El Nuevo Diario

Page 22

22 LEGAL

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDI­ NARIA DE ACCIONISTAS ANUAL COCCIA DOMINICANA, S.A.S. Capital Social Autorizado: RD$78,445,200.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$78,445,200.00 Registro Mercantil No. 22525SD R.N.C. 1­30­00462­5 C/José Andrés Aybar Castellanos No. 130, La Esperilla, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. En cumplimiento de los Estatutos Sociales de la Sociedad Anónima Simpli­ ficada COCCIA DOMINICANA, S.A.S. se convoca a todos los accionistas a la Asamblea General Ordinaria Anual, a ser celebrada el día veintiuno (21) del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017), a las tres y treinta horas de la tarde (3:30 P.M.), en la Avenida Anacaona No.101, esquina Cibao Oeste, Hotel Dominican Fiesta, Los Cacicazgos, Santo Domingo, Distrito Nacional, Repú­ blica Dominicana, para conocer los siguientes puntos: 1. Aprobar la validez de la Asamblea para sesionar y tomar decisiones vali­ das como Asamblea General Ordinaria Anual; 2. Conocer del informe de Gestión del Consejo de Administración, por in­ termedio de su presidente del período fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2016; 3. Conocer el Inventario, Cuentas y Balance General del Ejercicio Social cerrado al 31 de diciembre de 2016; 4. Declarar pérdidas u beneficios del período recién transcurrido y decidir sobre el destino de los mismos; 5. Dar o no descargo al Consejo de Administración; 6. Designar a los miembros del Consejo de Administración para el período de un (1) año; Designación de la oficina de auditures de la sociedad. A partir de la fecha, los Estados Financieros auditados, así como el informe del presidente, estará a disposición de los accionistas, en el domicilio social de Coccia Dominicana, S.A.S. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017).

