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El Real Decreto 159/2021 introduce novedades en los servicios de auxilio en carretera. Las repasamos todas

REAL DECRETO 159/2021 Fin a las reparaciones en la vía pública

Aprobado el Real Decreto 159/2021 de auxilio en la vía pública

El Gobierno ha aprobado un nuevo marco normativo que limita las operaciones de reparación realizadas en la vía pública. A partir del 1 de julio, solamente estarán permitidas aquellas reparaciones consideradas como servicios de auxilio y únicamente en supuestos concretos.

El 1 de julio entra en vigor las medidas aprobadas en el Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas. Este nuevo texto normativo incorpora importantes novedades que afectan directamente al taller, especialmente en lo referente a las operaciones realizadas en la vía pública. El Real Decreto aprobado por el Gobierno tiene por objeto regular las condiciones de seguridad para la realización de la actividad de auxilio en vías públicas e introduce cambios en lo que, hasta ahora, se conocía como “auxilio en carretera”. Dicha normativa, en su artículo 2, define como servicio de auxilio en vía pública “el conjunto de operaciones y actuaciones necesarias para realizar el auxilio y rescate de un vehículo que, como consecuencia de avería o accidente, ha dejado de tener capacidad para seguir circulando por sí mismo en circunstancias ordinarias”. El artículo 4.4 de dicha norma señala que, como regla general, no se realizará ninguna operación que tenga por objeto la reparación del vehículo en la propia vía, salvo que se den algunas de estas dos circunstancias: a) Que tal actuación requiera menos tiempo que la retirada del vehículo de la vía. b) Que sea imprescindible para efectuar la retirada del vehículo inmovilizado.

LA SEÑAL V-16 SE PODRÁ UTILIZAR DESDE EL 1 DE JULIO

» El Gobierno ha aprovechado la aprobación del Real Decreto 159/2021 para introducir una serie de consideraciones legales en torno a las luces de emergencia V-16, que sustituirán a los triángulos de señalización en un futuro próximo. De hecho, el 1 de enero de 2026, todos los conductores tendrán que llevar de manera obligatoria un dispositivo de este tipo en sus vehículos, quedando los triángulos completamente prohibidos en dicha fecha. » Estas luces, de color amarillo auto, se colocarán en la parte superior del vehículo inmovilizado y deberán ser visibles desde un kilómetro de distancia.

El objetivo es eliminar el riesgo de atropello para el conductor, que ya no tendrá que salir del vehículo para colocar los triángulos. » El uso de este dispositivo será obligatorio, como decimos, a partir del 1 de enero de 2026, aunque desde la entrada en vigor de este Real Decreto, el 1 de julio de 2021, se podrán utilizar ambas señalizaciones indistintamente.

Asimismo, hasta el 1 de enero de 2026 se podrán seguir utilizando las señales V-16 fabricadas con anterioridad a la aprobación de este Real

Decreto, siempre y cuando cumplan con los requerimientos establecidos en el mismo, a excepción de la capacidad de comunicar al punto de acceso nacional en materia de tráfico y movilidad su activación, desactivación y geoposicionamiento. » Para que la baliza sea homologada debe cumplir con una serie de requisitos, como tener un ángulo de visión de 360º en el plano horizontal y de 8º en el vertical, tanto hacia arriba como hacia abajo. La intensidad tiene que ser al menos de entre 40 y 80 candelas y debe mantenerla durante un tiempo mínimo de 30 minutos. Asimismo, la frecuencia de los destellos debe estar entre 0,8 y 2 herzios.

