Abaco Enero 189

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Revista Informativa y de Opinión Profesional del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

Aspectos Relevantes de la Reforma Fiscal 2016

No. 189 del 1 al 31 de Enero 2016

Preguntas frecuentes en materia de la norma de desarrollo profesional continuo (NDPC) El Contador en la Era Digital La indemnización por afectaciones por causas de utilidad pública C.P.C. Octavio Acosta Salomón No.42 Esq. C.P. Agustin Caballero Wario, Col. Villa Sol. Hermosillo, Sonora. Tels. (662) 2 13 21 45 y 217 46 99, recepción@ccpdesonora.org www.ccpdesonora.org


Contenido Enero 2016

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REFORMA FISCAL

Aspectos Relevantes de la Reforma Fiscal 2016 C.P.C. Leticia Hervert Sáenz, Presidente del IMCP

NDPC

Preguntas frecuentes en materia de la Norma de Desarrollo Profesional Continuo C.P. Germán López Virgen M.I.

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TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

El Contador en la Era Digital Mario Corona

IMMEX

El cambio de las habilidades empresariales en Sonora ante la incursión de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación Dra. María del Rosario Fátima Robles Robles

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INDEMNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

La indemnización por afectaciones por causas de utilidad pública

C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante M.I. Presidente de las Comisiones de Revista y Redes Sociales del IMCP Sonora

C.P.C. Víctor Alán Alcázar Lacarra

Publicidad: C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, email: ruthlizbethacosta@gmail.com NOTA DE EDICIÓN: Los artículos contenidos en esta revista son responsabilidad del autor y no del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. Directorio Consejo Directivo 2015-2016. PRESIDENTE - CPC Roberto Francisco Ávila Quiroga, VICEPRESIDENTE GENERAL – CPC Mario Arvizu Real, TESORERO – CPC Víctor Hugo Bobadilla Aguiar, PROTESORERO – CP Juan Carlos Óstler López, SECRETARIO DE ASAMBLEA – CP Lourdes B. Murrieta Saavedra, SECRETARIO DE CONSEJO – CPC Mario Alberto Ruíz Durazo, Prosecretario de Asamblea - CPC Pedro Wlfredo Tapia Maldonado, Prosecretario de Consejo – CP Germán López Virgen, VICE PRESIDENTE FISCAL – CPC Martín Baltazar Lagarda Esquer, Presidente de la CROSS- CPC José Gilberto Aguilar, Secretaria CROSS – CP Mirna Sotomayor, Tesorero CROSS- CP Israel López, VICE PRESIDENTE DE CALIDAD – CP Jorge Navarro Rosales, VICE PRESIDENTE ASUNTOS INTERNACIONALES – CPC Humberto García Borbón, Presidente de la Comisión de Asuntos Internacionales y Protocolo- CP Alma Lorena Moreno López, Miembros de la Comisión de Asuntos Internacionales y Protocolo – CP CP. Roberto Carlos Ledgard Montijo, CP. Karla Eduwiges León Campillo, CP. Ubaldo López Ruíz, VICE PRESIDENTE DOCENCIA - , VICE PRESIDENTE APOYO A DELEGACIONES – CPC Mario Alberto Hidalgo Contreras, VICE PRESIDENTE SECTOR EMPRESAS – CP Adrián Sánchez Barrón, VICE PRESIDENTE SECTOR GUBERNAMENTAL – CP Tomás García Ibarra, Presidente de la Comisión de Contabilidad Gubernamental – CP Cynthia Guadalupe Bojórquez Gastélum, Presidente de la Comisión de Auditoría Gubernamental – CP Luz Amanda Acedo Ramírez, Presidente de la Comisión de Cuenta Pública – CP Ubaldo López Ruíz, Miembro de la Comisión de Liderazgo y Comunicación Institucional- C.P. Jorge Arturo Herrera Ibarra, VICE PRESIDENTE PRACTICA EXTERNA – CPC Araceli Espinoza Ceballos, VICE PRESIDENCIA LEGISLACIÓN – CPC Sebastián Colio Constante, Miembro de la Comisión de Normas de Información Financiera – CPC Humberto García Borbón, Presidente de la Comisión de Auscultación y Análisis de Boletines – CPC Jesús Humberto Acuña, Miembro de la Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría- CPC Juan LuisPatiño, Presidente de la Comisión de Estatutos – CPC Carlos Zamora Balderrama, Miembro de la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo – CP Germán López Virgen, Presidente de la Comisión de Ética – CPC Emilio Avilés Acedo; VICE PRESIDENTE RELACIONES Y DIFUSIÓN – CP María Jesús Rivera Briceño, Presidente de la Comisión de Revista- CP Ruth Lizbeth Acosta Bustamante; Presidente de la Comisión de Premios- CP María Jesús Hurtado Olguín, Presidente de la Comisión de Imagen y Comunicación Social – CPC José Gilberto Aguilar Escoboza; Presidente de la Comisión de Redes Sociales- CP Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, Presidente de la Comisión de Protocolo y Logística – C.P. Yanet Sandoval César, Presidente de la Comisión de Eventos Culturales – C.P. Rosario Robles Robles ; AUDITOR FINANCIERO – CPC Juan Luis Patiño, AUDITOR DE GESTIÓN – CPC Gustavo Ruiz Aldama. REVISTA ÁBACO: Diseño Gráfico: L.D.G. Reyna E. Hernández Carbajal.- Edición y Corrección de Estilo: C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante.


Mensaje PRESIDENTE Estimados Asociados, Inicia un nuevo año y con ello nuevos propósitos y buenas intenciones, por ello les deseo de todo corazón que se cumplan todos sus deseos, que la salud, el amor y la prosperidad los acompañe en todo este 2016 en compañía de sus seres queridos. Este año 2016 se visualiza un año de retos, tanto en lo económico, social y religioso. En el ámbito fiscal para este 2016, el gobierno federal, tiene como fin mantener la reforma fiscal y dar certidumbre tributaria e irá con todo en materia de evasión fiscal. Como podemos ver, la mejor forma de afrontar todos estos acontecimientos y retos, es estar unidos como profesión, ya que la unión hace la fuerza. Mi compromiso como Presidente de este Colegio seguirá siendo, el mantener como hasta ahora nuestra unidad como colegiados y a su vez, mantenernos actualizados. Feliz año 2016 les desea su amigo

C.P.C. ROBERTO FRANCISCO ÁVILA QUIROGA Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. Presidente Consejo Directivo 2015-2016


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C.P.C. Olga Leticia Hervert Sáenz Presidenta del IMCP

Aspectos Relevantes de la Reforma Fiscal 2016

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El Presidente de la República, el pasado 8 de Septiembre, entregó la propuesta de Paquete Económico 2016 al H. Congreso de la Unión.

tes, contribuyendo a preservar la estabilidad macroeconómica, condición fundamental para el crecimiento y el desarrollo económico.

El paquete está integrado por: La Iniciativa de Ley de Ingresos, El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2106 y los Criterios Generales de Política Económica correspondientes, así como diversas Reformas al marco fiscal y presupuestario entre las que destacan la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, La ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, La Ley de Asociaciones Público Privadas, La Ley General de Contabilidad Gubernamental y el Proyecto para una Nueva Ley de Tesorería.

Al respecto, en cumplimiento con el Acuerdo de Certidumbre Tributaria, el Paquete Económico 2016 no propuso nuevos impuestos, no planteo aumentos a los existentes ni disminuciones a los beneficios fiscales para el resto de esta Administración.

