Revista ivss a la vanguardia de la seguridad social

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD FERMIN TORO BARQUISIMETO - VENEZUELA

Integrantes: Hernández González, Janela Mendoza Durán Jaqueline Ríos Fernández, Adriel

REVISTA JULIO 2013


EDITORIAL Editor:

Mendoza Durán, Jaqueline

Subdirector:

Ríos Fernández. Adriel

Jefe de Gerencia:

Hernández G., Janela C,

Coordinación Editorial:

Mendoza Durán, Jaqueline

Diseñadores:

Pedro, Pérez

Jefe de Ventas:

Juan Contreras

Jefe de Mercado:

Óvido Sánelas

Publicidad:

Pedro Ramos

Foto portada: Cortesía de Mendoza Durán, Jaqueline


INDICE Editorial

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IVSS a la Vanguardia de la

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Seguridad Social

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Historia del IVSS

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Misión, Visión y Objetivos del

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Seguridad Social

IVSS

El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), es una Institución pública de Venezuela,

Servicios que ofrece el IVSS

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Decretos del IVSS

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8 – 11

Principios de la Seguridad

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12-15

dedicada a la protección de la seguridad social de todos sus beneficiarios. Inició sus labores el 9 de octubre de 1.944. El instituto se ocupa de aplicar el Régimen de los Seguros Sociales en todo el territorio nacional.

Social

Mendoza Durán Jaqueline Indemnizaciones – Vídeo del

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16-18

Publicidad.

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19-22

Funciones del IVSS.

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23

Publicidad

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Organigrama del IVSS

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Entretenimiento.

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26-29

Horóscopo.

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30-31

IVSS


La Seguridad Social: La Seguridad Social es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad. Es así como la concepción universal respecto del tema ha llevado a cada nación a organizarse con el objeto de configurar variados modelos al servicio de este objetivo. En este contexto siempre se concibió al Estado como el principal, si no el único promotor de esta rama de la política socioeconómica puesto que los programas de seguridad social están incorporados en la planificación general de este. Sin embargo, no siempre se logró a través de tales políticas desarrollar e implementar un sistema de seguridad social justo y equitativo, en el cual la persona tuviera la gravitación que amerita. Se suma a ello el vertiginoso avance de la economía mundial. El Estado debe ejecutar determinadas políticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la educación y en general todo el espectro posible de seguridad social. Venezuela, como nación se ha preocupado de la aplicación de la Seguridad Social a sus nacionales y residentes, brindando seguridad a través de Normas Constitucionales y Leyes Orgánicas, las cuales han ampliado diferentes Regímenes prestacionales que garantizan el bienestar y la protección de los beneficiarios. Mendoza Durán, Jaqueline


Historia del IVSS

El 9 de octubre de 1944, se iniciaron las labores del Seguro Social, con la puesta en funcionamiento de los servicios para la cobertura de riesgos de enfermedades, maternidad, accidentes y patologías por accidentes, según lo establecido en el Reglamento General de la ley del Seguro Social Obligatorio, del 19 de febrero de 1944. En 1946 se reformula esta Ley, dando origen a la creación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, organismo con responsabilidad jurídica y patrimonio propio. Con la intención de adaptar el Instituto a los cambios que se verificaban en esa época, el 5 de octubre de 1951 se deroga la Ley que creaba el Instituto Central de los Seguros Sociales y se sustituye por el estatuto Orgánico del Seguro Social Obligatorio. Posteriormente, en 1966 se promulga la nueva Ley del Seguro Social totalmente reformada el año siguiente es cuando comienza a ser aplicada efectivamente esta Ley, que fundan los seguros de Enfermedades, Maternidad, Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en el seguro de asistencia médica; se amplían los beneficios además de asistencia médica integral, se establece las prestaciones a largo plazo (pensiones) por conceptos de invalidez, incapacidad parcial, vejez y sobrevivientes, asignaciones por nupcias y funerarias. Se establece dos regímenes, el parcial que se refiere solo a prestaciones a largo plazo y el general que además de prestaciones a largo plazo, incluye asistencia médica y crea el Fondo de Pensiones y el Seguro Facultativo. En 1989 se pone en funcionamiento el Seguro de Paro Forzoso, mediante el cual se amplía la cobertura, en lo que respecta a Prestaciones en Dinero, a los trabajadores y familiares; modificándose posteriormente para ampliar la cobertura e incrementar el porcentaje del beneficio y la cotización. En la actualidad el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), se encuentra en un proceso de adecuación de su estructura y sistemas a fines de atender las necesidades por la población trabajadora.


