Boletín Cifras de Calidad - Febrero 2013

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Foro Económico Mundial Davos 2013, Dinamismo con Flexibilidad

Auditoría y Consultoría “Dinamismo con Flexibilidad” / “Aplicación de los Impuestos Diferidos en un Ambiente Incierto” / “Representante Legal: Subordinado de Beneficios Sociales” / “El SRI Impone una Obligación mas: Informe de Precios de Transferencia para Operaciones Locales” / “Empresa de Calidad: COTECNA Certificadora Services.” / “El Optimismo”


Los empresas requieren de información financiera confiable y oportuna para poder conducir los negocios hacia los objetivos estratégicos planteados. La auditoria es un servicio a la disposición de las empresas para garantizar que las cifras reflejen su situación financiera.

AUDITORÍA EXTERNA Hansen-Holm, única firma ecuatoriana de auditoria externa bajo la Norma ISO 9001,2008, le ofrece un servicio comprometido con la calidad de la información financiera que se sustenta en la renovación de los procesos y del sistema de gestión para cumplir con las normas de auditoria, contables y legales.

Nuestros servicios incluyen: -

Auditorias financieras

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Auditorias de control interno

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Revisiones especiales o o o o

Procedimientos convenidos Diagnóstico de aplicación de normas internacionales de información financiera y tributarias Auditoria de sistemas Revisiones de carácter regulatorio

Aval de Cifras de Calidad


DINAMISMO CON FLEXIBILIDAD

Conocemos las cifras que reportan compañías que a pesar de que mantienen sus sedes centrales en alguna ciudad de algún país que operan globalmente influyendo de manera determinante en nuestra forma de vida. Así, por ejemplo, la petrolera estadounidense Exxon Mobile cuyas ventas superan los US$430 billones tiene un valor de mercado que supera los US$400 billones, cifras que la ponen por delante del banco JPMorgan Chase, del grupo General Electric, de la compañía petrolífera anglo-holandesa Royal Dutch Shell o del banco chino ICPC. “Al escalar una gran montaña nadie deja a un compañero para alcanzar la cima solo” T. Norgay

En un contexto como el mencionado, se celebró la 43ava reunión anual del Foro Económico Mundial en Davos, Suiza, con la participación de más de 1,600 líderes empresa- riales y 45 jefes de los estados más influyentes desde el punto de vista económico.

Luego de las sesiones de trabajo, parece que hay conciencia de que las empresas teniendo más poder y dinero que nunca antes pueden destruir gran parte del planeta. Por lo tanto, si el impacto de su actividad es alto, su responsabilidad debe serla también. Es evidente que los gobiernos no pueden resolver solos los problemas mundiales como el cambio

climático o la escases de recursos y de alimentos, por lo que se requieren empresas no centradas en crear valor solo para los accionistas, sino para la sociedad, guiadas por líderes que tomen decisiones basados en valores humanos dispuestos a cooperar con las autoridades.

EDITORIAL

Observamos descontento popular en Portugal, España, Italia y Grecia por las medidas de austeridad que debieron implementarse para mantener una Unión Europea que casi no crecerá este año; una crisis en el medio oriente que concentra y distrae nuestra atención en el desangre sirio; una China que tiene el 30% de las reservas monetarias internacionales del planeta y que con un cuarto de la población mundial produce el 13% del PIB global; y a Barack Obama asumiendo su segundo y último mandato en un país que con un 5% de la población produce el 22% del PIB global.

Cuando se trata de una empresa global, muchos pensamos en Coca-Cola, empresa con presencia en más de 200 países, según lo afirma en su hoja web. Siendo así, las ponencias de Muhtar Kent, su Director Ejecutivo, fueron relevantes. Él indicó que la historia demuestra que las organizaciones más flexibles son aquellas que no solo se preparan para el cambio y la turbulencia, sino aquellas que avizoran y dimensionan las posibilidades en el ojo de la tormenta. Ve extraordinarias perspectivas en los mercados emergentes en los que salieron 450 millones de personas de la pobreza en los últimos 10 años y prevé que la clase media mundial alcanzará los 5 mil millones de personas en un mundo de 8,700 millones de personas para el 2030. Lo que le preocupa es que no se creen los puestos de trabajo necesarios para confirmar esta tendencia.

