Apagón informático, un cuco para el CNE
El Consejo Nacional Electoral no quiere que sucedan los inconvenientes de las presidenciales del 2021. Para eso han reforzado el sistema informático y hacen ajustes al sistema de transmisión de resultados. Creen que el sistema no colapsará, según dijeron fuentes del organismo electoral. La inversión para el cambio es millonaria. 82.3 millones de papeletas deben validarse.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK VIERNES 20 DE ENERO DE 2023 Ecuador Cuatros rutas para hacer crecer su patrimonio 6 ECONOMÍA Estrategia global para inclusión de latinos en empresas 7 GLOBAL Las fallas detrás de los debates electorales 10 LOS RÍOS Nadie quiere estar al frente de la cárcel Bellavista 11 SANTO DOMINGO
de fiestas en Carchi 8 NORTE
Elecciones alteran calendario
3 Avanza proyecto de construcción en hotel Quito 5 QUITO LUGAR DONDE SE PLANIFICA LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO
SATELITAL DEL LUGAR
VISTA
MILICA PANDZIC
Cuando la corrupción
campea
Cuando la corrupción campea, los ciudadanos dejamos de confiar en el Gobierno y en el resto de instituciones del poder público. La polarización y la frustración aumentan, se pierde interés en la vida cívica, empujando a los ciudadanos fuera de la participación pública y política; y llevando a gran parte de ellos a decantarse por propuestas antidemocráticas y populistas.
Cuando la corrupción campea, la popularidad del Gobierno tambalea, porque al desviarse, disminuyen los recursos que este administra —y que finalmente aportamos todos— reduciendo su capacidad de acción para solucionar los diversos problemas nacionales; búsqueda de soluciones para las cuales el Gobierno fue elegido en primer lugar, y sobre las cuales su legitimidad recae.
Cuando la corrupción campea, se condena al país a un círculo vicioso de subdesarrollo, al no poder avanzar como debería en sus luchas contra la pobreza, la desnutrición, y la delincuencia; y obstaculiza generar progresos significativos para brindar los servicios públicos, como salud y educación, con eficiencia.
Cuando la corrupción campea, es difícil encontrar justicia. Los derechos de los ciudadanos —incluidos los derechos humanos— valen poco porque no hay certidumbre de que las cortes y los jueces vayan a hacer su trabajo de forma transparente, oportuna e imparcial. Y de esto se alimentan la violencia, el crimen y la inseguridad.
Cuando la corrupción campea, se le niega al país un mejor futuro. Y nadie está exento de estas consecuencias, incluyendo los corruptos. Hay que recordar todo el daño que causa la corrupción en nuestro país, para preguntarle a quienes llevan a cabo negocios por debajo de la mesa: ¿realmente vale la pena vivir así?
EDITORIAL
Exigir a los profesores como a los políticos
Yaes hora de que el país sea tan exigente con quienes manejan la educación pública como lo es con el resto de las instituciones. A lo largo de los últimos meses, la Policía y la Justicia enfrentaron una infinidad de cuestionamientos; en la consulta popular que se avecina, la clase política —especialmente asambleístas, consejeros del Cpccs y líderes de partidos— verán sus posiciones cuestionadas y desafiadas; las empresas públicas y el entorno del Ejecutivo están ahora bajo el inclemente escrutinio de la opinión pública. ¿Y a los profesores —cuyo desempeño deja tanto que desear— cuándo les toca?
La Educación goza de muchos beneficios. Cuenta con un marco legal que le concede una autonomía y libertad con la que otros sectores no alcanzan ni a soñar. Los docentes recibieron un aumento salarial considerable; justo, aunque por encima de las
necesidades de muchas otras áreas. Existe poquísimo control y evaluación externos sobre la calidad del servicio, menos aún capacidad de sancionar —lo único que hay es un Instituto Nacional de Evaluación Educativa inundado de trabajo—. Las exigencias de los docentes siempre aumentan —ahora se insiste en el escalafón— y cuando las evaluaciones arrojan resultados decepcionantes, la culpa siempre es del ‘otro’.
La Educación es el factor más determinante para el desarrollo, pero allí nunca se escucha de ‘depuraciones’ ni se cuestiona la calidad -académica ni moral- de sus actores. No se ve, al momento de proponer reformas de contenidos o de aprovechar oportunidades de perfeccionamiento, el mismo brío que para exigir beneficios. Ya que legalmente no se puede hacer nada, habría que juzgar a los docentes con la misma vara que a los políticos.
Frustración eterna, como sociedad desorientada, nos impide que alcancemos madurez; lo muestran palabras y hechos. Se dijo lograr una producción de millón de barriles de petróleo al día, hoy proponen modelos de alianzas con sectores privados; idea interesante, siempre que haya total transparencia, porque gentes ‘metidas en el negocio’ sin idea técnica impulsaron acuerdos con una dudosa ‘empresa’.
El reconocido geólogo Marco Rivadeneira publica en su blog una serie de datos que revelan lo erróneo de la política petrolera casi todo el tiempo de existencia de la empresa estatal, que visto de otro ángulo significa que el país perdió oportunidad de cimentar una industria que, en buena medida, mejoró el nivel de vida en el país y dio mucha riqueza a unos ‘vivarachos’.
Rivadeneira dice “hoy tenemos una cuenca con alto grado de madurez exploratoria” y se requieren acciones pendientes, “planificar en forma pragmática” porque la empresa está llena de “planes que nunca se ejecutaron o solo parcialmente”, traduciéndose en una desarticulación de la industria que, después de 50 años, “no cuenta con un modelo geológico de la cuenca Oriente y no se administró adecuadamente la vida de los activos productivos” al no conformar un “equipo ministerial y gerencial de alta capacidad, con conocimiento técnico y valores éticos, no modernizarse con procesos de selección internacional para tener gerente y contar con estados financieros auditados”. Señala que hay poderosos intereses por medio en tanto el Estado pierde su capacidad de control”. Propone como modelo exitoso de administración a Colombia y Noruega.
Establecer un Plan Maestro de Exploración y Producción, evitando ofertas especulativas. Este análisis publicado en su blog orienta decisiones válidas y también analiza las relaciones con las poblaciones nativas que juegan un rol necesario de entender, para aprovechar al máximo el recurso, en cuanto llega la transformación energética mundial.
PACO MONCAYO GALLEGOS pmoncayog@gmail.com
El botín
En eso se ha convertido el Estado, o al menos sus empresas estratégicas En marzo de 2022, se conoció sobre irregularidades en la Flota Petrolera Ecuatoriana (Flopec), el gerente fue destituido por oponerse a presuntos negociados; el 31 de marzo, el escándalo fue en la cartera de Agricultura;
en julio, en el Servicio Nacional de Aduana (Senae); en octubre, contra el Ministro de Energía; ahora, apenas iniciado el año, vuelven las acusaciones de corrupción, a la cabeza en la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (Emco). El Presidente, acosado por las denuncias, ofrece soluciones y justificaciones que pueden servirle para salir del paso, pero que no atacan al fondo del problema.
Este mal, como muchos otros, nació con el modelo hiperpresidencialista organizado por la mal
llamada ‘Revolución Ciudadana’. A partir de entonces, todas las empresas estratégicas quedaron en manos del presidente de turno y su círculo íntimo, con las consecuencias que están a la vista. Por esto, la corrupción rampante no va a parar mientras no se le dé una solución legal enfocada a la causa para no reincidir en corregir o sancionar los efectos.
Al momento en que se redacta esta nota, la Fiscalía General, la Asamblea Nacional, el propio Ejecutivo, a través de la anodina Secretaría Anticorrupción,
anuncian acciones y medidas para investigar y sancionar a quienes resulten culpables. Como es usual, seguramente terminará el período de gobierno y los procesos caerán en el olvido. Para evitar esta repetida trama de impunidad se requiere cambiar la conformación de los directorios . Deben reincorporarse representantes de las Fuerzas Armadas por el tema de seguridad, de las universidades del país, de los gobiernos locales; se debe constituir veedurías y observatorios permanentes,
que prevengan la comisión de estas detestables prácticas. Así se corregirían, en gran medida, estas graves desviaciones de funcionarios de libre designación de las altas autoridades, detrás de los cuales pueden estar ocultos grupos de poder, inclusive del crimen organizado.
Finalmente una voz de aliento para el periodismo de investigación honesto, que lucha valerosamente para develar actos infames que causan daño moral y material a la sociedad ecuatoriana.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XL No. 13554 Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento
medio, que se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023
del
El oro perdido
eduardofnaranjoc@gmail.com
EDUARDO F. NARANJO C.
@MPandzic
CNE hace ajustes para alejar al fantasma del apagón informático
En el CNE calculan que los primeros resultados empezarían a ingresar al centro de mando a partir de las 19.00 del 5 de febrero de 2023.
Para las elecciones seccionales del 5 de febrero de 2023, el Consejo Nacional Electoral (CNE) utilizará la misma arquitectura informática de los comicios generales de 2021, pero ampliará la capacidad de los programas, porque cada papeleta requerirá más escaneos y habrá un mayor procesamiento de información.
También se hacen varios ajustes en el Sistema de Transmisión de Resultados (STR) con los que se quiere transparentar el proceso de escaneo y escrutinio y alejar al fantasma de los ‘apagones informáticos’.
Funcionarios de la dirección nacional de tecnologías del organismo justifican la decisión porque el 5 de febrero no solo se elegirán 5.633 autoridades locales, sino siete vocales del Cpccs, habrá ocho preguntas del referéndum constitucional, y la con-
sulta popular en Sevilla Don Bosco (Morona Santiago).
“Es una carga fuerte para el sistema, pero se sigue trabajando en los ajustes de los programas que han sido adaptados a las nuevas dignidades que se van a elegir”, comentó una fuente del área
de tecnología del CNE. Entre las asesorías dispuestas por las autoridades del organismo, se incluye una con la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), para actividades de comunicación de líneas ópticas en los centros de es-
caneo. En época electoral, el CNE contrata alrededor de 40 mil personas. Técnicos de la ONU y la OEA también apoyan al organismo con criterios de capacitación.
Capacidad del servidor Los denominados apagones que afectaron el sistema informático fueron objeto de quejas en las elecciones de 2019 y se habrían producido porque la capacidad del servidor que se usó para la transmisión de datos habría sido superada.
Para las elecciones de febrero, el CNE estima la contratación de un servicio para subir los datos a la nube y que estos puedan ser consultados por los mismos ciudadanos con su propio Internet.
José Cabrera, vocal del CNE defiende la actual gestión del organismo. Dijo que, tras el simulacro del 8
El escrutinio
° Para agilizar el escrutinio, el CNE resolvió sumar un miembro adicional a cada una de las 39.892 Junta Receptora del Voto, es decir, habrá cinco personas por cada mesa. En cada junta votarán hasta 350 votantes.
El escrutinio comenzará a las 17:00; hora del cierre de las votaciones. A partir de entonces, habrá dos equipos para el conteo de votos: El primer grupo estará integrado por el presidente y un vocal, y contarán los votos de las dignidades seccionales empezando por alcaldes, luego prefectos, concejales y juntas parroquiales.
El segundo grupo está integrado por el secretario y dos vocales y contarán las papeletas del referéndum y de vocales del Cpccs.
En el CNE calculan que los primeros resultados empezarían a ingresar al centro de mando del Consejo Electoral a partir de las 19.00 del domingo.
de enero de 2023, el sistema informático funciona correctamente, aunque se hacen depuraciones no solo con los equipos informáticos, sino con el personal operativo para que esté preparado y capacitado para el proceso.
Recordó que con el sistema utilizado en 2021 no hubo problemas técnicos. “A las 19:30 de ese domingo, el candidato perdedor (Yaku Pérez) reconoció su derrota; el ganador (Guillermo Lasso) festejó, y el país amaneció en paz”, expresó
Centros de procesamiento
Para los comicios se modificaron los dispositivos para la transmisión de los datos desde los centros de procesamiento hacia Quito. “Cada vez el sistema y los procesos van mejorando”, dijo un funcionario del CNE.
El organismo adquirió diez servidores adicionales para incrementar la capacidad de la matriz. Las pruebas de los sistemas para el escaneo de actas y procesamiento de datos son permanentes. Los “routers” para la transmisión de los datos ya se enviaron a las 24 delegaciones provinciales. (SC)
Controles
° Para Esteban Ron, asesor electoral, la credibilidad del proceso se podría ver afectada si no existe un sistema previo, in situ y posterior de controles cruzados en cuanto a la seguridad informática.
A su criterio, si esto se rompe, puede dañar la legitimidad inicial del mandato con la que el candidato empieza sus funciones, y que en lo posterior puede traducirse en un problema de gobernanza.
En elecciones complejas, con gran cantidad de aspirantes y organizaciones políticas, este tema es “radical” porque puede asegurar un resultado confiable en el electorado.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK PAÍS 03 QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023 I
Los “routers” para la transmisión de los datos ya se enviaron a las 24 delegaciones provinciales.
EL DATO
SEGURIDAD. Militares custodian el material electoral.
¿Todavía es posible la unidad antipopulista por la Alcaldía de Quito?
En algunos sectores ciudadanos de Quito hay la esperanza de que se concrete la unidad. La última medición de intención de voto de MR Analytica Corp. revela cambios.
ANÁLISIS. A 10 días de la primera vuelta presidencial en Colombia, Ingrid Betancourt, candidata de centro izquierda, decidió renunciar a su postulación Lo hizo el 20 de mayo de 2022.
Su argumento fue que, con una candidatura que no despegó en las mediciones electorales, no quería dividir más los votos de la tendencia. Ofreció su apoyo al empresario Rodolfo Hernández, quien sí pasó a la segunda vuelta.
“Esta decisión es para ofrecerle a Colombia una opción diferente que derrote a los corruptos y a las maquinarias. ¡Juntos venceremos el miedo, el odio, la polarización; juntos, ganaremos!”, escribió en su cuenta de Twitter ese día.
Hernández, finalmente, perdió la elección presidencial frente al actual presidente Gustavo Petro. Aunque el gesto de Betancourt fue muy valorado dentro y fuera de su país porque intentó impedir que los Socialistas del Siglo XXI lleguen al poder, que
la ‘marea rosa’ no golpee a Colombia. Destacaron su intención.
