Nacional: 14 de diciembre, 2022

Page 1

El

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
La salida del mercado de Seguros Sucre, la empresa pública que fue contaminada con corrupción, ayudó al sector de seguros. El crecimiento es inédito. Solo hasta octubre de 2022, la facturación superó los $1.650 millones. Eso representa una subida de casi el 20%. 3 MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022 Ecuador La campaña por la consulta de Lasso calienta motores 4 PAÍS La crisis se ahonda con violencia en Perú 8 GLOBAL El árbol navideño más grande de Ecuador está en Carchi 9 NORTE Mujeres atentas por la aprobación de la Ley Violeta 5 SOCIEDAD Messi y Álvarez llevan a Argentina a la final 6 3 0 MUNDIAL Argentina Croacia
fin de Seguros Sucre revivió al sector

Albiceleste es la pasión

Escribo estas líneas desde el corazón. No lo hago como un análisis de la pluma de la periodista deportiva que un día fui. Las escribo poseída por la pasión. Inflamada de alegría por lo que esa selección y ese país despiertan en mí. Sí, soy una más de esas personas que integran la AFA: amantes del fútbol argentino.

En el 86 yo era una cría, apenas tenía cinco años. Pero, a esa edad ya aprendí que el fútbol era un deporte de emociones. Los gritos de gol de mi mamá se me quedaron grabados. Ella me enseñó a querer a la Argentina. Aunque, en casa, por mi papá, crecimos admirando a la verdeamarela; yo fui acumulando mi cariño por la camiseta albiceleste.

De hecho, recuerdo con absoluta claridad la primera camiseta de Argentina que compré. Fue en 2003 cuando estudiaba en la Universidad de La Plata. Fui con un grupo de compañeros a pasar el fin de semana en Buenos Aires. Mientras caminábamos por la calle Florida vi un puesto de camisetas ‘no oficiales’ y la compré sin dudar. Mi presupuesto de estudiante no alcanzaba para la oficial. No me importó; la lucí con orgullo y con esa camiseta fui a ver el clásico Boca-River en la Bombonera. Nunca había vivido el fútbol de esa manera. Tal fue mi impresión que un mes después regresé a la capital para vivir la final de la Copa Libertadores en la que se enfrentaban Boca contra Santos. Mi boleto me ubicó en un graderío sobre la 12 (la barra brava de Boca), la Bombonera literalmente temblaba y yo también. Allí, en ese estadio sellé mi pasaporte para un viaje de penas y glorias. Un viaje sin retorno. No puedo negar que todavía me duele el gol del alemán Mario Gotze en la final de Brasil 2014. Todavía siento el pesar de los penales de la Copa América de 2015 y la del Centenario en 2016. Sin embargo, desde 2021 tengo la fe renovada. Este equipo está listo para hacer historia y regalar a toda su fanaticada mundial una Navidad de gloria. ¡Vamos, albiceleste!

Contratación pública: liderar con el ejemplo

El Servicio Nacional de ContrataciónPública(Sercop)

es un nicho de negocios millonarios para un puñado de proveedores que, desde su creación en 2013, han perfeccionado un modelo de expolio.

El esquema arranca con la constitución o compra de varias empresas ‘no relacionadas’, cuyos presidentes, gerentes y accionistas son amigos o socios. Su dirección física es la misma y hasta comparten la información de contacto. Un breve vistazo al Sercop, el SRI y la ‘Supercias’ revela casos como el de la empresa que se acaba de ganar un contrato millonario con el Consejo Nacional Electoral (CNE) para proveer el servicio de ‘polizonte’ que alimenta las multas de la campaña electoral.

El caso de esta empresa, constituida por el padre, traspasada por una serie de actos jurídicos entre cónyuges, hijos y nueros, devela la

punta del iceberg de estos grandes negocios familiares: empresas observadas por Contraloría, con peticiones para que los incorporen en la lista de proveedores incumplidos, cuyos dueños, accionistas y autoridades fabrican media docena de empresas para participar en un nicho de la contratación pública.

Los contratos parecen aislados y de ínfima cuantía; suman asesorías de “clipping de noticias”, “sugerencias para mejorar nuestros servicios” y “monitoreo de medios” con decenas de ministerios, secretarías, municipios y otras entidades; dejan un rastro que demuestra lo poco que ha logrado el Sercop para depurar a sus proveedores. Las ‘subastas’ se trampean con dos o tres oferentes pertenecientes a los mismos dueños. Austeridad pide el Gobierno, pero ha olvidado la primera regla del juego: liderar con el ejemplo.

mirás, bobo?

Los memes, las canciones remezcladas y demás apropiaciones de la cultura popular acerca de la reacción de Lionel Messi durante una declaración para la televisión al final del partido contra Países Bajos es la tendencia.

Esto ha causado revuelo y muchos argumentos contrarios a la selección gaucha. Cuando se lucha por algo y resulta difícil conseguirlo, pero a final de cuentas y luego de las adversidades, se logra obtenerla, entonces te sobras, te creces, sientes satisfacción contigo mismo y tu ego se infla. ¿Y quién de nosotros no ha hecho gestos que sobajan al contrincante luego de sufrir frente a él?

Somos seres humanos y una de las pasiones y emociones más grande es el triunfo. Sí, es muy cierto que en esta sociedad globalizada debemos mostrar comportamientos más mesurados, pero lo políticamente correcto no debe inundar espacios en donde la emoción, la adrenalina y la revancha marcan el ambiente de un deporte que para quien no lo ha jugado es solo un espectáculo.

Cuando estás en la cancha, lo que quieres es ganar, demostrar que eres el mejor y enrostrárselo al oponente. Si no, tampoco irían las barras de hinchas y todo sería un cementerio como en el tenis.

“¿Qué mirás, bobo?” se incorpora a las sentencias populares posteriores a ser vilipendiado y agredido. Es una sentencia que lo ayuda a erguirse y sobresalir de entre las espaldas encorvadas de los agresores perdedores.

El fútbol es pasión y se juega como se vive, dice el cholo Simeone. Y es muy cierto, pues en la cancha demostramos cómo somos: reservados, tácticos, tramposos, egocéntricos… En fin, en una cancha se puede conocer al ser humano,

Cuántos no nos han dicho palabras más gruesas y en espacios laborales, académicos, familiares o de encuentro ocasional. La vida nos encuentra con más bobos y debemos hacerlos a un lado.

Y si no te gustó esta columna, “hacete pa´llá”.

No se matarán solo ‘entre ellos’

Comienza

a popularizarse en el país el argumento de que la ola de violencia que vivimos no es tan grave porque los delincuentes están matándose ‘entre ellos’. Incluso el propio comandante general de Policía, en más

de una ocasión, cuando comenta las escalofriantes estadísticas de asesinato —ya casi el doble de las del año pasado— se apresura siempre a añadir que la inmensa mayoría de las víctimas son personas involucradas en el crimen organizado. Curiosamente, otras sociedades solían esgrimir ese mismo planteamiento cuando atravesaban un momento similar; era una idea recurrente en el México de 2006 —cuando Felipe Calderón inauguró la guerra— o en la Colombia de inicios de los ochenta —cuando los sicarios de los carteles parecían todopode-

rosos—; el problema es que desde entonces ya han muerto casi 300 mil mexicanos y medio millón de colombianos, y los malos no terminan de matarse ‘entre ellos’. Siguen.

Ese argumento parte de supuestos equivocados. El primero es creer que el delincuente es una especie de ‘otro’ —que habita en un compartimento aparte y cuyas acciones no influyen en el resto—, que puede arder sin afectarnos. El segundo es suponer que los delincuentes son una especie de ‘recurso no renovable’.

En toda sociedad hay una diminuta porción de gente genuinamente malvada, así como una pequeña minoría de santos incorruptibles. Sin embargo, la inmensa mayoría de las personas somos altamente maleables e influenciables. La violencia es como un nuevo lenguaje que se expande y su empleo genera una suerte de especialización negativa en una sociedad. Cuando el crimen pulula, por más que se lleve a cabo ‘entre ellos’, la práctica de las actividades legales —tanto económicas como sociales— tiende a debilitarse y cada

vez más personas, por simple imitación o falta de alternativas, se ve empujada también al delito. Al mismo tiempo, cada asesinato suele dejar un niño sin padre o una serie de deseafortunados jóvenes testigos, que poco a poco gravitan hacia el mismo oficio maldito. Conforme más criminales mueren, más las bandas se dedican a reclutar —con siniestra habilidad y eficiencia— nuevos cuadros.

Combatir la violencia ‘entre ellos’ es tan importante como apagar un incendio antes de que llegue también donde ‘nosotros’.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XL No. 13530 Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022
PABLO ESCANDÓN MONTENEGRO
pescandon@gmail.com
¿Qué
EDITORIAL

inicio del arbitraje internacional entre la minera estatal chilena Codelco y el Gobierno de Ecuador se pospuso hasta el 28 de diciembre de 2022. Tras casi un año desde que Codelco presentó el arbitraje, este todavía no tiene asignado un tribunal.

Las partes tendrían la intención de llegar a un acuerdo fuera de los tribunales, por eso han pedido la postergación. Codelco y el Gobierno suscribieron un convenio marco internacional en 2008, para la exploración minera en el proyecto de cobre Llurimagua, en la provincia de Imbabura. (JS)

lidad financiera.

Margen de inversión

Los casi 3 millones de ecuatorianos con empleo adecuado ganan, en promedio, $650 mensuales. Si se incluye al sector informal, el promedio baja a un poco más de $476 al mes.

Para la mayoría de las familias en el país disponen de un presupuesto que les deja poco margen de maniobra por fuera de los gastos básicos. Este es el principal problema para incrementar el acceso a los seguros privados.

La salida de Seguros Sucre impulsó el crecimiento del sector

Solo hasta octubre de 2022, la facturación superó los $1.650 millones. Eso representa un crecimiento de casi el 20%

Uno de los sectores ganadores con la reactivación económica es el de los seguros. Con corte a octubre de 2022, la facturación total del sector, bajo la forma de primas cobradas a sus clientes, superó los $1.657 millones.

Así, este año es el primero de la post pandemia con un nivel incluso superior al de 2019, cuando la facturación llegaba a alrededor de $1.400 millones.

“En términos interanuales, la expansión alcanzó 19,6%. La mayor de la última década”, explicó Alberto Acosta Burneo, economista y editor de Análisis Semanal.

Un acontecimiento que influyó fue la salida del mercado de Seguros Sucre. Esa empresa pública, que ahora está en liquidación, tuvo durante años el monopolio de los principales contratos del Estado y todo el dinero estatal para sostenerse; aun

a costa de corrupción y pérdidas.

Ante esa salida, el resto de las empresas del sector han buscado llenar el espacio dejado. Además se ha producido mayor especialización y un aumento de la oferta para los clientes.

En otras palabras, la salida del actor estatal hizo que se buscaran eficiencias para atraer más clientes. Incluso se generaron fusiones para provocar economías de escala.

Dentro de las innovaciones está el uso más extendido de aplicaciones móviles, dispositivos de monitoreo automático y la tecnología portátil. Todo esto enmarcado dentro de la llamada insurtech y el mercado creciente de los emprendimientos tecnológicos.

Norma Castro, ingeniera en finanzas e investigadora en el mercado de seguros, explicó que ahora la tenden-

cia es facilitar el acceso al aseguramiento, mediante la reducción de trámites y pasos previos.

“En Ecuador todavía estos avances son iniciales, y falta, al igual que en el sector bancario, una legislación más moderna para abrir el sector a más competencia e inversión extranjera. Actualmente, existen 28 compañías en el sector de diferentes tamaños y la ciudadanía debería conocer que las opciones son mayores de lo que se podría pensar”, puntualizó.

Mayor conciencia Hasta 2019, todos los cálculos internacionales apuntaban a que en Ecuador el 15% de la población contrataba seguros de vida o de otro tipo.

Con el impacto de la COVID-19, se despertó una mayor conciencia en la ciudadanía sobre la importancia de este tipo de aseguramiento.

Así, actualmente se estima que el porcentaje ha subido hasta alrededor del 25%. Esto todavía es un porcentaje pequeño de los ecuatorianos, pero representa un cambio sustancial en el panorama de las finanzas personales del país.

Mónica Landázuri, economista y consultora en finanzas personales, dijo que la crisis pandémica mostró la importancia de estar preparados ante contingencias.

“En octubre de 2018, las primas pagadas por seguros de vida rondaban los $410 millones. En octubre de 2022 sumaron casi $580 millones. Los altos costos de las atenciones médicas y el mal estado del sistema público de salud también han influido en que más personas busquen asegurarse”, recalcó.

Asimismo, la alta ola de delincuencia también ha hecho que familias y negocios busquen seguros para sus activos en medio de una situación económica donde cualquier pérdida puede afectar seriamente la estabi-

Sin embargo, aunque como reportó LA HORA en enero de 2022, Ecuador es el quinto país de la región con mayor incremento en los costos de las atenciones médicas, los precios de las primas mensuales de los seguros de salud no son los más caros de la región.

Un último estudio del Centro Estratégico Latinoamericano de Geopolítica determinó que, en promedio, una familia ecuatoriana de cuatro miembros necesita un presupuesto de $234 mensuales para asegurar a todos sus miembros, es decir, casi $59 por persona.