Es evidente que ninguno de los atributos, flexibilidad o dinamismo, es suficiente por sí solo. Por lo tanto, los dirigentes empresariales y políticos requerirán de ambos para afrontar las tareas pendientes. En este esfuerzo, les puede resultar útil el consejo de Tenzing Norgay, celebre montañista sherpa, que guío a Edmund Hillary y le permitió alcanzar la cima del Everest. Atentamente, Mario A. Hansen-Holm, Ph.D. Socio Director mahh.director@hansen-holm.com Blog:http//hansen-holm.blogspot.com

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CONTABLE Febrero 2013 - Boletín Cifras de Calidad

APLICACIÓN DE LOS IMPUESTOS DIFERIDOS EN UN AMBIENTE INCIERTO

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Desde el ejercicio económico que terminó el 31 de diciembre del 2010, las empresas ecuatorianas han ido paulatinamente reportando bajo NIIF -Normas Internacionales de Información Financiera cumpliendo con lo dispuesto por la Superintendencia de Compañías. Esta instrucción, vista desde cualquier óptica es positiva, porque obliga a que se prepare información contable de mayor utilidad para todos los que tengan que tomar decisiones en base a ella. Esta transición a las NIIF terminó el 2012, una vez que las compañías consideradas como PYMES, aplicaron la norma establecida por el Consejo Internacional de Normas Contables. Es oportuno recordar que las NIIF como sistema de medición, presentación y revelación de las transacciones busca como primer objetivo preservar la continuidad de las empresas, para evitar las fatales consecuencias sociales de sus fallas. En ese contexto, una administración debe concentrar sus esfuerzos en orientar su actividad en base a una estrategia, cumplir con todas las leyes aplicables, tener procesos eficientes -para cuidar los recursos escasos- y generar información confiable oportunamente que le permita tomar decisiones e implementarlas. Por lo anotado previamente, el aplicar las NIIF no buscaría afectar la recaudación fiscal de un país. Creemos, por el contrario, que incrementa la posibilidad de éxito empresarial y apuntala la relación contribuyente-estado al proporcionarles a ambos información que les permita administrar de una mejor manera sus derechos y obligaciones tributarias.

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Las NIIF se sustentan en el registro de las transacciones en conformidad con el principio de devengado. Según este principio, los gastos deben registrarse cuando se conocen y los ingresos, cuando se realizan. Solamente, de esa manera, se puede esta-

blecer confiablemente los resultados de un periodo y la posición financiera (activos, pasivos y patrimonio) a una fecha. Así, hay transacciones que pueden tener un impacto en la base imponible del ejercicio corriente y otras en períodos futuros. Para explicarlo sencillamente, pensemos en la venta de mercadería. Al valor de ella le restamos los costos y gastos relacionados y obtenemos, luego de establecer la participación de los trabajadores, la base imponible. Pero, si tenemos un inmueble en el que desarrollamos nuestra actividad y por la transición a las NIIF le hemos asignado su costo atribuido, se generará un pasivo por impuestos diferidos, para advertir a los accionistas que al incremento del valor del activo le corresponde por un lado un incremento del patrimonio y una obligación con el fisco, que se liquidará en el futuro.

La NIC 12 y el método del pasivo por el balance general La Norma reconoce que un rubro del balance puede tener una medición bajo NIIF que difiera de aquella que le asigna la legislación tributaria, en un determinado momento. Por ello, establece que la base fiscal de un activo es el valor que fiscalmente se pueda se pueda deducir de los beneficios que obtenga la empresa, cuando recupere el importe en libros de dicho activo; y, la base fiscal de un pasivo es igual a su importe en libros menos cualquier importe que eventualmente, sea deducible fiscalmente respecto de tal partida en ejercicios futuros. En consecuencia con las definiciones anteriormente expuestas, cuando la base fiscal de un pasivo es menor que su base contable, por ejemplo la estimación para jubilación patronal establecida por el actuario es US$ 100 mil y de ella es deducible solamente US$ 75 mil, se generaría una diferencia temporaria deducible de US$ 25 mil que debería derivar en el registro de un activo por impuestos diferidos por US$ 5.5 mil, que se debería recuperar cuando los trabajadores alcancen los 10 años de