El Paquete Económico para 2016 se enmarco en un entorno de economía externa compleja y volátil. Se basó en premisas realistas y pruden-

A continuación, se comentan algunos de los puntos más relevantes: Aspectos generales 1. Se estimó que en 2016 se observará un crecimiento real del Producto Interno Bruto (PIB) de entre 2.6 y 3.6%, en línea con las estimaciones del sector privado; una inflación de 3%, en línea con la meta del Banco de México, y una tasa de interés promedio de los Cetes a 28 días de 4.0%, también en línea con las expectativas de mercado. Asimismo, se estimó un tipo de cambio nominal promedio de $16.4 por dólar durante 2016. 2. Se previó que el precio promedio de la mezcla mexicana de crudo de exportación se ubique en 50 dólares por barril. Ley de Ingresos de la Federación 1. Se proyectó un nivel de ingresos de 4 billones 763 mil 874 millones de pesos, monto menor en 1.6% en términos reales a lo aprobado para 2015.


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2. Se mantienen las tasas de recargos por mora y prórroga para el pago de créditos fiscales.

4. Se reduce el plazo de 5 a 3 años el periodo en el que se puede aplicar la exención del ISR por la venta de casa-habitación.

3. Continúan los estímulos fiscales y exenciones otorgados en 2015.

5. En materia del Régimen de Incorporación Fiscal:

4. La tasa de retención de ISR por intereses disminuye de 0.6 a 0.5%.

• Se amplía el universo de contribuyentes que pueden tributar.

Ley de Impuesto sobre la Renta

• Pago de PTU a los 60 días siguientes a la declaración del sexto bimestre.

1. Se incrementó la deducción en automóviles de $130,000 a $175,000. 2. Se permite durante 2016 y 2017 la deducción inmediata de la inversión para los contribuyentes de hasta 100 millones de pesos y las de los sectores de energía e infraestructura. 3. Se otorgarán facilidades de exención y comprobación a los ejidos y comunidades agrarias.

• Se les libera de expedir CFDI hasta por $250, debiendo emitir un comprobante global por las operaciones realizadas con el público en general. • Pago con transferencia, cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, de servicios o monedero por las compras e inversiones mayores a $5,000 (no aplica en la adquisición de combustibles).

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• Pago con transferencia, cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, de servicios o monedero por las compras e inversiones mayores a $5,000 (no aplica en la adquisición de combustibles). 6. Respecto a las deducciones personales: • Se incrementa el límite del monto de las deducciones de 4 a 5 SMGAGC ($127,932) y de 10 a 15% del límite global de las deducciones personales. • Se excluyen del límite global a las aportaciones a Planes Personales de Retiro. • Se excluye del límite global de las deducciones personales a los gastos médicos que tengan las personas por incapacidades reguladas en la Ley Federal de Trabajo. Código Fiscal de la Federación

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1. Se facultó al SAT para que lleve a cabo la celebración de sorteos de lotería fiscal. 2. Nueva multa por no presentar la declaración informativa de operaciones relevantes o de precios de transferencia que es de $140,540 a $200,090. 3. Multa por no presentar la contabilidad electrónica que va de 5,000 a $15,000.

En cumplimiento con el Acuerdo de Certidumbre Tributaria, el Paquete Económico 2016 no propuso nuevos impuestos, no planteo aumentos a los existentes ni disminuciones a los beneficios fiscales para el resto de esta Administración.

deración, con el objetivo de que se mantenga la redacción que corresponde al texto vigente. Comentarios finales El IMCP ha realizado un análisis del Paquete Económico 2016, y a través de propuestas responsables y constructivas para el mejor desarrollo del País insistiremos en: 1. El Dictamen Fiscal como opcional y obligatorio para aquellos contribuyentes que hayan obtenido ingresos acumulables superiores en el ejercicio inmediato anterior de 40 millones de pesos. 2. Disminuir la tasa del ISR (¿a cuánto?) 3. Homologar la tasa del IVA a 16%: • No tasa 0%.

4. En materia de Dictamen Fiscal en la iniciativa se planteaba que el Contador Público que dictamine para efectos fiscales tuviera una maestría en contribuciones y se sujete a un examen de certificación elaborado y aplicado en forma solidaria y mancomunada por una institución de educación superior. Tras un trabajo en conjunto, la Contaduría Pública logró que el pleno del Senado considerará pertinente no aprobar las modificaciones al artículo 52 fracción I, inciso a, del Código Fiscal de la Fe-

• Desaparecer los actos no sujetos. 4. No basar la recaudación en la riqueza (ISR), sino en impuestos al consumo como en otros países latinoamericanos (Brasil, Argentina). 5. Dar cumplimiento justo del pago de contribuciones, así como el adecuado gasto público. Fuente: Boletín de Prensa emitido por IMCP, mes de noviembre 2015.


M.I. Y C.P. Germán López Virgen Integrante de la Comisión de Desarrollo Profesional Continúo

NDPC

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Preguntas frecuentes en materia de la norma de desarrollo profesional continuo (NDPC) 2. ¿De qué forma cumplirán los Asociados cuya afiliación se efectué después de haber iniciado el periodo anual? En proporción al tiempo transcurrido entre la fecha de ingreso y el 31 de diciembre del mismo año. 3. ¿Cuál es la fecha límite para que el asociado acredite ante su Federada la presentación de su manifestación anual? 31 de enero de cada año. 4. ¿Es válida la capacitación recibida o impartida en las capacitadoras que no cuentan con la autorización de mi colegio? Como segunda parte del artículo del mes pasado, y derivado de los cursos que he tenido el privilegio de impartir en materia de DPC, es frecuente que los asistentes realicen los siguientes cuestionamientos: 1. ¿Qué periodo se abarca en las presentaciones de manifestaciones de cumplimiento de la NDPC?

No, únicamente es válida la que se obtenga en el Instituto, en las federadas y en las instituciones capacitadoras que se mencionan en la tabla de puntuación, siempre que sean reconocidas por las federadas, de acuerdo con los Lineamientos para el Registro y Control de las Capacitadoras Autorizadas del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

Por periodos anuales comprendidos del 1 de enero al 31 de diciembre del año de que se trate.

Por lo anterior, todo asociado debe estar consciente de que sólo serán válidos los eventos im-

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partidos por las capacitadoras autorizadas por su colegio, dentro del periodo de vigencia de su autorización.

- Temario o programa del evento que describa su contenido, con temas relacionados con la profesión.

5.¿Existen otras instituciones que realicen eventos de capacitación profesional, con los que se pueda acreditar puntuación para cumplir con la NDPC (Capacitación Recibida en Eventos Especiales)?

7. ¿Cuáles son los temas relacionados o afines a la profesión de Contador Público de acuerdo a la Norma de Desarrollo Profesional Continuo?

Sí, excepcionalmente, pueden considerarse los eventos especiales, como los siguientes: - Conferencias - Seminarios - Paneles

- Simposios - Mesas redondas - Convenciones

Contabilidad, contabilidad gubernamental, auditoría, contabilidad y auditoría gubernamental, costos, finanzas, fiscal, derecho, administración, economía, gobierno corporativo, así como las materias obligatorias que formen parte del programa de estudios para la licenciatura de contador público, de las instituciones de enseñanza superior con reconocimiento oficial de estudio, en términos de la ley general de educación.

Que ofrezcan, por única vez: - Organismos empresariales o instituciones de enseñanza superior nacionales, no registrados en la federada.

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8. ¿Cuáles son los requisitos para acreditar la capacitación RECIBIDA en las capacitadoras externas autorizadas por las Federadas?

- Organismos e instituciones del sector público, tales como: SHCP, SAT, IMSS, INFONAVIT, OFS, etcétera.

- La capacitación debe recibirse en las capacitadoras autorizadas por las federadas. Si es una capacitadora foránea, debe obtener la autorización de la federada de la localidad para la celebración de sus eventos.

- Instituciones de enseñanza superior del extranjero, con reconocimiento oficial de estudios en su país.

- Se debe tener la asistencia completa al evento.

Podrán ofrecer hasta un máximo de ocho horas de capacitación en uno o varios eventos dentro de un año calendario, sin obtener el registro correspondiente como capacitadora. 6. ¿Cuáles son los requisitos para acreditar la capacitación recibida en los eventos especiales? Se debe adjuntar a la manifestación de cumplimiento copia del: - Diploma o certificado de participación, que indique: el nombre de la institución, nombre del evento, horas de duración, nombre del participante, así como lugar y fecha de realización.