En ambos casos, se deberán adoptar las medidas necesarias para la realización de la operación con las máximas garantías de seguridad y visibilidad, así como comunicar por medios telemáticos a la autoridad competente en materia de regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico, el geoposicionamiento dinámico del vehículo y los estados durante la operación de auxilio para su publicación en el punto de acceso nacional en materia de tráfico y movilidad. SÓLO SERVICIOS DE AUXILIO De esta manera, el texto introduce la prohibición de llevar a cabo toda actividad de reparación de vehículos que se encuentren en las vías públicas y que no pueda ser considerada como una operación de servicio de auxilio en vía pública. La norma hace hincapié en mantener, en todo momento, la seguridad durante las operaciones de auxilio. Por lo tanto, dicha actividad deberá incluirse en la Evaluación de Riesgos realizada por el Servicio de Prevención Ajeno y el trabajador deberá llevar los Equipos de Protección correspondientes. Asimismo, el Real Decreto establece que los vehículos de auxilio en vías públicas que desarrollen una operación de auxilio deberán estar provistos de las señales luminosas tipo V-2, V-23 y V-24. Tendrán preferencia de paso sobre los demás vehículos y usuarios de la vía y podrán parar y estacionar en la vía pública el vehículo de auxilio para realizar la correspondiente operación.

QUEDA PROHIBIDA CUALQUIER REPARACIÓN EN LA VÍA PÚBLICA QUE NO SE CONSIDERE SERVICIO DE AUXILIO

INSCRIBIRSE EN UN REGISTRO ESTATAL El texto pone de manifiesto la creación de un Registro Estatal de Auxilio en Vías Públicas (REAV), que recogerá los datos sobre los operadores de auxilio en vías públicas, personas físicas y/o jurídicas, así como los vehículos asociados a cada uno de ellos. Aquellos talleres que dispongan de “vehículos de auxilio” y quieran prestar ese servicio deberán inscribir sus vehículos y sus datos en dicho registro, salvo que ya se encuentren registrados con la anterior clasificación en el Registro de Vehículos a la entrada en vigor de este Real Decreto, el 1 de julio de 2021. En ese caso, los vehículos serán incorporados de manera automática al nuevo registro.

PLATAFORMA S-OTP

S-OTP, la esperanza para la libre competencia

Cetraa apoya la iniciativa como miembro de CECRA

Diferentes asociaciones europeas del sector de la posventa han unido sus fuerzas para pedir a la Unión Europea un marco normativo que garantice el acceso a los datos del vehículo en la era del coche conectado. Su propuesta es la plataforma S-OTP, desarrollada en un documento que ya ha sido remitido a las autoridades comunitarias.

Garantizar el acceso a los datos del vehículo es una de las premisas que se han marcado todas las asociaciones europeas del sector de la posventa. El objetivo no es otro que propiciar un marco adecuado para que los operadores independientes puedan competir en igualdad de condiciones que la posventa marquista y, al mismo tiempo, garantizar la plena libertad de elección del consumidor. La propuesta que las asociaciones europeas han puesto encima de la mesa es la plataforma telemática segura de acceso a los datos del vehículo (S-OTP por sus siglas en inglés), que en el ámbito del taller cuenta con el apoyo de Cetraa como miembro de CECRA, el Consejo Europeo del Comercio y la Reparación de Automóviles. Esta propuesta ya ha sido remitida a la Unión Europea para su toma en consideración.

UNA PROPUESTA ARGUMENTADA En el documento remitido a las autoridades comunitarias, que lleva por título ‘Creación de igualdad de condiciones para el acceso a los datos de los vehículos: Enfoque seguro de plataforma telemática en el vehículo’, un grupo de especialistas que engloba a redactores de información técnica, reparadores de carrocería, concesionarios y talleres, proveedores de equipos para talleres, fabricantes de neumáticos, profesionales de asistencia en carretera, distribuidores y empresas de leasing y alquiler, así como consumidores, aportan argumentos técnicos y comerciales que

LA PLATAFORMA S-OTP GARANTIZARÍA AL SECTOR INDEPENDIENTE EL ACCESO A LOS DATOS DEL VEHÍCULO

sustentan su recomendación. Para Cetraa, la plataforma S-OTP es “la única solución que garantiza la verdadera libertad de elección para el consumidor, una competencia efectiva y un espíritu empresarial independiente de una manera segura y neutral desde el punto de vista tecnológico”.