O, en el caso, de que la base fiscal de un activo sea inferior a su base contable, se observaría una diferencia temporaria imponible que generaría un pasivo por impuestos diferido. Un ejemplo de esto sería si se compra un vehículo para la gerencia general que cuesta US$ 75 mil, para el que la legislación tributaria solo permitirá deducir vía depreciación en el tiempo solamente US$ 35 mil, evidenciando una diferencia temporaria imponible por US$ 40 mil que generaría un pasivo por impuestos diferidos de US$ 8.8 mil. 2 pasos para adelante, 2 pasos para atrás Los representantes del SRI han expresado en diferentes foros que el Impuesto a la Renta debe ser pagado de acuerdo con la Ley. Frente a esta expresión, nosotros no hemos escuchado jamás a em empresario alguno disintiendo. Por el contrario, en nuestra práctica profesional somos testigos diariamente del deseo de cumplir con la normativa legal, a pesar de los continuos cambios a los que es sometida. A nuestro crietrio, los dos pasos que se han dado hacia adelante son los siguientes: 1) En mayo del 2011, el SRI solicitó a las compañías que habían presentado cifras NEC en su declaración de Impuesto a la Renta del 2010 que diferían de las cifras NIIF presentadas a la Superintendecia de Compañías, que las suplieran por estas últimas recordándoles que la base de la tributación radica en la contabilidad llevada de acuerdo a lo establecido por el organismo de control societario. 2) En el año 2012, poco antes de la fecha de declaración del Impuesto a la

Renta, el SRI emitió un instructivo en el que indicaba qué casillero de la declaración a la Superintendencia de Compañías debía ser incluido en tal o cual casillero de la declaración tributaria. En ese instructivo, los contribuyentes encontramos a los activos por impuestos diferidos y también a los pasivos por impuestos diferidos. Estos dos aspectos confirmaban la aplicación de las NIIF y la acogida de éstas por parte de la autoridad de control tributario.

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servicios o antes, en la medida que renuncien y se tenga que disminuir la provisión, debitándola y acreditando los resultados de ese ejercicio, para no volver a tributar. Casos similares a éste para citar algunos más a manera de ejemplo, se producirían en circunstancias en las que la estimación para cuentas de dudosa cobranza superara al 1% de los créditos concedidos en un ejercicio económico, o que se tenga que dotar la estimación de Valor Neto Realizable para presentar adecuadamente a los inventarios, o se tenga que regitrar la provisión para desmantelamiento y reparación ambiental.

Pero, poco después, el cambio en el Reglamento de Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno que el eliminó el artículo que indicaba que la depreciación de la revalorización era no deducible y la emisión de la circular que no permitía recuperar con posterioridad el valor de las autoglosas impuestas por los contribuyentes para presentar los estados finacieros cumpliendo tanto con la normativa contable como con la tributaria. Estos son, a nuestro criterio, los dos pasos que generan incertidumbre, desconfianza y resistencia a la adecuada aplicación de las NIIF. Si estuviéramos frente a una pareja bailando, por el ritmo impuesto de dos pasos hacia adelante y dos pasos hacia atrás, estaríamos presenciando una situación de mutua incomodidad, que en lugar de auspiciar la confianza la erosiona peligrosamente. El camino a seguir y una sugerencia Podemos comprender que la incertidumbre es parte de la vida misma. Entendemos que hay factores exógenos que difícilmente pueden controlar las sociedades, pero las leyes, para que sean aplicadas y no generen discrecionalidad ni por parte de los contribuyentes ni de los funcionarios que representen a la autoridad de control deben ser claras y alentar su aplicación. Es imperativo que los legisladores incorporen menciones a los impuestos diferidos en la Ley de Régimen Tributario Interno. Una de ellas podría ser que se incluya en la lista de ingresos exentos a la reversión de gastos que en ejercicios anteriores fueron considerados por el contribuyente como no deducibles. Con esta sola inclusión, los contrayentes podrían cumplir con las mediciones bajo NIIF sin preocuparse de doble imputar y el SRI no tendría que observar situaciones que los contribuyentes tendrán que defender a nivel judicial, creándose un costo social innecesario.