Esa es una de las últimas evidencias de que, en la política partidista, sí existen gestos de desprendimiento y solidaridad cuando hay un objetivo mayor; en el caso de Colombia fue impedir que los populistas lleguen al poder.
En Quito estamos a 17 días de las elecciones para elegir al nuevo Alcalde. Y la unidad que intentó formar la sociedad civil no se produjo por distintos motivos, principalmente celos y egos. Pero en distintos círculos todavía ven que hay una oportunidad. Tienen esperanza que los candidatos miren un objetivo mayor, tal como en Colombia.
Quizá, con el desprendimiento de algunos candidatos, la pelea pueda ser más equitativa con el populismo y correísmo.
MR Analytica Corp., que trabaja en mediciones de intención de voto, difundió su último boletín la tarde de hoy, 19 de enero del 2023. Marcel
Ramírez, representante de la consultora, dice que hay novedades entre los candidatos de Quito. Uno de ellos crece y otros se estancan.
La proyección, sobre la base de datos procesados por Inteligencia Artificial sin encuestas, hasta a las 16:00, muestra que Jorge Yunda tiene el 21�, lo mismo desde hace 10 días. Lidera. Pero, Ramírez considera que el exalcalde Yunda pudo haber llegado a su techo electoral
El correísta Pabel Muñoz, en el segundo lugar, tiene el 17%. En los últimos tres días no ha crecido.
Lo que no sucede con Pedro Freile. El lunes obtuvo un 11% de intención de voto y subió al 14%. Andrés Páez se mantiene en el 8%. Luz Elena Coloma, candidata del Gobierno, está en el 7%.
Es decir, entre los tres principales candidatos de la tendencia, los tres críticos del pasado correísta en sus distintas variantes, suman 29� de intención de voto
Otros candidatos, los siete, apenas tienen el 9�. Y en ese grupo también hay críticos del correísmo y del populismo.
Los votos blancos y nulos, según MR Analytica Corp., están en el 9% y los indecisos bajaron al 15%, dos puntos menos que el lunes.
La colombiana Betancourt dejó una lección para la política latinoamericana. Una que ahora tiene un gran peso en tiempos de elecciones quiteñas. (JC)
DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN DE SOCIEDAD CIVIL COMERCIAL
NOTARÍA SEGUNDA DEL CANTON QUITO A CARGO DE LA DRA. PAOLA DELGADO LOOR
SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA NOTARÍA SE HA ELEVADO A ESCRITURA PÚBLICA CON NÚMERO 20221701002P05146. DE FECHA VEINTE Y SIETE DE DICIEMBRE DEL 2022, LA CUAL CONTIENE LA DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL COMERCIAL SAKE S.C.C., CUYO EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE CONSTITUCIÓN CORRESPONDIENTE ES COMO SIGUE: OTORGANTE:
JUAN CARLOS CORREA BALLESTEROS, representando a la Sociedad Civil Comercial denominada “SAKE S.C.C.”
ANTECEDENTES. 2.1. A fecha 21 de octubre de 1997, mediante escritura pública celebrada ante el Notario Décimo Primero del Cantón Quito, Doctor Rubén Darío Espinosa Idrobo y debidamente inscrita en el Registro Mercantil el día 02 de diciembre de 1997, se constituyó y conformó la Sociedad Civil Comercial denominada “SAKE S.C.C.”, cuyo domicilio, objeto y demás clausulas constan en el mencionado instrumento asociativo. 2.2. En las fechas 07, 08 y 09 de diciembre de 2022, el Gerente de la sociedad, realiza la convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de Socios de la Sociedad Civil Comercial denominada “SAKE S.C.C.”, mediante publicación a la prensa, extractos que se adjuntan a la presente, para deliberar sobre el plazo transcurrido y cumplido de la existencia de la sociedad, conforme lo establecen las cláusulas tercera y décima sexta de los estatutos de dicha sociedad. 2.3. Mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la Sociedad Civil Comercial denominada “SAKE S.C.C.”, celebrada el 19 de diciembre de 2022, mediante la cual, los asistentes, luego de revisar el plazo de existencia de la sociedad indicada, de forma unánime resolvieron disolver, liquidar y cancelar la misma.
DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN. - Con los antecedentes expuestos, el compareciente por los derechos que representa en la calidad que ostenta, en forma libre y voluntaria, manifiesta expresamente su decisión de DISOLVER, LIQUIDAR y CANCELAR Y DAR POR TERMINADA la Sociedad Civil Comercial denominada “SAKE S.C.C.”
Quito, diecisiete de enero del 2023, de conformidad con lo establecido en el Registro Oficial No. 506, Suplemento de 22 de mayo del 2015, la ley y las atribuciones a mí conferidas, publíquese por una sola vez un extracto de la DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL SAKE S.C.C., en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional. Lo que pongo en conocimiento del público en general para los fines consiguientes. f).
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO PAÍS 04 I QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023
001-004-2498
JORGE YUNDA
PABEL MUÑOZ
PEDRO FREILE
ANDRÉS PÁEZ LUZ COLOMA
INDECISOS 21% Intención de voto - Alcaldía de Quito 2023 - FUENTE: MR Analytica Corp 17% 14% 8% 7% 9% 9% 15% POLÍTICA. Sectores ciudadanos han buscado la unidad desde hace más de un año.
OTROS VOTOS BLANCO/NULOS
Empresa China insiste en construir torres en el hotel Quito
Lo único que se ha permitido es la rehabilitación interna Hay un proyecto en análisis y otro que buscaría levantarse en el parqueadero del hotel.
¿Se puede o no construir en el hotel Quito? Esa es una incógnita que está viva desde que en julio de 2021 cuando hubo denuncias sobre una construcción sin permiso en la estructura considerada patrimonial.
En esos días hubo plantones de los moradores del sector, que denunciaban la intención de la empresa China Road and Bridge Corporation de levantar dos torres de 32 o 36 pisos en el ala sur y en el parqueadero norte “derrocando una parte del ala sur del hotel”, señaló entonces José María Lasso, presidente del Comité Pro Mejoras del Barrio González Suárez.
La obra quedó suspendida , pero moradores del sector – que prefirieron no identificarse hasta emitir un comunicado– señalan que se prepara un nuevo proyecto, que “atentaría” contra el edificio patrimonial.
Mauricio Marín, secretario de Territorio, Hábitat y Vivienda, explica cuál es el estado del hotel. Resalta también, que cabe la posibilidad de una construcción de hasta seis pisos , pero en un área fuera del inventario patrimonial.
Licencia habilitada Al momento, la única licencia habilitada en el hotel construido en 1960 es la que permite la rehabilitación de los pisos 5 y 6, donde se están cambiando las alfombras, la mampostería y las paredes internas en habitaciones.
“El que tiene que invertir ahí es el promotor, la ciudad no tiene que invertir si el predio no es público ”, dice el Secretario.
Sin embargo, de solicitar hacer un proyecto – pese a ser privado– el hotel requiere un permiso por tener una categorización o catalogación parcial como patrimonial, otras estructuras como, por ejemplo, la iglesia de San
ÍCONO. El hotel Quito es considerado un predio parcialmente patrimonial.
Francisco tienen una categoría patrimonial total.
En el caso del hotel que en 2016 dejó de ser propiedad del IESS que, en ese entonces estaba presidido por Richard Espinosa, puede ser intervenido, siempre que se proteja la fachada y las áreas consideradas dentro del registro patrimonial.
Hasta seis pisos
El predio del hotel Quito estaba dentro de un ficha inventariada que lo protegía, pero eso no incluía el área sur, donde se planeaban construir las torres. Pero la ficha se actualizó y se incluyó dicha ala como parte del área histórica.
La empresa China Road and Bridge Corporation adquirió tanto el predio del hotel, como el de al lado, donde funcionan los parqueaderos. “La diferencia es que el predio de al lado, no cuenta con una ficha de inventario, no está catalogado como patrimonial, por lo tanto el proceso es distinto”, señala Marín.
Sobre este terreno no se debe seguir el proceso que en uno patrimonial, pero en La Floresta hay una ordenanza especial (Plan Especial de La Floresta), que se aprobó en 2011, que determina – por
Nos han ingresado un proyecto que es el de estas torres que circuló en los medios, pero antes de decir si ese proyecto es factible o no, nosotros primero tenemos que ver normativa”
MAURICIO MARÍN SECRETARIO DE TERRITORIO, HÁBITAT Y VIVIENDA
ejemplo– que solo se puede hacer construcciones con una altura máxima de seis pisos.
“El proyecto no ha ingresado acá a la secretaría. Extraoficialmente, porque eso va a la entidad colaboradora, entendemos, por consultas que no han sido oficiales, que sí se está proponiendo seis pisos”, detalla Marín.
Torres en análisis Pero, la posibilidad de construcción en el parqueadero no es la única que se contempla. De hecho, Marín señala que tienen un proyecto ingresado, pero todavía no analizado.
“Nos han ingresado un proyecto que es el de estas torres que circuló en los medios, pero antes de decir si ese proyecto es factible o no, nosotros primero tenemos
que ver la normativa”, dice Marín.
Además de la ordenanza de La Floresta (que asigna seis pisos) el proyecto también tendrá que contemplar una ordenanza de 2008, que permite una intensificación de la ocupación. “Primero hay que ver cuál es la norma aplicable sobre el predio”, destaca Marín.
LA HORA se contactó con la empresa China Road and Bridge Corporation, desde donde se señaló que darían vocería la segunda semana de febrero, sin precisar si el proyecto contempla las torres dentro del hotel.
Este proyecto se está analizando desde hace dos semanas. “Es un tema bastante complejo, no es solo de esta Secretaría, porque también es legislación nacional. Hay que hacer una revisión legal, incluso con la Procuraduría del Municipio”.
Por la exigencia del caso, el análisis “tomará pocas semanas”, agrega Marín, quien destaca que si bien la intención del consorcio chino es similar a lo propuesto en 2021, “las condiciones han cambiado”, pues ya no se podría construir tampoco en el ala sur. (AVV)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023 I QUITO 05
AGENDA ¿Qué hacer en Quito? Conoce nuestra agenda cultural QUITO Casas de menor precio que en el resto de capitales de América Latina
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lahora.com.ec
EN LA WEB
ZONA PENSADA PARA LA CONSTRUCCIÓN
La Corporación Financiera Nacional subastará hacienda La Clementina
La Corporación Financiera Nacional (CFN) subastará, en el primer trimestre de 2023, la emblemática hacienda bananera La Clementina, ubicada en la provincia de Los Ríos. Las 10.000 hectáreas de dicha propiedad han sido agrupadas en 18 lotes para esta nueva venta. Los interesados podrán pre -
Cuatro vías para hacer crecer su dinero durante 2023
Lo peor es dejar todo el dinero en una cuenta bancaria, porque se termina perdiendo y desperdiciando oportunidades.
Al inicio de cada año siempre existen metas financieras. No solo con respecto a aumentar las fuentes de ingresos; sino también sobre cómo hacer crecer el patrimonio personal o familiar. Es decir, cómo ha-
Los más seguro
cer que el dinero que ya se tiene pueda generar más dinero.
Según un estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en países como Ecuador, más del 60%
° Para minimizar el riesgo y tener un retorno seguro, la mejor opción es invertir en depósitos a plazo dentro del sistema financiero. En los bancos, el interés promedio llega al 6,65%. Si se invierte a un año o más, el interés puede subir hasta el 8,46%
Es decir, por un capital de $1.000 se puede recibir un retorno de entre $66,5 y $84,6 anuales. Esa ganancia se puede potenciar si se aprovecha el efecto del interés compuesto y se ve a la inversión como algo de mediano y largo plazos.
En las cooperativas, el interés por una póliza o depósito a plazo es mayor y supera los 7,7%. Lo máximo que se puede sacar es el 9,12% anual.
Así, un capital de $1.000 podría generar entre $77 y $91,2 al año. En las cooperativas pequeñas hay rendimientos de entre 10% y 12%.
En la página web de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, se puede consultar el listado de todas las cooperativas registradas legalmente y su situación financiera.
Lo peor que se puede hacer es dejar todo el dinero en una cuenta de ahorro o corriente. En el primer caso, el interés que se paga es del 1,23%; y en el segundo caso llega al 0,71% anual.
En ambos escenarios, se estaría perdiendo dinero porque en 2022 la inflación fue del 3,78% y para este 2023 se proyecta que los precios suban un 2,4%.
sentar sus ofertas por uno o varios lotes. El valor total que espera recaudar la CFN es de al menos $95 millones. Ese monto es parte de los refuerzos de esa institución para recuperar los créditos vencidos de los 90 mayores deudores. (JS)
de la población tiene aspiraciones de convertirse en inversionista; pero menos de una décima parte de ese porcentaje llega a concretar esas aspiraciones.
El tema no solo pasa por el
Fondos de inversión y acciones
° En el mercado ecuatoriano existen opciones para invertir en fondos a mediano y largo plazos. El fin puede ser el ahorro para la jubilación o para construir un capital que luego se puede destinar a otro tipo de inversiones en inmuebles, negocios, etc.
Así, por ejemplo, empresas como Fideval o Fiducia ofrecen rendimientos de entre el 7,25% hasta el 8,5% con el aporte de un capital mínimo de entre $300 y $1.000.
En la mayoría de los casos, este tipo de fondos operan en el mercado de títulos de deuda de las empresas. Es decir, con el dinero de los inversionistas cobran papeles de deuda de las empresas más grandes y rentables del país y con eso generan los rendimientos.
Este tipo de inversión se puede combinar o complementar con la inversión en acciones, tanto de empresas nacionales como extranjeras. En el primer caso, se pueden generar retornos de hasta el 14% anual; y se necesita acudir a una de las 30 casas de valores que operan en el país.
En el segundo caso, las operaciones se hacen a través de plataformas en línea y los rendimientos pueden superar el 20% anual.
Lo recomendable es investigar la mayor cantidad de alternativas y buscar un mix para potenciar la inversión.
nivel de ingresos de la persona o la familia. Diego Peña, abogado y asesor financiero, ha explicado que el dinero y cómo invertirlo siguen siendo tabú en la mayoría de los hogares ecuatorianos, inclu-
Rentabilidad inmobiliaria
° La rentabilidad anual de las inversiones inmobiliarias sigue subiendo y actualmente llega al 5.52%. Se necesitan 18.1 años de alquiler para repagar la inversión de compra, este número es un 11% menos que el año pasado. Además, el precio de venta sigue cayendo mientras el precio de alquiler aumenta.
