UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DEL ESTADO DE PUEBLA
MAESTRÍA EN TECNOLOGÍA EDUCATIVA
Materia: Ambientes de aprendizaje basados en Tecnologías de la Información y Comunicación.
Instructor: Giovanni De Simone Maimone
RESTRICCIONES DE USO DE MATERIAL WEB
Uso razonable
Uno de los derechos otorgados al propietario de los derechos de autor es el de reproducir o autorizar a otros la reproducción de la obra en copias y grabaciones. Una de las limitaciones más importantes es la doctrina del “uso razonable”. Aunque el uso razonable no es mencionado en la ley de derechos de autor anterior, la doctrina se ha desarrollado a lo largo de los años a través de un número considerable de resoluciones judiciales. Esta doctrina se ha codificado en la sección 107 de la ley de derechos de autor. La sección 107 contiene una lista de los varios propósitos para los cuales la reproducción de una obra particular se puede considerar “razonable” como la crítica, los comentarios, la divulgación de noticias, la enseñanza, las becas y la investigación. La sección 107 también precisa cuatro factores que se tomarán en cuenta para determinar si un uso en particular es razonable o no lo es. Los factores son los siguientes: 1. El propósito y el carácter del uso, incluyendo si tal uso es de naturaleza comercial o para propósitos educativos no lucrativos.
2. La naturaleza de la obra protegida con derecho de autor. 3. La cantidad y contenido sustancial de la porción usada en relación a la obra protegida con derechos de autor en su totalidad. 4. El efecto del uso sobre el mercado potencial de la obra protegida con derechos de autor o sobre su valor. La distinción entre “uso razonable” y violación puede ser confusa y no fácilmente definible. No existe un número específico de palabras, líneas o notas que pueden tomar con seguridad sin consentimiento. El reconocer la fuente del material protegido con derechos no sustituye el obtener el consentimiento del autor. El informe del Registro de Derechos de Autor sobre la Revisión General de la Ley de Derechos de Autor de los Estados Unidos de 1961 cita ejemplos de las actividades que los tribunales han considerado como uso razonable. Cita de extractos en una revisión o crítica para propósitos educativos o para comentarios; cita de pasajes cortos en un trabajo académico o técnico para la
ilustración o clarificación observaciones del autor.
de
las
El uso en una parodia de parte del contenido de la obra parodiada: resumen de un discurso o artículo con breves citas en un informe de noticias: reproducción por parte de una biblioteca de una porción de una obra para sustituir la parte de una copia dañada: reproducción por parte de un profesor o de un estudiante de una parte pequeña de una obra para ilustrar una lección: reproducción de una obra en proceso o informes legislativos o judiciales: reproducción menor y fortuita en un noticiero o difusión de una obra localizada en la escena de un evento sobre el que se está informando. Los derechos de autor protegen la manera particular en que un autor se ha expresado; no se extiende a ninguna idea, sistema o información actual transmitida en el trabajo. El procedimiento más seguro es conseguir siempre el permiso del dueño de los derechos de autor antes de usar el material protegido. La oficina de derechos de autor no puede proporcionar este permiso. Cuando no es posible obtener el permiso, el uso del material protegido con derechos de autor debe ser evitado a menos que la doctrina del “uso razonable” se aplique claramente a la situación. La oficina de derechos de autor no puede determinar si cierto uso se puede considerar “razonable” ni aconseja
sobre posibles violaciones a los derechos. Si hay alguna duda, es recomendable consultar a un abogado.
Obra derivada
Una “obra derivada” es una obra basada en una o más obras preexistentes, tales como: una traducción, arreglo musical, una adaptación teatral, una conversión a ficción, la versión de una película, una grabación de sonido, la reproducción de arte, la abreviación, la condensación o cualquier otra forma en la cual una obra puede ser modificada, transformada o adaptada. Una obra que consiste de revisiones, anotaciones, elaboraciones u otras modificaciones editoriales y que en su totalidad representa una obra original de autoría, es una “obra derivada”.
Derechos de autor
¿Cuándo está protegida una obra con derechos de autor?
a) Disposiciones Generales: Siempre que una obra protegida bajo ese título sea publicada en los Estados Unidos o en cualquier otra
parte por la autoridad del dueño de los derechos de autor, se puede colocar un aviso de derechos de autor, en la manera prevista por esta sección, en las copias distribuidas públicamente desde las cuales la obra se pueda percibir visualmente, ya sea directamente o con la ayuda de una máquina o dispositivo. b) Forma del aviso: Si un aviso aparece en las copias, éste debe consistir de los siguientes tres elementos. a. El símbolo @ (la letra C dentro de un círculo) o la frase “Derechos Reservados”. b. El año de la primera publicación de la obra: En caso de compilaciones o de obras derivadas que incorporen material previamente publicado, será suficiente con colocar la fecha del año de la primera publicación de la compilación o de la obra derivada. c. El nombre del dueño delos derechos de autor en la obra: Una abreviatura por la cual el nombre pueda ser reconocido o una designación laternativa
del dueño generalmente conocida. c) Posición del aviso: El aviso será “pegado” a las copias de tal manera que dé un aviso razonable de la afirmación de los derechos de autor. El registro de los derechos de autor deberá prescribir por regulación, como ejemplos, los métodos específicos para pegar y posicionar el aviso sobre varios tipos de obras que satisfagan este requisito, pero estas especificaciones no serán consideradas exhaustivas. d) Peso probatorio del aviso: Si un aviso de los derechos de autor (en la forma y posición especificadas por esta sección) aparece en la copia o las copias publicadas a las cuales un demandado en un juicio de violación de los derechos de autor tuvo acceso, entonces no se dará ningún peso a la interposición de tal demandado de una defensa basada en una infracción inocente para la mitigación de daños reales o estatutarios.
Citar una fuente de información
Una “cita” es la manera que se dice a los lectores que cierto material en su trabajo vino de otra fuente. También provee a sus lectores la información necesaria para encontrar de nuevo esa fuente, incluyendo: Información sobre el autor. El título del trabajo. El nombre y lugar de la empresa que público su copia de la fuente. La fecha en que su copia fue publicada. Los números de página del material que se tomó prestado.
NO OLVIDAR
El nivel de educación de los visitantes y el rango de edades son características de la audiencia objetivo y estas se deben tomar en cuenta para diseñar el contenido.
El contenido Web como: imágenes, marcas, logos, material intelectual, etc., poseen en su mayoría derechos de autor ya que son registrados y se identifican con los símbolos de marca registrada. Se puede utilizar material protegido siempre y cuando se adquiera el permiso de escritura para el material, cuando se indica que el material tiene derechos de autor o cuando este posee licencia de libre autorización.