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LEGAL Febrero 2013 - Boletín Cifras de Calidad

REPRESENTANTE LEGAL: SUBORDINADO SIN BENEFICIOS SOCIALES

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Uno de los temas de continua discusión y preocupación de los empresarios es el debido soporte legal de la retribución que le corresponde al representante legal de la sociedad. Debiendo cumplir con la función de mayor responsabilidad dentro de una sociedad, el representante legal es designado por la Junta General de Socios y/o Accionistas, y por ello asume con poder interno y externo la jerarquía de administrador y patrono. Es aquí donde nace el dilema de su actuación, comportamiento y principalmente su retribución. En el marco regulatorio ecuatoriano, encontramos tanto en la legislación civil, comercial, laboral, social y tributaria, normas que circunscriben el actuar y los derechos a los cuales tiene acceso el funcionario en ejercicio de la representación legal, judicial y extrajudicial de una persona jurídica. En este artículo evaluaremos aspectos legales de consideración que conllevan finalmente al interés tributario de este tema.

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El representante legal, o bien conocido como mandatario o procurador en el régimen civil y comercial, actúa por encargo del mandante, en este caso una sociedad que por naturaleza es relativamente incapaz requiere de un tercero con capacidad legal que actúe a nombre de ella, convirtiéndose en el portavoz de sus derechos y obligaciones. Designado por

la Junta General de Socios o Accionistas o por el órgano que prevea su estatuto social, el representante legal designado es acorde con la Ley de Compañías un funcionario de libre remoción, con la finalidad de tener libertad en juzgar y responsabilizarlo por los actos administrativos, civiles y comerciales realizados mientras dure el encargo. Es por ello que anualmente, de manera obligatoria la Junta debe conocer el informe de sus gestiones. De acuerdo con la legislación laboral, propiamente en el Art. 308 del Código del Trabajo, se ratifica que el representante legal, cuyo poder se refiera tanto al régimen interno como externo, es un mandatario o factor por lo cual a su gestión y contratación aplican las normas del derecho común. En consecuencia, el representante legal carece de: estabilidad laboral y protección por ende de aquellas indemnizaciones regulares a los trabajadores como son las de despido intempestivo y desahucio así como tampoco se pueden reconocer aquellos beneficios contemplados a favor de los trabajadores en dicho cuerpo legal como son: decimotercera y decimocuarta remuneraciones, vacaciones, fondo de reserva, utilidades (15%), jubilación patronal y/o cualquier otro derecho reconocido por la industria a favor de sus trabajadores. Si tan clara es la norma, de donde nace entonces la confusión? Los empresarios se han acostumbrado a que la obligación de afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social recae únicamente para los trabajadores en relación de dependencia y es ahora, cuando dicha Entidad en sus gestiones de determinación exige la inclusión del representante legal en las planillas de aporte. Ley de Seguridad Social contempla como sujetos "obligados a solicitar la protección" del Seguro General Obligatorio, en calidad de afiliados, a todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella; en particular, se incluyó, al administrador o patrono de un negocio. Así, nació la afiliación y sus consecuentes supuestos derechos laborales, que como ya hemos visto por el texto de la misma legislación laboral, no hay razón para reconocerlos.


La sociedad pagadora de la retribución al representante legal deberá actuar como agente de retención a terceros, no en relación de dependencia. El pago del IESS por dicho funcionario debe ser parte del acuerdo, es decir podría asumirse o descontarse según los términos contractuales. Cualquier beneficio que se quiera reconocer al funcionario que ejerce la calidad de representante del patrono es simplemente parte de la remuneración aportable que debe ser acordada por la Junta General y soportada con su respectivo comprobante de venta.