MISIÓN: El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), es una Institución pública, cuya razón de ser es brindar protección de la Seguridad Social a todos los beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, incapacidad, invalidez, nupcias, muerte, retiro y cesantía o pérdida de empleo de manera oportuna Y con calidad de excelencia en el servicio prestado dentro del marco legal, que lo regula. VISIÓN: El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, bajo la inspiración de la justicia social y de la equidad para toda la población, avanza hacia la conformación de la nueva estructura de la sociedad, garantizando el cumplimiento de los principios y normas de la Seguridad Social a todos los habitantes del país. El compromiso social y el sentido de identificación con la labor que se realiza, debe ser la premisa fundamental en todos los servicios prestados. OBJETIVOS: Aplicar el régimen de los Seguros Sociales en el ámbito nacional. Brindar protección a los trabajadores y obreros, ante las contingencias de vejez, invalidez, sobreviviente y pérdida de empleo, asimismo prestar ayuda económica en los casos de incapacidad temporal, nupcias y funerarias. Conformar y regular los procesos inherentes al Servicio de Registro e información del Sistema de Seguridad Social Integral. Prestar asistencia médica curativa y preventiva a todos los venezolanos. Desarrollar los mecanismos necesarios que garantice la prestación de los servicios médicos en estructuras cónsonas y adecuada dotación de recursos. Establecer los Procesos de Liquidación y Recaudación de los Recursos Financieros del Sistema de Seguridad Social Integral y su distribución a los respectivos subsistemas.


En el artículo 86 de la Constitución Nacional se establece que toda persona tiene derecho a la Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo que garantice la salud y la protección ante las contingencias. Los artículos 83, 84 y 85 establecen el derecho a la salud y la creación de un sistema público nacional de salud integrado al sistema de seguridad social, en base a ello es que enrumban los objetivos del Sistema de Seguridad Social.

Servicios que Ofrece el IVSS: Obstetricia Sala de Parto Retén Medicina Interna Traumatología Cirugía Emergencia Pediátrica Emergencia adulta Diabetes Inmunizaciones Consultas (diferentes tipos) Área de Farmacia UCI pediátrico UCI Adulto