JOSE RAFAEL FEREIRA URBINA, Presidente del Consejo de administración. FP 89299

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la ley 6186 sobre Fomento Agrí­ cola y las formalidades del artículo 696 del Código de Procedimiento Civil, se hace de público conocimiento que el día jueves que contaremos a cuatro (04) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve (9:00) horas de la mañana, se procederá a la venta en pública su­ basta, en la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones del sito en uno de los salones de la tercera planta del Edificio de los Tribunales de Santo Domingo Oeste, sito en la avenida Las Palmas No. 52 esquina calle 3era., Herrera, municipio de Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, de los inmuebles descritos a continuación:“Parcela 64­A­2­ REF­1­REF­MOD­98, del Distrito Catastral No. 07, que tiene una superficie de 102.50 metros cuadrados, matrícula No. 0100131604, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domin­ go, propiedad de IKER INVESTMENTS, S.A., RNC No. 1­30­42954­5”; “Parcela 64­A­2­ REF­1­REF­MOD­118, del Distrito Catastral No. 07, que tiene una superficie de 200.50 metros cuadrados, matrícula No. 0100131606, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domin­ go, propiedad de IKER INVESTMENTS, S.A., RNC No. 1­30­42954­5”; “Parcela 64­A­2­ REF­1­REF­MOD­97, del Distrito Catastral No. 07, que tiene una superficie de 1,819.50 metros cuadrados, matrícula No. 0100131603, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo, propiedad de IKER INVESTMENTS, S.A., RNC No. 1­30­42954­5”; “Parcela 64­ A­2­REF­1­REF­MOD­99, del Distrito Catastral No. 07, que tiene una superficie de 109.00 metros cuadrados, matrícula No. 0100131605, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo, propiedad de IKER INVESTMENTS, S.R.L., RNC No. 1­30­42954­5”. El precio de primera puja es DIECISÉIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUI­ NIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS DOMINICANOS CON SESENTA Y UN CENTAVOS (RD$16,938,554.61), por concepto de capital, intereses y moras, más los gastos de ejecución. Los interesados deberán depositar antes de la venta, el diez por ciento (10%) de dicho precio, en efectivo o mediante cheque certificado, en la secretaría del tribunal apoderado, las pujas sólo se aceptaran por ministerio de abogado. Así mismo se advierte que los inmuebles descritos precedentemente han sido embargados a la razón social IKER INVESTMENTS, S.R.L., sociedad comercial constituida y organizada de conformidad con las Leyes de la Re­ pública Dominicana, inscrita en el Registro Nacional del Contribuyente (RNC) con el No.1­ 30­42954­5, con su domicilio social y asiento principal ubicado en esta ciudad, en la calle Respaldo Seminario No. 18, Ensanche La Julia, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional. En tal sentido, se comunica que el acreedor embargante es el BANCO MÚLTIPLE DE LAS AMÉRICAS, S.A. (BANCAMÉRICA), entidad de intermediación financiera cons­ tituida de acuerdo a las leyes de la República Dominicana, provista del registro nacional de contribuyentes (RNC) No.1­01­11784­2, con su domicilio social y asiento principal ubicado en esta ciudad, en el edificio marcado con el No.301 de la calle Francisco Prats Ramírez, en­ sanche Evaristo Morales, debidamente representada por su Vicepresidente Ejecutivo, el señor ALFREDO IGNACIO VARGAS SALAS, venezolano, mayor de edad, casado, funcionario bancario, domiciliado y residente en esta ciudad, portador del pasaporte venezolano No. 076837892, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; entidad que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a la doctora KERYMA MARRA MARTÍNEZ, y los licenciados BER­ NARDO ALMONTE, TATIANA HERNÁNDEZ y STERLING J. PÉREZ, dominicanos, ma­ yores de edad, solteros la primera, la tercera y el cuarto, y casado el segundo, abogados de los tribunales de la República, titulares de las cédulas de identidad y electoral marcadas con los números 001­0101700­2, 031­0244609­7, 001­1860839­7 y 402­2179017­9 respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el despacho jurídico “Marra & Marra”, ubicado en el local número 502 del quinto piso de la torre Élite, marcada con el número 329 de la ave­ nida 27 de Febrero, ensanche Evaristo Morales, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, teléfono: 809­472­0035; y ad hoc en la en avenida Isabel Aguiar No. 130, Zona Industrial de Herrera, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, lugar donde mi requirente, ha hecho formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del proceso de em­ bargo inmobiliario que se persigue en contra de la razón social IKER INVESTMENTS, S.R.L. de generales anotadas. Por consiguiente, se hace constar que mediante el Acto No. 358/2017 instrumentado en fecha 8 de marzo de 2017 por el ministerial Ariel Paulino, alguacil de estrados de la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. Debidamente registrado, el referido acreedor embargante notificó mandamiento de pago tendente a embargo inmobiliario contra la sociedad comercial IKER INVESTMENTS, S.R.L., en su calidad de deudora principal de dicho persiguiente; y MIRAMAR PRODUC­ CIONES, S.R.L. en su calidad de garante solidario de la entidad IKER INVESTMENTS, S.R.L., frente al referido persiguiente, el cual se convirtió, de pleno derecho, en embargo in­ mobiliario luego de transcurridos los quince (15) días francos contados a partir de su notifica­ ción, al tenor de lo dispuesto por las disposiciones combinadas del artículo 149 de la ley 6186 de Fomento Agrícola y del artículo 1033 del Código de Procedimiento Civil; embargo que fue inscrito ante el Registro de Títulos de Santo Domingo, en fecha veinticuatro (24) del mes marzo del año dos mil diecisiete (2017), todo lo anterior de conformidad con el Pliego de Con­ diciones depositado en fecha tres (03) del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017) en la Secretaría de la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo.

LIC. STERLING PÉREZ, por sí y por los letrados KERYMA MARRA, TATIANA HERNÁNDEZ y BERNARDO ALMONTE, Abogados del persiguiente. FC 344934

SABADO 08 DE ABRIL 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el Art. 42 Ley 1306­Bis, sobre Divorcios, en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha 13 de DICIEMBRE del año 2016, la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.J. de La Vega, dictó la sentencia no.209­2016­SSEN­00902 cuyo dispositivo dice: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el di­ vorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre JOSE ANTONIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ y YORKA ANTONIA PEREZ FLORIAN. TERCERO: otorga la guarda y cuidado de los menores KERELIN TERESA, ALEJANDRO JOSE y KEIRY LO­ RENA. a su madre señora YORKA ANTONIA PEREZ FLORIÁN. CUARTO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. QUINTO: COMPENSA las costas del procedi­ miento y COMISIONA al ministerial JOSE RAMON HOLGUIN. Alguacil de estrado del Tribunal de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma: (FIRMADO) Ma­ gistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad, Jueza Presidenta; Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 2da. Circunscripción del municipio de La Vega, transcrito en el Libro #2; Folio 103; Acta #152 en fecha 27 de marzo del año 2017. En la ciudad de La Ve­ ga, Rep. Dominicana, a los 08 días del mes de abril del Año 2017.

