





En
medio de esta coyun tura, estar —“privile giado”— es una palabra que se entiende como insulto, un improperio desatinado que viene del resentimiento social de un grupo de envidiosos y vagos. Pero, realmente, ¿quié nes son los privilegiados?
Vi un ejercicio social que me llamó la atención. Pusieron a 30 estudiantes de varios esta blecimientos y varias edades, alineados horizontalmente en una cancha de fútbol. Todos pisaban la línea y veían para el frente. En la mitad de la cancha había un billete de 100 dólares. Les indicaron que harían una carrera y que el primero que llegue a los 100 dólares se los podía quedar. Los más veloces y fuertes estaban muy emocio nados.
El instructor con un megáfo no les explicó que no correrían aún, sino que primero darían un paso adelante si su respues ta era sí. Empezó a preguntar a manera de afirmación. Lo hizo así: “Estoy en un cole gio particular”. Menos de la mitad dieron un paso al fren te. “Soy hombre” y avanzó más de la mitad de todo el grupo. Y mientras más afirmaciones hacía parecía que solo avan zaban unos y otros se queda ban detrás. Enunciaré algunas afirmaciones.”Todos los días de este año he comido tres veces al día”, “Tengo más de dos pares de zapatos”, “Tengo un seguro de salud privado”, “He salido del país”, “Vivo con mi papá y con mi mamá”, “Nunca tuve que trabajar de niño” y así. Cuando finalizaron las pregun tas, solo dos estaban más cerca de llegar al billete. Fue cuando el instructor dijo: “¿Preparados para correr? En sus marcas, listos, fuera”. Llegó primero el que iba primero. Los de atrás hicieron su mejor esfuerzo pero no pudieron llegar. No sé si el participante finalmente se quedó o no con los 100 dólares. Lo que pude ver es justamen te el efecto real que tienen los privilegios… los míos porque son los que debo analizar antes de satanizar al resto. Y me pre gunto: “¿qué es lo que espera Dios que haga con ellos?”. “¡Servir!”, me contesta.
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.comEltemor o la vergüenza de hacer el ridículo muchas veces afectan nuestras relaciones de amistad. En ocasiones somos demasiado sensibles, no soportamos las bromas ni la forma de cómo se puede llevar una conver sación; otras veces exigimos demasiado respeto y hacemos
Losanuncios de diferentes orga nismos internacionales sobre una inminente recesión en la economía mundial son una invita ción a prepararse. Ecuador no puede entrar en esta crisis —otra más de nuestra turbulenta historia— con la mentalidad usual de buscar culpables ni usarla como excusa de un pobre des empeño. Saliendo de una pandemia global, con las cadenas de suministros aún bajo gran presión, con Estados Unidos en crisis institucional y Rusia imbuida en guerra, es posible que esta época de ‘vacas flacas’ sea profunda o duradera, pero nadie podrá decir que no se alertó de su llegada.
Como otras anteriores, esta crisis puede servir también para empren der las transformaciones positivas que el país requiere. Las dificulta des que atravesarán algunos de nues tros principales mercados —como Rusia y la Unión Europea—, invitan a priorizar acuerdos y profundizar el intercambio comercial en nuestro
hemisferio. También podemos dar pasos importantes —reforma laboral y tributaria— para explotar nuestro eternamente subaprovechado mer cado local.
El fortalecimiento del dólar, que resulta en importaciones más bara tas, y la creciente movilidad humana también facilitarán la importación de tecnología y de conocimiento. Las reformas legales para atraer capi tales, profesionales y expertos per mitirán, además, un avance sustancial en la productividad; positivo proceso del que Ecuador se benefició en otras épocas de crisis mundiales.
Por su posición geográfica —lejos de las zonas de conflicto—, su moneda y la disponibilidad de recursos natura les vitales —suelo, agua, sin la deman da energética de un invierno fuerte, etc.—, Ecuador tiene una gran ventaja para salir bien librado. Empresarios y autoridades tendrán que apro vechar y movilizar sus recursos, o sufrirla como en el pasado.
Voya tratar de responder a la pregunta que me hacen con frecuencia respec to de mi trabajo, que a veces puede parecer extenuante y además multidireccionado , diverso, sin parar, sin mirar los tiempos, etc.
La verdad es que la respuesta válida es aquella que sirve de titular a este artículo; es decir, para mí la única manera de hacer un trabajo es amar lo que se hace. Si no me gusta lo que hago, si encuentro tedioso lo que ejecuto, seguramente ten dría que dejar de hacerlo.
También en muchas oportu nidades he manifestado que lo que vuelve tan agradables mis días laborales tiene que ver con la pasión que uno le pone a su trabajo, las ganas de hacerlo En mi caso también constitu ye una parte importante el que pueda hacer cosas variadas, lo que no da tiempo ni espacio al aburrimiento o al cansancio.
Lo ideal es que a cada uno le guste el trabajo que hace; por cierto, que lo que a unos nos parece divertido, a otros los puede dejar indiferentes o tal vez hasta odiar y rechazar la sola idea de dedicarse a una actividad. Por ello vale la pena poner énfasis en algo que lla mábamos “orientación voca cional”, que sirve precisamen te para guiar a los más jóvenes, usualmente a los que se encuen tran en la etapa del bachillera to, en lo que serán las futuras carreras.
Yo creo que esa orientación vocacional debe venir desde más atrás, desde la infancia, cuando padres y maestros desarrollan la creatividad de los niños y estimulan su curiosidad, lo que sin lugar a duda puede ir enrumbando los intereses, las aptitudes de los niños hacia espacios en los que se mezcle lo lúdico con los aprendizajes, que puedan encaminarlos a futuras carreras, oficios, ocupaciones.
Si amamos lo que hacemos, nuestro trabajo será mejor y dará óptimos frutos. Nos sentiremos más satisfechos con nosotros mismos y la relación con los demás será más armo niosa y equilibrada.
alarde de mucha seriedad, lo que al final termina afectando la capacidad de relación con los demás.
Es cierto que no todo debe tomarse en serio; hay momen tos para reír, hacer bromas o simplemente para sonreír ante alguna ocurrencia. Hay hechos de la vida diaria que por su contenido inducen a una carcajada. Una persona madura, fuerte y con criterio está muy por encima de lo que piensen o digan los demás sobre su manera de actuar; por lo general, las personas
íntegras gozan del respeto de los demás y no responden ni se inmutan ante las palabras o actos ofensivos de alguien.
Una persona ecuánime, fuerte y dotada de buen equi librio emocional no se enfada ante un desaire o provoca ción, tampoco teme enfrentar a algún adversario ni busca hacerle daño o mofarse de alguien por sus actuaciones; por el contrario, es un ejemplo para todos los demás y merece respeto. Gente sin principios ni capacidad para pensar o razonar es presa fácil de la
burla, por lo que con cierta fre cuencia encontrará gente que no lo respete.
La mejor filosofía personal es la que sostiene que todos tenemos el mismo valor, inde pendientemente de la profe sión, cargo, sueldo, imagen o habilidades que se posean; lo importante es la capacidad de relacionarse, hacer amista des, hablar con la verdad, no ser déspota ni grosero y estar atento para hacer amistades o simplemente no hacerlo. La vergüenza o el miedo de hacer el ridículo es generado por
las mismas personas. Es una creencia irracional pensar que se requiere de la aprobación de los demás para desarrollar nuestra personalidad.
Es recomendable rodearse de buenos amigos, que sepan apreciar a las personas como son, con sus defectos y virtu des. Amigos que, sin lugar a duda, no pasan del número de los dedos de la mano. A los verdaderos amigos hay que cuidarlos, llamarlos, compar tir alegrías y tristezas; la opi nión de los supuestos amigos no tiene por qué importarnos.
La facturación del comercio electrónico en Ecuador ascenderá a $4.000 millones en este 2022. Eso significa un incremento de 24% frente al año 2021, cuando las ventas llegaron a $3.220 millones. Esto según la Cámara Ecuatoriana de Comercio Electrónico (CECE) que hizo un sondeo junto con la Universidad Espíritu Santo (UEES).
De acuerdo con la investigación, los servicios son la categoría de compra que registra el mayor crecimiento en cuanto al uso de canales digitales, según el estudio. El 50% de encuestados dice que adquiere en línea pasajes aéreos, servicios de educación, alojamiento y boletos para cine, teatros y conciertos. (JS)
La inversión de los empresarios nacionales aumentó un 73%. Sin embargo, la llegada de capitales extranjeros caerá hasta 40%. Todavía están pendientes las reformas para mejorar los negocios en el país.
Entre enero y agosto de 2022 se generaron $140.000 millones en ventas en toda la economía ecuatoriana. Eso supera los niveles alcanzados en igual pe riodo de 2021, pero también lo registrado en 2019 (último año antes de la pandemia).
Las proyecciones apuntan a llegar a una cifra cercana a los $150.000 millones hasta finales de este año. A pesar de esta reactivación, los niveles de empleo formal se recuperan a un ritmo menor de lo esperado y lo prometido por el mismo Gobierno.
Si se toman en cuenta las cifras de afiliación a la Segu ridad Social, que son el ter mómetro más ajustado sobre la real situación del mercado laboral, en 2022 se han crea do 131.162 nuevos afiliados y puestos de trabajo, tanto en relación de dependencia como trabajadores autónomos.
Con esto, ya se suman 3’727.522 aportantes al Institu to Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), es decir, solo 11.129 menos que los que se te nía antes de la pandemia.
Ricardo Díaz, economista e investigador en mercados de trabajo, explicó que sí existe una reactivación en el país. El problema es que se parte de un nivel tan bajo y precario, que cualquier mejora sabe a poco de cara a la ciudadanía.
“Ecuador estuvo en rece sión, con casi crecimiento cero, desde 2015. La pandemia hundió más todo; pero en 2021 volvimos a crecer a porcentajes significativos desde hace años. Sin embargo, todo ese esfuer zo solo sirve para volver al mal punto de partida que tenía mos”, puntualizó.
Los empresarios nacionales han cumplido, pero la inver sión extranjera no llega.
estructurales que ofreció.
Impulso a la contratación Entre las reformas estructurales pendientes está la rela cionada con la facilitación de la contratación laboral
Sin embargo, el ministro Arosemena ha asegurado, du rante sus últimas entrevistas públicas, que se van a activar en ese tema.
“En un par de semanas más, en octubre próximo, junto al Ministerio de Trabajo, vamos a estar hablando de nuevas modalidades de contratación. El objetivo es hacer más fácil la contratación y siempre salva guardando todos los derechos sociales”, aseveró.
Comercio al por mayor y menor Autónomos y voluntarios Administración pública y defensa Servicios profesionales y administrativos Industrias manufactureras Agricultura, ganadería y pesca Actividades de atención de la salud Transporte y almacenamiento 584.494 501.343 446.217 304.741 303.502 252.545 166.119 126.486
Panorama actual Uno de los principales proble mas estructurales del Ecuador es que tiene una economía pe queña y poco productiva. En términos globales, el país apor ta con el 0,01% del PIB en com paración, por ejemplo, al más de 24% que pesa la economía estadounidense.
En otras palabras, la úni ca forma de crecer de manera consistente y a tasas altas (más del 3% o 4% por una década) es abrir la economía lo más posible a la competencia, a los acuerdos comerciales y a la Inversión Extranjera Directa (IED).
Sobre esto, la gestión del Go bierno de Lasso todavía está en promesas y expectativas. El ministro de Producción, Julio José Prado, repite cada vez que tiene oportunidad que se apun
ta a cerrar al menos 10 tratados de comercio; pero los procesos y las negociaciones demorarán más de lo previsto (por ejem plo, en el acuerdo con México).
Así también, Prado ha re conocido que los empresa rios nacionales han hecho un esfuerzo extra y han au mentado su inversión en un 73% durante el último año. Si se pone en cifras la inversión local, hasta junio de 2022, re presenta alrededor de 6.000 millones de dólares. Esto es por la reposición de maqui naria y equipos, nueva in fraestructura, tecnología e innovación, nuevos proyectos o ampliación de existentes, entre lo principal. Es decir, se han modernizado y, en el me jor de los casos, han expandi do sus negocios.
