DOSSIER LEGISLACIÓN COMERCIAL

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DOSSIER

LEGISLACIÓN COMERCIAL

PROFESOR:

LUIS ALBERTO ARIZA OSPINO

ESTUDIANTES:

YANEIDY ASCANIO PACHECO

COD: 222452

KARINA JAIME ARENAS

COD: 222467

ANGIE YURET PACHECO CHINCHILLA

COD: 222562

UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER SECCIONAL OCAÑA

FACULTAD DE CIENCIAS ADMNISTRATIVAS Y ECONÓMICAS

PROGRAMA DE CONTADURIA PUBLICA

OCAÑA NORTE DE SANTANDER

18 DE ABRIL DEL 2024

y cualquier otro producto del proveedor que acuerden por escrito las partes, y con los plazos de entrega que tiene o tenga establecidos el proveedor. Conceder al consumidor un descuento del 7% sobre el precio de la mercancía, según las listas oficiales de precios del proveedor.

Conceder al consumidor un descuento adicional del 2% por el pago dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la factura.

Conceder al consumidor dos meses calendario para el pago, contados a partir de la fecha de cada factura, sin causar intereses en dicho lapso.

Fijar como cuantía mínima de cada pedido la suma de $100.000 pesos y como cuantía máxima la suma de $295.000 pesos.

Otorgar a exclusivo criterio del proveedor, un cupo de crédito al consumidor, señalando un Imite máximo para sus pedidos. Entrenar a los vendedores del consumidor mediante explicaciones de un empleado del proveedor.

Asumir el valor de los fletes, empaques y seguros de la mercancía que se despache dentro de las condiciones de este contrato.

TERCERA: Constituyen obligaciones del consumidor las siguientes: El consumidor se obliga a adquirir los productos suministrados por el proveedor a fin de hacer uso para el funcionamiento interno de las actividades de la empresa, sujetándose a los precios y condiciones fijadas por aquél para la venta al público.

Firmar las facturas u otros documentos comerciales que le expida el proveedor y que correspondan a mercancías efectivamente entregadas, en señal de que acepta la obligación de pagarlos.

CUARTA: Las partes convienen en que cada suministro constituye una venta en firme, y que, en consecuencia, el proveedor no aceptará devolución alguna de mercancías vendidas en ejecución del presente contrato de suministro, salvo en los casos de defectos de fabricación advertidos por el consumidor y notificados por éste al proveedor.

QUINTA: El presente contrato de suministro tiene un plazo de 6 meses, pero podrá ser terminado, sin aviso previo, en cualquier momento por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas o dando aviso escrito a la otra parte con una anticipación de 5 días a la fecha en que deba quedar terminado.

SEXTA: Este contrato no podrá ser cedido sin previa aprobación de las partes.

Se suscribe el presente contrato por las partes intervinientes, en dos ejemplares, uno para cada parte, en la ciudad de

Ocaña a los 18 días del mes de Abril del año 2024

PROVEEDOR

816.000.456-6

CONSUMIDOR

901.345.562-7

LIBRERÍA
JOUSPLI
NIT:
Y PAPELERIA OBREGÒN
S.A.S NIT:

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