El precio medio de venta se encuentra en $1,243 por m2, un 0.4% menos que el mes pasado. El último año, la caída de precios ha sido de un 2.7%.
En Quito, un departamento de 2 habitaciones y 70 m2 cuesta en promedio $94.000 mientras un departamento de 3 habitaciones y 110 m2 es de $125.000. En promedio, un alquiler de un departamento puede superar los $599.
En las inversiones inmobiliarias se debe tomar en cuenta tanto la inflación como el costo del crédito (en caso de que se compre el inmueble por esa vía). Si el alquiler cubre, por ejemplo, la cuota mensual del hipotecario y deja un monto adicional libre; la inversión es rentable y tiene sentido.
LA HORA publicó una nota donde se analiza un poco más a profundidad que otras cosas tomar en cuenta al momento de invertir en inmuebles.
yendo buena parte de los que están mejor posicionados económicamente.
A continuación, se detallan opciones para hacer crecer su dinero durante este año. (JS)
Diversificar las fuentes de ingresos
° Otro de los pilares de las finanzas personales es que no se puede depender solamente de una fuente de ingresos. Buscar opciones complementarias a su sueldo principal es importante para tener más dinero para invertir y ahorrar a futuro.
LA HORA ya ha analizado las oportunidades que existen en la inversión en franquicias. Sin embargo, se necesita una inversión inicial que va desde $7.650 a $80.000; además de una investigación profunda sobre el mercado en donde se vaya a incursionar. En Ecuador, alrededor de un 30% de personas con un empleo principal; también incursionan en emprendimientos complementarios. En la mayoría son negocios poco complejos y pequeños.
Existen opciones interesantes en el comercio electrónico y la economía digital; pero hay que tener cuidado porque en el último año han proliferado los supuestos expertos que ofrecen oportunidades de hacer mucho dinero en poco tiempo.
Lo mejor es investigar antes de embarcarse en cualquier actividad extra. Una opción para tener una mirada panorámica es consultar, por ejemplo, series especializadas como 31 ideas para generar ingresos a través de internet del canal de Youtube Carla con Wifi.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023 ECONOMÍA 06
IMPORTANCIA. Invertir es la mejor forma de hacer que el dinero crezca en el tiempo.
WASHINGTON. El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, inicia este 20 de enero de 2023 el tercer año de su mandato, con el reto que supone una Cámara Baja en manos de los republicanos y en medio del escándalo por los documentos clasificados hallados en su residencia y oficina privadas. El descubrimiento desde noviem-
Hiperinflación vuelve a amenazar a Venezuela
CARACAS. Las alzas de las tasas de inflación que Venezuela ha registrado en los últimos cinco meses, hasta cerrar 2022 en el 305,7� interanual, según estimaciones independientes, despierta el temor de volver a caer en hiperinflación, un proceso que atravesó durante cuatro años hasta finales de 2021 y que empobreció a millones de ciudadanos.
La nación acumula cinco meses consecutivos con alzas de dos dígitos, indicó el Observatorio Venezolano de Finanzas (OVF), un ente independiente integrado por especialistas, según el cual la infla-
ción en agosto fue de 17,3%, en septiembre de 11,5%, en octubre de 14,5%, en noviembre de 21,9% y en diciembre de 37,2%, la más alta en los últimos 22 meses.
Es por esta razón que el OVF, cuyas estadísticas son usadas como referencia ante los retrasos en la publicación de cifras oficiales, alertó de que las recientes “pronunciadas aceleraciones” de la inflación “pudiesen colocar a la economía ante el peligro de un rebrote hiperinflacionario, que está tomando fuerza con la sostenida devaluación del bolívar”, la moneda local. EFE
Precio referencial 25 000 USD, el vehículo se vende en estado actual, sin garantía. Enviar oferta a IRD (Embajada de Francia) calle Alemania N32-188 y Guayanas antes del 20/02/23. Ver vehículo días 23 y 24/01/23 en IRD. Tasa del 6% será aplicada sobre precio de venta (Art A114 código de los bienes del estado francés). 001-003-2452
Del que en vida fue:
Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DÍAS a contarse de la presente publicación.
bre de varias tandas de papeles clasificados de la época en la que fue vicepresidente de Barack Obama (2009-2017) han puesto al ahora presidente demócrata en una difícil coyuntura, que coincide con la recuperación por parte de los republicanos del control de la Cámara Baja. EFE
Presentan marco global para integrar a latinos en empresas
La iniciativa denominada ‘Promesa Hispana 2.0’ se presentó en el Foro Económico Mundial en Davos.
DAVOS (SUIZA) La reunión del Foro Económico Mundial ha vuelto a ser escenario este año del lanzamiento de una iniciativa, bautizada como la ‘Promesa Hispana 2.0’, con la que se pretende animar y guiar a las empresas de todo el mundo a aprovechar e l potencial de crecimiento de la comunidad hispana de EE.UU. y a integrar y ser más inclusivas con los latinos.
La iniciativa es una evolución del marco de inclusión que fue lanzado hace cuatro años en este mismo lugar y al que se han incorporado indicadores muy detallados con el fin de que las empresas puedan saber en qué nivel de sensibilidad e integración se encuentran respecto a los trabajadores, consumidores y profesionales de origen hispano, según explicó su promotora, Claudia Romo Edelman.
“Todas las empresas tienen la intención de ser más diversas, más inclusivas , pero no saben cómo hacerlo”, aseguró Romo, fundadora y presidenta de la Fundación ‘We Are All Human’ que promueve la integración y promoción de la población latina estadounidense en empresas y corporaciones de todos los tamaños.
“Desde la última vez que lanzamos la Promesa Hispana (en 2019), m ás de 320 empresas se han sumado a usar este marco y esperamos que esta nueva ver -
sión, poniéndole la carne y los dientes, sea un instrumento cada vez más útil, con indicadores y metas, pero también con las herramientas, el ecosistema, los directorios, para que las compañías puedan hacerlo sabiendo cómo hacerlo”.
La estrategia
El nuevo marco lanzado oficialmente este 19 de enero de 2023 en el centro de prensa del Foro Económico Mundial introduce metas e indicadores “muy parecidos a los objetivos del desarrollo sostenible ” de la ONU, explicó.
De esta forma, las empresas que se adhieran voluntariamente “van a disponer
de parámetros de comparación que les van a ayudar mucho a saber si están en el nivel 1, 2 ó 3” de compromiso con los hispanos y que les van a ayudar a avanzar en seis pilares específicos, que enumeró como “ preparar, contratar, retener, promover, celebrar y comprar o invertir”.
La aspiración a la diversidad y la inclusión en el mundo corporativo se ha convertido en “una revolución que está creciendo ”. La pandemia no la ha eclipsado, sino todo lo contrario. “Particularmente con la pandemia se vieron más claramente las inequidades ”, argumenta Romo. EFE
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023 I GLOBAL 07
IRD REMATA Nissan Patrol 2007 180 000 km
COMUNIDAD. Unas personas caminan en el Bulevar Whittier en el Este de Los Ángeles, el barrio icónico de los mexicoamericanos en el sur de California.
PRECARIEDAD. vendedores informales con precios en dólares en Caracas.
Biden inicia el tercer año de su mandato acosado por el escándalo de documentos
001-005-1593
Fiestas a la Virgen de la Caridad cumplen 325 años en Mira
Uno de los cantones más pequeños de Carchi lleva tres siglos organizando diversos actos de devoción donde participan todos los habitantes.
CARCHI.- Han pasado 325 años desde que en Mira, en la provincia de Carchi , se homenajea a la Virgen de la Caridad en una de las fiestas religiosas que más fieles congrega en la región.
Las actividades, que desde 2021 son Patrimonio Cultural Inmaterial del Ecuador, se realizan desde enero hasta el 2 de febrero, que es el Día de la Candelaria, fiesta religiosa que se hace 40 días después de Navidad y conmemora la presentación de Jesús en el templo de Jerusalén.
Se une toda la ciudadanía Lourdes Muñoz, coordinadora del Comité de Fiestas de la Virgen de la Caridad, señaló que el 7 de enero de 2023 comenzaron las actividades que se extenderán hasta el 2 de febrero.
Durante las celebraciones, los barrios, las familias, las instituciones y las organizaciones de Mira tienen a cargo un día de actividades, que consisten en las vísperas, para al siguiente día, desde las 04:00 de la madrugada, rezar el rosario de la aurora por las calles, para terminar con misas.
“Eso hacemos todos estos días, acompañados de nuestra banda satélite, que le da un sentido muy particular, porque a las 04:00 por las calles, un rosario cantado y la banda que contesta, es una cosa muy bonita, que nos llena de emoción a los mireños, que lo hemos vivido por más de tres siglos y queremos que perdure y siga en el tiempo con las generaciones futuras”, dijo Muñoz.
Los organizadores señalan que el programa de festividades se prepara mínimo con tres meses de anticipación, por lo que la agenda de este año se comenzó a organizar desde septiembre de 2022.
“La Iglesia no tiene recursos para la logística, en el caso de eventos paralelos
como el Novillo de Bombas, desfiles, acarreo de chamiza, por lo que el Municipio de Mira nos está dando toda la ayuda”, dijo.
Por su parte, Washington Gaón Paredes, párroco de Mira, comunicó que ciertas actividades enmarcadas en la celebración de la Virgen de la Caridad se retoman tras dos años de suspensiones por la pandemia de COVID-19, agregando que el cierre de las fiestas será a las 19:30 del jueves 2 de febrero, en la iglesia matriz.
Se retoman tradiciones
Entre los eventos que se retoman este 2023, luego de dos años de medidas restrictivas, están los pregones, el acarreo de la chamiza, el Novillo de Bombas, las peregrinaciones y bailes populares.
“Cada día tendremos jornadas religiosas. El sábado 28 de enero viene la peregrinación de Mascarilla a Mira , para luego seguir con el acarreo de la chamiza , que tiene mucha importancia porque es parte del contexto religioso, de la certificación como Patrimonio Cultural, porque estas fiestas nos trajeron los españoles a nosotros, con todo el Novillo de Bombas y la devoción a la Virgen”, expuso Muñoz.
“En el acarreo de la chamiza, mientras los ricos, los hacendados, daban para las velas y el aguardiente para la fiesta, los de a pie, los empleados de las haciendas y peones cortaban las ramas del camino, las arrastraban para juntar en la plaza donde se iba a lidiar al Novillo de Bombas, para que de claridad y porque esta es la fiesta de las luces, del fuego, conmemorando la presentación del Niño Jesús en el templo a los 40 días de haber nacido y la purificación de la Virgen Santísima, que aquí en este pueblo chiquito lo seguimos conmemorando de la misma manera”, agregó. (FV)
Agenda Fin de semana
Viernes 20 de enero de 2023
04:00 Rosario de la Aurora por las calles de la ciudad.
05:00 Misa en la iglesia matriz.
15:00 Pregón de fiestas por las calles de la ciudad.
19:30 Procesión desde la iglesia matriz al estadio.
20:00 Misa campal en el estadio. 21:00 Novillo de Bombas en el estadio.
22:00 Quema de castillos en el estadio.
Sábado 21 de enero de 2023
06:00 Misa de peregrinación en El Ángel.
07:00 Salida de la peregrinación El Ángel – Mira, por la Panamericana.
09:00 Festival de natación en la piscina municipal.
14:00 Arribo de la peregrinación a la iglesia matriz de Mira.
14:00 Triangular de pelota de guante en el estadio de Mira.
16:00 Misa de aniversario en la iglesia matriz.
19:00 Toro gol en el estadio.
19:30 Misa en la iglesia matriz.
20:30 Juegos pirotécnicos en el parque Juan Montalvo.
Domingo 22 de enero de 2023
04:00 Rosario de la Aurora por las calles de la ciudad.
05:00 Misa en la iglesia matriz. 10:00 Día del Chacarero Mireño en el estadio.
18:00 Vísperas en la iglesia matriz.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO NORTE 08 I QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023
DEVOCIÓN. Procesiones durante la madrugada, rezando el rosario, son parte de las actividades que se organizan.
Miles de aves son sacrificadas en Tungurahua por la influenza aviar
Según los registros de la Unión de Productores de Huevos del Ecuador, alrededor de 8 mil aves fueron sacrificadas en dos avícolas de Cevallos.
Los integrantes del sector avícola de la provincia y el país se sienten desesperados por los contagios de influenza aviar detectados desde finales de 2022
Según información del Gobierno Nacional, el primer brote de la enfermedad se detectó en Cotopaxi el 5 de diciembre del año pasado, para contener el brote se sacrificaron 180 mil aves.
Posteriormente, el 7 de enero de 2023, el Ministerio de Salud confirmó el primer contagio de esta enfermedad en una niña de nueve años que tuvo contacto directo con aves que portaban el virus.
Realidad local Agrocalidad y el Ministerio de Agricultura informaron, el lunes 16 de enero de este año, la detección de dos brotes de influenza aviar en Tungurahua, con ello se activó el Plan de Contingencia respectivo para contener los contagios.
Cinco días después, las autoridades locales se han mantenido en silencio al respecto, solo se indicó que los voceros oficiales son los ministros de Agricultura y Salud.
Aunque desde los canales gubernamentales solo hay silencio, Marisol Molina, directora general de la Unión de Productores de Hue-
¿Cómo se contagia en humanos?
° La gripe aviar en humanos se contagia tras el contacto de una persona con aves de corral con el virus.
° El mayor riesgo está en el personal que trabaja con aves.
° La probabilidad de contagio entre humanos es sumamente baja: 0,02% por persona infectada.
° Con la vacunación de influenza se puede aumentar las defensas.
vos del Ecuador aseguró que alrededor de 8 mil aves, de dos granjas de Cevallos, habrían sido sacrificadas.
“El centro del país abastece con el 65% de la produc-
ción de aves en todo el país, si las afectaciones siguen en Tungurahua y Cotopaxi podría ser desastroso”, explicó Molina.