El promedio regional llega a los $309 mensuales. El país más caro para contratar un seguro de salud familiar es Uruguay con $404; mientras el más barato es Perú con $211. (JS)

Según la consultora Inteligencia Empresarial, la inflación solo explica el 4,1% del incremento en las ventas del sector asegurador.

Según cifras del Servicio de Rentas Internas, el sector asegurador genera, en promedio, más de $14 millones mensuales en pago de impuestos.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ECONOMÍA 03 QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022 I
El Codelco y Ecuador posponen arbitraje por proyecto Llurimagua
Evolución de las 15 principales aseguradoras entre 2019 y 2022 USD millones OCT-19 Entidad SEGUROS SUCRE S.A. CHUBB SEGUROS ECUADOR S.A. PICHINCHA EQUINOCCIAL AIG METROPOLITANA EQUIVIDA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. ZURICH SEGUROS ECUADOR S.A. ASEGURADORA DEL SUR ECUATORIANO SUIZA MAPFRE ATLAS LATINA SEGUROS C.A. HISPANA SWEADEN COMPAÑIA DE
PAN AMERICAN LIFE S.A. LIBERTY SEGUROS S.A.
emitida
% Participación 18% 9% 8% 8% 6% 6% 6% 3% 3% 3% 2% 3% 3% 2% 2%
% Participación 0% 9% 11% 11% 6% 0%* 6% 7% 6% 4% 6% 9% 3%
2% *Equivida y Seguros Equinoccial se fusionaron en una sola empresa
EL DATO
SEGUROS S.A.
Prima neta
274.721.084 132.734.446 116.372.269 123.420.433 95.051.696 87.305.268 92.359.453 52.067.690 40.677.598 50.252.356 36.850.511 44.867.806 39.339.343 35.848.434 36.155.080
Prima neta emitida 0 156.426.644 177.331.239 187.208.116 95.831.607 0 103.010.191 111.355.663 79.716.344 61.387.926 94.154.840 146.533.754 48.356.104 36.874.157 28.137.007
2%
OCT-22

Hay once agrupaciones inscritas para la campaña por la consulta

Los Partidos y movimientos están a la espera que el CNE defina las “reglas del juego”.

Los inscritos

Organizaciones políticas

Unidad Popular, Movimiento oficialista Creando Oportunidades (CREO) , Revolución Ciudadana (RC) Partido Socialista Ecuatoriano (PSE) Partido Avanza.

Organizaciones sociales

Confederación de Trabajadores del Ecuador (CTE)

Unión General de Trabajadores del Ecuador (UGTE)

Unión Nacional de Educadores (UNE) en alianza con la Unión Nacional de Trabajadores del Ecuador (UNTE)

Confederación Unitaria de Comerciantes Minoristas y Trabajadores Autónomos del Ecuador (Cucomitae)

Fundación para el Desarrollo Tecnológico (FUDET)

Confederación Intercultural de Pueblos y Nacionalidades (AMARU)

Requisitos que debe calificar el CNE

° Formulario de inscripción de organizaciones sociales para el referéndum, otorgado por el CNE

Al cierre del plazo que estableció el Consejo Nacional Electoral (CNE), para hacer campaña por el SÍ o por el NO en las ocho preguntas del referéndum constitucional que plantea el gobierno de Guillermo Lasso, hay once organizaciones inscritas para la campaña de este proceso.,

El referéndum se efectuará el 5 de febrero de 2023 a la par de las elecciones seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).

El pleno del CNE todavía debe calificar a las organizaciones, pero entre las inscritas hay algunas alineadas con el correísmo y se prevé que realizarán campaña por el NO. La calificación de las organizaciones se realizará hasta el 16 de diciembre, lapso en el que se verificará el cumplimiento de los requisitos.

Las agrupaciones participarán en la contratación y pago de la promoción electoral, control de la publicidad y propaganda electoral del Referéndum, durante el periodo de campaña entre el 3 de enero y el 2 de febrero de 2023.

Mientras el CNE cumple el trámite de calificación, las organizaciones empiezan a alistar sus estrategias para promocionar una de estas alternativas.

‘Campaña crítica’

El Partido Avanza convocó el 11 de diciembre de 2022 a un Comité Ejecutivo Nacional en el que sus integrantes emitieron su voto a favor y en contra de cada una de las preguntas.

Javier Orti, vocero del Partido dijo que la gran mayoría -no fue por unanimidad- resolvió promocionar el SÍ en las ocho preguntas.

Sin embargo, Orti dice que el tema aún es manejado con “prudencia”, pues están a la espera que el CNE les notifique la aceptación o no de la inscripción. Solo entonces definirán la estrategia comunicacional o la metodología que se usará para participar en el proceso.

Afirmó que, si bien es cierto, son preguntas que no van a solucionar el tema económico del país; hay interrogantes sobre el diseño de la arquitectura institucional que podría contribuir

con ciertos cambios. Orti mencionó el tema de la crisis del sistema de partidos, o la politización del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). Además, dijo que es necesario permitir la extradición de delincuentes.

No obstante, dejó en claro que la posición de Avanza no se debe confundir porque no significa un apoyo al Gobierno, ni “a una persona, ni a un Presidente”, ni a la oposición.

“Nuestra posición es un SÍ crítico, como un respaldo a fortalecer la institucionalidad del país, esperando que las preguntas puedan aportar a solucionar la crisis. Esto no tiene que ver con correísmo o anticorreísmo,

EL DATO

el país está cansado de la polarización, nosotros hicimos un análisis sensato de cada pregunta”, señaló Orti.

El político llamó a una mesa de debate a las organizaciones políticas y sociales que promocionan el NO “simplemente porque se trata de una iniciativa del Gobierno”. A su criterio, no se puede utilizar la consulta como una estrategia electoral. Reiteró que una consulta podría propiciar a mejorar la institucionalidad del país.

La posición de la izquierda Desde el 9 de diciembre, Ciro Guzmán, militante de Unidad Popular, ya realiza, en redes sociales, campaña por el NO. Califica a la propuesta del Ejecutivo de “mañosa” y argumenta que desde el Gobierno se intenta un “control”. “El Presidente (Lasso) impuso una mayoría servil a sus intereses en el Cpccs, y hoy con la consulta mañosa pretende dejarlos en funciones prorrogadas hasta terminar su Gobierno, junto con el CNE, TCE, Contralor, y otros funcionarios, y por eso voto todo NO”, escribió. (SC)

° Copia certificada ante notario público o autoridad competente del registro de la personería jurídica de la organización social con un período de creación igual o mayor a dos años, contados hasta la fecha de la convocatoria.

° Copia del Registro Único de Contribuyentes de la organización social.

° Copia certificada ante notario público o autoridad competente del estatuto de la organización social, que determine que el alcance territorial de la organización es nacional.

° Copia certificada ante notario público del nombramiento actualizado del representante legal de la organización.

° Copia legible de la cédula de identidad del representante legal.

° Declaración juramentada en la que se señale que la organización social agrupa confederaciones, uniones nacionales u organizaciones similares.

° Copia certificada de la Resolución del máximo órgano de decisión de la organización social en la que se establezca qué preguntas se va a promocionar precisando en cada una de éstas la opción del referéndum a respaldar; mismo que tendrá que ser respaldado con tres o más mociones presentadas por los miembros o socios (confederaciones, uniones nacionales u organizaciones similares).

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO PAÍS 04 I QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022
DECISIÓN. El Consejo Nacional Electoral debe calificar a las agrupaciones inscritas.
FUENTE: CNE
Francisco Jiménez, ministro de Gobierno, dice que la consulta es un “arma fundamental’’ porque plantea enmiendas constitucionales.

Economía violeta espera aprobación o veto de Lasso

La ley busca incentivos para que exista mayor participación de las mujeres en la economía.

Sabía que en Ecuador, en promedio, por cada dólar que reciben los hombres una mujer recibe 18 centavos. Reducir esa brecha es uno de los objetivos de la economía violeta.

El 22 de noviembre de 2022, la Asamblea aprobó el proyecto de la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta— que busca la creación de incentivos y políticas públicas que incrementen la participación de las mujeres en la economía. Ahora todo depende de que el presidente, Guillermo Lasso, vete o no la ley. Para esto hay 30 días. Es decir, hasta el 22 de diciembre de 2022.

Desde la Organización y Promoción de la Economía Violeta (OPEV), cuya representante en Quito es María Rosa Tapia, se ha señalado que la Ley de Economía Violeta contempla cambios – incluso en el Código del Trabajo– para garantizar la participación de las mujeres en la economía. Por ejemplo, modificaciones a las licencias de maternidad, para que el cuidado se distribuya entre padre y madre. También se promueven deducciones especiales para empresas por crear plazas de trabajo para mujeres

Reformas

Con la ley violeta se plantea reformar el Código de Trabajo. Por ejemplo, en el proceso de contratación, se establece un artículo que prohíbe prácticas en el proceso de la contratación del personal como:

En Ecuador más del doble de los empleos formales se van hacia los hombres, las mujeres que consiguen un empleo formal perciben un 16% menos de sueldo” ANDRÉS ISCH

cencia pagada por el nacimiento de cada hijo. Mientras que los padres tienen 10 días de licencia remunerada. O sea que el cuidado casi total del recién nacido va dirigido hacia la mujer.

Con la ley de economía violeta, la madre y el padre pueden acordar cómo distribuir la licencia de 12 semanas.

DIPLOMACIA

4

Las condiciones laborales en las que dichas actividades.

Basado en este cambio, el empleador debe contar con parámetros de designación y establecimiento de cada puesto que fomente la objetividad en el trabajo de cada empleado y la competitividad entre estos.

Establece también que los empleadores deben tener calificaciones para que se den beneficios , aumentos de salarios o promociones “sin que pueda existir discriminación”

Acoso laboral

El Estado y el sector público y privado deberán velar porque “se implementen medidas para eliminar las barreras para la inserción laboral de las mujeres”. En especial, la ley establece que se deben quitar las barreras relacionadas con la remuneración inadecuada, la inestabilidad laboral o el acoso sexual.

También se determina la elaboración de:

ECONOMÍA

AÍS

1

Exigir un requisito distinto a las competencias y capacidades necesarias para el puesto de trabajo.

2

Hacer preguntas discriminatorias en el proceso de selección de personal. Un ejemplo de estas preguntas suelen ser :“está en sus planes ser mamá” o temas relacionados al estado civil.

La forma como se distribuirán las 12 semanas deberá ser notificada a los empleadores previo a dar a luz.

Remuneraciones

1Códigos de buenas prácticas.

2

Protocolos de prevención y atención.

CURIOSIDADES

3

Exigir “documentos distintos de los que refieran a las competencias y capacidades del postulante para verificar si se adecúan a la vacante respectiva”.

3

Maternidad y licencias Sobre el Código del Trabajo, la economía violeta plantea cambios sobre cómo se podrá distribuir el tiempo de las licencias de maternidad, ya que la mujer podrá elegir si distribuirlo sola o de forma compartida con el padre.

Actualmente, el Código de Trabajo establece que las mujeres trabajadoras tienen derecho a 12 semanas de li-

Al artículo sobre igualdad de remuneración se lo cambia por un trabajo de igual valor. Actualmente el código señala que le corresponde igual remuneración, sin discriminación de ningún tipo. Y que “la especialización y práctica en la ejecución del trabajo se tendrán en cuenta para los efectos de la remuneración”.

El nuevo artículo dice que se considerará un trabajo de igual valor a otro cuando haya equivalencia en:

Campañas informativas.

Deducción- incentivo Con esta normativa, también se modifica la Ley de Régimen Tributario Interno , en la que se establecen las deducciones permitidas para las empresas sobre los salarios de sus trabajadores y sus beneficios sociales.

SOCIEDAD QUITO SUCESOS

1

La naturaleza de las funciones o tareas encomendadas. 2

Las condiciones profesionales o de formación exigidas para su ejercicio. 3

Los factores estrictamente relacionados con su desempeño.

La ley también señala que las deducciones correspondientes a remuneraciones y beneficios sociales por la creación de una nueva plaza de trabajo destinada para contratar mujeres se podrán deducir hasta en un 150� adicional. Este porcentaje puede ir aumentando dependiendo del tiempo de permanencia de la mujer en ese cargo. (AVV)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022 I SOCIEDAD 05
GÉNERO. Según el INEC, en 2021, las mujeres presentan un índice de desempleo mayor al 2% en comparación al de los hombres.
Asilo a Duarte provoca impasse entre Ecuador y Argentina
La producción de maracuyá se duplicó en 2022
No habrá vacaciones escolares por Navidad y Fin de Año
Argentinos en Quito celebran pase a la final de Catar 2022
Conoce cómo deberás usar el Metro ¿Los hombres lloran más por fútbol que por amor?
Futbolista iraní será ejecutado por protestar a favor de las mujeres
TUNGURAHUA

Argentina, de la mano de Messi, se clasifica a la final del Mundial

La contundencia de la selección de Argentina hizo que el partido se definiera en el primer tiempo. El domingo jugará la final.

Argentina gana a Croacia y se clasifica a la final del Mundial. El último tango de Lionel Messi avanza conforme el astro lo había planeado.

