PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento con las disposiciones del Art. 42 de Ley 1306 Bis, sobre Divorcio. Se hace de público conocimiento, que en fecha treinta (30) del mes de Octubre del año Dos Mil Quince (2015), La Séptima Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia de Divorcio No. 1536-15, sentencia que fue entregada por la séptima sala, a la abogada actuante, el 28 de diciembre 2015, la cual en su parte dispositiva dice lo siguiente: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los Señores Judith Mercedes Romero Rojas y Domingo Antonio Cabrera Quezada, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) Declara disuelto el Vínculo matrimonial existente entre los señores Judith Mercedes Romero Rojas y Domingo Antonio Cabrera Quezada, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones, de fecha 29 de Septiembre del año 2015, instrumentado por el Lic. Franklin Peguero Peralta, Notario Público de los del número para el Distrito Nacional. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. ASI SE PRONUNCIA, ORDENA, MANDA Y FIRMA: (Firmados: CLAUDIA MARIA PEÑA PEÑA, JUEZA; FRANYER ENRIQUE BEATO PEREZ, SECRETARIO). Asimismo se hace saber que en fecha Veintinueve (29) de Diciembre del año 2015, se procedió a pronunciar dicho Divorcio, por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera (1Ra) Circunscripción del Distrito Nacional, el cual fue transcrito en el Libro de Registro de Divorcios No. 00024, Folio 0053, bajo el Acta No. 003072, del año 2015. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Dieciocho (18) días de mes de enero del año Dos Mil dieciséis (2016).
Para dar cumplimiento con lo que establece el Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 01/09/2015, el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, en sus Atribuciones Civiles dictó la Sentencia de Divorcio marcada con el Número 00429-2015, POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, interpuesta por la señora ESTERLIN BILEYSI CUELLO ORTIZ, en contra del señor JULIO CESAR PÉREZ TEJEDA. Cuyo Dispositivo es el Siguiente: FALLO: PRIMERO: SE PRONUNCIA EL DEFECTO contra del esposo demandado JULIO CESAR PÉREZ TEJEDA, por no comparecer no obstante citación legal; SEGUNDO: SE ADMITE EL DIVORCIO ENTRE LOS ESPOSOS ESTERLIN BILEYSI CUELLO ORTIZ y JULIO CESAR PÉREZ TEJEDA, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres y en consecuencia autoriza a la esposa demandante a obtener de la Oficial Civil correspondiente el pronunciamiento del divorcio y a cumplir con las demás formalidades exigidas por la Ley; TERCERO: SE COMISIONA a DOMINGO E. DÍAZ PUJOLS, Alguacil Ordinario del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, para notificar la presente sentencia; CUARTO: SE COMPENSAN, PURA Y SIMPLEMENTE las costas por tratarse de una Litis entre esposos. La presente resolución ha sido dada y firmada por el Magistrado que figura en la misma, el mismo día, mes y año citados la que es certificada por mí, MIRTA MARÍA SÁNCHEZ CIPRIAN, Secretaria. CERTIFICO Y DOY FE: Que la presente es copia fiel conforme a su original; que se expide a solicitud de la parte interesada, en la Ciudad de San José de Ocoa, Provincia del mismo nombre, a los Primeros (01) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Quince (2015), años 171’ de la Independencia y 151’ de la Restauración. Dicho divorcio fue pronunciado en fecha 16/12/2015, por ante la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de San José de Ocoa, inscrito en el Libro Núm. 00006, Folio Núm. 0012, Acta Núm. 000565 del Año 2015.