Las principales peticiones que realiza el sector al Gobierno Nacional tienen que ver con la generación de un subsidio económico, un seguro privado avícola contra el riesgo de la influenza aviar y un plan de control de la enfermedad.
ductores de Huevos del Ecuador.
EL DATO
El contagio de la gripe aviar no se da por vía oral, por lo que el Ministerio de Salud desmiente que se deba evitar el consumo de carne de pollo o huevos.
De igual manera, Molina aclaró que sus reclamos no tienen ningún tinte político como lo dio a entender el Gobierno en el comunicado emitido por el Ministerio de Agricultura y que son todos los productores del país los que están exigiendo soluciones ante la gripe aviar.
“De las granjas intervenidas no salen productos, la gente debe conocer que no existe ningún riesgo de contagio de esta enfermedad al consumir carne de aves o huevos”, aseguró la presidenta de la Unión de Pro-
Avícolas
Gary Mera, avicultor de Tungurahua, dijo que una opción para evitar más contagios sería la importación de una vacuna como la que se aplicó en México desde finales del 2022.
“No podemos tapar el sol con un dedo, es un virus altamente contagioso entre las aves y es necesario que se tomen medidas urgentes”, aseguró.
Mera contó que la principal preocupación es que se siga sacrificando a las aves de otras granjas de manera indiscriminada, lo cual podría dejarlos en quiebra. (RMC)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK TUNGURAHUA 09 QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023 I
65%
200
300
que genera la cadena productiva avícola. CIFRA
DE
LA Producción avícola del Ecuador se concentra en el centro del país.
MIL Familias ecuatorianas trabajan directamente en este sector.
MIL Puestos de trabajo son los
Candidatos le prometieron de todo a los quevedeños
Un cara a cara de los siete postulantes a la alcaldía de Quevedo, todo, en un debate sin precedentes.
Los siete aspirantes a la alcaldía se ‘fajaron’ en el ‘ring’. El debate programado por el CNE se llevó a cabo el pasado domingo 15 de enero de 2023, dónde los candidatos estuvieron frente a frente.
Pese a que existieron inconvenientes técnicos, se llevó a cabo las dos jornadas de debate obligatorio para los candidatos a alcaldes de Quevedo y de Babahoyo.
Con sus mejores trajes, los postulantes llegaron y se pusieron a disposición de la moderadora, Diana Anzoátegui, quien dio las directrices en el evento.
El debate se llevó a cabo en el auditorio de la Universidad Técnica Estatal de Quevedo (UTEQ). En los exteriores se notaba el ambiente político, dónde los simpatizantes de cada una de las listas hacían ‘bulla’, uno más que el otro, vivían una ‘fiesta política’.
La Policía y militares estuvieron atentos, con el objetivo de que no se genere algún acto violento.
En sus intervenciones los postulantes a la Alcaldía de la ‘Ciudad del Río’, expusieron sus proyectos, se enfocaron en materia de seguridad, obra pública y empleo. Todos ofrecieron ‘lujosas’ propuestas a la ciudadanía.
Debate
Los candidatos son: Marco Franco, por la Unidad Popular, lista 2; Galo Lara Yépez por la Alian-
za por la vida listas 3-1218; Alexis Matute por la RC-5; Alfonso Teixidor por la alianza Juntos por Quevedo 6-107; Verónica Herrera por el partido Avanza, lista 8; Neil Moreira por el movimiento Crecer lista 100 y José Álvarez por el movimiento Unidad Democrática Ciudadana lista 106.
Durante las intervenciones se evidenció la ‘pica’ entre algunos de ellos, principalmente entre los candidatos Galo Lara, Alexis Matute, y Al fonso Teixidor, quienes parecían que se querían ‘calentar’ en sus opiniones. No así, los candidatos nica Herrera, Neil Morei ra, Marco Franco y José Álvarez ron calmados y siempre aten tos a sus respuestas, al igual que todos. Entre las promesas, los can didatos ofrecieron mejorar el problema de
Babahoyo con normalidad
°A las 19:58 inició el ‘cara a cara’ de los candidatos a alcaldes de Babahoyo, Pablo Arias, por el movimiento Unidos por Los Ríos; José Bedón por la Unidad Popular, lista 2; Patricio Aguirre por el movimiento Pacha es la Pinta; Gustavo Barquet por la lista RC5; César Troya por la lista 6; Nancy Chang por la alianza 8-12; y Javier Nagua por el movimiento Crecer, lista 100, respondieron las preguntas de los cuatro ejes temáticos que fueron elaboradas por el Comité Nacional de Debate, estos son; seguridad y convivencia social, economía y vialidad, medio ambiente y territorio, y administración local y provincial.
agua potable y empleo. ¿Como lo harían? fue la promesa de campaña.
Algunas de estas propuestas se basaron en ejecutar un proyecto de agua potable, crear dos plantas adicionales de agua, y a través de un crédito no reembolsable solucionar el tema del líquido vital que es
un grave problema entre las once parroquias de Quevedo.
Mientras que, para mejorar la seguridad, ofrecieron colocar cámaras inteligentes, realizar aportes a la Policía, así como también contratar expertos extranjeros para que ayuden a devolver la paz a Quevedo. (VV)
La señal por Internet se cortó
° Un problema técnico dejó a ‘oscuras’ el debate en las redes sociales, por un lapso de 15 minutos.
La representante legal de Matices, agencia de comunicación y publicidad integral, Verónica Chávez, explicó a LA HORA que... “este lamentable suceso se debió a un problema, debido a que la fibra óptica es muy sensible y en el lugar donde estaba ubicada, se aglomeraron personas que movieron los equipos”.
Esto ocasionó que se quemara un cajetín y provocara dicha falla en los equipos. “Es así que, la tecnología nos jugó una mala pasada durante el desarrollo del evento”, expresó Chávez
ANUNCIA CON NOSOTROS
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO LOS RÍOS 10 I QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023
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IMBABURA - CARCHI
Cárcel de Santo Domingo continúa sin director y sin ‘Anchundia’
SNAI confirmó que están buscando el perfil idóneo para que se haga cargo de la institución.
Presuntas amenazas son el motivante principal para que nadie se haga cargo del
Centro de Rehabilitación Social (CRS) Bellavista, en Santo Domingo.
Se van a cumplir dos meses desde que esta cárcel no cuenta con un representante oficial, hay temor en los profesionales que podrían asumir el reto.
El último director oficial fue Dennis Murillo, quien dejó el cargo a finales de noviembre de 2022 y a pesar del tiempo transcurrido todavía no se ha designado a su sucesor.
Nacional por el posible retorno de Freddy Marcelo Anchundia.
EL DATO Actualmente hay un promedio de 996 privados de libertad en Santo Domingo.
El SNAI confirmó que hubo una persona, pero a las pocas horas renunció y esa misma versión fue ratificada por Luis Miguel Guamán, gobernador de la provincia Santo Domingo de los Tsáchilas.
Alias ‘Anchundia’ Autoridades provinciales y representantes de la Policía Nacional respaldan la postura del Gobierno
“No vamos a claudicar ante decisiones judiciales que están al margen de los intereses de la mayoría, que somos ecuatorianos de bien. No permitiremos que pongan en zozobra la vida, estabilidad y tranquilidad de los santodomingueños”, expresó Guamán.
Joffre García, comandante de la Subzona Santo Domingo de los Tsáchilas, recordó que este privado de libertad ha sido cambiado en dos ocasiones anteriores por estar involucrado en disturbios carcelarios.
“A esta persona se lo trasladó dos veces de aquí hasta la cárcel de máxima seguridad ‘La Roca’. Ob-
viamente nosotros cumplimos nuestro mandato constitucional dentro del ámbito de competencias, pero no decidimos estos cambios”, manifestó el uniformado.
Sin alertas Guamán confirmó que en el interior del centro carcelario todo marcha en orden y no han receptado alertas de posibles riñas entre privados de libertad.
“Tenemos el mando al 100� en Bellavista. Hay 123 agentes de control penitenciario, además, seguridad en el perímetro interno y externo para tener tranquilidad”, acotó el funcionario.
Por su lado, Joffre García también indicó que no han existido alarmas durante las últimas semanas y que hay una aparente calma en los tres pabellones. (JD)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK SANTO DOMINGO 11 QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023 I
ACTUALIDAD. El SNAI confirmó que buscan director para la cárcel.
PLAN DE REHABILITACIÓN VIAL AV. AMÉRICA - TRAMO II DESDE AV. MAÑOSCA HASTA CALLE BARÓN DE CARONDELET LONGITUD Consorcio Vial Eugenio Espejo 0.43 km EPMMOP PLAZO RUTAS ALTERNAS CONTRATISTA FISCALIZADOR 25 días MEDIDAS TEMPORALES Cierre total por tramos Tramo 1: Calzada norte - sur Tramo 2: Calzada sur - norte Infórmese sobre el avance, desarrollo, cierres viales y rutas alternas en: www.epmmop.gob.ec @ObrasQuito 1800 510 510 opc. 3 CIERRE VIAL AUTORIZACIÓN No. 6681 Av. 10 de Agosto
Zoológico de Loja, entre los 4 peores del Ecuador, piden clausura
1.472 personas han firmado la petición de Protección Animal Ecuador y solicitan la clausura de cuatro zoológicos, entre ellos dos de Loja.
La organización Protección Animal Ecuador inició una petición para que se clausuren “los cuatro peores zoológicos del Ecuador”, entre ellos constan los zoológicos “Orillas del Zamora” y el “Yamburara” en Loja, debido a que no poseen las condiciones para mantener a los animales y no pueden garantizar el bienestar de los mismos.
Protección Animal elaboró un informe que tiene por objeto analizar de forma crítica y objetiva una muestra representativa de los zoológicos de Ecuador con base en aspectos como educación, bienestar animal, seguridad
personal y ambiental, calidad y diseño de las instalaciones, o coherencia general de sus objetivos.
En el informe presentado el 11 de noviembre de 2021, se reportan animales en malas condiciones, falta de componentes educativos, al punto que, a criterio del especialista internacional, 4 de los 7 centros visitados, deberían ser clausurados o cerrados, considerando que la infraestructura, manejo y situación de los animales son prácticamente imposibles de mejorar sin incurrir en una alta inversión económica y contratación de personal calificado.
“Le solicitamos al Minis-
terio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica que CLAUSURE los 4 centros peores puntuados”, recomienda el informe del especialista, hasta que se compruebe que han integrado las medidas correctivas necesarias y se inicie un nuevo proceso de evaluación de todos los centros zoológicos, para que se pueda garantizar que cumplen con los requisitos de funcionamiento y estándares de bienestar animal tanto nacional e internacional.
Además, se recomienda realizar una evaluación objetiva del centro, pero no con los mismos técnicos que por años habían aprobado las patentes de funcionamiento, sin observaciones a las instalaciones o a las condiciones en las que se mantenían a los animales, sino con un especialista objetivo y externo a
las partes interesadas.
A los 4 zoológicos que piden la clausura son:
1. Zoológico Orillas del Zamora (Loja)
2. Zoológico Yamburara (Loja)
3. Zoológico San Martín (Baños)
4. Zoológico Vida Exótica (Baños)
Cronología Una vez aprobada la solicitud y con el apoyo de la Fundación Franz Weber, en octubre del 2021 visitaron el Zoológico Orillas del Zamora y el Zoológico Yamburara, acompañados por el Dr. David Perpiñan, PhD. en Salud Animal y Médico Cirujano especialista en Medicina de Zoológicos y Fauna Silvestre por el Royal College of Veterinary Surgeons, quien vino desde España para apoyar a este proceso
en Ecuador.
Durante la visita del especialista se recorrieron 7 zoológicos en 4 provincias del Ecuador. El especialista evaluó a los centros con base en aspectos como educación, bienestar animal, seguridad personal y ambiental, calidad y diseño de las instalaciones, o coherencia general de sus objetivos. El resultado de esta evaluación es la que se presenta a continuación, detallando los puntos más importantes y las conclusiones determinadas por el experto.
Zoológico Orillas del Zamora En noviembre de 2021, surge la necesidad de evaluar el Zoológico “Orillas del Zamora” en la ciudad de Loja, debido a las muertes sucesivas de animales en el centro, especialmente de una pareja de jirafas que fueron importadas en 2017 por el exalcalde de la ciudad, José Bolívar Castillo.
La visita al zoológico “Orillas del Zamora”, se realizó junto a los técnicos del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), el personal de Protección Animal Ecuador (PAE), el veterinario del zoológico, un cuidador del zoológico y la autoridad responsable dentro de la municipalidad.
Por tanto, hay que tener en cuenta que, a diferencia de otras inspecciones, los administradores del zoológico sabían de la llegada de los expertos y tenía la oportunidad de haber realizado mejoras previas y evaluar el tema de las jirafas, la visita duró unas 3 horas, tras las cuales el veterinario ya no podía estar disponible.
Los expertos comentan que no pudieron acceder a la información importante de cara al análisis del zoológico, como informes de necropsia de las jirafas, copia de la denuncia del incidente con los monos, protocolos de seguridad y un largo etcétera.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO LOJA 12 I QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023
CENTRO. Vista panorámica, parte interna del zoológico.
PASA A LA PÁGINA 13
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Educación
La legislación ecuatoriana indica que los zoológicos tienen que ser centros educativos, por lo que la educación debe ser el principal objetivo de todo zoológico situado en Ecuador. Sin embargo, el componente educativo de una visita a este zoológico debe catalogarse como pésimo.
TOME NOTA
Varias jirafas murieron en el zoológico de Loja en 2021.
hay carteles, estos pueden considerarse aceptables, con información sobre la distribución, el estado de conservación, el nombre científico y algunos datos técnicos. Algunos de los datos ofrecidos están equivocados, especialmente los promedios de vida en cautividad, que son exagerados.
artificiales en las instalaciones, muchas de las cuales son simples jaulas, hace que el visitante tenga una impresión negativa de la naturaleza e incita a pensar que esos animales sí se pueden tener en jaulas; en otras palabras, exhibir animales en ambientes tan artificiales puede favorecer el mascotismo.
Seguridad personal
información (aplicable para todos los zoológicos):
- Protocolo de trabajo de los cuidadores, especialmente con especies peligrosas.
- Protocolos de actuación en caso de incidente con una especie peligrosa.
