Revista derechos y garantías constitucionales

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05 Agosto de 2016

REVISTA MENSUAL PRECIO AL Pร BLICO Bsf. 5.700

Nยบ 5659

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Viernes, 05 de agosto 2016

El recurso de amparo es una de las principales competencias atribuidas por la Constitución al Tribunal Constitucional, siendo el objeto

Fotos: Newys Gómez EDITADA POR: Deyanira Jurado PRESIDENTE: Ender Daboin VICE-PRESIDENTE: Hilda Rodríguez

Existen en la Ley Orgánica del Amparo sobre derechos y garantías constitucionales 5 tipos o modalidad des del amparo: 1. Amparo contra normas (art. 3)2. Amparo contra decisiones judiciales

DIRECTORA: Flor Deyanira Jurado GERENTE DE VENTAS: Ender Alí Daboin Cabudare: Urb. La Mora, Avenida La Pedregoza, al frente de la Universidad Yacambú – Campus I. Cabudare – Estado Lara.

UNIVERSIDAD YACAMBÚ INTEGRANTES: NEWYS GÓMEZ FLOR DEYANIRA JURADO ENDER ALÍ DABOIN HILDA RODRÍGUEZ

Los efectos y el alcance de las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional son diferentes dependiendo del proceso en el que se produzcan. Las pretensiones de los reclamantes, la naturaleza y objeto del proceso marcan las consecuencias de la sentencia emitida.

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Por: Ender Daboin

El recurso de amparo es una de las principales competencias atribuidas por la Constitución al Tribunal Constitucional, siendo el objeto de este proceso la protección frente a las vulneraciones de los derechos y libertades reconocidos en los artículos 14 a 29 y 30.2 de la Constitución originadas por disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simples vías de hecho de los poderes públicos del Estado, las Comunidades Autónomas y demás entes públicos de carácter territorial, corporativo o institucional, así como de sus funcionarios o agentes. La única pretensión que puede hacerse valer a través del recurso de amparo es la del restablecimiento o preservación de los derechos o libertades por razón de los cuales se promueve el recurso. La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional distingue tres modalidades de recurso de amparo en razón del origen del acto del poder público al que se le imputa la vulneración de los derechos fundamentales:

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Efectos del amparo Por: Newys Gómez Hoy más que nunca los derechos fundamentales de los ciudadanos en Venezuela, no solo son más conocidos, sino más garantizados, se puede decir que hay una efectiva tutela de los derechos y de las garantías constitucionales, el amparo constitucional se convierte en una figura importante, a consecuencia de la nueva constitución aprobada en 1999. La acción de amparo constitucional viene hacer el instrumento que nos garantiza el derecho de solicitar el restablecimiento o reparación de la situación jurídica lesionada, (Art. 49 CRBV). Toda persona natural o jurídica tiene el derecho a solicitar ante los tribunales competentes la acción de amparar cuando crea que uno o más derechos fundamentales estén siendo infringidos por algún hecho, acto u omisión de algún ente del Poder Público Nacional, Estadal o Municipal, así como por ciudadanos, persona jurídica, grupos u organizaciones. Para que esta acción de amparo sea admisible se exige un número de exigencias indispensable, estos requerimientos los estudiaremos en el presente escrito. Los requisitos de procedencia de la acción de amparo son: la admisibilidad, la procedencia, el hecho lesivo y los requisitos exigidos por la doctrina de la Sala Constitucional del TSJ. Leer

más:

Los derechos y garantías constitucionales no involucran directamente nulidades, ni indemnizaciones, sino que otorgan situaciones jurídicas esenciales al ser humano: individual o como ente social, por lo que no resulta vinculante para el Juez Constitucional lo que pide el quejoso en la solicitud, sino la situación fáctica ocurrida en contravención a los derechos y garantías constitucionales y los efectos que ella produce, que el actor trata de que cesen y dejen de perjudicarlo. Consecuencia de esta situación, es que lo que se pide como efecto de un amparo puede no ser vinculante para el tribunal que conoce de la acción, ya que el proceso de amparo no se rige netamente por el principio dispositivo, porque si bien es cierto que el Juez Constitucional no puede comenzar de oficio un proceso de amparo ni puede modificar el tema decidendum, no es menos cierto que como protector de la Constitución y de su aplicación en todos los ámbitos de la vida del país, tal como se desprende de los artículos 3 y 334 de la Constitución, existe el interés constitucional de que quienes pidan la intervención del poder judicial en el orden constitucional reciban efectivamente los beneficios constitucionales, sin desviaciones o minimizaciones causadas por carencias o errores en el objeto de las peticiones, como tampoco sin extralimitaciones provenientes del objeto de sus pretensiones, ya que de ser así el Juez Constitucional estaría obrando contra el Estado de Derecho y Justicia que establece el Artículo 2 de la Constitución vigente. (Sala Constitucional, sentencia N° 7 de 01/02/2000).

