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NOM-044

La NOM-044 será ajustada nuevamente ante la falta de disponibilidad de Diésel de Ultra Bajo Azufre en todo el país. La vigencia de los estándares EPA 07 - Euro V se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2024, por lo que podrán seguir conviviendo con las tecnologías EPA 10 - Euro VI.

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• Texto Rubén Bustos Carlos •

Luego de meses de incertidumbre en los fabricantes de motores y de vehículos pesados, finalmente la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) extenderá la vigencia de los estándares EPA 07 – Euro V hasta el 31 de diciembre de 2024, por lo que podrán seguir conviviendo este tiempo con las tecnologías EPA 10 - Euro VI.

Esta propuesta brinda certeza a la industria de autobuses, camiones y tractocamiones, ya que le permitirá realizar una transición más ordenada hacia tecnologías más limpias, a la par de que se incrementa la disponibilidad de Diésel de Ultra Bajo Azufre (UBA) en todo el país. Aunque organizaciones ambientalistas argumentan que se trata de un retroceso.

La Semarnat envió a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) la propuesta de Acuerdo que establece que la vigencia de los estándares AA, contemplados en las Tablas 1, 2 y 4 de la NOM-044-SEMARNAT-2017, la cual establece límites máximos permisibles de emisión de contaminantes provenientes de motores nuevos a diésel y de los vehículos pesados nuevos a diésel, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024.

Esto, derivado de que los motores nuevos a diésel y los vehículos pesados nuevos a diésel, fabricados con las tecnologías más limpias identificadas como estándares B, requieren combustible con UBA para poder operar correctamente y la resolución RES/1817/2019, de fecha 18 de diciembre de 2019, de la Comisión Reguladora de Energía otorga a Pemex Transformación Industrial una ampliación del plazo previsto para poder comercializar diésel automotriz de hasta 500 mg/kg de azufre en la zona denominada Resto del País, misma que espirará el 31 de diciembre de 2024.

Por ello, establece el Acuerdo, “Ante la falta de plena disponibilidad de Diésel UBA en todo el país se hace necesario la ampliación de la vigencia del estándar AA hasta el 31 de diciembre de 2024”.

Cabe señalar que la introducción del estándar B significa un cambio tecnológico sustancial respecto a las emisiones generadas por las tecnologías asociadas al estándar A, las cuales estuvieron vigentes hasta el 30 de junio de 2019, por lo que, para fortalecer este cambio tecnológico, la NOM-044 contempla la entrada en vigor, de manera simultánea con los estándares B, de los estándares de transición AA que representan una mejora ambiental respecto a los estándares A, al establecer límites máximos permisibles de emisión de partículas y óxidos de nitrógeno más estrictos y al incorporar la obligación de contar con Sistemas de Diagnóstico a Bordo.

El Acuerdo no había sido publicado en el Diario Oficial de la Federación hasta el cierre de edición el día 26 de noviembre del 2021, lo cual es necesario para que la resolución entre en vigor.

Voces a favor

Con el objetivo de dar certeza jurídica en la comercialización de los motores y vehículos nuevos fabricados en el país e importados, la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) respaldó la decisión de la Semarnat.

“Desde Concamin refrendamos el compromiso de las diversas cámaras y asociaciones de la cadena de valor del autotransporte para seguir trabajando en equipo con la Semarnat en la articulación de esfuerzos que instrumenten una serie de medidas e impulsen la sustitución tecnológica hacia motores más limpios”, aseguró Felipe de Javier Peña, Presidente de la Comisión de Transporte de la Concamin.

El líder de la Comisión aseguró que la Concamin trabaja por un autotransporte más seguro, amigable con el medio ambiente y competitivo. “Sabemos que la norma no es el único instrumento para lograr este fin. Por ello hemos mantenido mesas de trabajo con autoridades y año con año habrá una revisión con la autoridad respecto a las condiciones existentes relacionadas con esta normatividad”.

Por su parte, Miguel Elizalde, presidente ejecutivo de la Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones (ANPACT), en los comentarios enviados sobre el Acuerdo a la Conamer, explicó: “Vemos muy positivo que el acuerdo deja vigente el estándar B el cual convivirá simultáneamente con la nueva vigencia del estándar AA, lo que permitirá que el transportista que sí pueda garantizar el abasto de Diésel UBA, podrá optar por renovar su flota y lograr una reducción de emisiones aún mayor. Esto aunado a los beneficios en seguridad vial y eficiencia energética que tienen los vehículos pesados nuevos”.

