Abaco sep oct 187

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Revista Informativa y de Opinión Profesional del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

No. 187 Agosto / Septiembre / Octubre 2015

Paquete Económico 2016

La Formalidad del Acto Entrega-Recepción Norma de Revisión de Control de Calidad El Uso de las Redes Sociales C.P.C. Octavio Acosta Salomón No.42 Esq. C.P. Agustin Caballero Wario, Col. Villa Sol. Hermosillo, Sonora. Tels. (662) 2 13 21 45 y 217 46 99, recepción@ccpdesonora.org www.ccpdesonora.org


Contenido

AGOSTO - SEPT. - OCT. 2015

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GUBERNAMENTAL

La Formalidad del Acto Entrega-Recepción

C.P.C. Guillermo Williams Bautista

FISCAL

Paquete Económico 2016

Dr. Francisco Javier Ramírez Hdez

DICTÁMENES

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Papeles de Trabajo que soportan el Dictamen Fiscal

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COSTO DE LO VENDIDO

32

C.P.C. Octavio Rubén Bejarano Ruiz de Chávez

Deducción del costo de lo vendido o del costo estimado C.P.C. Sebastián Rivera Peña

MOTIVACIONAL

Hablando de Responsabilidad entre otras cosas… C.P.C. Humberto García Borbón REDES SOCIALES

El Uso de las Redes Sociales. Termómetro Social y Algo más C.P.C. José César Miranda Sánchez

FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

Foro Conexión

C.P.C. Francisco J. Macías Valadez T

SEGURIDAD SOCIAL

Sugerencias para eficientar costos por clasificacion adecuada del grado de riesgo de su empresa C.P.C. Ramón Espinoza Jiménez

CALIDAD EN LA PRÁCTICA PROFESIONAL

Norma de Revisión en Control de Calidad C.P.C. Virginia Sandoval Bojórquez

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

Impuestos… Artículo 69-B C.P.C. Sebastián Rivera Peña

C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante M.I. Presidente de las Comisiones de Revista, Página Web y Redes Sociales y Liderazgo y Comunicación Institucional del IMCP Sonora.

Publicidad: C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, email: acostahtur@gmail.com NOTA DE EDICIÓN: Los artículos contenidos en esta revista son responsabilidad del autor y no del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. Directorio Consejo Directivo 2015-2016. PRESIDENTE - CPC Roberto Francisco Ávila Quiroga, VICEPRESIDENTE GENERAL – CPC Mario Arvizu Real, TESORERO – CPC Víctor Hugo Bobadilla Aguiar, PROTESORERO – CP Juan Carlos Óstler López, SECRETARIO DE ASAMBLEA – CP Lourdes B. Murrieta Saavedra, SECRETARIO DE CONSEJO – CPC Mario Alberto Ruíz Durazo, Prosecretario de Asamblea - CPC Pedro Wlfredo Tapia Maldonado, Prosecretario de Consejo – CP Germán López Virgen, VICE PRESIDENTE FISCAL – CPC Martín Baltazar Lagarda Esquer, Presidente de la CROSS- CPC José Gilberto Aguilar, Secretaria CROSS – CP Mirna Sotomayor, Tesorero CROSS- CP Israel López, VICE PRESIDENTE DE CALIDAD – CP Jorge Navarro Rosales, VICE PRESIDENTE ASUNTOS INTERNACIONALES – CPC Humberto García Borbón, Presidente de la Comisión de Asuntos Internacionales y Protocolo- CP Alma Lorena Moreno López, Miembros de la Comisión de Asuntos Internacionales y Protocolo – CP CP. Roberto Carlos Ledgard Montijo, CP. Karla Eduwiges León Campillo, CP. Ubaldo López Ruíz, VICE PRESIDENTE DOCENCIA - , VICE PRESIDENTE APOYO A DELEGACIONES – CPC Mario Alberto Hidalgo Contreras, VICE PRESIDENTE SECTOR EMPRESAS – CP Adrián Sánchez Barrón, VICE PRESIDENTE SECTOR GUBERNAMENTAL – CP Tomás García Ibarra, Presidente de la Comisión de Contabilidad Gubernamental – CP Cynthia Guadalupe Bojórquez Gastélum, Presidente de la Comisión de Auditoría Gubernamental – CP Luz Amanda Acedo Ramírez, Presidente de la Comisión de Cuenta Pública – CP Ubaldo López Ruíz, Presidente de la Comisión de Liderazgo y Comunicación Institucional- CP Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, VICE PRESIDENTE PRACTICA EXTERNA – CPC Araceli Espinoza Ceballos, VICE PRESIDENCIA LEGISLACIÓN – CPC Sebastián Colio Constante, Miembro de la Comisión de Normas de Información Financiera – CPC Humberto García Borbón, Presidente de la Comisión de Auscultación y Análisis de Boletines – CPC Jesús Humberto Acuña, Miembro de la Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría- CPC Juan LuisPatiño, Presidente de la Comisión de Estatutos – CPC Carlos Zamora Balderrama, Miembro de la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo – CP Germán López Virgen, Presidente de la Comisión de Ética – CPC Emilio Avilés Acedo; VICE PRESIDENTE RELACIONES Y DIFUSIÓN – CP María Jesús Rivera Briceño, Presidente de la Comisión de Revista- CP Ruth Lizbeth Acosta Bustamante; Presidente de la Comisión de Premios- CP María Jesús Hurtado Olguín, Presidente de la Comisión de Imagen y Comunicación Social – CPC José Gilberto Aguilar Escoboza; Presidente de la Comisión de Página Web y Redes Sociales- CP Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, Presidente de la Comisión de Protocolo y Logística – C.P. Yanet Sandoval César, Presidente de la Comisión de Eventos Culturales – C.P. Rosario Robles Robles ; AUDITOR FINANCIERO – CPC Juan Luis Patiño, AUDITOR DE GESTIÓN – CPC Gustavo Ruiz Aldama. REVISTA ÁBACO: Diseño Gráfico: L.D.G. Reyna E. Hernández Carbajal.- Edición y Corrección de Estilo: C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante.


Mensaje PRESIDENTE Estimados Asociados, Hoy en día vivimos tiempos difíciles a nivel regional, nacional e internacional, los factores externos influyen muchísimo en la economía, religión, valores, etc., aunado a que la información se difunde en segundos por las nuevas tecnologías, los tiempos están cambiando de manera vertiginosa y tenemos que asimilar estos cambios para poder afrontarlos de la mejor manera. Nuestros hijos vivirán tiempos aún más difíciles, según las expectativas actuales, para ello hay que prepararlos y prepararnos para afrontarlos. Así como también como Colegio de Contadores tenemos que prepararnos, mediante la capacitación y sobre todo, lo que nos hará más fuertes, es la unión colegiada que tenemos que fortalecerla día con día, así como lo visualizaron nuestros antecesores, por ellos estamos organizados como colegiados y unidos para afrontar los retos. En nuestro Colegio, se han iniciado Cursos y Diplomados relativos a auditoría e impuestos, donde se están abordando las Normas Internacionales de Información Financiera y otros temas de interés. Lo que nos lleva a una formación globalizada a nivel mundial, aplicarla tanto a nivel nacional y local, esto coloca a la vanguardia del conocimiento, a nuestros Asociados. Con un fraternal abrazo, me despido.

C.P.C. ROBERTO FRANCISCO ÁVILA QUIROGA Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. Presidente Consejo Directivo 2015-2016


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C.P.C. Guillermo Williams Bautista Ex Presidente del IMCP Sonora

La formalidad del acto de entrega-recepción Uno de los temas más concurridos en estas fechas de forma natural es lo referido a entrega recepción dado que en estas fechas una gran diversidad de organizaciones gubernamentales entran en el proceso de término de una gestión, para dar paso a una nueva administración resultado del designio de la ciudadanía que ha expresado mediante los votos la opinión de quien operará administrativa y operativamente el siguiente ciclo constitucional.

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Y a la luz de este ejercicio surgen bastantes dudas sobre que apoyo tendrán en la herramienta las nuevas autoridades puesto que el ejercicio gubernamental es de administración continua, es decir, el hecho de este cambio por ningún motivo debe de ser causa de que los servicios que presten los entes gubernamentales se suspenda temporalmente, mucho menos de forma prolongada; Luego pues, la preocupación que muestra el equipo entrante es natural y si se visualiza en un contexto ideal, la entrega por parte de la autoridad saliente debe de asegurar precisamente eso, continuidad en los servicios y en las gestiones de cualquier índole así como las diversas operaciones de gobierno que aunque en un cúmulo de ellas no se prestan directamente al público, siempre deben de ser pensando en la ciudadanía. Ahora bien, ¿que se trasfiere exactamente de una persona a otra o de un grupo de personas a otras?, pues se le trasfiere la administración de los recursos humanos, materiales, financieros, ope-

rativos, tecnológicos, y en esa tesitura, la entrega recepción marca el momento exacto en que se trasfiere no solo eso, sino por ende, la responsabilidad de la administración; Esto es así, y por eso es tan importante, dado que la gestión gubernamental no debe de aletargarse y la transición de poderes es necesaria, la entrega recepción marca cuales actos son consecuencia y responsabilidad de una administración y cual es de la siguiente; De hecho, hay una serie de resultas en caso de no poner la suficiente atención en este acto y por lo tanto hay que dimensionarlo de manera adecuada.


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Por una parte, alguien que se niega a realizar las formalidades de la entrega, se atiene al juicio del entrante, y por el contrario, si este último no revisa el estado del ente que le están entregando seguramente tendrá una serie de dificultades por no haber analizado el documento que contiene la supuesta situación en que le fue entregada la administración; inclusive y en el caso de que no haya recibido tal documento, o lo hubiere recibido incompleto o con errores, deberá iniciar un procedimiento especificado en el marco normativo en los plazos establecidos en el mismo. Por lo tanto, el proceso de entrega recepción es la forma más saludable de atender la última de las responsabilidades del servidor público saliente y de a su vez, atender su primera responsabilidad el servidor público entrante; no obstante, el análisis del documento no es una cosa sencilla, de allí que me permitiré de la manera más humilde posible dar algunas pequeñas recomendaciones. Todas las partes de información que integran la entrega recepción son importantes, pero es recomendable ver a detalle la calendarización de obligaciones para observar si durante las fechas más próximas a la entrega existen compromisos que deben de cumplirse, y aquí abundo en el comentario del establecimiento de responsabilidades, si el servidor público saliente olvidó detallar algún compromiso importante como pudiera ser la firma de algún convenio, acuerdo, litigio, o cualquier circunstancia operativa vital para el ente, entonces la responsabilidad del posible incumplimiento será de quien no plasmó en el acta entrega recepción tan importante circunstancia, y viceversa, si el servidor público a pesar de que se le notificó oficialmente que debería atender tal compromiso no lo hace, no tendrá excusa para haber incurrido en esa falta legal- administrativa. La Documentación oficial para firma por su parte, da una guía que de cualquier manera debe ser revisada sobre los documentos que contienen determinadas obligaciones y facultades, otro renglón que debe ser cuidadosamente atendido..