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Existen en la Ley Orgánica del Amparo sobre derechos y garantías constitucionales 5 tipos o modalidad des del amparo: 1. Amparo contra normas (art. 3)2. Amparo contra decisiones judiciales o amparo judicial (art.4)3. Amparo cautelar (primer aparte del art. 5)4. Habeas corpus (art. 38)5. Amparo sobrevenido (art. 6 ordinal 5).6. Habeas datas.7. Amparo autónomo.1.- AMPARO CONTRA NORMAS (ART. 3) Está previsto en el artículo 3 de la mencionada ley orgánica de amparo sobre derechos y garantías constitucionales en los términos siguientes:

Por: Deyanira Jurado

También es procedente la acción de amparo, cuando la violación o amenaza de violación Deriven de una norma que colida con la Constitución. En este caso, la providencia judicial que resuelva la acción interpuesta deberá apreciar la inaplicación de la norma impugnada y el Juez informará a la Corte Suprema de Justicia acerca de la respectiva decisión” Si bien el artículo establece que la acción procede cuando la violación derive de una norma que colida con la constitución, el máximo tribunal de la república ha establecido en sala Constitucional que “realmente procede contra el acto de aplicación de la norma y n o contra esta directamente, puesto que las normas por si solas no son capaces de incidir en la esfera jurídica de los sujetos de derecho por su carácter abstracto, sino que requieren un acto de aplicación que produzca el vínculo entre la norma y la situación jurídica lesionada de un Particular” (Sala constitucional, 4/marzo/2004 sentencia nro. 282

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Los efectos y el alcance de las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional son diferentes dependiendo del proceso en el que se produzcan. Las pretensiones de los reclamantes, la naturaleza y objeto del proceso marcan las consecuencias de la sentencia emitida: la inconstitucionalidad, el reconocimiento de la lesión y, si resulta posible, el restablecimiento del derecho, y el reconocimiento de la titularidad de la competencia disputada a uno de los entes en conflicto. El momento del comienzo de los efectos de la sentencia coincide habitualmente con su publicación en el BOE (artículo 164.1 LOTC), salvo con las cuestiones de inconstitucionalidad, en las que la notificación a los tribunales que abrieron el proceso marca la vinculación a su contenido (artículo 38.3 LOTC).

Por: Hilda Rodríguez

Elementos a la hora de valorar los efectos de las sentencias constitucionales Cuatro elementos hay que tener presentes a la hora de valorar los efectos típicos de las sentencias constitucionales: los efectos en el tiempo, los efectos personales, los efectos procesales y el efecto de cosa juzgada. + Efectos en el tiempo En el marco de los modelos de justicia constitucional concentrada, la regla sobre los efectos temporales viene siendo que las sentencias producen efectos pro futuro, no pro praeterito. Una tradición que el constituyente tiene en mente cuando afirma, en el segundo inciso del artículo 164, que las sentencias tienen valor de cosa juzgada “a partir del día siguiente de su publicación”; o como mantiene el artículo 38.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, las sentencias “producirán efectos generales desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado”. La regla temporal, evidentemente, despliega su eficacia en el campo del control de constitucionalidad, cuando se trata de sentencias estimatorias, y conecta con la presunción de validez de las leyes sometidas a este tipo de proceso

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Los derechos constitucionales son aquellosLos derechos fundamentales son aquellos incluidos en la norma constitutiva yinherentes al ser humano, que pertenecen a toda organizativa de un estado generalmentepersona en razón a su dignidad. denominada Constitución que se consideran como esenciales en el sistema político y queConcepto objetivo, el estado está ligado a las están especialmente vinculados a la dignidadleyes, normas y otros por lo cual ya es un Estado humana. Es decir, son aquellos derechos quede derecho. disfrutan de un estatus especial en cuanto aConcepto subjetivo, ámbito ilimitado de un grupo garantías (de tutela y reforma) dentro delsocial imprescindible para el desarrollo y la ordenamiento jurídico. Es conocido ellibertad de las personas planteamiento filosófico-antropológicoLímites provinciales según el cual donde nace una necesidadLímites internacionales. surge un derecho; este planteamiento tanInherentes a la personalidad: son aquellos lógico aparece por primera vez en "Laderechos de los cuales se es titular por el solo República" de Platón. Los derechoshecho de ser persona. constitucionales se clasifican en derechos Por: Ender Daboin fundamentales o de primera generación, derechos económicos, sociales y culturales o de segunda generación y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación.

