Manual Ciudadano

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MANUAL DE SERVICIO AL CIUDADANO (A)

CÓDIGO:

PLE-MA-05

VERSIÓN:

1

FECHA DE REVISIÓN:

05-07-13

4.18. PROCEDIMIENTO DE RESPUESTA A REQUERIMIENTOS. La comunicación permanente con los (as) ciudadanos (as), permite informar y trasmitir que estamos interesados en resolver sus inquietudes, que son personas importantes para la entidad y que no es el objetivo tan sólo darles una respuesta, sino resolverles y escucharles todas sus inquietudes. El informar oportunamente al Ciudadano (a) sobre los trámites o decisiones que sobre su requerimiento se han ejecutado, permite tanto al IDIGER, como al mismo Ciudadano (a) hacer una trazabilidad real del curso que ha seguido su exigencia desde el momento en que se puso en conocimiento hasta el momento actual. Durante la evolución de las actividades para la solución de un requerimiento, se debe propender por mantener una comunicación fluida y permanente con los (as) ciudadanos (as), para que puedan conocer el estado de su requerimiento, los trámites seguidos, las acciones desarrolladas y los resultados obtenidos. La respuesta de las Peticiones debe cumplir con los siguientes requisitos: 1. Oportunidad. 2. Debe resolverse de fondo, clara, precisa y de manera congruente con lo solicitado. 3. Ser puesta en conocimiento del peticionario. El no cumplimiento de los requisitos, ocasionará que se incurra en la vulneración del derecho constitucional fundamental de petición. 4.19. ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN EL DESARROLLO DE LAS RESPUESTAS A LOS REQUERIMIENTOS: Para todos los requerimientos se seguirá el procedimiento establecido de administración documental, una vez se radique el requerimiento en el sistema de correspondencia CORDIS a cada una de las subdirecciones, según sea el caso, con el fin de que se pueda generar una respuesta de acuerdo a los procedimientos. Para todos los requerimientos que ingresan a la entidad, por el aplicativo de quejas y reclamos pqrs@ IDIGER .gov.co, correo institucional IDIGER@IDIGER.gov.co y Sistema Distrital de Quejas y Soluciones –SDQS, 43 ELABORADO POR:

VALIDADO POR:

APROBADO POR:

JAIRO EFRAÍN MOJICA CASTELBLANCO– ATENCION AL CIUDADANO (A)

SANDRA CAYCEDO MARIA CONSTANZA ARDILA ARIZA

DAVID VALDÉS CRUZ (Pl) CAROLINA ABUSAID GRAÑA– SC&AD


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