En el informe del sujeto obligado, podemos ver la diligencia con la cual se ha realizado el trabajo por los servidores públicos que entregan, en él se plasmarán algunos indicadores de desempeño y por lo tal es un informe clave para lograr un impacto a corto y mediano plazo en el logro de resultados. Los asuntos en trámite, deben de ser también meticulosamente atendidos so pena de no caer en lo que comúnmente se resume en las responsabilidades de omisión de los nuevos funcionarios, no obstante, por supuesto se debe de revisar si dichas operaciones se realizan en estricto apego a la normatividad. Los juicios vigentes, denotan una puntualización del estado que guardan algunos litigios que deberán ser atendidos, y he de decir que es un error constante su seguimiento en la administración pública, por lo tanto, en mi opinión es uno de los puntos fundamentales de entregar y recibir. Las observaciones pendientes de solventar son una especie de bomba de tiempo en muchas de las veces, y como ya antes lo hemos recalcado, uno de los grandes errores es pensar, “pero es que eso no lo hice yo, no fue durante nuestra administración”, ya que como he previamente explicado la administración pública es continua, y por lo tanto, ante esas observaciones, se deben tener ciertas actuaciones consecuentes como pueden ser el establecimiento de medidas de control interno, la realización de ciertas formalidades o inclusive la denuncia penal o administrativa, sin embargo, para esto también es trascendental el pedir un informe y otorgarlo de todas las acciones que se han llevado a cabo para tratar de solventar esas observaciones, e inclusive, tomarlas muy en cuenta como una identificación plena de acontecimientos de los cuales se debe a toda costa evitar su recurrencia para que así la administración pública tenga ese desarrollo continuo que todos merecemos; Dichas observaciones pueden ser de la auditoría superior de la federación, del instituto superior de fiscalización

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del estado de Sonora para el caso de esa entidad federativa, del órgano de control interno de la dependencia, de la contraloría general del Estado, o de los diferentes despachos de contadores públicos que participan en la revisión de la administración pública, ya sea del Estado, sus dependencias, sus organismos descentralizados, de los Municipios, etc. El avance programático presupuestal, nos dirá cuáles son los recursos con los que actualmente cuenta el ente, si se han erogado conforme a lo planeado y de conformidad con el marco normativo, para esto hay que poner atención a los diferentes momentos del presupuesto, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido, pagado, dependiendo de cada tipo de ente, (ya hemos también abundado en estos momentos presupuestales) pero muy importante para mi resulta decirle que una mala interpretación de estos componentes puede recaer en malas decisiones financieras para la organización.

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De igual manera la cuenta pública, y para este renglón he de mencionarle que los lineamientos emitidos por el CONAC (Consejo Nacional de Armonización Contable) han cambiado precisamente en este rubro, por lo tanto habrán de observarse. Los Estados Financieros, son vitales para realizar una buena entrega recepción, y como hemos de recordar es una obligación el hecho de que deben ser publicados en página oficial del ente, y que por lo tanto, resultan de interés público como todos los documentos a que nos hemos referido, pero se recalca este apartado por ser de trascendencia única; los Estados Financieros deben de operar en tiempo real, es decir la información debe ser prácticamente inmediata a la fecha de su realización; otra manga de agua por supuesto es la de verificar que la información que se contiene en los Estados Financieros es correcta, para lo cual es imposible el pensar que esto se pueda realizar en un corto plazo, pero por


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El proceso de entrega recepción es la forma más saludable de atender la última de las Responsabilidades del servidor público saliente y de a su vez, atender su primera responsabilidad el servidor público entrante

supuesto se debe de obtener un análisis lo mejor hecho y lo más pronto posible. Además es de suma importancia revisar las obras públicas, el avance físico financiero y el status en el que se encuentran, por supuesto, no omito comentar que los diferentes fondos de los que proveen los diferentes entes de gobierno deben de ser cuidadosamente tomados en cuenta, ya que cada programa podría tener reglas de operaciones diferentes, también por supuesto, se realiza el mismo comentario para todas las adquisiciones públicas, ya sea mediante licitación (en cualquiera de sus formatos) o mediante adjudicación directa. Advierto también que los renglones que no he mencionado no son por que sean de importancia menor, sino que los mismos pueden ser contenidos en los rubros mencionados como son la relación analítica del activo, el estado de los deudores y cuentas por pagar, el estado de los pasivos, o en su caso, que sean de conocimiento general (pero importantísimo), como pueden ser las disposiciones jurídicas, los documentos administrativos, los acuerdos y convenios, los trámites y servicios que se prestan y realizan, etc., Algunos otros muestran la vida operativa del ente como son los Sistemas de Gestión de Calidad, la Plantillas de personal, el personal reasignado, el inventario de bienes muebles e inmuebles, las custodias que puede tener la organización en sus diferentes esque-

mas y formatos (un automóvil en comodato, los cheques retenidos para entrega en pensión a algunos trabajadores, etc.), Los inventarios de software adquiridos y los desarrollados, que seguramente serán de vital importancia para la buena operación de la información, o en su caso la producción de algún bien de interés público, y de acuerdo a las nuevas formas de operar de las organizaciones gubernamentales, quizás se pueda estar hablando de algún activo intangible, los archivos y su localización –siempre una visita al archivo será una vista a la historia de cualquier oficina-, el inventario de bienes de consumo, el estado del ejercicio del presupuesto por capítulo del gasto, etc. Y por último, y no menos importante, es el revisar que la persona que dejará el encargo lo hace como debe de ser, es decir, otorgando los poderes necesarios, entregando las formas oficiales para las que ya no se encuentra facultado para revisión y firma, los cheques, los fondos fijos, un inventario de formas valoradas, facturas y recibos de ingresos por utilizar, etc. Conclusión: El acto de entrega recepción ha sido diseñado precisamente para el traspaso de una administración a otra de todo lo que conlleva una responsabilidad ya sea pública o privada, y debe de realizarse con sumo apego a un orden estricto de honorabilidad y ética. Piense que usted recibe su casa, seguramente va a revisar detalle a detalle todo lo que se le está entregando, y por supuesto existe la posibilidad de lo que comúnmente llamamos vicios ocultos, pero usted debe de entregar a detalle o recibir a detalle, cuidando lo que es un bien público y enalteciendo lo que significa ser un buen servidor público, precisamente por eso es tan importante esta entrega, sin olvidar el papel de los visores que imparcialmente deben de cuidar la legalidad del acto; Después de todo se hace por el bien de la ciudadanía… y eso, ojalá no sea solo mi humilde opinión, ¿usted ya tiene la propia?.

07 OCTUBRE 2015


FISCAL

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Dr. Francisco Javier Ramírez Hernández Catedrático del Instituto Tecnológico de Sonora y Universidad la Salle Noroeste. Miembro de la Comisión Fiscal del Noroeste del Instituto Mexicano de Contadores Públicos

Paquete Económico 2016

08 SEPTIEMBRE 2015

El día 8 de Septiembre de 2015 el Presidente Enrique Peña Nieto por conducto del Secretario de Hacienda Luis Videgaray Caso presentó el “Paquete Económico 2016” del que destaca lo siguiente:

maquinaria y equipo utilizado en restaurantes, construcción, actividades de agricultura, ganadería, pesca, autotransporte público federal de carga o pasajeros. (Se recomienda consultar los por cientos aplicables a cada actividad).

Previsión social

Los contribuyentes que podrán aplicar este estímulo son:

En materia de prestaciones de Previsión Social continuará la limitante de no deducibilidad establecida en el artículo 28 fracción XXX de la Ley del Impuesto sobre la Renta relativa a que dichas prestaciones de Previsión Social así como los ingresos exentos que perciban los trabajadores solo serán deducibles en un 53% ó 47% según correspondan. Esta limitante continuará ya que según se explica en la exposición de motivos esta medida no ha impactado a las empresas, puesto que a nivel nacional el monto de las prestaciones de Previsión Social que las empresas otorgaron a sus trabajadores no disminuyó en los años de 2013 a 2014. Deducción Inmediata Como una medida para incentivar la Inversión se otorga un Estímulo Fiscal consistente en efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activos fijos en lugar de la deducción normal, para aplicar por cientos que van desde un 63% al 95% en los años de 2016 y 2017, para inmuebles declarados como monumentos arqueológicos, artísticos, históricos o patrimoniales, ferrocarriles, comunicaciones telefónicas, satelitales,

1. Personas Morales y Personas Físicas que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos de hasta 50 millones de pesos. 2. Quienes efectúen inversiones en la construcción y ampliación de infraestructura de transporte, tales como carreteras, caminos y puentes 3. Quiénes realicen inversiones en equipo para la generación, transporte, distribución y suministro de energía en actividades previstas en la Ley de Hidrocarburos. Deducciones Personales Con el fin de fomentar el ahorro se propone que las personas físicas que efectúen la deducción de los recursos aportados a diversos instrumentos de ahorro a largo plazo tales como cuentas de planes personales de retiro; subcuentas de aportaciones voluntarias; aportaciones complementarias de retiro, primas de seguros basadas en planes de pensiones y compra de acciones en sociedades de Inversión autorizadas por el SAT puedan ser deducibles al 100% y no hasta $ 152,000.00 además de que no les aplique el límite global de deducciones como lo establece


FISCAL

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actualmente el artículo 151 último párrafo de la Ley del ISR. Reinversión de Utilidades en el Impuesto Adicional a Dividendos

representen cuando menos el 90% de sus ingresos totales, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos y terrenos. Antes esta disposición se encontraba regulada en una regla Miscelánea fiscal.

Se propone establecer un crédito fiscal a la reinversión de utilidades, cuyo monto será creciente en función de los periodos en que las utilidades se reinviertan en la empresa. Dicho esquema se aplicará únicamente a los dividendos objeto del ISR adicional de dividendos distribuidos por aquellas empresas cuyas acciones se encuentren colocadas en bolsa de valores.

Estímulos Fiscales

Sector Primario

Se propone reformar el artículo 53-B del Código fiscal de la Federación para aclarar que las revisiones electrónicas se iniciaran con la notificación de una resolución provisional donde se darán a conocer las irregularidades detectadas por la autoridad tomando en consideración la información que tiene en su poder con motivo de la obligación del envío de la Contabilidad Electrónica al SAT.