- Debe incluir temas relacionados con la profesión de Contador Público. - Debe recabarse la constancia foliada de participación, en donde se mencione: • El nombre de la capacitadora, el número de autorización otorgado por la federada, el nombre del participante, el nombre y la firma del expositor o del representante de la capacitadora, el nombre del evento, lugar y fechas de impartición, duración en horas y puntuación otorgada, de acuerdo con la tabla de puntuación. 9. ¿Cómo puedo acreditar programas de autoestudio en educación a distancia o educación abierta?


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- Debe ser de temática afín y relacionada con la profesión, patrocinada por el IMCP, sus federadas y por las siguientes capacitadoras que obtengan la autorización especial correspondiente: instituciones de enseñanza superior nacionales y extranjeras con reconocimiento oficial de estudios; despachos de Contadores Públicos, así como empresas y organismos públicos en donde labore el asociado y que hayan registrado en la federada su programa anual de capacitación.

- Sólo serán válidos los programas que incluyan un proceso de evaluación presencial y se obtenga la constancia de terminación y aprobación del módulo o asignatura.

- La autorización para impartir estos programas será independiente de la proporcionada para los cursos presenciales y deberá estar estrictamente apagada a lo establecido en materia de educación a distancia, señalado en los Lineamientos para el Registro y Control de las Capacitadoras Autorizadas del IMCP.

- En carrera técnica, licenciatura y diplomado la totalidad de puntos acreditables será hasta de 25 puntos anuales, lo que es independiente del número de materias impartidas.

- Se debe cumplir con las especificaciones establecidas en el Capítulo IV de los Lineamientos para el Registro y Control de las Capacitadoras Autorizadas por el IMCP.

10. ¿Cuántos puntos se pueden acreditar por hora de instrucción IMPARTIDA en cátedras y diplomados? - Un punto por cada hora de instrucción impartida.

- En la cátedra de especialidad o maestría, la totalidad de puntos acreditables será hasta de 30 puntos anuales, los que es independiente del número de materias impartidas. - En la cátedra de doctorado, la totalidad de puntos acreditables será hasta de 35 puntos anuales, los que es independiente del número de materias impartidas. 11. ¿Cuáles son los organismos en los que puedo PARTICIPAR, para acreditar puntuación para el cumplimiento de la NDPC? - Comisiones normativas, técnicas y de investigación del IMCP y de sus federadas. - Comité Ejecutivo y los auditores del IMCP y de sus federadas. - Comisiones técnicas y de investigación relativas a la profesión: - Instituciones de enseñanza superior con reconocimiento de validez oficial de estudios (Ley General de Educación). - Organismos empresariales y profesionales afines a la contaduría pública de reconocido prestigio.

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NDPC

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- Organismos gubernamentales, cuya participación no sea remunerada.

DPC requeridos para cumplir con la norma durante el año en que se informe el resultado.

- Síndicos del contribuyente del IMCP y de sus federadas.

Para conocer la información completa sobre el refrendo de tu certificado, consulta el “Instructivo para el Refrendo de la Certificación” que se encuentra en la página Web del Instituto: www. imcp.org.mx

- Síndicos del contribuyente de organismos empresariales y profesionales de reconocido prestigio, afines a la contaduría pública. Los puntos anuales máximos a acreditar por esta participación son 20, por desempeño en el cargo durante doce meses o proporción anual. 12. ¿Existen otras formas de PARTICIPACIÓN, para acreditar puntuación para el cumplimiento de la NDPC?

14. Si presento y apruebo el Examen de Certificación por Disciplinas (ECD), ¿debo cumplir en ese mismo año con las horas de capacitación requerida para cumplir con la Norma de DPC? Aprobar el Examen de Certificación por Disciplinas otorga, automáticamente, al C.P.C.D., los puntos de DPC requeridos para cumplir con la norma durante el año en que se informe el resultado.

Sí, también están previstas las siguientes: - Dirección de tesis de licenciatura y postgrado (De 5 a 20 puntos).

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- Sinodal de examen en licenciatura y postgrado (De 2 a 5 puntos). - Investigador en temas relativos a la profesión (De 10 a 20 puntos). - Evaluador de certámenes de investigación (10 puntos). - Jurado de premios o concursos relativos a la profesión (5 puntos). La participación debe acreditarse con el nombramiento respectivo y la constancia correspondiente. 13. Si presento y apruebo el Examen Uniforme de Certificación (EUC), ¿debo cumplir en ese mismo año con las horas de capacitación requerida para cumplir con la Norma de DPC? Aprobar el Examen Uniforme de Certificación otorga, automáticamente, al C.P.C., los puntos de

Para conocer la información completa sobre el refrendo de tu certificado, consulta el “Instructivo para el Refrendo de la Certificación” que se encuentra en la página Web del Instituto: www. imcp.org.mx 15. ¿Cuántos puntos debo acreditar durante 2015, si deseo obtener el registro del IMSS? Se deberán acreditar 24 puntos de capacitación recibida o impartida en los siguientes temas: - De la incorporación al Seguro Social 1 punto - De la emisión y pago de cuotas 2 puntos - De la clasificación de empresas 2 puntos - Del salario base de cotización 4 puntos - De los sujetos de aseguramiento 3 puntos - Del dictamen para efectos del Seguro Social 8 puntos - De las normas profesionales para la emisión del dictamen 4 puntos


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16. ¿Cuántos puntos debo acreditar en el año 2015, si deseo mantener el registro del IMSS? Se deberán acreditar 8 puntos de capacitación recibida o impartida en los siguientes temas: - De la incorporación al Seguro Social

Los cursos de informática deben referirse al uso de software especializado aplicable al área profesional de actuación y se podrán acreditar una vez cumplidos con los puntos mínimos del área de la especialidad.

- De la emisión y pago de cuotas

20. ¿Cuantas y cuáles son las capacitadoras autorizadas por el Colegio de Contadores Públicos de Sonora AC durante el ejercicio 2015?

- De la clasificación de empresas

Son 16, que a continuación se enlistan:

- Del salario base de cotización - De los sujetos de aseguramiento - Del dictamen para efectos del Seguro Social - De las normas profesionales para la emisión del dictamen 17. ¿Las constancias entregadas por las capacitadoras pueden ir con firma escaneada o con sello? No, deben cumplir con lo que se señala el artículo 1.4 inciso g) que establece el requisito de incluir el nombre y firma del expositor y en su caso, del director o representante legal de la capacitadora, en la constancia correspondiente, en todo caso se debe entender que la firma tiene que ser autógrafa para que tenga valor probatorio, de acuerdo con criterios jurídicos. 18. ¿Qué señala la NDPC con relación al estudio de las lenguas extranjeras?

1.- CAAEF, S.C. 2.- CAPFISCAL, S.C. 3.- Castillo Encinas y Asociados, S.C. 4.- Centro de Estudios Administrativos y Gerenciales, S.C. 5.- Despacho Galaz, Yamazaqui, Ruiz Urquiza, S.C. 6.- Despacho Luján y Asociados, S.C. 7.- Dirección General de Auditoría Fiscal 8.- Gossler, S.C. 9.- Grupo de Estudio G.J. 10.- Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización (ISAF) 11.- MANCERA, S.C. 12.- PriceWaterHoouseCoopers, S.C 13.- Ramos y Arvizu, S.C. 14.- Salido Encinas y Asociados, S.C. 15.- Universidad del Pitic UNIP S.C. 16.- Valor Administradores 21. En los formatos de presentación de manifestación DPC-1 y DPC-2, ¿qué se entiende por área de especialización?

Las lenguas extranjeras para principiantes, intermedios y avanzados no cuentan para Educación Profesional Continua. La lengua extranjera de carácter técnico relacionada con la profesión es válida, debiendo presentar la constancia respectiva.

