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EJEMPLO DEL CONTRATO DE COMODATO
NUMERO ______________(___). En la ciudad de Guatemala, el ______________________dos mil uno. ANTE MÍ: ______________________ Notario, comparecen: por una parte la señora ______________________, de setenta y tres años de edad, casada, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, quien se identifica con la cédula de vecindad número de orden A guion uno (____) y de registro número ________________ (___) extendida por el alcalde municipal de Guatemala, del departamento de Guatemala. Y por otra parte el señor ______________________, de treinta y uno años de edad, casado, Guatemalteco, estudiante y de este domicilio, quién se identifica con la cédula de vecindad con número de orden L guión Doce (L-12) y de registro ____________________________ (____), extendida por el Alcalde Municipal de San Pedro Sacatepequez del departamento de San Marcos. Los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, y que por el presente instrumento celebran CONTRATO DE COMODATO, de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: El señor _____, que en el cuerpo de este instrumento será llamado “El Comodante “, declara que es propietario del vehículo tipo _, modelo ________, color _, cinco asientos, dos ejes, chasis numero _, motor ______, con placas de circulación particulares _____________,
SEGUNDA: Sigue declarando el comodante que por este acto, da en calidad de comodato el vehículo descrito en la cláusula anterior al señor _______, quien en este instrumento será conocido como “ Comodatario “, debiendo ajustar el contrato a las estipulaciones siguientes: a) Plazo es de un año, a partir de la presente fecha; b) El Comodatario se obliga a cuidar y mantener en buen estado de funcionamiento el vehículo, siendo por su cuenta todos los gasto que con ese fin se ocasionen, c) el Comodatario deberá usar el vehículo única y exclusivamente para transportarse de su casa al lugar de su trabajo situado en la Población de __________, d) al concluir el plazo deberá entregar el Vehículo en perfecto estado de funcionamiento. TERCERA: sigue manifestando el Comodante que sobre el vehículo descrito no pesan gravámenes ni limitaciones que pudieran afectar los derechos del Comodatario y asegura que el mismo tampoco adolece de vicios ocultos. CUARTA: El Comodatario manifiesta que en los términos relacionados, acepta el contrato de Comodato que se otorga a su favor. DOY FE: A) de que lo escrito me fue expuesto y del contenido del presente instrumento: B) De haber tenido a la vista el primer testimonio de la escritura numero ___ autorizada por el Notario ________________, en esta ciudad el día _____ de _______ de ____________, C) De haber tenido a la vista las Cédulas de vecindad relacionadas: C) de que advertí a los otorgantes de los efectos legales derivados de este contrato, que leí lo escrito a los comparecientes quienes enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales lo ratifican, aceptan y firman.
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11-CONTRATO DE DEPOSITO
Contrato por el que el depositario se obliga hacia el depositante a recibir una cosa mueble o inmueble que aquel lo confía y a guardarla para restituirla individualmente cuando la pide el depositante, artículo 1,974 al 1,999 del código civil
ELEMENTOS:
Elementos Personales:
·Depositante:
·Depositario:
Elementos Reales:
·Casi cualquier cosa puede ser objeto del contrato de deposito
·El pago
Elementos formales:
·No es Solemne: no establece requisito formal alguno.
CARACTERISTICAS:
Real:
Oneroso: Principalmente es oneroso, el depositario tiene el derecho a exigir remuneración por el depósito, salvo pacto en contrario, Art. 1,977
Literalidad:
Hay prestaciones reciprocas entre ambos contratantes.
Principal: subsiste por sí solo, en algunas circunstancias puede ser accesorio.
De confianza: Puesto que es impensable que se entregara una cosa a un tercero, para su guarda y conservación y restitución, sino tenía plena confianza en su honestidad y madurez.
Clasificación:
Deposito voluntario o contractual: aquel que se deriva de una relación jurídica entre dos partes.
1.Regular: no puede usarse la cosa
2.Irregular: se caracteriza porque se entregan al depositario dinero o cosas fungibles no individualizadas cuya propiedad adquiere el depositario o receptor, quien asuma la obligación de restituir otro tanto de la misma especie y calidad.
