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balances generales de la cooperativa auditados). Presentación del informe del Comité de Crédito
from El Nuevo Diario
AVISOS LEGALES
AVISO DE CONSTITUCIÓN DE INMUEBLE EN BIEN DE FAMILIA Se hace de público conocimiento, conforme al artículo 8 de la Ley No. 1024 sobre Bien de Familia, que MARINO GUSTAVO GUZMÁN HERNÁNDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula No. 001- 1176704-2, domiciliado y residente en esta ciudad, mediante el Acto No. 1, del Notario Público del Distrito Nacional, Licenciada Ana Susana Mieses R. Matrícula No. 4314, constituyo en Bien de Familia, el inmueble de su propiedad siguiente: “Apartamento número 3A ubicado en el tercer piso del Condominio Francis I, en la parcela 112-A-5-1, del Distrito Catastral 2, del Distrito Nacional, con un área de construcción de 56.42 Mts 2”; en beneficio de su hijas Camila y Amy Guzmán Mejía. En consecuencia, invitamos a todo interesado, acreedores, y demás, hasta la expiración del plazo de tres (3) meses, a inscribir todas las oposiciones, privilegios e hipotecas que garanticen acreencias o intereses, anteriores a la constitución de dicho inmueble, mediante declaración que podrán depositar en la oficina del Notario Público actuante, sito en la calle Max Henríquez Ureña No. 84, del Ensanche Piantini, de esta ciudad. LICENCIADA ANA SUSANA MIESES R. FC 382566 Notario Actuante
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306-bis, sobre divorcio de la República Dominicana, se hace de público conocimiento que fue dictada sentencia marcada con el No. 1288-2019-SSEN-01067 de la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, de fecha 21 de Octubre del 2019, la cual que admite el divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre los señores OMAR ANTONIO MUÑOZ RODRÍGUEZ y SHANTAL CLAUDETH GUZMÁN CANTERA, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: Primero: Pronuncia el defecto en contra de la parte demandada señora SHANTAL CLAUDETH GUZMÁN CANTERA, por no concluir al fondo en la presente demanda. Segundo: Declara buena y valida en cuanto a la forma la presente demanda de divorcio por incompatibilidad de caracteres, por haber sido hecha conforme a las leyes que rigen la materia. Tercero: En cuanto al fondo, admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores OMAR ANTONIO MUÑOZ RODRÍGUEZ y SHANTAL CLAUDETH GUZMÁN CANTERA, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. Cuarto: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el oficial del Estado Civil correspondiente. Quinto: Compensa las costas del procedimiento. Sexto: Comisiona al ministerial Ángel Pujols Beltré, Alguacil de Estrados de la Suprema Corte de Justicia, a los fines de notificar la presente sentencia. Dada y firmada en fecha veintiuno (21) de Octubre del año dos mil diecinueve (2019), por la secretaria firmante y magistrada. Dicho divorcio fue pronunciado el día veintiséis (26) del mes de Febrero del año dos mil veinte (2020), en la Oficialía del Estado Civil de la 4ta. Circunscripción de Santo Domingo Este, inscrito en el libro de Divorcio No. 00001, Folio No. 0181, Acta No. 000091, año 2020. LICDO. RAFAEL HERASME LUCIANO Abogado FC 382564
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
De conformidad con las disposiciones del Artículo 92, Párrafo III de la Ley núm. 108-05 de Registro Inmobiliario, y del Artículo 83 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de conocimiento público la pérdida del Duplicado del Certificado de Título correspondiente al inmueble identificado con el número 309444750512, matricula núm. 3000033823, con una superficie de 270.48 metros cuadrados, ubicado en Santo Domingo, expedido a favor de JOSE MIGUEL LÓPEZ SALDAÑA.
En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día dieciséis (16) del mes de Junio del año dos mil veinte (2020).