LIC. ARTURO JAVIER JEREZ MATIAS, Abogado. (AC­11008­PC)

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO De conformidad con lo estipulado en la Ley de Divorcio 1306­Bis, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha diez (10) del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017), la Séptima Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en Asuntos de Familia, dictó la sentencia No.0412­17, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: DECLARA regular y válida en cuanto a la forma la ac­ ción en Divorcio por Mutuo Consentimiento intentada por los señores RUBEN DARIO BUR­ DIEZ GONZALEZ Y MARGARITA AURORA CASTILLO TEJADA, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores RUBEN DARIO BURDIEZ GONZALEZ Y MARGARITA AURORA CASTILLO TEJADA, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y esti­ pulaciones de divorcio No.28­2016, instrumentado en fecha 18 de noviembre del 2016, por ante la LICDA. SANDRA E. DOTEL, Notario Público de los del Número del Distrito Na­ cional, por los motivos expuestos. TERCERO: ORDENA al Oficial del Estado Civil corres­ pondiente pronunciar el presente divorcio. La presente ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salcé, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Fido: Franyer Enrique Beato Pérez. Dicha sen­ tencia fue pronunciada por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 05 del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017). Transcrita en el Libro No.00006, del Acta No.000561, Folio No.0121, año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (06) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017).

PÉRDIDA DE MA­ TRÍCULA: de auto­ móvil privado, marca Honda, color rojo, año 1999, placa y re­ gistro A018643, cha­ s i s JHMEJ9640XS22661 8, a nombre de RA­ MÓN OMAR MA­ TOS DE LOS SANTOS. FP89306

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO En cumplimiento con el Art. 92, párrafo III, de la Ley 108­05, sobre Registro Inmobilia­ rio, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Títulos de los inmuebles siguientes: PARCELA NO. 86, D. C. No. 11/4ta, Higüey, según título no. 790­108 del libro No. 4, Folio 393, municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, 628.86 mts2, a nombre de MIGUEL ARECHE HIDALGO QUIEN LE VENDE A GERALDO DIAZ REYES SEGÚN ACTO DE VENTA ANEXO, y que a contra la fecha no especificada está perdido. La presente publicación se hace para los fines de solicitud por pérdida por ante el Registro de Títulos de Baní. En la ciudad de San Pedro de Macorís, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de Marzo del año dos Mil diecisiete (2017).

DR. RAUDY DEL JESUS VELZQUEZ. ABOGADO.

LICDA. INDHIRA SEVERINO PEREZ, Abogada. FC 344910

PÉRDIDA DE MA­ TRÍCULA: de jeep, marca Cherokee, co­ lor blanco, año 1995, placa y registro G055914, chasis 1J4GZ78S2SC51996 8, a nombre de PA­ BLO ANTONIO RO­ SARIO MENA. FP89305

FC344946

PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO PARA DIVORCIO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley No. 1306, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: que en fecha de veinte (20) del mes Abril del año Dos Mil Diecisietes (2017), a las nueve horas de la mañana, en la Octava Sala para Asuntos de Familia, de la cámara Civil y Co­ mercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, conocerá de la demanda de divorcio por incompatibilidad de caracteres interpuesto por el señor LUIS MIGUEL ANTONIO ZAPATA ROQUEZ, contra su actual esposa la se­ ñora JOHANNA CLARISSA ACOSTA PEÑA, por lo que CITA Y EMPLAZA, para que comparezca conforme fuere de derecho, lugar, el día y hora antes se­ ñalado, todo esto de conformidad con lo dispuesto por el Art. 69, numeral 8 del código de procedimiento civil dominicano, en vista de que el domicilio conocido por la señora es en el 1380 Virginia Ave. Bronx New York, apartado postal No. 10462. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los cinco (05) días del mes de Abril del año Dos Mil diecisietes (2017).