Deposito Necesario:
·Deposito Judicial
·Almacenes Generales de depósito
Ejemplo De Contrato De Dep Sito
NUMERO ______________(___). En la ciudad de Guatemala, el ______________________dos mil uno. ANTE MÍ: ______________________ Notario, comparecen: por una parte la señora ______________________, de Cuarenta años de edad, casado, guatemalteco, Auditor, de este domicilio, quien se identifica con la cédula de vecindad número de orden A guion uno (____) y de registro número ___________________(________) extendida por el alcalde municipal de Guatemala, del departamento de Guatemala. Y por otra parte el señor , de treinta y uno años de edad, casado, Guatemalteco, estudiante y de este domicilio, quién se identifica con la cédula de vecindad con número de orden L guion Doce (L-12) y de registro ____________________________(_____________), extendida por el Alcalde Municipal de San Pedro Sacatepéquez del departamento de San Marcos. Los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, y que por el presente instrumento celebran CONTRATO DE DEPOSITO, de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: El señor _____, declara que es propietario del vehículo tipo _, modelo ________, color _, cinco asientos, dos ejes, chasis número _, motor ______, con placas de circulación particulares _____________, Calcomanía número ______________ del año ________, y el cual se encuentra en perfecto funcionamiento y que estima en un precio de _______________ QUETZALES ( _____ ), encontrándose libre de limitaciones, gravámenes y anotaciones de cualquier naturaleza. SEGUNDA: Que por este medio entrega el Vehículo descrito anteriormente en calidad de Deposito al señor ____________, para que lo guarde y conserve en perfecto estado, por el término de un año, contado desde la presente fecha, debiendo devolverlo al finalizar el plazo fijado. Hace tal deposito, ya que por asuntos personas tiene que ausentarse del país por dicho tiempo. TERCERA: Que le queda prohibido al depositario hacer uso del vehículo mientras dure el depósito. CUARTA. Que en este momento le entrega la Cantidad de MIL QUETZALES EXACTOS (Q.____) al señor _______, por retribución por el depósito del vehículo. Los cuales recibe este a su entera satisfacción el señor ____________________-. QUINTA: Por su parte el señor __, acepta el cargo de depositario, comprometiéndose a cumplir con lo estipulado y ha de responder por los daños y perjuicios que pudieran ocurrirle al vehículo objeto del depósito por el tiempo señalado, así como devolver el vehículo cuando el propietario se lo solicite. Firmando de mutuo acuerdo las partes que intervienen. DOY FE: A) de que lo escrito me fue expuesto y del contenido del presente instrumento: B) De haber tenido a la vista el primer testimonio de la escritura número ___ autorizada por el Notario ________________, en esta ciudad el día _____ de _______ de ____________, con el que el Depositante acredita la propiedad del vehículo objeto de este contrato. C) De haber tenido a la vista las Cédulas de vecindad relacionadas: C) de que advertí a los otorgantes de los efectos legales derivados de este contrato, que leí lo escrito a los comparecientes quienes, enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales lo ratifican, aceptan y firman.
DEFINICIÓN: El contratista se compromete a ejecutar y entregar una obra que le encarga otra persona, mediante un precio que ésta se obliga a pagar.
CARACTERÍSTICAS:
- Bilateral: Ambas personas se obligan recíprocamente.
- Oneroso: Se estipulan provechos y gravámenes recíprocos entre las partes.
- Conmutativo: Cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde la realización del contrato.
- Tracto sucesivo: Porque se perfecciona a través del tiempo.
- Principal: Porque subsiste por sí solo.
- Consensual: Basta con el consentimiento de las partes para su perfeccionamiento.
- De confianza: Queda bajo la custodia de una persona en la que se confía.
- Intuito Personae: En base a las características personales de quien esté realizando el contrato
ELEMENTOS:
- Personales: Contratista o Empresario, y dueño o propietario.
- Reales: son la obra y el precio.
- Formales: no se exige forma especial para este contrato.
EFECTOS JURÍDICOS:
El contratista es el responsable del trabajo ejecutado por las personas. El contratista no puede encargar a otro la obra encomendada. El dueño puede separarse del contrato pagando al contratista.
REGULACIÓN LEGAL: Artículo 2000 al 2026 del Código Civil de Guatemala.
