Nacional: 03 de marzo, 2023

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En Pichincha y Galápagos hay más empleo formal

Las dos provincias tienen más del 40% de empleo formal en medio de un mercado laboral con una recuperación insuficiente. En el caso de Pichincha la reactivación ha sido empujada por el comercio, luego la manufactura. Es más, el 40% de las nuevas microempresas se han creado en Quito durante el último año.

150 barrios son más propensos a deslaves e inundaciones

Por su geografía, Quito es una ciudad propensa deslaves e inundaciones. Sin embargo, hay 150 barrios calificados con alta vulnerabilidad ante estos desastres naturales. Conocer si vives en un sector de riesgo permite tener medidas de precaución.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK VIERNES 03 DE MARZO DE 2023
Conozca el camino del juicio político contra el Presidente 4 POLÍTICA Fin de la luna de miel entre Conaie, Fenocin y Feine 6 PAÍS La violencia política es cada vez más letal en Colombia 8 GLOBAL Desacuerdos por nuevos controles antidrogas a buses 9 NORTE
Ecuador
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QUITO
7 REGISTRO. Deslave ocurrido en Nayón. Foto: Quito Informa.

Pirotecnia política

Las272 organizaciones políticas registradas legalmente, en el Ecuador, carecen de luces para alumbrar al Ecuador con derroteros positivos. Se activan solo en antesalas electorales con limitadas agendas. Son activas en reclamar beneficios proporcionales de los $13,5 millones destinados a promoción electoral.

Si de alguna de ellas sabe, es por algún protagonismo parlamentario, porque sus dirigentes son ralos, cuando no anónimos, a excepción de sus caudillos. No promueven participación ciudadana, capacitación política. De sus archivos no salen principios, ideologías filosóficas, si los tienen. Son huérfanos de investigaciones serias sobre la realidad nacional, de su difusión.

Esos $13.5 millones, diluidos, en febrero, en la campaña electoral, podrían distribuirse en proyectos de inversión necesarios en salud, educación, seguridad, por ejemplo.

Si las organizaciones fuesen activas, tendrían aportes seguros de afiliados y simpatizantes, pero su manifiesta inactividad no genera estímulos, protagonismos, representación ciudadana, por lo que se reducen a acrónimos o hacer pirotecnia política, como en la nueva tentativa de cesar al mandatario, ocasionando solaz particular, pero tensando a la sociedad, generando incertidumbre en Ecuador.

Urgen profundas reformas al sistema político, con organizaciones sustentadas en principios, ideologías, filosofías. Las 272 existentes han convertido al país en laboratorio de ‘nuevo modelo de democracia’, en el que no gobiernan mayorías, sino minorías. El vigente régimen de organizaciones políticas lo garantiza.

La lógica reclama civismo, cuya raíz se gesta en el sistema educativo, en el que es imperativo reinsertar clases de historia, filosofía, cívica, ética, abolidas por fatuos manipuladores de los destinos nacionales, opuestos al bienestar nacional.

Urgen reformas no solo al régimen de organizaciones políticas, también al sistema educativo: ¡Ya!

PACO MONCAYO GALLEGOS pmoncayog@gmail.com

Traición a la Patria

Son muy graves los hechos que sacuden estos días la conciencia nacional frente a denuncias que deben investigarse de manera seria, profunda e imparcial, por los organismos competentes Se trata de la presunta vincu-

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador

Editor General: Jean Cano

Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec

Publicidad: publicidad@lahora.com.ec

El 8 de Marzo no es de los políticos

Se avecina el 8 de Marzo y, con ello, una renovada atención sobre las deudas pendientes en materia de género. De manera oportuna, la dirigencia de varios movimientos feministas dejó en claro que, pese a una lamentable coincidencia de fechas que se prestaba a confusión, las marchas conmemorativas de ese día no tendrán carácter partidista ni obedecerán a ninguna agenda política.

Resulta alentador que, paulatinamente, la comunidad esté aprendiendo a evitar que las grandes causas que requieren un compromiso de toda la sociedad sean manipuladas por los actores políticos de turno.

Nosepuede,niporcálculosmaquiavélicos ni por algún rebuscado argumento de ‘interseccionalidad’, contaminar la noble causa de la equidad de género con agendas que obedecen a otros intereses. Esto resulta particularmente indignante

cuando esos mismos movimientos que intentan adueñarse de la lucha feminista mantienen una postura tibia o antiderechos en los momentos determinantes, como se vio en el tema del aborto por violación. Lo mismo sucede cuando echan mano de casos insignes, como el femicidio de María Belén Bernal, para empujar sus agendas o cuando exhiben, en su comportamiento diario y en el funcionamiento de sus organizaciones, los mismos prejuicios que dicen combatir.

Aquellos grupos políticos que presumen de ser ‘antisistema’ o ‘enemigos del capital’ buscan apoderarse del poder de convocatoria y movilización de causas justas —el ambiente, la equidad de género, el bienestar animal, la salud mental, etc.— para fortalecerse y, al mismo tiempo, eliminar a sus potenciales competidores. Está en quienes abanderan las causas, defenderlas del vil oportunismo.

Arqueología y abandono

Unavisión integradora del país debe buscar raíces y encontrar vestigios del pasado para completar la narración histórica como parte del ancestro nacional. Esto valida el papel de la arqueología, lamentablemente, salvo excepcionales periodos, no hemos puesto el necesario interés en la búsqueda y registro de las huellas que permanecen a través del tiempo.

El esfuerzo de los arqueólogos tiene muy poco apoyo del Estado. Lo más notable y bastante conservado se observa en el Austro. Ingapirca y Cuenca muestran afán de conjugar todos los periodos anteriores.

Un lugar poco conocido y explorado son los vestigios de ‘Malqui Machay’ en la provincia de Cotopaxi, en las estribaciones de la cordillera, lugar en el que se aprecia un tramo del ‘kapak ñan’, que sube por la cresta de la loma. Este sitio, según la historiadora y especialista en etnohistoria andina, Tamara Estupiñán Viteri, probablemente guardó la momia del último inca, Atahualpa.

En el lugar, que es propiedad particular, se observan vestigios de muros y explanadas construidos con andesita que se imponen en medio del paisaje subtropical al oeste en medio del verdor de la montaña.

Este sitio debe recibir un aporte del Gobierno nacional y del provincial para convertirlo en memoria histórica y motivación turística para nacionales y extranjeros. Lamentablemente, el poco interés y el nulo aporte gubernamental, como el de los entes provinciales no han permitido aprovechar este basamento arqueológico que como muchos otros en el país no se los explora y desarrolla.

El conjunto de silenciosos testimonios de piedra está a 7 kilómetros de La Maná, en la vertiente occidental de los Andes. Sería fundamental que el Ministerio de Cultura en unión con el de Turismo hicieran un esfuerzo por obtener fondos internacionales y nacionales para recuperar el enorme patrimonio arqueológico que tiene Ecuador.

lación de personas cercanas al Presidente con la mafia albanesa; del archivo, supuestamente por influencia política del proceso de investigación y su calificación como reservado; de las acusaciones en contra de Hernán Luque, al frente del directorio de la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas por designación del Ejecutivo, entre otras.

A esto se suma el informe del Frente Parlamentario Anticorrupción que señala que la red habría iniciado su operación en el Gobierno de Rafael Correa,

continuado con Lenín Moreno y, luego con Guillermo Lasso a quien se le hizo conocer del asunto; la información presentada por Luis Verdesoto, exsecretario de PolíticasPúblicas Anticorrupción en torno a posibles redes de corrupción en las empresas del Estado, sobre la que el Presidente habría solicitadoque no sea entregado a las autoridades pertinentes; y, la denuncia de Anderson Boscán sobre la supuesta entrega de 1.5 millones de dólares de la mafia albanesa a la campaña electoral del actual mandatario.

La Fiscalía General ha iniciado la investigación correspondiente y, por cómo ha actuado su titular, se puede confiar que será imparcial y efectiva. No genera igual confianza la actitud de la Asamblea Nacional, controlada por UNES y el Partido Social Cristiano, empeñados desde hace rato en desestabilizar al país. Conclusiones desmesuradas, como la frustrada de traición a la Patria, no colaboran con el descubrimiento de la verdad, como tampoco lo hacen las amenazas del ingenie-

ro Leonidas Iza convertidas en la espada de Damocles que pende sobre la democracia, la paz y tranquilidad del pueblo ecuatoriano, pues ha logrado convertir la violencia subversiva que él comanda, en la última instancia decisoria en la vida política del país. Los ecuatorianos vamos a estar atentos a que la justicia y no la violencia actúe y brille la verdad, conscientes de que la corrupción, animada por la impunidad, está poniendo en riesgo la propia supervivencia del Estado.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el
Derecho y la Democracia.
Estado de
Los
OPINIÓN 02 O QUITO | VIERNES 03/MARZO/2023
Año: XL No. 13582
escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
eduardofnaranjoc@gmail.com
EDITORIAL

La

hidroeléctrica

Sarapullo está lista para su operación comercial

La Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec EP) solicitó al Operador Nacional de Electricidad (Cenace) que se declare en operación comercial a la Central Hidroeléctrica Sarapullo, de 49 MW (megavatios). Esto significa que ya pueda empezar a facturar sus servicios. Esta central es el primer aprovechamiento del proyecto hidroeléc-

Galápagos y Pichincha son las únicas provincias con más de 40% de empleo formal

El comercio y el turismo apuntalaron los resultados en la capital y las islas. En las provincias amazónicas hay más informalidad.

La falta de empleo de calidad y los bajos ingresos son la raíz de los principales problemas económicos y sociales que padece Ecuador.

Aunque el mercado laboral registra una recuperación desde mayo de 2021, los niveles siguen siendo bajos, sobre todo en la Amazonía y en gran parte de la Sierra Centro.

Según el último estudio anual del Instituto Ecuatoriano de Estadística y Censos (INEC), solo dos provincias en el país tienen porcentajes de empleo formal (al menos el salario básico y 8 horas de labores diarias) que superan el 40% de la Población Económicamente Activa (PEA).

Esas dos provincias son Pichincha, con un empleo formal del 48,24%; y Galápagos con el 52,54%. Además, encabezan la lista de las 14 que incluso superaron los niveles de 2019.

Sin embargo, se debe tomar en cuenta que ese año

el país ya contabilizaba al menos cinco años en picada, sobre todo en su mercado laboral.

Así, según Natalia Arboleda, economista y emprendedora quiteña, la recuperación termina considerándose poca cosa frente a una ciudadanía que viene soportando pérdidas en sus niveles de ingresos y de calidad de vida desde hace tiempo.

“El odiado orden y estabilidad fiscal del Gobierno de Lasso han contribuido a mantener la inflación más baja que en la mayoría de los países de la región; y ha dado cierta certidumbre para invertir y hacer empresa. Eso no es suficiente porque sigue siendo caro hacer negocios en el país; y la inseguridad y el bloqueo político han borrado parte de lo poco avanzado”, dijo.

Comercio y turismo

En el caso de Quito, principal actor de la economía en Pichincha, el motor de la reactivación ha sido el comercio, seguido de la manufactura. Alrededor del 40% de las nuevas microempresas se han creado en Quito durante el último año.

Según información de la Asociación de Bancos Privados (Asobanca), más de 7 de cada 10 dólares colocados en créditos concedidos a lo largo de la provincia

trico Toachi Pilatón (de 254,4 MW) y que se encuentra en la vertiente occidental.

Mientras tanto, avanzan los trabajos de montaje de las unidades de generación de la central Alluriquín (de 204 MW), de acuerdo con el nuevo cronograma establecido. (JS)

Aumento hasta 2% en el empleo formal

de Pichincha se destinaron para financiar actividades comerciales y de microemprendimiento.

En el caso de las Galápagos, el motor ha sido el turismo y los servicios relacionados con esa actividad. En las islas se registró el mayor aumento del empleo formal con respecto a las cifras prepandemia. Eso se debe, sobre todo, a que la llegada de turistas se incrementó en más de un 240% durante el último año, de acuerdo con cifras del Ministerio de Turismo.

Sin embargo, el problema de la economía de las Galápagos es contradictoriamente su extrema dependencia del turismo. Además, debido a los altos costos de transporte, el costo de la vida es hasta 30% más alto que en el resto del país.

Ricardo López, dueño de un pequeño hotel en las islas, confirmó que la economía se ha movido, pero se invierte lo mínimo necesario porque no se sabe qué pasará.

“Todavía estamos pagando deudas de la pandemia y hay mucha incertidumbre. Nos ha favorecido el regreso del turismo, pero también todo está más caro”, puntualizó.

Amazonía en problemas

En todas las provincias

de la Amazonía (Pastaza, Zamora Chinchipe, Sucumbíos, Napo, Orellana y Morona Santiago), el porcentaje de empleo formal actualmente es menor que el registrado en 2019.

En promedio, en esas seis provincias, el porcentaje llega al 18%, es decir, alrededor de 14 puntos por debajo del 32% que promedian el resto de las regiones.

A pesar de su riqueza natural, con los campos petroleros y las grandes minas, la Amazonía tiene niveles críticos de informalidad.

Por eso, Arboleda apunta a que se necesita generar acuerdos urgentes para que se priorice la inversión, tanto pública como privada, en la Amazonía.

A la par de la precariedad en el mercado laboral las provincias amazónicas promedian niveles de pobreza por ingresos que superan el 57% de la población.

“Ahí está un grave problema económico, político y social en donde no solo tiene responsabilidad el Gobierno central; sino sobre todo los gobiernos locales que han hecho muy poco. Algunas autoridades de esas provincias ahora tienen cargos en la Asamblea y nunca han rendido cuentas de qué hicieron por sus comunidades”, dijo Arboleda. (JS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | VIERNES 03/MARZO/2023 I ECONOMÍA 03
TRABAJO. En la capital, la situación es mejor, pero la informalidad se impone en la mayoría del país.
en el empleo formal Decrecimiento en el empleo formal Provincia Manabí Esmeraldas Azuay Chimborazo El Oro Provincia Galápagos Pichincha Carchi Santo Domingo Imbabura Tungurahua Bolívar Guayas Cañar Provincia Pastaza Zamora Chinchipe Sucumbíos Napo Orellana Cotopaxi Loja Los Ríos Santa Elena Morona Santiago 2019 26,86% 21,74% 38,79% 16,14% 37,21% 2019 35,99% 43,56% 24,73% 32,16% 30,10% 24,51% 17,00% 37,44% 26,78% 2019 18,89% 30,84% 24,75% 14,19% 17,58% 25,56% 25,96% 28,60% 30,26% 13,90% 2022 28,39% 23,16% 39,91% 16,66% 37,72% 2022 52,54% 48,24% 28,65% 35,75% 32,66% 27,01% 19,44% 39,71% 28,86% 2022 13,79% 28,07% 22,72% 12,69% 16,41% 24,40% 25,18% 27,90% 30,21% 13,08%
Aumento mayor al 2%

El camino hacia un posible juicio político al Presidente

El pleno de la Asamblea se instalará este 4 de marzo de 2023 para avocar conocimiento y acoger o no la recomendación de la comisión ocasional para que se inicie un juicio político al presidente de la República, Guillermo Lasso.

Los legisladores que investigan la presunta trama de corrupción ‘El gran padrino’ acusan a Lasso de haber adecuado su conducta al cometimiento de delitos contra la seguridad del Estado invocando el artículo 129, numeral 1 de la Constitución, y al numeral 2 (del mismo artículo) por el cometimiento de delitos contra la administración pública, en concreto las infracciones penales de cohecho, concusión y peculado.