Por último y no de menor importancia, debemos recalcar y recordar a los administradores que, de conformidad con la Ley de Compañías (Ver Art. 261 de la Ley de Compañías) a éstos les queda prohibido hacer negocios por cuenta propia, directa o indirectamente, con su mandante, por lo cual no pueden existir pago de honorarios ajenos o adicionales a aquella remuneración resuelta y aprobada por la Junta General. Los beneficios comprendidos en la legislación laboral son el reconocimiento a hechos o necesidades reales de los trabajadores como: descanso a través de las vacaciones, gastos extraordinarios navideño y educación a través de las remuneraciones adicionales, ahorro a través del fondo de reserva y una de mayor trascendencia económica y social, el retiro

mediante la figura de la jubilación patronal; situaciones que también afectan al representante legal y que por su cualidad no está ajeno. Es por ello que los acuerdos de retribución con los mandatarios deben ser claros y responder a la realidad económica de la persona natural que asume dicha responsabilidad. En este contexto nos corresponde resaltar, que incluso aquellos beneficios que se reconozcan a través de bienes y/o servicios constituyen parte de la materia gravada tanto para el IESS como para la determinación de la base imponible del impuesto a la renta.

LEGAL

Al regirse por el derecho común, los servicios prestados por el representante legal, son como cualquier servicio prestado por un tercero, quien bajo la perspectiva tributaria debe emitir su respectivo comprobante de venta para el cobro de sus derechos económicos. La sola aportación al IESS no justifica la deducibilidad del gasto de la retribución como es el caso de los trabajadores que soportan su desembolso en el rol de pagos.

Siendo el derecho de retiro un plan a futuro, que la empresa no puede garantizar debido a la libre remoción que caracteriza a la contratación del representante legal, no cabe mantener un pasivo que supla dicho compromiso al amparo de Normas Contables como la NIC 19 o bajo esquemas de legalidad laboral. Cualquier compromiso asumido por dicho concepto deberá ser liquidado al momento en que la terminación de la relación contractual. Cuando se hablan de concesión de beneficios a largo plazo, es recomendable aquella política adoptada por algunos empresarios de crear pólizas de acumulación o seguros de retiro con partes ajenas que administren independientemente este derecho a favor del mandatario. Bajo la perspectiva tributaria, incluso la creación de un pasivo a favor del representante legal, sea a corto o largo plazo, gozará de deducibilidad en el momento en que el contribuyente reconozca el valor como ingreso gravable para el beneficiario y actúe en calidad de agente de retención sobre los valores provisionados o a pagar. Bajo la perspectiva tributaria, incluso la creación de un pasivo a favor del representante legal, sea a corto o largo plazo, gozará de deducibilidad en el momento en que el contribuyente reconozca el valor como ingreso gravable para el beneficiario y actúe en calidad de agente de retención sobre los valores provisionados o a pagar.

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TRIBUTARIO Febrero 2013 - Boletín Cifras de Calidad

EL SRI IMPONE UNA OBLIGACION MAS

Informe de Precios de Transferencia para operaciones locales

El contribuyente debe evaluar su obligación con el régimen de precios de transferencia, en razón de que la legislación actual prevé un régimen de exención al mismo para quienes su impuesto a la renta supere el 3% frente a los ingresos gravables y mientras no se hayan realizado operaciones con paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición y no mantengan convenios con el Estado de exploración y explotación de recursos no renovables.

Para sorpresa de algunos pero no para quienes siguen regularmente la evolución del marco tributario, la exigencia sobre precios de transferencia por las operaciones locales no requirió de modificación a la ley ni a los reglamentos de aplicación; bastó modificar el Formulario 101 e incorporar vía Resolución aquel ámbito de operaciones. Los sujetos pasivos del impuesto a la renta que realicen operaciones con partes relacionadas, ecuatorianas y/o del exterior, deberán informar en sus declaraciones anuales el monto de ingreso, egreso, activo y/o pasivo que dichas transacciones hayan generado en el período impositivo; además de presentar en el SRI para quienes superaron el monto de US$ 3 millones en transacciones con partes relacionadas el correspondiente anexo de precios de transferencia, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de declaración y/o el informe integral (estudio de precios de transferencia) para quienes superaron el monto de US$ 6 millones en transacciones con partes relacionadas en un plazo no mayor a 2 meses desde la fecha de la declaración.