De conformidad con los Artículos Nos. 92 de la ley 108­05, de Registro In­ mobiliario y 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, Hacemos de Público Conocimiento que se ha Extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 3000202133, Correspondiente a la Parcela No. 500325101180, del Muni­ cipio y Provincia de La Romana, con una Superficie de 200.00M2, Inscrito en el Registro de Títulos del Departamento de San Pedro de Macorís, Emitido en fecha 19 de Noviembre del año 2015, a favor del SR. ELVIN OLIVERO.

LICDA. IDALILA F. CARPIO CASTILLO, Abogada Apoderada.

De conformidad con los Artículos Nos. 92 de la ley 108­05, de Registro Inmobiliario y 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, Hacemos de Público Conocimiento que se ha Extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 3000212027, Correspondiente a la Parcela No. 500325101280, del Municipio y Provincia de La Romana, con una Superficie de 200.00M2, Inscrito en el Registro de Títulos del Departamento de San Pedro de Macorís, Emitido en fecha 12 de Febrero del año 2016, a favor de la SRA. ROSA YNES OLIVERO RAMIREZ.

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para dar cumplimiento a las disposiciones de la ley 1306­Bis, sobre divorcio, en su Art. 22, sobre divorcio. el señor RONALD CHERY, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No.223­0047959­3, domiciliado y residente en la calle San Juan de la Maguana No. 67, Las Flores de Cristo Rey, Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. ELADISLAO GONZ.ALEZ CABA, abogado de los Tribunales de la República, titular de la cédula de identidad y Electoral No. 001­0855700­ 0, con su estudio profesional abierto en el No.386 de la Av. Nicolás de Ovando, Cristo Rey, Distrito Nacional, donde se hace formal elección de domicilio para todos los fines y conse­ cuencias legales del presente EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO, por este medio se hace saber a su legitima esposa señora ODILE ALTIDOR, identificada con el pasaporte No.305480584, cuyo último domicilio conocido fue en la Av. Ortega y Gasset, Edificio A­2, Apto. 201, Residencial Ortega y Gasset, Sector La Fe, Distrito Nacional, Capital de la Repú­ blica Dominicana, que a falta de información relativa a su actuar domicilio y residencia se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, en su despacho ubicado en la Primera Planta del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, del Distrito Nacional, sito en la calle Beller No. 102, Esquina Francisco J. Peynado, el día Viernes que contaremos a Siete (07) del mes de Abril del año 2017, a las Nueve (9:00) horas de la mañana, a los fines de que comparezca a la audiencia de divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres que ha sido fijada por ante la Octava Sala del Tribunal Para Asuntos de familias de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual conoce su audiencia en uno de los Salones de la Segunda del Edificio ubicado calle So­ corro Sánchez No.68, Esquina calle Santiago del sector de Gascue, Distrito Nacional, el día Miércoles que contaremos a Diecinueve (19) del mes de Abril del año 2017, en el Distrito Nacional, a los tres del mes de abril del año 2017.

LIC. ELADISLAO GONZALEZ CABA, Abogado. FC 344826

DR. DOMINGO ERASMO REYES FIGUEREO Abogado­Representante FP89301

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO

DR. DOMINGO ERASMO REYES FIGUEREO Abogado­Representante FP89301

PUBLICACIÓN DE PÉRDIDA DE TÍTULO DE PROPIEDAD Quien suscribe, señora ALFREDA MORETA MATEO, dominicana, mayor de edad, sol­ tera, portadora de la Cédula de identidad y electoral No. 001­1185826­2, domiciliada y resi­ dente en la calle San Francisco de Asís, no. 14, la toronja, Invivienda, Municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, mediante la presente tiene a bien hacer de público conocimiento que se le perdió el CERTIFICADO DE TÍTULO MARCADO CON LA MA­ TRÍCULA no. 1400002429, contenido en el Libro No. 0085, folio no. 072, sobre el inmueble identificado como Parcela No. 1255­005.125573, de Distrito Catastral no. 3, Que tiene una superficie de 1,200.25 metros cuadrados, matrícula no. 1400002429, ubicado en Cabrera, María Trinidad Sánchez, cualquier información comunicarse con la señora ALFREDA MO­ RETA MATEO, al Cel. 809­715­6456. En el Municipio Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo, República Domini­ cana, a los siete (07) días del mes de Abril del año dos mil diecisiete (2017).

ALFREDA MORETA MATEO. FP89321


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
El Nuevo Diario by El Nuevo Diario - Issuu