- Número de ejemplares de especies peligrosas que se han escapado en los últimos años (y número de los que se han recuperado).
prende fácilmente que los estándares generales de este zoológico son bastante bajos y por eso es especialmente importante asegurar que los trabajadores realizan sus tareas de una forma que no pongan en riesgo su integridad física.
No hay ninguna evidencia de que una visita a este zoológico pueda aportar un componente positivo en la educación de las personas, pero sí que hay muchos aspectos que pueden provocar un componente negativo en la educación, es decir, que el visitante se marche con conocimientos inadecuados, ideas erróneas y una concienciación ambiental incluso peor que cuando entró.
Menos del 25% de las especies exhibidas tiene cartel (panel), cuando lo ideal sería que el 100% de las especies lo tuviera. En los casos donde
Exagerar los promedios de vida en cautiverio es una acción frecuente en zoológicos, que buscan dar la falsa impresión de que los animales en cautiverio viven muchos años y mucho más que en libertad; esto no hace más que provocar un componente educativo negativo en el visitante, pues se marcha del zoológico habiendo aprendido cosas que no son ciertas.
Excesos de componente
Muchas instalaciones tienen una naturalización pobre, lo que no permite al visitante hacerse una idea de cómo y en qué hábitat viven los animales en su medio natural.
El exceso de componentes
Existen numerosas deficiencias en seguridad hacia los visitantes y hacia los trabajadores del zoo. Es imprescindible que los técnicos del MAATE pidan y analicen la siguiente
- Número de accidentes que han sufrido los trabajadores o los visitantes en los últimos años.
De la visita realizada se des-
Finalmente, las instalaciones no parecen ofrecer una seguridad elevada, pues son de diseño viejo (a pesar de que la mayoría se han construido en 2004), no parece que se hayan renovado, muchas no tienen doble puerta, etc. Es esperable que en este zoológico haya escapes de animales cada año.
Seguridad ambiental
Por los mismos motivos expuestos, existe una facilidad de escape de animales que puede producir problemas ambientales. Hay que recordar que muchos de los animales exhibidos en el zoológico no pertenecen a especies autóctonas de esa zona. Es por eso necesario revisar bien el número de escapes de los últimos años, los protocolos de actuación y más recomendaciones.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LOJA 13 QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023 I
RECLAMO. Se encontraron varias deficiencias en la administración del Zoológico de Loja.
VIENE
PEDIDO. Piden el cierre de 4 zoológicos en Ecuador.
Impulsan proyecto para conservar zona de alta biodiversidad en Zamora
La UTPL ha desarrollado varias investigaciones e iniciativas que permiten conservar el Abra de Zamora.
ZAMORA • Un total de 13 investigadores, entre docentes y estudiantes de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL), impulsan un proyecto para describir y conservar la diversidad de especies animales y vegetales que habitan en el Abra de Zamora, una franja de aproximadamente dos kilómetros de ancho, que va desde la zona urbana de la ciudad de Loja hasta el sitio ‘El Tambo’, ubicado en la mitad del camino en la carretera LojaZamora.
Armijos Ojeda, docente de Biología y Gestión Ambiental y líder del proyecto, explica que el Abra de Zamora ha generado interés en investigadores nacionales y extranjeros desde 1950. Esta zona es considerada como un ‘sitio excepcional’, debido a su importante diversidad biológica, que se atribuye a su variedad de mi-
TOME NOTA
12 nuevas especies de anfibios, incluyendo dos ranas de cristal, una salamandra y dos ranas marsupiales, fueron descritas formalmente entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de julio de 2020.
croclimas, ubicación y sus grandes extensiones de pajonales.
“En los últimos 20 años, diversos factores, como la expansión de la frontera agropecuaria, el cambio climático y la deforestación, han puesto en riesgo a esta zona que ha sido clave para identificar nuevas especies de anfibios. Además, el funciona-
miento de este ecosistema es vital para garantizar el acceso al agua para cerca de 200 mil personas”, explica Armijos.
Programa
En 2018, la UTPL presentó una propuesta a varios organismos internacionales para describir nuevas especies de anfibios, así como monitorear el estado de las 27 registradas en la zona.
Posterior a este proceso, se desarrolló y entregó un Plan de Acción a diversos
actores y tomadores de decisiones, entre ellos: representantes de la sociedad civil, propietarios de predios, autoridades locales, investigadores, ONG, entes de Gobierno y organismos internacionales para conservar las especies de esta zona.
En el 2022, el grupo de investigadores de la UTPL desarrolló una propuesta con el objetivo de investigar, monitorear y describir más especies, así como desarrollar inventarios de la flora y fauna del Abra de Zamora.
ZAMORA. Este lugar es una zona clave por su alta biodiversidad animal y vegetal.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO ZAMORA 14 I QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023
Diego
Decano de la Facae de la Universidad Luis Vargas Torres fue asesinado por sicarios
Al estilo sicariato asesinaron a Nelson Castillo Decano de la FACAE de la Universidad Luis Vargas Torres, un docente que le acompañaba murió horas más tarde.
Durante horas de la tarde del miércoles 18 de enero en el Barrio Nuevos Horizontes fue asesinado al estilo sicariato el Abogado Nelson Castillo, quien se desempeñaba como Decano de la Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas (FACAE) de la Universidad Luis Vargas Torres. El lamentable hecho se dio mientras el académico circulaba en compañía de Patricio Lara, docente de la citada institución, quien conducía una camioneta color gris, marca Chevrolet. Dicho vehículo fue interceptado por dos motocicletas cuyos ocupantes dispararon a quemarropa contra sus víctimas.
La camioneta en la que se trasladaban los docentes se estrelló contra un poste de alumbrado público, dejando un cuadro de dolor para sus familiares quienes al llegar confirmaron el deceso de Castillo. Lara, quien resultó herido fue trasladado a una casa de salud, debido a la gravedad de sus heridas los médicos nada pudieron hacer para evitar
su muerte.
El coronel de la Policía Nacional, Hólger Cortez, confirmó los datos de la víctima, 24 indicios balísticos fueron encontrados en la escena del crimen.
En lo que va del año se han registrado 17 muertes violentas en la Provincia de Esmeraldas, se esperaba que el índice bajara, pero lastimosamente, se continúa con las muertes al estilo sicariato, ocasionando temor y preocupación en los ciudadanos.
Las clases en la Universidad habían iniciado el día lunes 16 de enero, y debido a este hecho los estudiantes levantaron su voz de protesta para que las clases se reciban de manera virtual, pues según versiones de varios alumnos se corre mucho riesgo al salir de la universidad a altas horas de la noche, considerando las circunstancias de la delincuencia en la ciudad de Esmeraldas.
La máxima autoridad procedió a suspender las clases y se espera un pronunciamiento en las próximas horas. (EA)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ESMERALDAS 15 QUITO | VIERNES 20/ENERO/2023 I
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Una manatí pare mellizos en Florida, un hecho ‘extremadamente raro’
Una manatí dio a luz mellizos en las aguas de un parque natural de Florida, un hecho “extremadamente raro” entre estos mamíferos marinos, según señaló la organización Save the Manatee Club. El nacimiento ocurrió en el parque natural Blue Spring, en el centro de Florida (EE.UU.). Save the Manatee Club impulsa una campaña de recaudación de fondos a favor de estos animales que están sufriendo el deterioro de su hábitat a causa de la acción humana. EFE
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO
VIERNES 20 DE ENERO DE 2023
Ecuador
REVISTA JUDICIAL
PRECEDENTE JUDICIAL
sujetos procesales.
A criterio del Jurista Dr. Rafael Oyarte Martínez: “Los jueces deben respetar los precedentes determinados en sus propios fallos por la regla stare decisis et quieta non movere: se debe aceptar lo ya resuelto en el pasado y no alterar lo decidido.- Esta regla no se refiere a la vinculación que los jueces inferiores tienen respecto de la jurisprudencia de los tribunales superiores del sistema (Corte Nacional de Justicia y de la Corte Constitucional) sino de sus propios precedentes”. 1
¿Qué es el precedente judicial?
Frente a ello se puede definir al precedente judicial como el conjunto de decisiones judiciales anteriores inherentes a un problema jurídico, emitidas por el mismo juez, las cuales deben ser consideradas en el presente y en el futuro cuando deba resolver un caso o problema jurídico similar.
En concordancia con lo abordado se tiene que, el operador jurídico debe decidir de igual forma en los casos similares para así no transgredir el principio de imparcialidad, y de esa manera hacer efectiva la igualdad de los
“La dinámica que impone el stare decisis es fácil de describir. En virtud de este principio los jueces han de decidir los casos del presente atendiendo a cómo se decidieron casos iguales o semejantes en el pasado. En sentido horizontal, el stare decisis fuerza la vinculación del juez a sus decisiones anteriores. En sentido vertical, a las de los tribunales superiores que ejercen sobre ellos jurisdicción en apelación. En principio, los jueces no están obligados por precedentes establecidos por tribunales de su mismo rango, ni por los de tribunales de apelación sin jurisdicción sobre ellos. Por ello se suele distinguir entre precedentes vinculantes y precedentes persuasivos dependiendo de la relación que liga a unos tribunales con otros (un precedente obligatorio para unos tribunales será persuasivo para otros). Los únicos precedentes con fuerza obligatoria para todos los jueces son los que proceden del Tribunal Supremo (en el caso de los Estados Unidos, en materias de derecho federal). El control del funcionamiento efectivo del stare decisis vertical se consigue mediante el
sistema de recursos. El control del stare decisis horizontal, que cede siempre frente al vertical, depende normalmente del propio tribunal. Existen de todas formas procedimientos que permiten resolver discrepancias en el seno de tribunales colegiados que actúan divididos en salas o paneles, por la vía de atribuir al pleno (full court) o a una comisión ad hoc de sus jueces «sitting en banc», la determinación del precedente al que se autovincularán”.2
Precedentes vinculantes
Al respecto la Corte Constitucional dentro del caso No. 10352012 EP realiza una diferencia entre lo que es precedente horizontal hetero-vinculante y precedente autovinculante:
Precedente vertical
“Los precedentes pueden ser, o bien, verticales, cuando provienen de una decisión judicial adoptada por un órgano jerárquicamente superior al de referencia, o bien, horizontales, cuando provienen de una decisión adoptada por un órgano del mismo nivel jerárquico que el de referencia.
Precedente Horizontal
El argumento del accionante, entonces, invoca la aplicación de un supuesto precedente horizontal. –
Precedente hetero-vinculante Por lo que respecta a las decisiones judiciales adoptadas por los tribunales de las salas de las cortes provinciales (y otros órganos jurisdiccionales de instancia), la Corte observa que el ordenamiento jurídico ecuatoriano no instituye el precedente horizontal hetero-vinculante.
Aquella hetero-vinculatoriedad significa que el fundamento (centralmente, la ratio decidendi) en cuya virtud una decisión judicial ha sido tomada por los jueces que componen un cierto tribunal obliga a otros jueces del mismo tribunal que, en el futuro, tuvieren que resolver un caso análogo. Tal vinculación por los precedentes horizontales se verifica, por ejemplo, en la Corte Constitucional, cuyas decisiones vinculan a sus futuros integrantes. En el caso de los precedentes horizontales de la Corte Nacional, su carácter hetero-vinculante depende de que se satisfagan las condiciones establecidas en el artículo 185 de la Constitución y las disposiciones legales relacionadas; en caso
CONSULTA PENAL
RESPUESTA
La ley determina claramente que la solicitud de vinculación debe formularla la o el fiscal por escrito al juez o jueza que conoce la causa, hasta antes del vencimiento del plazo de la instrucción fiscal, la audiencia se celebrará hasta en un plazo de cinco días contados a partir de la solicitud. Si es que, en ese lapso de cinco días, fenece el plazo de la instrucción, no hay obstáculo legal para que se celebre la audiencia correctamente solicitada, debiendo observarse que esos días se deberán computar al tiempo de ampliación de la instrucción fiscal.
En la audiencia, el vinculado puede únicamente contradecir las medidas cautelares que se solicitaren, ya que la decisión de vincular, que es única y exclusiva del fiscal, ya ha sido adoptada, por ende, es coherente que la solicitud de vinculación deba presentarse dentro de la Instrucción Fiscal, debiendo ser formalizada en la audiencia, sin que la jueza o el juez tampoco pueda oponerse a ella. La ley NO regula que la audiencia se lleve a cabo dentro del plazo de la instrucción, justamente porque en la práctica puede ocurrir que los nuevos elementos de convicción se revelen a último momento. Con esta interpretación logramos garantizar los fines del proceso penal, entre ellos la justicia.
El escrito de la o el fiscal dirigido a la jueza o juez competente, de solicitud de vinculación debe ser presentado hasta antes de que se cierre el plazo de la instrucción fiscal, la audiencia debe llevarse a cabo hasta luego de cinco días contados a partir de la recepción de la solicitud; si en ese lapso de cinco días ha fenecido el plazo de la instrucción, cabe la posterior realización de la audiencia, debiendo esos días computarse al tiempo de la ampliación.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
AUTORA: DRA. VERÓNICA JARAMILLO H.
La Hora QUITO, ECUADOR
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
http//www.derechoecuador.com
C1
VIERNES, 20 DE ENERO DE 2023
Corte Nacional de Justicia
¿Cómo procede la audiencia de vinculación posterior al cierre de la instrucción?
contrario, se aplica lo mismo que para los precedentes de los tribunales de las salas de las cortes provinciales.
Precedente Auto-Vinculante
En opinión de la Corte, en cambio, el precedente horizontal auto-vinculante es una necesidad racional y jurídica. Dicha autovinculatoriedad quiere decir que el fundamento (centralmente, la ratio decidendi) en cuya virtud una decisión judicial ha sido tomada por los jueces que componen un cierto tribunal obliga a esos mismos jueces cuando, en el futuro, tuvieren que resolver un caso análogo; de manera que dichos jueces pueden apartarse de su propio precedente solo si lo justifican suficientemente. Esto es así porque, si bien un juez resuelve casos singulares, debe universalizar el fundamento de sus decisiones para casos análogos futuros: resultaría irracional y contrario al derecho fundamental a la igualdad formal si un juez que, en el caso A, ha dicho que debe hacerse X por darse las circunstancias 1, 2 y 3, posteriormente, en el caso B, sostuviera lo contrario ante esas mismas circunstancias y sin justificar su cambio de opinión. Cabe aclarar que un precedente horizontal no vinculante puede esgrimirse, no obstante, como argumento por las partes con finalidad persuasiva, correspondiendo al juez o tribunal a pronunciarse sobre tal argumento, cuando sea relevante en el debate procesal. Lo mismo ocurre con el precedente vertical cuando este no es vinculante, es decir, cuando no existe una norma jurídica que le atribuya esta calidad”.