El titular del Parlamento, Virgilio Saquicela, aclaró que el juicio político podría activarse sobre la base de una denuncia que presente uno o varios legisladores con el respaldo de al menos 46 firmas y que deberá ir a la fase de sustanciación.

Esta etapa implica que, en un plazo máximo de tres días, Saquicela pondrá en conocimiento del Consejo de Administración Legislativa (CAL), la solicitud de enjuiciamiento político.

A su vez, el CAL deberá verificar que los proponentes del juicio cumplan los requi-

Vamos a hablar todos los integrantes de la comisión para ver si somos los interpelantes del juicio político u otros compañeros, pero el juicio va porque va”.

sitos que se establecen en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL): La solicitud debe estar debidamente fundamentada; debe contener la formulación de los cargos por escrito atribuidos al Presidente, debe contener el anuncio de la totalidad de la prueba que se presentará, así como acompañar con la prueba documental que se

Comisión analiza otras alternativas

° Si la Corte Constitucional (CC) se pronuncia en contra de un juicio al Presidente, la comisión ocasional de la Asamblea integrada por Viviana Veloz (UNES), Pedro Zapata (PSC), Diego Esparza (PSE), Rodrigo Fajardo (ID), Mireya Pazmiño (Pachakutik) y, Augusto Guamán (independiente), ya analiza otras alternativas. “Muchas veces la Corte Constitucional se ha pronunciado a favor del Gobierno, pero queremos que ahora escuche lo que dice el pueblo ecuatoriano”, dijo Mireya Pazmiño.

Al ser consultada si una causal de enjuiciamiento a Lasso podría ser incapacidad mental (para gobernar) en caso de que la CC inadmita el pedido de juicio político, Pazmiño respondió: “Hemos escuchado al presidente decir una cosa y al otro día otra (…) si la Corte no responde al país también tenemos las calles, el pueblo ecuatoriano se estará levantando, pero la solución hay que darla”, añadió.

disponga. La solicitud debe formalizarse con las firmas de al menos una tercera parte (46) de los miembros del Pleno de la Asamblea declarando que las firmas son verídicas y corresponden a sus titulares.

Si el CAL establece que la solicitud de enjuiciamiento no reúne estos requisitos de Ley, dispondrá a los solicitantes que la completen dentro del plazo de tres días o se ordenará el archivo de la solicitud.

Pero, si el CAL verifica que sí se cumplieron los requisitos, remitirá el expediente a la Corte Constitucional (CC) para que emita el dictamen previo de admisibilidad.

Observaciones de forma

Una vez recibido el expediente de la Asamblea, los jueces de la CC se reunirán en una sesión de Pleno, y el expediente se sorteará a un juez ponente.

En un plazo de tres días, el magistrado deberá revisar el expediente para verificar que se cumplan los requisitos de la solicitud y, a su vez, emitir un proyecto que será conocido por el Pleno. El procedimiento está determinado en los artículos 148 y 149 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales.

El juez ponente deberá verificar si la solicitud ha seguido el

POLÍTICA PSC:

trámite previsto en el artículo 129 de la Constitución y en el 87 de la LOFL.

Luego de que el juez ponente verifique los requisitos, el Pleno de la CC debe convocarse en un plazo de 24 horas, y emitir su dictamen en 48 horas. El pronunciamiento debe ser remitido a la Asamblea.

El artículo 89 de la LOFL establece que si el dictamen de la CC es negativo, el Consejo de Administración Legislativa archivará la solicitud. Si el trámite es admitido, en cambio, el presidente de la Asamblea, remitirá el pedido de enjuiciamiento a la Comisión de Fiscalización para que avoque conocimiento y sustancie el trámite de interpelación.

Efectos del dictamen

El artículo 153 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales, dice que si la Corte Constitucional se pronuncia por la constitucionalidad de la solicitud de juicio político, la Asamblea podrá continuar con la interpelación.

Pero, el segundo inciso de este artículo determina que, ni en el caso del juicio político, ni en el del voto de destitución, la CC tiene competencia para pronunciarse acerca de si están probadas las infracciones y la responsabilidad del Presidente. (SC)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO POLÍTICA 04 I QUITO | VIERNES 03/MARZO/2023
Recomendación de comisión no constituye inicio de juicio político a Lasso PAÍS Fenocin denuncia intervención de Iza en asuntos internos de la organización COMERCIO Gobierno reduce aranceles para importación de baterías de litio BOLSILLO
Cinco formas de verificar que le están despachando la cantidad correcta de combustible DEMOCRACIA Ecuador, Dominicana y Honduras experimentan mejoras en su democracia
lahora.com.ec EN LA WEB
DICTAMEN. La Corte Constitucional deberá verificar requisitos de forma.
La Corte Constitucional no tiene competencia para pronunciarse acerca de si están probadas las infracciones y la responsabilidad del mandatario.

La oposición tiene un duro camino para acabar con Lasso

La ilusión de una extrema soledad del Presidente puede que haya lastimado la puntería de los políticos de ánimos sediciosos. ¿Por qué?

ANÁLISIS. La estrepitosa derrota en las urnas del Gobierno, en la consulta popular y en las elecciones, aceleró los ataques en contra de Guillermo Lasso y su Gobierno. En esa línea están juntos correístas, socialcristianos. Algunos de la Izquierda Democrática, Pachakutik. Pero también están, por fuera del Parlamento, la Conaie y los sindicatos de trabajadores.

Parece que es la fórmula perfecta para sacar al Presidente de Carondelet, tal

como lo anhelan. Informe en la Asamblea, más palos y piedras en las calles.

Sin embargo, la ilusión de una soledad en el poder de Lasso ha lastimado la puntería de los políticos de ánimos sediciosos. Aquí hay cuatro razones.

Cuento del padrinazgo tambalea

El informe de ‘El gran padrino’ de la Asamblea Nacional es un cuento. Uno basado en documentos y grabaciones

EXTRACTO PARA PUBLICACIÓN LIQ. SOC. CONYUGAL EXTRACTO

NOTARIA SEGUNDA DE QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que, mediante escritura pública, otorgada ante la Dra. Paola Delgado Loor, Notaria Segunda del cantón Quito, el veinte y cuatro de febrero del 2023, los señores HUGO NAPOLEÓN REINOSO VILLAVICENCIO y MARTA EVARISTA HERRERA MUÑOZ, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, la misma que fue disuelta mediante acta notarial de disolución de la sociedad conyugal, de fecha cinco de noviembre de dos mil diecinueve, otorgada ante la Dra. Paola Delgado Loor, Notaria Segunda del cantón Quito, inscrita en el Registro Civil en la ciudad de Quito, el cinco de noviembre de dos mil diecinueve. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario: disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles de ser necesario, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite, previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores HUGO NAPOLEÓN REINOSO VILLAVICENCIO y MARTA EVARISTA HERRERA MUÑOZ, otorgada ante la Dra. Paola Delgado Loor, Notaria Segunda del cantón Quito, el veinte y cuatro de febrero del 2023, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

que no tienen sustento jurídico. La propia fiscal general, Diana Salazar, ha mencionado que el informe que fue presentado en la comisión no es el mismo que reposa en la investigación previa, que ha sido reabierta sobre las posibles operaciones de la mafia albanesa, grupo dedicado al crimen y al narcotráfico.

La sedición ha superado a la realidad. En lugar de esperar por los tiempos de la Justicia, los parlamentarios que quieren que Lasso salga del poder usan un informe, posiblemente, falso.

Así, apoyados sus inventos en otro posible invento, abonado por un mensaje falso de un involucrado que asegura que ofreció plata a la campaña Creo-PSC, avanzan hacia un juicio político que pudiera convertirse en la segunda mayor vergüenza de la oposición.

La primera fue en junio cuando ya fallaron en el primer intento de sacar al Presidente del poder. Esto pese a las advertencias internas de que no tendrían éxito. Y no obtuvieron los votos.

Eso puede pasar nuevamente. Puede pesar, en los próximos días, que el PSC, según fuentes de ese mismo partido, busca la Presidencia de la Asamblea. Una crisis política puede dejarlos fuera de la silla, que ya casi la tocan con las manos.

Indígenas divididos Leonidas Iza es uno de los políticos que más trabaja en Ecuador. Es innegable. El Presidente de la Conaie ha conseguido que su organización sea determinante, incluso temida en el ámbito político.

La sola mención de un paro nacional de la boca de Iza, que no se ha concretado, pone los pelos de punta a miles. Su arte está en ad-

de hecho, ya iniciaron haciendo pequeños plantones en las calles de algunas ciudades. Pero ya han visto la cercanía del correísmo con Iza, y es algo que no toleran. Pasó en 2019. Eso también juega antes de un posible paro nacional.

ministrar el descontento y, a diferencia del expresidente Rafael Correa, está en carne y hueso dentro del país. Es decir, le lleva ventaja.

Su palabra es como un trueno. Pero que se oye en redes sociales o en la televisión. Casa adentro, en el movimiento indígena, que va más allá de la Conaie, ya se evidencian fracturas. Feine busca mantener la cordura y el diálogo. Fenocin tiene una dura disputa interna por el liderazgo. Y, además, hay líderes históricos que no pliegan a Iza, como el excandidato presidencial Yaku Pérez, y ya se esboza una resistencia.

La Conaie ha sido muy cuidadosa de que sus diferencias no se ventilen públicamente. Pero ya no es posible. Callar es sinónimo de apoyo a Iza.

Algo adicional. Los sindicatos, aunque parece que tienen un discurso cercano al Presidente de la Conaie, no es así. Hay cambios en los tiempos de protesta, por ejemplo.

El inquietante silencio quiteño Luego de la debacle de los partidos políticos quiteños y la derrota ante el correísmo en la Alcaldía y la Prefectura, hay silencio. Este es un vacío en el ámbito público. En lo privado hay una evidente preocupación sobre los distintos escenarios: la caída de Lasso, la posible llegada violenta de Iza a la capital, la falta de voces que defiendan la ciudad, el papel del correísmo ante una protesta subida de tono, un paro nacional.

Incluso el papel que jugarán los militares ante la desestabilización. Hay sectores que ven con buenos ojos, en un caso extremo, que las Fuerzas Armadas se hagan cargo de una transición política que impida que el correísmo y sus acólitos tomen el poder.

Es decir, prefieren a militares antes que al Presidente de la Asamblea, por ejemplo. Posiblemente la milicia, la institución más respetada del país, esté reemplazando a los fracasados y mezquinos políticos quiteños de la centro derecha o que se decían antipopulistas. Los que jamás se unieron. (JC)

Las razones de los militares

° Muchos se preguntan: ¿Qué papel tendrán los militares en el caso de un intento de golpe de Estado?

Para responder se deben considerar tres puntos. Uno, ellos están vigilantes de todo movimiento que hagan las partes en conflicto. Esperan que todo sea legal, constitucional, dijeron desde La Recoleta. Un paso adelante de la raya y habrá intervención, anunciaron en conversaciones con este Diario.

Dos, están muy preocupados por los intentos separatistas en el territorio nacional. La plurinacionalidad es un concepto que está avanzando para crear territorios donde el Estado ecuatoriano no tenga el control. Incluso están en la mira de los uniformados dos sectores de Quito, Cutuglagua y San Miguel del Común. Tres, lo que han ganado en el último año no lo quieren perder. El correísmo, integrado también por exguerrilleros y simpatizantes de la narcoguerrilla colombiana, golpearon duramente la estructura de FF.AA. y van recuperándose con la ayuda de la política del actual Gobierno y del apoyo de países amigos.

Así, las FF.AA. se pueden convertir en el último fortín ante los sediciosos conectados con el Socialismo del Siglo XXI, el separatismo y la narcopolítica. Una amenaza, han dicho desde Carondelet, que es para todo el país y no únicamente para Guillermo Lasso. Ese, justamente, es el punto central de la estrategia gubernamental para frenar la sedición.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | VIERNES 03/MARZO/2023 I POLÍTICA 05
REGISTRO. En la foto desde la derecha: el general Nelson Proaño, jefe del Comando Conjunto; el vicepresidente Alfredo Borrero; el presidente Guillermo Lasso; y el ministro de Defensa, Luis Lara.
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Presiones de Iza resquebrajan la unidad de los grupos indígenas

La Fenocin acusa al Presidente de la Conaie de intervenir en sus asuntos internos, mientras la directiva de la Feine sigue sin tomar una determinación.

sionista en la Fenocin.

Señor Leonidas Iza deje de estar entrometiéndose en la Fenocin, señor Iza deje de estar empujando a Hatari Sarango para que nos divida , le exigimos respeto. Somos una organización independiente”, precisó.

El 24 de febrero, en el mismo escenario en el que la Conaie desarrolló su Consejo Ampliado, un grupo de la Fenocin encabezado por Sarango se autoconvocó para destituir a la junta directiva presidida por Espinosa y proclamar nuevas autoridades.

Hatari, quien fue designado presidente de la Fenocin por ese grupo, acusó a Espinosa de cometer irregularidades e indicó que iniciaban un proceso de evaluación de los acuerdos y de todas las decisiones tomadas por la directiva destituida.

Las divisiones en el movimiento indígena siguen tomando fuerza y la unidad de criterios que fortaleció las movilizaciones de junio de 2022 se resquebraja a tres meses de finalizadas las mesas de diálogo con el Gobierno.

Para la dirigencia del movimiento indígena, la firma de los 218 acuerdos con el régimen fue una importante victoria tras 19 días de paro nacional , nueve muertos y 318 heridos.

El movimiento indígena estaba encabezado por Leonidas Iza, presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), Gary Espinosa, presidente de

la Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras (Fenocin) y Eustaquio Tuala, líder del Consejo de Pueblos y Organizaciones Indígenas Evangélicas del Ecuador (Feine).

Estas organizaciones acordaron realizar una evaluación al cumplimiento de los acuerdos alcanzados con el Gobierno tres meses después de finalizadas las mesas de trabajo, plazo que se cumplió el 18 de febrero de 2023.

Pero, tras la victoria del NO en la consulta popular, inició la presión sobre el Gobierno y su presunta falta de cumplimiento a los acuerdos. Aunque en el interior

de las organizaciones que integran al movimiento indígena no hay consenso al respecto.

Silencio y divisiones

La Conaie, liderada por Iza, emitió, el pasado viernes, una resolución indicando que abandonaba la mesa de seguimiento de los acuerdos y que mantendría la exigencia para que los mismos sean respetados por el Gobierno del presidente Guillermo Lasso.

En ese momento, Iza cuestionó que no hubo voluntad política por parte del Gobierno para su cumplimiento. “Es por ello que desde la Conaie rompemos este proceso de diálogo y nos

Rafael Correa es el mejor valorado de Ecuador, según encuesta

El expresidente Rafael Correa es la personalidad pública de Ecuador con mayor opinión favorable. Según un estudio realizado en enero por la encuestadora Gallup , el exmandatario, quien tiene una sentencia por corrupción y está prófugo de la Justicia, logró el 55� de

opinión favora ble de los consultados

La empresa realizó el estudio a través de preguntas a 1.200 personas con teléfonos móvi -

les en cada uno de los 13 países que fueron evaluados.