Su equipo venció al estoico cuadro croata, que había sido capaz de forzar ocho de sus últimas nueve definiciones -por Mundiales y Eurocopa- a la definición de tiempos extra. Pero ante Messi y sus amigos, el equipo europeo no pudo. Cayó 3-0.

El pleito se liquidó en el primer tiempo. Los goles de Lionel Messi y Julián Álvarez fueron suficientes para fijar el rumbo del partido a favor de los sudamericanos.

La ‘Pulga’ celebra: ya tiene

11 goles en las Copas del Mundo y es el máximo goleador de la albiceleste en el torneo más importante de Selecciones.

El técnico Lionel Scaloni leyó bien las necesidades del partido. Durante la Copa, Argentina demostró ser un equipo versátil, capaz de jugar 5-3-2 o 4-4-2, como en esta ocasión.

Para vencer a los croatas era necesario establecer superioridades en el medio campo para contrarrestar al tridente Luka Modric, Marcelo Brozovic y Mateo Kovacic.

Leandro Paredes se sumó como titular para juntarse a los esfuerzos de Rodrigo de

Paul, el motor de Argentina, Enzo Fernández y Alexis Mac Allister. Los cuatro se desplegaron efectivamente para dejar sueltos adelante a los goleadores de la jornada: el eterno Messi y la ‘Araña’ Álvarez.

En el trayecto de los minutos 30 al 40 del primer tiempo, los sudamericanos demostraron su poder de golpeo: el penal de Messi a los 34 minutos y el tanto de Álvarez a los 39 atropellando y llevándose por delante a los defensas y al buen golero Dominik Livankovic. En el segundo tiempo, Álvarez puso el tercero a los 68.

El partido era cuesta arriba para los croatas. La lesión de Brozovic lo dejó sin uno de sus principales intérpretes del juego sacrificado e intenso de toda la Copa. El técnico Zlatko Dalic llenó la cancha de atacantes. La

respuesta de Scaloni fue volver a la clásica línea de cinco defensores , con la salida de Paredes y el ingreso de Lisandro Martínez.

Argentina es finalista de la Copa del Mundo. Lionel Messi se ilusiona con ganar un trofeo que disputa desde 2006 y que le ha sido esquivo históricamente. Lo más cerca fue

la final de 2014 en el estadio Maracaná.

En su quinto Mundial, el astro tiene a un equipo de obreros y jugadores talentosos capaces de dejar la piel por cumplir su sueño. En la jornada de hoy, 14 de diciembre se conocerá al rival en el partido decisivo. El domingo sabremos si Messi podrá alzar la Copa. (La Cancha)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO MUNDIAL 06 I QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022
ÍDOLO. Lionel Messi hizo un partido inolvidable. ARTILLERO. Julian Álvarez (d) de Argentina vence al portero Dominik Livakovic de Croacia.

Dinamita francesa contra el muro marroquí

Hoy se sabrá cuál es la selección que disputará con Argentina la final del Mundial 2022.

Doha (EFE).- Dos estrellas brillan en el firmamento de Catar. Una lleva el “10” de Francia, lidera la tabla de goleadores y persigue a ritmo endiablado todos los récords. La otra no lleva dorsal, ni firma contratos millonarios, ni autógrafos, pero se ha abierto hueco entre los cuatro mejores del planeta

TOME NOTA

-el único gol en contra se lo han marcado en propia puerta- frente a un dispositivo demoledor de cuatro atacantes de renombre, Mbappé, Ousmane Dembelé, Olivier Giroud bajo la batuta de Antoine Griezmann.

El mexicano César Ramos ha sido designado para dirigir el miércoles la segunda Semifinal del Mundial de Qatar 2022 que disputarán Francia y Marruecos en el estadio Al Bayt de Al Khor.

Kylian Mbappé, que encarna por sí solo la dinamita ofensiva de la Francia de 2022, desafía a la defensa marroquí, una de las sensaciones de la competición, camino de convertirse en legendaria a fuerza derribar hitos históricos.

La mejor defensa contra el ataque más reputado, la zaga que nadie ha sabido doblegar

Con ellos busca Francia superar el fortín contra el que se estrellaron Bélgica y Croacia en la fase de grupos, España en octavos y Portugal en cuartos, todos ellos frustrados de no poder romper la línea marroquí.

La campeona llega sobre aviso. Sabe también que a la resistencia en el campo se sumará el clima hostil de la grada, porque Marruecos ha sabido capitalizar el apoyo popular del primer Mundial

organizado en tierras árabes.

Los “Leones del Atlas” son ya la selección del pueblo que desafía a la aristocracia del fútbol, a la que ya han puesto en jaque. Nunca un equipo africano había llegado tan lejos. Nunca una nación árabe había subido tan arriba.

Ejemplo

“Somos el ejemplo de los países en vías de desarrollo”, asegura su seleccionador, Walid Regragui, elevado a la categoría de revolucionario, empeñado en demostrar que las jerarquías ya no sirven. Pero, para ello, repite una y otra vez, no vale con conformarse: “Tenemos que colocar a África en la cima del fútbol”. Ninguna revolución triunfa si se queda a medias.

Eso pasa por lograr otra gesta. Otra más de un equipo que desprecia la posesión, se atrinchera en su campo y lanza el contragolpe, que confía en Youssef En-Nesyri, convertido en el máximo goleador marroquí en los Mundiales, punta de lanza de la ofensiva marroquí. Y en Yas-

sin Bono, el símbolo del dique árabe.

Regragui ha conseguido formar una familia, con hombres de dentro pero también con la diáspora, jugadores nacidos, criados y formados en Europa que, a imagen y semejanza de Achraff Hakimi, lo dan todo por un país en el que nunca han vivido pero donde hunden sus raíces.

Todo por una misma causa, la de un país elevado a símbolo de un continente y de una raza, del pueblo árabe que brilla más arriba que nunca en el desierto catarí.

La hazaña está lograda, pero ahora puede multiplicarse. Destronar a la campeona, en su plenitud, sería la cumbre, la gesta más improbable, la más admirada.

Francia no ha dado signos de agotamiento. Didier Deschamps ha sabido dar un brío nuevo a la generación que ganó en 2018 reforzada con aire fresco, una mezcla que funciona

Francia no entusiasma por su juego pero sí por su

eficiencia. Ni es la más sólida, ni la más ofensiva, pero ha conseguido un equilibrio que no tiene grietas. “La fuerza colectiva”, lo ha bautizado Deschamps.

Francia avanza a pasos firmes . Enfrente, el muro marroquí. La historia está de su lado, pero solo si saben afrontarla por el buen camino. Los “bleus” encaran un desafío. Los “leones” toda la historia. El fútbol lo saborea.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK MUNDIAL 07 QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022 I
MARRUECOS Alineaciones probables Lloris Koundé Varane Upamecano T. Hernandez Tchouaméni Rabiot o Fofana Griezmann Dembelé Giroud Mbappé Bono Hakimi El Yamiq Saiss o Dari Attiat-Allah Amrabat Ziyech Ounahi Amallah Boufal En Nesyri
FRANCIA

El BID aprobará plan para incluir la biodiversidad en todos sus proyectos

WASHINGTON. El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) aprobará un plan en el primer trimestre de 2023 para incluir la protección de la biodiversidad en todos sus proyectos, alineado con los objetivos de la Conferencia de la ONU sobre Biodiversidad (COP15). El programa será anunciado esta semana como parte de los com-

promisos del organismo durante la conferencia, que se celebra en Montreal (Canadá).

Esta es la primera vez que un banco de desarrollo adopta una política de protección del capital natural de este tipo, aseguró el experto del banco en capital natural, Greg Watson. EFE

Ola de violencia ahonda crisis política en Perú

LIMA. Mientras el Gobierno de Perú pide que se cumplan las obligaciones internacionales establecidas en el Sistema Interamericano y se respeten sus decisiones internas , continúan las protestas que estallaron el 11 de diciembre y que ahondan la crisis política.

Las manifestaciones en las que se han reportado siete muertos y centenares de heridos son contra la presidenta Dina Boluarte y el Congreso. Los enfrentamientos más violentos se han dado en los departamentos de Apurímac y Arequipa, en el sur del país.

En ese escenario, el Gobierno asegura que está tomando decisiones “para resguardar la institucionalidad democrática ”, tras el comunicado emitido por Colombia, México, Bolivia y Argentina en el que reconocen como presidente al destituido Pedro Castillo.

Sobre esto, la Cancillería recordó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos reconoció, el 8 de diciembre pasado, “la ac -

tuación inmediata de las instituciones del Perú en defensa de la democracia para evitar la concreción del quiebre institucional” y reafirmó “que aquella debe ser resguardada por la vigencia del Estado de derecho”.

También que Boluarte ha presentado un proyecto de ley ante el Congreso para adelantar las elecciones generales a abril de 2024.

Estado de emergencia

A raíz de la convulsión social, el Gobierno decretó este 12 de diciembre de 2022 el estado de emergencia por

60 días en siete provincias del departamento sureño de Apurímac, epicentro de las protestas que piden la destitución de a Boluarte .

Migrantes desbordan la capacidad en El Paso

CIFRAS

Durante 60 días quedará suspendido en Apurimac los derechos constitucionales 119 policías peruanos han resultado heridos durante los enfrentamientos.

relativos a “la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales”, según el artículo 2 de la constitución peruana.

El jefe de la Dirección contra el Terrorismo (Dircote) de la Policía Nacional, general Oscar Arriola, afirmó que detrás de las protestas “está (el grupo terrorista) Sendero Luminoso, el Movadef (Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales) y otros organismos generados por el marxismo-leninismo”. EFE

Latinoamérica y el reto de atraer inversiones en 2023

LONDRES. América Latina contará en 2023 con la oportunidad de comenzar a recuperar parte del terreno perdido en las últimas décadas como destino de inversión extranjera y como un actor global de peso, a juicio del informe anual de perspectivas elaborado por Canning House.

El contexto geopolítico, con Occidente sumido en la

pugna por la primacía con China y con la invasión rusa de Ucrania, supone “una gran oportunidad” para una región que ha perdido influencia y poder económico en las últimas décadas, según el análisis de este foro de encuentro entre el Reino Unido y Latinoamérica con sede en Londres.

A juicio del informe, la transición energética y una

larga historia de valores compartidos hacen que haya un argumento muy convincente en favor de una mayor implicación de Estados Unidos y Europa en la región, donde China ya se ha convertido en la potencia dominante.

El estudio recuerda que EE.UU. y Europa llegan ya muy tarde. “China se ha adelantado a Occidente para garantizarse metales fun-

damentales para la transición energética como el litio o el cobre y comprando una gran parte de las exportaciones alimentarias de la región”, subraya.

El 58� de las reservas identificadas en el mundo de litio -metal fundamental para las baterías- se halla en América Latina, así como el 41% del cobre, el 24% del níquel o el 39% de la plata. EFE

WASHINGTON. Cientos de migrantes que cruzaron el 12 de diciembre de 2022 de forma masiva la frontera de México para entregarse a las autoridades estadounidenses tienen desbordada la ciudad de El Paso (Texas) y muchos de ellos tuvieron que pasar su primera noche en las calles soportando las bajas temperaturas en medio del caos.

A una semana del fin del Título 42 , de devolución expedita de los migrantes en la frontera, las ciudades fronterizas y organizaciones caritativas te men la llegada diaria y masiva de migrantes como ha sucedido en El Paso y han pedido al Gobierno de Joe Biden ayuda para recibir estas familias.

Decenas de familias que hacían parte de una caravana de unos 1.500 migrantes que cruzaron en las últimas jornadas el Río Grande soportaron a la intemperie temperaturas por debajo de 0 grados Celsius (32 Fahrenheit) acompañadas por lloviznas y chaparrones.

Hasta el 21 de diciembre de 2022 el Gobierno de Biden tiene plazo para cumplir una orden de un juez federal para dar fin al uso del Título 42. EFE

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO GLOBAL 08 I QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022
ESPERA. Migrantes venezolanos aguardan el fin del Título 42 para ingresar a EE.UU. PROTESTAS. Los manifestantes reclaman el cierre del Congreso y la convocatoria a elecciones generales. EFE Hasta este 13 de diciembre se registraron siete muertos y un centenar de policías heridos.

En Mira se decora el árbol navideño más grande de Ecuador

Un colectivo ciudadano se encarga de ubicar las luces y los adornos, en el árbol natural más grande del país.

CARCHI.- Con alrededor de 30 metros de altura, en el parque central del cantón Mira, ubicado en la provincia de Carchi, en el norte de Ecuador, se decora el árbol navideño natural más grande del Ecuador, según las autoridades cantonales.

A pesar de que existen otros árboles con mayor tamaño en otras provincias del país, se resalta que el ‘Balcón de los Andes’ tiene el privilegio de contar con el único árbol natural de este tamaño,

sin necesidad de ser levantado con ningún tipo de estructura o material artificial, el cual cada año sigue creciendo y embelleciendo el parque central de Mira.

Desde la Municipalidad resaltaron que el árbol es de la especie araucaria heterophylla, el cual cada año se viste de color y brillo para iluminar la Navidad.

Decoración

Cada año, un grupo de jóvenes mireños, denominados

‘Los Panas del Árbol’, con el apoyo de las instituciones y la ciudadanía, son los que se encargan de decorar con luces los jardines del parque y todo el árbol. Ellos contagian el espíritu de paz y amor de estas festividades.