De conformidad con el extracto de la ratio decidendi de la sentencia en mención se puede establecer lo siguiente:
Precedente vertical. - Se trata de decisiones judiciales adoptadas por órganos jerárquicamente superiores.
Precedente Horizontal. - Son aquellos que dimanan de una decisión emitida por un órgano del mismo nivel jerárquico.
Precedente hetero-vinculante. - Que según el fallo invocado se produce cuando operadores de justicia de un tribunal emiten un argumento en sentencia, el cual puede ser invocado en casos si-
ANULACIÓN DE PÓLIZA
QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000170000921001
Cliente VALLEJO DOLORES
AGRIPINA Cédula de Ciudadanía Nro. 0601398357 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-2470
milares que conozcan otros jueces del mismo tribunal. Este precedente no tiene fuerza vinculante entre jueces del mismo nivel, salvo el caso de la Corte Constitucional que las decisiones sí vinculan a jueces que pueden ser designados en un futuro. En el caso de la Corte Nacional de Justicia merced a lo dispuesto en el artículo 185 de la Constitución. Precedente auto vinculante.
- Las decisiones adoptadas por jueces que conforman un mismo tribunal obligan a esos mismos jueces cuando en el futuro deben conocer casos análogos, pudiendo apartarse del precedente solo de modo justificado.
De conformidad con la línea jurisprudencial sentada por la Corte Constitucional se sigue que los precedentes auto vinculantes son los obligatorios para los jue-
ces cuando en el futuro deban conocer casos análogos teniendo la posibilidad de apartarse del precedente de manera justificada.
Los jueces pueden cambiar
sus argumentaciones, motivando y expresando las razones que tuvieron para separarse de sus precedentes.
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA PANAINTERTAX S.A.
De acuerdo a la ley de compañías del artículo 236 y al artículo décimo noveno de los estatutos sociales. se convoca a los ACCIONISTAS de la COMPAÑIA DE TAXIS PANAINTERTAX S.A. a la junta general extraordinaria que se llevará a cabo el día jueves 26 de enero del 2023 a las 10:00 am en la Casa Barrial la Magdalena ubicada en la calle Cori e Iturralde sector la magdalena de esta ciudad, con el siguiente orden del día.
AVISO
Se va a proceder al pago de: SEGURO DE CESANTÍA O DEVOLUCIÓN DE APORTE
Del quien en vida fue:
CABO SEGUNDO FRANK JOAO GUERRA CALDERÓN
Quien se creyeren con derecho a este benefcio podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de treinta (30) días a contarse de la presente publicación.
JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICIA NACIONAL
1.- Constatación del Quorum
2.- Lectura y Aprobación de las Reformas de los Estatutos de la Compañía
Nota: Se requiere puntual asistencia
Sr. Washington Mosquera
Sr. Luis llvis GERENTE GENERAL PRESIDENTE
Quito 20, de enero del 2023 001-004-2499
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPANIA DE TAXIS CONVENCIONALES TAXIMUNDO S.A En aplicación de lo prescrito en el artículo 236 de la ley de Compañías, en concordancia con lo previsto en el artículo 12 y 14 del Estatuto Vigente, se convoca a los señores accionistas de la COMPANIA DE TAXIS CONVENCIONALES TAXIMUNDO S.A, a una Junta General Extraordinaria de Accionistas que se llevara a efecto el día 01 de febrero del 2023 a las 08:00 am, en el auditorio de La Iglesia Centro Cristiano Vida Abundante, ubicado en las calles de los Cedros OE 1 103 y Av. Galo Plaza Lasso.
1. Constatación del quórum reglamentario.
2. Conocimiento y aprobación del balance, anexos y estados financieros cortado al 31 de diciembre del 2022.
3. Informe económico y administrativo, 01 de enero al 31 de diciembre, periodo 2022 por parte del Señor Gerente, Presidente y Comisario de la compañía.
4. Propuesta de modificación y aumento de nuevos artículos al reglamento interno de la compañía.
5. Toma de una decisión hacia los destinos del ahorro de la compañía por concepto de cambio de accionistas.
HECTOR JIMMY HURTADO CORTEZ
Quien se creyeren con derecho a este benefcio podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de treinta (30) días a contarse de la presente publicación.
JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICIA NACIONAL 001-005-1596
6. Lectura y aprobación de esta misma acta en la Junta General. Nota. El Gerente de la compañía se encontrará media hora antes de la hora convocada, los representantes legales llevaran una copia simple del poder notariado para el registro de la asistencia y habilitación en la junta.
VIERNES 20 DE ENERO DE 2023 La Hora, ECUADOR C2
Carlos Guevara M. Santiago Collaguazo Heredia GERENTE GENERAL CIA TAXIMUNDO S.A. PRESIDENTE CIA TAXIMUNDO S.A
001-004-2502
Santiago Collaguazo Heredia. Carlos Guevara Mediavilla. PRESIDENTE CIA TAXIMUNDO S.A GERENTE GENERAL CIA TAXIMUNDO S.A
AVISO Se va a proceder al pago de: SEGURO DE CESANTÍA O DEVOLUCIÓN DE APORTE P-244868-GF Del quien en vida fue: SGTO. SEGUNDO
P-244867-GF 001-003-2469
Dra. Verónica Jaramillo H. vjaramillo@jclegales.com
1.Publicación realizada en el extinto Diario Hoy de 18 de septiembre de 2013.
2.María Ángeles Ahumada Ruiz, Stare Decisis y Creación Judicial a Propósito del Precedente Constitucional en el Sistema Judicial Norteamericano, pág. 356.
Juicio No. 15123-2022-00374
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN QUIJOS. Quijos, jueves 8 de diciembre del 2022, a las 11h02.
CITACIÓN JUDICIAL
CITO: Con el contenido de la demanda de inventarios de bienes sucesorios, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue la señora Lorena Denice Cruz León, de número de cédula 1707474266; cuyo extracto es como sigue: ACTOR: VILLAGOMEZ NARANJO ANTONIO MIGUEL DEMANDADO: VILLAGOMEZ NARANJO CARMEN VICTORIA, LORENA DENICE CRUZ LEÓN (+) JUICIO: Nro. 15123-2022-00374
Sangolquí, 20 de enero del 2023
CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIONES DEL CLUB DEPORTIVO BASICO BARRIAL CAROLINA DE SANGOLQUI
De conformidad con las disposiciones estatutarias del Acuerdo Ministerial Nro. 0163 De fecha 12 de febrero del 2019, Se convoca a los señores socios del Club Deportivo Básico Barrial CAROLINA DE SANGOLQUI, a la Asamblea General Extraordinaria de Elecciones que se celebrará el día Sábado 04 de febrero del 2023 a partir de las 15h00 en la sede del Club: Provincia de Pichincha, Cantón Rumiñahui, Sangolquí, Barrio La Carolina, Calle 12 de Febrero y 10 de Agosto, para tratar el siguiente Orden del día:
ORDEN DEL DIA:
1. Constatación de Quórum
2. Elección del directorio del Club Deportivo Básico Barrial “CAROLINA DE SANGOLQUI”, para el período 2023-2027.
3. Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio
Se ruega puntual asistencia.
Atentamente DEPORTE Y DISCIPLINA
Sr. Pascual Toapanta Sra. Díaz Codena Alegría PRESIDENTE DEL CLUB SECRETARIA DEL CLUB C.C: 170715273-0 001-004-2507
TRAMITE: VOLUNTARIO OBJETO: INVENTARIOS DE BIENES SUCESORIOS CUANTIA: $. 10.709,69 JUEZ: DR. MANUEL DE JESUS ARMIJOS CURIPOMA AUTO: QUIJOS, MARTES 4 DE OCTUBRE DEL 2022, A LAS 09H32.
CASA DEPORTIVA CUMBRE ALÍA www.cumbrealta.org info@cumbrealta.org Tel: 2440869
(…) “La demanda de inventarios de bienes sucesorios presentado por Antonio Miguel Villagomez Naranjo, en contra de la señora Carmen Victoria Villagómez Naranjo en calidad de representante legal y Curadora Especial de las niñas Manuela y Martina Villagómez Cruz, la considero clara y completa por reunir los requisitos establecidos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en procedimiento VOLUNTARIO, acorde a lo contemplado en el Art. 334.4 y 341 del Código Orgánico General de Procesos y Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 incisos 5 y 6 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quijos; Cumplida que sea dicha inscripción con el contenido de la demanda y este auto INTERLOCUTORIO. CÍTESE; a través del señor citador de esta Unidad, a la demandada señora CARMEN VICTORIA VILLAGÓMEZ NARANJO, en la dirección que se indica en el libelo inicial, conforme lo determina el Art. 53 y siguientes del Capítulo I ,Título I, Libro II del Código Orgánico General de Procesos; Disposición Final Segunda vigente desde el 22 de mayo del 2015, así como a la última Reglamentación respecto de las citaciones emitidas por el Consejo de la Judicatura. CÍTESE; a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue la señora Lorena Denice Cruz León de número de cédula 1707474266, se los citará con la demanda y auto en ella recaído, a través de uno de los medios de comunicación (radio televisión) de amplia circulación de conformidad a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual el señor actuario de esta dependencia provea el extracto necesario. Una vez que conste en autos la citación en legal y debida forma a la demandada, se procederá a la formación de inventarios, avalúo y tasación de los bienes de la extinta sociedad conyugal, con intervención de un Perito que será designado mediante sorteo, para que proceda a la formación de inventarios, avalúo y tasación de los bienes, activos y pasivos señalados en la demanda, en presencia de los interesados y cumpliendo con los requisitos del Art. 342 de la norma legal antes invocada, para lo cual tanto la parte actora como la parte demandada presten las facilidades que el caso lo requiere, a quien se le concederá un término prudencial para que presente el informe correspondiente. Tómese en cuenta la cuantía como indeterminada; Téngase en cuenta de ser procedente el anuncio y solicitud de prueba anunciado en su demanda. Incorpórese los documentos adjuntos a la demanda, téngase en cuenta la designación de su abogada patrocinadora, la autorización conferida en su favor y/o los correos electrónicos señalados.” Dr. Manuel de Jesús Armijos Curipoma, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Napo. Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines de ley. Baeza, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil veinte y dos. - EL SECRETARIO. –
VIERNES 20 DE ENERO DE 2023 La Hora, ECUADOR C3
001-004-2487
Club
Deportivo Especializado Formativo
“Casa
Deportiva Cumbre Alta”
— Quito CUMBRE ALTA”, QUE LA COPIA QUE ANTECEDE ES FIEL COPIA DEL DOCUMENTO QUE REPOSA EN LOS ARCHIVOS DEL CLUB. 001-004-2501
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA LA MARISCAL, DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. NOTIFICACION AL PÚBLICO POR LA PRENSA.
ACCIÓN/DELITO: INTERDICCIÓN.
Nro. DE PROCESO: 17203-2022-05039
ACTORA: MANCHENO SUAREZ SONIA MARIA.
