NOTAS ÚTILES PARA LA TRAMITACIÓN DEL SEGURO DE DESEMPLEO (ANSES) Actualizado 26_06_2020 A continuación los puntos principales en los que se basa el trámite del SDD. El objetivo es ir completando con dudas o conclusiones que vayan surgiendo a medida que se solicite el seguro. 1) Ingreso en la página de ANSES (sugerimos el siguiente link que direcciona inmediatamente al inicio del trámite): https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx… 2) Gestionar la clave de seguridad social. 3) Acreditación de la documentación (todo en digital): - Frente del DNI (PDF 1) - Contrafrente del DNI (PDF 2) - Documentación que acredite la pérdida de la relación laboral, a saber: Último contrato en el caso de Largometraje y TV / Bolo en el caso de Publicidad (PDF 3) AT! COMBINAR CONTRATO + ALTAS EN NINGÚN CASO ADJUNTAR RECIBOS DE SUELDO - Alta y Baja de AFIP (cabe aclarar que en el Alta figura el inicio y cese de actividades. Sabemos por experiencias de compañerxs que se ha podido tramitar el SDD sin la BAJA y sólo con el ALTA) (PDF 3) - AT! COMBINAR ALTA + CONTRATO - Formulario PS3.23 (descargarlo y completarlo de manera digital con un editor de pdf o también puede imprimir, firmar y scannear) (PDF 4)
4) En el recuadro que dice “Escribí (brevemente) tu consulta o pedido de asesoramiento” por sugerencia de SICA y de experiencia de compañerxs, aclarar nuestra condición como discontinxs. “Las tareas que desempeño, por su naturaleza, deben encuadrarse como discontinuas, debiéndose entender por tales a aquellos que, por las particularidades propias de la tarea, se presten en forma alternada o intermitente durante todo el año calendario, con uno o varios empleadores. (Remitirse a PREV-11-64/20 – ANSeS. Trabajadores de la Industria del Cine. Servicios discontinuos) Adjunto Contrato de trabajo y Alta de afip con fecha de Alta y de Cese, como documento que acredita la pérdida de la relación laboral, según lo establece el Convenio Colectivo (CCT 235/75) que es la de contrato a tiempo determinado y los requisitos que figuran en la DDJJ PS 3.23.”