Rony Cazares, uno de los integrantes del colectivo ciudadano y electricista de profesión, mencionó que desde hace más de 15 años se reúnen para ubicar alrededor de 350 metros de luces, entre led y de colores, para iluminar el árbol, que en su copa luce una estrella que bordea los 2 metros.

Entre las particularidades para adornar al espécimen

EL DATO

Según Arnaldo Reyes, historiador mireño, este árbol nace en el año 1944.

natural, mencionan que la colocación de las luminarias implica ascender hasta la copa, para que las luces caigan desde ahí.

Además, se resalta que con el aporte de técnicos eléctricos

Cotacachi contará con un nuevo mirador por

IMBABURA. En la zona alta de la ribera del río Ambi, el Municipio de Cotacachi emprendió un proyecto turístico, que va de la mano de la creación del parque Sumak Ayllu , que las autoridades esperan convertir en el nuevo atractivo de la localidad.

Según la Municipalidad, el cantón recibe anualmente un promedio de 200.000 visitantes, basándose en los datos de ingreso al Parque Nacional Cotacachi-Cayapas, proporcionados por el Mi-

nisterio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica, por lo que se busca promover nuevas actividades turísticas en otros sectores, aprovechando que desde 2019 este territorio fue declarado como Pueblo Mágico del Ecuador.

“La Administración Municipal inició la construcción de un mirador, con una inversión que supera los $135.000. Esta obra en desarrollo forma parte del parque Sumak Ayllu, proyecto emblemático de la Munici-

palidad”, informaron desde la Alcaldía.

Gema Manzaba, subdirectora de Servicios Públicos y Obras Estratégicas del Municipio de Cotacachi, expuso que los trabajos se ejecutarán durante tres meses , en los que se incluye la construcción de un mirador de 40 metros cuadrados , graderíos de acceso y terrazas andinas bajo las letras gigantes que dan la bienvenida al cantón, que completan la palabra “Cotacachi”. (FV)

y de otras ramas, toman varias precauciones para que la vegetación no sufra ninguna afectación con la colocación de las coloridas luminarias.

Anteriormente se utilizaban cables gemelos y bombillas normales de colores, pero ahora se usan mangueras LED y mayor tecnología. Incluso aseguran algunos espacios con madera y caucho o colocan abrazaderas metálicas, para evitar que las conexiones eléctricas tengan contacto con el follaje. (FV)

$135.000

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK NORTE 09 QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022 I
ADORNOS. Actualmente se sigue decorando el árbol. SÍMBOLO. El árbol se ubica en el parque central de Mira. (Foto: Archivo) ILUMINACIÓN. Son más de 300 metros de luces los que se usan en este árbol. Se espera que el árbol se ilumine el 15 de diciembre de 2022, con el inicio de las Novenas y otros eventos navideños programados en Mira. TOME NOTA SITIO. El mirador estará ubicado sobre el río Ambi.

Constantes cortes de agua causan malestar en Ambato

CIFRAS

8 Agencias

De atención tiene la Emapa en diferentes puntos de la ciudad.

120 Litros

Por segundo distribuye el sistema Macasto que abastece a la zona norte de la ciudad, aunque el sector requiere de 170 litros por segundo.

130 Kilómetros

De tubería recibieron atención con la limpieza interna de tuberías que se realizó con químicos biodegradables.

En determinados sectores de Ambato los cortes son recurrentes por lo que la ciudadanía debe abastecerse comprando el líquido vital.

Molestos y cansados están los ciudadanos de varios sectores de Ambato por los recurrentes cortes de agua.

José Luis N. quien reside cerca de la pista atlética, al sur de Ambato, comenta que “cortan el agua cuando les parece” y que la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ambato (Emapa) no informa de manera oportuna para que puedan estar prevenidos.

TOME NOTA

quedamos sin agua por días. Al inicio era por la obra (intercambiador) y ahora ¿cuál es la excusa?” aseguró enfadada luego de comentar que a veces no tienen agua durante la noche o en las mañanas justo cuando tienen que preparar a sus hijos para ir a la escuela.

El cronograma de limpieza interna de tuberías en la ciudad ya finalizó.

Algo similar dijo Gabriela A. que vive en el sector de Atahualpa en donde, como afirmó, “estamos acostumbrados a que avisen después de que ya han cortado el agua”.

María Fernanda C. de la parroquia Izamba asegura que últimamente “no se puede ni lavar una prenda de vestir, no avisan y nos

Sergio I. vive por la avenida Los Shyris en donde “las últimas dos semanas han quitado el agua durante el fin de semana”. El ciudadano asegura que se encuentra cansado pues “se necesita el agua para cocinar o para bañarnos”.

El malestar también es de Raúl C. quien señala que “ayer (martes 13 de diciembre) en El Pisque amanecimos sin agua, menos mal yo ya tengo un lechero con agua y con eso mi hijo logró medio

arreglarse para ir al colegio”.

Autoridades

Xavier Espinoza, gerente de Emapa, asegura que el desabastecimiento de agua temporal, en distintos puntos de la ciudad, tienen motivos puntuales.

Por ejemplo, en el caso de la zona norte de Ambato, en Izamba, Unamuncho, Cunchibamba, Atahualpa y Martínez el sistema de abastecimiento se encuentra en estado de emergencia , “porque el sistema de Macasto que impulsa el agua a todos estos sectores está colapsado”.

que mandar a hacer el arreglo, que toma días porque las tuberías son de gran diámetro y se mandan a fabricar sus accesorios a medida”.

En el caso de la zona centro y norte, los últimos cortes o disminución en el caudal de agua, responden a la limpieza interna de tuberías en el sistema de distribución de cuatro sectores.

“Deberían anunciar este tipo de cosas por lo menos con dos días de anticipación no solo el día anterior a la medida, pues muchos trabajamos y no logramos abastecernos de agua”, comentó Ruth A. quien vive en Ficoa.

Lo mismo dicen los usuarios del sistema Panimboza quienes no pudieron consumir el agua durante el sábado 10 de diciembre.

EL DATO

La iniciativa nació a raíz de la contratación de una empresa externa para el retiro del aceite quemado del tanque Troya, que fue contaminado durante la paralización indígena de junio de 2022.

El contacto telefónico para realizar denuncias a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (Emapa) es el 2 997700 extensión 701 o 702.

Asimismo, explica el Gerente que, en esta zona los cortes responden al daño constante de tuberías de cemento que “han cumplido su vida útil, por lo que están trabajando en una nueva red de distribución”.

Espinoza ejemplifica los casos “si en una noche se rompe una tubería por la presión, al siguiente día tenemos

“Al realizar la limpieza nos percatamos que a más del aceite quemado, los químicos extrajeron incrustaciones de metales como hierro o manganeso que se generan en las tuberías por el paso del cloro”.

Dichos trabajos ya finalizaron hace 15 días. Sin embargo, el pasado 6 de diciembre en Ficoa les recomendaron no consumir el agua y utilizar-

“Creo que se puede hacer un mejor trabajo como Emapa, la nueva administración debe plantear un sistema completo de agua potable para que estos inconvenientes no se den constantemente”, mencionó William Castro quien vive cerca del parque Juan Benigno Vela.

Limpieza y mantenimiento de tanques

En caso de haber cortes programados, estos se deben a la limpieza y mantenimiento de los tanques de agua que abastecen a la ciudad.

“La limpieza de los tanques se realiza cada 15 a 30 días para asegurar la calidad del agua ” informó Espinoza quien detalló que este tipo de trabajos toman un día máximo debido a la espera por el desagüe de los tanques (GS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO TUNGURAHUA 10 I QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022
la únicamente para los inodoros. AGUA. El líquido vital no llega a todos los sectores de Ambato.

‘Zona Azul’ se aplicaría sin que primero se apruebe ordenanza

Pese a las molestias, se rumora que el cobro iniciaría desde enero de 2023.

QUEVEDO • El cobro de una tarifa por estacionarse en las calles céntricas de la urbe quevedeña, aún sigue dando de qué hablar. Ciudadanos y representantes de algunos gremios levantaron su voz de protesta, debido a que la aplicación del proyecto ‘Zona Azul’ jamás se habría socializado con al colectividad.

Entre los que dicen no a este plan, consta el activista a favor de los jubilados del cantón Quevedo, Jorge Chávez, quien le dijo a LA HORA que, todo lo actuado hasta ahora por Quevial, empresa pública municipal, es ilegal, puesto que la propuesta de implementar un cobro tarifado en Quevedo, jamás fue aprobado en el Concejo cantonal.

“Lo están haciendo a través de una resolución administrativa. Esa no es competencia de Quevial”, expresó en una entrevista anterior con este medio.

Mientras tanto, la vicealcaldesa de la ciudad, Ingrid Mora, señaló que desde hace un mes fue asignada como presidenta

Cables en la 7 de Octubre

QUEVEDO • Varios cables permanecen apilados en las aceras de la calle 7 de Octubre, pleno centro de la ciudad. Estos debían ser soterrados, pero el proyecto jamás se cumplió, ni en la anterior administración municipal, ni en la actual. (DLH)

2

de enero de 2023 Parqueo Amigo empezaría a cobrar tarifa por estacionarse en la vía pública.

del directorio de Quevial. “Tuve la primera reunión con todos los departamentos y compañeros concejales. Queremos saber qué fue lo que pasó con esta contratación y aliado estratégico. Hemos acogido todas las observaciones de la población, y queda claro que todo esto debe pasar al seno del Concejo, porque existe una ordenanza que se presentó en septiembre de 2019 y que fue aprobada en primera

EL DATO

La Hora se comunicó con Patricio Cisneros, gerente de Parqueo Amigo, pero dijo que la vocería sobre este y otros temas de tránsito los tiene Quevial.

instancia en febrero de 2021” , dijo Mora.

La funcionaria, agregó que desde esta última fecha no se ha revisado la ordenanza. “Se han dilatado muchas situaciones, esto se debió haber socializado con la población. El directorio de Quevial debió haber comunicado al Concejo, y lo que está pasando ahora es la consecuencia de no haberlo hecho”, aseguró la edil.

Mora mencionó que la

próxima semana (lunes) se reunirá con todo el directorio de Quevial, donde tomarán desiciones. “Quiero expresar algo que me parece importante, La ciudadanía no es burla

de ningún político, digo esto porque algunos candidatos se han tomado el tema como bandera política. Pido que esto no se politice” , finalizó la vicealcaldesa. (DLH)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LOS RÍOS 11 QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022 I
PLAN. Existen molestias porque se pretende implementar el cobro por estacionarse en la vía pública.

Quince días de ferias contra la desnutrición

Con esta actividad se busca reducir el 6% de desnutrición crónica en niños menores de 2 años y el 16% en mujeres embarazadas.

El alto índice de desnutrición crónica en niños menores de 2 años y mujeres embarazadas provoca que el Ministerio de Salud Pública (MSP), ejecute constantes acciones para contrarrestar este problema reflejado a nivel nacional.

esquema de vacunación y planificación familiar.

EL DATO

La leche materna es el mejor alimento que tienen los niños.

Santo Domingo de los Tsáchilas no es la excepción. Por este motivo se desarrollarán ferias abiertas en la zona urbana y rural para capacitar a la población sobre una correcta alimentación.

El proyecto se replicará durante los próximos 15 días. Se socializará la importancia de la lactancia materna, cumplimiento del

Reducir la afección Francisco Ayala, director provincial del MSP, manifestó que a través de estas actividades se busca reducir el 6 de desnutrición crónica en niños menores de 2 años y el 16% en mujeres embarazadas.

“Se va a enseñar a las madres cuál es la alimentación adecuada. Esto es muy importante para garantizar una mejor calidad de vida a nuestros niños, niñas y posteriormente adultos de nuestra sociedad”, acotó.

El funcionario confirmó que el problema es a nivel

nacional y que no solo se presenta en las zonas rurales, sino también en las urbanas. “La desnutrición crónica infantil es la relación que existe entre la edad y talla del niño”, señaló Ayala.

Recomendaciones

Stalin Arequipa, nutricionista en el proyecto Ecuador libre de desnutrición

Caso Kasama se definiría mañana

El desenlace del caso Kasama estaría cerca y es probable que en las próximas horas se conozca el veredicto judicial en respecto a este accidente de tránsito.

Mañana, jueves 15 de diciembre, las partes involucradas acudirán nuevamente a la Unidad Judicial de Santo Domingo para participar en la audiencia de revisión de medidas a la prisión preventiva de David L.

El cumplimiento de este procedimiento estaba previsto para ayer, martes 13 de diciembre. Sin embargo, a última hora fue suspendido porque no se conectó el personal del SNAI.

Uno de los abogados representante de las víctimas tampoco se presentó por complicaciones médicas, pero iba a intervenir a tra-

vés del sistema telemático y por estos motivos se dispuso la nueva prórroga .

Suspenso Henry Yandún, padre de la estudiante fallecida, retornó a su domicilio sin mayores novedades y confía que mañana se encamine la fase final del juicio.

del proceso con el propósito de encontrar justicia.

Respaldo

infantil , especificó que las mujeres deben comer saludablemente en el embarazo y alimentar al bebe exclusivamente con leche materna durante los seis primeros meses de vida.