Correa se encuentra exiliado en Bélgica desde 2017 y el 22 de abril de 2022

retiramos de estás mesas de seguimiento”.

Pero fue un anuncio en solitario. Es más, el líder de la Conaie manifestó su respeto a la autonomía de las diferentes organizaciones. No obstante, ha mantenido silencio sobre los últimos señalamientos de intervención en los asuntos internos de los otros colectivos

Gary Espinosa, presidente de la Fenocin, por ejemplo, denunció este 2 de marzo la intromisión de Iza, en los asuntos internos de dicha organización.

Según Espinosa, Iza estaría usando al dirigente Hatari Sarango para iniciar un movimiento divi-

le fue concedido el asilo político por el Gobierno de esa nación.

A pesar de la distancia, Correa ha sido un actor importante en el escenario político del país , acompañando a los líderes del Movimiento Revolución Ciudadana.

Sobre Rafael Correa pesa una sentencia de ocho años de prisión por el delito de cohecho agravado en la trama de corrupción ‘Sobornos 2012-

Feine llama a la mesura Por su parte, la directiva de Feine a través de su presidente, Eustaquio Tuala, hizo un llamado a la mesura y a la voluntad política para alcanzar la solución a los problemas del país.

“Cada día se ponen cartuchos para enfrentar políticamente y socialmente. El país necesita la mesura, el país necesita la paz y la tranquilidad”, indicó el lunes a LA HORA.

Tuala dijo que esperan tener una posición el día miércoles, pero, hasta el cierre de esta edición, no tomaron una determinación

El dirigente considera que la mejor opción para el país es exigir “que se cumplan las decisiones que se han tomado” previamente. (ILS)

2016’, por el que solicitó su extradición al Gobierno de Bélgica.

La personalidad más destacada en América Latina, según el estudio de Gallup, fue el presidente salvadoreño Nayib Bukele, quien cuenta con una opinión favorable del 92� de los encuestados, seguido por el mandatario de Costa Rica, Rodrigo Cháves, quien recibió el 83% de opinión favorable. (ILS)

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POLÉMICA. Leonidas Iza, presidente de la Conaie, es acusado de entrometerse en los asuntos internos de Fenocin.

150 barrios son más vulnerables a desastres

Lluvias, derrumbes e inundaciones afectan a la capital, aunque hay zonas que son más vulnerables.

No es una simple percepción que cada año llueva más. De hecho, la situación empeorará en el futuro, no solo por la falta de políticas con enfoque de prevención y gestión de riesgos, sino por el comportamiento de quienes minimizan el impacto de sus acciones sobre el ambiente.

Más calentamiento Los datos del Ministerio del Ambiente detallan que entre 1960 y 2010 la temperatura en Ecuador aumentó un grado celsius. Mientras, desde el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (Inamhi) se prevé que entre 2040 y 2070 haya un aumento de 2,7 grados celsius en la temperatura promedio.

TOME NOTA

Medidas preventivas ante inundaciones y deslizamientos.

Las proyecciones del cambio climático en Ecuador son alarmantes, ya que con el aumento de un grado en la temperatura promedio se han registrado precipitaciones de 75 milímetros por metro cuadrado, cuando el promedio normal es de dos

milímetros

Solo en Quito, la lluvia registrada el 31 de enero de 2022 provocó un aluvión que dejó 29 muertos y 53 heridos. El agua que cayó ese día, según los técnicos, equivaldría a lo que debió registrarse en todo un mes.

Tras el aluvión, el Municipio de Quito creó un Plan de Prevención y Respuesta a Eventos Climáticos, desde el

equipo técnico del Centro de Operaciones de Emergencia (COE) Metropolitano de la Empresa Pública EMSeguridad.

Con esto – según el Municipio de Quito– es posible determinar la dimensión de la vulnerabilidad de Quito ante desastres naturales y cuáles son las zonas más vulnerables.

En el Plan de Prevención y Respuesta a Eventos Climáticos se detalla que hay 150 barrios de 1.277 barrios que son más propensos a deslizamientos de tierra o inundaciones. (AVV)

EL DATO

En los últimos 14 años, la mayoría de inundaciones se registraron en el norte principalmente: Las Acacias, Jipijapa, Tenis Club, Granda Centeno, Unión Nacional, Granada, Voz de los Andes, Batán Bajo, Maldonado, Iñaquito y Chaupicruz.

En enero de 2023 hubo 240 eventos de emergencias a causa de las lluvias.

En total, son 78 barrios propensos a deslizamiento de tierra:

Adm. Zonal Sector

Calderón

Centro

Carapungo

Dos puentes, La Independencia, La Loma, La Recoleta, El Sena, La Victoria, Larrea, Libertad Bajo, Miraflores Bajo, Panecillo, San Juan, San Roque, Santa Lucía Baja, Jardín del Valle, San Blas.

Álvaro Pérez, Calzado, 1 Mayo, Chahuarquingo, Chimbacalle, Clemente Ballén, Doscientas Cascadas, El Carmen, Ferroviaria Baja, Germán Ávila, Los Andes, Luis A. Valencia, Mayorista, México, Pío XII, Recreo CC, Recreo Clemencia, San Agustín, San Luis, San Bartolo, Solanda, Turubamba Alto y Bajo, Yaguachi.

Agua Clara, Collaloma, Consejo Provincial, Cristianía, Cristianía 2, El Rocío, La Ofelia, Nazareth.

Chillo Jijón

Batán Bajo, Benalcázar, Chaupicruz, Cochapamba Norte, Iñaquito, Jipijapa, La Carolina, La Colón, La Florida, La Pradera, La República, Maldonado, Mariana de Jesús, Mariscal Sucre, Ómnibus Urbano, parque La Carolina, Pambachupa, San Carlos, Santa Clara de San Millán, Voz de los Andes.

Caupicho 1 y 2, Guamaní Alto, La Perla, Las Orquídeas, Venecia 1, Manuela Sáenz, Tréboles del Sur.

Por otra parte, los barrios con riesgo de inundaciones son 72: sectores con riesgo de movimiento de masa, en el listado emitido por el COE metropolitano constan los siguientes:

Barrios

1 de Mayo Monjas, Aída León, Argelia Alta, Bellavista, Carapungo, Cebollar, Chahuarquingo, El Bosque, El Mirador, El Pinar Alto, El Tejar, Forestal Alta, Hierba Buena 2, Itchimbía, La Comarca, Las Bromelias, Lucha de Los Pobres.

Ana María Bajo, Angamarca, Área de Protección, Atucucho, Bellavista, Bolívar Rodríguez, Buena Esperanza, Buenos Aires, Carmen Bajo, Catequilla, Nayón Central, Chiche, Cochapamba Norte y Sur, Parcayacu, Collaquí, Colmena Alta, Comité del Pueblo, Corazón de Jesús, Cristianía 2, El Arenal, El Armero, El Calvario, El Placer, Empresa Eléctrica, González Suárez, Gualo, Guápulo, Hacienda Santa María, Jacarandá, Jardines del Inca, Jesús del Gran Poder, La Bota, La Cantera, La Cocha, La Concepción, La Cruz de Puembo, La Delicia, La Floresta, La Independencia, La Libertad Alto, La Primavera, La Pulida, El Sena, La Tola Alta, La Vicentina, Las Orquídeas, Libertad Bajo, Los Laureles, Lotización Quingaiza, Lumbisí, Luz y Vida, Madrigal, Marquesa de Solanda.

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Norte
Eloy Alfaro La Delicia Los Chillos
Quitumbe
DESASTRE. El aluvión de La Gasca ocurrió en 2022 y dejó 29 muertos.

‘Coyotes’ usan drones para vigilar a la Patrulla Fronteriza de EE.UU.

WASHINGTON. Los ‘coyotes’ (traficantes de personas) usan drones para vigilar a la Patrulla Fronteriza, que también emplea los vehículos aéreos no tripulados para vigilar a los contrabandistas de migrantes, informó este 2 de marzo de 2023 la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza. “El uso de drones por parte de los contra-

La violencia política es más letal en Colombia

Un estudio señala que desde octubre de 2022 los hechos de violencia política se registran cada dos días.

bandistas de personas para vigilar a la Patrulla Fronteriza es una tendencia creciente”, dijo Aaron Heitke, jefe del Sector San Diego de la Patrulla Fronteriza. “Esta tecnología proporciona a las organizaciones criminales trasnacionales nuevas capacidades que están ansiosas por aprovechar”, agregó el funcionario. EFE

EXTRACTO

LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL DE PACO RICARDO SOSA HARO, Y NANCY PATRICIA SOCASI TAYUPANTA NOTARIA CUARTA DEL CANTON QUITO:

Pongo en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mí Doctor ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA, NOTARIO CUARTO DEL CANTON QUITO, los señores PACO RICARDO SOSA HARO, y NANCY PATRICIA SOCASI TAYUPANTA, contrajeron matrimonio civil el QUINCE de OCTUBRE de MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS, conforme consta de la copia certificada del Acta de Inscripción de Matrimonio que se adjunta; y disolvieron de mutuo acuerdo la Sociedad Conyugal mediante escritura pública de fecha OCHO de SEPTIEMBRE del DOS MIL CUATRO, otorgada ante el JUEZ DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA del Cantón Quito, debidamente marginada en la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación el Acta de Disolución de Matrimonio, conforme se desprende de la referida Acta de Inscripción de Matrimonio antes referida. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, celebrada ante mí Doctor ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA, NOTARIO CUARTO DEL CANTON QUITO, dos de febrero del año dos mil veintitrés, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo Sexto de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial número Cuatrocientos seis de fecha veinte y ocho de Noviembre del dos mil seis, que faculta a los Notarios disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, correspondientes la escritura de la liquidación de la Sociedad Conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal. Mediante una sola publicación, en uno de los periódicos de circulación Nacional, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores PACO RICARDO SOSA HARO, y NANCY PATRICIA SOCASI TAYUPANTA, otorgada mediante escritura pública antes indicada, por el término de veinte (20) días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, a tres de febrero del año dos mil veintitrés.

BOGOTÁ. En Colombia se ha presentado un hecho de violencia política cada dos días desde el 29 de octubre de 2022, cuando arrancó el calendario electoral para los comicios locales de este año, lo que supone 41 hechos asociados, entre ellos 11 homicidios, documentó un informe de la Fundación Paz y Reconciliación (Pares) publicado este jueves.

En el documento se advierte sobre prácticas “ dañinas para la democracia colombiana que aún persisten en el sistema político y contribuir a la mejora de la democracia local” en el marco de los comicios por las

gobernaciones, alcaldías, asambleas, concejos y juntas administradoras locales.

Durante los cuatro meses que van del calendario electoral se registraron 64 víctimas de violencia electoral en 41 hechos asociados: 11 fueron asesinadas, 10 sufrieron un atentado y 43 fueron amenazadas.

Vínculos con corrupción

Aunque en este periodo se han registrado menos hechos de violencia, se ha observado “un repertorio de victimización más agresivo”, según Pares, que alertó que “sigue existiendo correlación entre violencia y co-

Mayor daño directo a la vida

° Aunque en comparación con el período electoral equivalente inmediatamente anterior (28 de octubre de 2021 al 28 de febrero de 2022) el número total de hechos de violencia política disminuyó, Pares alertó que mientras en el período 2021-2022 los eventos violentos que representaban un daño directo a la vida representaron el 9% de la totalidad de hechos de violencia, en el período 20222023 este porcentaje es del 51%. “Menos hechos, mayor daño y letalidad”, concluyó el documento presentado este jueves.

rrupción”.

Entre los hechos más graves que destaca el informe está el atentado contra la congresista Aida Quilcué el 29 de octubre de 2022, que se suma a múltiples amenazas que ha recibido en el pasado en su contra, y el asesinato del periodista y denunciante de corrupción Wilder Alfredo Córdoba en noviembre de 2022 en Nariño.

También dos asesinatos en la misma semana de miembros del Pacto Histórico en el departamento de Bolívar y los explosivos hallados cerca de la antigua vivienda de la vicepresidenta colombiana, Francia Márquez, en Suárez, Cauca, días antes de una visita. EFE

EL DATO

REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DEL TRABAJO EXTRACTO

VISTO BUENO N° 314859-2023-AMIM

ACTOR: MOSQUERA LEMA FANNY YOLANDA

DR. WILMER TORAR ROMO CASILLERO JUDICIAL No. dr.winertobar.24@ hotmail.com

ACCIONADO: LUZON CASTILLO ANGELA ELIZABETH

CAUSAL: Numeral 1 del Art. 172 del Código del Trabajo:

Dentro del Trámite de visto bueno N° 314859-2023-AMIM, que sigue el/la señor/a

MOSQUERA LEMA FANNY YOLANDA en su calidad de empleador, en contra del/ de la señor/a LUZON CASTILLO ANGELA ELIZABETH, en su calidad de Trabajador, se ha dictado lo que sigue:

INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 27 de febrero del 2023, a las 08H00. Dentro del trámite de Visto Bueno N° 314859-2023-AMIM, que sigue el señor (a) MOSQUERA LEMA FANNY YOLANDA en calidad de empleador en contra del señor (a) LUZON CASTILLO ANGELA ELIZABETH en calidad de trabajador. En lo principal se dispone: 1) Agréguese a los autos el memorial presentado por la parte accionante.- 2) De conformidad con lo establecido en el inciso 3 del Art. 9 del Acuerdo Ministerial No. MDT-2021-219 y considerando que la parte actora ha manifestado bajo juramento, desconocer el lugar de domicilio actual de la parte accionada, con la copia del extracto de esta providencia, notifíquese al trabajador mediante 1 (una) publicación a realizase, en periódico de amplia circulación de esta ciudad, previniéndole al accionado que de no dar contestación al petitorio en el término de 22 (veinte y dos) días, a contarse a partir de la última publicación, se continuará con el trámite en su rebeldía.- 3).- Se advierte al accionado de su obligación de señalar casilla judicial, para futuras notificaciones.- 4).- Las publicaciones por la prensa deberán remitirse a este inspector en el término de 10 días contados a partir de notificación con la presente providencia, bajo prevención de ordenar el archivo del expediente en caso de no dar cumplimiento- NOTIFÍQUESE. f) AB. ANA MARÍA IDROBO M.

de 2022.

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DEMOCRACIA. Colombia celebrará el 29 de octubre elecciones regionales. (Foto: Twitter)
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El mes con más hechos violentos registrados es noviembre

Desacuerdos por cambios en controles antidrogas a buses

Los conductores de Carchi están en desacuerdo con que se les ponga un sello en las puertas al salir de la terminal terrestre de Tulcán.

CARCHI.- El plan piloto para cambiar los controles antidrogas a los buses interprovinciales que se ejecutan en el Control Sur, deberá esperar.

A pesar de que se anunció que desde el 1 de marzo de 2023 la revisión de buses y equipajes pasaba a la terminal terrestre de Tulcán, la negativa por parte de la mayoría de conductores, según la Unión de Cooperativas de Transporte de Pasajeros de Carchi, obliga a que se organicen nuevas reuniones entre las autoridades locales, de transporte

y Policía, para plantear otras soluciones.

El problema que quieren solventar los transportistas es reducir los tiempos de espera de las unidades de transporte que salen de Tulcán en el Control Sur, donde la Policía Nacional hace los controles antidrogas.

Según los choferes, en este sitio la demora va desde 30 minutos hasta más de una hora, lo que, principalmente, causa molestia a los pasajeros, por la pérdida de tiempo que ellos consideran se genera al esperar que se revise el bus y los equipajes.

