás normativa prevista para el efecto;

ARTÍCULO 3.- DISPONER que la liquidadora designada efectúe todas las actividades conducentes a realizar los activos de la entidad en liquidación, con el fin de cancelar los pasivos existentes. Para el efecto ejercerá la jurisdicción Resolución Nro. SB-2024-0679

Página No. 3 coactiva para el cobro de las obligaciones vencidas a favor de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda “Sebastián de Benalcázar”, en liquidación, de conformidad con lo dispuesto en las normas previstas para el efecto. La presente Resolución servirá como orden de cobro general.

ARTÍCULO 5.- DISPONER que la liquidadora designada remita a esta Superintendencia de Bancos informes mensuales del avance del proceso de liquidación e informes trimestrales, respecto de las actividades que cumplan en ejercicio de la jurisdicción coactiva.

ARTÍCULO 6.- DISPONER que la liquidadora entrante y el liquidador saliente presenten al organismo de control una declaración patrimonial juramentada de inicio y fin de gestión, respectivamente, en los términos y formato establecido por la Contraloría General del Estado.

ARTÍCULO 7.- DISPONER que la liquidadora entrante y el liquidador saliente suscriban el acta de entrega-recepción de bienes, documentos e informe de gestión de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda “Sebastián de Benalcázar”, en liquidación, debiendo cursar copia del acta referida a este Despacho.

ARTÍCULO 8.- DISPONER que los Registradores de la Propiedad de los cantones en los cuales la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda “Sebastián de Benalcázar”, en liquidación, tenga bienes inmuebles inscritos o derechos reales inmobiliarios, procedan a tomar nota al margen de tales inscripciones respecto de la presente Resolución.

ARTÍCULO 9.- DISPONER que los Registradores Mercantiles de los cantones en los cuales la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda ll Sebastián de Benalcázar”, en liquidación tenga derechos reales prendarios inscritos, tomen nota al margen de tales inscripciones respecto de la presente Resolución.

ARTÍCULO 10.- DISPONER que el Registrador Mercantil del cantón Quito, provincia de Pichincha, inscriba en el registro a su cargo la presente Resolución y siente las notas de referencia prevista en la Ley de Registro.

ARTÍCULO 11.- DISPONER que la liquidadora publique por una sola vez, en uno de los periódicos de circulación nacional, o por cualquier otro medio reconocido legalmente, el texto íntegro de presente Resolución.

Resolución Nro. SB-2024-0679

Página No. 4

ARTÍCULO 12.- DISPONER a la Secretaría General de la Superintendencia de Bancos, notifique al Servicio de Rentas Internas la presente Resolución.

ARTÍCULO 13.- NOTIFICAR la presente Resolución a la magister Verónica Paulina Noboa Gavilanes, al correo electrónico pnoboa@superbancos.gob.ec y al abogado Edgar Ramiro Ramírez Santacruz al correo electrónico ab.edgarramirez@gmail.com.

COMUNÍQUESE. - Dada en la Superintendencia de Bancos, en Quito, Distrito Metropolitano, el 03 de abril de 2024.

LO CERTIFICO. En Quito, Distrito Metropolitano, el 03 de abril de dos mil veinticuatro.

VIERNES 31 DE MAYO DE 2024 La Hora, ECUADOR C4
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