De acuerdo con Yolanda Pacheco, emprendedora y
DATO Ecuador necesita crecer entre 3% y 4% por al menos una década para reducir sustancialmente sus niveles de informalidad laboral.
consultora en desarrollo em presarial, ese gran esfuerzo se ha traducido en retomar los niveles de venta y actividad económica que se tenía antes de la actual crisis.
“El sector privado nacional ha puesto el hombro, pero su alcance también tiene límites. Ahí tendría que suplir la inversión extranjera, pero eso no ha sucedido”.
Las proyecciones apuntan a que la Inversión Extranjera Directa (IED) tendrá una caí da total del 40% hasta finales de año, con respecto a años anteriores. Esto se debe a que se ha frenado el impulso en el sector minero, como con secuencia de la inestabilidad jurídica, social y económica.
Además, los inversionistas extranjeros resienten que el Gobierno de Lasso no haya podido concretar las reformas
El funcionario recalcó que, según el Foro Económico Mundial, Ecuador está entre los cinco países con menos facilidades para la contrata ción, debido a la mayor rigidez laboral de un código de otra época.
“En todas partes del mundo moderno, en los países que la gente admira, tienes moda lidades de contratación que facilitan la relación laboral en tre el emprendedor y el traba jador. No se trata de inventar nada muy distinto de lo que ya existe”, añadió.
Hace pocas semanas, Aro semena desató el debate pú blico cuando declaró que una pregunta sobre la contrata ción por horas se debería incluir en la consulta popular Pero, ahora, sin dar muchos detalles al respecto, abre la puerta a una vía que el Gobier no ha descuidado.
“Más allá de la consulta, el camino es de nuevas propues tas de modalidades de contra tación que no requieren una consulta popular”, concluyó.
Santiago García, presiden te del Colegio de Economistas de Pichincha, aboga porque se abra un debate serio sobre temas como la contratación por horas; pero también debe haber voluntad política para impulsar cambios con las he rramientas que le quedan al Ejecutivo. Caso contrario, todo volverá a quedar en grandes anuncios, como sucede en sec tores como el petrolero. (JS)
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE ZAMORA CHINCHIPE
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DEL CANTÓN YANTZAZA
CITO: Con el contenido del escrito de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a: ZOILA MERCEDES ARTEAGA MONTAÑO.
OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR CAUSAL.
PROCEDIMIENTO: SUMARIO
ACTOR: LUIS ALBERTO ARTEAGA CEVALLOS
DEMANDADO: ZOILA MERCEDES ARTEAGA MONTAÑO
CUANTÍA: INDETERMINADA
NRO. DEL JUICIO: 19331-2022-00538
JUEZ Ab. Mgs. José Andrés Vázquez Valencia
El correismo y sus aliados del Partido Social Cristiano (PSC), y los rebeldes de Pachakutik, no paran en su ofensiva por el control en la Asamblea.
Los primeros signos se evi denciaron el 31 de mayo de 2022 con la destitución de Gua dalupe Llori de la presidencia del Legislativo. En febrero de 2022 en una declaración a pe riodistas, Llori advirtió que el correísmo y el PSC intentaban “tomarse por asalto” la Asam blea”. No se equivocó.
Su cargo fue asumido por Virgilio Saquicela, quien a par tir de ese momento ejecutó un proceso sistemático de control.
Con el mismo argumento de presunto incumplimiento de funciones con el que se sacó a LLori, el 14 de julio se removió del cargo a Yeseña Guamaní (ID) de la segunda vicepresi dencia. Así, la nueva mayoría se fortaleció con la toma de las vicepresidencias por parte de UNES y Pachakutik.
Un nuevo golpe lo dieron con la Ley de Comunicación. En julio, aprobaron un infor me de minoría que propuso una reforma a esta normativa que intenta eliminar la opinión como parte del derecho a la li bertad de expresión.
La incómoda fiscalización
Solo dos meses después de esta arremetida correísta, Fernan do Villavicencio, presidente de la Comisión de Fiscalización, sorprendió este 28 de septiem bre con su anuncio de renun ciar a la presidencia de esta Mesa.
Su declaración se produjo después de que Ronny Aleaga (UNES), informara que el Consejo de Administración Legislativa (CAL), con votos del PSC y UNES, calificó su queja en contra de Villavicencio por haberle relacionado con pre suntas actividades inherentes al narcotráfico. Por ese motivo, Villavicencio podría ser sus pendido hasta con 90 días.
“No me presto para la im punidad, yo no me presto para tapar los vínculos con el narco tráfico”, dijo Villavicencio.
El asambleísta cree que hay una coincidencia de intere ses para generar impunidad. “Soy incómodo al correísmo, al PSC,y al parecer a un sec tor del Gobierno que no está de acuerdo con el informe del caso Coca Coco Sinclair e INA Papers”. Por eso se declaró a la expectativa de cómo votarán los integrantes de esta mesa en la sesión de este jueves, 29 de septiembre.
“¡Vengan señores a hacer el trabajo sucio”, afirmó men cionando a los legisladores de UNES y PSC. “Vayan a cabil dear y pónganse de acuerdo a quién ponen en la comisión de fiscalización para que haga el trabajo sucio, yo no me presto
° Ana Belén Cordero (CREO), vicepresidenta de la Mesa de Fiscalización, dijo que la bancada de Gobierno lamenta la renuncia de Villavicencio. “Estaba haciendo un buen trabajo; tendrá sus razones (para renunciar), pero esto no tiene que afectar los procesos, el trabajo legislativo tiene que continuar, nosotros ten emos plazos legales que cumplir”. Dijo que incluso ayer se notificó a los vocales del Cpccs sobre el eventual juicio.
“Hay una estrategia manejada desde Bélgica por Rafael Correa y ahora, por el PSC de sacarme de la presidencia de la comisión”.
FERNANDO VILLAVICENCIO, ASAMBLEÍSTA.para eso”, insistió.
Aseguró que presidirá la Comisión de Fiscalización “unos días más hasta dejar lim piando la casa” y hasta dejar instalado el proceso de juicio político en contra del Consejo de Participación Ciudadana, y hasta este jueves en que se conocerá “la verdad sobre la central hidroeléctrica Coca Codo Sinclair”, adelantó.
Villavicencio relató que la que ja de Aleaga en el CAL se pro dujo porque le habría califica do con el término “tetón”.
“Al decirle tetón, según el le gislador Aleaga, yo he generado una cadena insufrible de odio en su contra y pide 90 días de suspensión; la máxima sanción que permite la Ley Or gánica de la Función Legislati va”.
Pero Villavicencio señaló que es Aleaga quien tiene que explicarle al país ¿qué hacía en una piscina con prófugos de la justicia como Xavier Jordán Mendoza, que acumula más de 40 procesos de investigación?
Según Alega, Villavicencio ha bría usado en su contra un len guaje agresivo, discriminatorio y que genera odio. (SC)
AUTO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DE YANTZAZA.
PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE. Yantzaza, vier nes 16 de septiembre del 2022, las 09h25, Ab. Mgs. José Andrés Vázquez Valencia, en mi calidad de JUEZ
TITULAR DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DEL CANTÓN YANTZAZA, PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE, designado mediante Resolución No. 055-2014 de fecha 07 de abril del 2014 y legalmente posesionado mediante Acción de Personal No. 3001DNTH- ROG de fecha 10 de abril 2014 y posterior Acción de Personal No. 158-DP 19-2020-DS fecha 28 de febrero del 2020 emitida por la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Zamora Chinchipe.
Vistos: Dentro de la presente causa No 19331-202200538.- Cumplido con el protesto bajo juramento.- *
La demanda de DIVORCIO CASUAL (Artículo 110 numeral 9 Código Civil) presentada por LUIS ALBERTO ARTEAGA CEVALLOS (parte actora) en contra de ZOILA MERCEDES ARTEAGA MONTAÑO (parte demandada), solicitud que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Artículos 142,143 y 332 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite medi ante procedimiento SUMARIO.- * Se ordena la CITACIÓN a la parte demandada ZOILA MERCEDES ARTEAGA MONTAÑO se lo realizará por publicaciones de prensa (Art. 56 COGEO) diario de circulación nacional y local, esta última escrita o radial)para lo cual por secretaria confiera el extracto respectivo.- *Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) DÍAS, para que conteste la demanda y presentar Reconvención de conformidad a lo establecido en el Artículo 333 numerales 2 y 3 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).-* No se fija PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL ni RÉGIMEN DE VISITAS PROVISIONAL por cuanto la parte actora refiere que no tiene hijos inscritos con sus apellidos.- * Téngase en cuenta los medios de prueba tanto documental como testimonial que han sido anunciados y presentado por la parte actora los mismos que se evacuarán en la Audiencia.- * Queda de responsabilidad de la parte actora hacer comparecer a los testigos de conformidad a lo dis puesto en el Artículo 191 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).-*INFÓRMESE a ésta judicatura en el término de 48 horas si alguno de los compareciente requiere de algún INTERPRETE o TRADUCTOR, para el día de la audiencia.-* En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado para recibir notificaciones y la autori zación que confiere al señor Abogado (a) Defensor (a) que suscribe conjuntamente la demanda.
Agréguese a los autos la documentación aparejada a la demanda.-* Agréguese a los autos la documentación que acompaña.- Actúe el señor Secretario de esta Judicatura. CÍTESE Y NOTIFIQUESE.-
Particular que pongo en conocimiento para los fines de Ley.-
Yantzaza, 20 de septiembre de 2022
Ab. Jairo Arturo González Pardo SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DEL CANTÓN AUTORIDAD. Fernando Villavicencio, presidente de la Comisión de Fiscalización.Fernando Villavicencio aseguró que no se prestará para la impunidad que buscan UNES y el PSC.
El Concejo Metropolitano aprobó una ordenanza para terminar con las ‘telarañas’ de cables en la ciudad. No hay un cronograma.
“A la izquierda podemos ver la iglesia de la Basílica”, dice una guía del ‘Quito Bus Tour’, a los turistas que observan la belleza patrimonial de la capital, mien tras evitan golpearse con un ca ble que cuelga de un poste.
Los tallarines de cables que cuelgan de los postes generan contaminación y riesgos. So terrarlos solucionaría este mal y mejoraría la calidad del ser vicio eléctrico (ver recuadro).
Para eso, el Concejo Metro politano de Quito aprobó una Ordenanza reformatoria del Código Municipal. La norma regula la infraestructura para las redes de energía eléctrica, telecomunicaciones, sema forización y videovigilancia, instaladas en los bienes de do minio y uso público.
Juan Carlos Fiallo, concejal y miembro de la comisión de conectividad, señala que esta aprobación le entrega al Muni cipio un marco jurídico para iniciar un proyecto de soterramiento de cables.
Sin embargo, se desconoce cuánto tiempo tomará, porque aún se debe realizar una plani ficación.
Pese a la alegría de los conceja
les, pueden pasar décadas para que la norma se cumpla. El pro yecto depende de que se lance un concurso para una alianza público-privada y para que las instituciones de telecomuni caciones y Empresa Eléctrica cambien todo el cableado.
“Al no disponer de todos los recursos necesarios, porque soterrar toda la ciudad sale bastante”, esto puede tardar mucho, confirma Fiallo, quien agrega que la inversión se recu peraría en unos 25 años.
Después de cinco años, el Concejo trata una nueva propuesta para regular la infraestructura física para las redes de energía eléctrica y de telecomunicaciones”,
SANTIAGO GUAREDAS, ALCALDE DE QUITO.
No le puedo dar el tiempo. Decir voy a soterraR de aquí a 10 años, puede ser menos o puede ser más”,
JUAN CARLOS FIALLO, CONCEJAL Y MIEMBRO DE LA COMI SIÓN DE CONECTIVIDAD.