Mendoza Durán, Jaqueline





Hernรกndez Gonzรกlez, Janela


PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Jorge Iván Calvo León Los enunciados de carácter general, planteados como ideales a alcanzar por un modelo de seguridad social, constituyen sus principios generales. Tales principios son una guía para establecer los diferentes componentes de un sistema de seguridad social, en función de un cometido último. Una vez creado el sistema, los principios generales que lo informaron son útiles como criterios de interpretación de las normas en que se plasma el sistema, como criterios de orientación que deben evitar que el sistema descuide sus derroteros fundamentales. Estos principios tienen especial importancia, también, en orden a realizar la evaluación de un modelo de seguridad social y determinar los ajustes necesarios para garantizar la supervivencia del sistema mismo. Además constituyen parámetros para enjuiciar el grado de desarrollo de un modelo de seguridad social determinado. En el estado actual de la seguridad social costarricense, inmersa en un proceso de cambios sustanciales en relación con las prestaciones derivadas de la seguridad social, conviene hacer un repaso de los principios generales, para que, en el esfuerzo continuo de recrear los instrumentos en que aquélla se desarrolla, no se pierdan de vista esos enunciados generales, que permiten tener un rumbo claro y congruente, en esa labor permanente de adaptar el modelo de seguridad social a los cambios constantes de la sociedad. PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD Todas las personas deben participar de los beneficios del sistema de seguridad social. Con este enunciado se superan las limitaciones propias de los seguros sociales que nacieron con un carácter clasista, como un sistema de protección exclusivo, en función de los trabajadores asalariados. La función de la seguridad social es proteger al ser humano como tal, dentro de una determinada colectividad social, sin importar a qué dedique su existencia. El acceso a la protección deja de ser un derecho para unos y una concesión graciosa para otros, y se constituye en un derecho subjetivo público. El acceso a la seguridad social es un derecho humano, es un derecho inherente al ser humano por el solo hecho de serlo. Además, en tanto está reconocido por el derecho positivo, se califica, desde el punto de vista técnico jurídico, como un derecho fundamental de rango constitucional. PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD Este principio viene a ser la otra cara del principio de universalidad. Si con el principio de universalidad se pretende la protección a toda la población, es decir, se conceden derechos derivados de la seguridad social a todos los pobladores, con el principio de solidaridad se enuncia que toda la población, en la medida de sus posibilidades, debe contribuir económicamente al financiamiento de aquella protección. En la práctica, la solidaridad se manifiesta como el sacrificio de los jóvenes respecto de los ancianos, de los sanos frente a los enfermos, de los ocupados ante quienes carecen de empleo, de quienes continuamos viviendo ante los familiares de los fallecidos, de quienes no tienen carga familiar frente a los que si la tienen, etc. Si en el esfuerzo hacia la universalidad se han dado grandes avances, no puede decirse lo mismo en relación con el principio de solidaridad, pues el sostenimiento del sistema se ha mantenido prácticamente igual, a cargo del sector asalariado- hablando del caso de Costa


Rica-. Es necesario avanzar en el desarrollo de la solidaridad, estableciendo la contribución forzosa de todos los que participan en el proceso de producción de la riqueza. En este avance es de particular importancia la obligatoriedad de la contribución a la seguridad social de los trabajadores independientes. PRINCIPIO DE UNIDAD De acuerdo con este principio, el sistema de seguridad social como un todo, debe funcionar con criterios congruentes y coordinados, y otorgar prestaciones o beneficios similares para los diferentes colectivos que se protegen. Este principio se ha confundido muchas veces con la exigencia de centralización en una sola entidad de todo el sistema de seguridad social. Lo que se enfatiza con este principio es que debe existir una congruencia en la gestión de las diferentes entidades que participan en la administración del sistema de seguridad social, y en los beneficios otorgados por ellas, de modo que la multiplicidad de instituciones no quiebre el principio de igualdad. En el ámbito del derecho a la salud, este principio ha tenido un desarrollo significativo, no así en relación con el derecho a la jubilación en el que, pese a algunos esfuerzos, se mantienen diferencias importantes en las prestaciones y en las formas de financiamiento, sin que dichas diferencias tengan respaldo técnico. PRINCIPIO DE IGUALDAD El principio de igualdad es un principio general de derecho y como tal es aplicable al campo de la seguridad social. De acuerdo con este principio, se debe dar el mismo trato a todas las personas que se encuentran en la misma situación, y a la inversa, debe darse un trato distinto y adecuado a cada circunstancia a las personas que se encuentren en situaciones distintas. Posiblemente es éste uno de los principios que menos se cumple particularmente por la tendencia de igualar sin considerar las diferencias. Se echa de menos, en los sistemas de seguridad social, una adecuada distinción de diferentes situaciones concretas tanto en lo que hace a los beneficios derivados de la seguridad social como a las obligaciones frente a ella. Es decir, ya los sistemas en sí mismos tienen la tendencia a establecer criterios de igualdad frente a situaciones distintas y además esa tendencia se ve reforzada por la actitud de los órganos jurisdiccionales de interpretar de forma favorable a igualar, pese a estar en presencia de situaciones distintas. PRINCIPIO DE EVOLUCION PROGRESIVA DE LOS BENEFICIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Este principio tiene una doble vertiente. Significa por un lado que los beneficios de la seguridad social deben crearse paulatinamente y continuar elevando progresivamente los beneficios más allá de los niveles mínimos de protección. Significa al mismo tiempo que una vez superada una fase evolutiva en relación con el contenido de las prestaciones no es dable retrocederse a otra etapa. Desde luego que la progresividad de los beneficios debe verse en forma global, de manera que la supresión de un beneficio en sí misma no significaría una infracción a este principio de evolución progresiva, sino que debe verse el sistema como un todo, de manera que es perfectamente entendible la disminución o supresión de un beneficio en relación con el aumento o creación de un beneficio distinto en otra área del sistema de seguridad social.


