RECURSO DE APELACIÓN AL ACUERDO MINISTERIAL NO. 125 DEL 04 DE DICIEMBRE DEL 2013 A: Juan Gabriel Auz Vaca / Representante Legal de la Fundación Pachamama Casillero Judicial: No. 3264 / Dr. Mario Melo Cevallos MINISTERIO DEL AMBIENTE.- DESPACHO DE LA MINISTRA DEL AMBIENTE.- Quito, a los 11 días del mes de febrero del 2014, a las 11h45.- VISTOS.- Conforme Decreto Presidencial No. 1365 del 28 de noviembre del 2012, el Presidente Constitucional de la República, nombra como Ministra del Ambiente a la Ab. Gladys Lorena Tapia Núñez.- En lo principal y dentro del Recurso de Apelación interpuesto por el señor Juan Gabriel Auz Vaca en calidad de representante legal de la Fundación Pachamama, de fecha 12 de diciembre del 2013, en contra del Acuerdo Ministerial No. 125 dado en Quito el 4 de diciembre de 2013, siendo el estado del proceso el de resolver, manifiesto: PRIMERO.- El Art. 173 de la Constitución de la República, en concordancia con lo dispuesto por el Art. 69 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (en adelante “ERJAFE”) determinan que todos los actos administrativos podrán ser impugnados tanto en vía administrativa como en sede judicial.- SEGUNDO.- El Art. 176 número 1 del ERJAFE, dispone que “Las resoluciones y actos administrativos, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en apelación ante los ministros de Estado...”.TERCERO.- No se ha verificado omisión de solemnidad sustancial alguna y toda vez que se dio cumplimiento a los requisitos legales establecidos en el artículo 180 del ERJAFE, el 6 de enero de 2014 avoqué conocimiento del presente Recurso de Apelación.- CUARTO.Del expediente de primera instancia y que ha llegado a mi conocimiento, éste se refiere al procedimiento administrativo de disolución de oficio de la “Fundación Pachamama” con domicilio en Quito, provincia de Pichincha, a través de resolución de fecha 4 de diciembre de 2013 y ejecutada formalmente el mismo día a través de Acuerdo Ministerial No.125, por ser de interés general; todo esto por haberse comprobado durante la sustanciación del procedimiento administrativo que dicha organización social incurrió en las causales de disolución segunda “Desviarse de los fines y objetivos para los cuales fue constituida” y séptima “Dedicarse a actividades de política partidista, reservadas a los partidos y movimientos políticos inscritos en el Consejo Nacional Electoral, de injerencia en políticas públicas que atente contra la seguridad interna o externa del Estado, que afecten la paz pública” del artículo 26 del Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas; así como por haber incurrido en lo dispuesto por el artículo 35 de su Estatuto por verificarse que no cumplió estrictamente con sus objetivos, fines y obligaciones.- QUINTO.- De fojas 1 a 222 del expediente consta el Informe Anual de Actividades y anexos presentado por la Fundación Pachamama por el periodo 01-01-2012 al 31-12-2012.- SEXTO.- De fojas 223 a 230 consta el Memorando No. MAE-CGJ-2013-0965 y anexos de fecha 5 de junio de 2013, a través del cual el Coordinador General Jurídico del Ministerio del Ambiente solicita al Director Nacional de Biodiversidad (E), emita pronunciamiento técnico al mencionado Informe Anual de Actividades.- SÉPTIMO.- A foja 231 consta el Memorando No. MAE-DNB-2013-1255 de fecha 6 de junio de 2013 enviado por el Director Nacional de Biodiversidad (E) al Coordinador General Jurídico, a través del cual informa que: “1. El contenido del informe anual reportado al Ministerio del Ambiente es incompleto no define actividades, metodología, ni resultados con datos concretos, no concluye ni recomienda; 2. Los documentos de respaldo que se anexan en algunos casos no corresponden al contenido y/o no tienen relación con el tema ambiental; 3. Otros párrafos que se citan en el documento del informe, no cuentan con los respectivos respaldos como por ejemplo, los acuerdos o convenios de acompañamiento y asesoría con 13 nacionalidades; 4. Parte de los anexos hace referencia a temas de minería y petróleo, se sugiere solicitar criterio