LICDA. CAROLINA DÍAZ BOISSARD ABOGADA
Que mediante el Acto Auténtico de fecha 18 de enero del 2016, en el cual los señores Lautería Despradel, Carmen Virginia Gil, Sugey Zabala Sánchez, Ángela Ramírez Pérez, Aleyda Brito, María Magdalena Brito Breto y Luis Octavio Gil Diaz, y notariada por la Dra. Griselda Tactuk Viloria, el suscrito declara lo siguiente: PRIMERO: Que conocen desde hace diez (10) años a la SRA. RAFAELINA FLORES ACOSTA, Dominicana, mayor de edad, soltera, identificado por la cédula de identidad y electoral No. 001-1709625-5, domiciliado y residente en la calle Cerro de Cristo, No. 5, Altos de Arroyo Hondo, Distrito Nacional, República Dominicana; SEGUNDO: Que es de su conocimiento también que el SRA. RAFAELINA FRANCISCA FLORES ACOSTA, nunca ha contraído matrimonio o nupcias, ni de índole civil, ni canónica, porque su estado civil es SOLTERA; TERCERO: Me siguen diciendo los compareciente, que lo que me han declarado en el presente acto es de pública Notoriedad, y que lo hacen por voluntad y sin ninguna presión. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de enero del año dos mil dieciséis (2016).
FC328016
AVISO DE INCORPORACIÓN ASOCIACIÓN DE GANADEROS LA BREÑÑA (ASOGABRE) En cumplimiento con la ley 122-05 del 3 de Mayo del año 2005, se publica para el general conocimiento lo siguiente: PRIMERO: Que en fecha del día cuatro (04) del mes de Noviembre del año Dos Mil Quince (2015), se constituyó la ASOCIACIÓN DE GANADEROS LA BREÑA (ASOGABRE), por tiempo indefinido, cuyo objetivo principal será contribuir al mejoramiento de la ganadería de la zona y la productividad de la misma y mejorar la calidad de vida de los asociados, que está basada en la educación, la integridad familiar, el medio ambiente, científico, cultural, económico y moral de sus afiliados. SEGUNDO: Que el domicilio principal de la asociación está establecida en el paraje de La Breña, sección San José del municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana. TERCERO: Que dicha asociación ha sido fundada por los señores: Eugenio Sánchez Núñez, Orlando Antonio Díaz Rodríguez, Pablo Alexi Estévez Valerio, Hidro Francisco Sánchez Pacheco, Aleida Valentina Sánchez de Lamí y Julia Milagros Leclerc Cabrera. CUARTO: Que los señores miembros fundadores constituidos en asamblea eligieron como miembro de la junta directiva a los señores: Eugenio Sánchez Núñez (Presidente), Orlando Antonio Díaz Rodríguez (Vice-Presidente), Pablo Alexi Estévez Valerio (Secretario), Hidro Francisco Sánchez Pacheco (Tesorero), Aleida Valentina Sánchez de Lamí (Primer Vocal), las personas electas fueron elegidas por el periodo de Un (01) año; QUINTO: Que la ASOCIACION DE GANADEROS LA BREÑA (ASOGABRE), fue incorporada mediante resolución número 2016-201 de fecha ocho (08) del mes de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016); SEXTO: Que la documentación legal de incorporación fue depositada en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez y en la Secretaria del Juzgado de Paz del municipio de San Ignacio de Sabaneta en fecha Dieciocho (18) de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016). En la ciudad y municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
EUGENIO SANCHEZ NUÑEZ PRESIDENTE
AVISO DE INCORPORACION ASOCIACION DE GANADEROS JUANCITO FERMIN En cumplimiento con la ley 122-05 del 3 de Mayo del año 2005, se publica para el general conocimiento lo siguiente: PRIMERO: Que en fecha del día cuatro (04) del mes de Noviembre del año Dos Mil Quince (2015), se constituyó la ASOCIACION DE GANADEROS JUANCITO FERMIN, por tiempo indefinido, cuyo objetivo principal será contribuir al mejoramiento de la ganadería de la zona y la productividad de la misma y mejorar la calidad de vida de los asociados, que está basada en la educación, la integridad familiar, el medio ambiente, científico, cultural, económico y moral de sus afiliados. SEGUNDO: Que el domicilio principal de la asociación está establecida en el municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, muy específicamente en el centro comunal del paraje Hato Viejo, de la sección Mata del Jobo. TERCERO: Que dicha asociación ha sido fundada por los señores: Carlos Serrata, Adamis A. Rodríguez, Andrés Antonio Gutiérrez, Juan