· Número de fallas disminuye ya que las redes aéreas ya no están expuestas a las tempestades con granizo, descargas atmosféricas, caídas de árboles y ramas o, en verano, a las cometas.
· Se reducen los contactos accidentales de los usuarios con las redes aéreas que en algunos casos han provocado víctimas por electrocución.
Villavicencio renunciará a presidencia de la Comisión de Fiscalización
Viceministra de Educación queda fuera por publicaciones en redes
El Concejal detalla que este no es un servicio que se cobra rá a la ciudadanía, sino que ya existe un cálculo de $3,71 por metro de cables que deberán pagar las empresas, anualmen te. “En todo proyecto hay que hacer inversiones para que funcione. Porque hay que crear una infraestructura necesaria para que la operación se dé”, destaca.
° Dario Almeida, urbanista, señala que el Municipio no ha determinado el número de cables que requieren soterramiento. Tampoco a quién pertenecen.
Con esto concuerda el concejal Juan Carlos Fiallo, quien dice que la ordenanza exige que las empresas coloquen un identificativos en sus cables.
Para Almeida, la ordenanza es la punta de un gran iceberg. “Estamos hablando de que en esta administración no va a suceder. Si aún no hay una planificación tendremos que saber que puede tardar hasta dos décadas un trabajo total de soterramiento”, agrega.
Fiallo indica que no hay un tiempo, pero que todo dependerá de que “la empresas municipales coordinen entre ellas” y haya un trabajo articulado del Municipio con el Gobierno central.
Fiallo indica que los ediles hicieron observaciones for males al proyecto normativo, que fueron aceptadas como la referente a la tasa por los servicios que se presta por el soterramiento, que permitirá determinar cómo se cobran los valores que se deben a Quito y que se reinviertan en el soterra miento.
Con la ordenanza se delega la administración, operación y mantenimiento del sistema metropolitano de canalización soterrada municipal, a cargo de la empresa pública metropoli tana encargada de la movilidad y obras públicas, para la firma
· Disminuye la contaminación visual, lo cual contribuye al turismo.
de contratos de provisión de infraestructura por parte de empresas prestadoras de ser vicio de telecomunicaciones.
La ordenanza determina la obligatoriedad de construcción de infraestructura soterrada para nuevos proyectos arqui tectónicos, como lotizaciones, urbanizaciones, proyectos bajo régimen de propiedad horizontal y similar, donde se deberá construir una acometi da soterrada desde el punto de conexión de energía eléctrica y de telecomunicaciones más cer cano. Así como las licencias ur banísticas y como las autorizaciones que se emitirán bajo una plataforma digital que se creará para dichos efectos (AVV)
23 países aún prohíben el derecho al aborto
Seis provincias se preparan para simulacro de tsunami
Seguro de salud, cada vez más caro para adultos mayores
14 centros educativos en clases virtuales por falta de agua,
Economistas: la recesión mundial es casi inevitable
GESTIÓN. En 90 días se deberá determinar cuáles son las zonas prioritarias de Quito, para soterrar. La ciudad deberá divi dirse en polígonos (suma de barrios), para determinar las áreas de intervención. EL DATOMIAMI. El ojo del huracán Ian tocó tierra este 28 de septiembre de 2022 cerca de Cayo Costa, en el suroeste de Florida, con vientos de 240 km/h, informó el Centro Nacional de Huracanes (NHC) de EE.UU. Ian, cuyos vientos corresponden a la categoría 4 de la escala Saffir-Simpson, aunque rozando la 5, que es la máxima, ha sido des crito como un ciclón “increíblemente peligroso” por el NHC, pero
Los candidatos a la Presidencia de Brasil han tenido que usar chalecos antibalas en algunos mítines.
SAO PAULO. Nuevos casos de viol encia política han elevado la tensión en la recta final de la campaña electoral en Brasil, alta mente polarizada entre el exmandatario progresista Luiz Inácio Lula da Silva y el presidente ultraderechis ta Jair Bolsonaro.
Las autoridades investi gan el asesinato de al me nos cuatro personas tras presuntas discusiones po líticas , dos de ellas el pa sado fin de semana, entre otras agresiones a militan tes y candidatos desde el
DEMOCRACIA. La campaña que llega a su fin ha estado cargada de tensiones desde el inicio.
inicio de la campaña.
El ambiente de crispa ción ha obligado a Lula y a Bolsonaro a acudir a algu nos de sus mítines con cha lecos antibalas . A ambos los rodea además un amplio dispositivo de seguridad.
La tensión que se vive por la campaña en Brasil ha tras
pasado fronteras y es motivo de preocupación por parte de algunos países
Este martes, Estados Unidos, a través de la por tavoz de la Casa Blanca, Ka rine Jean-Pierre, condenó los últimos incidentes vio lentos y dijo esperar que las elecciones transcurran “de manera justa, transparente y creíble”. EFE
hasta ahora no hubo información de daños o víctimas. Ian ya produjo marejadas ciclónicas antes de llegar a la zona ribereña del Golfo de México y seguirá produciéndolas. También está descar gando lluvias abundantes y tornados. De los 67 condados de Florida, todos ellos declarados en emergencia, 18 emitieron órdenes de eva cuación obligatorias. EFE
BOGOTÁ. El comisionado de paz de Colombia, Dani lo Rueda, confirmó que diez grupos armados y estructu ras al margen de la ley han ordenado un alto al fuego unilateral a pesar de que, por ahora, el Gobierno no ha anunciado una medida igual de su parte.
Rueda aseguró que entre los grupos están el Estado Mayor Central de las disi dencias de las FARC , que está comandado por Nés tor Gregorio Vera Fernán dez, alias ‘Iván Mordisco’; la Segunda Marquetalia, de Luciano Marín Arango, alias ‘Iván Márquez’; las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC) o Clan del Golfo, las Autodefensas
AUTORIDAD. Danilo Rueda, co misionado de paz de Colombia.
de la Sierra Nevada de Santa Marta y “varias oficinas (de narcotráfico) de ciudades”.
En una conferencia de prensa en la Casa de Nariño, Rueda subrayó que “ cada grupo con su naturaleza está mostrando su disposi ción” a colaborar para lo grar la paz. EFE
1.
Auditor acreditado por la SEPS para ejercer las funciones;
Poseer un título de tercer nivel registrado en la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) en las ramas de: auditoría, contaduría, administración de empresas, ingeniería comercial, banca y finanzas y economía;
Declaración Juramentada ante Notario Público de no estar incurso en los impedimentos del Código Orgánico Monetario y Financiero, la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y los numerales del 1 al 7 descritos en el artículo 3 de la RESOLUCIÓN No. SEPS-ISFPS-INEPS-IGPJ-2015-155;
Certificados que acrediten experiencia de al menos cinco años en funciones de auditoría, de contraloría o en actividades afines en el sistema financiero nacional;
Documentos que acrediten poseer título de cuarto nivel en áreas de auditoría, contabilidad, tributación o economía; y, cursos de capacitación aprobados al menos 16 horas en temas relacionados de auditoría, control, contabilidad, gestión de riesgos aplicado al sistema financiero, auditoría de procesos, auditoría informática, tributación y planificación.
Las personas interesadas que cumplan los requisitos deberán remitir su postulación al correo electrónico talentohumano@oscus.coop colocando en el asunto POSTULACIÓN AUDITOR INTERNO OSCUS adjuntando su hoja de vida con los requisitos antes señalados, hasta el lunes 03 de octubre de 2022.
BUENOS AIRES. Argentina logró reducir levemen te la tasa de pobreza en el primer semestre del año en un contexto de crecimiento económico más moderado y de bajada del desempleo, aunque la indigencia creció y los sectores más vulnera bles de la población siguen a merced de la inflación.
Según el Instituto Nacio nal de Estadística y Censos, la tasa de pobreza urbana se situó en el primer semes tre de 2022 en el 36,5% , apenas 0,8 puntos porcen tuales por debajo del nivel registrado en la segunda mitad de 2021 y 4,1 puntos menos que el mismo periodo del año pasado. En tanto, la tasa de indigencia se ubicó en el 8,8%, 0,6 puntos por encima de la segunda mitad del año pasado
La meta de reducir la po breza sigue enfrentando a la fuerte inflación. EFE
General
la Ley
Deporte, Educación Física y Recreación
Huracán Ian lleva su ira al máximo a FloridaJohn Merlo , comandante general de la Armada del Ecuador; brigadier general Jaime Puga Dávila , jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea; y, para el general Jor ge Almeida Córdoba, subse cretario nacional de Defen sa.
También se firmó un acuerdo de voluntades en tre el Municipio y la Direc ción Nacional de Intereses Marítimos de la Armada del Ecuador, para trabajar en torno a la laguna de Yahuar cocha; y, la firma del conve nio de cooperación interins titucional con Cooperazione Internazionale.
Entre los discursos, el más relevante fue el de la alcaldesa Andrea Scacco, quien presidió su última sesión de fundación de la ciudad, tras no optar por ser candidata a la reelección en el 2023.
IBARRA. El civismo marcó la jornada de los 416 años de fundación española de la vi lla de San Miguel de Ibarra, en la provincia de Imbabu ra.
Tres eventos, señalados para este 28 de septiembre de 2022, sirvieron para ren dir homenaje a la ciudad, tras dos años de eventos res tringidos, con aforos limita dos y otros que se tuvieron que cancelar, por la pande mia de COVID-19.
Autoridades locales, milita res, policiales y la sociedad civil arrancaron la jornada en uno de los monumentos más importantes de la urbe, donde destacan figuras de los fundadores de la ciudad.
Desde las 08:00, decenas de arreglos florales fueron colocados en el Obelisco por parte de representantes de instituciones y empresas públicas, donde los discur
sos estuvieron acompaña dos de reseñas históricas de Ibarra.
Acto seguido tuvo lugar una parada militar, que se gún la Municipalidad contó con la presencia de 500 uni formados, pertenecientes a las diferentes ramas de las Fuerzas Armadas.
El recorrido partió desde la calle Francisco Bonilla, a las 10:00, para avanzar por la avenida Atahualpa, des filando por la calle Bolívar hasta llegar al parque Pedro Moncayo.
A su paso, cientos de personas aplaudieron las demostraciones de las es cuadras de caballería, las fuerzas motorizadas y las escuelas militares, que emo cionaron al público aposta do principalmente en la ca lle Bolívar.
Durante el desfile, una de legación de exalumnos de la Unidad Educativa Teodoro Gómez de la Torre, una de
condecoraciones a personas nacidas en Ibarra se entregaron en la sesión solemne de este 28 de sep tiembre de 2022.
° La Gobernación de Imbabura emitió un comunicado informando que, de acuerdo a la ley, en virtud de que el día 28 de septiembre se conmemora un aniversario más de la fundación de Ibarra y es considerado feriado local y de descanso obligatorio, al caer miércoles, la jornada de asueto se traslada para el 30 de septiembre de 2022.
las más antiguas de Ibarra, se hizo presente y cerró el re corrido a eso de las 11:30.
A las 12:00, en el teatro Gran Colombia se inició la sesión solemne por los 416 años de Ibarra, donde los discursos y las condecoraciones a fun cionarios militares fueron los puntos centrales.
Entre los reconocimien tos a los uniformados, al ser considerados ilustres ibarreños, se entregó la pre sea ‘San Miguel de Ibarra’ al general Nelson Proaño , quien ocupa el cargo de jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Además, otra de las con decoraciones fueron para el general Gustavo Acosta Yacelga, comandante de la Fuerza Terrestre; general Agustín Proaño Daza, jefe de Estado Mayor del Coman do Conjunto de las Fuerzas Armadas; contralmirante
En primera instancia, hizo un recuento de las obras ejecutadas en estos años de administración. Destacó las labores de recu peración de Yahuarcocha, la regeneración del avenida El Retorno, el nuevo cemen terio de la ciudad, la termi nación del polígono cárni co, intervenciones en casas patrimoniales del centro, en infraestructura educati va, cámaras de seguridad y alarmas comunitarias, re modelaciones de parques, centros culturales, deporti vos, adoquinados, asfaltados y nuevas cubiertas para el Mercado Amazonas , aun que la oferta de campaña de la edificación de un nuevo y moderno centro de abastos no logró concretarse.