Asimismo, resaltó que la edad promedio de la flota de carga y pasaje es de 18.4 años y por cada vehículo nuevo estaría circulando uno de casi 37 años de antigüedad.

“El gran reto está en acercar la renovación de la flota, sustituir las unidades más antiguas por unidades más nuevas. Si se renueva un vehículo de la edad promedio (tecnología EPA 98 o anterior - Euro III) por la tecnología EPA 07 – Euro V, lograríamos una reducción aproximada en NOx de 83% y de 50% en material particulado”.

Por su parte, Guillermo Rosales Zárate, director general adjunto de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA), también en los comentarios de Conamer, expresó: “percibimos de manera positiva el propósito del Acuerdo… lo que permitirá que los transportistas renueven sus unidades pudiendo optar por una u otra tecnología dependiendo de la realidad cotidiana que enfrenten en el abasto de su combustible, con lo que se podrá estimular la renovación vehicular, para quienes tengan garantizado el suministro de Diésel UBA y quienes no lo tengan”.

Sin duda alguna, explicó, se abonará a la reducción de emisiones y la seguridad vial en las vías de comunicación terrestre de nuestro país. “La adecuación de la NOM es una medida que no deseamos, ni esperábamos cuando se elaboró la Norma, desafortunadamente se ha tenido la necesidad de recurrir a este recurso ante la no disponibilidad plena de Diésel UBA”.

Voces en contra

Por su parte, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), en sus comentarios a la Conamer, presentó argumentos en contra de la modificación a la NOM-044 por su impacto en el ambiente asociado a las emisiones de contaminantes locales y climáticos de vida corta, así como en la salud de la población y la competitividad del sector de vehículos pesados en México.

“Esta modificación retrasa la entrada en vigor de las tecnologías más limpias y debilita las acciones de México en materia de mitigación contra el cambio climático, poniendo en riesgo, por lo tanto, el cumplimiento del marco legal en la materia y el goce y disfrute de derechos humanos, en particular, el derecho a un medio ambiente sano y el derecho humano a la salud”, expuso.

“Recomendamos no retrasar más allá del 2022 la implementación del estándar B de la NOM-044 y trabajar de manera paralela para implementar otras acciones de renovación de flota y la posible aplicación a los vehículos importados usados. En algunas aplicaciones, recomendamos implementar vehículos eléctricos como es el caso de los buses eléctricos y de carga ligera de última milla, los cuales son ya una realidad en varias ciudades de México”, añadió CEMDA.

Asimismo, el Consejo Internacional en Transporte Limpio (ICCT, por sus siglas en inglés), también fijó su postura en los comentarios de la Conamer, donde expresó: “No se requiere que el 100% del combustible cumpla con el límite de 15 ppm. Los camiones y autobuses que cumplen con el estándar Euro VI están disponibles en México y hay un número significativo de éstos operando actualmente”.

También añadió que toda la inversión requerida por los fabricantes ya se ha realizado. A diferencia de los estándares de combustibles, los cuales requieren de inversión del Gobierno Federal, la implementación de la NOM-044 no incurrirá en ningún costo para el Gobierno.

“Actualmente, la Industria Automotriz Mexicana exporta aproximadamente el 80% de su producción de camiones y autobuses a los Estados Unidos y Canadá, vehículos limpios que se han producido en México desde hace más de una década. Por otra parte, grandes empresas en México ya han comenzado a adquirir camiones de largo recorrido que cumplen con el estándar Euro VI, lo que demuestra la viabilidad para los propietarios de estas flotas”.

• 19 de febrero de 2018 - Publicación de NOM-044-SEMARNAT-2017 en el DOF. Se cancela la NOM-044-SEMARNAT-2006. • 1 de enero de 2019 - Entran en vigor EPA 07 - Euro V. • 30 de junio de 2019 - Dejan de producirse y comercializarse EPA 04 - Euro IV. • 1 de julio de 2019 - Solo pueden producirse y comercializarse EPA 07 - Euro V. • 11 de noviembre 2020 - Semarnat concede prórroga para que EPA 07 - Euro V sigan vigentes todo el 2021. • 31 de diciembre de 2020 - Dejarían de producirse y comercializarse EPA 07 - Euro V, pero con la prórroga siguen vigentes un año más. • 1 de enero de 2021 - Solo podrían producirse y comercializarse EPA 10 - Euro VI o posteriores, pero permanecen conviviendo con EPA 07 - Euro V. • 22 de octubre de 2021 - La Semarnat resolvió extender la vigencia de EPA 07 - Euro V hasta el 31 de diciembre del 2024 para que convivan con EPA 10 - Euro VI.

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