“Cuando detectamos un caso intervenimos directamente con nuestros equipos de salud, cada mes hacemos las mesas intersectoriales

cantonales para combatir el problema”, dijo.

Arequipa indicó que a partir de los seis meses la alimentación de los niños se basa en papillas, pero también recomienda el consumo de un carbohidrato (arroz), grasa saludable (aguacate), proteína (pollohígado de pollo) y frutas como postre. (JD)

EL DATO

Los plantones cada semana se repiten en los exteriores de la Unidad Judicial. Llegan familiares y amigos de las víctimas , quienes con carteles en mano exigen celeridad en el trámite.

David L., permanece en la cárcel de Guaranda.

“El juez nos informó que se retoma el día jueves a las 08:30 la revisión de medidas y enseguida comienza la audiencia de juicio ”, expresó el progenitor de Anahí (+).

El rostro del hombre aún refleja dolor por la pérdida de su pequeña . Han pasado más de cuatro meses desde que ocurrió la tragedia y permanece al frente

Mañana habrá otra medida similar y probablemente con más intensidad, porque se prevé mayor concentración de personas que permanecerán atentas al veredicto del juez.

Antecedente

El hecho trágico ocurrió el lunes 8 de agosto de 2022, sobre la avenida Los Colonos , exactamente en la intersección semaforizada

que se ubica al ingreso hacia la cooperativa Juan Eulogio Pazmiño.

La buseta transportaba a estudiantes de la unidad educativa Kasama , quienes, en su mayoría, salieron expulsados hacia el pavi -

mento a causa del impacto con la camioneta Chevrolet D’max.

Lamentablemente en este accidente falleció la niña Anahí Yandún y Carlos Saltos , conductor de la buseta . (JD)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO SANTO DOMINGO 12 I QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022
APOYO. Amigos y familiares de las víctimas piden se haga justicia. PROYECTO. Se replicará en diferentes sectores de la provincia Tsáchila.

Conozca las formas de utilizar la pirotecnia de manera responsable

Se presentó la campaña ‘Por una Pirotecnia Responsable’ para Navidad y fin de año. Hay sanciones por distribución ilegal de estos productos.

Ayer, la Gobernación de Loja, a través de Intendencia, junto al Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias, Cuerpo de Bomberos, Fuerzas Armadas y Corporación de Ferias de Loja, realizaron la presentación de la campaña denominada ‘Por una Pirotecnia Responsable’, que busca reducir los accidentes en caso de manipulación, transporte y almacenamiento de pirotecnia en estas fechas de Navidad y fin de año.

EL DATO

pre debe hacerlo una persona adulta, manteniendo estos artículos en el piso y nunca en las manos, ni dentro de botellas o latas; cuando el artículo no explota, no manipular, aunque la mecha aparezca apagada; no dejar los artículos al sol o cerca a fuentes de calor.

Recomiendan no usar los juegos pirotécnicos en esta temporada de Navidad y fin de año.

Recomendaciones

Algunas de las recomendaciones son: prohibir el uso y manipulación de pirotecnia y fuego a los niños en esta época de fiestas; al momento de encender siem-

Mario Benavidez, director del Servicio Nacional de Riesgos, manifestó que la mejor forma de festejar estas fechas es evitando la utilización y contacto con la pirotecnia. El objetivo de la campaña es minimizar los riesgos que puedan tener el uso de una pirotecnia no responsable. El comprar pirotecnia fuera del Complejo Ferial está sujeta a que sea de mala calidad, de fabricación artesanal y clandestina, lo que

implica un alto riesgo para quien lo manipule, dijo.

Cifras

Las instituciones no cuentan con cifras de personas que hayan ido a un hospital por problemas de mutilación de dedos, manos o alguna otra parte del cuerpo en años anteriores. La venta y manipulación para los niños y jóvenes está prohibida y solo se puede adquirir por personas

adultas en la Feria del Complejo Ferial desde el 26 de diciembre.

Fabián Calvache, subjefe del Cuerpo de Bomberos de Loja, expresó que están activados para dar a conocer las medidas de seguridad y evitar que los niños y jóvenes sean los más afectados con lesiones en sus cuerpos.

Sanciones Finalmente, Lindon Gar -

cía, intendente de Loja, agregó que los controles serán exhaustivos, sin embargo, la ciudadanía debe ser responsable, siendo preventivos y no utilizando estos juegos artificiales. Según el Artículo 361 del COIP sanciona con prisión de 3 a 5 años a la persona que fabrique, suministre, almacene y traslade el producto, al igual que armas de fuego.

Vuelven las novenas y pases del niño en Navidad, después de pandemia

Después de dos años difíciles por la presencia de la pandemia, en este año vuelven las tradiciones de la Navidad, como la novena, pase del niño, agasajos y los momentos de unión en los hogares y en las comunidades religiosas. La tradición intacta se vive en San Lucas y Saraguro.

Celebración

principalmente en los templos. La idea es no perder las costumbres de este mes lleno de solidaridad y reflexión.

EL DATO

El Obispo invita a vivir la Navidad en familia, en unión con la reconciliación, sumado al perdón con los hermanos.

En el 2020 la celebración fue mínima, luego, en el 2021 todavía existieron algunas restricciones en el tema de aglomeraciones, pero ahora en el 2022 existe mayor libertad para festejar la Navidad. En los barrios los festejos empiezan con la novena desde el 16 de diciembre,

Walter Heras, obispo de Loja, manifestó que este año retomaron la celebración de la Navidad con toda normalidad, en algunas comunidades religiosas, familias y barrios arrancaron con el rezo de la novena como preparatoria para el nacimiento de Jesús. La noche del 24 en todas las iglesias habrá una eucaristía de Noche Buena, en el caso de la iglesia la Catedral, será a las 20:00, donde también habrá bendiciones de las figuras de nacimiento y luego los agasajos a los niños como la entre-

ga de caramelos. Normalidad

En cambio, el 25, habrá las eucaristías normales de fin de semana, pero con la connotación de la Navidad. Una de las tradiciones son los pases del Niño y programas navideños que se celebran en los barrios con ayuda de la catequesis. En las comunidades rurales la costumbre en los centros educativos y catequesis es festejar con un agasajo, con la elaboración de gastronomía propia del sector como: buñuelos con miel, los tamales y el cuy, al igual que la gallina criolla.

Saraguro

La Navidad en Saraguro y en la parroquia San Lucas son únicas y están relacionadas

TRADICIÓN. La Navidad en este año se retoma con algunas costumbres y tradiciones.

con la cultura del pueblo indígena, que por miles de años se ha conservado. La Navidad empezó con algunos días de anticipación, en el mes de noviembre, con la elaboración de las velas en casa de los guiadores.

La celebración recuerda el nacimiento de Jesús y la germinación de las semi-

llas, que sucede desde el 21 de diciembre y se extiende hasta el 6 de enero, busca la solidaridad y reciprocidad. Además, los pases o las procesiones las realizan con la presencia de los juguetes de navidad como: los sarawis, wikis, osos, paileros, músicos, leones, entre otros personajes.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LOJA 13 QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022 I
CAMPAÑA. Cuerpo de Bomberos explicaron las normas de seguridad para evitar emergencias por mala utilización de pirotecnia.

El comercio de Esmeraldas nació atado a la ribera del río

Los titulares de medios nacionales están plagados de noticias lamentables sobre muertes violentas en la ribera del Río Esmeraldas, mismo sector que una vez dió inicio a una importante actividad comercial del cantón.

A mediados del siglo XVIII la ribera se convirtió en el centro económico, donde las actividades de libre comercio locales e internacionales salieron a flote, la exportación de materia prima, el banano y otras eran exportados a través de este puerto natural, un segmento de la población se dedicaba como trabajadores portuarios, estibadores, guardianes y personas que prestaban diversos servicios, los campesinos empezaron su proceso migratorio y adquirieron tierras , convirtiéndose en vaqueros o jornaleros.

El escritor Agapito Ortiz, comenta que en aquel tiempo, la isla se encontraba separada de Esmeraldas, por lo que aquel brazo de río y mar, permitía que los barcos arribaran y crearan un puerto comercial en lo que hoy es la calle Malecón, y que incluso los comerciantes y marineros que llegaban hasta ahí para cargar banano.

Oswaldo López, recuerda las riberas del río Esmeraldas en su adolescencia en la década de los 70, ahí acoderaban los barcos y que a lo largo de la orilla había negocios, en donde cada uno de ellos tenía su bodega, uno de aquellos negocios fue la famosa (Casa Tagua) la más grande casa comercial de esa época.

Pero hubo un día, que frente a la orilla encalló un barco llamado: «El Alfa”, el mismo que con el tiempo, la tierra, las palizadas y desechos de las crecientes se acumularon en dicha nave, formando una inmensa isla, cuyos pobladores bautizaron con el muy castizo nombre de: La isla Miraculo, la razón de ese término peyorativo es porque frente a aquella isla de pescadores estaba la ciudad de Esmeraldas.

El nombre Miraculo les restó méritos a los isleños, disgustando a ciertas autoridades y distinguidas damas de alta alcurnia que se reu-

nieron en el Cabildo abierto y la bautizaron como Isla Piedad. En La Barraca, en las extensiones de Esmeraldas y la Isla Piedad donde quedó la isla Miraculo, hubo la expansión territorial de esta ciudad, dando un inicio a lo que se co-

nocería ahora como las riberas del río.

Principales compañías exportadoras en Esmeraldas, 1909 Casa de Tagua (Alemania) se dedicaba 100% a la

exportación de Tagua en Esmeraldas, San Lorenzo, Río Verde y Concepción.

Dumarest, Bross & Servat (EE.UU.) dedicada al importación y exportación de productos diversos en Esmeraldas, Río Verde, Valdez Yannuzzelli (Italia) desde Esmeraldas y Valdez se dedicaba a la exportación de aguardiente y madera.

Para Pedro(nombre protegido) padre de familia cuyas raíces vienen de las riberas, recuerda una niñez llena de buenas memorias, el fútbol más puro está en las calles de polvo de un barrio de las riberas. La gente buena que lo

vio crecer sigue en el sector pese a las nuevas amenazas que vive esta zona, nadie los puede motivar a abandonar su hogar. Pedro recuerda el gran incendio de La Refinería de Esmeraldas el 26 de Febrero de 1998, el desacople del poliducto provocó un derrame de crudo que generó un gran incendio sobre el río Teaone, Pedro recuerda la magnitud del incendio, el río en llamas, las casas de sus vecinos en llamas también, el temor de ese gran accidente son parte de sus memorias de su antiguo hogar y eterno barrio.

Palabras finales

Aquí nace una importante disyuntiva que basados en los hechos históricos nos demuestran una proyección de prosperidad no solo comercial sino también cultural; Las riberas del río esmeraldas hoy es todo lo contrario. ¿En qué punto todo cambió? ¿Qué soluciones existen para recuperar este sector que fue el inicio del avance comercial de Esmeraldas?

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO ESMERALDAS 14 I QUITO | MIÉRCOLES 14 DICIEMBRE/2022
La Casa de Tagua fue una empresa líder Alemana que se dedicaba 100% a la exportación de Tagua en Esmeraldas, San Lorenzo, Río Verde y Concepción por los puertos de la ribera del río Esmeraldas
EL DATO

Tortugas

Ocho tortugas marinas de la especie más amenazada del mundo reciben tratamiento en un hospital para esos animales situado en el Zoológico de Miami, después de que quedaran incapacitadas debido al frío en Massachusetts (noreste de EE.UU.). EFE/Ron Magill/Zoo Miami

MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022 Ecuador
amenazadas se recuperan de la ola de frío en EE.UU. Da clic para estar siempre informado

REVISTA JUDICIAL

PERSONAS DE DOBLE VULNERABILIDAD

Introducción

Con la entrada en vigencia de la Constitución de Montecristi, el Estado ecuatoriano normó a través de la norma supra los mecanismos necesarios para asegurar la protección de los derechos humanos, estos mecanismos nacen o surgen de la necesidad de otorgar a las personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad aquella reparación a sus afectaciones jurídicas, de ahí que las que se encuentran en una doble vulneración pasan a ser los más importantes a la hora de proteger y cuidar sus derechos. De ahí que tengamos que los mecanismos de protección se originan como una base fundamental de apoyo normativo que se hace presente ante una posible vulneración de Derechos y como una garantía de cumplimiento normativo.

A la actualidad, los mecanismos de protección ganan amplio terreno y su enfoque va más allá, generando así mayor amplitud y fortalecimiento en su aplicación. Es por ello que, las personas de doble vulnerabilidad, entiéndase por estas aquellas que la Constitución de la República del Ecuador1 , así las reconoce en su artículo 35, se encuentran inmersas en aquella esfera de una igualdad que posiblemente se vea quebrantada, en razón de su situación de vulnerabilidad. Llegado a este punto debemos aclarar el concepto de vulnerabilidad, de manera que la comprensión y la dirección que pretende tomar los mecanismos de protección sea evidente y precisa. En tal sentido, tenemos que la vulnerabilidad 2 es el origen de un riesgo, amenaza o peligro, pero no es solo la presencia de este riesgo la que determina el que un sujeto sea vulnerable o no, sino la falta –o disminución- de capacidad de respuesta, protección, abrigo o defensa frente a ese riesgo, o de mitigar o evitar sus consecuencias. De esta base conceptual nace dos tipos de vulnerabilidad:

1. Vulnerabilidad antropológica (esencial, inmanente a la especie

o condición): Comprende la finitud y la fragilidad de la vida en que se funda la posibilidad y necesidad de toda moral, estrechando lazos directos con la dignidad de las personas.