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JOSE MIGUEL LÓPEZ SALDAÑA
PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO (DUPLICADO DEL DUEÑO)
En virtud de lo que establece el Art. 92, Párrafo III de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83 letra B de Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado de Título Matrícula No. 0100307176 (Duplicado del Dueño), que ampara el derecho de propiedad de la Unidad Funcional 5-A, Identificado como 400414145077: 5-A, matrícula No. 0100307176, del condominio TORRE REFA XV, ubicado en Distrito Nacional, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-06-001, del bloque 01, ubicado en el nivel 06, destinado a APARTAMENTO con una superficie de 138.15 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-M1-001, del bloque 00, ubicado en el nivel M1, destinado a PARQUEO, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-M1-002, del bloque 00, ubicado en el nivel M1, destinado a PARQUEO, con una superficie de 12.50 metros cuadrados, propiedad de CONSTRUCTORA LIROE S.R.L., RNC No. 1-30-38778-8”, expedido por el Registro de Título del Distrito Nacional en fecha 28 de Abril del 2017, y hasta el momento se desconoce su paradero.
LICDA. ELIZABETH FERRERAS RIVERA Abogada
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
De conformidad con lo que dispone el Párrafo III, Art. 92, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título con matrícula No. 0100063033, a nombre de YUFELIS MONTERO ROSA, correspondiente a Parcela 36-A-SUBD-1470, del Distrito Catastral No.31, que tiene una superficie de 191.28 metros cuadrados, matrícula No.0100063033, ubicado en el Distrito Nacional. YUFELIS MONTERO ROSA Propietario
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, la Octava Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.N. del expediente 533-18-02900 sobre el Divorcio por mutuo consentimiento entre los señores MAURO GONZÁLEZ LIRIANO y REYNA DE LAS MERCEDES TURBIDES, pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional el 01 de Julio del año dos mil diecinueve (2019). LIC. MANUEL CUELLO GIL Abogado
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIÓDICO
En virtud de la autorización de fecha 05/06/2020, se hace público conocimiento que el día 26/06/2020 a las 11:00 A.M. Se realizarán los trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 201 del D. C. No.07, del Municipio Yamasá, Provincia Monte Plata a nombre de CECILIA DE LA CRUZ MATOS y EPIFANIA DE LA CRUZ MATOS, Expediente No. 6642020022713.
FC 382565
AGRIM. ALFREDO FÉLIZ GÓMEZ Agrimensor-Contratista Codia: 26502
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL DE ACCIONISTAS CENTRO DE SALUD SAINT JOSEPH´S, S. A. Capital Social Autorizado: RD$30,000.000.00 Capital Social Suscrito y Pagado: RD$6,218,400.00 R.N.C. No. 1-01-60514-6 Registro Mercantil No.13183SD Av. Sarasota Esq. Jesús Maestro, Mirador Sur, Santo Domingo, D. N., R. D.
En cumplimiento del artículo veinte (20) de los Estatutos Sociales de la Sociedad Anónima, se convoca a todos los accionistas de CENTRO DE SALUD SAINT JOSEPH´S, S. A., a la Asamblea General Ordinaria Anual de Accionistas, a ser celebrada el día nueve (09) de Julio del año dos mil veinte (2020), de manera virtual vía “Zoom”, a las doce horas del meridiano (12:00 M.), y cuyo acceso que debe ser solicitado previamente al correo elba.tio@bmestrategialegal.com, para conocer los siguientes puntos: 1. Aprobar la validez de la Asamblea para sesionar como Asamblea General Ordinaria Anual de Accionistas; 2. Conocer el Informe del Consejo de Administración correspondiente al año fiscal concluido al 31 de Diciembre del 2019; 3. Conocer del Informe del Comisario de Cuentas y otorgar descargo si procede; 4. Conocer el Inventario, Cuentas y Balance General del Ejercicio Social cerrado el 31 de Diciembre del 2019; 5. Declarar pérdidas o beneficios en el período recién transcurrido y decidir sobre el destino de los mismos; 6. Dar o no descargo al Consejo de Administración, de proceder; 7. Elegir a los miembros del Consejo de Administración; 8. Designación del comisario de cuentas de la sociedad; 9. Designación de la oficina de auditores de la sociedad.
Se les informa a los accionistas, que los Estados Financieros, el Informe del Presidente y el informe del Comisario de Cuentas estarán a disposición de los accionistas quince (15) días antes de la celebración de la asamblea en el domicilio social.
En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de Junio del año dos mil veinte (2020).