FUNDACIÓN HOGAR DE LA PERSONA ADULTA

MAYOR SANTA CATALINA LABOURÉ

CODIGO FI-FHAMSCL-001-2023

SECCIÓN I CONVOCATORIA

La FUNDACIÓN HOGAR DE LA PERSONA ADULTA MAYOR

SANTA CATALINA LABOURÉ convoca a través del Portal Institucional de Servicio Nacional de Contratación Pública, periódico local o radio, a todas las personas naturales o jurídicas, ya sea de manera individual o a través de asociaciones o consorcios o por compromiso de asociación o consorcios, que estén domiciliadas en la provincia de Pichincha en el cantón Quito para la presentación de ofertas relacionadas con la: SERVICIO DE ENTREGA DE VARIOS PRODUCTOS PARA LA PREPARACIÓN DE LA ALIMENTACIÓN PARA EL CUIDADO DE LOS ADULTOS MAYORES

DEL LA FUNDACIÓN HOGAR DE LA PERSONA ADULTA MAYOR

SANTA CATALINA LABOURÉ, que estén habilitadas en el Registro Único de Proveedores - RUP, que será publicada en el Portal de Compras Públicas en el mes de marzo de 2023.

Yaco Martínez, gobernador de Carchi, expuso que este fue un pedido de la transportación de Carchi, planteado incluso antes de la pandemia de COVID-19 , pero este año se trató con la Policía Nacional y su servicio Antinarcóticos.

Oposición

Renán Vásquez, presidente de la Unión de Cooperativas de Transporte de Pasajeros de Carchi, mencionó que a pesar de las reuniones mantenidas con las autoridades y los dirigentes , no todos están de acuerdo con las nuevas medidas

Señaló que más del 90% de choferes está en des -

acuerdo con la iniciativa de colocar sellos en las puertas de los buses interprovinciales al salir de la terminal terrestre, como parte del proceso que pretendía que los controles antidrogas pasen a la terminal.

Con esto se esperaba que los policías tengan en la misma terminal un sitio para revisar el equipaje antes de que los pasajeros aborden los buses, para luego colocar un sello en la puerta de cada unidad revisada, el cual no se podía sacar hasta Julio Andrade, a unos 25 kilómetros, para que no se recoja pasajeros con equipaje sin revisar fuera de la terminal.

“En su mayoría nadie es-

Pocos pasajeros y muchas frecuencias

° La transportación de pasajeros de Carchi denuncia que actualmente los buses salen con menos de 10 pasajeros, en la mayoría de los casos, señalando a la creación de nuevas frecuencias como una de las causas, por lo que piden a las autoridades nacionales tomar cartas en el asunto.

“Los buses están saliendo con uno, dos, tres o cuatro pasajeros. En el tiempo del mayor éxodo de venezolanos es cuando hubo gran flujo de pasajeros y otras operadoras se apoderaron de ello y crecieron en frecuencias, pero en la actualidad estamos dándonos cuenta de la realidad que tiene la transportación en Carchi, disminuyendo en su 100%, por lo que estamos con desesperación total porque no alcanza para pagar las unidades”, dijo uno de los conductores.

Por su parte, Renán Vásquez, presidente de la Unión de Cooperativas de Transporte de Pasajeros de Carchi, denunció públicamente que en pandemia se otorgaron nuevas frecuencias, “por lo que ahora estamos saturados, lo que ha hecho mucho daño porque hay operadoras que tienen más de 30 frecuencias o rutas”.

tuvo de acuerdo. Primero, porque de alguna manera afecta al usuario; y segundo por la situación actual que vivimos en la transportación, donde prácticamente está mal el trabajo (…). Entonces la última resolución tomada es que no vamos a aceptar colocar sellos en las unidades”, dijo.

Agregó que consideran necesario que se analice que en Mascarilla, en Imbabura, “máximo se demoran cinco minutos en el control los agentes de Antinarcóticos, lo que no sucede acá en Tulcán”.

“No estamos con esto juzgando el trabajo de los policías, sino dándoles esa comparación para que de alguna manera podamos impulsar que se solicite mayor personal o se agilite el control a la salida de la urbe”, dijo, al enfatizar que “es responsabilidad netamente del Gobierno Nacional el control antidrogas , mas no de los transportistas”.

Los conductores de buses concuerdan en que se debe adoptar medidas para garantizar los controles antidrogas y reducir el tiempo de espera de los pasajeros, señalando que primero se debe socializar con quienes están a cargo de las unidades, para que no exista ese rechazo a futuro. (FV)

EL

Desde la terminal terrestre de Tulcán salen más de 100 buses al día.

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REVISIÓN. Por el momento, los buses tendrán que seguir cumpliendo las revisiones antidrogas en el Control Sur de Tulcán.
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DATO

Inseguridad obliga a pequeños negocios a atender a través de pequeñas ventanas

Esta medida es una respuesta ante los hechos delictivos registrados en Ambato. Otros locales también optan por la instalación de cámaras de seguridad y rejas que les den protección.

Propietarios de negocios en Ambato decidieron cerrar las puertas de sus establecimientos para atender detrás de grandes rejas o pequeñas ventanas.

Los dueños de las tiendas aseguran que esta medida es una respuesta a la inseguridad que actualmente se vive en la ciudad.

El objetivo de esto es minimizar el contacto con los clientes para precautelar su seguridad en caso de robo.

Situación

Carmen Bastidas, propietaria de una tienda en el barrio Letamendi, contó que decidió impedir el paso de sus clientes al negocio porque fue víctima de varios robos.

El modus operandi de los delincuentes consiste en hacer que el tendero se descuide para de manera rápida sustraerse los productos que están en las perchas.

“Muchas veces se llevaron gaseosas, aguas y otras cosas pequeñas que pueden guardarse en los bolsillos”, aseguró Carmen, quien abrió su negocio hace dos años aproximadamente.

EL DATO

Los propietarios de los negocios realizan fuertes inversiones de dinero para estar seguros en sus locales

der así porque tengo que cruzar dos o tres veces todo el local para atender a un cliente, también entiendo que es por seguridad y es necesario acostumbrarse”, aseguró.

Con este antecedente, la mujer optó por cerrar la puerta principal de la tienda e instalar una pequeña ventana que no supera los 50 centímetros de ancho para poder vender.

“Así me siento más segura porque el barrio mismo es peligroso y uno nunca sabe lo que puede pasar”, mencionó la comerciante.

Un caso similar es el de Ramiro Carrillo, quien atiende una farmacia en el barrio Simón Bolívar, él tuvo que acostumbrarse a atender tras unas grandes rejas instaladas en la puerta del local hace tres meses.

“Es un poco tedioso ven-

Más seguridades En otros negocios también se optó por la instalación de cámaras de seguridad , dispositivos que ayudan a los propietarios a controlar las acciones que realizan sus clientes dentro de los establecimientos.

En el minimarket de Fátima Jerez están instaladas

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE QUITO

Los señores Jueces, Secretarios, Ayudantes Judiciales y personal administrativo lamentan el fallecimiento de la señora

MARIA AUGUSTA BURNEO VALDIVIESO

Madre de nuestro querido amigo, Dr. JOSE ANTONIO BURNEO BURNEO, Juez del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo de Quito.

Recibe nuestras más sentidas condolencias en estos momentos de profunda tristeza.

Oramos por su eterno descanso y para que la paz y el consuelo del Señor los acompañen y fortalezcan.

Paz en su tumba.

Quito, 23 de febrero de 2023.

ocho cámaras, una en cada pasillo, en la entrada y en la caja, además se colocaron sensores en los ingresos para evitar que la gente robe los productos de las perchas.

La dueña de este negocio asegura que en más de una ocasión sorprendió a personas tratando de robarse cosas, afortunadamente dice, ninguno de estos hechos fue violento. (RMC)

PAGO DE UTILIDADES EJERCICIO FISCAL 2022 EX COLABORADORES

HOSPITAL METROPOLITANO S.A.S comunica al personal que trabajó durante el años 2022 y que requiera actualizar la información personal así como la de sus cargas familiares, que la recepción de estos documentos se recibirán hasta el 17 de marzo de 2023 en el siguiente horario de atención en las oficinas de Talento Humano del Hospital Metropolitano. Horario de Atención: De 09:00am a 17:00pm

Documentos necesarios para actualizar información de ex colaboradores:

- Copia de cédula de identidad: Actualizada y legible

- Copia de cédula de identidad de sus cargas: Actualizada y legible. (Hijos menores de 18 años al 31 de diciembre del 2022, Hijos con discapacidad de cualquier edad que dependan del excolaborador, conyugues y convivientes en unión de hecho legalmente reconocida)

- Copia carné del CONADIS o del MSP: Actualizada y legible (cargas con discapacidad)

Los ex colaboradores que tuvieron cambios de su estado civil, al 31 de diciembre de 2022 deberán entregar los siguientes documentos de respaldo:

- Acta de matrimonio: Original o copia legible

- Declaración juramentada de unión de hecho

- Sentencia de divorcio: copia legible

Para modificación de la cuenta bancaria registrada previamente, le solicitamos entregar los siguientes documentos:

- Certificado bancario en el que conste el número de cuenta del ex colaborador. (Bco. Pichincha o Pacífico)

Agradecemos su atención

DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO

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SITUACIÓN. Los dueños de tiendas venden sus productos a través de pequeñas ventanas.

El Museo de Quevedo conserva unas 470 piezas arqueológicas

En la Ciudadela Municipal permanece este lugar donde reposan piezas importantes de varias culturas. Los recorridos transmiten historia.

La vista panorámica de las riberas del río Quevedo son parte del atractivo que tiene el museo, donde reposan varias piezas arqueológicas.

Una casa con más de cien años de antigüedad, es considerada patrimonio arquitectónico nacional, y es donde se exhiben aproximadamente 470 piezas primitivas.

El coordinador de la Unidad de Arte y Cultura de la Dirección en Gestión de Turismo, Educación, Deportes, Arte y Cultura, Carlos Garzón, detalló que uno de los proyectos que tienen planificado para esta temporada, es implementar la sala Afro, así la ciudadanía podrá conocer más de esta cultura.

Explicó que, al momento el área del museo fue acondicionada con una imagen renovada, en la cual se exhiben importantes piezas arqueológicas de culturas preincaicas del Ecuador y la cultura montubia.

La idea es que esta casa, que es patrimonio cultu -

ral, a escala nacional, se convierta en un espacio para la investigación y reconocimiento de la historia, identidad y cultura de la localidad.

La misma que puede ser visitada por estudiantes de escuelas, colegios y universidades, así como turistas de otras provincias y países.

Los objetos que más llaman la atención son las vasijas funerarias para adultos y niños; están al ingreso del museo. Garzón dice que en aquellas grandes ollas eran enterrados los difuntos con sus pertenencias... “porque creían que las necesitarían en la otra vida”.

“Es importante contar con un museo para que los

Se solicita a todos los Ex Empleados de la compañía MUZALPHARMA S.A., que laboraron durante el ejercicio económico comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno, acercarse a las dependencias de la compañía o contactarse a través del número de teléfono (02) 2063885 de lunes a viernes, en el horario de 8:00a.m. a 17:00p.m., a efectos de poder coordinar el cobro y retiro de las utilidades correspondientes a dicho periodo. La

ciudadanos lo visiten y conozcan las piezas arqueológicas de 500 años antes de Cristo y 1.500 después de Cristo”, dijo Garzón. Este lugar cuenta también con un espacio de difusión artística y cultural, para el conocimiento y valoración del arte. El museo guarda restos arqueológicos de la cultura Milagro - Quevedo del periodo de integración. Existen piezas como: aretes, narigueras y herramientas, en los que sobresale el uso de metales en 21 combinaciones como oro, plata, cobre. (VV)

EL DATO

Entre la variedad de objetos arqueológicos hay una piedra pequeña, redonda y aplanada con gráficos circulares en sus dos caras.

De la cultura Tolita hay dos estatuillas antropomorfas, una con figura de hombre y otra de mujer. Son un referente del culto a la fertilidad.

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VISITAS. En este lugar se puede conocer acerca del patrimonio cultural de Quevedo.
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Cangrejos regresan en época de cuaresma

Los comerciantes están a la expectativa para ofertar el crustáceo a sus clientes.

Desde hoy, viernes 3 de marzo, el paladar de los santodomingueños disfrutará el delicioso sabor de los diferentes platos gastronómicos que se preparan con cangrejo.

La primera veda correspondiente al año 2023 finalizó de manera exitosa y se normalizó la actividad en los manglares ecuatorianos para agarrar al crustáceo.

Durante 34 días estuvo prohibida la comercialización de este producto en los mercados del país, medida adoptada para el apareamiento de los cangrejos y que terminó ayer, jueves 2 de marzo.

Localidad

Santo Domingo es una buena plaza para la comercialización de este crustáceo. Anteriormente el punto de mayor concentración era en el tradicional mercado de mariscos 17 de Diciembre.

Sin embargo, con el pasar

del tiempo su expendio también se realiza masivamente en otros sectores como el redondel de La Virgen, en la urbanización Los Rosales y La Orangine.

Las personas que se dedican a esta actividad toman las vedas como vacaciones, aunque también hay quienes aprovechan para almacenar pulpas y venderlas durante los primeros días de la medida.

taron con tiempo a los respectivos proveedores para hacer los pedidos y obtener las sartas que ofrecerán a su clientela.

El tema de los precios todavía es incierto porque tradicionalmente los primeros días, después de una veda, las planchas llegan con tarifas altas y posteriormente se van normalizando.

EL DATO

En las marisquerías volverán a ofertar los platos con cangrejo.

“Esta es una veda por apareamiento, quiere decir que el cangrejo no se pone amargo como sucede en la muda o cambio de caparazón”, expresó un comerciante.

Expectativas

La mayoría del producto que se comercializa en la provincia Tsáchila y la región llega desde El Oro, pero también hay un porcentaje proveniente del Guayas y Esmeraldas

Los comerciantes contac-

Cronograma

Diego Santos, propietario de Santos Cangrejos, decidió viajar hasta las zonas de manglares para asegurarse que su carga esté conformada con productos de buena calidad.

“De esta manera también consigo más barato para mi negocio y el cliente paga menos por la sarta”, expresó. El comerciante indicó que hay precios populares para que las familias santodomingueñas deleiten el producto.

En su local tendrá sartas desde 8, 12 y 15 dólares, trae una oferta de 15 cangrejos patas gordas por 20 dólares. (JD)

° La siguiente veda es por cambio de caparazón y empezará el 15 de agosto hasta el 30 de septiembre. La persona que incumpla la disposición será sancionada con dos a diez salarios básicos unificados y 15 a 60 días de prisión.

Comerciantes

se oponen a la reubicación prematura

“Todas las reubicaciones que ha hecho esta administración no funcionan”, así lo expresó Ramiro Abad en representación de la Federación de Comerciantes 3 de Julio.

El dirigente cuestionó las intenciones del Municipio de Santo Domingo para tratar de reubicar a personas que trabajan en transversales, pero dejó claro que ellos también son parte del gremio y no aprobarán el desalojo de ningún local.

“Las bases del comercio tomamos la decisión tajante de acudir a un plantón para defender a nuestros compañeros, no vamos a permitir que se saque a ninguno”, acotó el dirigente.