Actualmente la Ley del ISR establece que la Personas Físicas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras no pagarán el ISR por los ingresos provenientes de dichas actividades hasta por un monto de 40 veces el salario mínimo general elevado al año, estableciéndose además que deben cumplir con el requisito que los ingresos por dichas actividades representen cuando menos el 90% de sus ingresos totales sin incluir las enajenaciones de activos fijos y terrenos proponiéndose para el ejercicio de 2016 un nuevo artículo 74-A para exentar del ISR hasta por un monto de un salario mínimo general elevado al año, siempre que sus ingresos totales sean de hasta 4 veces el salario mínimo y los ingresos por las actividades referidas representen cuando menos el 25% de sus ingresos totales en lugar del 90% como actualmente lo establece la Ley del ISR. Sector Autotransporte En el caso de los contribuyentes que realizan exclusivamente actividades de autotransporte terrestre de carga o pasajeros, se propone modificar el artículo 72 de la Ley del ISR relativo al Régimen de Coordinados para señalar que realizan exclusivamente actividades de autotransporte aquellos contribuyentes cuyos ingresos

Se conservan los estímulos otorgados en 2015 en materia de IEPS en la adquisición de Diesel así como la Disminución de la PTU en la determinación de los pagos provisionales de ISR. Revisiones Electrónicas

Lotería Fiscal Se propone adicionar el artículo 33-B con el propósito de otorgarle facultades al SAT para que lleve a cabo sorteos de lotería fiscal en los que participarán las personas físicas que no realicen actividades empresariales y que efectúen pagos a través de los medios electrónicos. Les recordamos que estas nuevas disposiciones así como la Ley de Ingresos de la Federación deberán de ser aprobadas por la Cámara de Diputados a más tardar el día 20 de Octubre de 2015 y ratificadas por los Senadores hasta el día 31 de dicho mes. Por lo que respecta a la Ley de Egresos de la Federación 2016 deberá de quedar aprobada por la Cámara de Diputados a más tardar el día 15 de Noviembre de 2015 y el Ejecutivo Federal en caso de no tener observaciones las deberá de publicar a más tardar en 20 días naturales después de sus aprobaciones.

09 OCTUBRE 2015


DICTÁMENES

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C.P.C. Octavio Rubén Bejarano Ruiz de Chávez Catedrático del Instituto Tecnológico de Sonora y Universidad la Salle Noroeste. Miembro de la Comisión Fiscal del Noroeste del Instituto Mexicano de Contadores Públicos Socio de Auditoría PwC ruben.bejarano@mx.pwc.com

Papeles de trabajo que soportan el dictamen fiscal ¿Por qué revelar el secreto ycómo? 10 SEPTIEMBRE 2015

A finales de 2013 se le encomendó a la Comisión Representativa ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (Comisión AGAFF del IMCP), la misión de trabajar junto con los funcionarios del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para crear un nuevo dictamen fiscal. El principal objetivo era que el documento fuese de utilidad para la autoridad fiscal, y que generara confianza para los contribuyentes y los usuarios de la información; por ello, en la Comisión AGAFF se formó un pequeño grupo de trabajo con profesionales de la Contaduría Pública del más alto nivel en el conocimiento del tema, dirigido por el C.P.C. Víctor Keller Kaplanska. Las sesiones se iniciaron en enero de 2014 y se acordaron reuniones semanales con los funcionarios del SAT, pues la meta era terminar para el 30 de abril de ese año. En el acuerdo final 2014, además de 19 anexos se incluyeron 19 papeles de trabajo de la auditoría de cálculos fiscales específicos, porque la autoridad considera que para tener confianza en el dictamen fiscal necesitan ver evidencia de que el Contador Público, de verdad, efectuó su trabajo de auditoría.

Además requiere ver cómo se da cumplimiento a las disposiciones del Código Fiscal de la Federación (CFF), a su Reglamento (RCFF) y a las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) que se encuentren vigentes a la fecha en la que se presente el dictamen fiscal, tal como se menciona en los Arts. 52 del CFF, así como 57 y 60 del RCFF. El acuerdo considera únicamente 19 papeles de trabajo y no todos, ya que enviar todos los papeles de trabajo requeridos en el Art. 57 del RCFF es impráctico, y se requerirían muchos recursos para lograrlo, por lo cual se acordó entregar solo algunos como una opción, conforme se establece en la regla 2.19.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2015. ¿QUÉ SE ESPERA DEL CONTENIDO DE ESOS 19 PAPELES DE TRABAJO? Bien sabemos que los papeles de trabajo pertenecen al auditor, y que cada Contador Público “mata las pulgas” a su manera, pero también es importante que se considere que el informe del auditor independiente, que se incluye en el dictamen fiscal es de propósito específico, y que se basa en lo establecido en la NIA 800.


DICTÁMENES

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Para poder “emitir” este informe del auditor independiente es necesario contar con todos los papeles de trabajo terminados antes o a más tardar en la fecha de emisión del informe; estos papeles deben considerar, entre otros temas, lo mencionado en la NIA 230, y más aún, aquellos de los 19 aplicables al cliente de que se trate, requeridos como mínimo en la regla 2.19.9 de la RMF (ver tabla siguiente). Asimismo, el tercer párrafo de de la regla 2.19.6 de la RMF menciona el requerimiento de mentos mínimos de los papeles

la Fracc. II para 2015, ciertos elede trabajo.

Por último, vale la pena destacar que el SAT ha abierto el módulo de recepción de papeles de tra-

bajo, para lo cual es clave considerar que: a) al igual que para los dictámenes fiscales, para estar en posibilidad de enviar los papeles de trabajo, el Contador Público que firma los papeles de trabajo electrónicamente con su FIEL, debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales; b) de conformidad con el Art. 57 del RCFF, la fecha límite para hacer el envío de los papeles de trabajo es dentro de los 30 días posteriores a la fecha de presentación del dictamen fiscal; y c) el sistema de recepción de papeles de trabajo del SAT solo permite hacer un envío de papeles de trabajo preparados con la extensión .SBPT, por lo cual es necesario juntarlos en un solo archivo de Excel, recordando que deben cumplir con las características tecnológicas que se establecen en el Anexo 16 de la RMF.

Referencia NIA 230

Requerimientos

Observaciones

P-8, inciso a)

Naturaleza de los procedimientos.

Procedimientos de auditoría aplicados: observación, recálculo, inspección física, confirmaciones, declaración de la administración, etcétera.

P-8, inciso a)

Momento de realización.

¿Cuándo se aplicó el procedimiento de auditoría? ¿En la previa?, ¿al final? (incluir fecha).

P-8, inciso a)

Extensión de procedimientos de auditoría aplicados.

Alcance de las pruebas y sobre que universo se aplicaron (ejemplo: % sobre saldos, total de movimientos, muestreo, etcétera).

P-8, inciso a)

Requerimientos legales y reglamentarios aplicables.

Cumplimiento de leyes y regulaciones (LGSM, ISR, LFT, CFF, IMSS, etc., y referencia a las mismas).

P-8, inicio b)

Resultados de los procedimientos de auditoria aplicados.

¿Obtuvimos certeza de las cifras? ¿En qué se basa esta opinión? ¿Qué resultados arrojaron los procedimientos aplicados?

P-8, inicio b)

Evidencia de auditoria obtenida.

Documentos, confirmaciones, cálculos, actas, etcétera.

P-8, inicio c)

Cuestiones significativas que surgieron durante la realización de la auditoría.

Hallazgos, limitaciones, identificación de riesgos significativos.

P-8, inicio c)

Conclusiones alcanzadas.

Conclusiones alcanzadas por el auditor sobre las cifras del rubro revisado y posibles desviaciones materiales.

P-8, inicio c)

Juicios profesionales aplicados (para alcanzar las conclusiones).

Consideraciones hechas por el auditor para determinar la corrección de la información financiera: giro del negocio; sistemas de venta, inventarios,métodos de depreciaciones, sistemas de costeo, etcétera.

11 OCTUBRE 2015


DICTÁMENES

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EVITA CONTRATIEMPOS Y REDUCE EL RIESGO Para terminar compartimos algunos puntos clave, que ayudan a reducir el riesgo de auditoría y evitar contratiempos: * Recordemos que la tecnología, no siempre tiene palabra de honor, es común una falla de comunicación o de validación de la información, así que recomendamos hacer el envío de los papeles de trabajo de forma simultánea con el dictamen fiscal o dentro de los dos o tres días posteriores al envío del mismo. No esperen a la fecha límite para hacerlo.

12 SEPTIEMBRE 2015

* También recomendamos a los colegas que, al hacer el envío de los papeles de trabajo, incluyan un “oficio de entrega”, tal como cuando el SAT requiere información adicional en una comparecencia de revisión de papeles de trabajo, que contenga al menos los siguientes elementos: a) los datos de la autoridad a la que se dirige, b) la referencia al contribuyente de que se trate, c) los datos del contador público, d) la fecha con la que se presentó el dictamen fiscal, e) el año del dictamen y el número de folio, f) la referencia a los Arts. 18 del CFF, 57 del RCFF y la regla 2.19.9 de la RMF, g) la relación de los papeles que se entregan, y h) la relación de los papeles de trabajo

requeridos como mínimo en la regla 2.19.9 que no se incluyen, debido a que resultan no aplicables al contribuyente. * Los papeles de trabajo deben contener la evidencia de preparación y supervisión de parte del CPI. * Únicamente deben enviarse los papeles de trabajo aplicables a cada contribuyente y con la evidencia de auditoría a las partidas o meses seleccionados para revisión. En su caso hacer la manifestación en el oficio de entrega cuales no son aplicables. * El expediente de auditoría debe contener el detalle y referencias necesarias, así como las fechas de los papeles de trabajo, que deben coincidir con los enviados al SAT. En conclusión, la entrega de ciertos papeles de trabajo a la autoridad es excelente forma de demostrar el trabajo profesional que realizamos los Contadores Públicos para la emisión del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente y del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las empresas, así como demostrar el compromiso que tiene la profesión organizada para colaborar con las autoridades.


C.P.C. Sebastián Rivera Peña Participación del Grupo de Estudio de los martes.