EJEMPLO DE CONTRATO DE OBRA:
En la ciudad de Chiquimula, diecisiete de mayo del año dos mil veintitrés. Nosotros: VICTORIA MARÍA CALLÉN VALDÉS DE MENESES, de treinta y nueve años de edad, casada, guatemalteca, arquitecta, me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número: dos mil cuatrocientos treinta y cinco, cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta y cinco, dos mil uno (2435 46475 2001), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; y OSCAR RENÉ
PASCUAL PASCUAL, de cuarenta y cuatro años de edad, casado, guatemalteco, electricista, y de este domicilio, me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número: un mil novecientos ochenta y nueve, setenta y un mil seiscientos cinco, dos mil diez (1989 71605 2010), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Encontrándonos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, celebrando en este acto CONTRATO DE OBRA, contenido en las siguientes cláusulas: PRIMERO: Yo, VICTORIA MARÍA CALLÉN VÁLDES DE MENESES, manifiesto que soy contratista del señor Rafael Mauricio Villeda Salazar, propietario del bien inmueble ubicado en sexta avenida uno guion cincuenta y tres de la zona uno del municipio de Chiquimula, del departamento de Chiquimula, y que por el presente acto deseo contratar los servicios de Obra, para la instalación de alta tensión que incluye: un transformador de 10 KVA, panel de 12 contadores, un poste, materiales varios, trámites ante ENERGUATE relacionados con la instalación del cableado, transformador y contadores del bien antes mencionado. SEGUNDO: Manifiesto yo, OSCAR RENÉ PASCUAL PASCUAL, que el total de mano de obra y materiales tendrán un costo de CUARENTA Y OCHO MIL QUETZALES (Q. 48,000.00), en anticipo VICTORIA MARÍA CALLÉN VÁLDES DE MENESES realizo el pago de TREINTA Y SEIS MIL QUETZALES (Q. 36,000.00). EL PLAZO: el plazo del contrato será de UN MES CALENDARIO, el cual inicia el veintiuno de mayo del año dos mil veintitrés y finaliza el veinticinco de junio del año dos mil veintitrés; FORMA DE PAGO. El pago se realizará mediante anticipo de setenta y cinco por ciento que se realizará con fecha del presente contrato; y el veinticinco por ciento se realizará al finalizar la obra. TERCERO: Yo; VICTORIA MARÍA CALLÉN VÁLDES DE MENESES manifiesto que acepto el presente contrato, el cual establece que pagaré por anticipo TREINTA Y SEIS MIL QUETZALES (Q. 36,000.00). CUARTO: Los comparecientes aceptamos los términos antes relacionados y nos sujetamos a las leyes y normas que establece el Código Civil guatemalteco para la solución de conflictos devenidos del presente contrato, obligándonos a su cumplimiento. Por nuestra parte los comparecientes renunciamos al fuero de nuestro domicilio en caso de incumplimiento del presente contrato.
13-CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES
DEFINICIÓN: Los profesionales que presten sus servicios y los que los soliciten, son libres para contratar sobre honorarios y condiciones de pago.
CARACTERÍSTICAS:
- Bilateral.: Ambas se obligan recíprocamente.
- Consensual: Se perfecciona con el consentimiento de las partes.
- Oneroso: Se estipulan provechos y gravámenes recíprocos.
- Conmutativo. Las prestaciones son ciertas desde la celebración del contrato.
- Intuito personae. En base a las características personales de quien esté realizando el contrato.
- De tracto sucesivo: Se perfecciona a través del tiempo.
- Principal: Subsiste por sí solo.
ELEMENTOS:
- Personales: persona que presta el servicio o profesionista y quien lo recibe, que es el cliente.
- Reales: son la actividad de trabajo que el profesional desarrolla y la retribución o honorarios que percibe por la misma.
- Formales: no está sujeto a ninguna formalidad especial.
EFECTOS JURÍDICOS:
- Los que presten servicios profesionales tendrán derecho a ser retribuidos.
- El profesional está obligado a prestar sus servicios con toda dedicación y diligencia.
REGULACIÓN LEGAL: Artículo 2027 al 2036 del Código Civil de Guatemala.