2. Vulnerabilidad específica (contingente, variable y selectiva): Este segundo tipo es la que recae sobre las personas que sufren de cierto tipo de acontecimiento sea voluntario o no y de la cual nace un riesgo particular.

Ámbito e identificación de vulnerabilidad sobre las personas.

Es menester indicar ciertas características inmersas en la vulnerabilidad de una persona, puesto que a partir de ellas podemos notar la presencia autónoma o mixta de una persona realmente en situación de vulnerabilidad. Atendemos a los siguientes elementos traídos por Manuel Pacheco 3 :

• Social: Que si bien tenemos un articulado (Art. 66 de la Constitución) que pretende exterminar la creencia de que aún existen clases sociales, la realidad es totalmente contraria, por ello el ámbito social es una característica clara al apego de la existencia de una estructura social y su relación entre ellas.

• Socioeconómica: Ataca directamente al factor económico que genera el bienestar para una persona, puesto que sin ello el problema de la migración es la principal vía de solución para estas personas, a falta de un sistema de gobierno que erradique

este problema.

• Cultura: Como el principal problema que hoy en día los Estados plurinacionales enfrentan en el campo de la educación, trabajo, sector público y privado. El racismo etnocentrista 4 se encuentra latente en menor medida, pero latente.

• Física y Psicológica: Inmerso en la integridad de la persona, específicamente aquel derecho a la integridad personal y lo que incluye este (Art. 66 numeral 3) como característica principal del cual se puede desprender las antes mencionadas.

De estas características fundamentales es como se estructura o se llega a estructurar una evidente persona en situación de doble vulnerabilidad, y por ende necesitada de mecanismos que protejan su integridad personal.

A la actualidad, se incrementarían las personas en situación de doble vulnerabilidad es evidente, en razón de la pandemia originada producto del Covid-19, tomando como ejemplo a la Organización Panamericana de Salud (OPS) y Organización Mundial de la Salud (OMS) en San José, Costa Rica se desarrolló un proyecto de fortalecimiento de poblaciones vulnerables y personas en situación de exposición al Covid-19. La activación de este tipo de mecanismos de protección es fundamental en este caso, su finalidad siempre estará enfocada a atender a aquellas personas que contagiadas del virus puede resultar muy difícil que su derecho a la salud se vea

otorgado en forma eficiente, ya que como bien es sabido los hospitales y el sistema de salud en general colapso. En estos casos se buscan alternativas de prevención para intentar remediar esta situación y evitar que los derechos de las personas en situación de doble vulnerabilidad se vean afectados en estricto sentido, puesto que la responsabilidad recaerá sobre el Estado como el garante de prestar atención prioritaria a la misma y no hacerlo. Sin embargo, la contradicción a la norma estará presente, que, si bien la Constitución reconoce un amplio catálogo de derechos, la realidad puede ser otra. Solo hasta diciembre del 2019 se registró alrededor de 1.050.638 5 niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, dato alarmante, aún cuando desconocemos el extenso número que podría llegar a ser si se identificaran a todas las personas en situación ya no solo de vulnerabilidad, sino de doble vulnerabilidad, sería una cifra tan amplia, que solo reflejaría la ineficacia de un plan organizacional que tiene un Estado, y la inobservancia de una Constitución que lamentablemente no cobra sentido hacia quienes en verdad así lo requieren. En esta parte, lo único que cobra sentido es la viveza de ciertas personas en el país para aprovecharse de su “situación de vulnerabilidad” y ser beneficiados de las exoneraciones tributarias (abordaremos más adelante) que por ley se otorga a quienes padecen cierta discapacidad, un caso más que quedara en el olvido del Estado y en el recuerdo de todo un pueblo que verdaderamente requiere y necesita de exoneraciones tributarias.

La falta de políticas públicas eficaces dirigidas hacia este grupo es el origen de la viveza de ciertas personas. Por lo tanto, es necesario estructurar las bases de un sistema de gobierno que ignora el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador para poder observar la activación eficaz de mecanismos de protección que rezan sobre las personas en trato, de manera que ese sentido formal de la Constitución del cual habla e indica lo siguiente Víctor Valladolid 6 se

CONSULTA CIVIL

RESPUESTA

Código de la Niñez y Adolescencia: Capítulo I, Derecho de Alimentos: Art. ... (29).-

“Aplicación de estas normas en otros juicios. Dentro de los juicios o procesos por violencia intrafamiliar, reclamación de la filiación, separación de bienes, divorcio y en general, en cualquier otro procedimiento en el que la ley contemple expresamente la posibilidad de solicitar alimentos a favor de niños, niñas y adolescentes, se aplicarán obligatoriamente las normas establecidas en la presente ley”.

El derecho a alimentos se encuentra regulado para garantizar y satisfacer las necesidades básicas del alimentante, y en caso de violencia intrafamiliar el Art. 29, Aplicación de estas normas en otros juicios, establece diáfanamente su fijación. Sin embargo, la caducidad de este derecho está condicionada, entre otros a que hayan “desaparecido todas las circunstancias que generaban el derecho al pago de alimentos” (Art. 32 ibídem).

Dicho derecho se activa o procede judicialmente por cuanto el progenitor agresor puede ser privado del régimen de visitas o ser reguladas en forma dirigida, según la gravedad de la violencia. Estas medidas adoptadas “buscarán superar las causas que determinaron la suspensión” (Art. 122 íd).

Verificado por el juzgador el desvanecimiento de las circunstancias descritas, y de así creerlo necesario, levantará el régimen de visitas y la fijación provisional de alimentos. Caso contrario, dichas imposiciones continuarán mientras se resuelve la situación de los progenitores y del entorno familiar de los derechohabientes.

Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
AUTORES: YANDRY M. LOOR LOOR Y BYRON ESPINOZA GUILLÉN.
Hora QUITO, ECUADOR
http//www.derechoecuador.com
, 14 DE DICIEMBRE DE 2022 C1
La
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
MIÉRCOLES
¿Cuál es el procedimiento para solicitar una pensión para las víctimas de violencia?

vea cumplido: “Es la idea original del constitucionalismo la plasmación de la Constitución en documento escrito. Busca garantizar la seguridad y evitar equívocos en la aplicación de la norma (…)”

Mecanismos de protección ante vulneración de derechos a personas de doble vulnerabilidad.

El amparo o acción de protección reconocido en el artículo 98 de la Constitución, podría decir que es una de las garantías jurisdiccionales con estricta observancia a la aplicación sobre personas de doble vulnerabilidad. Entiéndase por acción de protección aquel mecanismo de protección que tiene por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución. De manera que las personas de doble vulnerabilidad poseen esta garantía jurisdiccional fundamental como símbolo de reclamo ante la inobservancia de su situación, pero sobre todo ante la vulneración de derechos constitucionales que al recaer sobre personas de este grupo prioritario no han sido garantizadas de manera eficaz, especial y con prioridad. No obstante, es importante observar y atender al objeto de cada una de las garantías jurisdiccionales, en tal sentido la acción de protección no implica el único mecanismo de defensa de las personas en situación de doble vulnerabilidad, sino también gozan de otras garantías jurisdiccionales reconocidas en la Constitución (Hábeas Corpus, Hábeas Data, Acción de acceso a la información pública, acción por incumplimiento, acción de incumplimiento y acción extraordinaria de protección) siempre que se configure el objeto de la misma.

Por lo tanto, las garantías jurisdiccionales son un mecanismo jurídico que posee un alcance preventivo teórico, puesto que su puesta en escena será ante la existencia verídica de vulneración de derechos constitucionales, teniendo como consecuencia final una reparación integral a la persona en situación de doble vulnerabilidad quien se convierte en víctima especial al encontrarse dentro del grupo de atención prioritaria.

Dentro del contexto jurídico, en cuanto al no cumplimiento de la acción de amparo cuando esta haya buscado la protección inmediata de los derechos de las personas vulnerables o doblemente vulnerables, tendremos a su vez a la acción extraordinaria de protección se trata, tenemos que la Corte Interamericana, en el marco de lo que determina el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o CADH se ha referido así al amparo directo – como se le conoce en algunos países – o acción extraordinaria de protección como le conocemos nosotros de acuerdo a lo

determinado en nuestra legislación que: artículo 25.1 de la Convención es una disposición de carácter general que recoge la institución procesal del amparo, como procedimiento sencillo y breve que tiene por objeto la tutela de los derechos fundamentales […].

Es en ello, y de acuerdo a lo que nos establece este artículo, que en aplicación igualmente en términos amplios, consta la obligación a cargo de los Estados de ofrecer de manera eficaz y eficiente, a todas las personas que se encuentran ya sea por ser naturales de ese estado, o por otra circunstancia y que se hallan sometido a su jurisdicción, a la protección mediante un recurso judicial efectivo contra actos violatorios de sus derechos fundamentales, que sean cometidos por cualquier persona o por omisión de alguna de estas, y que dicho amparo será de manera directa, procurando así generar los mecanismos tendientes a eliminar las barreras de protección tal.

De ahí que se dispone, además, que la garantía que se encuentra consagrada se aplica no solo respecto de los derechos contenidos en la Convención, sino también de aquellos que estén reconocidos por la Constitución o por la ley. 7

Por otra parte, y aterrizando en lo que determinar nuestra normativa interna, tenemos que la norma suprema en su artículo 86 señala que las garantías jurisdiccionales, y entre las cuales se encuentra la acción extraordinaria de protección, deberán en su sentencia determinar las formas de reparación del derecho y las autoridades responsables de su ejecución, y así mismo los jueces podrán determinar otros mecanismos para ejercer la reparación de dichos derechos constitucionales que se encuentran violentados, o que fueron violados en su momento tal, de acuerdo a como lo sostuve en mi artículo sobre la reparación integral en materia constitucional.

De ahí que ese hecho o hilo conductor en el cual “coinciden con la CADH y con la CorteIDH” en decir que estas garantías deben ser sencillas, rápidas y efectivas, y es que, permitir que la vulneración de dichos derechos se mantenga, solo harán que existan daños constantes a los derechos constitucionales como tal.

Por todas estas características se puede determinar que la institución de la acción extraordinaria de protección, más allá de que la LOGJCC determine que es un recurso, este procedimiento extraordinario de protección de los derechos, no es otra cosa que una acción y no un recurso, ya que conoce de una situación diferente a las de la jurisdicción ordinaria, no conoce el fondo de lo

que se discutió sino si la administración de justicia tuteló o no tuteló los derechos fundamentales si existió o no violación del derecho al debido proceso, y a su vez determinar quién es responsable de dichas vulneraciones, y siendo el Estado (mediante la administración de justicia) es este quien debe reparar la violación, y es ahí donde debe de determinarse los mecanismos de reparación para eliminar las afectaciones jurídicas a las que hubieron lugar.

De ahí que tengamos, por su parte, en sentencia No. 011-09-SEP-CC, Caso No. 0038-08-EP, publicado en el R.O.S. 637 del 20-julio-2009, donde la Corte Constitucional ha explicado la diferencia entre admisión y procedibilidad de la acción extraordinaria de protección, determinando entre otras cuestiones dentro de sus consideraciones que “… este órgano constitucional debe revisar para su admisión si se cumple con dos requisitos que son: 1.- Que se trate de fallo, vale decir sentencias, autos y resoluciones firmes y ejecutoriadas; y, 2.- Que el accionante demuestre que, en el juzgamiento, ya sea por acción u omisión, se ha violado el debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución.

Beneficios tributarios.

En Ecuador los beneficios tributarios para las personas de doble vulnerabilidad se encuentran reconocidos en la Constitución y en el Reglamento de la Ley Orgánica de Discapacidades8 . Esta denominación (personas con discapacidad) ha sido eliminada, ya que ahora se les denomina; personas con capacidades especiales. Taxativamente la Constitución establece lo siguiente en su artículo 47 numeral 4: “El Estado garantizará políticas de prevención de las y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social. Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a:

(…)

4. Exenciones en el régimen tributario.

(…)”

ANULACIÓN DE PÓLIZA

QUEDA ANULADA

Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000080001212006

Cliente GOMEZ ANDRADE MAURA GABRIELA Cédula de Ciudadanía Nro. 1000492957 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-2310

TÍTULO EXTRAVIADO

Queda anulado el titulo de la compañía TECOCEL S.A. ZONA FRANCA HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. No. 152 No. de acciones: 1

Propietario: MAGLOIRE BEATRIZ BERRU BERRU El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados. Quito, 12 de diciembre de 2022 001-004-2359

Principios

El principio de mayor resalte sobre este asunto es el de; legalidad constitucional, debido a que en materia tributaria es uno de los más importantes, pues representa la base en la que descansa todo el sistema tributario.