COSTO DE LO VENDIDO

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Deducción del costo de lo vendido o del costo estimado El presente artículo tiene por objeto, señalar algunas de las opciones que se establecen en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y su Reglamento (RISR), así como en la Resolución Miscelánea Fiscal de 2015 (RMF-2015), opciones que permiten deducir el costo de lo vendido o en su caso el costo estimado respectivo. Esto con la finalidad de evitar desembolsos importantes que pueden generar para algunos contribuyentes la falta de liquidez y el anticipar del impuesto sobre la renta sobre una base que no representa la utilidad real de las actividades que desarrolla. En ese orden de ideas, en la práctica comercial se presentan ocasiones que para las partes involucradas, es necesario realizar anticipos o pagos a cuenta del precio o contraprestación pactada, situación que para la persona moral que los recibe le pueden generar una acumulación del ingreso total, sin la posibilidad de aplicar la deducción relativa al costo de lo vendido. Esto como consecuencia de la falta de realización y reconocimiento costo de lo vendido. Lo anterior, se puede materializar por la obtención de los anticipos en un ejercicio y la realización del costo en ejercicios posteriores. Esta situación la vemos en diversas operaciones como por ejemplo en la celebración de contratos

de obra inmueble; que par a beneficio de este tipo de contribuyentes se establece el procedimiento de acumulación de los ingresos y permanece en el artículo 30 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente a la fecha, la posibilidad de deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos e indirectos de esas obras, en los ejercicios en que obtengan los ingresos derivados de las mismas. En otros casos diferentes al mencionado anteriormente, las personas morales ya se encuentran en los supuestos de acumulación a que se refiere la fracción I del artículo 17 de la LISR, como puede ser el que se haya expedido el comprobante fiscal que ampara el precio. Sin embargo dichas personas morales adquieren mercancías o reciben servicios de personas físicas o morales, cuya deducción en términos de la fracción VIII del artículo 27 de la LISR, está condicionada a que haya sido efectivamente erogada en el ejercicio de que se trate. Lo que puede representar la acumulación total del ingreso sin la deducción correspondiente por no cumplir el requisito de efectivamente pagado. Al respecto es importante considerar que de conformidad con el primer párrafo del artículo 39 de la LISR, se establece que: “En todo caso, el costo de lo vendido se deducirá en el ejercicio en el

13 OCTUBRE 2015


COSTO DE LO VENDIDO Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

que se acumulen los ingresos que deriven de la enajenación de los bienes de que se trate.” Así mismo es importante considerar la opción establecida en el artículo 69-E del RISR, que se refiere a la posibilidad de deducir el costo de lo vendido, aún cuando las adquisiciones no hayan sido efectivamente pagadas. Para lo cual, es importante cumplir los otros requisitos que para cada deducción establecen las disposiciones fiscales y llevar el registro inicial de compras y servicios por pagar y determinar el saldo del mismo registro al cierre del ejercicio. La opción en comento resulta de mucha utilidad para los contribuyentes, para cubrir el ISR de manera realmente proporcional.

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Existen otros contribuyentes que realizan actividades empresariales que también obtienen ingresos acumulables por el cobro de anticipos, sin que se hayan realizado a la fecha de los mismos, los costos correspondientes, lo cual les puede generar como se ha señalado anteriormente, que se anticipe el ISR sobre una base superior a la que realmente incrementa su patrimonio. Es decir sobre una utilidad fiscal que no se ve afectada con los costos correspondientes, llegando a ocasionar la falta de liquidez en las empresas por el pago del ISR en una forma desproporcional a la que realmente le corresponde. De acuerdo con lo anterior es importante mencionar que para efectos de la acumulación del ingreso, el primer párrafo artículo 16 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que las personas morales residentes en el país, incluida la asociación en participación, acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo, que obtengan en el ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero. Por su parte el artículo 17 fracción I, inciso c) dentro de los supuestos del momento de acu-

mulación de los ingresos para el caso de enajenación de bienes y prestación de servicios se encuentra, el que: “Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.” Para efectos de lo anterior, resulta de gran interés revisar el numeral 3.2.23. de la RMF-2015, la cual tiene por título “Opción de acumulación de ingresos por cobro total o parcial del precio” y que establece la opción de considerar como ingreso acumulable del ejercicio el saldo que por el monto de los cobros totales o parciales y los anticipos, tenga al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, permitiendo deducir en este caso, el costo de lo vendido estimado que corresponda a dichos cobros o anticipos. Para la aplicación opción de deducir el costo de lo vendido se debe cumplir con lo siguiente: Se trate de contribuyentes del Título II de la LISR, que realicen actividades empresariales. b) Considerar para la determinación del saldo del registro acumulable, el monto de los cobros totales o parciales y los anticipos, que se reciban


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durante el ejercicio en los términos del artículo 17, fracción I, inciso c) de la Ley del ISR y por los cuales no se haya expedido comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada o enviado o entregado materialmente el bien o se haya prestado el servicio, disminuidos con el importe de dichos montos, cuando se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada, se envíe o se entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio, según corresponda, y por los cuales se recibieron los cobros parciales o totales o los anticipos señalados. c) Determinar el costo de lo vendido estimado correspondiente al saldo del registro de los cobros totales o parciales y de los anticipos que se tengan al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, que no estén en los supuestos a que se refiere el artículo 17, fracción I, incisos a) y b) de la Ley del ISR, aplicando al saldo del registro a que se refiere el inciso anterior, el factor que se obtenga de dividir el monto del costo de lo vendido deducible del ejercicio fiscal de que se trate, entre la totalidad de los ingresos obtenidos en ese

mismo ejercicio, por concepto de enajenación de mercancías o por prestación de servicios, según sea el caso. d) Los ingresos a que se refiere el artículo 17, fracción I, inciso c) de la Ley del ISR, deberán acumularse tanto para efectos de los pagos provisionales como para el cálculo de la utilidad o pérdida fiscal del ejercicio fiscal de que se trate, cuando se dé cualquiera de los supuestos a que se refiere la fracción I, incisos a) y b) del citado precepto. Es decir se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada o se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio. e) En los ejercicios inmediatos siguientes a aquél en el que se opte por aplicar lo dispuesto en la regla 3.2.23, los contribuyentes deberán disminuir de los ingresos acumulables el saldo del registro que se hubiera acumulado y el costo de lo vendido estimado del costo de lo vendido deducible, calculados en los términos de dicha regla, correspondientes al ejercicio inmediato anterior. Resulta importante mencionar que la opción antes señalada no es aplicable a los contribuyentes que celebren contratos de obra inmuebles, a que hace referencia el último y penúltimo párrafo del artículo 17 de la LISR. Finalmente puedo concluir, que existen opciones en las disposiciones fiscales vigentes que se pueden utilizar para determinar el resultado fiscal del ejercicio, disposiciones que inclusive pueden ser utilizadas para el cierre del ejercicio de 2015. Esto considerando que las disposiciones citadas en el presente artículo también estaban vigentes o fueron publicadas durante el citado ejercicio en las modificaciones a la RMF-2015. Por lo que es recomendable revisar cada caso en particular y verificar si se encuentran en los supuestos que les permitan deducir el costo de lo vendido o el costo estimado.

15 OCTUBRE 2015


CALIDAD EN LA PRÁCTICA PROFESIONAL Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

C.P.C. Virginia Sandoval Bojórquez Vicepresidencia de Control de Calidad de la Práctica Profesional del INCP

Norma de Revisión de Control de Calidad La normatividad del IMCP requiere que los Contadores Públicos y las firmas a las que pertenezcan, tengan políticas y procedimientos de control de calidad para los servicios profesionales que prestan, y que estas políticas y procedimientos estén sujetos a un proceso de revisión continua. Para lograrlo se emitió la Norma de Revisión de Control de Calidad. Esta norma tiene por objeto revisar el adecuado cumplimiento de las actividades que los socios

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miembros de los colegios federados al Instituto, deben llevar a cabo para cumplir con la NCC, así como establecer las actividades que deberán realizarse para promover, facilitar, vigilar y controlar su cumplimiento. Es un importante avance en materia de normatividad el que se ha dado por parte del IMCP al autorregularnos en materia de calidad y de esta forma dar al usuario de nuestros servicios la certeza de que nuestro trabajo está regulado por la


CALIDAD EN LA PRÁCTICA PROFESIONAL

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tante de la firma es nuestra gente, por lo que debemos invertir en la capacitación y desarrollo de nuestros colaboradores, llevando a cabo un control anual de dicha capacitación que nos sirva de base para la promoción de los recursos humanos. Así mismo al ejecutar nuestro trabajo realizarlo de acuerdo con las normas profesionales y requisitos regulatorios y legales, cumpliendo cabalmente con todo lo requerido dejando evidencia que nuestro trabajo fue realizado desde el inicio hasta el final dentro de un sistema de control de calidad que define las políticas y procedimientos a seguir para el buen desempeño de nuestro trabajo. Esta norma tiene por objeto revisar el adecuado cumplimiento de las actividades que los socios miembros de los colegios federados al Instituto, deben llevar a cabo para cumplir con la NCC, así como establecer las actividades que deberán realizarse para promover, facilitar, vigilar y controlar su cumplimiento.

Norma de Revisión de Control de Calidad, esto nos hace ser más competitivos en un mercado cada vez más globalizado. ¿Qué debemos hacer entonces como líderes en nuestras firmas? Primero que nada tomar acción, hacer un compromiso asumir nuestra responsabilidad como líderes, cumplir con los requisitos éticos relevantes que nos manda nuestro código de ética, ser congruentes con nuestros valores al elegir con quien relacionarnos al aceptar un nuevo cliente, para cumplir con el tercer postulado que marca la propia norma de Control de Calidad “Aceptación y retención de las relaciones con clientes”; así mismo reconocer que el activo más impor-

Por supuesto el ciclo no estaría completo si no se pudiera medir para mejorar lo que hemos implementado dentro del sistema de control de calidad, por tal razón la norma nos pide que apliquemos el sexto elemento (monitoreo), esto nos va a permitir evaluar lo que se está haciendo para mejorar o bien para corregir lo que no cumpla con los estándares de calidad que se han establecido en nuestros manuales conforme a las políticas y procedimientos. Esto es en síntesis lo que mínimamente debemos establecer en nuestra firma como contadores profesionales, comprometidos siempre con nuestro código de ética y con la dignificación de la profesión organizada. Ha esta fecha se han iniciado por parte de la Vicepresidencia de Calidad del Instituto Mexicano de Contadores, las revisiones a firmas con cinco y tres socios y se está dando la capacitación a los equipos revisores de cada federada para que en breve tiempo se inicie con la revisión de firmas con un socio, esto nos permitirá como profesionales de la contaduría pública tener la certeza de que nuestro trabajo cumple con un estándar de calidad, a través del cumplimiento de la NORMA DE REVISION DE CONTROL DE CALIDAD.