Tampoco se quebranta este principio, cuando resultan necesario hacer un ajuste para corregir un error o bien para corresponder a la realidad económica. PRINCIPIO DE CONCORDANCIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL CON LA REALIDAD ECONOMICA El desarrollo de la seguridad social debe responder a su vez al desarrollo económico de la sociedad. Un modelo de sistema de seguridad social que por exceso o defecto se aparte de la realidad económica está condenado al fracaso. Para ello es necesario la planificación y coordinación. En general la doctrina se inclina por el establecimiento de entes autónomos para la administración de la Seguridad Social. La autonomía, particularmente la de gobierno, resulta, en principio, incompatible con la planificación. Sin embargo, todo ente público, también los privados que prestan un servicio público, están sujetos al principio de razonabilidad que es de rango Constitucional. Siendo ello así, la planificación y la coordinación pueden resultar vinculantes, no en virtud de una relación de tutela administrativa, sino en aplicación de la razonabilidad. La planificación y la coordinación son necesarias, ya no solo en el ámbito de las entidades encargadas de la seguridad social como lo exige el principio de unidad, sino además, en relación con todas las entidades del sector público y también del sector privado, cuando fuere del caso. Solo así podrá instrumentarse el principio de concordancia de la seguridad social con la realidad económica. PRINCIPIO DE PARTICIPACION SOCIAL En un sentido muy genérico y amplio podría pensarse que dentro de este principio se engloban los principios de universalidad, y de solidaridad, en tanto que, de acuerdo con el principio de universalidad, se plantea la participación de la población en los beneficios de la seguridad social, y con el de solidaridad se plantea la participación de la población en el financiamiento de la seguridad social. No obstante, cuando se habla de participación social se hace en una forma más restringida y separada de aquellos principios, pues con ella se hace relación a que los diferentes colectivos protegidos deben estar representados en la dirección de las entidades que administran los diferentes programas de seguridad social y que, además, deben tener participación en el diseño del sistema y de los cambios que se puedan dar en general, y en particular en el perfil de beneficios. PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD De acuerdo con este principio, las prestaciones de la seguridad social del sistema deben ser acordes con las necesidades de los colectivos que se pretende proteger. Las prestaciones de la seguridad social no deben quedarse en la protección de los riesgos clásicos (invalidez, vejez, muerte, enfermedad y maternidad), sino que debe tener un crecimiento constante tendiente a detectar las diferentes necesidades sociales para acudir a su protección. Para satisfacer las diferentes necesidades, de acuerdo con cada uno de los sectores protegidos, deben establecerse beneficios adecuados a las diferentes circunstancias. PRINCIPIO DE INMEDIATEZ De acuerdo con este principio, los beneficios de la seguridad social deben llegar en forma oportuna al beneficiario.