Chávez, Francisco Rosario, Darío Antonio Lantigua, José Marcelino Torres, Héctor Paíno Chávez, Domingo Antonio Báez, Víctor Manuel Rodríguez, Leónidas Antonio Valerio, Nicolás Almonte, Máximo Serrata, Juan Ricardo Rodríguez, Antonio Rodríguez, Juan Ramón Gómez, Domingo Estévez, Andrés Avelino Reyes, José Agustín Jumelles, Alcedo Santos Payano, Amadeo Torres Arias, Nicolás Yaniris Torres, Alejandro Serrata, Rafael Fausto María Pérez, Willian Manuel Torres, Miguelito De Jesús Torres, Eliezer Nicolás Reyes Fermín. CUARTO: Que los señores miembros fundadores constituidos en asamblea eligieron como miembro de la junta directiva a los señores: Darío Antonio Lantigua Rodríguez (Presidente), Amadeo Torres Arias (Vice-presidente), Eliezer Nicolás Reyes Fermín (Secretario), Carlos Manuel Serrata B. (Tesorero), Adami Alcedo Rodríguez (Primer Vocal), Willian Manuel Torres A. (Segundo Vocal), Juan Ramón Gómez R. (Tercer Vocal), Héctor Paíno Chávez (Pte. Del concejo de disciplina), Nicolás Y. Torres Almonte (Secretario del concejo), Juan Ricardo Rodríguez (Miembro del concejo), Leónidas Antonio Valerio (Pte Comisión de educación), Juan Chávez (secretario de la comisión) y José Marcelino Torres (Miembro de la comisión) las personas electas fueron elegidas por el periodo de Dos (02) años; QUINTO: Que la ASOCIACION DE GANADEROS JUANCITO FERMIN, fue incorporada mediante resolución número 2012-201 de fecha cinco (05) del mes de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016); SEXTO: Que la documentación legal de incorporación fue depositada en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez y en la Secretaria del Juzgado de Paz del municipio de San Ignacio de Sabaneta en fecha Quince (15) de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016). En la ciudad y municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
DARIO ANTONIO LANTIGUA RODRIGUEZ
5B
MIERCOLES, 20 DE ENERO DE 2016
www.elnuevodiario.com.do
LIC. DIOMEDES ANTONIO DÍAZ MATEO, Abogado de la Demandante. FC 327970
AVISO DE DECLARACION DE SOLTERIA
LIC. JULIO PAREDES DESPRADEL, Abogado.
FC 327967
AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Núm. 2003-12694 correspondiente solar SS, del Distrito Catastral Núm. 6, manzana SM, Parcela 1-B- REF7-F, con un área de extensión de 5,229.82 metros cuadrados, emitido por el Registrador de Título del Distrito Nacional, en favor de Vanessa Nikayris Beltrán Guzmán. Cualquier información, llamar al Lic. Eilyn Beltrán a los teléfonos: 809-2386004/809-299-1002. FC 327982
AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Núm. 966973, solar 7-T, parcela 1-B-Ref-13, Hainamosa, Municipio Santo Domingo Este, en favor de Nelson Beltrán Crisóstomo. Cualquier información, llamar al Lic. Eilyn Beltrán a los teléfonos: 809-238-6004/809-299-1002. FC 327982
AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título matrícula Núm. 0100190496, solar SS, parcela 25-Sub-96-A, Distrito Catastral 16, con un área de extensión 330 metros cuadrados, Urbanización Real Cancino, en favor de Nelson Beltrán Crisóstomo. Cualquier información, llamar al Lic. Eilyn Beltrán a los teléfonos: 809-238-6004/809-299-1002.
AVISO PÉRDIDA
AVISO DE DECLARACION DE SOLTERIA
CERTIFICADO DE TÍTULO
Que mediante el Acto Auténtico de fecha 18 de enero del 2016, en el cual los señores Lauteria Despradel, Carmen Virginia Gil, Sugey Zabala Sánchez, Ángela Ramírez Pérez, Aleyda Brito, María Magdalena Brito Breto y Luis Octavio Gil Díaz, declaran por ante la Abogada Notario Público Dra. Griselda Tactuk Viloria, lo siguiente: PRIMERO: Que conocen desde hace diez (10) años al SR. ALCADIO PICHARDO, Dominicano, mayor de edad, soltero, identificado por la cédula de identidad y electoral No.001-1781182-8, domiciliado y residente en la Av. Francia, No. 59, Distrito Nacional, República Dominicana; SEGUNDO: Que es de su conocimiento también que el SR. ALCADIO PICHARDO, nunca ha contraído matrimonio o nupcias, ni de índole civil, ni canónica, porque su estado civil es SOLTERO; TERCERO: Me siguen diciendo los compareciente, que lo que me han declarado en el presente acto es de publica Notoriedad, y que lo hacen por voluntad y sin ninguna presión. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de enero del año dos mil dieciséis (2016).