Ejemplo De Contrato De Servicios Profesionales
NÚMERO UNO. En el municipio y departamento de Quetzaltenango, el _____________________ de dos mil diecinueve, ANTE MÍ: ______________________________, Notario, COMPARECEN: ______________________________, de treinta y cinco años, casado, guatemalteco, Abogado y Notario, de este domicilio, quien se identifica con Documento Personal de Identificación, código único de identificación número un mil setecientos setenta, cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y ocho, cero quinientos doce, extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República y carnet de Colegiado activo número veinticinco mil trescientos cincuenta y siete, extendido por el Colegio de Abogados y Notarios, a quien en el transcurso del presente instrumento podrá denominársele “El Profesional”; y ____________________________ de treinta años de edad, casada, guatemalteca, Perito Contador, de este domicilio, se identifica con el Documento Personal de Identificación, código único de identificación número un mil ochocientos setenta y seis, setenta y ocho mil trescientos veintinueve, dos mil cuatrocientos cincuenta y tres, extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República, a quien en el transcurso del presente instrumento podrá denominársele “El Cliente”. Los comparecientes me aseguran ser de los datos de identificación personal anotados y que se encuentran en el libre ejercicio de sus derechos civiles y que por el presente instrumento otorgan CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las siguientes cláusulas escriturarias: PRIMERA: La señora Ana María Contreras Rojas, declara que contrata los servicios profesionales de asesoría y consultoría legal del Abogado y Notario Max Rolando González López, los cuales consistirán: a) resolver consultas y dudas de índole legal del cliente, en forma oportuna y pronta; b) acudir a las oficinas centrales del cliente cuando sea requerido, a efecto de solventar aspectos legales relacionados con asesoría y consultoría; y c) Prestar asistencia legal y notarial en el faccionamiento de instrumentos públicos relacionados exclusivamente con el giro comercial de la empresa del cliente, previo pago del cliente de los gastos e impuestos respectivos. SEGUNDA: El profesional prestará los servicios de asesoría y consultoría y devengará en concepto de honorarios DIEZ MIL QUETZALES, contra entrega facturas por los servicios prestados, al final de cada mes. TERCERA: Obligaciones del profesional. El profesional se obliga a prestar sus servicios profesionales con toda dedicación, diligencia, probidad y lealtad al cliente, con arreglo a las prescripciones legales. Si no pudiere continuar prestando sus servicios deberá avisar al cliente con treinta días de anticipación, siendo responsable de los daños y perjuicios que pudiere ocasionar la omisión de esta obligación. Toda consulta que hubiere de rendir la hará de forma escrita o telefónica, así como vía fax, correo electrónico, a requerimiento del cliente, atendiendo a la naturaleza de la consulta. CUARTA: El presente contrato tendrá vigencia por un año, a partir de la presente fecha y el área de cobertura de los servicios se limita exclusivamente al departamento de Guatemala. QUINTA: Obligaciones del cliente. Retribuir mensualmente los honorarios y gastos por servicios dentro de los primeros 5 días del mes, contra entrega de la factura correspondiente. SEXTA: De la rescisión del contrato. El presente contrato podrá rescindirse en los siguientes casos: a) por mutuo acuerdo; b) por incumplimiento; c) por cualquier causa que estipule la ley, y cuando el cliente no este conforme con el desarrollo o con los actos o conducta del profesional. SÉPTIMA: Condiciones generales. El presente contrato no es de índole laboral, por lo que no constituye relación laboral entre las partes, es un contrato eminentemente civil de prestación de servicios profesionales, por lo que los únicos derechos que genera para el profesional es el pago de honorarios y gastos, en los términos pactados. OCTAVA. Los otorgantes en los términos relacionados aceptan el contenido del presente instrumento. Yo, el Notario DOY FE: a) que lo escrito me fue expuesto y de su contenido; b) de tener a la vista los documentos relacionados, c) que advertí a los otorgantes sobre los efectos legales del presente instrumento, así como de la obligación relativa a la presentación del Testimonio de esta Escritura en el Registro respectivo y, d) que leí lo escrito a los interesados quienes, enterados de su contenido, objeto, validez y efectos legales, lo ratifican, aceptan y firman con El Notario que autoriza.
14-CONTRATO DE TRANSACCIÓN
DEFINICIÓN: La transacción es un contrato por el cual las partes, mediante concesiones recíprocas, deciden de común acuerdo algún punto dudoso o litigioso, evitan el pleito que podría promoverse o terminan el que está principiado.
ELEMENTOS:
- Elemento personal: Se requiere de dos partes que tengan derechos o intereses en conflicto, pudiendo cada parte componerse de un indeterminado número de individuos.
- Elemento real: La base u objeto firme de transacción.
- Elemento formal: No es un contrato solemne.
CARACTERÍSTICAS:
- Consensual: Pues se perfecciona por el mero consentimiento de las partes.
- Oneroso: Porque es de su esencia que se estipulen derechos y gravámenes recíprocos entre las partes.
- Principal: Porque subsiste por sí solo.
- Bilateral: Ya que es consecuencia del hecho de que ambas partes asumen obligaciones reciprocas.
- Traslativo de dominio: Únicamente en el caso de que una de las partes dé a la otra una cosa que no sea objeto de la disputa.
EFECTOS JURÍDICOS: Generar un vínculo obligatorio que constriñe a las partes que lo celebran al cumplimiento de lo expresamente pactado.
REGULACIÓN LEGAL: Artículo 2152 al 2169 del Código Civil de Guatemala.