FC 382577
JULIA MARÍA GUERRA Presidente
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley de Divorcio número 1306-Bis, sobre divorcio de fecha veintiuno (21) del mes de Mayo del año 1937, se hace de público conocimiento: Que en fecha siete (07) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecinueve (2019); la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, dictó en sus atribuciones civiles, la Sentencia Civil No. 538-2019-SSEN-00499, cuyo dispositivo dice textualmente así:
FALLA: PRIMERO: Se ADMITE el Divorcio entre los esposos YAMILEE GRACIELA PIMENTEL MEJÍA y BAYRON ANT. ARANDA ZUAREZ, por mutuo consentimiento de acuerdo con las estipulaciones y convenciones pactadas en el acto número DIES (10); Folio 19 y 20 de fecha 01/02/2019, instrumentado por el DR. MIGUEL ANT. POLANCO ZARDAÑA, Notario Público de los del número del Municipio de Baní. SEGUNDO: En cuanto al fondo ACOGE las conclusiones presentadas por los esposos y, en consecuencia. A) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los esposos YAMILEE GRACIELA PIMENTEL MEJÍA y BAYRON ANT. ARANDA ZUAREZ. TERCERO: OTORGA la guarda del menor de edad BAYRON ANTONIO ARANDA ZUAREZ, a la señora YAMILEE GRACIELA PIMENTEL MEJÍA, tal como se acordó en el acto de convención y estipulaciones transcrito más arriba. CUARTO: IMPONE: Una pensión alimentaria a cargo del señor BAYRON ANTONIO ARANDA SUAREZ, por un monto de QUINCE MIL PESOS MENSUALES (RD$15,000.00), BAYRON DAVID, pagaderos en mano de la señora YAMILEE GRACIELA PIMENTEL MEJÍA, hasta su mayoría de edad o emancipación legal. QUINTO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio, SEXTO: COMPENSA las costas del procedimiento.
En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los doce (12) días del mes de Marzo del año dos mil vente (2020).
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, la Séptima Sala para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo de la Sentencia Civil No. 1516-2019- SSENT-00070 sobre el Divorcio por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES entre los señores HENRY MARTÍNEZ FORTUNA y MARTHA GRACIELA ADAMES GÓMEZ, pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 5ta. Circunscripción del Santo Domingo Norte el ocho del mes de Julio del año dos mil diecinueve (2019).
AVISO DE ACTUALIZACIÓN DE GENERALES EN CERTIFICADO DE TÍTULO
Se avisa que respecto del inmueble: Solar Núm. 6-REF, Manzana núm. 524, Distrito Catastral núm. 01, Certificado matrícula núm. 0100332856, Apartamento 304, Tercera Planta, con los metros cuadrados de construcción, del condominio MARÍA ISABEL, ubicado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana; se actualizaron las generales de sus co-titulares registrales a como sigue:
GISELE Y. GÓMEZ, estadounidense, mayor de edad, soltera, titular del pasaporte estadounidense Núm. 569704158, domiciliada y residente en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional capital de la República Dominicana, y la señora SOFIA CONSUELO GÓMEZ CRUZ, estadounidense, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad y electoral Núm. 001-1405520- 5, domiciliada y residente en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional Capital de la Republica Dominicana; Dichas generales son las correspondientes a sus documentos de identidad y la petición será formalizada ante el Registro de Títulos del Distrito Nacional como corresponde.