17 OCTUBRE 2015


CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

C.P.C. Sebastián Rivera Peña Participación del Grupo de estudio de los Martes

Impuestos… Artículo 69 B, del CFF

18 SEPTIEMBRE 2015

Ya se ha dejado dicho, que la adición del artículo 69 B, del Código Fiscal de la Federación, efectuada mediante decreto de reformas y adiciones publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 09 de diciembre de 2013, es una de las más importantes reformas en materia de recaudación fiscal en vigor a partir del 1º de enero de 2014, mediante la cual, se dotó al Servicio de Administración Tributaria “SAT”, de facultades omnímodas para ir en persecución; determinación económica (créditos fiscales); y, castigo penal de los contribuyentes que expidan comprobantes fiscales que amparen actos, actividades u operaciones inexistentes; así como para proceder de la misma manera en contra de los contribuyentes que se beneficien mediante la deducción fiscal en materia del Impuesto Sobre la Renta (ISR), y correspondiente acreditamiento fiscal en materia del Impuesto al Valor Agregado (IVA), mediante la adquisición de los comprobantes fiscales a que se hacen cita; e, incluso, para castigar penalmente a los vendedores (enajenantes) de dichos comprobantes fiscales en términos de la fracción III, del artículo 113 del mismo Código Fiscal de la Federación vigente. Para decirlo más claro, para determinarle el pago de impuestos a los contribuyentes que vendan facturas; y, a los contribuyentes que se beneficien fiscalmente de la venta de dichas facturas, con el alcance de poder querellarse el SAT, ante la Procuraduría General de la República, por la comisión de los delitos de defraudación fiscal en

18 | del 1 al 31 de junio 2015

términos del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación; equiparable a la defraudación fiscal, en términos del artículo 109, fracción IV del mismo Código; o, por la comisión del delito tipificado a partir del 1º de enero de 2014, en la fracción III, del artículo 113, del mismo Código, el cual alcanza, a los vendedores propiamente dichos de facturas, que no son los que emiten dichas facturas, ni los que se benefician fiscalmente de dichas facturas, sino los enajenantes de dichos documentos (sobre este último particular, recientemente me comentaba un abogado, que él ha vendido facturas, y que en tal carácter al no ser quien las expide, no tiene ningún riesgo fiscal ni penal, lo cual no es cierto). Siendo que en este redil, no solamente han caído los contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales para su venta pura y llanamente, con la finalidad de disminuir la base gravable de los contribuyentes obligados al pago de impuestos (ISR e IVA), adquirientes de dichos documentos, sino también, muchos contribuyentes que obtuvieron de contribuyentes genuinos la compra de bienes y servicios cuya existencia fue real, empero, que por alguna razón ajena e insalvable se ubicaron en alguno de los supuestos que lleva a la presunción legal que los comprobantes fiscales expedidos contienen operaciones inexistentes y que por tanto no tienen ningún efecto legal. El claro ejemplo que en este respecto se ha encontrado, lo es, la compra de estampado de pren-


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das que una empresa le vendió a una textilera, misma que después, fiscalmente desapareció debido a que los socios de la misma, se vieron obligados a dejar el país de la noche a la mañana por una muy grave extorsión del crimen organizado, misma empresa, que al ya no haber sido localizada de manera posterior en su domicilio fiscal por el SAT, llevó a la determinación de que sus comprobantes fiscales emitidos amparan actos, actividades u operaciones inexistentes; y, que por ende, no tienen efecto fiscal alguno, siendo imposible determinar la existencia de los bienes facturados, en la razón, que los estampados en las telas de la textilera adquiriente de dicho servicio, ya se vendieron. Siendo otro de los casos en los cuales, la presunción de inexistencia de los actos, actividades u operaciones facturadas, se ha determinado inexistente por parte del SAT, lo es, la venta de bienes y servicios de personas morales y personas físicas intermediarias, que por el hecho de ser intermediarias, no significa que los bienes y servicios que enajenan sean inexistentes. Lo anterior, en razón, que el primer párrafo del artículo 69 B, del Código Fiscal de la Federación que se cita, muy claramente regula, que: “Cuan-

do la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes no se encuentren localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes”. Regulando el artículo 69 B, del Código Fiscal de la Federación, que a los contribuyentes que se detecte emitiendo comprobantes fiscales que amparen actos, actividades u operaciones inexistentes, se les efectuara la correspondiente notificación, y se les publicará en el Diario Oficial de la Federación, para que puedan manifestar ante el SAT, lo que a sus derechos convenga, aportando la documentación e información que consideren pertinente para desvirtuar los hechos que se les imputan, dentro del plazo de quince día hábiles posteriores a la fecha de la notificación que se les efectúe. Transcurrido el plazo en mención, el SAT, en un plazo que no excederá de cinco días valorará las pruebas y defensas que se hayan hecho valer, procediendo a notificar su resolu-

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ción, y publicando un listado en el Diario Oficial de la Federación y en su página de internet, únicamente de los contribuyentes que no hayan desvirtuado, los hechos que se les imputaron, para dejar determinado que se tratan de contribuyentes que emiten comprobantes fiscales que amparan actos, actividades u operaciones inexistentes ( es decir que venden facturas), y que dichos comprobantes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno; notificando de manera posterior (no lo regula así el artículo en mención, pero procediéndose así por parte del SAT), a las persona físicas y personas morales que hayan dado cualquier efecto fiscal a los comprobantes fiscales expedidos por un contribuyente que se ubicó dentro de los supuestos de emisión de comprobantes fiscales que amparen actos, actividades u operaciones inexistentes, para que dentro del plazo de treinta días hábiles siguientes acrediten ante el SAT, que efectivamente recibieron los bienes o recibieron los servicios que amparan los correspondientes comprobantes fiscales, o bien, procedan dentro del mismo plazo a corregir su situación fiscal, mediante la declaración o declaraciones complementarias que correspondan. Siendo lapidario el artículo materia de los presentes comentarios, al sentenciar que, en caso de que el SAT, en uso de sus facultades de comprobación, detecte que una persona física o moral no acreditó la efectiva prestación del servicio o adquisición de los bienes, o no corrigió su situación fiscal, presentando declaraciones complementarias, procederá a la determinación de los créditos fiscales que correspondan (castigo económico, con multas, actualizaciones y recargos), considerando a las operaciones amparadas en los comprobantes fiscales que por determinación legal “no producen ni produjeron efecto fiscal alguno”, por tratarse de comprobantes fiscales que amparan actos, actividades y operaciones inexistentes, como actos o contratos simulados para efectos de delitos, los cuales son: el delito de defraudación fiscal previsto en el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación; el delito equiparable a la defraudación fiscal previsto en el artículo 109 fracción III, del

Código Fiscal de la Federación; el delito fiscal regulado por la expedición, adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, previsto en la fracción III, del artículo 113 del Código Fiscal de la Federación; el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto por el artículo 400 Bis del Código Penal Federal; y, dependiendo del número de personas que participen en la comisión delictiva, el delito de delincuencia organizada en términos del artículo 2, fracción I, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Ahora bien, mediante fallo reciente de la Segunda Sala Regional Hidalgo México del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se declaró la nulidad en favor de un contribuyente a quien el SAT, le había determinado una resolución que lo ubicaba dentro del supuesto de emisión de comprobantes fiscales que amparan actos, actividades u operaciones inexistentes por comprobantes expedidos con anterioridad al 1º de enero de 2014, por considerar que la aplicación del artículo 69 B del Código Fiscal de la Federación, a comprobantes fiscales emitidos con anterioridad al 1º de enero de 2014, viola el principio de irretroactividad de la Ley regulado por el artículo 14 de nuestra Constitución Política Federal. Este fallo, innegablemente que es de sumo interés, por qué en efecto, de conformidad a las reformas constitucionales del 10 de junio de 2011, el artículo 69 B, del Código Fiscal de la Federación, que se aplique a comprobantes emitidos con anterioridad al 1º de enero de 2014, viola el principio de irretroactividad de la Ley, previsto en el artículo 14 de nuestra Constitución Política Federal. Siendo evidente, que con respecto a la sentencia que se comenta, se hará valer por parte del SAT, el correspondiente recurso de revisión fiscal, estando en espera de lo que determine con relación al fallo alcanzado el Poder Judicial Federal.



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C.P.C. Humberto García Borbón Vicepresidente de Asuntos Internacionales Consejo Directivo 2015-2016

Hablando de Responsabilidad entre otras cosas…

22 SEPTIEMBRE 2015

Siempre he creído que una buena parte de los problemas que enfrenta una sociedad como la nuestra, proviene de la falta de “responsabilidad”, esa palabra que a veces mencionamos y que también debiera entenderse como “compromiso” o el “deber” hacer algo. Responsabilidad tanto de los colaboradores como de las organizaciones que la integran. Llámese sector privado, gobierno, político, educativo, familiar, deportivo, etc. Así, vivimos en un país donde en muchas ocasiones tendremos un pretexto para evitar hacer algo y donde generalmente alguien más tendrá la culpa de lo que nos sucede, el vecino, el gobierno, los políticos, nuestros padres, nuestros hijos, el mal clima, etc. Lo que nos pase nos lo mereceremos por no asumir la responsabilidad de nuestros actos o por omitir lo que debemos de hacer o dejar de hacer. Ten presente lo que nos ha dicho Sir. Winston Churchill: “Toma 20 años construir una reputación y cinco minutos arruinarla. Si pensaras en eso, harías las cosas de forma distinta.” ¿Será que le RESPONSABILIDAD, es más que solo hacer lo que te toca? La evasión de responsabilidades y asignación de culpas, se ha convertido en la justificación de muchos mexicanos para explicar la situación en que vive cada uno de ellos. Pero, antes de seguir emitiendo juicios y para comprender mejor este fenómeno hablaré de lo que he leído en varias ocasiones o lo que he vivido y que engloba el concepto de responsabilidad.

Para la generalidad de las personas, la responsabilidad es simplemente hacer lo que le corresponde al papel o función que desempeñan dentro de cada organización en la que participa. De acuerdo con la Real Academia Española, “responsabilidad puede definirse como el cargo u obligación moral que resulta para alguien del posible yerro en cosa o asunto determinado, ó, la capacidad existente en todo sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente”. Sin embargo, no solo debemos asumir las consecuencias de todo lo que hacemos, sino también, de todo aquello que dejamos de hacer; es decir, debemos responder también por nuestra actitud negativa o de indiferencia ante situaciones en las que de alguna forma estamos involucrados y evadimos. No cabe duda que cualquier sociedad funcionaría mejor si todos desempeñáramos nuestros distintos roles con responsabilidad, ¿cómo? Cumpliendo con nuestros deberes: Responsabilidad en la familia. Cumplamos con nuestras obligaciones, como padres, como hijos, como hermanos. Por su naturaleza y desde mi punto de vista, muy personal, pienso que nuestros hogares deben ser los primeros lugares en los que se tengan bien definidas las funciones y responsabilidades de cada uno de sus miembros, para que de la misma manera sean realizadas. Además, y como parte de sus funciones,


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los padres debemos enseñar a nuestros hijos las responsabilidades que tienen como parte de una sociedad, considero que los valores que se definan y fomenten en la familia, es la base para tener personas responsables con sí mismos y con la sociedad. Es decir, que se establezcan de manera muy clara, las reglas del juego familiar. Responsabilidad en el trabajo. Es en este ámbito donde generalmente nuestras responsabilidades están más claras y definidas de manera formal, en el trabajo existen reglamentos, y descripciones de puestos donde se detallan las funciones y obligaciones de cada empleado; es necesario cumplirlas para el funcionamiento óptimo de las empresas, pero principalmente debemos de fomentar en el trabajo dar un poco más de lo que en papel nos corresponde y eso nos llevará más adelante en este escrito a no ser conformistas y llegar a veces al extremo de ser “inconformes”. Esto lo podemos llevar al plano de nuestro despacho o negocio, corporación en donde prestamos nuestros servicios, la Entidad Gubernamental en donde colaboro, el Centro de Estudios en donde trabajo o imparto clases, etc. Responsabilidad en la sociedad. También tenemos obligaciones y responsabilidades con la sociedad. Más allá de las que estén establecidas en los códigos y reglamentos, debemos involucrarnos en la problemáticas sociales y ser parte activa en la búsqueda de soluciones. El cumplimiento de estos deberes garantizaría la armonía social, pero sobre todo asumimos el