Este principio establece que el Estado a través de la ley es quien se encarga del cobro y la exoneración de impuestos, garantizándole al ciudadano la confianza jurídica y respetando a demás, el principio de reserva de ley. En otras palabras, lo que se pretende mediante la aplicación de este principio es la de garantizar los derechos que se encuentran plasmados dentro de la Constitución, mediante los cuales se busca la igualdad y la equidad, garantizando así que una

persona de doble vulnerabilidad pueda gozar de los beneficios que la ley le otorga.

Porcentaje de Beneficios Tributarios

Aplicable para personas con capacidades especiales (vulnerables)

En cuanto a la exención de impuestos la ley ha interpuesto un nivel de porcentaje de exoneración tributaria en base a al grado de discapacidad que posee la persona, es por esta razón que el Reglamento a Ley Orgánica de nos indica cuáles son esos porcentajes:

• Si una persona posee una discapacidad del 30% al 49% su exención tributaria será la del 60% que puede estar considerado como una exención mínima.

CLUB DEPORTIVO BASICO PARROQUIAL “MILAN ATHLETIC CLLUB”

Acuerdo Ministerial Nro: 3536 del 18 de septiembre del 2014 Rumiñahui-San Pedro de Taboada-Pichincha Rumiñahui: 14 de Diciembre del 2022

CONVOCATORIA

Se convoca a los socios del Club Deportivo Básico Parroquial “MILAN ATHLETIC CLUB.”, a la asamblea general extraordinaria de Elecciones (periodo 2022-2026) que se realizará el día 30 de Diciembre de 2022 a las 19h00; y, a la asamblea general extraordinaria para Reforma Integral del Estatuto que se realizará el día 31 de Diciembre de 2022 a las 19h00.

Lugar: Av. Mariana de Jesús y Manuel Pomboza, Parroquia de San Pedro de Taboada del Cantón Rumiñahui Provincia de Pichincha.

CLUB DEPORTIVO BÁSICO BARRIAL ALIANZA JUVENIL

CONVOCATORIA

De conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 22 literal a) del Estatuto del Club, se convoca a Asamblea General Extraordinaria e Socios, a realizarse el 30 de diciembre del 2022, a las 18H00, en la casa comunal ubicada en el barrios San José del Vínculo, con el siguiente orden del día:

1.- Informe de labores a cargo el Presidente.

2.- Informe económico a cargo el Tesorero

3.- Elección y posesión del nuevo Directorio

MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022 La Hora, ECUADOR C2
001-003-2309
001-003-2305

• Si una persona posee una discapacidad del 50% al 74% la exención será del 70%.

• Si una persona posee una discapacidad del 75% al 84% la exención será del 80%.

• Si una persona posee una discapacidad del 85% al 100% la exención será del 100% considerando a esta como la exención máxima que se puede aplicar dentro del campo tributario.

Excepciones a la exención de impuestos para personas con capacidades especiales.

Teniendo en consideración el porcentaje por el cual se puede eximir del pago de tributos a las personas con discapacidad, es necesario determinar que existe una excepción según la Reglamento a la Ley Orgánica de (artículo 22), en donde propiamente indica que con excepción a aquellos porcentajes ya estipulados por concepto de exención, en el campo del transporte ya sean estos terrestres, aéreos o marítimos, solo se realizará el descuento del 50% de la tarifa inicial. De la misma forma se tiene en consideración que se aplica el mismo porcentaje de descuento para los espectáculos públicos, para el uso de los servicios básicos, servicios de telefonía, internet, etc. En cuanto al transporte aéreo con rutas internacionales el descuento sigue siendo el mismo, y además libres de cualquier impuesto.

Exenciones que reconoce la Ley:

Las exenciones que realiza el Servicio de Rentas Internas (SRI) y Servicio Nacional Aduana del Ecuador (SNAE) para las personas con discapacidad son las siguientes:

Impuesto al valor agregado (IVA):

Se les hace la devolución del IVA que paga por la adquisición de servicios o de bienes cuando estos son de primera necesidad, de la misma forma no les cobran los impuestos al valor agregado por la adquisición de equipos como; prótesis o cualquier equipo que sea exclusivo para qué la persona que sufre de discapacidad tenga una rehabilitación plena, cuidadosa y segura. Así mismo, es importante destacar que el Estado con el fin de beneficiar a los grupos de atención prioritaria ha creado métodos para devolver los impuestos a las personas de los grupos o sectores vulnerables.

Impuesto a la renta (IR):

Por otro lado, el SRI brinda la facultad a aquellos trabajadores que poseen discapacidad o que tengan hijos o cónyuge con discapacidad (que estas personas sean dependien-

tes) se les reduce el pago de impuestos a la renta en un 150% del valor de sus remuneraciones y beneficios sociales

Exoneración en la importación de bienes y vehículos:

El SNAE señala que aquellas personas que tengan discapacidad pueden importar bienes y vehículos para uso exclusivo en donde va a ver exenciones en cuanto al pago de tributos al comercio exterior. Esta exención se lo hará en base al porcentaje de discapacidad que posea cada persona por lo tanto, para gozar de estos beneficios deberán realizar una solicitud de acceso a la misma.

Otras exenciones

Servicios Básicos:

Serán acreedores a beneficios de los servicios básicos teniendo en consideración que únicamente se les exonera el 50% de los tributos.

Transporte y Espectáculos Públicos:

De la misma forma serán exonerados en 50% todas aquellas personas que posean algún tipo de discapacidad.

De estas apreciaciones en cuanto a los beneficios tributarios que pueden recaer sobre personas en situación de doble vulnerabilidad, vemos como aparte de los mecanismos de protección hacia este grupo de atención prioritaria, es necesario acoplar en nuestro ordenamiento jurídico como bien lo hace el Reglamento a la Ley Orgánica de , esta especie de mecanismos de beneficencia para

este necesitado grupo de personas. La protección especial y la eficacia de esa protección reza sobre todo lo que concierte cuando se habla de las personas de doble vulnerabilidad.

Conclusiones:

• Los derechos constitucionales han dado la pauta para la protección eficiente y eficaz de los derechos de las personas vulnerables, en especial de aquellas que se encuentran en una doble vulnerabilidad de sus derechos como ya se ha podido demostrar a lo largo del presente artículo.

• El estado ecuatoriano a través de sus diversas normas permite que las personas en estado de vulnerabilidad puedan acceder a beneficios y aspectos favorables para su desarrollo y crecimiento.

Autores: Yandry M. Loor Loor & Byron Espinoza Guillén Yandrylooryl_97@hotmail.com, baiiron20@gmail.com

1.Constitución de la República del Ecuador. (2008) Quito: CEP.

2.Pacheco, M. (2017) Poblaciones vulnerables y en situación de vulnerabilidad. UNESCO 3.Ibíd.

4.Racismo etnocentrista: Está basado en la superioridad cultural del propio grupo, por lo que este asume que otros grupos diferentes suponen una amenaza cultural. (2019) ACNUR.

5.Gestión Digital (2020) “Niños y adolescentes, más vulnerables que nunca por la pandemia” 6.Valladolid, V. (2007). Introducción al Derecho Constitucional. Lima: Grijley.

7.Corte Interamericana de Derechos Humanos, Garantías Judiciales en Estados de Emergencia (arts. 27.2, 25 y 8 Convención Americana sobre Derechos Humanos), Opinión Consultiva OC 9/87 del 6 de octubre de 1987, Serie A No. 9, párr. 23. Ver, además, Corte Interamericana de Derechos Humanos, El Hábeas Corpus Bajo Suspensión de Garantías (arts. 27.2, 25.1 y 7.6 Convención Americana sobre Derechos Humanos), Opinión Consultiva OC 8/87 del 30 de enero de 1987, Serie A No. 8, párr. 32. 8.WReglamento a la Ley Orgánica de (2017). Quito.

REPUBLICA

DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI

NOTIFICACION JUDICIAL PARA EL SEÑOR PADILLA PALADINES JORGE ALBERTO

ACTORA: GUARNIZO CISNEROS FERNANDA GABRIELA DEMANDADO: PADILLA PALADINES JORGE ALBERTO JUICIO: ALIMENTOS

CAUSA NUMERO: 17204-2014-0799

CUANTIA: $ 20.637,11

PROCEDIMIENTO: SUMARIO DEFENSA TECNICA: AB. EDUARDO VELOZ CASILLERO ELECTRONICO: 1713618302

CORREO ELECTRONICO: eveloz1981@hotmail.com. CASILLERO FÍSICO:

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, jueves 8 de septiembre del 2022, a las 14h59.- VISTOS. - Agréguese a los autos el escrito de fecha 06 de septiembre del 2022 a las 11h04 presentado por la actora, proveyendo el mismo, se DISPONE: 1) NOTIFIQUESE con la liquidación de fecha 15 de noviembre del 2021 y el presente auto al demandado señor JORGE ALBERTO PADILLA PALADINES, en la dirección indicada en el escrito de fecha 06 de septiembre del 2022 a las 11h04. Mediante DEPRECATORIO dirigido a uno de señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia con Sede en la Parroquia de Iñaquito Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha. 2).- Una vez notificada la parte demandada, se le concede el TÉRMINO DE 5 DÍAS, cancele la suma de USD $ 20637,11 por concepto de pensiones alimenticias, mediante depósito en la cuenta SUPA No 1701-64633 bajo prevenciones de proceder conforme lo dispuesto en el Art. 66 numeral 29 literal c) de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 137 del Código Orgánico General de Procesos, así como la notificación al Consejo de la Judicatura para que ingrese en el Registro de deudores de pensiones alimenticias según el inciso segundo del Art. Innumerado 20 de la Ley Reformatoria al Título V del Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia.-3) En caso de que el deudor presente oposición al mandamiento de ejecución, deberán estar atentas a lo dispuesto en el art 373 del Código Orgánico General de Procesos. NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- f).- DRA. JACKELINE PATRICIA MEZA MERA, JUEZA (E)

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, martes 15 de noviembre del 2022, a las 15h05. – VISTOS: Incorpórese a los autos el escrito de la oficina de citaciones de la Unidad judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia con Sede en la Parroquia de Iñaquito Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha del 19 de octubre del 2022 SUSCRITO por Hernán Stalin Cazar Sánchez, en el cual manifiesta que adjunta la “NOTIFICACION NO REALIZADA”, realizada el día 17 de octubre del 2022, a las 11h40; para que se adjunte al proceso en mención”. - En lo principal: Por cuanto la señora FERNANDA GABRIELA GUARNIZO CISNEROS, bajo juramento ha declarado que pese a las múltiples gestiones realizadas para dar con el paradero del demandado, le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado señor JORGE ALBERTO PADILLA PALADINES, en tal virtud al amparo de lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar por la prensa, con el Auto de fecha 8 de septiembre del 2022, y este auto al señor JORGE ALBERTO PADILLA PALADINES; esto es, mediante tres publicaciones que se harán en fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Pichincha.-Confiérase por secretaria el extracto para las respectivas publicaciones. – NOTIFIQUESE. – f).- DRA. JACKELINE PATRICIA MEZA MERA, JUEZA (E). LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, RECORDÁNDOLE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Y/O CORREO ELECTRÓNICO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES QUE LE CORRESPONDAN.- SAN RAFAEL 17 DE NOVIEMBRE

MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022 La Hora, ECUADOR C3
001-003-2297 CONVOCATORIA FERIA INCLUSIVA FUNDACION SOLIDARIDAD Y EMPRENDIMIENTO FUNSEM No. FI-FUNSEM-005-2022 SERVICIO ALIMENTACION CENTROS INFANTILES Términos de referencia y condiciones publicados en portal SERCOP CPC 632300214 – 255 días laborables 4 ingestas diarias precio 3.07 MÁS IVA INFORMACION: Teléfono: 0992682416 Email: funsem.emprendimiento@gmail.com 001-003-2311
DEL 2022.- CERTIFICO.-

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE EXTRACTO

CITACION JUDICIAL A: MARCOS MELCIADES MARCILLO MEJÍA Y NUBIA MARIANA GARCÍA CEDEÑO

CAUSA NRO. 17314-2022-00118

MATERIA: CIVIL

TIPO PROCESO: EJECUTIVO

ACCION: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN

ACTOR: BANCO SOLIDARIO S.A.