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En la Ley de Régimen Tributario Interno y su Reglamento de Aplicación se expone a quienes considera que son partes relacionadas.

La vigencia de esta normativa yace desde el 2005, pero es de significativa trascendencia la inclusión para el período 2012 de las operaciones locales. Más temprano que tarde debía incorporarse esta obligación. Y debemos preguntarnos cuales van a ser las fuentes de comparabilidad si el mercado ecuatoriano no cuenta con información pública.

Lo anterior no asombra para quienes conocen las técnicas administrativa, contable y financiera, pero la legislación tributaria introduce dos conceptos que bajo la perspectiva de partes relacionadas los sujetos pasivos deben observar cuando realicen transacciones con partes domiciliadas, constituidas o ubicadas en una jurisdicción fiscal de menor imposición o en paraísos fiscales; además de con quienes exista una dependencia económica del 50% o más de las ventas o compras. Así mismo la administración tributaria no se limita e incluye en el texto normativo que ella podrá establecer partes relacionadas por presunción.

Es trascendental lo siguiente y lo cual debe ser identificado oportunamente por el contribuyente: los ajustes de precios de transferencia son un valor a sumar a la utilidad líquida generada en el ejercicio, por lo cual, se entiende y asimila a una arbitrariedad.

La falta de presentación de los anexos y/o informes, o si es que la presentada adolece de errores o mantiene diferencias con la declaración del Impuesto a la Renta, será sancionada por la propia Administración Tributaria con multa de hasta US$15.000.


En Ecuador existen cerca de 1200 empresas certificadas con ISO 9001, los sectores que lideran la certificación son: la industria y empresas de servicio, principalmente, entidades financieras.

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5. ¿Cómo está ubicado Ecuador en Latinoamérica con este número de empresas certificadas?

En la entrevista que nos fuera concedida por el Ing. Fernando Vela, Gerente General de COTECNA, nos fue grato constatar el compromiso adquirido por su organización con la “Calidad”, manifestado en las siguientes líneas.

Es el país que en proporción tiene menos empresas certificadas que los demás países de Sudamérica. Todavía no hay la cultura de contar con un sistema de calidad para administrar las empresas, por lo que los empresarios no lo ven como prioridad la normalización de sus procesos para la venta de sus soluciones.

1. ¿Por qué decidieron implementar ISO 9001? ¿Cómo contribuye el proceso de Gestión de Calidad en la gestión de control?

6. ¿Cuál es la tendencia actual? ¿Cuál es la tasa de crecimiento de empresas certificadas en Ecuador?

La implementación de un sistema de calidad permite estructurar una plataforma organizacional formal, que cumple con las normas internacionales estipulado en la Norma ISO 9001. Al tener un sistema de calidad, la cultura organizacional se homologa, la documentación se controla, los procesos tiene trazabilidad y todo se encuentra documentado; lo que permite hacer una auditoría con más elementos que respaldan cada transacción

Por exigencia gubernamental, la tasa de crecimiento podría estar en el 20% este año.

2. ¿Quién certifica a un certificador? El organismo de acreditación Internacional y local son los que acreditan el cumplimiento de la norma de la empresa Certificadora, en nuestro caso ANAB (National Accreditation Board) y OAE (Organismo de Acreditación Ecuatoriano). 3. ¿Desde cuándo COTECNA certifica sistemas de gestión de calidad en el mundo y desde cuándo en Ecuador? Desde el 2005 Cotecna Quality Resources con base en Estados Unidos, se acreditó con ANAB, RABUSA. Desde ese año, Cotecna certifica a nivel mundial.

7. ¿Por qué las empresas ecuatorianas deberían certificarse? Para poder internacionalizar sus servicios y productos. No se puede pretender exportar sin contar con una normalización internacional. El Gerenciamiento de Calidad Total (TQM), permite a la empresa ser más eficiente, eficaz y centrar su organización en la satisfacción de clientes. Esto mejora el servicio y crea fidelización.

EMPRESA DE CALIDAD - COTECNA CERTIFICADORA SERVICES

Febrero 2013 - Boletín Cifras de Calidad

4. ¿Cuántas empresas están certificadas en Ecuador con ISO 9001:2008? ¿Cuál es el sector que cuenta con más empresas certificadas?