DEMANDADO: DANIEL ANDRES MORA MANCHENO.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 11 de enero del 2023, a las 11h16. VISTOS.- En atención al Art. 90 del Código Orgánico General de Procesos, este despacho judicial estructura el presente auto interlocutorio, dentro del presente juicio de interdicción por demencia, y saber si es o no procedente declarar la interdicción provisional, en los siguientes ítems: [I] La mención de la o del juzgador que la pronuncie. En conocimiento de la presente causa, la Abg. Msc. Marjorie Judith Naranjo Briceño, Jueza de primer nivel de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la parroquia Mariscal Sucre del cantón Quito.- [II] La fecha y lugar de su emisión. El día diez de enero del presente año, en la sala de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la parroquia Mariscal Sucre del cantón Quito, de la ciudad de Quito, en diligencia convocada mediante auto de sustanciación de fecha lunes 9 de enero del 2023, las 11h54, a fin de ser reconocido por la suscrita Jueza conforme lo determina el Art. 482 del Código Civil, sin embargo también se escuchó a los parientes cercanos en dicha diligencia.- [III] La identificación de las partes. La solicitante es la señora: SONIA MARIA MANCHENO SUAREZ. El supuesto interdicto, el señor DANIEL ANDRES MORA MANCHENO.- [IV] La enunciación resumida de los antecedentes de hecho 1.- La demanda de declaratoria de interdicción, presentada por SONIA MARIA MANCHENO SUAREZ, se funda en los siguientes hechos: “…Es el caso señor Juez que soy madre del joven Daniel Andrés Mora Mancheno, portador de la CI 1727035238, de 33 años de edad, quien tiene condición de discapacidad intelectual del 79% considerada muy grave, de acuerdo a la calificación del Ministerio de Salud, calificación que consta en su cédula de identidad. Debido a la condición de discapacidad, mi hijo no puede desarrollar su vida con independencia, ni asumir las responsabilidades por las acciones que pueda realizar, especialmente responsabilidades legales, así como tampoco cuenta con la capacidad intelectual para contratar y obligarse, condición que le imposibilita la administración de sus bienes y recursos para su manutención y beneficio…”.- 2.- AUDIENCIA DE PARIENTES.- Encontrándose en el día y hora señalados, la juzgadora procede a indagar a los parientes sobre la vida anterior y la conducta del supuesto interdicto coinciden los presentes en afirmar que el estado demencial del señor DANIEL ANDRES MORA MANCHENO es permanente, es una persona de 33 años de edad, quien según sus familiares se encuentra en esa condición desde que nació, que sufre de una enfermedad en su parte cognitiva, camina por sí solo, habla muy poco y no tiene una conversación continúa y fluida, no reconoce, que posee un 79% de discapacidad intelectual, que se encuentra en tratamiento pero no hay cura, que requiere el cuidado de terceros, de manera que es una situación definitiva e invariable y que toda su familia: madre y familiares están de acuerdo en que se la declare interdicto pues requiere para asuntos administrativos de tal declaración.- 3.- Acto seguido se procede a efectuar el reconocimiento del señor DANIEL ANDRES MORA MANCHENO, quien llega caminando y se le pregunta directamente ¿Cómo se llama? ¿Dónde vive? ¿Cómo se llaman sus familiares? ¿Cuál es su edad?, etc. Y no se recibe ninguna respuesta, solo existen expresiones verbales que son distintas a la realidad de lo manifestado por sus familiares, demuestra un estado de incapacidad absoluta, no existe espacialidad, temporalidad, no hay razonamiento, requiere la asistencia de los familiares para los actos públicos.- 4.- Facultativos.- De autos consta el sorteo de la señora perito VILLACRESES VINUEZA YOLANDA ELIZABETH, debiendo presentar su informe posterior a los 10 días de posesionarse del cargo, debiendo comparecer a la Unidad Judicial el 19 de enero del 2023, las 09h30, la señora perito y la señora perito (médico) de la Oficina Técnica, a posesionarse del cargo, para lo cual por secretaria notifíquese, los informes con las conclusiones y recomendaciones, quienes serán notificados en sus despachos en esta Unidad Judicial a fin de que comparezcan a la audiencia única a sustentar su informe, conforme lo determina el Art. 222 del Código Orgánico General de Procesos.- [V] La motivación de su decisión.- 5. El Art. 482 del Código Civil, determina “El juez se informará de la vida anterior y conducta habitual del supuesto demente, y oirá el dictamen de facultativos de su confianza, sobre la existencia y naturaleza de la demencia. Pero no podrá decretar la interdicción sin examinar personalmente al demandado, por medio de interrogatorios conducentes al objeto de descubrir el estado de su razón.”. De acuerdo con el Art. 478 del Código Civil para que haya lugar a la interdicción de un demente se requiere que su estado de demencia sea habitual, aunque tenga intervalos lúcidos.- 6.- El tratadista Rubén Morán Sarmiento, en su obra Derecho procesal civil practico, tomo 3, 1ra. Edición, Guayaquil – Ecuador, 2003, p. 193, sobre la interdicción por demencia, dice “Este trámite tiene la mecánica examinada para el pródigo; pero con las siguientes modificaciones: La investigación, para la interdicción provisional es más dinámica para el juzgador, su participación es más directa, y se da una coparticipación de Autoridad, médicos y parientes, para el establecimiento cabal del estado auténtico del presunto demente; de esta investigación se dejará constancia en una acta, la que se constituirá en la pieza esencial de este trámite.”.- 7.- Juan Larrea Holguín, sobre el vocablo interdicción, dice: “Decreto o sentencia judicial que priva a una persona de la libre administración de sus bienes y, normalmente, la sujeta a un guardador, quien le representará o autorizará para los actos jurídicos, exceptuándose solamente los de carácter muy personal, como los testamentarios.” (Diccionario del Derecho Civil, Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito – Ecuador, 2006, p. 248).- El Diccionario Jurídico Anbar, Tomo IV A-G, Cuenca Ecuador, p. 197, dice “Prohibición, incapacitación.|| Denominación de las penas restrictivas de la capacidad jurídica, de la libertad o de determinados derechos. || Personas que han sido incapacitadas para la realización de un acto o actos de la vida civil: dementes, pródigos, quebrados, condenados. La interdicción puede ser determinada por resolución judicial y a petición de parte interesada.”. El Dr. Aníbal Guzmán Lara, en su obra Diccionario Explicativo Derecho Procesal Civil, Tomo II I – V, editorial jurídica del Ecuador, 1ª edición, Quito-Ecuador, 1999, p. 499, dice “Interdicción es la situación jurídica en que se coloca a una persona y en virtud de la cual es privada de ciertos derechos, muy especialmente de administrar sus propios bienes, de obligarse, de contratar, por ejemplo vender, en virtud de encontrarse en especiales circunstancias de falta de conciencia, salud, vicio, etc.”.- 8.- Doctrina Jurídica Extranjera: Para el insigne tratadista chileno, Luis Claro Solar, expresa que “En la interdicción del demente la ley se propone un doble objeto, uno de interés privado, el otro de interés público. En interés de la persona demente y de su familia, autoriza la interdicción, cuando en definitiva esta persona se halla, con respecto a sus facultades mentales, en la imposibilidad de gobernarse a sí misma y de administrar sus bienes. En interés público, la autoriza también para garantir a la sociedad de los peligros a que podría exponerla la presencia un demente que ejecutara actos dañosos en sus accesos de furia o que pudiera ser peligroso si su monomanía, aparentemente tranquila, fuera el homicidio por ejemplo. Los jueces no están llamados a investigar más o menos científicamente la influencia de tal o cual lesión cerebral sobre las facultades del hombre en general, sino de saber, en el hecho, en un caso dado, si tal persona, cuya interdicción se pide, conserva o no una inteligencia suficiente de los negocios de la vida civil y la aptitud conveniente para la marcha ordinaria de la administración de un patrimonio. Debe, naturalmente, el magistrado, atender a las enseñanzas de la ciencia e ilustrarse en sus investigaciones y descubrimientos; pero sólo para poder apreciar debidamente el estado particular de las facultades mentales del supuesto demente y decidir con pleno conocimiento de causa si debe decretar o no la interdicción pedida.”, (Explicaciones de Derecho Civil Chileno y Comparado De las Personas, Tomo Tercero, editorial jurídica de Chile, Santiago de Chile 2013, p. 100, apartado 2421).- 9.- En cuanto a la designación de curadora para el supuesto interdicto, deben atenderse las razones expuestas en el libelo de demanda, así como la audiencia de parientes celebrada en esta Unidad Judicial, en la que se ha escuchado a los señores 1. PAÚL JOSE MORA MANCHENO. 2. MARTIN IGNACIO MORA MANCHENO. 3. PAUL JOSE ANTONIO MORA OROZCO, en sus calidades de parientes del señor DANIEL ANDRES MORA MANCHENO, cuya interdicción pretenden.- 10.- Los presupuestos procesales en el presente asunto se encuentran acreditados a plenitud. La capacidad legal de una persona es la facultad que tiene para ejercer sus derechos y administrar sus bienes, sin que para ello se requiera la intervención de otra (Art. 1461 último inciso del Código Civil), dicha capacidad es la regla general para los mayores de edad, de la cual quedan excluidos por excepción ciertas personas a quienes por razones especiales el mismo cuerpo legal invocado niega o limita esa capacidad de ejercicio. Tenemos, por tanto, que están excluidos en forma absoluta de la facultad en mención los dementes, los impúberes y los sordomudos que no pueden darse a entender por escrito. Sus actos no surten ni aun obligaciones naturales, y no admiten caución (Art. 1463 Ib.). El tercer inciso de la disposición legal referida, señala que son incapaces relativos los menores adultos, los que se hallan en interdicción de administrar sus bienes, y las personas jurídicas. En el plano jurídico la finalidad de la institución jurídica denominada incapacidad ora absoluta ora relativa, es la de proteger a las personas que en razón de su edad o por limitaciones graves de índole psicológica o fisiológica, no pueden actuar en condiciones normales en el medio social que los rodea, el asambleísta creó la figura jurídica de la interdicción mediante la cual se desvirtúa la presunción de capacidad general de que goza en principio toda persona. En los procesos de interdicción por demencia, el asambleísta patrio creó para darle protección al enfermo, con los que se busca desvirtuar la presunción legal de capacidad de las personas consagradas en el Art. 1462 ibídem “Toda persona es legalmente capaz, excepto las que la ley declara incapaces.”. En esta clase de procesos es forzosa la práctica de la prueba pericial, dicho medio probatorio legalmente practicado y legalmente apreciado y valorado, es la que le permite al juzgador concluir si la interdicción debe o no ser decretada. A la persona que se le declara en estado de interdicción se le designa un curador provisional para que lo represente legalmente, quien deberá hacerse cargo, amén de su cuidado personal, de su recuperación de ser aquello posible y de la administración de sus bienes. Por esto, se exige que la persona designada cuente con suficientes capacidades morales y económicas para que pueda ejercer este encargo con responsabilidad y garantice el desempeño adecuado de sus funciones. La interdicción constituye, en esencia, una garantía para el incapaz, porque podría quedar desprotegido si no se le proporcionara la protección jurídica necesaria a través de la intervención de las jueces y de los jueces, quienes tienen la potestad de apreciar los elementos incorporados a la causa y de pronunciarse sobre la capacidad o incapacidad de las personas.- 11. Por las consideraciones que preceden, de conformidad con el Art. 483, 467 y 468 del Código Civil, tomando como antecedente el carnet del Ministerio de Salud Pública realizado en la persona del señor DANIEL ANDRES MORA MANCHENO, (fs. 18) que señala un grado de discapacidad intelectual del 79%. Además, en atención a los certificados médicos y entrevista con sus familiares, reconocido el supuesto interdicto por la suscrita juzgadora. Por lo anotado ut supra, se justifica la necesidad, de que efectivamente se le ponga en interdicción y se le provea de curador o curadora.- [VI] La decisión adoptada con precisión de lo que se ordena. Por lo anotado este despacho judicial, y mientras se decida la causa, resuelve: 12. Declárese en interdicción provisional al señor DANIEL ANDRES MORA MANCHENO, de estado civil soltero, con cédula de ciudadanía No. 171141326-8, de 33 años de edad, ciudadano ecuatoriano, domiciliado en la ciudad de Quito, parroquia Cochapamba, sector El Bosque, calle Alonso de Torres 310, Dpto. 7A.- 13. Se nombra curadora interina a su madre, la señora SONIA MARIA MANCHENO SUAREZ, con cédula de ciudadanía No. 170463455-7 ecuatoriana, de estado civil casada, domiciliada en esta ciudad de Quito.- 14. Notifíquese este auto interlocutorio al público en la forma establecida en el Art. 468 del Código Civil, publíquese por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación nacional y los carteles, hecho que sea incorporen al proceso la publicación.- 15. De conformidad con el Art. 468 del Código, artículo 10 numeral 23 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, inscríbase en el Registro Civil, Identificación y Cedulación.- [VI] La procedencia o no del pago de indemnizaciones, intereses y costas: Sin indemnizaciones, intereses, costas ni honorarios que regular.- Cúmplase y Notifíquese. Abg. Judith Naranjo Briceño, JUEZA.
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001-004-2500
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro vicente Maldonado, jueves 12 de enero del 2023, a las 10h36.
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL
EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL SE LE HACE CONOCER AL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN LA JUDICATURA SE TRAMITA EL JUICIO DE PRIVACION DE PATRIA POTESTAD, SEGUIDO POR PATRICIA VERONICA NAMICELA OJEDA, EN CONTRA DE PEDRO VICENTE ILLANES IBARRA PARA QUE COMPAREZCAN A JUICIO, MEDIANTE TRES PUBLICACIONES QUE SE REALIZARAN EN TRES FECHAS DISTINTAS EN UNO DE LOS PERIÓDICOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN QUE SE EDITAN EN LA CIUDAD DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, DE CONFORMIDAD CON EL ART 56 N 1 del COGEP
TRAMITE: FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA / PRIVACION DE PATRIA POTESTAD / /SUMARIO
CUANTIA: INDETERMINADA DEFENSOR: AB. HUGO PADILLA ROMERO
JUEZ: DR. FREDY CHULDE OBANDO CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA
Juicio No. 17267-2023-00002
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado, viernes 6 de enero del 2023, a las 10h36. VISTOS: Dr. Fredy Chulde Obando.En mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura según acción de personal No. 11482DNTH-RO-de fecha 16 de Octubre que rige a partir del 1 de Noviembre del 2013, y cumplido lo dispuesto en el auto anterior, la demanda de Privación de la Patria Potestad, propuesta por la señora Patricia Veronica Namicela Ojeda, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que, se la admite al procedimiento SUMARIO conforme lo previsto en el Art. 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, y se dispone: 1) CITACIÓN: Cítese al demandado PEDRO VICENTE ILLANES IBARRA, en aplicación de lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del COGEP, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación que se editan en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, que deberán ser agregadas al proceso; para lo cual, el Actuario elabore un extracto de la demanda y de esta providencia.- Se le prevendrá a la parte demandada, de su deber procesal de comparecer a esta acción designando abogado patrocinador y señalar correo electrónico para recibir notificaciones futuras, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- 2) TÉRMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA: Con fundamento en lo previsto en el Art. 333 numeral 3 y Art. 56 Ut Supra, se concede a la demandada el TÉRMINO DE DIEZ días, transcurridos veinte días desde la última publicación, el término para contestar la demanda, que deberá observar lo dispuesto en los Arts. 151 y 152 ibídem.- 3) AUDIENCIA ÚNICA: La Audiencia Única, se señalará una vez que sea citado el demandado conforme lo dispuesto en el Art. 333 numeral 4 del citado Código, diligencia que a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir de conformidad a lo que establece el numeral 1 del Art. 86 del mentado Código.- 4) ANUNCIO DE PRUEBA: a) DOCUMENTAL.- Agréguese al proceso la documentación indicada en el numeral 7 enunciado Prueba documental, la misma que de ser pertinente, útil y conducente será valorada en el momento procesal oportuno, según las reglas del COGEP.- b) TESTIMONIAL.- En la Audiencia Única se receptará la declaración de parte de la actora y del demandado, requeridas en el enunciado Prueba testimonial; y, recéptese las declaraciones testimoniales de: Ana Castillo Emperatriz Ojeda y Rosa Albertina Ojeda Martinez, a quienes para su comparecencia se les notificará a través de la parte accionante.- c) Con fundamento en el Art. 130 numeral 10 del Código Orgánico de la Función Judicial, y d e conformidad con el enunciado Prueba pericial, intervenga la Oficina Técnica de esta Unidad Judicial, para que se practique una investigación respecto del entorno psico socio familiar de las menores: Yuleidy Abigail y Emily Michelle Illanes Namicela, tomando en cuenta la naturaleza de la presente causa; el diligenciamiento de esta experticia, con la designación de peritos, fecha y plazo para la presentación del informe, se lo realizará citada en legal y debida forma la parte demandada.- 5) DOMICILIO JUDICIAL: Incorpórese al expediente los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta la autorización conferida por la actora al Abg. Hugo Padilla y los correos electrónicos señalados para recibir sus notificaciones.- Actúe el Dr. José Bejarano en calidad de Secretario de este Despacho Judicial.- CITESE Y NOTIFIQUESE.-.