Molestia

El dilema empezó después que la d irección de Control Territorial notificara a aproximadamente 42 comerciantes. El escrito extendía un plazo de 48 horas para que se retiren voluntariamente, caso contrario actuarían en base a las competencias establecidas en el código Municipal de Santo Domingo

no se reubicarán hasta tener garantías de acudir a un espacio óptimo para el comercio.

“La reunión fue muy acalorada porque pedimos que se respete este acuerdo. Mientras no esté el mall Santo Domingo no se topará a ningún comerciante de la peatonal 3 de Julio, ni sus transversales”, manifestó Abad.

Proyecto estancado

EL DATO

8.5 hectáreas serán destinadas para el mall Santo Domingo, pero el proyecto está paralizado.

El mall Santo Domingo no refleja avances, pese a que las autoridades municipales manifiestan lo contrario. Desde hace muchos meses las maquinarias fueron retiradas del lugar y frecuentemente se convierte en una ‘piscina’ de agua estancada a consecuencia de la temporada invernal. Los comerciantes aseguran que no ha existido la socialización del proyecto y el estudio socioeconómico para conocer a cuánto ascendería la inversión de cada socio.

Respuesta

Esto causó sorpresa y molestia en el sector. Sin embargo, las bases fueron contundentes e hicieron prevalecer su postura ante las autoridades cantonales.

Abad dijo que el alcalde Wilson Erazo dio de baja las notificaciones y que se conformaron mesas de trabajo para socializar el proyecto, pero aseguró que

Byron Chuquitarco, director municipal de Comercios y Mercados, manifestó que la notificación surgió en base a denuncias ciudadanas porque se dificulta la movilidad en estos puntos.

En referencia al mall Santo Domingo especificó que se armaron las mesas de trabajo para retomar la socialización del proyecto. “Son terrenos amplios y suficientes para dar cabida a más de dos mil comerciantes”, acotó el funcionario. (JD)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO SANTO DOMINGO 12 I QUITO | VIERNES 03/MARZO/2023
POSTURA. Trabajadores de la 3 de Julio se oponen a la reubicación sin previa planificación. VOLVIÓ. La veda terminó y Santo Domingo ya cuenta con cangrejo.

¿Loja está preparada para una fuerte etapa invernal?

Las fuertes lluvias caídas en años anteriores en la ciudad de Loja han dejado serios daños, como la destrucción de puentes, vías, al igual que inundaciones en viviendas, desbordamiento de quebradas, taponamiento de alcantarillas, e incluso personas fallecidas, para lo cual, las autoridades para este año señalan que realizaron algunas obras de mitigación y tienen listo el plan de contingencia en caso de desastres.

EL DATO Recomiendan limpiar los sumideros, alcantarillas, rejillas cercanas a los hogares para evitar inundaciones o saturación de agua en caso de lluvias.

Malacatos es una amenaza latente, por varias ocasiones se ha desbordado dejando calles inundadas, viviendas anegadas, vehículos averiados y negocios perjudicados. En marzo del año pasado, una quebrada en la parte norte arrastró a una menor de edad, quien fue encontrada sin vida luego de dos días de su desaparición. Además, también cinco planteles educativos suspendieron las clases por afectaciones.

del agua, producto del taponamiento de las alcantarillas. En esta ocasión espera que no haya mayores inconvenientes, en su caso tiene construido un pequeño muro en la puerta para desviar el agua, barro y lodo y evitar que ingrese a dañar la mercadería.

Zonas

En la ciudad existen algunas zonas vulnerables, como la parte céntrica, el sector del mercado Mayorista, Terminal Terrestre, Zona Militar, al igual que los barrios Sauces Norte, Menfis, Ciudad Victoria, Las Pitas, Daniel Álvarez, Clodoveo, entre otros. En cambio, las parroquias rurales que corren riesgos son: Quinara, Jimbilla, Chuquiribamba, Malacatos, Vilcabamba, El Cisne, entre otras.

fenómeno de la niña que afectó a la Sierra de Ecuador y otros países como Colombia.

Para este año, el Municipio tiene un plan de contingencia que está autorizado y cuenta con los protocolos, recursos, acciones a tomar y capacidades para actuar.

2022, como Municipio, realizaron algunas obras de mitigación como limpieza de quebradas, mingas comunitarias, intervención de infraestructura para evitar adversidades que se puedan presentar.

Desastres

En referencia a los hechos originados en años anteriores, por ejemplo, la parte céntrica de la ciudad es una de las más vulnerables. El río

Ramiro Ortega, comerciante del Mercado Mayorista, manifestó que durante los últimos años el invierno sí pegó fuerte en la ciudad, por algunas ocasiones recuerda que su negocio fue inundado con el ingreso

Intervención

Fabrizio Riofrío, coordinador de Riesgos del Municipio de Loja, manifestó que, según los antecedentes, Loja ya ha sufrido algunas emergencias, producto del

Además, tiene articulación con todos los departamentos del Municipio de Loja como: Obras Públicas, Umapal, Bomberos, entre otros, para actuar.

Además, comentó que en septiembre y noviembre de

Con la Corporación Técnica Alemana (GIZ) llevan adelante un estudio del cambio climático y vulnerabilidad, el cual al final permitirá tomar decisiones a favor del cantón, con obras de mitigación, estudios de puentes, accesos de vías y más.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LOJA 13 QUITO | VIERNES 03/MARZO/2023 I
DAÑOS. En el 2022, el invierno dejó serios daños en la ciudad. DESBORDE. La ciudad fue un caos en el invierno del año pasado.
En los últimos años, se han presentado varias afectaciones en zonas vulnerables. Entidades cuentan con un plan de contingencia para actuar.

Hallan nueva especie de geco en una isla rocosa de Australia

Un científico australiano descubrió una nueva especie de geco, un pequeño reptil conocido también como salamanquesa o salamanquita, en la remota e inhabitada isla de Scawfell, en el noreste de Australia. EFE/ Universidad

James Cook de Australia

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO VIERNES 03 DE MARZO DE 2023
Ecuador

PRINCIPIO DE INTERPRETACIÓN INTERCULTURAL

AUTOR: AB. JOSÉ SEBASTIÁN CORNEJO AGUIAR. 1

Previo al análisis de este principio es necesario partir de la contextualización dada por Boaventura de Sousa Santos, el mismo que manifiesta que es imperante hacer alusión a un proceso de transición y justicia indígena a manera de vínculos eurocéntricos que han condicionado los procesos de desarrollo, en tal sentido que:

Entre los vínculos eurocéntricos que condicionaron las independencias del siglo XIX se encuentran el Estado y el derecho, concebidos como monolíticos y monoculturales, el capitalismo dependiente, el colonialismo interno, el racismo, el autoritarismo y el centralismo burocráticos, y el canon cultural occidental. Sobre esta base se diseñaron políticas económicas, educativas, culturales, lingüísticas, sanitarias, de seguridad, asistencialistas, territoriales fundadas en la exclusión, represión o invisibilización de las maneras de vivir, pensar, actuar y sentir en colisión con los principios nacionalistas liberales. 2

En tal sentido para Llasag esto sería entendido como el funcionamiento práctico de un Estado constitucional, en donde la interpretación de los principios y normas constitucionales de un estado plurinacional, constituye la necesidad de efectuar una interpretación constitucional a la luz de los principios de derecho indígena. 3

En donde se evidencia que el estudio del desarrollo del Estado plurinacional e intercultural, no es simplemente analizar una determinada colectividad; sino que más bien implica la determinación de una serie de problemas jurídicos que deben ser analizados desde el contexto de las tradiciones culturales de los pueblos ancestrales.

Y configurándose lo que para Manuel Atienza es la interpreta-

ción intercultural, misma que cobra especial relevancia si se tiene en cuenta que el Tribunal Constitucional tiene la última palabra en materia de interpretación de los derechos fundamentales, ya que la razón de ser de la interpretación es la de hacer justicia, logrando el cumplimiento de los principios o valores protegidos por el derecho.

4 Que para Rocío Villanueva, no es sino el reconocimiento constitucional de los derechos a la identidad cultural y a la justicia indígena que ha dado lugar a que se requiera que los tribunales realicen una interpretación intercultural en los casos que involucran a indígenas o a comunidades indígenas. 5

Teniéndose en claro de esta manera que la interculturalidad engloba concepciones de cultura determinando el análisis del enraizamiento de los valores sociales a través de la promoción del respeto de la diversidad, donde cada persona tiene derecho a ser como desea, tanto así que es obligación del Estado: “Promover la unidad y la igualdad en la diversidad y en las relaciones interculturales”. 6

Siendo necesario destacar que si bien es cierto la Constitución del Ecuador de 1998 determinaba al Ecuador como un Estado pluricultural y multiétnico, mientras

que ahora con la Constitución de 2008, se determina que el “Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. […]” 7

Lo cual implica el reconocimiento en sí de culturas como independientes y propias, que pueden formar naciones en sí mismas, en donde el objetivo es lograr ejercer plenamente los derechos a auto determinarse, en razón de su autonomía, cultura y lenguas.

Articulándose además una serie de principios constitucionales que traen consigo la protección creencias propias de cada cultura, que para Boaventura de Sousa Santos , esto sería entendido como si: “Habría que reconstruir los derechos humanos en términos interculturales para que puedan dar cuenta de esta enorme diversidad de la dignidad humana, de las diferentes concepciones […]” 8

Buscando así de esta manera equiparar el sistema de justicia ordinario y el sistema de justicia indígena posibilitando incluso una cooperación mutua, que permita obtener una justicia ágil, eficiente que busque generar realmente la reparación a las víctimas y a su vez rehabilite a los agresores.

Principio de Interpretación Intercultural

Para Boaventura de Sousa Santos: “La justicia indígena también es cuestionada por poner en entredicho el principio de la unidad del derecho. Este principio establece que, puesto que el derecho tiene una única fuente, la cual es internamente homogénea, el derecho constituye una totalidad bien definida que puede ser conocida en toda su dimensión en cualquier momento de creación o interpretación del derecho gracias a los métodos de la ciencia jurídica moderna. […]” 9

En ese sentido podemos decir que es necesario que la producción jurídica vaya evolucionando y generando pautas a manera de direccionamientos que permitan identificar, distinguir y catalogar una serie de fines en relación a la cultura, tal como manifiesta Ramiro Ávila cuando indica que:

“[…] resulta coherente que el modelo constitucional se autodefina como Estado de derechos en dos sentidos trascendentes: por una parte, identificando a los derechos humanos como máxima fuente normativa y por otra reconociendo en el pluralismo jurídico una manera de incorporar formalmente lo que materialmente han sido sistemas jurídicos internos e internacionales que han cohabitado con el sistema estatal, incluso antes de nuestra existencia como república. Así y desde la óptica del estado de derecho, los sistemas de justicia indígena son expresión de esta pluralidad y por ello deben ser respetados y promovidos; no obstante, al igual que todas las demás fuentes de derecho, sucumbe ante el poder primario y legitimador de los derechos humanos, en los que toda norma coercitiva encuentra su fundamento y límite.” 10

Es decir la Constitución de la República del Ecuador al ser el instrumento jurídico que consagra los derechos de las nacionalidades y pueblos indígenas, debe

¿Existen dudas con respecto a la detención con fines de investigación y formulación de cargos como en otros inherentes a la institución de la detención con fines de investigación?

RESPUESTA

La detención con fines de investigación, es una medida cautelar personal excepcional dentro de nuestro sistema procesal penal; tiene como fin receptar la versión de quien ha sido detenido, y así completar la información que mantiene Fiscalía por sobre las circunstancias de una presunta infracción y sobre la identidad y formas de participación de los involucrados; de ella también se puede determinar la práctica de elementos de convicción, o requerir una imputación; incluso puede darse el caso que luego de la detención y posterior versión, se podrían desvanecer los indicios, lo que posibilitaría la aplicación del Principio de Oportunidad.

La jueza o juez en todos los casos debe de forma estricta tener presente que ésta medida como toda aquella privativa de libertad, es EXCEPCIONAL, debe entonces verificar su real necesidad y proporcionalidad en base al fundamento de la solicitud, de ser el caso, emitirá la boleta (orden escrita), la que debe contener todos los requisitos que trae la norma, fundamentalmente se debe cuidar el detallar los motivos de la detención, demostrando que se han presentado las condiciones que la ley trae, y las presunciones existentes en contra del investigado, además constará la identificación precisa de la persona en contra de quien se ordena la detención.

En todos los casos, el detenido debe contar a la brevedad posible con un abogado defensor, quien le asistirá en todo momento. Ello con el fin de: a) evitar que se ordene apresuradamente y sin reales razones la privación de libertad de una persona; b) minimizar la posibilidad de error en la identidad del sospechoso; c) que la persona en contra de quien se hace efectiva la boleta, tenga claro que está siendo detenida; d) que la persona detenida conozca de forma suficiente los motivos de su detención; e) se facilite el ejercicio de los derechos de la persona detenida, fundamentalmente el desplegar adecuadamente su derecho a la defensa; d) que la jueza o el juez garantice en todo momento los derechos del detenido.

En la formulación de cargos, el fiscal podrá solicitar fundamentadamente la medida excepcional de prisión preventiva, demostrará porque las medidas alternativas son insuficientes para garantizar la comparecencia del procesado al proceso, y así el juez, motivadamente, atado estrictamente a los presupuestos que trae la norma, resolverá conceder o no la prisión preventiva.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
C00
REVISTA JUDICIAL
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA
La
HORA http//www.derechoecuador.com
VIERNES, 03 DE MARZO DE 2022 C1
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ser analizado en correlación con el artículo 24 del Código Orgánico de la Función Judicial, que se refiere específicamente al principio de interculturalidad manifestando que:

“Art. 24.- PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD.- En toda actividad de la Función Judicial, las servidoras y servidores de justicia deberán considerar elementos de la diversidad cultural relacionados con las costumbres, prácticas, normas y procedimientos de las personas, grupos o colectividades que estén bajo su conocimiento. En estos casos la servidora y el servidor de justicia buscará el verdadero sentido de las normas aplicadas de conformidad a la cultura propia del participante.”11

De la lectura de este artículo se determina que la base de este principio gira en torno a una visión que pretende generar respecto a los valores y costumbres a fin de establecer una vinculación cultural, en donde el pluralismo jurídico surge como solución a todo tipo de práctica ancestral.

Que permite construir una verdadera definición de derecho indígena que según Yrigoyen, comprende: “los sistemas de normas, procedimientos y autoridades, que regulan la vida social de las comunidades y pueblos indígenas, y les permiten resolver sus conflictos de acuerdo a sus valores, cosmovisión, necesidades e intereses.” 12

Siendo necesario destacar lo mencionado por Raúl Ilaquiche Licta y Lourdes Tibán, cuando determinan que: “para los pueblos indígenas y para el caso de la justicia indígena, conflicto interno constituye toda acción o acto que desestabiliza la paz, la armonía y la tranquilidad de un colectivo o de una comunidad” 13

De este modo nos están indicando que las nacionalidades y pueblos indígenas, buscan el reconocimiento de sus derechos colectivos, mediante el uso de procedimientos ancestrales que solucionan los conflictos que afectan la armonía de su comunidad.