Para ello, para que los beneficios de la seguridad social lleguen en forma oportuna, es necesario que los procedimientos sean ágiles y sencillos; los plazos de resolución, cortos. La participación material del beneficiario en el trámite debe reducirse al mínimo, pues la administración de la seguridad social debe suplir los trámites. Debe darse publicidad a los beneficios, para que todos conozcan sus eventuales derechos. Es contrario al principio de inmediatez el establecer beneficios sobre hipótesis confusas, cuya existencia solo algunos conocen. La prestación de los servicios debe desconcentrarse, para que las distancias territoriales no sean obstáculo en la obtención de los beneficios. PRINCIPIOS DE SUBSIDIARIDAD DEL ESTADO En última instancia es la colectividad la responsable de la seguridad social, no el órgano o ente que administra un determinado programa. Por ello, convergiendo con el concepto de responsabilidad, es en última instancia el Estado el que debe hacerle frente a los programas de seguridad social. PRINCIPIOS DE ASIGNACION PREFERENTE DE RECURSOS El fin principal del Estado debe ser la tutela del ser humano. Dado ese carácter instrumental, debe preferirse la asignación de recursos económicos a los programas de seguridad social, particularmente a aquellos que tienden a la satisfacción de las necesidades fundamentales. Este principio es de especial importancia en situaciones de crisis económicas. CONSIDERACION FINAL La enumeración anterior no aporta el catálogo de principios de la seguridad social, pero sí se han citado los de especial relevancia, no por ello ajenos a la discusión de su contenido y alcances. No es posible replantear un sistema de seguridad social sin ponderar el contenido de los principios fundamentales, pues el resultado sería un sistema incongruente, desfasado, sin visión de conjunto y, en consecuencia, distante de encontrar las soluciones adecuadas a los problemas planteados. No es suficiente tener a la vista los principios ideológicos, pero tampoco lo sería el considerar únicamente los económicos o meramente técnicos

Hernández González, Janela


Artículos de interés referido indemnizaciones del IVSS?

a:

¿Cómo

conseguir

¿Indemnizaciones diarias? http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/papayapedia/tramites/legales/-como-conseguir-indemnizaciones-del-ivss-.aspx#ixzz2Z8MqVKgu

http://www.ivss.gov.ve/Ciudadano/Indemnizaciones-Diarias

Ríos Fernández, Adriel INDEMNIZACIONES DIARIAS: QUÉ, CUÁNDO Y POR QUÉ. Son prestaciones dinerarias otorgadas en ocasión de una incapacidad temporal para el trabajo como consecuencia de:  Un accidente común o laboral.  De la maternidad.  De una enfermedad profesional o común. Base Legal de las indemnizaciones diarias: De la incapacidad temporal para el Trabajo Artículo 9: Los asegurados tienen derecho en caso de incapacidad temporal para el trabajo debido a enfermedad o accidente, a una indemnización diaria desde el cuarto día de incapacidad. La duración y atribución de las indemnizaciones diarias no podrán exceder de 52 semanas para un mismo caso. Artículo 10: Cuando el asegurado, sometido a tratamiento médico por una larga enfermedad, agotare el lapso de prestaciones médicas y de prestaciones en dinero por incapacidad temporal, tendrá derecho a continuar recibiendo esas prestaciones siempre que haya dictamen médico favorable a su recuperación. Artículo 11: Las aseguradas tienen derecho a la prestación médica que se requiera con ocasión de su maternidad y a una indemnización diaria, durante los permisos de maternidad y por adopción establecidos legalmente, la cual no podrá ser inferior al salario normal devengado por la beneficiaria en el mes


inmediatamente anterior a la iniciación de los permisos o a la fecha en que éstos debieron otorgarse de conformidad con esta Ley. Parágrafo Único: El Ejecutivo Nacional establecerá mediante Resolución Especial: a) El cumplimiento de la prestación médica integral prevista en este artículo mediante una indemnización sustitutiva y por la cantidad y en las condiciones que determine, cuando el parto sobrevenga en localidades no cubiertas por el Seguro Social y en donde el Estado no provea asistencia médica gratuita; y b) EI procedimiento y requisitos para el cobro de la indemnización en los casos de permisos de maternidad y por adopción, cuando la beneficiaria no resida en una localidad cubierta por el Seguro Social. Artículo 12: Los asegurados tendrán derecho a las indemnizaciones previstas en este Capítulo siempre que no ejecuten labor remunerada. El Reglamento fijará la cuantía de las indemnizaciones.