Consiste en la materia, rama o actividad profesional de la Contaduría Pública a la que el asociado se dedica principalmente. Si el asociado dictamina fiscalmente o no tiene una especialidad definida, deberá indicar las materias de contabilidad, fiscal y auditoria, como área de especialidad.

19. ¿Qué señala la NDPC con relación a los cursos de informática?

22. Si se recibió capacitación en el Colegio de Contadores Públicos de Sonora ¿es necesario

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da o impartida o por la actividad desarrollada en uno solo? Todo asociado debe estar consciente de que sólo serán válidos los eventos impartidos por las capacitadoras autorizadas por su colegio, dentro del periodo de vigencia de su autorización.

No, el asociado está obligado a adjuntar a cada formato, la evidencia documental correspondiente. 26. Si me desempeño en el sector académico de tiempo completo o investigador, ¿la capacitación que puedo manifestar en mi área de especialización es recibida e impartida?

adjuntar la constancia de capacitación recibida en cada uno de los eventos? No, en sustitución a ello, el Colegio lleva un control (estado de cuenta) de la capacitación recibida por los asociados; siendo solo necesario pedir copia de este control al personal administrativo y adjuntarlo al (a los) formato(s) que esté obligado a presentar el asociado.

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23. En los formatos de presentación de manifestación de la NDPC, ¿qué se entiende por Valuación? Corresponde al valor en puntos que de acuerdo con la Tabla de Puntuación se asigna a las horas obtenidas por capacitación recibida o impartida, o por la actividad desarrollada (para poder determinar la valuación correcta se debe consultar la Tabla de Puntuación mencionada). 24. ¿Cómo puedo cumplir con los 5 puntos o más obligatorios en Ética y Responsabilidades Profesionales? A través de la capacitación recibida o impartida, o por la actividad desarrollada en las materias de Código de Ética Profesional, Norma de Control de Calidad y Norma de Desarrollo Profesional Continua, de forma conjunta o separadamente. 25. Si estoy obligado a presentar más de un formato de presentación de manifestación, ¿incluyo evidencia documental de la capacitación recibi-

La norma señala que los asociados en éste sector, sólo podrán cubrir los puntos necesarios de su área de especialización a través de la capacitación recibida. Para concluir, se le recomienda a cada asociado cuidar lo siguiente: - Llenar los formatos digitalmente de acuerdo al formato de Excel enviado por IMCP, o bien con letra de molde. - Firmarse de forma autógrafa, de preferencia con pluma azul. Los formatos llenados a lápiz serán rechazados. - Verificar cuidadosamente los datos asentados en el mismo, antes de su entrega. - Entregar dos juegos de cada formato, adjuntando a cada uno de ellos la evidencia respectiva; conservando un juego conteniendo el sello y firma del receptor como evidencia. - Digitalizar y archivar el juego recibido, especialmente los asociados certificados a quienes les requieren su constancia de cumplimiento de la norma y el formato de manifestación al momento del refrendo de la certificación, además de que les es solicitado por la dependencia en la cual se encuentran autorizados a dictaminar. - No esperarse al último día para su entrega (31 de enero de 2016).


TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

Mario Corona Autor Bestseller, Business Coach y Conferencista. Presidente de la Asociación Sonorense de la Publicidad A.C. www.MarioCoronaCoach.com

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El Contador en la Era Digital Hola es un placer compartir contigo algunas valiosas reflexiones que reflejan una evidente realidad que puede representar para ti para y tu negocio nuevas y mejores oportunidades de ejercer tu profesión con mayor trascendencia y beneficios tanto para ti, como para tus clientes. Hoy en día nos encontramos en lo que muchas personas han llamado “La Era Digital” como consecuencia de los avances en las tecnologías de la información y específicamente en Internet, haciendo de nuestro planeta un lugar “Más Cercano” y unido por comunidades que se han integrado en torno a intereses comunes. Es en este nuevo contexto en el que el cliente ha evolucionado, al estar mucho mejor informado, ser más exigente, evasivo y renuente a cualquier esfuerzo de venta de productos o servicios realizado de manera “frontal” que no esté en sintonía con sus intereses más relevantes. En este nuevo contexto ha surgido también una clase de profesionales que están generando negocios rentables, con un impacto positivo y palpable, contribuyendo así a crear empresarios más eficientes que generen mayor riqueza en su entorno. Esta nueva clase de profesionales ha entendido que en este nuevo contexto “la mejor forma de vender es no vender porque vender ya no vende” y se ha enfocado en una estrategia visible y efectiva: Promocionar sus servicios a través de la educación a sus clientes actuales y futuros. Tal vez esto suene extraño para ti, que estás acostumbrado a cobrar tus honorarios por los servicios que prestas a tus clientes, pero la verdad es

que la Era Digital ha hecho posible que miles de profesionales estén promoviendo y vendiendo su conocimiento a todas aquellas personas que lo necesitan y desean. Para esto cuentan con diferentes productos como Seminarios en vivo y vía Internet; entrenamientos online, sitios de membresía, audios, videos, reportes especiales, ebooks, entrenamientos grupales, coaching uno a uno, entre otros más. Esto implica un cambio radical de paradigma para muchos profesionales que piensan que su conocimiento solo puede ser vendido a través de un servicio que se otorga en forma presencial, pero a la vez representa también una gran oportunidad porque sus potenciales clientes son personas que ya tienen consciencia plena de la necesidad de resolver su problema y se encuentran en un proceso activo de búsqueda de alguien que les ayude a lograrlo. Su principal canal de información es Internet, y específicamente Google y Facebook, plataformas que representan el nuevo “Campo de Batalla” para conquistar a miles de potenciales clientes. No se requiere una gran fortuna, ni experiencia, ni fama para aprovechar esta gran oportunidad. Lo que más se necesita es tener la apertura mental y la flexibilidad para pasar por un proceso en el que poco a poco cada una de las piezas de este nuevo engranaje serán reveladas, comprendidas y aprovechadas por quienes tengan la visión de hacerlo. Honestamente, espero te des la oportunidad de intentarlo.

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IMMEX

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Dra. María del Rosario Fátima Roble Robles Catedrática e Investigadora de la Universidad Estatal de Sonora

El cambio de las habilidades empresariales en Sonora ante la incursión de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación (IMMEX) 14 ENERO 2016

Introducción Mucho se ha escrito acerca de las habilidades empresariales, en libros de texto y revistas especializadas, sin embargo considero que existen algunos vacíos al estudiar este tema. Uno de ellos refiere a que cuando se estudia las habilidades empresariales las describen como inmutables al tiempo y lugar. Esto ha motivado una serie de imprecisiones y ha limitado el estudio de su impacto en el acontecer económico. Bajo esta afirmación se desarrolla este artículo que tiene como objetivo conocer como ha sido el cambio de las habilidades en Sonora para los empresarios que incursionaron en la IMMEX. Esta industria tiene cerca de 50 años de establecida en nuestro estado, en este periodo (1966 -2015) se ha efectuado una recomposición económica en Sonora. Al transitar de un estado en el que las actividades primarias eran las más contribuían en mayor proporción al PIBE, en 1970 con el

29.5% del PIB a menos del 10% en el año 2010, a otro en que las actividades de industriales y de manufactura contribuyen más a la economía estatal, en 1970 con un 9.66% en los años 70, en el 2010 lo hacían con 29% (INEGI 2014). En sus inicios los dueños de los shelter que operaban como facilitadores de la integración, eran en su totalidad ciudadanos estadounidenses, entre los que se encontraban el Sr. Richard Cambpell, el Sr. Gustavo Rigoli Franco, con la empresa Sonitronies-Collectron, en los años ochenta el Sr. Roberto Klosek fundó la empresa, Javid de México S. de R. L. de C.V. y Javid LCC en E.U en la ciudad de Nogales. Sin lugar a dudas, en estos primeros años de la instalación de las primeras plantas maquiladoras en Sonora (1966), los empresarios sonorenses jugaron el papel de espectadores. Casi veinte años después de la instalación de las primeras maquilas en la frontera norte de Sonora, se inau-