Scacco sostuvo que Iba rra tendrá un nuevo puen te que conectará la zona de la rotonda de la calle Chim borazo y avenida 13 de Abril con el acceso a la laguna de Yahuarcocha, que costará aproximadamente $42 mi llones, costeados por el Ban co Mundial y el Ministerio de Transporte y Obras Pú blicas (MTOP).
“Un nuevo puente de 285 metros luz libre, con cuatro carriles, acera y ciclovía. Es una inversión de $42 millones. En esta administración iniciaremos la licitación in ternacional para su inicio en ejecución”, mencionó. (FV)
Los 416 años de fundación de la ciudad estuvieron marcados por tres eventos este 28 de septiembre de 2022. OFRENDAS. En el Obelisco de la Estación se colocaron ofrendas. CIVISMO. La parada militar recorrió el centro de la urbe. SOLEMNIDAD. La sesión se desarrolló en el teatro Gran Colombia.° Mientras en Carchi suman 38 candidatos inscritos para seis municipalidades, a la espera de la calificación oficial, en la vecina provincia de Imbabura, al sur, el Consejo Nacional Electoral (CNE) recibió 53 solicitudes de postulantes a las alcaldías locales, que también son seis.
En cuanto a las postulaciones para cada uno de los cantones, los im babureños suman hasta el doble de candidatos que los carchenses.
Por ejemplo, mientras en Tulcán, capital de Carchi, se inscribieron seis postulantes, en Ibarra, capital im babureña, fueron 13 inscritos. Algo similar ocurre en Otavalo, donde serán 11 candidaturas.
En resumen, mientras en la provincia de Carchi el máximo de candidatos en uno de los cantones es ocho y el mínimo seis, en Imbabura el máximo es 13 y el mínimo también seis, en Cotacachi.
En todos los cantones se inscribieron cinco personas, excepto en Mira, uno de los más pequeños, donde hay ocho postulantes.
CARCHI. Con las elecciones de 2023 a la vuelta de la esquina, ya comienzan a configurarse las papeletas con los candidatos que buscarán una digni dad el 5 de febrero de 2023 en la provincia de Carchi.
Tras terminar oficialmente el periodo de inscripciones de candidatos para prefectu ras, alcaldías, concejalías y juntas parroquiales, el 20 de septiembre de 2022, solo que dan las etapas de calificación e impugnación para conocer a quienes participarán en los próximos comicios electorales.
En la Delegación Electoral en Carchi se recibieron un
14 de mayo: Posesión de nuevas autoridades.
total de 273 solicitudes de inscripción de listas para las diferentes dignidades a elegir.
Dentro del proceso, la Junta Provincial Electoral de Carchi fue la encarga da de notificar las nóminas a todas las organizaciones políticas de la jurisdicción, para que puedan interponer objeciones, si lo consideran pertinente, pues enfatizaron en que más adelante no se podrá refutar ninguna can didatura.
“Las resoluciones de las Juntas Provinciales Electo rales se pueden impugnar ante el Pleno del Consejo Na cional Electoral (CNE) o ape lar ante el Tribunal Conten cioso Electoral (TCE). Luego de este proceso, las candida turas podrán considerarse calificadas y oficialmente inscritas”, afirmaron desde el CNE, añadiendo que el Código de la Democracia es tablece que las candidaturas a cargos de elección popular, una vez calificadas e inscri
tas, son irrenunciables.
Cifras de inscritos En los comicios del 5 de febrero de 2023, los electores de Carchi votarán por un bi nomio para la Prefectura y Viceprefectura, seis alcaldes, 18 concejales urbanos, 14 con cejales rurales y 130 vocales de las Juntas Parroquiales.
A pesar de que en la Dele gación Electoral de Carchi no
quisieron adelantar los nom bres de los inscritos para las elecciones de 2023 en la pro vincia, para las diferentes dig nidades, hasta que se cumplan todos los requisitos y queden oficializadas las candidatu ras, informaron que dentro de los plazos se inscribieron cuatro candidatos para la Prefectura y Viceprefectura, mientras para las alcaldías de Tulcán, San Pedro de Huaca, Montúfar, Bolívar, Espejo, seis candidatos en cada uno. En el cantón Mira serán ocho.
“El proceso de inscripción de candidaturas se realizó a través del sistema informá tico, que estuvo habilitado y funcionó de manera eficiente desde el 22 de agosto hasta el 20 de septiembre de 2022. Adicionalmente, para garanti zar un desarrollo eficaz del in greso de las solicitudes, la De legación Provincial Electoral del Carchi implementó cinco mesas de asistencia técnica, en las que las organizaciones políticas podían acudir para realizar sus inscripciones”, enfatizaron desde el CNE en la provincia.
En esta jurisdicción, para las elecciones de 2023 se es pera que 148.519 electores ejerzan su derecho al voto en los 78 recintos dispuestos a escala provincial, donde se instalarán 483 juntas recep toras del voto. (FV)
ELECCIONES. Las candidaturas que estarán en las papeletas se conocerán en diciembre, pero las inscripciones cerraron el 20 de septiembre de 2022.El 19 de octubre de 2022 se definirán los integrantes de las Juntas Receptoras del Voto. EL DATO
candidatos para todas las dignidades, entre titulares y suplentes, se estima que están registrados en Carchi.
Las ocho cámaras de recono cimiento facial que se insta laron en agosto, como parte del proyecto Bicentenario impulsado por el Municipio de Ambato, aún no funcio nan.
Estas cámaras tienen la funcionalidad de detectar el rostro de las personas y en caso de estar cometiendo un delito pueda ser identificada.
Cada una de estas cáma ras costó 3 mil dólares, in cluido el cableado y la interconexión
Sin embargo, pese a este anuncio, hasta el momento no ejecuta ninguna de las funciones para las que fueron instaladas
Al respecto, el director de Obras Públicas, Klever Pa drón manifestó que la insta lación de dichas cámaras se hizo en coordinación con el Consejo Municipal de Segu ridad Ciudadana (Comseca), el ECU 911 y Seguridad Fí sica.
Añadió que estas entra rán en ejecución cuando culmine el trámite de co nexión que debe ser aproba do por Seguridad Física del Municipio de Ambato. Con cluido aquello, el manejo de la base de datos se realizará con el ECU 911 para la parte legal.
Adicionalmente, desde el ECU 911 se puntualizó que estas cámaras todavía no se han anclado al sistema de videovigilancia y tampoco cuentan con una base de datos con la que deberían funcionar.
Mientras se ajustan los te mas de funcionamiento, entre la ciudadanía y expertos en temas jurídicos el tema ge nera varias opiniones pues el uso de cámaras de reconoci miento facial podría vulnerar derechos de los ciudadanos si sus datos personales se ponen en libre disposición de las ins tituciones que las usen.
Cómo funcionan Según Carlos Mena, experto en seguridad tecnológica , este tipo de tecnología ya se usa en la empresa privada y sirve para controlar la asis tencia de los empleados o controlar la presencia de sos pechosos.
“En el caso de detectar que la persona es sospechosa se registra en la base de datos y si vuelve al sitio se activan alarmas de seguridad para tomar medidas al respecto”, dijo Mena
El reconocimiento facial es una forma de autenticación biométrica, como las huellas dactilares o las tarjetas. Lo que varía es que el dispositivo tiene un software que toma fotografías de forma constan te para mejorar la precisión del reconocimiento.
“Pero a diferencia de otras formas de autenticación, esta tecnología recopila informa ción o toma la foto de un ros tro, pero sin consentimiento de una persona”, aclaró.
Frente al manejo de la in formació n en un espacio abierto, Christian Guerra, ge rente general de la empresa de seguridad Tekku, dijo que si una ciudad tiene una pre sencia masiva de cámaras, el
Estado podría vulnerar la privacidad de las personas.
“Esto restringe la libertad del ciudadano al momento de elegir qué información per sonal quiere compartir con el mundo”, manifestó Guerra.
Aclaró que en Ecuador no existe un manejo macro de información sobre la pobla ción, por lo que no se podría manejar este sistema dentro de una ciudad.
Sostuvo que, en el caso de darse esto, podría servir únicamente para detectar personas que tengan antece dentes penales y así acceder a la información solicitada a la justicia.
Guerra insistió en que la tecnología es un punto sensi ble porque depende de quién maneje este tipo de informa ción, la que estará a disposi ción del servidor central en cargado de la administración de las cámaras
Opiniones sobre su legalidad Ante la posible vulneración de derechos que implica el uso de las cámaras de reconocimiento facial, en un co municado en su página oficial la Fundación Andina para la Observación y Estudio de Me dios (Fundamedios) de Ecua dor instó al Gobierno y a los municipios a abstenerse de instalar esta tecnología.
Su pedido se basó en que el país no tiene garantías legales para la aplicación de tecnolo gía biométrica y se incumplen con estándares internacionales
° La vigilancia biométrica es cuestionable y va en con tra de los principios y derechos de las personas según la Ley de Derechos Humanos de 1998.
En un artículo publicado por Amnistía Internacional, movimiento global para poner fin a los abusos contra los derechos humanos, se explica que los Estados recurren cada vez más a esta tecnología para controlar manifestaciones, dificultando de forma significativa el derecho de reunión pacífica y el derecho a la libertad de expresión.
El relator especial de la ONU sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, David Kaye dijo que “en entornos some tidos a una vigilancia ilícita generalizada, las comunidades vigiladas conocen o sospechan de tales actividades, lo que a su vez perturba y restringe su capacidad para ejercer sus derechos a la libertad de expresión [y de] asociación”.
El artículo sostiene que, de otro modo, el uso de la tecnología de reconoci miento facial puede actuar como un elemento disuasorio de doble filo, al inte rrumpir tanto las reuniones pacíficas en espacios públicos como la documenta ción de posibles abusos, desincentivando gravemente esas formas de disidencia pacífica en un futuro próximo.
para resguardar la privacidad ciudadana.
La organización señala que es fundamental que se levante la reserva de información confidencial que el ECU 911 mantiene desde 2013 en los protocolos, procedimientos, metodologías, instructivos para la atención de emergencias, vi deovigilancia y recepción de llamadas al 911.
Se recuerda que según la Ley de Acceso a la Informa ción Pública, la confidenciali dad solo se aplica a temas de defensa nacional ante posi bles amenazas en contra del Estado , información sobre ubicación de material bélico y fondos de reserva para defen sa nacional.
Por ello, no se justifica que los procedimientos del ECU
911 sean reservados, aclaró. El abogado penalista Her nán Rivera manifestó que según el artículo 178 del Có digo Orgánico Integral Penal (COIP) se vulneran los de rechos cuando se violenta la privacidad de las personas, es decir, cuando se manejan de manera pública la infor mación de una persona y no a través de un procedimien to legal para un objetivo es pecífico.
Es por eso que, cualquier dato deberá necesariamente ser entregado solo a través de documentos de la Fisca lía para investigaciones , pero si se difunden la infor mación del individuo quien lo haga puede tener de uno a tres años de cárcel, aclaró el especialista. (CNS)
IMPORTANTE. Las cámaras de reconocimiento facial funcionarían como parte del proyecto Bicentenario.La Policía Nacional señala que, si no existen denuncias no se activa la Unidad Antisecuestro de la Policía Nacional.
Este martes 27 de septiem bre de 2022, mediante vi deos que se viralizaron en grupos de whatsApp, pre suntos estudiantes de dos unidades educativas fiscales de renombre de la ciudad, se lanzaron amenazas entre sí Esto mantiene en alerta a las autoridades provin ciales y a la Policía Nacio nal. Quevedo soporta desde hace meses una ola delin cuencial imparable, lo que ha provocado que jóvenes menores de edad sean el ‘blanco’ de las bandas delic tivas que los reclutan para que cometan ilícitos.