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título matrícula Núm. 975176, correspondiente Distrito Catastral Núm. 1, solar 7, manzana 4790, con un área de extensión 165.89 metros cuadrados, Apto. 1-B, emitido por el Registrador de Título del Distrito Nacional, en favor de María Elena Guzmán Nin. Cualquier información, llamar al Lic. Eilyn Beltrán a los teléfonos: 809-238-6004/809-2991002.
LIC. JULIO PAREDES DESPRADEL, Abogado.
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título matrícula Núm. 975176, correspondiente Distrito Catastral Núm. 1, solar 7, manzana 4790, con un área de extensión 178.88 metros cuadrados, Apto. 1-A, emitido por el Registrador de Título del Distrito Nacional, en favor de Vanessa Nikayris Beltrán Guzmán. Cualquier información, llamar al Lic. Eilyn Beltrán a los teléfonos: 809-238-6004/809-299-1002.
FC 327967
AVISO DE PUBLICACION DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD Y
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA FUEGO ARTIFICIALES JUPITER DOMINICANA, C. POR A. Capital Social Pagado: RD$1,000,000.00 De acuerdo a la establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedad Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de trasformación de la Sociedad FUEGO ARTIFICIALES JUPITER DOMINICANA, C. POR A., a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la Sociedad FUEGO ARTIFICIALES JUPITER DOMINICANA, C. POR A., la cual se denominará “FUEGO ARTIFICIALES JUPITER DOMINICANA, SRL, la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes estatutos; la empresa tendrá como objeto social IMPORTACION Y EXPORTACION DE FUEGOS ARTIFICIALES, FABRICACION, COMERCIALIZACION, PROMOCION, ASI COMO TODO LO RELATIVO AL COMERCIO DE ESA AREA, Y CUALQUIER ACTIVIDAD DE LICITO COMERCIO QUE NO ESTUVIERE EXPRESAMENTE VEDADO POR LAS LEYES DOMINICANAS Y QUE GUARDE RELACION CON EL OBJETO PRINCIPAL; el domicilio de la empresa estará Ubicada en la Av. Max Henríquez Ureña, Esq. Lope de Vega, plaza Tiffani, Apto. 103. Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional; con un capital Social Pagado de Un millón Pesos Dominicano RD$1,000,000.00; la empresa será administrada por uno o varios gerente(s), designado al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de aprobar el referido Proyecto así como el balance financieros especial, el informe del Consejo de Directores y en informe general elaborado por el Comisario de la Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la Sociedad FUEGO ARTIFICIALES JUPITER DOMINICANA, C. POR A., a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la compañía el día Cinco (5) del mes febrero del 2016. El Proyecto de transformación de la Compañía, junto con el informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Diecinueve (19) días del mes de Enero del Año 2016.
FC 327986
JUAN FRANCISCO PORTES, Presidente.
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO
FC 327982 SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO QUE SE HAN EX-
TRAVIADO LOS CERTIFICADOS DE ACCIONES COMUNES números 39338 de fecha 14/06/1993, por la cantidad de 1,300 acciones, Certificado número 46686 de fecha 29/07/1994 por 171 acciones, Certificado número 51125 de fecha 26/06/1995 por 367 acciones, Certificado número 70632 de fecha 24/06/1999, por 441 acciones, Certificado número 79930 de fecha 19/06/2001 por 417 acciones y el Certificado número 146274 de fecha 02/06/2011, por la cantidad de 135 acciones, a razón de RD$200.00 C/U, EXPEDIDOS POR GRUPO POPULAR. S.A. a favor de Gregorio Núñez Rosario, cédula número 0011339403-5. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 327965
Que en virtud de lo establecido en el artículo noventa y dos (92) de la Ley número