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guró la planta Ford en Hermosillo (en 1984 inició su construcción). Las primeras expectativas del gobierno y los empresarios locales, fueron que dicha inversión les daría oportunidad de insertarse como proveedores de partes y/o componentes, participando de esta manera en el “despegue industrial”. Su falta de capacidad se puso en evidencia desde el principio, por lo que no pudieron insertarse en este proyecto. Asimismo, las empresas de esta industria, instaladas en el estado eran dirigidas por extranjeros asunto que fue muy cuestionado en ese momento por diferentes académicos y otras instituciones, que señalaban el limitado papel que los empresarios sonorenses desempeñaban en la IMMEX, casi como espectadores. Tenemos entonces que el proceso de industrialización que irrumpe en el Estado de Sonora (a partir de 1963), no es iniciativa de los empresarios locales de la época. Este proyecto los toma por sorpresa, no contaban con formación en el sector industrial y sus conocimientos administrativos y técnicos que esta nueva modalidad exige

eran escasos además poco acostumbrados al riesgo financiero y a la inversión con retorno a largo plazo. Por otra parte, las instituciones existentes no se adecuaron a este nuevo proceso y no se crearon nuevas con la finalidad de dar a conocer las modalidades y reglas de este proyecto industrial. Por lo anterior no es de extrañar que no hubiera actores regionales que encabezaran el proceso de industrialización y que quedará en manos del capital extranjero o de empresarios nacionales, con más experiencia y habilidad. Es precisamente esta cuestión el motivo de nuestro artículo, ya que se esperaba que los empresarios sonorenses dirigieran esta industria y desempeñaran un papel de actores protagónicos, tal como lo habían hecho en sus empresas agrícolas y ganaderas, sin embargo, fue necesario un largo proceso, para adquirir las habilidades específicas que esta industria requiere. Los empresarios afirman que para revertir la tendencia de que las gerencias de planta estuvieran comandadas por extranjeros y que pasaran a ser dirigidas por mexicanos, hubo que transitar por un proceso nada sencillo ni de corto plazo, por el contrario, se requirió una larga y paulatina preparación en habilidades específicas que la industria requería, además fue necesario llevar a cabo la formación de cuadros técnicos y de capacitación y calificación de obreros. ¿Cómo desarrollaron las habilidades para ejercer la gerencia de planta, ser directores y constituir empresas en un plan albergue? ¿Cómo fue el proceso? El tardío proceso de aprendizaje de habilidades gerenciales en los empresarios de la IME Los empresarios sonorenses incursionaron como gerentes, directores y proveedores de la IME hasta la década de los noventa del Siglo XX. Afirman que revertir la tendencia de que las gerencias de planta estuvieran comandadas por extranjeros y que pasaran a ser dirigidas por mexicanos, hubo que transitar por un proceso nada sencillo ni de corto plazo, por el contrario, se requirió una larga

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IMMEX

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o subemplearse pues en la IME se requieren profesionistas en áreas como energías renovables, aeronáutica, mecatrónica, entre otras, que no se encuentran en las instituciones locales de educación superior. En Hermosillo, los empresarios señalan que las habilidades empresariales que la industria requiere en este municipio son: manejo de personal (en grandes cantidades); la flexibilidad vista como una habilidad que tienen que desarrollar los directivos para ser capaces de reaccionar y tomar decisiones ante procesos de producción cambiantes y situaciones inestables de la industria y la capacidad de liderazgo, los entrevistados señalan que se requiere y se ha tenido que desarrollar directivos con capacidad de liderar equipos.

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y paulatina preparación en habilidades específicas que la industria requería, además fue necesario llevar a cabo la formación de cuadros técnicos y de capacitación y calificación de obreros. ¿Cómo desarrollaron las habilidades para ejercer la gerencia de planta, ser directores y constituir empresas en un plan albergue? ¿Cómo fue el proceso? Analizamos las respuestas de los entrevistados por ciudades. Enseguida presentamos los resultados del análisis. En Nogales, señalan que todos los recursos humanos de alto nivel que actualmente participan en la IMMEX fueron capacitados y desarrollados por las empresas transnacionales, afirman que la universidad y la industria han estado desvinculadas y con la finalidad de lograr una mejor vinculación entre ambas han realizado gestiones entre las que se encuentran visitas a universidades y escuelas técnicas de enseñanza media, donde dan a conocer las necesidades del mercado en la industria maquiladora y manufacturera de exportación, puntualiza que no todos los egresados de las carreras tradicionales pueden colocarse en algún puesto de trabajo y tienen que emigrar

En Empalme y Guaymas, los entrevistados señalan que ha sido necesario el desarrollo de habilidades como el manejo de personal, liderazgo y la administración de recursos financieros, señalan que las experiencias previas en la industria posibilitaron el aprendizaje de estas habilidades, este hecho lo perciben como un logro personal, producto de su experiencia, el esfuerzo individual y la capacitación constante, gracias a lo cual han logrado tener las habilidades requeridas. En Cd. Obregón observamos una situación similar, las habilidades gerenciales para dirigir la IME se desarrollaron en la práctica y consisten en la administración de recursos financieros y el manejo de personal. En conclusión, hay dos factores que influyeron de manera importante para que se desarrollaran empresarios locales y contaran con las habilidades para ser empresarios y ejercer las funciones de empresarios y directivos de alto nivel en la IME: 1) La planeación e implementación de este proceso por las trasnacionales y 2) la experiencia práctica tanto como empleados como en negocios propios.


C.P.C. Víctor Alan Alcázar Lacarra

INDEMNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

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La indemnización por afectaciones por causas de utilidad pública En innumerables ocasiones, el desarrollo de las comunidades implica la afectación sobre propiedades privadas, para llevar a cabo obras de infraestructura del gobierno federal, estatal y municipal, por organismos desconcentrados de la administración pública o bien por instituciones de carácter público o privado. Así vemos reflejadas en nuestras comunidades la construcción de hospitales, escuelas públicas, sistemas de distribución de agua potable, caminos y puentes, entre muchos más, como resultado de la acción de gobierno cumpliendo con ello los compromisos que establecen con los ciudadanos y con la sociedad en general. ¿Pero qué sucede cuando un individuo es afectado en su patrimonio que detenta por años, para desarrollar este tipo de obras de infraestructura? Representantes de gobierno llegan ante El y negocian la compra de su propiedad, toda o en parte; en caso de oposición, el Gobierno tiene la facultad de expropiar este patrimonio. Una vez que se defina el mecanismo de adquisición, se tiene la obligación de indemnizar al afectado. Para ello existen leyes que lo protegen y buscan otorgar una indemnización justa, atendiendo todos los elementos que fueron afectados hasta alcanzar el monto apropiado de indemnización la cual deberá de ser cubierta en los tiem-

pos establecidos en los ordenamientos jurídicos, dando con ello garantía jurídica al individuo afectado. Tratamientos que explicaremos en el desarrollo del presente estudio. Al respecto, una teoría de aplicación de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y su reglamento establece que este pago que recibe el afectado, ahora contribuyente, debe de ser acumulado a sus otros ingresos, si los hubiere, para hacer su declaración del ejercicio. Que al momento de hacer la operación de cesión de la propiedad y recibir el pago de la indemnización correspondiente, el fedatario público deberá de realizar la retención de Impuesto sobre la Renta (ISR) que corresponda en los términos de los ordenamientos de la LISR. Mas sin embargo persiste la inquietud del afectado en relación a que previo a esta afectación, su patrimonio no generaba ISR alguno, el no deseaba ser afectado y no tenía pensado en ningún momento el enajenar el mismo, mucho menos buscar obtener ganancia alguna; probablemente pierda todo su patrimonio o lo pierda parcialmente; probablemente los remanentes del patrimonio sean afectados con actividades que antes no existían, con contaminación que no tenía, con nuevos entornos sociales, atmosféricos y cambios sustanciales en la cotidianeidad que previamente prevalecía. En resumen: la incongruencia

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de cambiar un patrimonio físico por un patrimonio monetario, para generar un ISR por una obligada enajenación aceptada para contribuir al desarrollo de su comunidad, de su sociedad, de su país. Analizando esta situación lógica, encontramos en la LISR lo siguiente: Artículo 93. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: … XXV. Las indemnizaciones por daños que no excedan al valor de mercado del bien de que se trate. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título. … Por lo tanto, debemos de definir que se consideran indemnizaciones por daños, que concepto otorgan a las afectaciones que se realizan y cómo podemos enclavar en este entorno la irregular operación que genera una afectación que por utilidad pública afecta a un individuo o una comunidad.