8. ¿Cuánto tiempo toma certificar a una empresa y cuáles son las tareas a realizar? La implementación podría tomar de 3 a 6 meses, dependiendo la formalidad de la organización. La certificación toma de una a dos semanas. Es importante considerar que una certificadora no puede apoyar en la implementación de una empresa, solamente la certifica, por lo que en el proceso de implementación deben estar acompañados por otros especialistas.

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VALORES

Siempre dudé de la prueba simple y determinista que hacían algunos psicológos cuando preguntaban a un individuo, muchas veces candidato a una posición en una empresa, enseñándole un vaso con agua, si lo veían medio lleno o medio vacío. Cuando éste contestaba "medio vacío", lo catalogaban inmediatamente como pesimista. Y en caso de que hubiese contestado "medio lleno", era clasificado como optimista. Parecía que esta manera empírica de clasificar a los seres humanos en uno u otro grupo era suficiente elemento para recomendar la contratación o su marginación.

EL OPTIMISMO

En varias ocasiones, he escuchado a algunos profesionales decir que un pesimista es un optimista bien informado. En otras, que siendo pesimista siempre se acierta. Sea cual sea la justificación que se quiera dar, he aprendido por los años que he vivido que uno es responsable de la actitud, positiva o negativa, que asume frente a los problemas que se nos presentan. Estoy conciente, quizás porque con el tiempo en algo debo haber madurado, que los problemas son parte de la vida misma. Desde que nacemos, debemos luchar por dar el primer respiro. Y a lo largo de una vida, corta o extensa, tendremos que resolver cuanto problema se nos presente, hasta que luchando por un último respiro, la naturaleza gane la batalla definitiva, y espiremos.

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Hace unos días, entré a la farmacia que habitualmente visito. Poco tiempo antes, había recibido la infortunada noticia de que una gran dama nos había dejado. Estaba notablemente impactado, tanto es así que la dependiente me preguntó interesada si algo me pasaba. Aunque, reconozco que no fui sincero, le agradecí, diciéndole que estaba bién. Unas horas más tarde, asistí al velorio. Luego de la misa, uno de los nietos pidió expresar unas palabras en nombre de todos sus primos. Me impactaron ciertas expresiones que las guardo con afecto y recuerdo, desde entonces, constantemente. Nos comentaba rememo-

rando a su abuelita que ella veía el mundo con realismo y los aconsejaba no en función de lo que ellos esperaban escuchar sino de lo que ella pensaba. Ella les recomendó siempre probar todas aquellas cosas sanas y que experimentaran cuanto pudieran. Vienen a mí las palabras de Jesús: "por sus frutos, los conoceréis." Por la humanamente valiosa familia que formó, puedo decir que tuve la suerte de conocerla. Dicen que uno muere dos veces, la primera ocurre a la hora y día de nuestra partida al encuentro de Dios y la segunda, cuando se nos olvida. Tengo la certeza que habiendo partido físicamente, ella vivirá por mucho tiempo más en la memoria de tantos seres que con cariño la recuerdan. Al día siguiente, seguía afectado. En la cafetería donde habitualmente almuerzo con mis hijos, se acercó Carlos, un mozo, para tomar nuestra orden. Siempre me había preguntado para mi interior por qué estaba él feliz. Esta vez exterioricé mi inquietud. Él con su cortesía acostumbrada y con sincera humildad me dijo: "Cada mañana, cuando me levanto, luego de agradecer a Dios por este día, debo elegir entre estar triste, molesto o feliz. Ante ello, esté pasando por el problema que esté pasando, escojo ser feliz. Después levanto a mi esposa e hijos, les preparo el desayuno, los llevo al colegio y vengo a trabajar."

Yo al igual que Carlos, por el libre albedrío que Dios nos dio, puedo elegir cada día entre una u otra opción. Siendo así, elijo ser optimista. Con sincero aprecio, Kurt M. Hansen-Holm, Presidente

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Toda empresa se inicia con estusiasmo y se continúa con el mejor equipo www.hansen-holm.com

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