El jefe subrogante del distrito de Policía Quevedo - Mocache, Darwin Gueva ra, señaló que los videos que están siendo viralizados en Internet, donde se observa a jóvenes amenazándose mu tuamente, primero tienen que ser judicializados, por que hay que identificar a las personas que aparecen en ellos y a los que grabaron, para tomar acciones.
“Recomendamos a la ciu dadanía que, si tiene infor
mación de estos malos es tudiantes, nos pueden dar a conocer de manera reser vada, para poder tomar las acciones respectivas, con el apoyo de la Fiscalía provin cial”, precisó Guevara.
Asimismo, el oficial po licial hizo referencia a uno panfleto que se habría en viado a una determinada unidad educativa, dijo que...
“Los rectores de los plante les educativos tienen la obli gación de poner la denuncia respectiva en la Fiscalía, para de esta manera se acti ve la Unidad Antisecuestro de la Policía Nacional, caso contrario solo quedará en un simple comentario”, fina lizó Guevara, estas declara ciones las hizo en una rueda de prensa, en la UVC (SCC)
Continúan los eventos por motivo de los 79 años de vida Política de Quevedo, a celebrarse el próximo sie te de octubre, con el desfile cívico estudiantil y sesión solemne. Este último acto se cumplirá a las 18:00 en la Ciudadela Municipal, con la presencia de autoridades locales y provinciales.
Este 27 de septiembre (ayer), a las 17:00 se realizó la presentación de la obra
literaria ‘Génesis’ en el au ditorio del Quevedo Shop ping Center. Mientras que el martes 4 de octubre a las 10:00, en el mismo audi torio se realizará el Festi val Escolar de Oratoria. El miércoles 5 de octubre, será el festival Escolar de Pintu ra en el Quevedo Shopping Center, a las 10:00, a la par el desfile de escuelas en la calle Siete de Octubre.
El siete de octubre a las
09:00, en la calle que lleva el mismo nombre, será el desfile cívico y militar, y a las 18:00 la sesión solemne conmemorativa en el Salón Simón Bolívar, de la Ciu dadela Municipal. Desde septiembre 30 a octubre 12 se realizará una exposición itinerante del museo muni cipal, Historia del cantón Quevedo a las 10:00 en to das las parroquias del can tón Quevedo. (SCC)
Integrantes de la JPE indican que el 90% de las organizaciones políticas aún subsanan documentos.
Los rostros de candidatos oficiales que postularán a las diferentes dignidades toda vía no se revelan en Santo Domingo de los Tsáchilas, jurisdicción donde la Junta Provincial Electoral (JPE) recién finalizó el proceso de notificación a organizacio nes políticas.
Nueve días han transcu rrido desde que se cerró el plazo para inscripciones Posteriormente inició la re visión y subsanación de do cumentos para garantizar el cumplimiento de la norma tiva.
Yovany Quiroz, presi dente de la JPE, explicó que el trabajo fue tedioso y que
previo a la acepta ción de una deter minada inscripción se revisaron minu ciosamente todos los expedientes
Hasta hoy, jueves 29 de septiembre, podrán sub sanar las organizacio nes políticas.
“Como novedad les comentamos que dentro de varias organizaciones polí ticas hubo renuncias . Las cifras no han cambiado por
que prácticamente el 90% de las organiza ciones políticas están subsanando”, dijo.
Rechazo
Yadira Bayas, aspi rante a la prefectura , cuestionó que su candidatura haya sido rechazada por parte de la JPE y después de cambiar a
su binomio procedió con la presentación de la respecti va apelación.
“He cumplido con todas y cada una de las exigencias para poder ser candidata y lo he hecho dentro del tiem po establecido”, manifestó.
Ante esta situación Qui roz indicó que tienen 48 horas para remitir los do cumentos al pleno del Con
sejo Nacional Electoral y el veredicto definitivo se sabrá después de tres días.
Aclaró que durante este proceso han vigilado que se respeten los parámetros de la normativa, como: 25% de jóvenes, encabezamiento de mujeres en un porcentaje del 30%, que sean mayores de edad y que sufraguen en el distrito donde postulan. (JD)
Para el viernes 30 de sep tiembre, a las 19:00, se ha preparado el taller pre sencial ‘ Oratoria el arte de hablar’, estará a cargo de Gabriel Villalva, direc tor de Nueva Acrópolis en Santo Domingo.
Villalva, aclara que hay muchas formas de hablar, pero encontrar el arte al hacerlo es justamente el ejer cicio del orador. “La oratoria va aún más allá, porque existe un diálogo que es tal vez el más importante de todos, uno que a veces ignoramos que existe, o que no sabe mos cómo hacerlo, o que
postergamos permanen temente, es el diálogo con uno mismo”.
EL DATO Aforo máxi mo 20 perso nas. Informes y Reservas al: 0998664790.
A decir de Villalva, de nada sirve cultivar las téc nicas que nos llevan a la bella y justa palabra, si no hemos logrado an tes que esa palabra sea el reflejo cohe rente y cierto de un mundo interno de certezas, conviccio nes y aún de bús quedas sinceras.
“La palabra debe ser entonces un ve hículo natural de nuestro mundo interior y no una simple máscara más o me nos trabajada”, expuso. (LMM)
Quienes transitan por la avenida Chone y calle An tonio Ante se quejan por los constantes accidentes que hay en la zona, que según indicaron se han incremen tado por el desvío de buses urbanos, a causa de la cons trucción del paso deprimi do del sector de La Virgen.
Un accidente de tránsito se presentó la mañana de ayer, miércoles 28 de sep tiembre, entre una motoci cleta y un taxi, una mujer embarazada resultó heri da.
Según versiones de los testigos, la moto circulaba en la avenida Chone y al lle gar a la intersección fue gol peada por el taxi. La víctima fue atendida por personal de una clínica que está en el sector.
Quienes tienen negocios por la zona, detallaron que
los accidentes se presentan a diario, piden que los agentes civiles estén perma nentemente en el sitio hasta que se normali ce el tránsito.
EL DATO
154 agentes civiles se incorporarán en enero de 2023, quie nes se suma rán al trabajo en las calles.
Movimiento Tex Montes de Oca, jefe operativo de trán sito de la empresa pú blica municipal de Tránsito (EPMT), manifestó que en
la actualidad hay 294 agentes civiles, quie nes prestan servicios en diferentes puntos de la ciudad, explicó que no pueden quedarse todo el día en un solo sitio porque tienen que rotar.
Sostuvo que en horas pico llegan los agentes. Indicó que los conductores deben ser más precavidos. (CT)
INVITADOS. A conocer un poco más sobre el arte de la Oratoria. PELIGRO. En la avenida Chone y calle Antonio Ante los accidentes son constantes. APOYO. Yadira Bayas asegura que lo que buscan es que no participe en las elecciones, porque cuenta con el respaldo ciudadano.La VIII Feria de Ciencia, Tecnología, Producción, Innovación y Emprendimiento denominado “Cambios y desafíos del sector productivo” tuvo sede en el cantón Quinindé.
Diferentes instituciones educativas, ciudadanía en general, aliados estratégicos se dieron cita a la explanada del Instituto Agropecuario o Tecnológico Superior del cantón para formar parte de las actividades lúdicas.
La jornada empezó desde las 12 del medio día donde los jóvenes se mostraron curiosos e interesados por obtener conocimientos en los diferentes stands que se conformaron a lo largo de las instalaciones del co
legio agropecuario con sus diferentes expositores. La comunidad pudo conocer de cerca sobre los proyectos productivos enfocados en porcinos, apicultura, ciclo corto, agricultura de preci sión y el papel del estado.
Forraje verde hidropónico fue uno de los proyectos ex puestos que llamó la aten ción de la ciudadanía, el cual trata sobre el resultado del proceso de germinación de granos de cereales o legu minosas (maíz, sorgo, ceba da, trigo, alfalfa etc.) sobre charolas. Se realiza durante un período de 7 a 14 días, captando la energía del sol y asimilando los minerales de la solución nutritiva. Para la producción de Forraje Ver de Hidropónico no se utiliza ningún sustrato, solamente semilla forrajera, charola forrajera, una solución nu tritiva adecuada para la pro ducción del forraje y agua.
El grano germinado al canza una altura promedio de 25 centímetros, el animal consume desde la parte aé rea formada por el tallo y las hojas verdes hasta los restos de semilla y la raíz. Agrocalidad también for mó parte de la actividad con un stand. Loreta Castillo, ex presa que durante la feria se
abordaron varias temáticas y actividades que desde la institución desarrollan para conocimiento de los estu diantes. Entre las temáticas que más llamaron la aten
ción de los participantes es sobre los diferentes cultivos y más que todo sobre el pro grama de mosca de la fruta, causa curiosidad por como se recolectan los insectos.
FERIA. Se realizó en el colegio agropecuario de Quinindé. EXPOSICIONES. Los jóvenes participaron activamente con sus stands de proyectos. PARTICIPACIÓN. Agrocalidad también formó parte de la feria “Cam bios y desafíos del sector productivo”.Este producto ya ha sido exportado a otros países. En Loja, Zapotillo se convierte en el primer cantón de producción de arándanos.
La provincia de Loja, por la va riedad de climas y suelos que posee, pone su sello a nivel internacio nal, ahora con la ex portación de arán danos a Países Bajos, España y Alema nia. En el país son aproximadamente 50 hectáreas de siete provincias donde se cultiva este produc to que ahora tiene un destino internacional. En 2021, la pro ducción fue de 750 toneladas.
Ecuador puede exportar a 35
países con sus arándanos de alta calidad.
La empresa Horti frut es la que llegó a Zapotillo hace dos años, a apostarle al cultivo de esta fruta y hoy ya está dando sus prime ros resultados. El pasado 25 de sep tiembre, la empresa realizó la exportación de un cargamento de 5 toneladas de arándanos, la fruta que fue producida en
esta provincia, principalmente en el cantón Zapotillo.
Eddy Chamba, director Distrital de Agrocalidad Loja, manifestó que la provincia acaba de sacar al mercado na cional e internacional un nue vo producto. Esta es una fruta producida en Zapotillo, cuyos cultivos datan del 2021, don de laboran más de 150 perso nas en la actividad. “Este es el inicio, recién empezó y la cose cha se extiende hasta enero de 2023. Se ha dado la primera ex portación del producto, luego de una minuciosa inspección y aprobación de Agrocalidad”, relató.
Calidad de la fruta Para Chamba, el primer carga mento realizado con frutas de Zapotillo, se convierte en uno de los primeros con los que el Ecuador inicia su carre ra para ingresar al mercado internacional del arándano. Este es uno de los cultivos que toma fuerza por sus propie dades medicinales y nutricio nales: son bajos en calorías, tienen un gran contenido de fibra, antioxidantes, vitamina C y K. Además, el jugo de arándano protege el sistema inmunológico, por ser una
fruta con varios beneficios para la salud, por su sabor fresco y delicioso se lo conoce como ‘la súper fruta del siglo XXI’.
Se exporta a España, Países Bajos y Alemania.
Si bien es cierto, el principal productor e importador de arándanos en el mundo es Estados Unidos, en América Latina hay importantes pro ductores, como Perú y Chile.
Se estima que alrededor de 50 hectáreas están dedicadas al cultivo en Loja, Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua y Azuay. Mien tras que en Santa Elena, El Oro y Manabí se realizan ensayos y
pruebas con distintas varieda des. El cultivo de este fruto ini ció en el país en 2015, con un pequeño grupo de emprende dores. Actualmente, 23 socios conformaron la Federación Ecuatoriana de Productores y Exportadores de Arándano (Fepexa).
Finalmente, acotó que el tra bajo de Agrocalidad es inspec cionar y aprobar la producción para la exportación. “La sema na pasada hicimos una verifi cación y pudimos determinar que ahora están en cosecha. Nuestro equipo técnico lo que hace es inspeccionar que el producto esté libre de plagas para que pueda ser embarcado a otros países”, ultimó.