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LA INDEMNIZACION La indemnización en una expropiación, ocupación temporal, limitación de derechos de dominio, o nacionalización, se contemplan en las distintas leyes que la contienen y que veremos más adelante, y en estas se habla de la necesidad, precisamente, de que en una afectación se pague una indemnización apropiada y justa al afectado. En particular la Ley General de Bienes Nacionales hace extensiva esta premisa a actos de expropiación, ocupación temporal o de limitación de derechos de dominio sobre bienes inmuebles, bienes muebles, partes sociales o derechos, así como el monto de compensación para la constitución de servidumbres voluntarias. La indemnización debe resarcir los daños causados al afectado, entendiéndose por daños

a la pérdida de valor en la propiedad afectada. La parte o cosa afectada por expropiación, servidumbres o nacionalización se indemniza al cien por ciento de su Valor Comercial, salvo la ocupación temporal que tratándose de menos de 10 años se indemniza de acuerdo al monto proporcional calculado del Valor Comercial. Por otra parte, una cosa parcialmente afectada se indemniza también parcialmente. Los daños (y perjuicios) que puede sufrir el afectado son causados por: a) La pérdida de todos los derechos de la propiedad b) La pérdida de algunos de los derechos, como la propiedad, el uso, el usufructo y el paso de manera definitiva c) La pérdida de algunos de los derechos, de manera temporal


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d) La pérdida de derechos en una parte de una propiedad, quedándole además una porción remanente no necesariamente afectada en sus derechos, pero sí afectada en su valor. Así mismo, en un proceso expropiatorio para la ejecución de algún proyecto público, es común que se presenten elementos ventajosos para las personas cuyas propiedades son parcialmente expropiadas o que tienen propiedades en el sitio donde se lleva a cabo el proyecto. Estos beneficios se clasifican en generales y particulares.

de todo género adheridas al suelo, los árboles y plantas, y los frutos pendientes, mientras estén unidos a la tierra o formen parte integrante de un inmueble, así como todo lo que esté unido a un inmueble de una manera con carácter fijo, de suerte que no pueda separarse de él sin producir quebrantamiento de la materia o deterioro del objeto del inmueble. Los bienes inmuebles de acuerdo al Código Civil Federal son: a) El suelo y las construcciones adheridas a él;

I. Beneficios de carácter general - Son aquellos que llegan a la población en general en la comunidad donde se desarrolla el proyecto, en la zona donde se ubica o a otras propiedades vecinas al inmueble afectado. - Estos beneficios generalmente no son sujetos de la valuación. II. Beneficios particulares - Son los que resultan de la relación particular de una propiedad parcialmente expropiada con el proyecto motivo de la expropiación, generalmente resultantes de un cambio en el mayor y mejor uso de la parte remanente no expropiada de la propiedad. - Estos beneficios sí son sujetos de la valuación cuando se trata de compensar los daños a la parte remanente no expropiada.

b) Las plantas y árboles, mientras estuvieren unidos a la tierra, y los frutos pendientes de los mismos árboles y plantas mientras no sean separados de ellos por cosechas o cortes regulares; c) Todo lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de modo que no pueda separarse sin deterioro del mismo inmueble o del objeto a él adherido; d) Las estatuas, relieves, pinturas u otros objetos de ornamentación, colocados en edificios o heredados por el dueño del inmueble, en tal forma que revele el propósito de unirlos de un modo permanente al fundo; e) Los palomares, colmenas, estanques de peces o criaderos análogos, cuando el propietario los conserve con el propósito de mantenerlos unidos a la finca y formando parte de ella de un modo permanente;

BIENES SUSCEPTIBLES DE AFECTACION Conforme a la Ley General de Bienes Nacionales, son bienes susceptibles de valuar para efectos de indemnización:

f) Las máquinas, vasos, instrumentos o utensilios destinados por el propietario de la finca, directa y exclusivamente, a la industria o explotación de la misma;

Los bienes inmuebles. Aquellos que por su naturaleza son el suelo y todas las partes sólidas que forman su superficie y profundidad, como por ejemplo terrenos, edificios y construcciones

g) Los abonos destinados al cultivo de una heredad, que estén en las tierras donde hayan de utilizarse, y las semillas necesarias para el cultivo de la finca;

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h) Los aparatos eléctricos y accesorios adheridos al suelo o a los edificios por el dueño de éstos, salvo convenio en contrario; i) Los manantiales, estanques, aljibes y corrientes de agua, así como los acueductos y las cañerías de cualquiera especie que sirvan para conducir los líquidos o gases a una finca o para extraerlos de ella; j) Los animales que formen el pie de cría en los predios rústicos destinados total o parcialmente al ramo de ganadería; así como las bestias de trabajo indispensables en el cultivo de la finca, mientras están destinadas a ese objeto; k) Los diques y construcciones que, aun cuando sean flotantes, estén destinados por su objeto y condiciones a permanecer en un punto fijo de un río, lago o costa; l) Los derechos reales sobre inmuebles; m) Las líneas telefónicas y telegráficas y las estaciones radiotelegráficas fijas.

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Los bienes muebles. Son todos aquellos cuerpos que por su naturaleza se pueden trasladar de un lugar a otro, ya sea que se muevan por sí mismos, o por efecto de una fuerza exterior.

e) Los materiales procedentes de la demolición de un edificio, y los que se hubieren acopiado para repararlo o para construir uno nuevo, serán muebles mientras no se hayan empleado en la fabricación. f) En general, son bienes muebles todos los demás no considerados por la Ley como inmuebles. Unidad económica (empresa). Es un negocio con actividad económica realizada con el fin de obtener una ganancia, lucro o utilidad; se constituye por un conjunto de activos fijos (terrenos, construcciones, instalaciones, maquinaria, mobiliario y equipo), vinculados a activos intangibles e integrados conforme a un conjunto de tecnologías que le permiten producir bienes o prestar servicios en condiciones estándares de calidad y costo. La unidad económica que genera utilidades, se denomina también negocio en marcha. Se puede mencionar como ejemplo de unidad económica a una embotelladora de refrescos con una marca prestigiada. La unidad económica es en esencia comercial y está conformada por terreno + construcciones + instalaciones especiales + maquinaria + activos + intangibles (marca + recursos humanos + crédito comercial + cartera de clientes + tecnología) y que cuenta con activos circulantes, pasivos y un capital de trabajo.

De acuerdo al Código Civil Federal: a) Los bienes son muebles por su naturaleza o por disposición de la Ley. b) Son bienes muebles por determinación de la Ley, las obligaciones y los derechos o acciones que tienen por objeto cosas muebles o cantidades exigibles en virtud de acción personal. c) Se reputan muebles las acciones que cada socio tiene en las asociaciones o sociedades, aun cuando a éstas pertenezcan algunos bienes inmuebles. d) Las embarcaciones de todo género.