Toma 20 años construir una reputación y cinco minutos arruinarla. Si pensaras en eso, harías las cosas de forma distinta. Sir Winston Churchill

compromiso de hacer lo que nos toca como integrantes de la comunidad, ciudad, estado o nación a la que pertenecemos. Te invito y yo también me incluyo, a que a partir de hoy actuemos y dejemos las excusas, a que dejemos de quejarnos y de culpar a otros de nuestras desgracias, a que asumamos las consecuencias de todo aquello que hicimos o dejamos de hacer, y a que cumplamos con nuestras responsabilidades más allá de lo escrito. Como se dice coloquialmente : “dar el extra” o ir un poco más allá !. Ser responsable como contribuyentes tributarios, es cumplir con nuestras obligaciones tributarias y transmitir este aspecto a la sociedad y a los negocios; ¡algo bueno quedará! Si todos logramos esto dentro de nuestras familias, podríamos trasladarlo a nuestros centros de trabajo y finalmente a la sociedad que formamos. De una sociedad responsable, saldrá un gobierno responsable y sólo entonces lograremos que nuestro país funcione de una mejor manera. “Si cada uno barriera delante de su puerta, ¡qué limpia estaría la ciudad!” Proverbio ruso Necesitamos dejar de ser una sociedad que descalifica, para ser una que propone; pasar de una sociedad que reclama a una que actúa. Alguien responsable es aquel que compra lana y palillos o agujas y termina siempre su tejido, es alguien que no espera solo los inviernos para continuar lo que empezó un año atrás. Muchos hablamos del sentido de la responsabilidad, pero pocos verdaderamente actuamos para cumplir con ella cabalmente. Todo esto de la responsabilidad me lleva a abordar otro tema interrelacionado y muy complejo: “la Inconformidad!

23 OCTUBRE 2015


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La inconformidad Probablemente sea uno de los sentimientos más complicados en la vida de un ser humano. Por un lado, cuando nos sentimos inconformes, en muchas ocasiones eso nos mueve a obtener mejores cosas y por ende asociado con una mayor responsabilidad. Tratamos de alcanzar aquello que nos hemos ideado. Más aún, la inconformidad es lo que permite que algunas personas tengan aspiraciones, metas, sueños y la responsabilidad es la base o cimiento fundamental.

24 SEPTIEMBRE 2015

No hace mucho leí un artículo que trataba sobre cómo resuelven los problemas los pescadores japoneses. Decía que los más experimentados metían a sus estanques algunos tiburones inofensivos, con tal de que los peces se mantuvieran siempre en movimiento, en altamar. La moraleja de aquel texto concluía en que debemos estar siempre atentos para que el tiburón que nada en nuestro estanque no nos coma. Es decir, hay que evitar un estado de confort en el que nuestros movimientos se vuelvan lentos y en el que no visualicemos retos a superar. Cuando se tiene una negociación, ambas partes debemos quedar ligeramente insatisfechos de los acuerdos a que se llegaron en la misma, ya que esto asegura que siempre estaremos atentos para una segunda negociación. Es la inconformidad la generadora de acción. La que estimula al pequeño a llegar a ser grande y al grande a desarrollarse aún más. Ella nos garantiza, como los tiburones en Japón, un crecimiento permanente hasta lograr nuestro máximo potencial, y nos permite subir la escalera aprendiendo de los tropiezos que nos bajan en algunos casos varios escalones. Asumo que para lograr el bienestar humano, es necesario un poco de insatisfacción. Una persona debe necesitar algo que no tenga y desearlo ardientemente, y no descansar sino hasta que lo haya conseguido. Esta necesidad lo mantendrá

motivado y en acción. No hay que confundirlo con una simple necedad. El hombre contento con lo que tiene, sin ambición, tiende a bajar de nivel en la escala social. Quien tiene aspiraciones hará progresar al mundo, pero el que no las tenga, lo hará retroceder. Generalmente, todos deseamos muchas cosas tangibles e intangibles: dinero, comodidades, fama, honores, poder, placeres, sabiduría, reconocimiento y trascendencia. Pero lo primero es decidirse por aquello que más deseamos, evaluando nuestro potencial para lograrlo y fijando un plan de acción. Una vez asegurado el ideal, reconcentremos en él todos nuestros esfuerzos, hasta alcanzar el objetivo, y nuevamente volvamos a empezar. Todo esto se logra manteniendo un equilibrio entre los diferentes roles que tenemos en la vida, pues se trata de balancear nuestra salud, nuestra familia y nuestro descanso, a sí, pero todo hecho con responsabilidad. Sea cual sea la necesidad ideal de una persona, debe tratarla como el agricultor lo hace con su planta predilecta: arranca todo lo que nace a su alrededor y que afecta su crecimiento, para dejarla dueña absoluta de los principios nutritivos del terreno en donde está sembrada, solo así garantizará sus frutos. Por eso, hay que estar siempre con cierto grado de inconformidad o descontento, ya que es la corriente incesante que impide a la energía estancarse, es el generador de la acción que combate la inercia. Otro ejemplo es alguien que se hallaba descontento de la fuerza del hombre, inventó la fuerza del vapor, y con esto trajo un desarrollo industrial y económico para su época. La enseñanza, es quien está satisfecho de las cosas tales como son, nunca la mejora. Poco aportan a la humanidad los hombres y mujeres que estudian para hacer hoy exactamente lo que antes se ha estado haciendo, sin tener


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en cuenta que el presente siempre es nuevo. Las personas útiles son aquellas de percepción y acción originales, de imaginación elástica, que pueden vivir en su época y avanzar al mismo tiempo asumiendo los retos de innovar. El mundo es comparable a un camino: Está hecho para caminar, no para dormir sobre él. El conformismo actúa como freno a las ruedas del progreso. Quien se halla satisfecho con lo que hace, ha llegado a su punto culminante y no progresará más. De tal manera, el destino del hombre es nunca estar satisfecho, es decir: debe vivir al máximo de acuerdo con sus dones y utilizar su potencial, que por cierto es único en cada uno de nosotros.

en lo personal el éxito integral. No obstante, hay otras que siempre han permanecido estáticas, convirtiéndose en mediocres. Estarán de acuerdo que entre esas dos clases de personas, bien distintas en apariencia, no hay mucha variación en cuanto a oportunidades, y en varias ocasiones es solo cuestión de actitud. El éxito de los primeros: Esas personas necesitaron algo, sabían lo que les hacía falta, con pasión se dedicaron a obtenerlo, tuvieron fe en que lo habían de conseguir, meditaron profundamente en la mejor manera de realizar su ideal, se pusieron en acción y continuaron trabajando sin vacilaciones. Si sus combinaciones se vieron entorpecidas por el fracaso, sus derrotas no sirvieron sino para darles nuevos bríos.

Recuerden el principio de “PETER”. El conformismo es uno de los principales enemigos del éxito; es la polilla que corroe el esfuerzo; es el sarro que entorpece el funcionamiento de la rueda del progreso y desarrollo. Por todo esto, es importante identificar cuando la comodidad que nos rodea nos está llevando a la inercia, para reaccionar de inmediato y ponernos nuevas metas. A menudo, el estar conformes significa un estancamiento intelectual. No sigamos ciegamente precedentes que nos conduzcan a un pasado muerto mucho tiempo atrás. No vivamos de glorias pasadas y estemos atentos a vivir plenamente el hoy, con una visión de un futuro mejor. Aprovechemos esas glorias pasadas para mejorar. Que la insatisfacción personal sea el motor para un esfuerzo mayor. Estudiemos más, aprendamos más, busquemos siempre la verdad, no dejemos escapar ninguna oportunidad para crecer como personas. Busquemos estar llenos de buena voluntad, actitud positiva y de esperanza. Reflexionemos: En la lucha por la vida, hay personas que de algún modo han sobresalido de sus contemporáneos, logrando en sus empresas y

Te voy a poner a prueba: Piensa en algo de lo que estés inconforme en este momento, pero debe ser un asunto bien pensado y realista. Te darás cuenta que no estás inconforme de una sola cosa, puede ser que inclusive estés inconforme de todo. ¡Felicidades! Eres un ser humano; así como tienes pies, ojos, boca, dientes, cerebro, sentimientos, y una que otra espinilla, de igual forma eres inconforme. No eres diferente de mí ni de nadie. Somos parecidos. Así, lo que te hará diferente es lo que hagas con toda esa energía. La inconformidad, los budistas exitosos se dedicarán a desaparecerla, los sufís exitosos en domarla, los arquitectos exitosos en hacer edificios más altos, los físicos exitosos en encontrar un modelo que explique todo. ¿Y tú? ¿En que la enfocarás?, ¿dar mejor tu asesoría de negocios, fiscal, o hacer mejor tus auditoría? El éxito está en buscar, no en encontrar. Busca, siempre busca, hasta que encuentres. Y luego nuevamente inicia con otro objetivo. Eso te mantendrá fuerte, sano, en acción. Te hará humano. Espero que con este escrito, meditemos un poco primero sobre la sobre la responsabilidad y luego sobre no ser conformista.

