Comentarios al Proyecto de discusión pública IASB: Propiedades, Planta y Equipo — Importes obtenid

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oPINIóN INCP

OPINIóN INCP La opinión del INCP frente a los Proyectos de Discusión

E

l INCP ha estado participando activamente de los documentos puestos para consulta pública en temas coyunturales que impactan a la profesión. En especial, deja clara su posición y señala opciones de manejo frente a las modificaciones propuestas a través de proyectos de discusión de los marcos técnicos normativos internacionales de información financiera. A continuación, les compartimos los comentarios enviados al Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad con oportunidad de la respectiva consulta pública: Comentarios al Proyecto de discusión pública IASB: Propiedades, Planta y Equipo — Importes obtenidos con anterioridad al uso previsto. Modificaciones propuestas a la NIC 16 Recepción de comentarios hasta el 19 de octubre de 2017 El Consejo está proponiendo modificar la NIC 16 para prohibir la deducción del costo de un elemento de propiedades, planta y equipo de cualesquiera importes procedentes de la venta de elementos producidos mientras se lleva ese activo al lugar y condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia. En su lugar, una entidad reconocería los importes procedentes de la venta de estos elementos y los costos de producirlos en el resultado del periodo. ¿Está de acuerdo con la propuesta del Consejo? ¿Por qué sí o por qué no? Si no es así, ¿qué alternativa propondría y por qué? Agradecemos al Consejo la oportunidad para comentar sobre este proyecto. Respuesta: Estamos de acuerdo con la modificación a la NIC 16.17 (e), debido a que se le daría el reconocimiento al hecho

El Contador Público

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económico como tal, que es la generación de un ingreso dentro de las actividades ordinarias de las entidades, y que, por tanto, se regirían bajo la NIIF 15 en su reconocimiento y presentación. Es de considerar, a nivel de ampliación en la modificación de la norma, que algunas entidades que se encuentren en etapa de exploración, como las industrias extractivas, se podrían plantear si las mismas se encuentran ya en operación por el mero hecho de realizar un reconocimiento de ingresos ordinarios y por ende se debería comenzar a calcular la depreciación, amortización, agotamiento de los activos asociados, en cuyo caso, se sustentaría que solo se reconocerían estos hechos una vez se demuestre la fiabilidad técnica y la viabilidad comercial del proyecto, y el activo se encuentre en las condiciones de uso previstas por la entidad. El impacto de la norma podría tener un efecto material en la industria extractiva, teniendo en cuenta que la venta de crudo, en su fase de exploración, puede ser significativa para muchas entidades si se tienen dos o más proyectos exploratorios. Sugerimos que se amplié la definición de costos de comprobación dado que, si hay una mayor claridad, se garantizará el entendimiento de cuándo un activo se encuentra en condiciones de uso y disponibilidad, en lo que corresponde al correcto desempeño técnico y físico del activo, más allá de su rendimiento financiero. Si necesita más información sobre esta respuesta, no dude en contactarnos. Contacto: Alexandra Peñuela – directora técnica INCP alexandra.penuela@incp.org.co


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