Entendido de manera clara en que consiste la interpretación intercultural es necesario hacer alusión a manera de ejemplo a la sentencia T-349/96 de la Corte

Constitucional de Colombia, respecto a una demanda de tutela presentada por un indígena en contra de su comunidad, alegando, que su derecho al debido proceso había sido violado al haber sido juzgado en la comunidad por los familiares de la víctima, en donde la Corte Constitucional de Colombia afirmó que la noción de debido proceso debía ser interpretada con amplitud, sin exigir normas e instituciones que afecten el pluralismo. 14

Evidenciándose de esta manera que la interpretación intercultural es necesaria como pilar fundamental a fin de generar el respeto al principio del debido proceso, ya que este debe ser efectuado respetando los parámetros constitucionales entre ellos el de la cultura y cosmovisión de cada uno de los pueblos.

Con respecto a la interpretación intercultural, es necesario mencionar otro caso en el que a una mujer indígena, menor de edad, cuya elección como concejal de Bogotá había sido declarada nula por un tribunal, en aplicación del artículo 27 del Decreto 1421 de 1993, que exigía una edad mínima de 25 años para el cargo, siendo que para el pueblo arhuaco la edad no era criterio para que

una mujer ejerza sus derechos políticos, sino la realización de ciertos ritos vinculados al bautizo y a la menstruación; en donde la corte Constitucional de Colombia en sentencia T-778-05, determino que: el derecho a la identidad cultural en el ejercicio del derecho de representación no se encontraba circunscrito a un territorio determinado; no se vulneraba un derecho constitucional de mayor peso en el caso concreto, y que el requisito de edad contemplado en el artículo 27 vulneraba el goce efectivo del derecho a la identidad cultural.15

Como se ha podido evidenciar en estos dos ejemplos la trascendencia de la interpretación intercultural es sumamente importante ya que se evidencia presupuestos de interrelación dentro del sistema indígena como son:

a) El conjunto de responsabilidades comunitarias que le corresponden a cada miembro de la comunidad;

b) La influencia de la cultura, reflejada en los cabildos o autoridades estatales que actúan con funciones indígenas;

c) No ejercen una actividad remunerada, ya que la comunidad suele colocar recursos para la celebración de los procesos de justi-

METROAMBULAT S.A. comunica a los colaboradores que trabajaron en el año 2022, que para la distribución de utilidades del período fiscal correspondiente, se recibirán los documentos detallados a continuación hasta el viernes 17 de marzo del 2023 en el horario de 09:00 a 17:00 en las oficinas de Nómina del Hospital Metropolitano, Torre Médica 1, piso 0. Para la actualización se deberá presentar los siguientes documentos:

• Copia actualizada de cédula del excolaborador

• Copia legible de la cédula de identidad de todas las cargas

• Original o copia de la partida de matrimonio

• Declaración juramentada de unión de hecho

• Copia legible del carné del CONADIS o del MSP (aplica para cargas con discapacidad)

En caso de que la cuenta bancaria sea diferente a la ya registrada se solicita:

• Certificado bancario en el que conste el número de cuenta del ex colaborador (Banco Pichincha o Produbanco).

cia indígena; 16 En donde se debe puntualizar que la justicia indígena en el ámbito penal, constituye una conducta contraria a la disposición normativa de realizar una interpretación intercultural del Derecho.

Siendo un pleno ejemplo el caso de la cocha, mismo que hace referencia a la compleja relación entre la justicia indígena y la justicia estatal, en un caso cuyo objeto de juzgamiento fue un homicidio, en donde hubo juicio y resolución

en la comunidad la cocha, y en la justicia ordinaria.

Evidenciándose que la alternativa a la cárcel como solución de conflictos sociales graves se la puede encontrar fuera del sistema estatal de administración de justicia, ya que la justicia indígena es parte de lo que se conoce como justicia restauradora, que es una forma de resolver los conflictos sociales, utilizando la vergüenza como herramienta de prevención del delito.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ECUAMIGOS TRANSPORTE PESADO ECUADOR AMIGOS S.A.

De conformidad con lo previsto en el Art. 236 de la Ley de Compañías vigente, en concordancia con el Art. 10 del Estatuto de la Compañía. Se CONVOCA de manera URGENTE a los Señores Accionistas de la Compañía Ecuamigos Transporte Pesado Ecuador Amigos S.A., a la Junta General Ordinaria para el día viernes 10 de marzo del 2023, a las 9h00 am, en nuestras oficinas, ubicada en la Ciudad de Quito, Parroquia Calderón, Sector Llano Grande, calle Calixto Muzo N3-80 y Pasaje Napo.

Para conocer y resolver los siguientes puntos:

1. Constatación del Quórum.

2. Informe de la Administración del Gerente General.

3. Informe de la Administración del Comisario.

4. Informe de la Administración del Presidente.

5. Resoluciones.

Conforme a lo que establece el Estatuto, los accionistas podrán concurrir personalmente, por medio de su representante legal o a través de poder notarial.

NOTA: Por ser la segunda convocatoria se iniciará y se tomará decisiones con el número de accionistas presentes.

Quito, 3 de marzo del 2023

A LOS ACREEDORES DE ALIREH ALIMENTOS CIA LTDA. EN LIQUIDACIÓN

De conformidad con lo previsto en el artículo 380 de la Ley de Compañías, la Compañía ALIREH ALIMENTOS CIA LTDA. EN LIQUIDACIÓN, NOTIFICA a los posibles acreedores que cuenten con los documentos de soporte y justificativos, para que acrediten sus derechos en el término de (69) días, a contactarse desde la última fecha de publicación de esta comunicación, con el suscrito liquidador Juan Francisco Rehpani M,. en la oficina del Liquidador ubicado en Av. Amazonas N32-139 y La Granja Edif. El Ejecutivo 5º piso of. 503, podrán comunicarse también al correo electrónico: auirreyasociados@live.com; y a los teléfonos 022251278 o 0992754543 de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha.

Atentamente

VIERNES 03 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C2
P-244959-MIG
001-004-2633
ING. DAYSI PUCUJI PRESIDENTE Sr. Juan Francisco Rehpani M. LIQUIDADOR ALIREH ALIMENTOS CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN
Talento Humano Metroambulat S.A. 001-004-2646

Enfocándose en la vida de las personas y la comunidad, y considerando al victimario como miembro de la comunidad que necesita ayuda, a la víctima como un actor importante y a la comunidad como un espacio que debe recuperar la armonía, el conflicto es un problema que tiene que resolverse y una oportunidad para mejorar la vida personal y comunitaria.

Mientras que en el sistema de justicia ordinario lo único que se busca es aislarle reduciéndole a un hecho a ser investigado, que se centra en el pasado, en donde la víctima es objeto de prueba y cuya finalidad es sancionar y encerrar al responsable. 17

Principios Interculturales

Para Will Kymlicka, la formulación de derechos focalizados es el esfuerzo de las NNUU para codificar los derechos específicamente diseñados para los pueblos indígenas, en donde la subyugación de los pueblos indígenas por los colonizadores fue un proceso de naturaleza más brutal y perturbador que la incorporación de las minorías nacionales en sociedades vecinas, dejando a los pueblos indígenas más débiles y vulnerables. 18

En donde por ejemplo el derecho administrar justicia estableci-

do en el artículo 171 de la Constitución de la República del Ecuador es muy claro cuando indica que los pueblos indígenas ejerzan funciones jurisdiccionales, ya que de manera taxativa indica que:

“Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas

y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.

El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de constitucionalidad. La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la

A LOS ACREEDORES DE KIREI PHARMA S.A. EN LIQUIDACIÓN

De conformidad con lo previsto en el artículo 380 de la Ley de Compañías, la Compañía KIREI PHARMA S.A. EN LIQUIDACIÓN, NOTIFICA a los posibles acreedores que cuenten con los documentos de soporte y justificativos para que acrediten sus derechos en el término de (69) días, a contactarse desde la última fecha de publicación de esta comunicación, con el suscrito liquidador Juan Francisco Rehpani B,. en la oficina del Liquidador ubicado en Av. Amazonas N32-139 y La Granja Edif. El Ejecutivo 5º piso of. 503, podrán comunicarse también al correo electrónico: auirreyasociados@live.com; y a los teléfonos 022251278 o 0992754543 de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha.

Sr. Juan Francisco Rehpani B LIQUIDADOR

KIREI PHARMA S.A. EN LIQUIDACIÓN 001-004-2619

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA BOLSA DE VALORES DE QUITO BVQ SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con lo previsto en los artículos Décimo Cuarto y Décimo Octavo del Estatuto de la Institución, se convoca a los señores Accionistas de la Bolsa de Valores de Quito BVQ Sociedad Anónima, a la Junta General Ordinaria que se llevará a efecto en forma telemática a través de la plataforma zoom, de acuerdo a las circunstancias, el día lunes 27 de marzo de dos mil veintitrés, a partir de las 16h00, desde las Oficinas de la Institución, ubicadas en la Av. Amazonas N21-252 y J. Carrión, Edif. Londres, para considerar los siguientes asuntos:

La Junta convocada deberá conocer y resolver sobre los siguientes puntos:

1. Conocimiento y resolución sobre el Informe de la Administración correspondiente al año dos mil veintidós.

2. Conocimiento y resolución de los Informes de Auditoría Externa a los estados financieros de la Institución correspondientes al año dos mil veintidós.

3. Conocimiento y resolución de los Informes del Comisario correspondientes al año dos mil veintidós a los estados financieros de la Institución y los Informes en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y Otros Delitos.

4. Conocimiento y resolución del Informe Anual de Gestión del Oficial de Cumplimiento en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y Otros Delitos.

5. Conocimiento y resolución sobre los estados financieros de la Institución correspondientes al año dos mil veintidós.

6. Resolución sobre el destino de las utilidades del ejercicio correspondiente al año dos mil veintidós.

7. Autorizar al Directorio para resolver sobre el anticipo de utilidades con cargo a resultados del ejercicio económico dos mil veintitrés.

8. Conocimiento y resolución de reformas al Estatuto de la Institución.

9. Autorizar a la administración para llevar adelante acuerdos que permitan la integración de la Institución con otros mercados internacionales o locales

10. Designación de un Comisario Principal y su respectivo Suplente para el ejercicio económico dos mil veintitrés y fijación de su retribución.

11. Designación de Auditores Externos para el ejercicio económico dos mil veintitrés y fijación de su retribución.

12. Designación de dos miembros Comisionados para la suscripción y aprobación del Acta de la sesión de Junta General.

Se convoca de manera especial e individual al señor Luis Salazar Borja, Comisario de la Institución y a los señores Auditores BDO del Ecuador. Conforme lo establece el Estatuto Social, los accionistas podrán concurrir personalmente, por medio de su representante legal o a través de poder notarial o carta poder debidamente suscrita.

Acorde con lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento Sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, los socios accionistas pueden comparecer personalmente a las juntas generales; esto es, físicamente o a través de videoconferencias.

La junta general de accionistas podrá instalarse, sesionar y resolver válidamente cualquier asunto de su competencia, utilizando videoconferencia o cualquier otro medio digital o tecnológico. Para sus efectos el accionista será responsable de que su presencia se perfeccione a través de ese medio de comunicación telemática.

El accionista dejará constancia de su comparecencia mediante un correo electrónico dirigido a las siguientes direcciones hectoralmeida@ bolsadequito.com y cesarrobalino@bolsadequito.com; situación que deberá ser especificada en la lista de asistentes, por lo que solicitamos a los señores accionistas que nos remitan una dirección de correo electrónico de contacto para poderles enviar un código de conexión a la reunión virtual.

Muy atentamente,

jurisdicción ordinaria.” 19 Es por ello que la interculturalidad para Rocío Villanueva “en el ámbito jurídico demandaría, además, que la justicia propicie “el análisis de los delitos desde los contextos culturales en los que se cometen, alentando una consideración de las diferencias culturales y una conciliación en torno a ellas y reconociendo las maneras variadas contemporáneas de constituir y vivir en comunidad y colectividad” 20

Ya que en materia jurídica sería que los sistemas jurídicos reconocieran un pluralismo jurídico, en donde el principio de plurinacionalidad sería concebido “como la sustancia fundamental en el ejercicio de la democracia incluyente, pero sobre todo como propuesta de vida diverso y en

mayor armonía y cercanía con la Naturaleza; la plurinacionalidad, entonces, no puede dejar de ser leída junto con otras definiciones que tienen que ver con el territorio y con el manejo de las riquezas naturales […]” 21 Debiendo delimitar que según Carlos Poveda, es menester dejar señalando estándares de diferenciación que surge como aporte de varias sentencias de la Corte Constitucional de Colombia donde se delimitan:

1. “A mayor conservación de sus usos y costumbres mayor autonomía;

2. Los derechos fundamentales constitucionales constituyen el mínimo obligatorio de convivencia para todos los particulares. Pero siempre se interpretará en sentido de no menoscabar la

NOTARIA PÚBLICA TERCERA DEL CANTON RUMIÑAHUI

Dr. Marcelo Pazmiño Ballesteros

C.C. River Mall Av. Luis Cordero 377 y Av. General Enríquez, Telf. 2338696. Sangolquí – Ecuador

EXTRACTO

NOTARÍA TERCERA DEL CANTÓN RUMIÑAHUI: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante la Doctor Marcelo Pazmiño Ballesteros, Notario Público Tercero del Cantón Rumiñahui, el catorce de Febrero del 2023, los señores JORGE ALBERTO ALVARADO ROJAS Y LORENA DEL PILAR DELGADO ESPINOZA, procediendo a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal.

La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria de la Ley Notarial, publicada en el Registro Ofcial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad y Mercantil, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, la publicación del extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores JORGE ALBERTO ALVARADO ROJAS Y LORENA DEL PILAR DELGADO ESPINOZA, otorgada mediante escritura pública el catorce de Febrero del 2023, ante la suscrita Dr. Marcelo Pazmiño Ballesteros, Notario Público Tercero del Cantón Rumiñahui, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de publicación de este extracto, a fn de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan

VIERNES 03 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C3
001-004-2624
Diana
001-004-2632
Torres PRESIDENTE

autonomía de los pueblos y nacionalidades indígenas a pretexto de precautelar la seguridad jurídica;

3. Las normas legales imperativas ( de orden público) de la República priman sobre los usos y costumbres de las comunidades indígenas, siempre y cuando protejan directamente un valor constitucional superior al principio de diversidad étnica y cultural;

4. Los usos y costumbres de una comunidad indígena priman sobre las normas legales y dispositivas. Debe prevalecer el criterio colectivo por encima del privatístico o particular; y,

5. Es necesario identificar mínimos jurídicos como la relata la Constitución Boliviana en un artículo independiente. Estos Límites serían: derecho a la vida, prohibición de la esclavitud, tortura y resto a un enjuiciamiento justo. De aquí inclusive partiría las posibilidades jurídicas para desarrollar la acción extraordinaria de protección de las decisiones de las comunidades indígenas.” 22

Por ello, la importancia de la legitimidad de la justicia podría resultar sumamente interesante ya que se propende un pleno reconocimiento cultural por parte del Estado lo que no supone la apelación al derecho penal para conseguirlo. 23

En donde para Carlos Poveda las características de la jurisdicción indígena debe ser contextualizadas de la siguiente mane-

ra:

a) La jurisdicción indígena es un medio alternativo para la solución de conflictos;

b) Los indígenas resuelven litigios internos, que no pueden restringirse exclusivamente al territorio, sino que su alcance debe determinarse con criterios antropológicos;

c) Las autoridades de pueblos indígenas lo determinan las propias comunidades según sus reglas;

d) La competencia por materia no es determinada. 24 Dándonos a entender que el reconocimiento jurídico de la justicia indígena debe ser analizado a profundidad debido a su trasfondo histórico, enfatizando en que el pluralismo jurídico implica el respeto de los principios en el ejercicio de la jurisdicción, buscando generar una coordinación como mecanismo para fomentar la interculturalidad.