Ayer, el equipo de Libertad Fútbol Club, disputó su par tido en calidad de visitan te ante el equipo de Búhos ULVR FC, por la jornada 29 de la serie B de la Liga-Pro, pero no logró traerse los tres puntos y únicamente sumó uno en la tabla de po siciones , al empatar 0 por 0.
Partido
El cotejo se disputó a las 15:00 en el estadio Pablo Sandiford de la ciudad de Durán-Guayaquil. El equipo lojano estuvo dirigido por el nuevo estratega, Paúl Vé lez, quien no logró ganar el cotejo en su primer parti
do como técnico de los ‘naranjas’. Con este empate, Li bertad suma 44 puntos y se ubica en la cuarta ubicación de la tabla.
Los dirigidos por el pro fesor Paúl Vélez, alinearon con: Eduardo Bores, en el arco; Jordan Chillambo, Alexis Santacruz, Cristian Enciso y Robinson Requene, en la defensa; mientras que Jonathan Ordóñez, Pedro Larrea, Federico Flores y Andrés Valverde, en el me dio campo; y, en la delante ra, los jugadores Bryan Ro dríguez y Armando Angulo.
Resultado
Durante el primer tiempo el
partido fue parejo, aunque en ocasiones el equipo visi tante mostró mayor fútbol, pero no logró embocar en el arco contrario. Durante el primer tiempo salió lesiona do el jugador lojano, Pedro Larrea, y fue reemplazado por Anderson Naula. En el segundo tiempo los lojanos demostraron mejor fútbol, pero los delanteros no estu vieron ‘afinados’ para ade lantarse en el marcador y traer los tres puntos hacia Loja, pese a estar con un ju gador más, tras la expulsión de un jugador de Búhos, y al final de los 90 minutos el marcador quedó 0 a 0.
PRODUCCIÓN. Zapotillo se convierte en el primer cantón de produc ción de arándanos en Loja. PIONEROS. El cultivo de este fruto inició en el país en 2015, con un pequeño grupo de emprendedores. EMPATE. Libertad demostró mejor fútbol en Guayaquil, pero no pudo traer los tres puntos a Loja. EL DATO Zapotillo tiene tierra fértil, la posición geográfica y su clima favorable permite el desarrollo de este fruto. En Paltas, en cambio, cultivan guanábana y pitaha ya.Da
El Gobierno de La Rioja, en colaboración con el Ejecutivo de España y otras comunidades autónomas, contribuye a la repoblación del visón europeo, que es el mamífero más amenazado de Europa. Este 28 de septiembre de 2022 se liberaron cinco ejemplares en Cenicero. EFE
El testimonio anticipado como tal es una figura jurídica que tiene sus orígenes históricos en la ciudad de Atenas donde se acuña el término testimonio por primera vez, ya que este se lo co nocía como uno de los medios de prueba más importante al inicio de una investigación, ya que quienes prestaban el mismo da ban fe de los hechos sucedidos, así como desmentían aquellos que de manera maliciosa pre tendía que se ejecute un proceso y consecuentemente una sen tencia en contra de la persona a quien se le imputaba una falta, es por ello que con el transcu rrir del tiempo y de los avances constantes del derecho tenemos
a través del cual se conoce la declaración de la persona pro cesada, la víctima o de otras personas que han presenciado el hecho o conocen sobre las cir cunstancias del cometimiento de la infracción penal, pero en esta investigación determinare mos a quien favorece este testi monio anticipado, en virtud de lo que determina la normativa legal vigente, así como de lo que se da a diario en los tribunales y juzgados a la hora de validar y determinar como un elemento de prueba fidedigno al testimo nio anticipado.
que se fueron aplicando nuevas técnicas para receptar los testi monios a la persona afectada, así como de determinar nuevos medios probatorios capaces de asegurar y de consolidar en un solo universo lo aportando den tro del argumento.
De ahí que, El testimonio anticipado sea considerado por muchos doctrinarios como una de las pruebas más impor tantes dentro del proceso in vestigativo; misma que ayuda de cierta manera a evitar una revictimización a las víctimas, sin embargo en una contrapo sición de posturas se plantea la idea de hasta qué punto esto no afecta al procesado y su de recho de contradicción cuando este testimonio anticipado es usado de manera “errónea”, al pretender usar el mismo como un atenuante a su pena – en los casos donde existe responsabi lidad penal por delitos contra
la administración pública – así como cuando la “victima” usa este testimonio anticipado con el objetivo de que el procesado sea declarado culpable.
En nuestra normativa legal y vigente a la fecha, tenemos en la Constitución y en el COIP – como normas a estudio dentro de lo que respecta al testimonio anticipado, derechos de la víctima y del pro cesado se trata – ambas protegen las garantías y derechos de estos, sin embargo, nuevamente nace la interrogante:
¿Hasta qué punto protege a uno y deja en afectación jurí dica al otro?
Entre el mundo procesal a la hora de hablar de los medios proba torios tenemos que se ha ins trumentado en el COIP nuestro objeto de estudio – el testimonio anticipado – , el mismo que tiene como finalidad la protección de los derechos de las víctimas, esto teniendo en consideración lo re
lacionado exclusivamente al tes timonio anticipado o urgente, el cual señala el maestro Parra1 que “es un medio probatorio excep cional, que está asociado con la ir reproducibilidad de declaración o algunos obstáculos de su práctica en el juicio, ante tal circunstancia se dispone que se realice ante el juez de garantías penales”, ahora en este punto, diversos autores inician algunas críticas sobre esta medida “urgente”, ya que los tes timonios, para poder tener valor probatorio, de conformidad con la legislación ecuatoriana, deben ser tomados en juicio ante los tribunales de garantías penales al tenor de lo determinado en el COIP2 en sus artículos 502.10 en lo referente a las víctimas, y en el 507.1 en lo referente al procesado, donde se determina aquello, de jando la salvedad claro esta del objeto de estudio.
El testimonio, es un acto vi tal del juicio, ya que es el medio
Sobre el testimonio anticipado Dentro de nuestro proceso in vestigativo es necesario hacer mención a lo que determina el maestro García 3 en cuanto al testimonio anticipado “El tes timonio anticipado como prue ba fundamental en el proceso penal investigativo está sujeta al principio de oralidad; por cuanto, los intervinientes del proceso rinden sus testimonios y versiones de manera oral, el mismo que está amparado en nuestra Constitución del 2008 en su artículo 168 numeral 6” de ahí que tal como lo determina el maestro Ferrajoli en su obra sobre las garantías jurídicas 4 donde manifiesta que “no exis te ni existirá una manera más idónea para el administrador de justicia en la determinación de la sentencia la valoración de la prueba, en especial la oralidad de los testimonios y versiones de las personas víctimas e invo lucradas en el proceso” en este sentido tenemos que dando con el cumplimiento irrestricto de este principio durante la inves tigación previa y consecuente mente en las etapas procesales subsiguientes se estaría evitan do incurrir en la vulneración del derecho a la no revictimiza ción de la víctima; dando como resultado de tal manera, que se estaría cumpliendo en este sentido con todas las garantías constitucionales en las cuales se encuentran amparados los de rechos de la víctima como tal, es decir simplemente con el hecho
¿Derecho de la víctima o vul neración del derecho consti tucional de la contradicción del procesado?
de receptar en legal y debida forma – tal como lo determina la normativa y observando los principios constitucionales y legales sobre el mismo - el tes timonio anticipado, el mismo que tiene como finalidad dar la certeza al juzgador sobre lo su cedido y dar con la culpabilidad del presunto infractor, destru yendo con ello el estado de ino cencia.
Dentro del contexto del testi monio anticipado y el principio de no revictimización, tene mos que el mismo se encuen tra regulado por una serie de tratados internacionales, y de normativas de referido carác ter entre las cuales tenemos la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declara ción Universal de Derechos Hu manos, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Declaración Uni versal de los Derechos del Niño, Convención de los Derechos del Niño, entre otros tratados estas normas internacionales que a lo largo de la historia han per mitido proteger y salvaguardar los derechos de las personas involucradas en los procesos penales y en especial a las víc timas, pese que en la actualidad en muchos casos no se tome en cuenta las normas internacio nales a la hora de determinar las actuaciones judiciales en cuanto a este principio se trata.
De ello es necesario esclarecer en cuanto a las partes procesa les y la protección que deben de recibir estos y que va de la mano en cuanto a lo que determina la Convención Americana de De rechos Humanos al establecer en su artículo 25 donde deter mina lo siguiente: Protección Judicial 1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro re curso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales re conocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención.
En ese sentido, y aterrizando en nuestra legislación interna tenemos sobre el testimonio anticipado, y su recepción, en
QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inver sión Nro. 001000140002955001
Cliente SANCHEZ VILLAGRAN
DORIS ELIZABETH Cédula de Ciudadanía Nro. 1706519392 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-2103
lo que el COIP, determina:
Art. 444.- Atribuciones de la oel fiscal. - Son atribuciones de la o el fiscal, las siguientes:
7.Solicitar a la o al juzgador, en los casos y con las solemni dades y formalidades previstas en este Código, la recepción de los testimonios anticipados aplicando los principios de in mediación y contradicción, así como de las víctimas de delitos contra la integridad sexual y reproductiva, trata de perso nas y violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
Art. 454.3.- “Contradicción.Las partes tienen derecho a co nocer oportunamente y contro vertir las pruebas, tanto las que son producidas en la audiencia de juicio como las testimoniales que se practiquen en forma an ticipada.”
Art. 502.- Reglas generales. -La prueba y los elementos de convicción, obtenidos mediante declaración, se regirán por las siguientes reglas:
2.La o el juzgador podrá re cibir como prueba anticipada los testimonios de las personas gravemente enfermas, de las fí sicamente imposibilitadas, de quienes van a salir del país, de las víctimas o testigos protegidos, informantes, agentes encubier tos y de todas aquellas que de muestren que no pueden compa recer a la audiencia de juicio.
En el caso de audiencia falli da, y en los que se demuestre la imposibilidad de los testigos de comparecer a un nuevo señala
miento, el tribunal, podrá re ceptar el testimonio anticipado bajo los principios de inmedia ción y contradicción.
Art. 582.- Versión ante la o el fiscal. - Durante la investi gación, la o el fiscal receptara versiones de acuerdo con las siguientes reglas:
4. Si al prevenirle, la persona que rinde la versión manifiesta la imposibilidad de concurrir a la audiencia de juicio, por te ner que ausentarse del país o por cualquier motivo que hace imposible su concurrencia, la o el fiscal podrá solicitar a la o al juzgador que se reciba su testi monio anticipado.
10. El testimonio se practicará en la audiencia de juicio, ya sea en forma directa o a través de videoconferencia, con excepción de los testimonios anticipados.
Art. 510.- Reglas para el testimonio de la víctima. - La recepción del testimonio de la víctima deberá seguir las si guientes reglas:
1.La víctima previa justifi cación podrá solicitar a la o al juzgador se le permita rendir su testimonio evitando la con frontación visual con la perso na procesada, a través de video conferencia, cámara de Gesell u otros medios apropiados para el efecto, sin que ello impida el derecho a la defensa y en espe cial, a contrainterrogar.
2.La o el juzgador deberá cerciorarse de la identidad de la persona que rinde el testimonio a través de este medio.
Dando cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley de Compañías, en la Resolución No. SCV.DNCDN-14-014 emitida por la Superintendencia de Compañías y Valores (Actualmente Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros), publicada en el Registro Oficial No. 371 de 10 de noviembre de 2010 y de conformidad con lo estab lecido en el Estatuto Social de la Compañía, se convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la compañía REPRESENTACIONES METALMECANICAS C.A., la que se reunirá el día 11 de octubre del 2022, a las 10H00, en las oficinas de la compañía, ubicadas en el séptimo piso del Edificio Fundación Pérez Pallares, Av. Atahualpa 1116 y Juan González.
La Junta tratará y resolverá sobre el siguiente Orden del Día:
1.- Conocer y resolver sobre la autorización para la adquisición y con stitución de prenda comercial de un vehículo para uso de la compañía REPRESENTACIONES METALMECÁNICAS C.A.