DEMANDADO: GARCIA CEDEÑO NUBIA MARIANA, MARCILLO MEJIA MARCOS MILCIADES

JUEZ: DR. FRANKLIN GONZALO QUINCHE ALVAREZ

FECHA DE INICIO: 8 DE MARZO DEL 2022

SECRETARIO: AB. JEAN PIERRE GUAMANI

AUTO:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CAYAMBE. Cayambe, jueves 10 de marzo del 2022, a las 08h16. VISTOS.- Dr. Franklin Gonzalo Quinche Álvarez, en calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Civil del cantón Cayambe, provincia de Pichincha, designado mediante Acción de Personal Nro. 11005-DNTH-SAF, de fecha 15 de octubre 2013, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, se procede a calificar la demanda de la siguiente manera: PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada por el Banco Solidario S.A., representado legalmente por su Gerente General, Bayron Fidel Durán Pitarque, y éste a su vez por su Procurador Judicial Abg. Segundo Mariano Ipiales Carlosama, es clara y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts. 347.5 y 348 del mismo Código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO: CITACIÓN A LOS DEMANDADOS.- Se dispone la citación a los demandados, señores: MARCOS MILCIADES MARCILLO MEJÍA Y NUBIA MARIANA GARCÍA CEDEÑO, en calidad de deudores principales, en el domicilio señalado en el libelo inicial, debiendo adjuntarse a las boletas de citación copias de la demanda, copias certificadas de los documentos adjuntos y este auto, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de este Complejo Judicial, para el efecto la parte actora en el término máximo de 48 horas proporcione las fotocopias necesarias para la elaboración de las boletas de citación. TERCERO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA.- En aplicación de los Arts. 351, 355 y 333.3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que los demandados contesten la demanda en la cual podrán: 1).- Pagar la obligación demandada; 2).- Formular oposición acompañando la prueba conforme a lo previsto en el Código en referencia. Dentro de la oposición podrá proponer las excepciones previas y taxativas enunciadas en los Arts. 153 y 353 del Código Orgánico General de Procesos. Además deberá adjuntar la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en los Arts. 151 y 152 ibídem, bajo prevención que si la parte demandada dentro del respectivo término no cumple la obligación demandada, ni propone excepciones, o si las excepciones propuestas son distintas a las permitidas en el Código Orgánico General de Procesos para este tipo de procesos, se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del Código Orgánico General de Procesos. CUARTO: ANUNCIO DE PRUEBA.- Agréguese al proceso la documentación adjunta a la demanda. Sobre la admisibilidad de la prueba anunciada por la parte accionante se tratará en la fase correspondiente de la audiencia única que se convoque; y, siempre que exista oposición debidamente fundamentada a la demanda conforme lo previsto en el Art. 354 del Código Orgánico General de Procesos. QUINTO: DESIGNACIÓN DE ABOGADO Y DOMICILIO JUDICIAL.- Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el Abg. Segundo Mariano Ipiales Carlosama; así como también, los correos electrónicos: danyjoao02@hotmail.com, rmiranda@solidario.fin. ec, señalados por el actor para recibir sus notificaciones. Actúe en la presente causa el Abg. Mario Jean Pierre Guamaní Jame, en calidad de secretario titular de este despacho mediante acción de personal Nro. 4185-DP17-2018-VS. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE F). Dr. Franklin Gonzalo Quinche Alvarez. JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CAYAMBE. Cayambe, martes 20 de septiembre del 2022, a las 14h00. Por cuanto el accionante Abg. Segundo Mariano Ipiales Carlosama, en calidad de Procurador Judicial del señor Byron Fidel Durán Pitarque, Gerente General y representante legal del Banco Solidario Sociedad Anónima , ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación inmediato anterior, es decir, ha comparecido a esta Judicatura a declarar bajo juramento que ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los demandados, señores Marcos Melciades Marcillo Mejía y Nubia Mariana García Cedeño, y que se han efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quienes se pide citar por la prensa; en tal virtud, visto el juramento rendido y la documentación presentada por la parte actora se dispone que se CITE a los demandados señores MARCOS MELCIADES MARCILLO MEJÍA Y NUBIA MARIANA GARCÍA CEDEÑO, en la forma prevista en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios escritos (no electrónicos o digitales) de amplia circulación de la capital de la provincia de Pichincha, en razón de que en esta ciudad de Cayambe no se edita uno, para el efecto a través de secretaría entréguese el extracto de la demanda, auto de calificación a la demanda y el presente auto de sustanciación. Conforme a lo dispuesto en los Arts. 351, 355 y 333.3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda. Dentro de la oposición podrá proponer las excepciones previas y taxativas enunciadas en los Arts. 153 y 353 del Código Orgánico General de Procesos. Además deberá adjuntar la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en los Arts. 151 y 152 ibídem, bajo prevención que si la parte demandada dentro del respectivo término no cumple la obligación demandada, ni propone excepciones, o si las excepciones propuestas son distintas a las permitidas en el Código Orgánico General de Procesos para este tipo de procesos, se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del Código Orgánico General de Procesos.

NOTIFÍQUESE

Lo que le CITO a usted para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico, para recibir sus notificaciones.- Certifico.

001-004-2371 MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022 La Hora, ECUADOR C4

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE

EXTRACTO

CITACION JUDICIAL A: ISABEL ELVIA MENESES YÉPEZ Y MENTOR BOLÍVAR ROSERO MEJÍA

CAUSA NRO. 17314-2022-00117

MATERIA: CIVIL

TIPO PROCESO: EJECUTIVO

ACCION: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN

ACTOR: BANCO SOLIDARIO S.A.

DEMANDADO: ISABEL ELVIA MENESES YÉPEZ Y MENTOR BOLÍVAR ROSERO MEJÍA

JUEZ: DR. FRANKLIN GONZALO QUINCHE ALVAREZ

FECHA DE INICIO: 8 DE MARZO DEL 2022

SECRETARIO: AB. JEAN PIERRE GUAMANI

AUTO:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CAYAMBE. Cayambe, jueves 10 de marzo del 2022, a las 08h12.VISTOS.- Dr. Franklin Gonzalo Quinche Álvarez, en calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Civil del cantón Cayambe, provincia de Pichincha, designado mediante Acción de Personal Nro. 11005-DNTH-SAF, de fecha 15 de octubre 2013, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, se procede a calificar la demanda de la siguiente manera: PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada por el Banco Solidario S.A., representado legalmente por su Gerente General, Bayron Fidel Durán Pitarque, y éste a su vez por su Procurador Judicial Abg. Segundo Mariano Ipiales Carlosama, es clara y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts. 347.5 y 348 del mismo Código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO: CITACIÓN A LOS DEMANDADOS.- Se dispone la citación a los demandados, señores: MENTOR BOLÍVAR ROSERO MEJÍA Y ISABEL ELVIA MENESES YÉPEZ, en calidad de deudores principales, en el domicilio señalado en el libelo inicial, debiendo adjuntarse a las boletas de citación copias de la demanda, copias certificadas de los documentos adjuntos y este auto, mediante atento deprecatorio electrónico dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con asiento en el cantón Pedro Moncayo. TERCERO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA.- En aplicación de los Arts. 351, 355 y 333.3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que el demandado conteste la demanda en la cual podrá: 1).- Pagar la obligación demandada; 2).- Formular oposición acompañando la prueba conforme a lo previsto en el Código en referencia. Dentro de la oposición podrá proponer las excepciones previas y taxativas enunciadas en los Arts. 153 y 353 del Código Orgánico General de Procesos. Además deberá adjuntar la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en los Arts. 151 y 152 ibídem, bajo prevención que si la parte demandada dentro del respectivo término no cumple la obligación demandada, ni propone excepciones, o si las excepciones propuestas son distintas a las permitidas en el Código Orgánico General de Procesos para este tipo de procesos, se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del Código Orgánico General de Procesos. CUARTO: ANUNCIO DE PRUEBA.- Agréguese al proceso la documentación adjunta a la demanda. Sobre la admisibilidad de la prueba anunciada por la parte accionante se tratará en la fase correspondiente de la audiencia única que se convoque; y, siempre que exista oposición debidamente fundamentada a la demanda conforme lo previsto en el Art. 354 del Código Orgánico General de Procesos. QUINTO: DESIGNACIÓN DE ABOGADO Y DOMICILIO JUDICIAL.- Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el Abg. Segundo Mariano Ipiales Carlosama; así como también, los correos electrónicos: danyjoao02@hotmail. com, rmiranda@solidario.fin.ec, señalados por el actor para recibir sus notificaciones. Actúe en la presente causa el Abg. Mario Jean Pierre Guamaní Jame, en calidad de secretario titular de este despacho mediante acción de personal Nro. 4185-DP17-2018-VS. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE F). Dr. Franklin Gonzalo Quinche Alvarez. JUEZ

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CAYAMBE. Cayambe, martes 20 de septiembre del 2022, a las 14h04. Por cuanto el accionante Abg. Segundo Mariano Ipiales Carlosama, en calidad de Procurador Judicial del señor Byron Fidel Durán Pitarque, Gerente General y representante legal del Banco Solidario Sociedad Anónima , ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación inmediato anterior, es decir, ha comparecido a esta Judicatura a declarar bajo juramento que ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los demandados, señores Isabel Elvia Meneses Yépez y Mentor Bolívar Rosero Mejía, y que se han efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quienes se pide citar por la prensa; en tal virtud, visto el juramento rendido y la documentación presentada por la parte actora se dispone que se CITE a los demandados señores ISABEL ELVIA MENESES YÉPEZ Y MENTOR BOLÍVAR ROSERO MEJÍA, en la forma prevista en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios escritos (no electrónicos o digitales) de amplia circulación de la capital de la provincia de Pichincha, en razón de que en esta ciudad de Cayambe no se edita uno, para el efecto a través de secretaría entréguese el extracto de la demanda, auto de calificación a la demanda y el presente auto de sustanciación. Conforme a lo dispuesto en los Arts. 351, 355 y 333.3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda. Dentro de la oposición podrá proponer las excepciones previas y taxativas enunciadas en los Arts. 153 y 353 del Código Orgánico General de Procesos. Además deberá adjuntar la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en los Arts. 151 y 152 ibídem, bajo prevención que si la parte demandada dentro del respectivo término no cumple la obligación demandada, ni propone excepciones, o si las excepciones propuestas son distintas a las permitidas en el Código Orgánico General de Procesos para este tipo de procesos, se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del Código Orgánico General de Procesos. NOTIFÍQUESENOTIFÍQUESE

MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022 La Hora, ECUADOR C5
001-004-2371

JUICIO N°17230-2021-05786

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA, Quito, martes 29 de noviembre del 2022, a las 15h07.

EXTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL A: CARLOS AUGUSTO CHAVES VILLAVICENCIO

JUICIO N°: EJECUTIVO – PAGARE A LA ORDEN –

ACTOR: FELIPE ALONSO CABEZAS ALARCON

DEMANDADO: CARLOS AUGUSTO CHAVES VILLAVICENCIO

CUANTÍA: USD. $ 211.080,13

DOMICILIO JUDICIAL: AB. LEONEL ORTEGA SANCHEZ (PROCURADOR JUDICIAL)

OBJETO: Por cuanto la obligación se encuentra vencida de acuerdo con el pagaré que se adjunta como prueba, el mismo que constituye título ejecutivo, conteniendo un obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y líquida; acudo ante usted y en PROCEDIMIENTO EJECUTIVO demando al señor CARLOS AUGUSTO CHAVES VILLAVICENCIO, a fin de que en sentencia se exija el pago de los siguientes rubros: a) El saldo capital del pagaré a la orden, cuya cantidad asciende a la suma de USD. $ 180.00,00; b) El interés de mora en la forma estipulada en el pagaré, desde el vencimiento hasta la total cancelación de la obligación; c) Las costas y gastos judiciales que causen el trámite de esta causa; d) Mis honorarios profesionales de conformidad con la ley.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 27 de mayo del 2021, a las 09h57. VISTOS: AB. GABRIELA ESTEFANIA LEMOS TRUJILLO, avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Jueza Ponente de la Unidad Judicial Civil con sede en el D. M. de Quito, mediante Acción de Personal No. 13244-DNTH-2015-KP, de fecha 22 de septiembre del 2015, en calidad de Jueza Titular. Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal se dispone: PRIMERO.- La demanda presentada, es clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el pagare a la orden que obra en fojas 1 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, 348 y 349 del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP. SEGUNDO.- CITESE con el contenido de la demanda y el presente auto, al demandado CHAVES VILLAVICENCIO CARLOS AUGUSTO, en la dirección que señala en el libelo de la demanda; para tal fin, remítase suficientes copias, para la realización de la boletas de citación; La parte actora proporcione a esta Unidad Judicial suficientes copias para la elaboración de las correspondientes boletas de citación. TERCERO.- En aplicación a lo dispuesto en el artículo 355 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículo 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. CUARTO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios señalados, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada, la cual estará sometida a lo establecido en los Art. 160 y 162 del COGEP. Agréguese al proceso los documentos presentados por el compareciente. QUINTO.- Respecto de la medida solicitada por cuanto los certificados adjuntados se encuentran firmados electrónicamente y conforme la razón del secretario de está judicatura en el que señala que el certificado no es confiable, en tal virtud el pedido deviene en improcedente. L aparte actora deberá presentar los certificados mediante copia certificada notariada de su materialización o su vez mediante CD para su validación y verificación. Téngase en cuenta los casilleros judiciales y electrónicos señalados para el efecto. En virtud del Principio Dispositivo consagrado en el artículo 19 del Código Orgánico de la Función Judicial se solicita a la parte actora brindar las copias necesarias para la realización de las boletas de citación. Actúa el Ab. Edison Fabricio Chicaiza, en calidad de secretario encargado.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- LEMOS TRUJILLO

GABRIELA ESTEFANIA (JUEZA)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.

Quito, miércoles 16 de noviembre de 2022, a las 10h43. En virtud al juramento rendido y de conformidad con el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la parte demandada CHAVES VILLAVICENCIO CARLOS AUGUSTO con numero de cedula 020111877-5, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.-NOTIFÍQUESE. f.: GABRIELA

LEMOS TRUJILLO (JUEZA)

Lo que comunico a Ud., para los fines legales pertinentes, previniéndole con la obligación de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus futuras notificaciones.

MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022 La Hora, ECUADOR C6
001-003-2308

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.