Pero que además según Cruz

Rueda: “La relevancia de los asuntos, ya sea que tengan que ver con la familia, con la tierra, con la organización social de la comunidad, o con el cumplimiento de obligaciones entre particulares o ante la colectividad, muestra aspectos sociales fundamentales y claves vinculados con la historia y la comunidad en relación con el grupo al que per-

tenecen […]” 25 Siendo necesario puntualizar cuales son los elementos de la justicia indígena, que se deben tomar en cuenta el momento de efectuar una interpretación intercultural:

a) Milenario: La justicia indígena es un sistema milenario, pues ha persistido por generaciones;

b) Colectiva: Debido a que su aplicación es impartida con la participación de las familias y los miembros de las nacionalidades y pueblos indígenas;

c) Sistema en permanente evolución: Se encuentra en constante proceso de avance y desarrollo, pues su ejercicio y aplicación debe ser adecuado con la realidad de las nacionalidades y pueblos indígenas;

d) Ágil, oportuno y dinámico: Porque busca solucionar el problema para la armonía de las nacionalidades y pueblos;

e) Justo: Ya que la colectividad de manera participativa e imparcial busca emitir la resolución adecuada. 26

Conclusión

La interpretación intercultural engloba concepciones de cultura determinando el análisis del enraizamiento de los valores sociales a través de la promoción del respeto de la diversidad, en don-

EXTRACTO PARA PUBLICACIÓN LIQ. SOC. CONYUGAL

EXTRACTO

de se la debe efectuar necesariamente a fin de poder lograr que la victima dentro de la cosmovisión indígena se sienta protegida por las autoridades comunitarias. El reconocimiento jurídico de la justicia indígena debe ser analizado a profundidad debido a su trasfondo histórico, enfatizando en que el pluralismo jurídico implica el respeto de los principios en el ejercicio de la jurisdicción, buscando generar una coordinación como mecanismo para fomentar la interculturalidad necesaria para aplicar una justicia adecuada de acuerdo a la cosmovisión de cada uno de los pueblos y nacionalidades.

1.Abogado, conferencista y escritor. Correo: scor1719@hotmail.com

2.Boaventura de Sousa Santos, Justicia indígena, plurinacionalidad e interculturalidad en Ecuador: Cuando los excluidos tienen Derecho: justicia indígena, plurinacionalidad e interculturalidad, 1a ed. Fundación Rosa Luxemburg/AbyaYala (QuitoEcuador: Boaventura de Sousa Santos y Agustín Grijalva, 2012)., p. 15.

3.Llasag Fernández, Raúl, Plurinacionalidad: una propuesta Constitucional Emancipadora, en Ávila Santamaría, Ramiro (editor), Neo constitucionalismo y Sociedad (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2008)., p. 337.

4.Manuel Atienza, «Dos Versiones del Constitucionalismo», DOXA, Cuadernos de Filosofía del Derecho, Universidad de Alicante., 7 de febrero de 2011, https://rua.ua.es/dspace/ bitstream/10045/32763/1/Doxa_34_04.pdf.; p. 82-83.

5.Rocío Villanueva Flores, «La interpretación intercultural en el Estado constitucional», Revista Derecho del Estado, Universidad Externado de Colombia, n.o núm. 34 (junio de 2015): 289-310.

6.Constitución de la República del Ecuador, ; Art. 83, numeral 10.

7.Ibíd., Art.1

8.Boaventura de Sousa Santos, Las paradojas de nuestro

tiempo y la plurinacionalidad, en Plurinacionalidad: Democracia en la diversidad (Quito- Ecuador: Abya Yala, 2009)., p. 24.

9.Boaventura de Sousa Santos, Justicia indígena, plurinacionalidad e interculturalidad en Ecuador: Cuando los excluidos tienen Derecho: justicia indígena, plurinacionalidad e interculturalidad., P.19.

10.Ramiro Ávila Santamaría, Constitución del 2008 en el Contexto Andino, Análisis de la Doctrina y el Derecho Comparado, Serie Justicia y Derechos Humanos, vol. 3 (Quito- Ecuador: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, s. f.)., p. 35-36

11.Código Orgánico de la Función Judicial, 2009., Art. 24.

12.Raquel Fajardo Yrigoyen, El debate sobre el reconocimiento constitucional del derecho indígena en Guatemala, 1998.a ed., vol. LVIII, No. 1-2 (América Indígena, Instituto Indigenista Interamericano, s. f.)., p.1

13.Raúl Ilaquiche Licta y Lourdes Tibán, Jurisdicción indígena en la Constitución política del Ecuador (QuitoEcuador: Fundación Hanns Seidel, 2008)., p. 44

14.Corte Constitucional de Colombia, sentencia T-349/96, fundamento 2.4.2.3.

15.Corte Constitucional de Colombia, sentencia T-778-05, fundamento 7

16.Stavenhagen Rodolfo, Derecho Consuetudinario en América Latina, en Stavenhagen Rodolfo e Iturralde Diego, Entre la Ley y la Costumbre. El derecho consuetudinario indigena en America Latina (MEXICO: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1990).p. 40-43.

17.Ramiro Avila Santamaría, «La prisión como problema global y la justicia indigena como alternativa local. El caso La Cocha», s. f.

18.Will Kymlicka, Derecho de las minorías en filosofía política y el derecho internacional, editado por Carlos Espinosa Gallegos-Anda y Danilo Caicedo Tapia, Derechos ancestrales: Justicia en contextos plurinacionales (Quito: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2009).p.

18-19.

19.Constitución de la República del Ecuador., Art. 171

20.Rocío Villanueva Flores, «La interpretación intercultural en el Estado constitucional»., p.295.

21.Acosta Alberto, El Estado plurinacional puerta para una sociedad democrática”, en Plurinacionalidad: Democracia en la diversidad, Acosta Alberto y Martínez Esperanza (Quito- Ecuador: Abya Yala, 2009).,p. 17

22.Carlos Poveda Moreno, Reflexiones básicas e ideas iniciales sobre el Proyecto de Ley Coordinación y Cooperación entre los Sistemas Jurídico Ordinario e Indígena, Justicia y Derechos Humanos (Quito, Ecuador: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2009).,p. 491

23.Cristina Sánchez Muñoz. “Negociaciones culturales y género: hacia un feminismo transnacional”. En: A. Ruiz Miguel. (editor), Entre estado y cosmopolis. Derecho y justicia en un mundo global, p. 300-301.

24.Poveda Carlos, Jurisdicción Indígena, en Reconocimiento de Derechos, exigibilidad de Obligaciones (Quito, Ecuador: Revista Foro No. 8 UASB, Corporación Editora Nacional, 2007)., p. 181.

25.Cruz Rueda Elisa, Principios Generales del Derecho Indígena, en Hacia sistemas jurídicos plurales; Konrad Adenauer Stiftung (Bogota, 2008)., p. 37.

26.Rosa Cecilia Baltazar Yucailla, La Justicia Indigena en el

TÍTULO EXTRAVIADO

Queda anulado los titulos de la compañía HOSPITAL DE LOS VALLES S.A.

No. 2936 No. de acciones: 1

No. 504 No. de acciones: 1.000

Propietario: JORGE PALLARES PAEZ

El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados.

Quito, 1 de marzo de 2023.

POR PERDIDA SE ANULA EL CD No. 05501DPV0067728

A FAVOR DE CLAVIJO GLADYS SUSANA DEL ROSARIO DE $ 50.001,00 DE BANCO BOLIVARIANO

POR PÉRDIDA, SE

ANULA EL TITULO

No. 4714 DEL CAMPO SANTO MONTE OLIVO, SECTOR ARMADA

BLANCA- ÁRBOL

No. 342 A 001-004-2640

NOTARIA SEGUNDA DE QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante la Dra. Paola Delgado Loor, Notaria Segunda del Cantón Quito, el 27 de Febrero del 2023, los cónyuges señores MARIO ENRIQUE CORTES ARAUZ y KATIA LORENA CASTRO VACA, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta según Acta Notarial, celebrada el 31 de Enero del 2023, en la Notaría Segunda del cantón Quito, inscrita en el Registro Civil el 7 de Febrero del 2023. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Ofcial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario: disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite, previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los cónyuges MARIO

ENRIQUE CORTES ARAUZ y KATIA LORENA CASTRO VACA, otorgada mediante escritura pública de 27 de Febrero del 2023, ante la suscrita Dra. Paola Delgado Loor, Notaria Segunda del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la última publicación de este extracto, a fn de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fnes legales correspondientes.

Quito, 27 de Febrero del 2023.

“CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FULLTAXI C.A.”

Sangolquí, 02 de marzo del 2023. Se convoca a los accionistas de la Compañía FULLTAXI C.A. a la junta general ordinaria que tendrá lugar el día miércoles 15 de marzo del presente año, a las 10: 00 am, en la casa Barrial Terán Barea ubicada en la calle 10 de diciembre Catacocha y Guamote, para tratar el siguiente orden del día:

1.- Constatación del Quorum.

2.- Informe de Gerencia.

3.- Informe de Presidencia.

5.- Informe del Comisario.

6.-Presentación del Balance consolidado del Año 2022.

7.- Presentación y aprobación del Presupuesto para el ejercicio económico del año 2023.

8.-Elección del nuevo Presidente.

9.- Elección del nuevo Gerente General.

10.- Elección del Comisario principal y suplente para el año 2023.

11.-Analisis, discusión y aprobación de las reformas o posible elaboración de un nuevo Reglamento Interno de la Compañía.

En caso de no existir el Quorum reglamentario a la hora citada, la Junta se instalará luego de una hora más tarde con los accionistas presentes.

VIERNES 03 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C4
001-005-1644
001-004-2644
001-004-2639
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CITACION JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE CHRISTIAN EDUARDO CHAFLA FARINANGO, EXTRACTO

JUICIO: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA

NUMERO DE JUICIO: 17203-2022-06281

ACTOR:

CAIZA SUASTE LILIANA

TRAMITE: VOLUNTARIO

CUANTIA: INDETERMINADA

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 13 de enero del 2023, a las 12h41. VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito.- Agréguese de autos el escrito y acta de anteceden.- En lo principal: [1] CALIFICACIÓN: La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos de ley, por lo que se admite a trámite en procedimiento VOLUNTARIO. [2] CIT-

ACIÓN: Con la declaración juramentada de la parte accionante, señora CAIZA SUASTE LILIANA constante del acta de fecha 10 de enero del 2023, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del señor CHRISTIAN EDUARDO CHAFLA FARINANGO, por la prensa mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación a nivel nacional, en esta ciudad de Quito. Por secretaria remítase el extracto correspondiente conforme a derecho, al casillero judicial Nro. 6160.- [3] CITESE a la compañía TRANSVULCANO S.A., en la dirección consigna a fs. 49 De autos, remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.- En cumplimiento al Memorando Circular-CJDNGP-2018-0289-MC, TR: CJ-INT-2018-16413, suscrito por el Director Nacional de Gestión Procesal del Consejo de la Judicatura, la parte actora deberá acercarse en el término de tres días al archivo de esta dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de notificación, bajo exclusiva responsabilidad de la parte requerida en el transcurso del tiempo.- DEL ANUNCIO DE PRUEBA: a) Téngase por anunciada la prueba documental adjunta.- b) Téngase por anunciada la prueba testimonial.c) Téngase por anunciada la prueba pericial.- La notificación a los testigos de la parte accionante se realiza al domicilio judicial de la parte accionante y se deja bajo su estricta y exclusiva responsabilidad la comparecencia a la audiencia que se convoque.- [4] Téngase en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado por la parte actora para sus. Para sus futuras notificaciones y la autorización conferida a la defensa técnica.- NOTIFÍQUESE.- F.-DRA.YANCHATIPAN SANCHEZ SANDRA MARIA JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL (PONENTE) Lo que comunico a Uds. Para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica para futuras notificaciones.- Certifico.-

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA CITACIÓN JUDICIAL

EXTRACTO

CITACION DIRIGIDA A AL SEÑORA: APOLO BONE MARJORIE LILIANA

ACTOR: BAUTISTA CHALAR LECDER IVAN

DEMANDADA: APOLO BONE MARJORIE LILIANA

TRÁMITE: SUMARIO

ASUNTO: DENTRO DEL CUAL SE HA PRESENTADO UN INCIDENTE DE DISMINUCION DE PENSION ALIMENTICIA

CAUSA Nro. 10203-2013-7297

CUANTIA: La cuantía se la fija en la cantidad de $ 1.517.64 USD

DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: correo electrónico rommel.gonzalez7@hotmail.com, rommelabogado7@gmail.com, asesorialegal1975@hotmail.com perteneciente a su defensa técnica.

JUEZ: Msc. Alexis Fabian Simbaña Portilla

SECRETARIA: Ab. Delia Ruby Cuastumal Guatemal

EXTRACTO DE LA DEMANDA. FUNDAMENTO DE HECHO: “ En la actualidad han variado las circunstancias y hechos que sirvieron de base para fijar la pensión alimenticia, en virtud de que posee cuatro cargas familiares a saber; de 14 años, de 11 años, de 09 años, de 1 año, conforme lo demuestro con las partidas de nacimiento”

PRETENSION CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE: “Solicito en virtud de que han variado las circunstancias y hechos que sirvieron de base para fijar la pensión alimenticia para Bautista Apolo Luis Ismael de 09 de años de edad, se disponga la rebaja conforme a la tabla de pensiones alimenticias, mis cuatro cargas familiares y el sueldo que percibo en calidad de Militar en Servicio Activo”

AUTO DE CALIFICACIÓN

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA DE IMBABURA. Ibarra, viernes 12 de febrero del 2021, a las 09:32. VISTOS: Agréguese al proceso el formulario único para demanda-disminución de pensión alimenticia, presentada por el señor LECDER IVÁN BAUTISTA CHALAR, así como la documentación que adjunta. En lo principal se dispone lo siguiente: 1).- CALIFICACIÓN Y TRÁMITE.- La demanda de rebaja de la pensión alimenticia presentada, cumple con los requisitos de validez previstos por el artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica como clara y precisa conforme lo establece el Art. 146 inciso primero ibídem, se la acepta al trámite SUMARIO que le corresponde de conformidad con el Art. 332 del cuerpo legal antes señalado. 2).- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda, esta providencia y el anuncio de prueba a la señora MARJORIE LILIANA APOLO BONE, en la dirección que indica en el formulario de demanda, mediante la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, remitiéndose el despacho suficiente, quienes deberán observar lo previsto en los Arts. 54 y 78 del Código Orgánico General de Procesos, esto es “Se cumplirá con la entrega personal a la o el demandado… en cualquier lugar día y hora” y ”son horas hábiles las que corresponden al horario de trabajo fijado por el Consejo de la Judicatura” bajo prevenciones a la demandada que tiene 10 días para comparecer al proceso, contestar la demanda y anunciar los medios probatorios, conforme lo establecido en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos y que de no comparecer se continuará con la sustanciación de la causa, conforme lo previsto en el art. 157 del Código Orgánico General de Procesos. 3).- FIJACIÓN DE PENSIÓN PROVISIONAL.- Por tratarse de un incidente no se fija pensión provisional 4).- PRUEBA ANUNCIADA POR EL ACTOR.- La prueba anunciada por la parte actora, se atenderá de conformidad con lo dispuesto en el art. 160 del COGEP, teniéndose en cuenta: Copia de Cédula de Ciudadanía y certificado de votación, cuatro certificados de nacimiento, un certificado. 5).- IMPULSO PROCESAL. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala que: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo” se dispone que la parte actora, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada. 6).- CUANTÍA Y NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía señalada, casillero judicial y correo electrónico señalado, así como la designación y autorización que realiza a su Defensor Técnico para posteriores actuaciones y notificaciones.- NOTIFÍQUESE. Fdo) Msc. Alexis Fabian Simbaña Portilla - Juez