Quito, 29 de septiembre de 2022
Maria Fernanda Brauer Pinto Gerente General3.La o el juzgador dispon drá, a pedido de la o el fiscal, de la o el defensor público o pri vado o de la víctima, medidas especiales orientadas a facili tar el testimonio de la víctima y en particular de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores ovíctimas de delitos contra la integridad sexual o reproducti va, trata de personas, violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
4.La o el juzgador, adopta rá las medidas necesarias para evitar cualquier tipo de hostiga miento o intimidación a la víc tima, especialmente en casos de delitos contra la integridad sexual o reproductiva, trata de personas, violencia sexual, contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
5.Siempre que la víctima lo solicite o cuando la o el juzga dor lo estime conveniente y la víctima lo acepte, el testimonio será receptado con el acompa ñamiento de personal capaci tado en atención a víctimas en crisis, tales como psicólogos, trabajadores sociales, psiquia tras o terapeutas, entre otros. Esta norma se aplicará espe cialmente en los casos en que la víctima sea niña, niño, adoles
cente, adulto mayor o persona con discapacidad.
En otro contexto jurídico en cuanto a lo que se determina acerca de la víctima, el no re victimización, nuestro orde namiento jurídico determina en nuestra normativa suprema en su artículo 35 en cuanto a los niños, niñas, y adolescen tes así como aquellas personas que se encuentran inmersas en un proceso judicial, o en el cual se establezca un estado de vulneración recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual.
Por otra parte, la referida norma supra en su Art. 78 de termina que “Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial, se les garantizará su no revictimi zación, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier amenaza u otras for mas de intimidación. Se adop tarán mecanismos para una re paración integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento
CONDOMINIO “PLAZA DE TOROS SANTIAGO DE GUAYAQUIL”Asamblea General Extraordinaria de Copropietarios Plaza de Toros “Santiago de Guayaquil”
Se convoca a los señores copropietarios de la Plaza de Toros de Santiago de Guayaquil, declarado bajo el régimen de propiedad horizontal, a la Asamblea General Extraordinaria que se realizará el día 11 de Octubre de 2022 desde las 10:00, en la sala de sesiones de las oficinas ubicadas en la Avenida Jorge Pérez Concha No. 201, y Calle Única, Urdesa, de la ciudad de Guayaquil.
UNO: Que conforme al Reglamento General a la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 37 indica que el Presidente o el Administrador a iniciativa propia oa petición de uno de los miembros de Directorio, del Administrador o de los copropietarios que representen por lo menos un 30% del total de votos del inmueble son los llamados a realizar la convocatoria para Asamblea de Copropietarios.
1.Verificación del quórum.
2.Lectura para aprobación del orden del día.
3.Revisión de plano modificatorio de propiedad horizontal
4. Aprobación de Modificación de propiedad horizontal de condominio “Plaza de Toros Santiago de Guayaquil”
Delegada Principal Alícuota 1-291
CONDOMINIO “PLAZA DE TOROS “SANTIAGO DE GUAYAQUIL 001-003-2107
FUNCIÓN JUDICIAL
Señor(es)
17230-2019-06438-OFICIO-15879-2022
Causa NO 17230201906438
Quito, lunes 12 de septiembre del 2022
EXTRACTO - NOTIFICACION HEREDEROS - 17230-2019-06438 Presente.
En el juicio N0 17230201906438 , hay lo siguiente:
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. AVISO JUDICIAL EXTRACTO DE NOTIFICACION POR LA PRENSA
Se le hace saber a: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SEÑOR GUILLERMO ANIBALVILLABA ESPINOSA, que en esta Unidad Judicia1 se ha presentado una demanda, cuyo extracto es el siguiente:
EXTRACTO DE LA DEMANDA
ACTOR:VILLALBA ESPINOSA GUILLERMO ANIBAL (fallecido)
DEMANDADOS: COMPAÑÍA FIBRABUILDERS CIA. LTDA., REPRESENTADA POR PEREZ ANDA VILLAQUIRAN JAIME MARCELO COO REPRESENTANTE LEGAL
JUICIO: 17230-2019-06438
PROCEDIMIENTO / ACCION: ORDINARIO - RESOLUCION DE CONTRATO OBJETO.- Que con fecha 28 de marzo del 2017, suscribieron un contrato de Prestación de servicios con MARCELO PEREZ ANDA, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LACOMPAÑIA FIBRAUILDERS CIA. LTDA., CUYO OBJETO FUE PARA QUE REALICE TRABAJOS DE MASILLADO E IMPERMEABILIZACIÓN dela Losa de Terraza en su propiedad, ubicada en la GALO PLAZA LASSO N 71-112 Y ENRIQUE PORTILLA GUERRERO, de la Parroquia de Cotocollao, barrio Carcelén, conforme consta del contrato que adjun ta, que por su parte cumplió con todas y cada una de las obligaciones pactadas; y que una vez concluida la obra, se percata de que existían más grietas y filtraciones en la obra realizada por el personal de la compañía demandada, evento totalmente contrario a la razón y objeto del contrato, Que al comunicar a la entidad deman dada, ésta no tuvo la intención de arreglar el problema presentado, y para buscar una solución en razón de que existía en el contrato una CLAUSULA ARBITRAL, se citó a la compañía demandada para realizar una mediación, como consta del ACTA DE IMPOSIBILIDAD DE MEDIACION de 20 de noviembre del 2018 que también se anexa. Que es su pretensión que en sentencia se declare sus derechos y se condene a la compañía demandada FIBRABUILDERS CIA. LTDA: La resolución del contrato celebrado entre el actor y la demandada suprimiendo los efectos del con trato para el pasado y para el futuro; Al pago del valor del Contrato de Servicios por cuanto el actor ha cumplido con todas las obligaciones del pago siendo el capital de USD 3.385,89; El pago del costo de los materiales pagados para la realización de la obra que fueron proporcionados por HOLCIM S. A. por la cantidad de USD 1.191,26; el pago de los costos de mediación los cuales ha pagado el actor en su totalidad; El pago de las costas procesales y honorarios de su defensa.
CUANTIA.- El actor fija la cuantía en la suma de USD 35.000,00 PROVIDENCIAS.
Juicio No. 17230-2019-06438
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 7 de septiembre del 2022, a las 151149. VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito, anexos y acta de diligencia que anteceden.- PRIMERO.- De confor midad con lo previsto en el Art. 68.1 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, NOTIFIQUESE de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SEÑOR GUILLERMQ. ANIBAL VILLALBA ESPINOSA, por la prensa. mediante una publi cación realizada en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.SEGUNDO.- Precautelando la salud de todos los sujetos procesales, conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos — COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: “Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo elec trónico de una o un defensor legalmente Inscrito o el correo electrónico personal.”, todas las notificaciones en la presente causa se realizarán únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto. Adicionalmente se recuerda a las partes que a partir del 11 de mayo del 2020, con la resolución 045-2020 emitida por el Pleno del Consejo entró en vigencia el acceso al módulo externo por medio de la Oficina de Gestión Judicial Electrónica a través de la página web del Consejo de la Judicatura, por medio del cual los defensores técnicos de las partes pueden ingresar con sus credenciales, a fin de verificar el contenido de los escritos digitalizados, para su conocimiento.- Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manu scrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.- NOTIFÍQUESE ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ(PONENTE)
Lo que le NOTIFICO Y LE CITO a usted, para los fines de Ley.- Se le previene de la obligacion que tiene de señalar la casilla judicial de un Abogado y correo elec trónico como dispone la Ley, para que reciba sus notificaciones
Caso No. 282-13 JP.-
El Estado como titular de derechos y los estándares mínimos para precautelar el derecho a la libertad de expresión
La Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de pro tección interpuesta por “Diario La Hora” y sostuvo: “Toda vez que el fundamen to de la noción de derechos es la dignidad de las perso nas, es claro para esta Corte Constitucional que la titula ridad de los derechos recae en los individuos o colecti vos, mas no en el Estado y sus distintos órganos, que son los llamados a respetar, proteger y garantizar tales derechos. Ahora bien, esto no obsta que a fin de garan tizar un ejercicio de defensa en igualdad de condiciones en los procedimientos de carácter administrativo y judicial, se reconozca la apli cación de las garantías del debido proceso para todas las personas naturales y jurí dicas, incluso las de derecho público.- Esta Corte recono ce que el contenido procesal de ciertos derechos, como por ejemplo el derecho a la tutela judicial efectiva o a las garantías del debido proceso, puede ser invocado por cualquier sujeto dotado de personalidad, como dere chos correspondientes a su existencia jurídica.
En consecuencia, los órga nos de la administración del Estado pueden ejercer el ámbito procesal de dere chos como los menciona dos, y pueden, al igual que cualquier sujeto dotado de personalidad, activar la jurisdicción en búsqueda de una solución motivada, basada en derecho y obte nida en el marco de un pro ceso que se desarrolle con
todas las garantías, a fin de garantizar el ejercicio efecti vo de sus competencias. De ahí que, si bien se reconoce una íntima conexión entre los derechos y la dignidad, al punto que los derechos son preexistentes al Estado y su validez no depende de su reconocimiento escrito, no se puede excluir del todo la posibilidad de que los órga nos de la administración del Estado ejerzan algunos derechos de contenido pro cesal, en la medida en que existen ámbitos jurídicos protegidos por disposicio nes constitucionales que no se vinculan directamen te con la dignidad. Así, la personalidad jurídica de ciertos órganos que inte gran la administración del Estado no es un argumento válido para legitimar la titularidad de derechos fun damentales, pero tampoco permite descartar del todo la posibilidad de ejercer el ámbito procesal de ciertos derechos reconocidos en la Constitución. Resulta indis pensable determinar, caso a caso, si se procura tutelares derechos íntimamente vin culados con la dignidad, o proteger ámbitos jurídicos que no se vinculan direc tamente con la dignidad humana. A juicio de esta Corte, reconocer al Estado, sus funciones y órganos, como titulares de derechos que son inherentes a la dig nidad de las personas impli ca una desnaturalización de la noción de derechos prevista en los artículos 10 y 11 de la Constitución, noción que se refleja a lo largo del texto constitucio nal en su integralidad. En el caso materia de revisión, los jueces de primera y segunda instancia que conocieron la acción de protección deter minaron que el Estado era titular de los derechos al honor, a la rectificación, y a la información veraz, reco nocidos por los artículos 66 numeral 18, 66 numeral 7 y 18 numeral l 23, respec tivamente. A juicio de esta Corte Constitucional, los derechos al honor, a la rec tificación, y a la información son derechos derivados de
la dignidad de las personas, al punto que son parte de la categoría de “derechos de libertad”. Dada su íntima vinculación con la dignidad, el Estado no puede ser titu lar de tales derechos. Por el contrario, es el llamado a respetarlos y protegerlos. Distinto podría ser el caso en el que un funcionario público, como persona natu ral, busque la protección de su derecho al honor. Es indiscutible que los funcio narios públicos son sujetos del derecho constitucional al honor, en tanto ese derecho es inherente a la dignidad humana. Sin embargo, el Estado, sus órganos e insti tuciones, con o sin persona lidad jurídica, no son suje tos del derecho al honor; en consecuencia, éste no podría verse afectado por la difusión de información u opiniones emitidas en ejer cicio del derecho a la liber tad de expresión. En conclu sión, el Estado, en cuanto institución, no es titular de los derechos al honor, a la información veraz y a la rectificación, conforme se pretendió tutelar a través de esta acción de protección”.
Del texto transcrito se infie re lo siguiente:
a)Las acciones de pro tección planteadas por las entidades públicas no proceden cuando se invoquen una vulneración de derechos, cuya titula ridad corresponde exclu sivamente a las personas naturales o la naturaleza.
b)No proceden las accio nes de protección inter puestas por instituciones jurídicas públicas en contra de particulares por la supuesta violación de derechos.
c)Los derechos al honor, a la rectificación y a la información son derechos derivados de la dignidad de las personas y perte necen a la categoría de derechos de libertad, de los cuales el Estado no puede ser titular.
Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi. vjaramillo@jclegales.com
de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del de recho violado. Se establecerá un sistema de protección y asisten cia a víctimas, testigos y partici pantes procesales.”
De ello parte el hecho de que el Código Orgánico Integral Pe nal en sus aspectos procesales, y procedimentales a la hora de determinar sobre el derecho de las víctimas, y de los proce sados tiende al hecho de desa rrollar los preceptos constitu cionales en todos sus ámbitos, formas y aspectos esenciales, y en ese sentido también el hecho de que se desarrolla un sistema de derechos y de protección a la víctima como persona natural, esto a pesar de que por otro lado tenemos así que en el referido cuerpo normativo este recono ce a la víctima como sujeto pro cesal y nos dice quienes forman parte de esa esfera procesal, de ahí que entre ellas se encuen tran las personas naturales, de acuerdo a lo contenido en los artículos 439 y 441 de la norma mencionada en líneas anterio res y que lo hemos manifestado en varias ocasiones dentro del ámbito de análisis como tal.
Derechos de la víctima
El COIP reconoce amplios derechos a la víctima, entre ellos a la protección especial y a no ser revictimizada, evitando toda forma de intimidación o amenaza, todo ello se encuentra preceptuado en el artículo 11 en
sus numerales 2, 3, 4, 5, 9 y 12.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos en lo principal en cuanto a lo que tiene que ver con los hechos relacionados a la protección de los derechos de la víctima y del procesado, tenemos que esta ha tomado como fuente principal para tales efectos el Protocolo de Estambul5 y las Directrices de la Organización Mundial de la Salud para la atención mé dico-legal de víctimas de vio lencia sexual, con lo cual se ha dado una serie de pautas para prevenir de manera integral la revictimización, así como tam bién por otro lado ha determi nado por ejemplo que en la in vestigación se debe cuidar que la declaración de la víctima se realice en un ambiente cómo do y seguro, asegurando entre otras cuestiones que ese am biente a más de no generar un estado de “trauma al recordar lo acontecido” esta área especí fica pueda brindar privacidad y confianza, y consecuentemente debe de determinarse que se registre de forma tal que se li mite su repetición ante varios fiscales o jueces en diversos momentos; a más de que en ello se brinde atención médica, sa nitaria y psicológica, debiendo realizarse un examen médico y psicológico completo y opor tuno lo que permita que este testimonio anticipado a más de considerarse como una prueba sustancial dentro del proce so, y que aporte con una gran
carga sobre los actos u hechos que acontecieron en el pasado, deba de manejarse en el sentido estricto de confiabilidad nece sarias para el proceso. Por otro lado se debe también evitar ex poner a la víctima a un proceso formal, complicado y largo, que haga sentir una sensación de injusticia, o de que simplemen te no se ha tomado en serio los hechos que se denunciaron o se hicieron conocer en su momen to; por otro lado tenemos tam bién el hecho de que la prueba debe manejarse diligentemente y con criterios propios para este tipo de ilícitos; y, en base a esto se debe otorgar una pronta re paración del daño ocasionado, reparación que nace de una re paración integral, la cual busca “regresar a su estado natural de las cosas” tal como hacía men ción en varios artículos atrás publicados.
17201-2022-00333-OFICIO-01324-2022
Causa N° 17201202200333
Cayambe, viernes 9 de septiembre del 2022
En el juicio N°17201202200333, hay lo siguiente:
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CAYAMBE DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLES CENCIA DEL CANTON CAYAMBE DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA
SOLICITANTE: ROSA ESPERANZA PULAMARIN QUIMBIULCO JUICIO VOLUNTARIO No 17201-2022-00333 (AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS, Y ADOLESCENTES, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA)
CUANTIA: CUATRO MIL CON 00/100 DOLARES DE LOS ES TADOS UNIDOS DE AMERICA (USD$4000,00)
6
1 Parra Quijano, J. (2007). Manual de Derecho Probatorio. Décimo Séptima Edición. Bogotá, Colombia.
Librería Ediciones del Profesional LTDA.
2 Código Orgánico Integral Penal.
3 García, F. J. (2011). Los derechos constitucionales.
Quito: Ediciones Legales.
4 Ferrajoli, L. (2011). Garantías jurídicas. Francia: Laterza.
5 El protocolo de Estambul desde su entrada en vigor ha sido en calidad de Manual de Investigación
y Documentación Efectiva sobre Tortura, Castigos y Tratamientos Crueles, Inhumanos o Degradantes, este instrumento legal es el resultado de la iniciativa de las Naciones Unidas, iniciativa que fue presentada el 9 de agosto de 1999, con la finalidad de combatir la tortura de ahí que se trata de un documento, no vinculante, pero con amplio consenso y reconocimiento internacional que actúa como guía para determinar si una persona ha sido o no víctima de tortura. En el referido documento legal tenemos que este incluye orientación y elementos, siempre centrados en ‘tortura’ sobre: las normas jurídicas internacionales vinculantes; los códigos éticos profesio nales pertinentes; la investigación legal; consideraciones generales relativas a las entrevistas; las señales físicas; y los indicios psicológicos.
6 Corte IDH, Caso Fernández Ortega y otros Vs. México, sentencia de 30 de agosto de 2010. Serie C No. 215, párr. 194.
JUEZ QUE CONOCE LA CAUSA: DR CARLOS AUGUSTO MORENO FIALLOS
SECRETARIO: DR RAFAEL GUSTAVO CISNEROS MORALES
OBJETO DE LA DEMANDA: MEDIANTE SENTENCIA SE DIGNE EN CONCEDERME LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA LA VENTA DEL 100% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES QUE TIENE MI HIJA LA MENOR: CLARA ESMERALDAS SANDOVAL, EN EL VEHÍCULO MARCA VOLSKSWAGEN.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CAYAMBE DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Cayambe, jueves 1 de septiembre del 2022, a las 13h14. VISTOS.- El suscrito Dr. Carlos Augusto More no Fiallos, en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Cayambe de la Provincia de Pichincha, mediante Acción de Personal Nro. 1480-DP-2020-VS, de fecha 07 de febrero del 2020. Agré guese al proceso el escrito presentado por la actora señora PULAMARIN QUIMBIULCO ROSA ESPERANZA , el martes 30 de agosto del 2022. Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento al auto de fecha 16 de agosto del 2022, dispone: PRIMERO.- La solicitud que antecede y solicitud que completa la misma, es clara, precisa y reúne los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la admite a procedimiento voluntario establecido en el Art. 334, Capítulo IV, Título I, del Libro IV del cuerpo normativo ante referido.- SEGUNDO.- a) Cítese a los herederos presun tos y desconocidos del causante señor SANDOVAL TORRES RODRIGO, en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia de Pichincha, conforme lo dispone el Art. 58, del Có digo Orgánico general de Proceso, para lo cual por Secretaria confiérase el correspondiente extracto. b) Se le previene a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio, señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, de contestar la demanda planteada en su contra en el TÉRMINO DE 15 DÍAS contados a partir de la citación, así como de anunciar los medios probatorios destinados a susten tar su contradicción observando lo dispuesto en los Arts. 151, 152, 153, 157, 169 inciso cuarto del Código Orgánico Gener al de Procesos. TERCERO.- Téngase en cuenta la autorización conferida a su defensor y los correos señalados para recibir las notificaciones CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE.- NOTIFIQUESE
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CASILLA N/S
CITACION JUDICIAL: TERAN ANDRADE OSCAR REINALD
ACTOR: ALVAREZ TERAN JERRY CONRAD DEMANDADO: TERAN ANDRADE OSCAR REINALDO JUICIO NO: 17233-2018-04406
TRAMITE: RENDICION DE CUENTAS
CUANTIA: INDETERMINADA
OBJETO: RENDIR UENTA POR PARTE DEL SEÑOR TERAN ANDRADE OSCAR REINALDO DE SUS LABORES DENTRO DEL CONTRATO DE FIDEICOMISO CELEBRADO EL 21 DE MARZO DEL 2006 EN LA CIUDAD DE SOLGOLQUI
JUEZ: AB. ALEXANDRA LLERENA FLORES
DEFENSOR: ANGEL GUILLERMO AULESTIA
FECHA DE INICIO: 14 DE SEPTIEMBRE DEL 2018
Juicio No. 17233-2018-04406
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 3 de febrero del 2022, a las 14h28.
VISTOS: De conformidad con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial “Principio de Celeridad”; y, en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora conforme lo dispone el Art. 56 de la Ley Orgánica Reformato ria del Código Orgánico General de Procesos publicada en el Registro Oficial 517 de fecha 26 de junio de 2019. CITESE a la parte demandada señor TERAN ANDRADE OSCAR REIN ALDO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circu lación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual por secretaría de esta Unidad Judicial Civil elabórese el extracto respectivo, dejando constancia en el Sistema SATJE, remitiéndose el extracto correspondiente al casillero judicial señalado por la parte actora. CITESE y NOTIFIQUESE.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 1 de octubre del 2018, las 14h54. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora; una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto que antecede, la de manda presentada por el señor JERRY CONRAD ALVAREZ TERAN, cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento VOLUNTARIO. a) Se ordena la citación de la parte demandada, señor: OSCAR REINALDO TERAN AN DRADE, en la dirección señalada, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, para el efecto remítase la documentación respectiva a Citaciones. b) Conforme a lo dispuesto en el artículo 339 del Código Orgánico General de Procesos, se le advierte a la persona demandada la oblig ación que tiene de presentar a este juzgador el Informe que se notificara a los solicitantes, previo a la audiencia que se llevará a cabo una vez citada la parte demandada. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. F) GONZALEZ SOLORZANO EDUARDO ENRIQUE, JUEZ
AB. ADOLFO FRANCO VILLENA SECRETARIO 001-004-2106Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante el doctor Cristhian Recalde De la Rosa, Notario Sexagésimo Segundo del cantón Quito, el veintitrés de septiembre dos mil veintidós, el señor RUBEN GERMÁN HERRERA GUALLICHICO, divorciado, por sus pro pios y personales derechos; y, la señora MARÍA MERCEDES CANDO CASA, divorciada, por sus propios y personales derechos, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, la misma que fuera disuelta mediante ACTA NOTARIAL DE DIVORCIO celebrada en la NOTARÍA CUADRAGÉSIMA SEXTA DEL CANTÓN QUITO, con fecha uno de febrero de dos mil veintiuno, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre: Rubén Germán Herrera Guallichico y María Mercedes Cando Casa, el mismo que se encuentra legalmente inscrito en la Dirección Nacional de Registro Civil, Identificación y Cedulación, el veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación de lo dispuesto en el numeral veintitrés del artículo dieciocho de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal del señor Rubén Germán Herrera Guallichico y María Mercedes Cando Casa, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan pre sentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes.
Quito, 23 de septiembre del 2022
Fecha de entrega: 04 de agosto del año 2.022.
Estimados/as Socios/as:
El Presidente de la Compañía de Responsabilidad Limitada Exportación Importación de Bienes de la Construcción SIONEXPRO CIA. LTDA, de conformidad al estatuto y ley vigente convoca a los socios a la próxima sesión extraordinaria, que ten drá lugar el día viernes 07 de octubre del año 2022, en la domicilio principal de la Compañía, esto es en la parroquia El Playón de San Francisco, en las calles El Negrito y Emilio Parra,, a las 09h00, con el siguiente orden del día:
1. Constatación de quórum
2. Bienvenida e instalación de Asamblea General por parte del Presidente de SIONEXPRO CIA. LTDA.
3. Exposición y votación de propuesta para realizar auditoría interna de la compañía
4. Apertura de hojas de vida y propuestas económicas de los candidatos profesionales en llevar una auditoría interna
5. Elección de la o el auditor que llevará la auditoría interna.
6. Resoluciones
7. Clausura
Nota: se ruega puntual asistencia.