¿Cómo conseguir indemnizaciones del IVSS? Las indemnizaciones diarias conocidas como reposos, que consisten en prestaciones generadas por incapacidad temporal para el trabajo, son canceladas por el Seguro Social a partir del cuarto día, mediante dos sistemas de pago: factura o cancelación directa al beneficiario. Estos son los pasos a seguir para que el trámite sea exitoso: 1. Para certificar la incapacidad, debe entregar cuenta individual, constancia del Registro del Trabajador en el Sistema de Gestión y Autoliquidación o el Registro del asegurado (F: 14-02) y copia de la cédula de identidad. Con uno solo de esos requisitos es suficiente. 2. Reposo emitido en la consulta privada del paciente si fuese el caso, el cual debe ser emitido preferiblemente por la sede asistencial afiliada al Ivss cercana a su residencia, o acudir al centro hospitalario que cuente con la especialidad médica por tratar. 3. Si el reposo dura más de tres días, se elabora la planilla F: 14-73 en original y dos copias, y se entrega el original y una copia al asegurado. 4. Para solicitar el pago, el asegurado debe dirigirse a la oficina de


Prestaciones del centro de salud donde validó su reposo. 5. Debe consignar el Certificado de incapacidad (F: 14-73) y Comprobante de consignación de datos (F: 14-52) (elaborada por el empleador). 6. Si el pago es suspendido, el beneficiario deberá presentar una carta explicativa, copia de la cédula de identidad, comprobante de trámite de pago (planilla F: 14-147) para tramitar la reactivación de pagos por indemnizaciones diarias. Video IVSS: http://www.youtube.com/watch?v=dKRSA-Ix-Rc

Ríos Fernández, Adriel




BOMBAS DE QUESO

INGREDIENTES: 500 Gr. de Ternera Picada 1 PuĂąado de Pan Rallado 1 Chorrito de Leche 1 Huevo Batido Sal y Pimienta Queso Harvati Harina para envolver Aceite de Oliva para freir PREPARACION: Salpimentamos la ternera. Echamos la leche, el huevo batido y mezclamos bien. Espolvoreamos el pan rallado hasta obtener una masa compacta. Cogemos porciones con una cuchara y las damos forma de bola, haciendo un agujero en medio con el dedo. Cortamos un trozo de queso y lo introducimos dentro de la bomba, cerrando el agujero y envolviendo con la harina. Sacudimos bien para quitar el exceso de harina y se frien en abundante aceite hasta que estĂŠn doradas. Servir con la salsa que mas os guste.


REFLEXIONES Desde tiempos remotos conocer el futuro ha atemorizado e intrigado a la humanidad y aunque hoy en día resulta imposible despejar esta incógnita, la construcción de probables escenarios futuros a partir del uso de tecnologías y herramientas que se han ido incorporado a las metodologías de planificación estratégica nos permite predecir rutas alternativas y elegir la que a nuestro criterio resulte la más probable. De aquí en adelante con este mapa teórico del futuro nos tocará navegar manejando con flexibilidad las desviaciones que la práctica nos imponga. Un buen plan es aquel que logra elaborar un excelente análisis de situación y en consecuencia permite que la ruta elegida sea lo suficientemente precisa para evitar serios desvíos -a los cuales nos enfrenta la realidad en la práctica-, por lo que el diseño de planes de contingencia, sistemas de monitoreo y estructura organizacional descentralizadas y flexibles complementan un exitoso proceso de planeación estratégica. Concluido el proceso de elaboración del plan estratégico queda por delante la importante tarea de gestionar la implementación del plan, aspecto que requiere el compromiso explícito de la alta gerencia y habilidades de liderazgo para movilizar a las personas y los recursos de la organización en función de los propósitos definidos.


