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TENDENCIAS FUNDSTAGE
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LA OPINIÓN DE
LUIS FELIPE GONZÁLEZ
Head of Legal, Securities Services España BNP Paribas
ALINEAR LOS PLAZOS DE LIQUIDACIÓN EN EL MUNDO FACILITARÍA LA POSCONTRATACIÓN A LOS INTERMEDIARIOS GLOBALES ción atómica en DLT implicaría un cambio total del sistema actual a un ecosistema en DLT, en tanto en cuanto la ejecución y la liquidación serían las dos caras de la misma moneda, es decir, solo se daría por ejecutada en el mercado o plataforma de negociación una orden si en ese mismo momento esta se puede liquidar. En realidad, toda la problemática en la migración a D+1 se concentra básicamente en la inversión no residente y en mucha menor medida en la institucional. En la práctica, al menos en España, al inversor minorista se le liquida en D+0 por parte de las sucursales bancarias a las que en gran medida acuden a comprar y vender acciones españolas.
LOS PROS Y LOS CONTRAS arios son los potenciales beneficios que se desprenden del recorte del ciclo de liquidación. La principal ventaja es la reducción de los riesgos a los que los mercados se enfrentan. Pasar a D+1 reduciría sin duda el riesgo de contrapartida, de mercado y de crédito en la poscontratación. Esta disminución del riesgo tiene su re ejo directo en un descenso de los requisitos de colateral exigidos por parte de las cámaras de contrapartida central, lo que también implica menores costes para los miembros compensadores. Según el DTCC, la reducción de colateral en el mercado norteamericano sería del 41%. Asimismo, alinear los distintos plazos de liquidación en el mundo facilitaría los procesos de poscontratación de los intermediarios financieros ue ofrecen servicios a nivel mundial y, en con72 FUNDSPEOPLE I SEPTIEMBRE
secuencia, favorecería una reducción de costes y riesgos operativos en comparación con una situación en la que cada mercado tuviera un plazo distinto. Por último, otro de los argumentos a favor del paso a D+1 sería el de fomentar la modernización de los procesos de los intervinientes en el postrade: ante la práctica inmediatez en la liquidación de otros mercados y activos subyacentes más modernos, se aduce que nuestro sector tiene el deber de avanzar en el mismo sentido. Por el contrario, varios son los argumentos que ponen en jaque la oportunidad de implementar una reducción del ciclo de liquidación. Según estimaciones de la Asociación de Mercados Financieros Europeos (AFME), dadas las diferencias horarias entre los mercados americanos, europeos y asiáticos, en la práctica no estaríamos hablando de una reducción del 50% del tiempo de solapamiento en los procesos de liquidación, sino de 83%. Una reducción a D+1 podría implicar un incremento significativo de la tasa de fallidos en la liquidación. Cuanto más reducido sea el plazo destinado a los procesos de case y justificación de las instrucciones de liquidación, mayores pueden ser los errores que impidan el buen fin de las operaciones Asimismo, la reducción a D+1 dificultar a la operativa del préstamo de valores para cubrir fallidos, y afectaría a las fechas actuales de los eventos corporativos, por lo que se verían afectados, no solo los procesos de liquidación, sino también los servicios de custodia o asset services.
20 AÑOS SON NADA Con frecuencia la exigente realidad de nuestras actividades nos impide apreciar con claridad la profunda transformación que experimentan en un plazo no excesivamente dilatado de tiempo. Sería, por ejemplo, el caso de la evolución de las entidades depositarias en los últimos 20 años. Un sostenido e intenso desarrollo regulatorio les ha supuesto un importante crecimiento, tanto en el número de sus obligaciones y grado de detalle y formalización (desde la inicial custodia de activos y supervisión hasta el registro de activos no custodiables y verificación de propiedad), como en la tipología de vehículos colectivos depositados (ampliándose desde los iniciales fondos de pensiones e Instituciones de Inversión Colectiva tradicionales a los vehículos alternativos y entidades de capital riesgo -2014-, las entidades de previsión social vascas -2018- y, recientemente, a los fondos de pensiones de promoción pública -2023-). No cuestionaré si la vida es un soplo y 20 años son nada, pero, ciertamente, una mirada decidida y pausada a este período nos hace ver los innumerables y significativos cambios regulatorios experimentados por los depositarios, que han redundado en un incremento notable de la seguridad jurídica para los inversores y ahorradores y que, sin duda, afortunadamente, continuará.