OTRO AUTO

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA DE IMBABURA. Ibarra, martes 27 de septiembre del 2022, a las 08:53. VISTOS: En lo principal, vista el acta de desconocimiento de domicilio de fecha viernes 09 de septiembre del 2022, a las 09h35, en la que el señor LECDER IVAN BAUTISTA CHALAR, manifiesta desconocimiento del domicilio, residencia, vecindad, lugar de trabajo e individualidad de la señora MARJORIE LILIANA APOLO BONE, pese a las investigaciones realizadas en los registros públicos, cítese con el extracto de la demanda de disminución, auto de calificación de fojas 243 y este auto a la señora MARJORIE LILIANA APOLO BONE, mediante tres publicaciones realizadas por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Ibarra, de conformidad con lo que dispone los Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en esta ciudad y electrónico para sus notificaciones. NOTIFIQUESE. Fdo) Msc. Alexis Fabian Simbaña Portilla - Juez

Lo que CITO a usted señora APOLO BONE MARJORIE LILIANA, advirtiéndole de la obligación de señalar defensa técnica, casillero judicial y/o correo electrónico dentro del perímetro legal de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y Adolescentes Infractores con sede en el cantón Ibarra, de Imbabura. Bajo el principio de publicidad, se pone a disposición de las partes procesales el expediente, a efectos de que puedan revisarlo detenidamente u obtener copia de algún documento de ser el caso, bajo estricta observancia de la reglamentación pertinente. CERTIFICO

Ibarra, 11 de octubre de 2022

VIERNES 03 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C5
001-003-2648
001-004-2642

Juicio No. 15301-2022-00449

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, viernes 10 de febrero del 2023, a las 17h11.

EXTRACTO JUDICIAL

CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA

A: ALTAMIRANO PALACIOS CARLOS ENRIQUE

ACTORES: ARMAS YANEZ SILVA YOLANDA Y VELOZ PAZMIÑO VICTOR HUGO

DEMANDADOS: ALTAMIRANO PALACIOS CARLOS ENRIQUE, ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN

TENA, MAG NAPO

JUICIO: ORDINARIO

No. 15301-2022-000449

ASUNTO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO

JUEZA : ABG. ERIKA PAOLA KUÁSQUER PEÑAFIEL

Tena, lunes 18 de julio del 2022, las 15h20, VISTOS. Por haberse dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior se dispone. En lo principal. -PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada por la parte actora ARMAS YANEZ SILVIA YOLANDA y VELOZ PAZMIÑO VICTOR HUGO cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); se la ADMITE a trámite en Procedimiento Ordinario, establecido en el artículo 289 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO. - Cítese a la parte demandada señor ALTAMIRANO PALACIOS CARLOS ENRIQUE, con cédula de ciudadanía Número 0500488085, a quien se citará mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación nacional con el contenido de este auto, para lo cual remítase el extracto correspondiente, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico.- - 2.2 ) Cítese al señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Archidona, Provincia del Napo, se los citará con una copia de la demanda, y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- Cuéntese con el Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG -NAPO, a quienes se les notificará en el lugar señalado; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la Oficina de Citaciones de la Corte provincial de Justicia de Napo, encargada de realizar dicha diligencia, debiendo la parte interesada, proveer de las copias necesarias para elaborar el despacho correspondiente.- TERCERO: CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días, concordantemente con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 penúltimo inciso del COGEP, esto es “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda”, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem; una vez calificada la contestación, se aplicará lo dispuesto en el artículo 151 inciso tercero del COGEP de ser necesario, y se señalara día y hora, a fin de que se lleve a efecto la audiencia única, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso , previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- Cúmplase con la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial, conforme lo dispuesto en el inciso final del Art. 53 del COGEP.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. QUINTO.- INSCRIPCIÓN.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, previo a citar a la parte accionada, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón ARCHIDONA, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil Municipal del Cantón ARCHIDONA, a fin de que cumpla con lo dispuesto.SEXTO.- Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la autorización conferida a su abogado defensor.- Actúe como secretario el Ab. Carlos Cajas Moya. - NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.

Tena, miércoles 31 de agosto del 2022, a las 16h48. VISTOS: En lo principal: 1.- Por mandato del numeral 1, literales a) y b) del numeral 7 del Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador, así como de los numerales 1, 2 y 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial; a la suscrita como Autoridad Judicial le corresponde garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes procesales, de oficio se convalida el auto de calificación de la demanda de fecha lunes 18 de julio del 2022, las 15h20, ya que por un lapsus calami se ha hecho constar en su ordinal QUINTO lo siguiente: “QUINTO. INSCRIPCI ÓN. Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, previo a citar a la parte accionada, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón ARCHIDONA, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil Municipal del Cantón ARCHIDONA, a fin de que cumpla con lo dispuesto; cuando lo correcto es: QUINTO. INSCRIPCI ÓN. Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, previo a citar a la parte accionada, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón TENA, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil Municipal del Cantón TENA. En todo lo demás, las partes procesales estén a lo dispuesto en el auto que se convalida. NOTIFÍQUESE.-

Tena, lunes 5 de diciembre del 2022, a las 16h36. VISTOS: En lo principal: 1.- Por mandato del numeral 1, literales a) y b) del numeral 7 del Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador, así como de los numerales 1, 2 y 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial; a la suscrita como Autoridad Judicial le corresponde garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes procesales, de oficio se convalida el auto de calificación de la demanda de fecha lunes 18 de julio del 2022, las 15h20, ya que por un lapsus calami se ha hecho constar en el numeral 2.2 de su ordinal segundo lo siguiente: “2.2 Cítese al señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Archidona, Provincia del Napo, se los citará con una copia de la demanda, y este auto inicial...” cuando lo correcto es: 2.2 Cítese al señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Tena, Provincia del Napo, se los citará con una copia de la demanda, y este auto inicial. En todo lo demás las partes procesales estén a lo dispuesto en el auto que se convalida. NOTIFÍQUESE.-

Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones. Certifico. -

VIERNES 03 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C6
001-004-2628

DIRECCION ZONAL 8 NAPO.- MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA

CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SECTOR UBICADO EN DEBAJO DEL CONTROL, EN LA PROVINCIA DE NAPO, CANTÓN EL CHACO, PARROQUIA OYACACHI CARTEL

ACTOR: Manuel Santos Pilataxi Farinango con la cedula N-1711086395 y Luis Ernesto Quishpe Tufillo con cedula N-1724297690, quienes comparecen en calidad de Presidente de la Junta de Riego el Quijuar de Guachalá y Presidente de la Comunidad “Quijuar de Guachalá”

OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de uso y aprovechamiento de las aguas para uso Doméstico y Abrevadero de Animales, en un caudal de 16 l/s.

Proceso DZ8N-OT-TE-2023-2077-AUA.

DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO.- MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN

ECOLÓGICA.- Tena 27 de febrero del 2023.- Las 10H08 minutos.- (Proceso DZ8N-OT-TE-2023-2077-AUA).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite, en mi calidad de Director Zonal 8 Napo del Ministerio del Ambiente, Agua Y Transición Ecológica. - En lo principal, por cuanto la solicitud de autorización de uso y aprovechamiento del agua para Uso Doméstico y Abrevadero de Animales, de las fuentes hídricas sin nombre estas están de baja del Control Guayco una vertiente 1 que constituye un caudal de 10 l/s esta aproximadamente a una cota de 3.753 m.s.n.m, vertiente 2 caudal de 4 l/s esta aproximadamente a una cota de 3.729 m.s.n.m, vertiente 3 un caudal de 2 l/s esta aproximadamente a una cota de 3.721 m.s.n.m, estos son los remanentes que no están concesionados a las vertientes de Yurac Paccha de la Junta Guanguilqui y Porotog, este recurso hídrico se encuentra ubicado en debajo del Control, en la Provincia de Napo, Cantón el Chaco, Parroquia Oyacachi, dicha petición fue presentada por los señores Manuel Santos Pilataxi Farinango con la cedula N-1711086395 y Luis Emesto Quishpe Tutillo con cedula N-1724297690, quienes comparecen en calidad de Presidente de la Junta de Riego el Quijuar de Guachalá y Presidente de la Comunidad “Quijuar de Guachalá”, respectivamente, los mismos que han cumplido con los requisitos necesarios para proceder con el tramite pertinente de acuerdo a lo estipulado en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos. Usos y Aprovechamiento del Agua, Reglamento e Instructivo por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone:

1.- Se dispone se fijen carteles en tres de los parajes más frecuentados de la fuente hídrica denominada sin nombre la misma que se encuentra ubicado en la Provincia de Napo, Cantón el Chaco, Parroquia Oyacachi, los mismos que permanecerán fijos por el tiempo de diez días para lo cual envíese atenta comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Oyacachi, del Cantón Chaco, Provincia de Napo, para que dé cumplimiento una vez que se cumpla con lo solicitado deberá remitir un informe de si existió o no personas que no estén de acuerdo con el uso del recurso hídrico, 2.- Adicional el peticionario deberá realizar 3 publicaciones en la prensa del lugar. para lo cual una vez culminada dicha diligencia deberán realizar los recortes de las fechas, periódico y extracto en el cual demuestren que dieren cumplimento a los dispuesto por esta autoridad. 3.- Oportunamente se designará un Perito (técnico) para que realce el Estudio Técnico de lo solicitado. 4.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 5.- Tómese en cuenta los números 0996882184, 0989952845 y los correos electrónicos quispe-luis@hotmail.com. manuelsantospilataxi@gmail.com, para posteriores notificaciones.Actúe en la presente causa el Abg. Oscar Javier Arcos Villarroel, en calidad de Secretario Ad-hoc.-NOTIFíQUESE...f). Ing. Fiodor Nicolay Mena Quintana Director Zonal 8 Napo.

UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑA QUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

EXTRACTO

Casillero No. 4298

CITACIÓN A: SEÑORA LARREA HERRERA KAREN JOANN POR SUS PROPIOS DERECHOS Y EN CALIDAD DE PROPIETARIA DE TALLERES FACONZA

Juicio de Trabajo Sumario: Nº 17371-2022-00542

Actor: ACOSTA ROMO JESUS EDUARDO

Demandados: SEÑORA LARREA HERRERA KAREN JOANN POR SUS PROPIOS DERECHOS Y EN CALIDAD DE PROPIETARIA DE TALLERES FACONZA

Cuantía: USD $ 6.506,75

Inicio: 9 DE MARZO DEL 2022

Defensor: Ab. Manuel Francisco Cajo

Casillero: 4298

Juez: DR. VICENTE TAPIA

Secretario: DRA. LORENA BORJA

PROVIDENCIA:

UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 23 de febrero del 2023, a las 12h39. VISTOS: Atento a lo manifestado por la actora en sus escritos que anteceden que obran de autos; y, a la declaración bajo juramento obra a fojas 118; y, con fundamento en el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CITESE, a la parte demandada SEÑORA LARREA HERRERA KAREN JOANN POR SUS PROPIOS DERECHOS Y EN CALIDAD DE PROPIETARIA DE TALLERES FACONZA, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.- Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 15 días, concordantemente con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 penúltimo inciso del COGEP, esto es “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda”, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem.- Hecho que fuere se señalara día y hora para la audiencia única.- Adjunto sírvase encontrar el extracto correspondiente para los fines legales pertinentes.- Cítese y Notifíquese.

UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 15 de marzo del 2022, a las 08h39. VISTOS: Dr. Vicente Tapia Zapata avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta unidad. En lo principal, se dispone: 1) CALIFICACIÓN: La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos establecidos en el artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la califica acorde a lo señalado en el artículo 146 ibídem, y se dispone se trámite conforme al procedimiento sumario, tal como señala el artículo 575 del Código del Trabajo, en concordancia con el artículo 333 del COGEP. 2) CITACIÓN: Al amparo de lo estipulado en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena citar a: SEÑOR ALEX DAVID AGUILAR DUQUE POR SUS PROPIOS DERECHOS Y LOS QUE REPRESENTA EN CALIDAD DE PROPIETARIO DEL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO “TALLERES FACONZA”, en el lugar señalado para el efecto, para lo cual al amparo de lo dispuesto en el Art. 76 del COGEP, se confiere el término de cinco días para citar a la parte demandada, al que se le prevendrá de su deber procesal de comparecer a esta causa designando abogado patrocinador, el mismo que debe cumplir con lo establecido en el numeral 3 del artículo 324 del Código Orgánico de la Función Judicial, casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal, para sus respectivas notificaciones, tal como lo prescribe el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos. Para la práctica de dicha diligencia procesal, envíese las copias necesarias a la OFICINA DE CITACIONES, a fin de que se cumpla con la diligencia de citación en legal y debida forma. 3) CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: Conforme lo señala el numeral 3 del artículo 333, en concordancia con el artículo 151 del COGEP, se concede el termino de 15 días a la parte demandada una vez que haya sido citada, a fin de que conteste a la demanda en la forma que determinan las normas señaladas, la parte demandada deberá pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la parte actora y anuncie la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem; 4) ANUNCIO DE PRUEBAS: De conformidad con el Art. 146 del COGEP, diligenciando el anuncio de pruebas de la parte actora se dispone: Incorpórese a los autos los documentos mencionados en los numerales 6.1.1, 6.1.2 y 6.1.3 de su anuncio de prueba documental. En AUDIENCIA ÚNICA recéptese el JURAMENTO DEFERIDO solicitado en el numeral 6.2 de su anuncio de prueba testimonial. Recéptese la DECLARACION DE PARTE DEL DEMANDADO solicitado en el numeral 6.3 de su anuncio de prueba testimonial. Recéptese la DECLARACIÓN DE LOS TESTIGOS conforme lo solicitado en el numeral 6.4 de su anuncio de prueba testimonial, a quienes se les notificara en el casillero judicial del Defensor del actor. Todas las pruebas previa admisibilidad en conformidad con el Art. 160 del COGEP. La parte demandada tiene la obligación de señalar casilla judicial dentro del perímetro legal y/o correo electrónico. Tómese en cuenta el casillero judicial No. 4298 y correos electrónicos señalados por la parte actora para sus notificaciones que le corresponda, señalados por la parte actora para sus notificaciones que le corresponda, así como la designación a su defensor; a la audiencia única concurrirán las partes en forma personal o por intermedio de Procurador Judicial, con poder especial amplio y suficiente, para transigir, al tenor del Art. 86 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 130 numeral 11 del Código Orgánico de la Función Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE f).- DR. VICENTE TAPIA.- f) DRA. LORENA BORJA.- Secretaria que Certifica.-

Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico.-

VIERNES 03 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C7
001-003-2646
001-003-2647

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