Unidad instalada. Se constituye por un conjunto de activos fijos (terrenos, construcciones, instalaciones, maquinaria, mobiliario y equipo) instalados e integrados conforme a una tecnología que le permitiría producir bienes o prestar servicios, pero que se encuentra fuera de operación o bien que se considera como tal y que no cuenta con crédito mercantil ni marcas que le permitan operar. Se puede mencionar como ejemplo de unidad instalada a la embotelladora de refrescos del punto anterior, que cierra sus operaciones y vende sus instalaciones; siguen existiendo el terreno + construcciones + instalaciones especiales + maquinaria, pero ya no existe una marca, no


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tiene crédito, ni recursos humanos. Sí existe tecnología mecánica, pero no hay capital de trabajo, ni activos circulantes, ni pasivos. Tampoco tiene marca, no tiene personalidad jurídica, no existe producto en proceso, por lo que no es capaz de generar utilidad. Bienes intangibles. Son aquellos activos que no tienen existencia física pero que sin embargo tienen un valor importante para la empresa, se manifiestan básicamente por sus propiedades económicas; les otorgan derechos y privilegios a sus propietarios y normalmente generan ingresos. Ejemplos de bienes intangibles: a) Tecnologías desarrolladas por el negocio o compradas b) Cartera de clientes c) Contratos de proveedores d) Software e) Capital humano f) Marcas registradas y nombres comerciales g) Crédito mercantil h) Propiedad intelectual como derechos de autor, patentes y secretos comerciales. Bienes distintos a la tierra.- Son aquellos cultivos anuales y perennes (frutales, forestales y agostaderos), infraestructura (cercados de alambre y cercados de piedra), que resultan afectados por obras que llevan a cabo las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal. Se consideran parte de los bienes inmuebles. CAUSAS DE UTILIDAD PÚBLICA La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en cuanto al concepto de utilidad pública, ha susten-

tado diversos criterios, en los que inicialmente señaló que las causas que la originan no podrían sustentarse en dar a otro particular la propiedad del bien expropiado, sino que debía ser el Estado, en cualquiera de sus tres niveles, quien se sustituyera como propietario del bien a fin de conseguir un beneficio colectivo a través de la prestación de un servicio o realización de una obra pública. Posteriormente amplió el concepto comprendiendo a los casos en que los particulares, mediante la autorización del Estado, fuesen los encargados de alcanzar los objetivos en beneficio de la colectividad. Así, la Suprema Corte reitera el criterio de que el concepto de utilidad pública es más amplio, al comprender no sólo los casos en que el Estado (Federación, Entidades Federativas, Distrito Federal o Municipios) se sustituye en el goce del bien expropiado a fin de beneficiar a la colectividad, sino además aquellos en que autoriza a un particular para lograr ese fin. De ahí que la noción de utilidad pública ya no sólo se limita a que el Estado deba construir una obra pública o prestar un servicio público, sino que también comprende aquellas necesidades económicas, sociales, sanitarias e inclusive estéticas, que pueden requerirse en determinada población, tales como empresas para beneficio colectivo, hospitales, escuelas, unidades habitacionales, parques, zonas ecológicas, entre otros, dado que el derecho a la propiedad privada está delimitado en la Constitución Federal en razón de su función social. Por ello, atendiendo a esa función y a las necesidades socioeconómicas que se presenten, es evidente que no siempre el Estado por sí mismo podrá satisfacerlas, sino que deberá recurrir a otros medios, como autorizar a un particular para que preste un servicio público o realice una obra en beneficio inmediato de un sector social y mediato de toda la sociedad.

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En consecuencia, el concepto de utilidad pública no debe ser restringido, sino amplio, a fin de que el Estado pueda satisfacer las necesidades sociales y económicas y, por ello, se reitera que, genéricamente, comprende tres causas: a) La pública propiamente dicha, o sea cuando el bien expropiado se destina directamente a un servicio u obra públicos; b) La social, que satisface de una manera inmediata y directa a una clase social determinada, y mediatamente a toda la colectividad; y c) La nacional, que satisface la necesidad que tiene un país de adoptar medidas para hacer frente a situaciones que le afecten como entidad política o internacional.

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g) La conservación, desarrollo o aprovechamiento de los recursos naturales susceptibles de explotación. h) La equitativa distribución de la riqueza acaparada o monopolizada con ventaja exclusiva de una o varias personas y con perjuicio de la colectividad en general o de una clase en particular i) Creación, fomento o conservación de una empresa para beneficio de la colectividad. j) Las medidas necesarias para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la colectividad. k) La creación o mejoramiento de centros de población y sus fuentes propias de vida.

De acuerdo con la Ley de Expropiación y la Ley Agraria, son causas de utilidad pública las siguientes:

l) Los demás casos previstos por leyes especiales.

a) Establecimiento, explotación o conservación de un servicio o función público.

FUNDAMENTOS LEGALES DE LA INDEMNIZACION POR AFECTACION

b) Apertura, ampliación o alineamiento de calles, calzadas, caminos, puentes y túneles para el tránsito urbano o suburbano.

El Plan Nacional de Desarrollo (PND) en nuestro país, tiene como finalidad establecer los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades de la Administración Pública Federal que deberán regir la acción del gobierno, de tal forma que ésta tenga un rumbo y una dirección clara. Representa el compromiso que el Gobierno Federal establece con los ciudadanos y que permita, por lo tanto, la rendición de cuentas, que es condición indispensable para un buen gobierno. Por lo cual entre sus estrategias, contempla impulsar la vigencia de leyes modernas, suficientes, claras y sencillas, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, protección del medio ambiente, educación y conocimiento para la sustentabilidad ambiental, lograr la transparencia y el combate a la corrupción, la administración con pertinencia y calidad del patrimonio inmobiliario federal, lo que exige el buen uso y aprovechamiento de los inmuebles del Gobierno

c) Obras destinadas a prestar un servicio colectivo, como hospitales, escuelas, parques, entre otros. d) Conservación de los monumentos arqueológicos, históricos, artísticos o de parques nacionales. e) La satisfacción de necesidades colectivas en caso de guerra, el abastecimiento de víveres u otros bienes de consumo necesario a los centros de población y los procedimientos empleados para impedir la propagación de epidemias, plagas, incendios u otras calamidades públicas. f) Los medios empleados para la defensa nacional o para el mantenimiento de la paz pública.


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Federal mediante el registro público, el avalúo y la conservación, construcción y defensa de los inmuebles. Así mismo, el PND busca fortalecer la comunicación con la ciudadanía, simplificar los trámites administrativos y continuar con la mejora regulatoria en toda la administración pública. El artículo 27 Constitucional expresa que la propiedad de las tierras y de las aguas existentes en el territorio mexicano corresponden originalmente a la Nación, y que ésta ha tenido y tiene el derecho de transmitir su dominio a los particulares para constituir la propiedad privada y a las comunidades agrarias para constituir la propiedad ejidal o comunal. El Estado Mexicano es el titular de aquellos bienes que originalmente siempre detentó y que no han sido transmitidos a los particulares o a las comunidades agrarias pero, así mismo,

tiene la facultad de adquirir la titularidad de los bienes transmitidos, ya sea por medio del derecho privado en un proceso de compra, o bien, en el caso de otros que siendo necesarios para su actividad y aún en contra de la voluntad de los particulares, adquirir mediante la expropiación o afectación por causa de utilidad pública. Para este último proceso, la Ley de Expropiación y la Ley Agraria establecen en cuestión de propiedades privadas y de propiedades ejidales respectivamente, aquellos casos de utilidad pública en los que, previa declaración del Ejecutivo Federal, procede la expropiación, la ocupación temporal, total o parcial, o la simple limitación de los derechos de dominio, para los fines del Estado o en interés de la colectividad. En el caso de unidades económicas, la Ley de Expropiación establece en su artículo 1o., fracciones VII y IX que se consideran causas de utilidad la defensa, conservación, desarrollo o aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de explotación y la creación, fomento o conservación de una empresa para beneficio de la colectividad. En los anteriores casos, previa declaración del Ejecutivo Federal, procederá la expropiación, la ocupación temporal, total o parcial, o la simple limitación de los derechos de dominio para los fines del Estado o en interés de la colectividad. Como ejemplos de estas tenemos: - La expropiación del petróleo en México fue un acto de nacionalización de la industria petrolera llevado a cabo en 1938, como resultado de la aplicación de la Ley de Expropiación de 1936 y del Artículo 27 de la Constitución Mexicana a las compañías que explotaban estos recursos, mediante el decreto anunciado el 18 de marzo de 1938, por el presidente Lázaro Cárdenas del Río. - El 1 de septiembre de 1982, el presidente José López Portillo en su último informe de gobierno decreta la nacionalización de la banca.