Lo que comunico para los fines legales pertinentes.001-003-2463
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-COGEP-TRÁMITE ORAL
EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL A:
ANRANGO CADILEJO SANDRA ELIZABETH y VEGA ANRANGO MAURICIO VLADIMIR
ACTOR: GOMEZJURADO SLATINKOVA CLAUDIA YANARA DEMANDADO/S: ANRANGO CADILEJO SANDRA ELIZABETH y VEGA ANRANGO MAURICIO VLADIMIR CUANTIA: USD 2.500
DENTRO DEL JUICIO No. 17230-2021-10848.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 6 de julio del 2021, a las 14h15.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, designado mediante acción de personal Nro. 01845-DP17-2021-VS del 6 de mayo del 2021.- Incorpórese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal se dispone:PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos; y, por cuanto el pagaré a la orden que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, en concordancia con el 187 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.SEGUNDO.- CONTESTACIÓN.- Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.-TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación en el lugar señalado a los demandados VEGA ANRANGO MAURICIO VLADIMIR y ANRANGO CADILEJO SANDRA ELIZABETH; a quienes se citará con una copia de la demanda y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- Cúmplase con la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial, conforme lo dispuesto en el inciso final del Art. 53 del COGEP.- La parte actora proporcione las copias para la citación a la parte demandada.- CUARTO.PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.-QUINTO.- Previo a proveer lo que en derecho corresponda, la parte actora presente el certificado de gravámenes que emite el Registro de la Propiedad, del bien sobre el que se solicita la medida cautelar.-SEXTO.- Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad en que comparece la parte actora.- Actúe la Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 25 de octubre del 2022, a las 13h42.VISTOS: En lo principal, se dispone.- En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a ANRANGO CADILEJO SANDRA ELIZABETH y VEGA ANRANGO MAURICIO VLADIMIR, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.- f) DR. PATRICIO G. BAÑO PALOMINO. JUEZ.-
Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para posteriores notificaciones.
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001-003-2461 Juicio N.- 17267-2023-00002
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
Se le hace conocer que, en la UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, a cargo de la AB. PAOLA CHÁVEZ RODRÍGUEZ, Juez titular, dentro del juicio de INTERDICCIÓN, causa signada con el No.17204-2021-04270, se ha dictado lo siguiente:
EXTRACTO JUDICIAL
CAUSA: INTERDICCIÓN
No. DE JUICIO: 17204-2021-04270
ACTOR: EDUARDO JOSÉ VÁSQUEZ MERINO
DEMANDADO: HUGO EDUARDO VÁSQUEZ ALMEIDA
CUANTIA: INDETERMINADA
Hago saber: En el Juicio de Interdicción, causa signada con el No. 17204-2021-04270 hay lo siguiente:
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 29 de septiembre del 2022, a las 11h15. VISTOS: El señor Eduardo José Vásquez Merino, consignando sus generales de ley comparece y manifiesta que su padre señor Hugo Eduardo Vásquez Merino de 79 años de edad, se encuentra afectado por una embolia cerebral desde el 14 de febrero de 1987, la cual le ocasionó una discapacidad del 80%, que con el paso de los años le ha causado una discapacidad intelectual o mental, por lo que se vuelve necesario dotarle de un curador que lo represente ya que le es imposible representarse por sus propios medios, y por la pérdida progresiva de sus capacidades mentales, es necesario declararlo en interdicción para su propia protección y solicita que como hijo mayor se lo designe como su curador interino.- Fundamenta su acción en lo establecido en los artículos 464, 481 y 478 y siguientes del Código Civil. Establece la cuantía, el trámite que debe darse a la causa, señala casillero judicial para notificaciones.- Posteriormente, en la audiencia única celebrada dentro del presente trámite se evacuaron las pruebas anunciadas.- Agotadas todas las diligencias y estando la causa en estado de resolver, para hacerlo se CONSIDERA: PRIMERO: Mediante auto interlocutorio emitido dentro de la audiencia única, se declaró la validez procesal por no haberse omitido solemnidad sustancial aluna que pueda influir en la decisión de la causa. Además, la suscrita Juez es competente para conocer, tramitar y resolver esta causa en virtud del sorteo realizado y lo previsto en el artículo 175 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.- SEGUNDO: (…), en concordancia con el artículo 467 ibídem que señala: “Mientras se decide la causa, podrá el juez, a virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las explicaciones del supuesto disipador, decretar la interdicción provisional”. Por las consideraciones expuestas, la suscrita Juez de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, en uso de las atribuciones de que se halla investida, RESUELVE: Aceptar la demanda y declarar la interdicción provisional del señor Hugo Eduardo Vásquez Merino con cédula de ciudadanía N. 1701094607; en consecuencia se nombra como su curador interino al señor Eduardo José Vásquez Merino, portador de la cédula de ciudadanía número 1707083885 a fin de que la represente en todos los actos y contratos públicos y privados, de la naturaleza que fueren. El curador interino queda facultado para representar al señor Hugo Eduardo Vásquez Merino ante cualquier institución pública o privada, así como para administrar negocios, cuentas bancarias, acreencias, beneficios sociales, bonos, valores y, en general, todos los bienes muebles e inmuebles que pertenecieren, a cualquier título, al señor Hugo Eduardo Vásquez Merino.- Ejecutoriada que sea la presente resolución, inscríbase en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito y publíquese en uno de los diarios de esta ciudad, así como mediante los carteles respectivos en los parajes más frecuentados del cantón, conforme establece el artículo 468 del Código Civil. Para el efecto, confiéranse los extractos respectivos y ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. Sin costas ni honorarios que regular.- NOTIFÍQUESE.- F) Ab. Paola Chávez Rodríguez, Juez.
OTRA PROVIDENCIA:
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 2 de noviembre del 2022, a las 11h17. Agréguese al proceso el escrito presentado. De la revisión de la resolución dictada con fecha 29 de septiembre de 2022, a las 11h15, se observa que constan los nombres del accionado como Hugo Eduardo Vásquez Merino, siendo lo correcto HUGO EDUARDO VÁSQUEZ ALMEIDA, lo cual no es una solemnidad sustancial que pueda nulitar la causa, ni una formalidad esencial, en aplicación a lo que disponen los artículos 169 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 18 del Código Orgánico de la Función Judicial, cuando establecen que no se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades, en concordancia con lo señalado en el artículo 100 del Código Orgánico General de Procesos, se corrige dicho error, en consecuencia se tendrá como nombres del accionante HUGO EDUARDO VÁSQUEZ ALMEIDA, por lo que, la parte resolutiva de la resolución quedaría de la siguiente manera: SE RESUELVE: Aceptar la demanda y declarar la interdicción provisional del señor Hugo Eduardo Vásquez Almeida con cédula de ciudadanía N. 1701094607; en consecuencia se nombra como su curador interino al señor Eduardo José Vásquez Merino, portador de la cédula de ciudadanía número 1707083885 a fin de que la represente en todos los actos y contratos públicos y privados, de la naturaleza que fueren. El curador interino queda facultado para representar al señor Hugo Eduardo Vásquez Almeida ante cualquier institución pública o privada, así como para administrar negocios, cuentas bancarias, acreencias, beneficios sociales, bonos, valores y, en general, todos los bienes muebles e inmuebles que pertenecieren, a cualquier título, al señor Hugo Eduardo Vásquez Almeida.- Ejecutoriada que sea la presente resolución, inscríbase en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito y publíquese en uno de los diarios de esta ciudad, así como mediante los carteles respectivos en los parajes más frecuentados del cantón, conforme establece el artículo 468 del Código Civil. Para el efecto, confiéranse los extractos respectivos y ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. Sin costas ni honorarios que regular.- NOTIFÍQUESE.- F) Ab. Paola Chávez Rodríguez, Juez.
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Lo Certifico. 001-003-2466
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, HACE CONOCER:
CITACION JUDICIAL A:
KEVIN ALEXANDER ORTEGA RIVADENEIRA
ACCIÓN/DELITO: ALIMENTOS/EXTINCION DE PENSION ALIMENTICIA.
Nro. DE PROCESO: 17953-2002-5144
ACTOR: ORTEGA GUIDO AMILCAR
DEMANDADO: KEVIN ALEXANDER ORTEGA RIVADENEIRA
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, miércoles 30 de diciembre del 2020, a las 08h09. VISTOS: DRA. ILIANA CABRERA SOLÓRZANO avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, de conformidad con la acción de personal No. 10680-DP17-2018 y Resolución 017-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura el 13 de febrero de 2020.- Agréguese a los autos los escritos que anteceden.-En lo principal.-En virtud de lo solicitado por el señor ORTEGA GUIDO AMILCAR, dispongo:1).- De conformidad con el oficio No. 1020-P-CNJ-2018, de fecha 2 de agosto de 2018, suscrito por la Dra. María Rosa Merchán Larrea, Presidenta Subrogante de la Corte Nacional de Justicia, dirigido al señor doctor Julio Arrieta, Presidente de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, ha emitido el siguiente criterio jurídico, cuya parte pertinente cito “… En relación a las consultas planteadas en el segundo semestre del 2017, concretamente aquella que se refiere al “Procedimiento para la extinción del derecho de alimentos”, cabe aclarar que si bien en una parte del análisis de esa consulta consta la expresión: “… consecuentemente, el procedimiento adecuado para extinguir los alimentos en caso de caducidad por cumplir la o el alimentario la mayoría de edad o los 21 años si ha estado cursando estudios”; aquella frase se refiere al criterio expresado anteriormente por la Dirección de Asesoría Jurídica de la anterior Presidencia de la Corte Nacional de Justicia. En la parte que contiene la conclusión y respuesta a esa consulta, se ha rectificado ese criterio al manifestar: “El procedimiento adecuado para extinguir los alimentos en caso de caducidad por cumplir la o el alimentario la mayoría de edad o los 21 años si ha estado cursando estudios, es una petición ante el mismo juez, quien se pronunciará luego de escuchar a la otra parte, sin ningún otro trámite”. Por lo tanto, no se requiere plantear una solicitud de proceso voluntario, como tampoco convocar a audiencia, para resolver la petición de extinción de alimentos”. Que, este criterio jurídico emitido por la citada alta autoridad jurisdiccional es aceptado en su totalidad por esta Juzgadora operadora de justicia, con el cual se agilitará el trámite de las peticiones de extinción como se lo hacía antes, y que en el caso del juzgado a cargo del suscrito juez son abundantes las peticiones de extinción, que serán atendidas obviamente cumpliendo el debido proceso esto es escuchar a la otra parte. Por lo expuesto, se dispone: 1) Que, por intermedio de la oficina de citaciones de este complejo Judicial Norte, se proceda a NOTIFICAR al alimentario ORTEGA RIVADENEIRA KEVIN ALEXANDER portadora de cedula de ciudadanía N.-1719895383, con el escrito de fecha 23 de Diciembre del 2020 y con el presente auto, en la dirección señalada en el escrito que se provee; 2) Notificado que se a el alimentario se le ordena que, en el término de seis días comparezca al proceso, señale casilla judicial y correo electrónico, y justifique en legal y debida forma (con documentos auténticos, no copias simples), estudios desde que cumplió mayoría de edad 3).- Tómese en cuenta el correo electrónico designado por el compareciente para recibir las notificaciones que le correspondan dentro del presente proceso así como también la autorización que le confiere a su abogado. NOTIFÍQUESE.- Dra. Iliana Cabrera Solorzano, JUEZA.
OTRO AUTO-PROVIDENCIA
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
jueves 17 de noviembre del 2022, a las 08h00. VISTOS: En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia que antecede; y en virtud a que el señor
AMILCAR, ha declarado bajo juramento que pese a realizar las debidas averiguaciones en diferentes lugares le ha sido imposible determinar el domicilio de la titular del derecho KEVIN
ORTEGA RIVADENEIRA, de conformidad con lo determinado en el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se CITE a KEVIN ALEXANDER ORTEGA RIVADENEIRA, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para la citación por secretaria confiérase el extracto del escrito del 23 de diciembre del 2020, a las 16h48 sobre la Extinción y auto de fecha 30 de diciembre del 2020, a las 08h09 y este auto de sustanciación. A la demandada en la presente causa se le advierte de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones. Conforme lo establecido en el penúltimo inciso del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que conteste la acción propuesta compareciendo a juicio.- Al haber cumplido la mayoría de edad según la partida de nacimiento que obra del proceso, pone fin a la patria potestad así señala el artículo 308 del Código Civil, de conformidad con el numeral 3 del artículo 310 del Código Civil, se ha emancipado legalmente, no necesita representación legal de su madre. Por lo que comparezca por sus propios derechos conforme el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, señale domicilio judicial electrónico, correo electrónico, y ser representada por un Abogado/a defensor/a, para futuras notificaciones. Ratifique las actuaciones realizadas por su madre a partir que cumplió la mayoría de edad.- Conforme señalan los numerales 2 y 3 del Articulo Innumerado 4 de la Ley Reformatoria al Título V del Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia, justifique documentadamente cursar estudios en cualquier nivel, el horario respectivo, periodo de estudios (18 a 21 años); así también justifique si padece de discapacidad alguna que le impida o dificulte procurarse los medios para subsistir por sí misma, conforme conste del respectivo certificado emitido por el Consejo Nacional de Discapacidades CONADIS, o de la institución de salud que hubiere conocido del caso, para lo cual se concede el término señalado por la ley; a partir de ser notificada con la petición de extinción así como este auto. Además deberá adjuntar al proceso un número de cuenta de ahorro y/o corriente para vincular a la cuenta kardex, lo que se comunica para los fines legales consiguientes. La citación por la prensa debe ser en un medio escrito (no digital). NOTIFÍQUESE Y CÍTESE. Dra. Iliana Cabrera Solorzano, JUEZA.
Lo que comunico a usted para los fines de Ley.
VIERNES 20 DE ENERO DE 2023 La Hora, ECUADOR C7
Quito,
ORTEGA GUIDO
ALEXANDER
001-004-2497