Funciones del IVSS

El I.V.S.S. es el instituto Venezolano de los seguros sociales en Venezuela con carácter público, cuya función es brindar la protección social de la seguridad social a todos los que se beneficien de las contingencias tales como: maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, incapacidad, invalidez, nupcias, muerte, retiro y cesantía o pérdida de empleo, de manera oportuna y con la excelente calidad del servicio que se haya prestado. El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, bajo la inspiración de la justicia social y de la equidad para toda la población, avanza hacia la conformación de la nueva estructura de la sociedad, garantizando el cumplimiento de los principios y normas de la Seguridad Social a todos los habitantes del país. El compromiso social y el sentido de identificación con la labor que se realiza, debe ser la premisa fundamental en todos los servicios prestados.

Sus principales funciones son: 

Aplicar el Régimen de los Seguros Sociales en el ámbito nacional.

Brindar protección a los trabajadores y obreros, ante las contingencias de vejez, invalidez, sobreviviente y pérdida de empleo, así mismo prestar ayuda económica en los casos de incapacidad temporal, nupcias y funerarias.

Conformar y regular los procesos inherentes al Servicio de Registro e Información del Sistema de Seguridad Social Integral.

Prestar asistencia médica curativa y preventiva a todos los venezolanos.

Desarrollar los mecanismos necesarios que garanticen la prestación de los servicios médicos en estructuras cónsonas y adecuada dotación de recursos.

Establecer los Procesos de Liquidación y Recaudación de los Recursos Financieros del Sistema de Seguridad Social Integral y su distribución a los respectivos subsistemas. Mendoza Durán, Jaqueline



¿Cómo está constituido?

Mendoza Durán, Jaqueline



Mendoza Durรกn, Jaqueline LA TIENDA DEL CELULAR AV. 20 CON 16

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Horóscopo

ARIES Marzo 21 de abril 19 La Luna en Capricornio está transitando por el sector profesional, lo que pondrá de relieve algunos de tus principales valores como son la iniciativa y la capacidad de acción.... TAURO Abril 20 a mayo 20 La Luna pasando por el sector más filosófico de la vida añadirá un poco de seriedad o trascendencia a tu temperamento sociable y pragmático. GÉMINIS Mayo 21 a Junio 21 La Luna está transitando por el sector de las transformaciones personales y en el signo de Capricornio, lo que indica que los cambios que se puedan producir van a ser profundos. CÁNCER Junio 22 a Julio 22 La Luna en Capricornio está transitando por el sector de las uniones, haciendo que las relaciones con la pareja, socios y colaboradores estén muy activadas. LEO Julio 23 a agosto 22 La Luna está transitando por el sector correspondiente a los servicios prestados y obligaciones lo que para un Leo representa una buena oportunidad para poner en práctica tus habilidades.


VIRGO Agosto 23 a Septiembre 21 La Luna está transitando por el sector del amor y la creatividad, incentivando tu potencial creativo que se manifestará de diferentes maneras pero siempre intentando que todo lo puedes lograr. LIBRA Septiembre 22 a octubre 22 La Luna continúa su tránsito por el sector relativo al hogar, un espacio poco menos que sagrado para un Libra, ya que buscas en él el refugio perfecto donde retirarte. ESCORPIO Octubre 23 a noviembre 21 Hoy el ambiente en general será tenso emocionalmente y puede que seas demasiado crítico con las personas de tu entorno inmediato. SAGITARIO Noviembre 22 a diciembre 21 La Luna está transitando por el sector de tu economía y posesiones personales, lo que hará que tengas más facilidades para conseguir ingresos, preferentemente mediante una inversión. CAPRICORNIO Diciembre 22 a enero 19 La Luna continúa transitando por tu signo y haciendo que todas tus cuestiones personales ocupen un primer plano. Seguramente, tú mismo serás o querrás ser el protagonista de tu vida. ACUARIO Enero 20 a febrero 19 El tránsito de la Luna por el sector más problemático del zodíaco hará que tengas suficientes limitaciones como para estar inactivo o preferir retirarte a recuperar fuerzas y para luego continuar. PISCIS Febrero 20 a marzo 20 El tránsito de la Luna en Capricornio por el sector de los amigos y los proyectos, indica que tus propuestas o iniciativas tendrán una finalidad o motivación sumamente.

Mendoza Durán, Jaqueline


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