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“Para responder a ellas (se refería a la fuga de divisas y a la endeble situación económica que sufría México en ese entonces) he expedido en consecuencia dos Decretos: uno que nacionaliza los bancos privados del país y otro que establece el control generalizado de cambios, no como una política superviviente del más vale tarde que nunca, sino porque hasta ahora se han dado las condiciones críticas que los requieren y justifican. Es ahora o nunca.¡ Ya nos saquearon, México no se ha acabado! ¡No nos volverán a saquear!” … Presidente José López Portillo. Por su parte, la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados adoptada por México en el seno de la Asamblea General de las Naciones Unidas, declara que el Estado que nacionalice o expropie debe pagar una compensación apropiada, teniendo en cuenta sus leyes y reglamentos aplicables y todas las circunstancias que considere pertinentes.

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Asimismo, el artículo 10 de la Ley de Expropiación y el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), señalan que el precio que se fijará como indemnización por el bien expropiado, será equivalente al valor comercial, sin que pueda ser inferior en el caso de bienes inmuebles, al valor fiscal que figure en las oficinas catastrales o recaudadoras. En el caso de bienes distintos a la tierra, el único parámetro aceptado es el Valor Comercial. La misma Ley de Expropiación señala que la indemnización deberá pagarse dentro del término de un año a partir de la declaratoria de expropiación en moneda nacional, sin perjuicio de que se convenga su pago en especie y que, por otra parte, aún en el caso de esta última modalidad de pago de la indemnización, es necesario contar con un dictamen de avalúo que determine el Valor Comercial.

Por otra parte, el artículo 94 de la Ley Agraria dice que, tratándose de expropiaciones, el monto de la indemnización será determinado por la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, hoy Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), atendiendo al valor comercial de los bienes expropiados. El artículo 143 en las fracciones VII, VIII, IX y XV de la Ley General de Bienes Nacionales, señala que previo a la celebración de los actos jurídicos en los que intervengan las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y, en su caso, las entidades, corresponderá a la Secretaría de la Función Pública (a través del INDAABIN) dictaminar el monto de la indemnización por expropiaciones, ocupación temporal o limitación de derechos de dominio sobre bienes inmuebles, muebles, acciones, partes sociales o derechos, y el monto de compensación para la constitución de servidumbres voluntarias o legales, así como el monto de indemnización en los casos en que la Federación rescate concesiones, y el monto de indemnización por concepto de reparación de los daños y perjuicios causados al erario federal. Por lo tanto, el INDAABIN, cuenta con las facultades para determinar el monto de las indemnizaciones por daños que pague el Gobierno Federal cuando por causas de utilidad pública, previa declaratoria del Ejecutivo Federal, se proceda con la expropiación, la nacionalización, la ocupación temporal o la simple limitación de derechos de dominio sobre bienes inmuebles, bienes muebles y unidades económicas de propiedad privada o predios sujetos al régimen ejidal o comunal, para los fines del Estado o en interés de la colectividad; así como fijar el monto de la indemnización para la constitución de servidumbres voluntarias o legales, que se pague a los propietarios de los terrenos colindantes con los inmuebles federales.


C.P.C. Humberto García Borbón, Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Sonora

SECCION: FESTEJOS

Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

El Colegio de Contadores Públicos de Sonora, te da la más cordial de las bienvenidas y te invita a que te integres a sus actividades y a sus Comisiones de Trabajo, formando parte importante de nuestra institución, fortaleciendo así los vínculos con la profesión y los colegas, lo que favorecerá a tu desarrollo y crecimiento profesional. El día miércoles 18 de noviembre, durante la Asamblea General Ordinaria de Socios, se llevó a cabo la toma de protesta de los nuevos socios CP. MARTHA ELENA GRAJEDA AGUILAR, ECP. ANA IZAMAR MALDONADO VILLA, ECP. MITCHEL GPE. GUIZAR LARA, ECP. JESSICA JUDITH DOMINGUEZ MORENO, ECP. ILSE ALEJANDRA FLORES RUIZ, ECP. ANA GPE. PONCE VILLALBA, ECP. MARIA DE JESUS PACHECO MURRIETA, ECP. OBED ISAI CONTLA BELTRAN y ECP. ANTONIO AVILA DE LA ROSA por el distinguido ex presidente del Colegio, el C.P.C. Edmundo Salazar Escoboza, quien les dirigiera emotivas palabras a nuestros nuevos socios. En la foto del recuerdo acompañando a nuestros nuevos socios, el C.P.C. Edmundo Salazar Escoboza, el C.P.C. Roberto Francisco Ávila Quiroga, y el C.P.C. Mario Arvizu Real Presidente y Vicepresidente General de nuestra institución respectivamente.

25 JUNIO 2013

Orgullosamente Colegiados!!

N O V IEMB R E 2015, H ERM OSIL L O, SON ORA, M ÉX I CO 25 | del 1 al 31 de junio 2015


EVENTOS NOVIEMBRE 2015 El día 5 de noviembre tuvimos el curso donde se analizó el reporte de IFAC “La Profesión de la Contaduría Global supera el crecimiento de empleo posterior a la crisis”, impartido por el Vicepresidente de Asuntos Internacionales el C.P.C. Humberto García Borbón, quien recibió de manos de nuestro Presidente el C.P.C. Roberto Francisco Ávila Quiroga un merecido reconocimiento.

La noche del 6 de noviembre, tuvimos nuestra tradicional “Noches de Bohemia”, evento en el cual y por medio del Rostro Humano de la Contaduría, recaudamos fondos en beneficio de los niños que menos tienen de las localidades de Estación Pesqueira y Zamora, la cual resultó muy exitosa, gracias al gran número de asistentes. Contamos con la presentación del comediante el Chino Castro, la música en vivo de nuestro consentido el “Fofo”, degustamos de queso, pan y vino y hubo un sinfín de rifas de regalos entre los asistentes. Gracias por ayudarnos a ayudar.

Los días 6 y 7 de noviembre se llevó a cabo el Módulo VII del Diplomado Fiscal, en donde se vieron los temas: “Usa-Aspectos generales y alcances, Ley Facta de EUA y su impacto en México antecedentes y alcances”, impartido por la C.P.C. Olivia Vázquez de la Rocha y el tema “: Ley Aduanera e Impuestos al comercio exterior”, impartido por el Lic. Fernando David Mendoza Encinas, a quienes les hicieron entrega de un reconocimiento y un presente en nombre de nuestro colegio.


EVENTOS NOVIEMBRE 2015 El día 12 de noviembre se llevó a cabo el curso de Ética, impartido por el ex presidente de nuestro colegio el C.P.C. Humberto García Borbón, con gran número de asistentes.

Los días 13 y 14 de noviembre tuvimos el Módulo VIII del Diplomado Fiscal con el tema: Planeación Corporativa Patrimonial, impartido por el C.P.C. David Alvarado Cerda, quien recibiera un reconocimiento por su brillante presentación por parte del presidente C.P.C. Roberto Ávila Quiroga y el Vicepresidente Fiscal el C.P.C. Martín Lagarda Esquer.

El día 18 de noviembre se llevó a cabo el curso “Lo que todo asociado debe saber para cumplir con la Norma de Desarrollo Profesional Continuo”, impartido por el C.P. Germán López Virgen.

El día 20 de noviembre se llevó a cabo el II Módulo del Seminario de Seguridad Social, desarrollando los temas “Salario base de cotización, base de cotización y cuotas, acuerdos del consejo técnico y regímenes especiales” por el C.P.C. Fernando López Meza. El día 21 de noviembre, como parte del II Módulo del Seminario de Seguridad Social, se impartió los temas: “Dictamen primera y segunda parte” por el C.P.C. Romeo Angulo Gutiérrez.


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