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Cordon blue de pollo

Ingredientes del Cordon blue: •3/4 kilogramo milanesas de pollo •1/4 kilogramo queso amarillo •1/4 kilogramo jamón •1/4 taza de harina de trigo •1 huevo batido con una cucharadita de agua •1/2 taza de pan rallado •1/4 taza de mantequilla •Sal y pimienta. Preparación del cordon blue: Rebanar las milanesas delgadas, golpearlas con un mazo para que se adelgacen. Colocar encima de cada milanesa, jamón y queso amarillo. Enrollamos y colocamos un palito para que no se desarme. La harina la sazonamos con sal y pimienta. Procedemos a hacer el Cordon blue de pollo Pasamos la milanesa rellena y enrollada, por la harina, huevo y pan rallado. Refrigeramos por horas, cuando lo vamos a cocinar se sacan de la nevera una media hora antes. Calentamos la mantequilla y pasamos las milanesas a la mantequilla. Cocinamos tapado por unos 7 minutos aproximadamente, volteamos y cuando esté listo.

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Por: Newys Gómez Shakira Isabel Mebarak Ripoll 1 2 (Barranquilla,Colombia 2 de febrero de 1977), conocida como Shakira, es una cantautora, productora discográfica, bailarina, modelo, diseñadora de moda, empresaria, actriz, embajadora de buena voluntad de la UNICEF y filántropa colombiana. Debutó en el mercado discográfico hispanoamericano en 1996 con el álbum Pies descalzos colaborando con Luis Fernando Ochoa en la composición y producción de los once temas incluidos, en los que se destacan «Estoy aquí», «¿Dónde estás corazón?» y En 2013 Shakira se convirtió en la segunda mujer viva más premiada y la tercera en la «Antología». historia.3 4 5 Había ganado ya dos Premios Años después, continuó trabajando con Luis Grammy, seis Billboard Music Award, cuatro Fernando Ochoa y lanzó ¿Dónde están los American Music Awards6 y diez Premios ladrones?. El éxito internacional le llegó en el Grammy Latino, entre otros.7 La empresa Live 2001 con Laundry Service. Cuatro años más Nation consideró a Shakira la artista más tarde, Shakira lanzó su sexto álbum de importante de su generación por su impacto estudio titulado Fijación oral vol. 1 y volvió a global consolidado y la situó con su contrato colaborar con Luis Fernando Ochoa, Lester como referencia entre los artistas más Méndez, y Gustavo Cerati en la producción importantes del mundo.8 Según la revista Forbes, de distintas canciones, entre las que destacan es una de las cantantes que más dinero gana y está considerada una de las cien mujeres más «En tus pupilas», influyentes del planeta.9 10 Se estima que Shakira ha vendido entre 50 a 75 millones de sus producciones musicales en todo el mundo.11 12 Entre sus principales récords se encuentra ser la única artista en la historia de VEVO en lograr conseguir más de 100 millones de reproducciones con una misma canción en dos versiones; esto con «Waka Waka» tanto en la versión en inglés como en la versión en español.13 14 En 1999, la transmisión de su MTV Unplugged se convirtió en la primera presentación acústica internacional transmitida en español por MTV en Estados Unidos, y posteriormente a través de varias redes europeas.

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Menudo, fue una agrupación infantil Puertorriqueña, que se creó en el año 1977 por el productor Edgardo Díaz, que en su primera formación sólo fue conocida en Puerto Rico. Los primeros integrantes fueron Ricky Meléndez, Carlos Meléndez, Oscar Meléndez y los hermanos Sallaberry Fernando y Neftaly. En la década de los años 80 por el grupo pasaron otros integrantes, a saber: René Farrait, Xavier Serbia, Johnny Lozada, Miguel Cancel, Charlie Massó, Ray Reyes, Roy Rosello, Robby Draco Rosa y Ricky Martin, alcanzando entonces proyección internacional. Algunos de sus integrantes han logrado ser reconocidos a nivel internacional en sus carreras en solitario. Pese la corta edad de sus integrantes, compitieron en el mercado con otras agrupaciones que les imitaban, entre ellos de su propio país como el grupo Los Chicos, en el cual fue integrante el cantante Chayanne y con otros a nivel internacional, ambas agrupaciones llegaron a un nivel de ventas similar, principalmente en el mercado latinoamericano, así también como Pato de Goma, Los Chamos, Los Chavos , Grupo Ciclon, Ivia etc..

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