LA AMENAZA DEL VEHÍCULO CONECTADO Con la llegada del coche conectado, la competencia comienza ahora en el vehículo, donde la capacidad de acceder de manera segura a los datos, funciones y recursos del automóvil determina la calidad del servicio. Por lo tanto, la finalidad de S-OTP es garantizar que los consumidores puedan seguir eligiendo y confiando en sus proveedores de servicios, muchos de ellos pymes, beneficiándose de servicios y productos innovadores, competitivos y asequibles, mejorando la movilidad, la seguridad y la sostenibilidad en las carreteras. “Para ofrecer ese nivel de servicio, los profesionales deben poder competir con el resto de actores del sector de la movilidad en las mismas condiciones”, señala la asociación, evitando que algunos agentes utilicen métodos de acceso propietarios a los datos del vehículo.

5 CARACTERÍSTICAS CLAVE La plataforma S-OTP se basa en una serie de principios para garantizar la libre competencia y la libertad de elección de los consumidores. Entre las principales características, Cetraa ha querido destacar estas cinco: • Una clara separación de funciones, con una gestión independiente del control de acceso para todos los proveedores de servicios. • Comunicación no supervisada y no distorsionada entre los servicios en el vehículo y sus respectivos back-end. • Contrato de cliente independiente, gestión de consentimiento directo y oferta de servicios sin la intervención del fabricante del vehículo. • Acceso estandarizado a la conexión con el vehículo a través de interfaces de software seguras que permitan la comunicación bidireccional con el vehículo.

EL SECTOR DE LA POSVENTA, UNIDO

La petición de poner en marcha la plataforma S-OTP para garantizar la competencia y la libre elección del consumidor proviene de una gran coalición de entidades que representa tanto al mercado de la posventa de automoción como a los consumidores. Este grupo de instituciones incluye a las siguientes asociaciones:

› ADPA › Asociación Europea de Editores Independientes de Datos. › AIRC › Asociación Internacional de Reparadores de Carrocería. › CECRA › Consejo Europeo de Comercio y Reparación de Automóviles. › EGEA › Asociación Europea de Equipos de Taller. › ETRMA › Asociación Europea de Fabricantes de Neumáticos. › FIA › Federación Internacional del Automóvil › FIGIEFA › Federación Internacional de Distribuidores en el Mercado Posventa. › LEASEUROPE › Federación Europea de Asociaciones de Empresas de Leasing.

DOCUMENTO COMPLETO

• Si quieres leer el contenido del proyecto enviado a la Unión Europea, escanea este código QR y accede al documento en formato PDF (en inglés).

• La capacidad de interactuar de forma segura con el conductor a través de las interfaces hombre-máquina del vehículo.

BENEFICIOS PARA EL CONSUMIDOR Las diferentes asociaciones europeas que apoyan esta iniciativa ponen el foco en los importantes beneficios que esta plataforma traería a los consumidores en particular y a la sociedad en general. Para todas ellas, la S-OTP permite garantizar los derechos de los consumidores a la privacidad y ampliar su elección de proveedores de servicios, así como impulsar la innovación y facilitar la transformación digital de la movilidad y el despliegue de un ecosistema digital de servicios. Asimismo, esta iniciativa tiene como finalidad contribuir al objetivo de la Unión Europea de convertirse en líder en movilidad conectada y autónoma y en todos los servicios relacionados. Desde Cetraa, a través de su Comisión de Relaciones Europeas, han comentado que “la creación de S-OTP es una gran noticia para aquellos que, como la confederación, llevan años abanderando la libertad de elección de los consumidores y el libre acceso a los datos de los vehículos. El hecho de que surja ahora demuestra que el coche conectado ya está aquí por lo que debemos avanzar en este tema cuanto antes si no queremos que se creen diferencias de oportunidades”.

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