REDyD IOMG Edición 4

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No obligar a la transparencia genera importantes precedentes de impunidad. En este sentido, el alcance de las consecuencias no se limita a la justicia, sino que también se desborda en la dimensión económica. Por ejemplo, una de las implicaciones a nivel de políticas públicas de no incorporar esta recomendación de rendición de cuenta es que continuaría siendo imposible responsabilizar a un partido o a candidatos particulares por contribuir a déficits fiscales insostenibles, aun cuando estos supongan aumentos considerables de la deuda pública o la imposición de reformas fiscales sin justificación más que la de cubrir el déficit ocasionado. Por tanto, para poder regular el uso de los fondos, es importante transparentar los reportes de los partidos políticos. En este sentido, y visto desde una óptica legal, una reforma parcial a la ley electoral tal y como lo sugiere este estudio permitiría al Estado dominicano garantizar el derecho ciudadano a “denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos”, específicamente de aquellos que entran a un proceso electoral como oficialistas, tal y como lo establece el Artículo 22 de la Constitución. Finalmente, y en referencia al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, ratificado mediante la Resolución 684 de fecha 27 de octubre de 1977, establece en su parte II, numeral 2, se recuerda que: Cada Estado Parte se compromete a adoptar con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones del mismo pacto, las medidas oportunas para dictar disposiciones legislativas de otro carácter que fueran necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en el y que no estuviesen ya garantizados por disposiciones legislativas de otro carácter. Se entiende que esta enmienda a la Ley Electoral es una medida oportuna para hacer efectivo el derecho a la información y la transparencia, que a su vez son determinantes en el proceso de fortalecimiento de cualquier democracia institucional. Por último, es importante destacar que los beneficiarios de una posible enmienda en la Ley no sólo son los ciudadanos como individuos y/o colectivo, sino los partidos políticos más pequeños que en República Dominicana enfrentan un terreno político desnivelado. Precisamente en el proceso de entender como la transparencia impacto los niveles de democracia, cabe destacar que la Constitución de la República Dominicana obliga a la generación de un terreno equitativo donde realmente haya una competencia política que garantice la incertidumbre del proceso. Al transparentar el uso de los fondos, los ciudadanos podrán verificar sus posibles sospechas sobre el mal uso de lo fondos por parte de los partidos grandes y tendrán mayores motivos para dar oportunidades a partidos pequeños que previamente no eran considerados posibilidades electorales reales.

Consideraciones para Futuras Investigaciones Dentro de la investigación se recalcan áreas de estudio que sobrepasan el alcance de este trabajo y que son también trascendentes en el proceso de fortalecimiento de la democracia dominicana. Sería muy incidente un estudio que elucidara sobre la relaciones existente entre la transparencia y el empoderamiento ciudadano. Implícito en este trabajo, la transparencia conduce a un mayor empoderamiento ciudadano y por tanto mayores niveles de justicia. La investigación supone que tras divulgar el uso de las finanzas políticas, los ciudadanos exigirían mayores niveles de justicia, aunque esto no sea del todo cierto. Por tal razón sería interesante considerar la inclusión de alguna variable que además de nivel de escolaridad, controle por niveles de ciudadanía. En otras palabras, ¿se motivaría algún ciudadana a proceder con las requeridas denuncias si se enterase que el candidato por el que votó o cualquier otro mal utilizó fondos públicos? REDyD del IOMG Edición No. 4

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