25 OCTUBRE 2015


REDES SOCIALES

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C.P.C. José César Miranda Sánchez Presidente del IMCP La Paz, BCS

El uso de las redes Termometro social y algo más

26 SEPTIEMBRE 2015

El uso de las redes sociales en México es cada vez más frecuente, según datos del INEGI actualizados al 2014, el 44.4% de los mexicanos somos usuarios del internet, a partir de los 6 años de edad y hasta la tercera edad, también que 1 de cada 3 hogares tiene internet y sumando a todo esto, el acceso que hoy se tiene a las principales redes a través de dispositivos móviles cuyo consumo de datos en la telefonía celular curiosamente no tiene costo cuando se accesan Facebook, Whatsapp o Twitter, que son las 3 redes más usadas por la población en México, podemos intuir que la importancia de la información revelada por estos medios es enorme como indicador de aspectos sociales, políticos, económicos y muchos más. Revelacion de datos a terceros Si ya la privacidad de estas redes es cuestionable, la mayor parte de la información es ofrecida voluntariamente por el usuario, ya que desde la configuración misma de la cuenta, son cada vez más los datos personales que la red nos solicita compartir públicamente (edad, sexo, estado civil, escolaridad, etc.), así como toda la información que nosotros compartimos acerca de diversos temas. Tratemos de imaginar la base de datos que un tercero pudiera tener con todo este universo de información, y que una vez obtenida fuera ordenada por segmentos de edad, clase social, preferencias políticas, perfiles sicológicos o cual-

quier otro aspecto y el valor de todo esto como indicador social o económico. El peligro de ser popular Entre amigos y familiares la información compartida es muy variada y revela gran parte de nuestra personalidad, donde nos enteramos día a día de las actividades y novedades de nuestros conocidos, donde comieron hoy, si hicieron o no ejercicio, su estado de ánimo, si tienen una nueva relación, un nuevo trabajo, están estrenando, entre otras revelaciones cada vez más personales. El problema radica en que en la mayoría de los casos no son sólo conocidos quienes tienen acceso a nuestra información, y estamos dejando entrar a personas extrañas en nuestras vidas, con los peligros que todo esto acarrea, como por ejemplo que estén enterados de tu rutina diaria, a qué horas sales y cuando regresas de tu trabajo, estas de vacaciones y tu casa sola, tu estado de ánimo, y muchos más datos de tus hábitos, con lo que crece el riesgo de amenazas reales como robos planeados, acoso, publicidad dirigida, encuentros con otros usuarios cuando estamos vulnerables emocionalmente y otro más. Relacion entre nuestro perfil personal y el profesional Hay que tener en consideración que en la actualidad, los usuarios de nuestras redes que no son


REDES SOCIALES

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cercanos a nosotros, o que no frecuentamos en persona, tienen una impresión tuya basada en tus perfiles y tus publicaciones, por lo que en muchos casos está en riesgo incluso un daño a tu reputación al compartir situaciones personales que aunque no quisiéramos pueden tener una repercusión en tu vida profesional si no cuidas o separas quienes tendrán acceso a tal o cual aspecto de tu vida. Basta con preguntarte a ti mismo si algún cliente potencial, empleador, socio comercial o cualquier otro ente relacionado con tu actividad económica no cuestionaría tu capacidad profesional al ver tus publicaciones personales o el tiempo estas empleado en la actualización frecuente de tus redes, te aseguro que esto es una realidad más de lo que crees. Cada vez más se acostumbra el acceder a los perfiles de quienes están solicitando empleo para tener una idea integral de la persona y se toman en cuenta también las actividades de los socios para posibles alianzas comerciales, la información revelada permite incluso el definir parte de tu perfil sicológico al mostrar tus gustos, aficiones y estados de ánimo, respecto al nivel de reserva que tengas en compartirlos públicamente.

Posibles usos de la informacion Existen rumores de que la facilidad con que se accesa a toda esta información está siendo utilizada actualmente por parte de las diferentes ramas de gobierno, donde ya hemos visto casos de criminales buscados por la justicia que han sido ubicados gracias a las redes sociales y a sus descuidos a la hora de publicar sus actividades, también de historias acerca de noticias filtradas en estas redes a través de perfiles falsos, con la intención de tener una medición de su impacto entre los usuarios, con lo que es muy sencillo definir una tendencia al analizar esta muestra importante del universo de la población. Con todo esto, no es descabellado pensar en los usos para aspectos fiscales, financieros y económicos que toda esta información pudiera tener y su posible uso para armar estrategias o programas de fiscalización, por citar un ejemplo. Arma de doble filo Atrás quedaron aquellos días en que el consultar estas redes era para ver sólo cosas agradables y divertidas, y lo hacíamos más por distracción e interacción con nuestros allegados, en la actuali-

27 OCTUBRE 2015


REDES SOCIALES

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dad son más las publicaciones con intenciones de alimentar el ego y las noticias de fuerte contenido con publicaciones de los usuarios en temas emocionalmente profundos, noticias amarillistas y protestas de todo tipo dirigidas a quien sea. Visitar estos sitios y participar activamente en estos asuntos nos deja en un balance no tan positivo y afecta el estado de ánimo en forma negativa en la mayoría de los casos, tenemos que plantear y enfocar nuestra atención hacia cosas más positivas, creo yo. Estoy seguro que todos como usuarios de las redes sociales hemos tenido algún grado de decepción basada en la información que publica o comparten nuestros “conocidos” o en otros casos, nos enteramos de aspectos no tan conocidos de nuestros amigos más cercanos, cambiando radicalmente (para bien o para mal) nuestra percepción de X persona. Recomendaciones

28 SEPTIEMBRE 2015

Con todo esto analizado, comparto con ustedes algunos tips en el manejo de nuestra información, tomados de diversos artículos publicados en la WEB, que nos ayudaran a minimizar los riesgos y mantener nuestra privacidad; • Revisar la configuración personal de tus cuentas, poniendo mucha atención en qué tipo de perfil estas mostrando al mundo y que datos personales estas compartiendo. • Limitar la audiencia de tus publicaciones. Todas estas redes te dan la opción de escoger si tus publicaciones serán públicas o dirigidas solo a un segmento de tus seguidores o amigos, basta con invertir un poco de tiempo. • No compartir información o participar en publicaciones de las cuales no tengamos una información completa, dudemos de su veracidad y de la fuente que la pública, o tengan señales de amarillismo. • Pensar muy bien antes de publicar algo. A quien llegara esta información y que uso puede dar a la misma.

• No compartir información clave como domicilio personal, correo electrónico, número de celular, cuentas bancarias, etc. • En lo posible deshabilitar o al menos limitar la opción de localización en nuestras redes. ¿Realmente necesitamos que el mundo se entere dónde estamos en cada momento? • No hacer alarde de situaciones que pudieran ser embarazosas en un futuro cercano, como publicar fotos en estado de ebriedad, alguna enfermedad o comentarios públicos de algún problema personal. • Cuida mucho el participar, comentar o compartir publicaciones sospechosas, casi siempre son virus disfrazados. • No configurar las preguntas claves en la recuperación de tus contraseñas con información real, tu información compartida da muchas pistas al respecto. Conclusión No quiero manifestar que el uso de las redes sociales sea algo completamente negativo, de hecho creo que con los cuidados adecuados, son todavía más las cosas positivas en un balance final, y podemos sacar un mayor provecho de ellas tanto personal como profesionalmente si nos damos el tiempo de escoger la información que compartimos y la que vale la pena consultar de todos los demás, recordando siempre que no porque está en la redes sociales demos algo por cierto. Actualmente son más las publicaciones que solo tienen parte de verdad complementadas con datos amarillistas para darles mayor realce, y en muchas ocasiones son noticias y situaciones falsas que solo pretenden llegar a un grado viral por diferentes motivos. Hagamos un uso responsable de ellas y creo que estaremos avanzando hacia un mejor manejo de todo esto, al mismo tiempo que optimizamos nuestro tiempo y nos libramos de carga emocional no necesaria. Es una opinión muy personal, ¡¡¡GRACIAS!!!


C.P.C. Francisco J. Macías Valadez T. Ex Presidente del IMCP

FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

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Foro CONEXIÓN 2015 Valor Fiscal Digital La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, celebrará los días 25 y 26 de agosto, en la Ciudad de México, el Foro Internacional de Tributación Digital, CONEXIÓN 2015, en coordinación con la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación, AMEXIPAC, A.C. La Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación, AMEXIPAC, A.C. reúne a las empresas autorizadas por el SAT que brindan servicios a más del 74% del mercado de factura electrónica en México. Entre sus objetivos se encuentra contribuir a la difusión de la cultura fiscal digital en México, por lo que ha realizado eventos para el público al general desde su creación. El foro CONEXIÓN 2015 es resultado del esfuerzo conjunto del SAT y AMEXIPAC por reunir a líderes internacionales en materia de tecnología fiscal para habilitar un espacio de intercambio de experiencias y mejores prácticas en favor de los usuarios particulares y gubernamentales de estos servicios. El foro contará con la participación de expertos internacionales en tecnologías para el sector Gobierno, organismos internacionales e iniciativa privada, quienes intercambiarán experiencias sobre la industria y el desarrollo de tecnologías que faciliten el cumplimiento y permitan avanzar hacia un Gobierno con servicios digitales.

El encuentro se llevará a cabo en el Museo Interactivo de Economía, MIDE, es un espacio para explorar las mejores prácticas en la materia e incentivar la innovación tecnológica gubernamental, a través de modelos colaborativos entre el sector público y el sector privado. El SAT, que ha sido punta de lanza en la migración de servicios al ámbito digital, aprovechará esta oportunidad de dar a conocer internacionalmente las innovaciones derivadas de la Reforma Hacendaria, como la factura electrónica, la contabilidad electrónica o el Buzón Tributario, entre otros. Entre los organismos confirmados están el Fondo Monetario Internacional, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, el Banco Mundial y el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias. El foro CONEXIÓN 2015 está dirigido a contadores, fiscalistas y abogados nacionales que diariamente interactúan con las soluciones de tributación digital para que cuenten con un espacio de consulta práctica sobre las normas y reglas de operación vigentes que emite el SAT. La participación en el evento tiene validez de puntos para el programa de Desarrollo Profesional Continuo del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, IMCP. Para consultar el programa del foro visite el sitio oficial www.foroconexion.org

29 OCTUBRE 2015


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Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

El Colegio de Contadores Públicos de Sonora, te da la más cordial de las bienvenidas y te invita a que te integres a sus actividades y a sus Comisiones de Trabajo, formando parte importante de nuestra institución, fortaleciendo así los vínculos con la profesión y los colegas, lo que favorecerá a tu desarrollo y crecimiento profesional. El día miércoles 22 de julio durante la Asamblea General Ordinaria de Socios, se llevó a cabo la toma de protesta de las nuevos socios E.C.P. GRACIELA TAPIA CORDOVA, C.P. FRANCISCO DAVID RICO AMARILLAS y E.C.P. MILIKZA GUADALUPE CASTILLO PORTILLO, por el distinguido ex presidente del Colegio, el C.P.C. Martín Baltazar Lagarda Esquer, quien les dirigiera emotivas palabras a nuestros nuevos socios. En la foto del recuerdo acompañando a nuestros nuevos socios, el C.P.C. Martín Baltazar Lagarda Esquer, el C.P.C. Roberto Francisco Ávila Quiroga, y el C.P.C. Mario Arvizu Real Presidente y Vicepresidente General de nuestra institución respectivamente.

Orgullosamente Colegiados!!