Atentamente las propietarias, GISELE Y. GÓMEZ SOFÍA CONSUELO GÓMEZ CRUZ FC 382568
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
En virtud de las disposiciones del Art.92, del párrafo III, sobre la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO DE TÍTULO MATRÍCULA 2400045974, Duplicado del Dueño, correspondiente al inmueble identificado como: “Parcela 15, D.C. 11, ubicado en Santo Domingo, con una superficie de 40,247.00 metros cuadrados, matrícula No. 2400045974”. Derecho de Propiedad a favor de GERALDO SAIZ MARTÍNEZ, que fue adquirido a Ramón Campusano, de nacionalidad dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad No. 984, Serie 7. El derecho tiene su origen en venta, según consta en el documento de fecha 23 de Noviembre de 1982, contrato bajo firma privada emitido(a) por Dr. Manuel W. Medrano Vásquez, Inscrito el día 24/11/1982, a las 12:00:00 P.M., en el Libro 741, Folio 165. En el Distrito Nacional, República Dominicana, a los Nueve (09) días del mes de Junio del año Dos Mil Veinte (2020). LICDA. JOSELIN ALT. GUTIÉRREZ C. FC 382571 Abogada-Apoderada
CONVOCATORIA A LA CELEBRACIÓN DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA GAVIOTA CARIBE S.R.L. CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO: RD$35,000,000.00 RNC No.1-31-26098-5/REGISTRO MERCANTIL No. 114842PSD
De acuerdo a lo establecido por la Ley No. 479-08 del 11 de Diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones y en virtud de lo establecido en el artículo 21 de sus Estatutos Sociales de esta sociedad GAVIOTA CARIBE S.R.L., se hace de conocimiento general que debido a que en la Asamblea General Extraordinaria del día 15 de Junio del 2020, no hubo quórum necesario para conocer y aprobar los temas agendados, en tal sentido esta sociedad convoca nuevamente a la celebración de una Asamblea General Extraordinaria, que tendrá lugar el próximo viernes tres (3) de Julio del dos mil veinte (2020), a las diez horas de la mañana (10:00 A.M.), en las instalaciones de la sociedad, sito en el Km. 11 de la Autopista Duarte, sector Alameda, de la Provincia de Santo Domingo Oeste y la cual tendrá como orden del día, lo siguiente: a) Conocer del informe anual del Gerente, así como de los Estados Financieros que muestren la situación activa y pasiva de la Sociedad, el Estado de Ganancias y Pérdidas, y cualesquiera otras cuentas y balances, correspondientes al período 2019; b) Resolver lo que fuera procedente respecto de los Estados Financieros, que muestren la situación activa y pasiva de la sociedad, y del Estado de Ganancias y Pérdidas, correspondientes al período 2019; c) Aprobar o no la gestión del o los Gerentes y los demás funcionarios de la Sociedad, sin importar quien los haya designado y dar o no descaro por su gestión social anual, correspondientes al período 2019; d) Disponer lo relativo al destino de las utilidades, si las hubiere, del ejercicio social recién transcurrido, la creación de nuevas reservas y la distribución de dividendos, si los hubiere; e) Conocer sobre la modificación de los artículos 21 y 22 de los Estatutos Sociales de sociedad; y f) Conocer sobre cualquier otro tema conferido en las atribuciones del artículos 26 y 27 de los Estatutos Sociales de la sociedad; De igual manera se le informa a los socios convocados que los proyectos y documentos a ser presentados en la indicada Asamblea, estarán disponibles para los socios en el domicilio de la sociedad, conforme a la Ley. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de Junio del año dos mil veinte (2020). JUAN RAFAEL LLANEZA GIL Gerente Fc 109853
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
En virtud de las disposiciones del Art.92, del párrafo III, sobre la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO DE TÍTULO MATRÍCULA 3000232099, Duplicado del Dueño, correspondiente al inmueble identificado como: “Parcela No. 2570-G, del Distrito Catastral No. 21, del Distrito Nacional, sección Higüero, lugar Comedero, con una extensión superficial de Cero Cinco (05) Hectáreas, Cero Cinco (05) áreas, Veintidós (22) centiáreas, y está limitada: al Norte, Parcela No. 2569; al Este, Parcela No. 2570-P, 2570-O, carretera, parcela No. 2570-J, 2570 E, 2570-S, 2570-H y callejón; al Sur: parcela No. 2571, 2570-E y callejón y al Oeste, parcela No. 2569. Derecho de Propiedad a favor de GERALDO SANZ MARTÍNEZ, teniendo su origen en subdivisión, según consta en el documento de fecha 30 de Abril del 1997, Resolución, emitido por el Tribunal Superior de Tierras. Inscrito en el Registro Complementario Libro 851, Folio 183, en fecha miércoles 14 de Mayo de 1997, a las 12:00:00 P.M. En el Distrito Nacional, República Dominicana, a los Doce (12) días del mes de Junio del Dos Mil Veinte (2020).