Reglamento de transito y vialidad

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De conformidad con las facultades que dispone el Segundo Párrafo del Artículo 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, el Honorable Cabildo del Municipio de Lerdo, Durango, emite el presente ACUERDO No. 135/11, dado en Sesión Ordinaria No. 039, de fecha 23 de Junio de 2011, que contiene el: REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD PARA EL MUNICIPIO DE LERDO, DURANGO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Este ordenamiento es reglamentario de la Ley de Tránsito de los municipios del Estado de Durango y establece las normas a que deberá sujetar el tránsito de peatones, vehículos, transporte público, privado, oficial y social en cualquiera de sus modalidades en las vías públicas del Municipio de Lerdo, Dgo. ARTÍCULO 2.- El presente reglamento es de jurisdicción Municipal y corresponde a las Autoridades respectivas, dentro del ámbito de su competencia, con base en la Constitución General de la República, la Constitución del Estado de Durango, la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango, la Ley de Tránsito de los Municipios y demás ordenamientos aplicables, formular las bases y acuerdos de coordinación que permitan la adecuada aplicación de su contenido. Compete a la Autoridad Municipal de acuerdo a lo previsto en este Reglamento, los convenios y acuerdos que se suscriban y en las demás disposiciones legales, la aplicación y ejecución. ARTÍCULO 3.- Las Autoridades Municipales de Tránsito y Vialidad con base en lo que establece este Reglamento, están facultadas para dictar las disposiciones que se requieran a efecto de planear, tanto el tránsito de peatones, como de vehículos en las vías públicas del Municipio, con el objeto de que se garantice la seguridad de las personas, medio ambiente y el orden público. ARTÍCULO 4.- Para los efectos del presente Reglamento los conceptos que a continuación se listan, se definen de la siguiente manera: I.- Municipio. El Municipio de Lerdo, Dgo.; II.- Reglamento. El Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Lerdo, Dgo.; III.- Dirección. Dirección de Tránsito y Vialidad Municipal; IV.- Vía Pública. Todo espacio que se destine el tránsito de peatones, ciclistas y de vehículos automotores en el Municipio; V.- Tránsito. Acción o efecto de transitar por la vía pública; VI.- Vialidad. Sistema de vías públicas utilizadas para el tránsito en el Municipio; VII.- Peatón. Toda persona que transita a pie por la vía pública; VIII.- Policía Vial. Los servidores públicos dependientes de la Dirección, anteriormente 1


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