JULIO 2015, H E R M OSIL L O, SON ORA, M ÉXIC O 30 | del 1 al 31 de junio 2015


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Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

El Colegio de Contadores Públicos de Sonora, te da la más cordial de las bienvenidas y te invita a que te integres a sus actividades y a sus Comisiones de Trabajo, formando parte importante de nuestra institución, fortaleciendo así los vínculos con la profesión y los colegas, lo que favorecerá a tu desarrollo y crecimiento profesional. El día miércoles 19 de agosto durante la Asamblea General Ordinaria de Socios, se llevó a cabo la toma de protesta de las nuevas socias E.C.P. DULCE CAROLINA LOPEZ MENDOZA, E.C.P. NALLELY VILLA RUIZ, E.C.P. GLADYS EDITH DUARTE MONTES, E.C.P. MAYRA ALEJANDRA RUIZ QUINTANA y E.C.P. YESSICA MARLENE ROMERO RODRIGUEZ, por el distinguido ex presidente del Colegio, el C.P.C. Leonardo Reyes Chávez, quien les dirigiera emotivas palabras a nuestros nuevos socios. En la foto del recuerdo acompañando a nuestros nuevos socios, el C.P.C. Leonardo Reyes Chávez, el C.P.C. Roberto Francisco Ávila Quiroga, y el C.P.C. Mario Arvizu Real Presidente y Vicepresidente General de nuestra institución respectivamente.

Orgullosamente Colegiados!!

A G OST O 2015, HE RM OSIL L O, SON ORA, M ÉXI CO 31 | del 1 al 31 de junio 2015


SEGURIDAD SOCIAL

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C.P.C. Ramón Espinoza Jiménez, Socio de Espinoza Gutierrez. Miembro de Moore Stephens International Gutierrez, S.C. Expresidente del INCP

Sugerencias para eficientar costos por clasificacion adecuada del grado de riesgo de su empresa 32 SEPTIEMBRE 2015

Desde hace muchos años el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha observado una fiscalización muy intensa a las empresas (patrones) en diversos aspectos, como: afiliación de trabajadores, adecuada integración salarial y por supuesto el pago oportuno de las cuotas, tanto de forma directa con sus departamentos revisores, como a través de la figura del dictamen del contador público autorizado (CPA). Sin embargo, es necesario hacer notar que particularmente en los últimos 5 años ha enfocado esta fiscalización de manera muy intensa sobre el aspecto de la clasificación de grado de riesgo de los patrones, y más en los casos de patrones con un número considerable de trabajadores. De manera especial, lo que la autoridad lleva a cabo es analizar en forma directa mediante visitas física a los centros de trabajo, o a través de la información proporcionada en el dictamen del contador público, ciertos aspectos como: actividad o proceso de producción, materia prima y materiales utilizados en la actividad o producción así como la maquinaria y equipo usado en la misma. La práctica que está siguiendo el

IMSS, para determinar, y regularmente rectificar (aumentar) la clasificación, es basándose en la “peligrosidad” con la que está expuesto en su trabajo, en cada uno de los aspectos (actividad o proceso, materiales y equipo) en el que desarrolla su trabajo.


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En relación a lo último mencionado, debemos decir que, si bien el adjetivo “peligrosidad” se alude en el artículo 75 de la Ley del seguro social al comentar que la determinación de las clases comprende una lista de actividades y ramas industriales, catalogándolas en razón de su mayor o menor peligrosidad a que están expuestos los trabajadores, y asignando a cada grupo una “clase”, esto solo aplica a la empresas que se inscriban por primera vez en el Instituto o cambien de actividad. Es decir lo que realmente cuenta es la actividad esencial de las empresas. Estas diversas actividades y clases se encuentran descritas en el artículo 196 del reglamento de la Ley respectivo, en el cual se presenta el catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de grado de riesgo, el cual se describe desde las que se encuentran en la clase I (menor riesgo) a la clase V (mayor riesgo), pero siempre señalando la actividad esencial del patrón. Adicionalmente, el artículo 20 del reglamento respectivo de la Ley (en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización). establece que si la actividad de una empresa no se señala en forma específica en el catálogo de actividades establecido en el reglamento, el patrón o el Instituto procederán a determinar la clasificación considerando la analogía o similitud en la actividad, los procesos de trabajo y los riesgos de dicha actividad con los que se establecen en el catalogo mencionado. (el subrayado es nuestro). Es decir, en sentido contrario, se entiende perfectamente que si la actividad se encuentra señalada específicamente en el catálogo, ésa la que debe considerar. Ante lo anterior, nos permitimos comentar o sugerir ciertas acciones a seguir por la empresa para eficientar, e incluso ahorrar en algunos casos, en los costos derivados de la cuota del seguro de riesgo de trabajo, lo cual implica obviamente una correcta clasificación y aprovechamiento de las ventajas establecidas en la Ley y reglamento respectivo del Seguro social. Lo

primero es revisar detenidamente, su actividad o proceso de operación, materiales, maquinaria y equipo utilizado en su operación, para ver si coincide con la clasificación registrada ante el IMSS. Se sugiere que esta revisión sea en conjunto con un equipo de profesionales, tanto de la empresa como puede ser el gerente de operación y además de algún profesional externo en seguridad social, que puede ser algún consultor experto en el área y también en ciertos casos puede ser su auditor en esta materia. Algunas de estas recomendaciones, en diversos casos que describimos, pueden ser las siguientes: 1. Si en la revisión se determina que la clasificación correcta debiera ser una de clase menor, debidamente encuadrada en el catálogo de actividades del reglamento antes mencionado, se puede presentar el aviso de cambio respectivo ante la autoridad. Esto obviamente en la práctica no es un caso común, pero se puede dar. 2. En caso, que con base en la revisión, se determine que la clasificación debiera ser en una clase mayor, y no esta dictaminado para efectos de seguro social por Contador Público, pudiera aprovecharse y optar por este dictamen, con lo cual tendrá el beneficio de aplicar el cambio, y aumento de la prima de grado de riesgo, a partir de la presentación de los resultados (dictamen),en términos del artículo 30 fracción IV del reglamento. Es decir no es necesario corregir años anteriores. Ampliando un poco más esta aseveración, podemos decir que el dictamen del ejercicio 2015, se presentaría en 2016, a más tardar en septiembre de dicho ejercicio. Obviamente se deben evaluar alternativas a seguir. . En caso de que se encuentre en proceso de dictaminación del ejercicio 2014, puede haber tiempo para presentarlo en este ejercicio y que el cambio opere a partir de la fecha de dictamen, con lo cual se evitan diferencias y recargos de años anteriores.

33 OCTUBRE 2015


SEGURIDAD SOCIAL

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3. Otro caso se presenta cuando la autoridad, en una revisión directa o revisando el dictamen del contador público, por el departamento de auditoria a parones, identifique razones de cambio de actividad y pretenda cambiar el grado de riesgo y su prima. En este caso, se sugiere evaluar con sus auditores y abogados posibilidades de defensa por la via legal, lo cual en muchos casos resulta en una probabilidad de obtener fallo favorable, siempre y cuando la mayoría de los empleados de la empresa labore en procesos, materiales y equipo de bajo riesgo. En este caso, aludiendo el sentido de preponderancia de sus actividades y que la mayor parte de los empleados labora en dichas actividades de bajo riesgo, se podría fundamentar legalmente, su clasificación actual.

34 SEPTIEMBRE 2015

4. En caso de que el Instituto, le haya determinado algún crédito, derivado de la revisión, la empresa se puede defender por los cauces legales, basado en la preponderancia de su actividad. En este sentido es necesario destacar que existen precedentes legales en este sentido en los tribunales, tanto de fecha reciente, como desde hace varios años. Recientemente tenemos el caso de la resolución de fecha 1 de febrero del 2013, del siguiente juicio: Juicio Contencioso Administrativo Núm. 667/1220-01-6.- Resuelto por la Sala Regional del Caribe del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 1 de febrero de 2013, que a la letra dice:

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN VII-TASR-CA-46 RECTIFICACIÓN DE PRIMA PARA EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO. SUPUESTO EN EL CUAL RESULTA INDEBIDAMENTE FUNDADA Y MOTIVADA.Los artículos 29, fracción V, 30, fracción IV y 33

del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; y, 196, División 4, Grupo 42, fracción 421, del Catálogo de Actividades para la Clasificación de las Empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo previsto en el mismo reglamento, establecen la facultad de la autoridad para rectificar la clasificación de un patrón, para lo cual se sujetará al catálogo de actividades que establece el artículo 196 del reglamento en cita, en cuya división y fracción en cita, se refiere a instalaciones sanitarias, eléctricas, de gas, de aire acondicionado y comprende a quienes se dedican a la instalación de sistemas sanitarios, de plomería y fontanería, de sistema eléctrico, intercomunicación, entre otras cuestiones. Si acorde al acta constitutiva de una persona moral, en concordancia con el dictamen realizado por contador público autorizado, la actividad preponderante del patrón consiste en promocionar paquetes de servicios turísticos y servicios recreativos, para observar en albercas espectáculos con delfines e interactuar con ellos, para lo cual cuenta con casi mil empleados, resulta inconcuso que no se apega a derecho que se le ubique en la división y fracción en comento, por el simple hecho de que menos de treinta de sus empleados, con perfiles tales como técnicos en electricidad o en refrigeración, se enfoquen en dar mantenimiento a los espacios y recursos donde la persona desempeña sus actividades, cuando ni siquiera se está frente a un supuesto de que se oferten al público los servicios indicados en la división, grupo y fracción imputada por la autoridad. Como puede verse en todo lo antes mencionado, hay varias opciones a considerar para aprovechar el cambio (aumento) de grado, con la menor afectación a la empresa, de tal forma que, incluso, se pueda aprovechar, para en su caso bajar la prima de grado de riesgo, aludiendo el concepto de preponderancia antes comentado. Quedamos a sus órdenes, para comentarios adicionales a la empresa, a cada empresa en lo particular..


EVENTOS JULIO - AGOSTO 2015 El día miércoles 15 de julio se llevó a cabo en las instalaciones del Colegio, el evento técnico “PROCESO ENTREGA-RECEPCIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA” con la participación de la Ing. Arlette Amelia López Godínez, quien le hiciera un reconocimiento el Presidente de nuestra institución el C.P.C. Roberto Francisco Ávila Quiroga.

Los días 7 y 8 de Agosto tuvimos nuestro primer módulo del Diplomado Fiscal, organizado por la Vicepresidencia de Fiscal, a cargo del C.P.C. Martín Lagarda Esquer, en donde el Lic. Raúl Bolaños impartió el tema: Código Fiscal de la Federación, recibiendo un reconocimiento y un presente a nombre de nuestro colegio.

Los días 21 y 22 de Agosto, tuvimos la visita del Ex Presidente del Colegio de Mexicali, el fiscalista C.P.C. Héctor Amaya Estrella, quien nos impartió el Módulo II con el tema: Impuestos Sobre la Renta, Personas Morales, quien recibiera de manos de nuestro Ex Presidente el C.P.C. Víctor Hugo Bobadilla un presente y un reconocimiento.


EVENTOS JULIO - AGOSTO 2015 Los días 27 y 28 de Agosto, se llevaron a cabo los diferentes cursos de “Actualización Integral de Auditoría 2015”, organizado por nuestro Vicepresidente de Legislación, el CPC Sebastián Colio Constante, impartido por diversos y reconocidos profesionistas expertos en esos temas.


Patrocinadores Oficiales del Colegio de Contadores PĂşblicos de Sonora


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