CATEGORÍAS Categoría de EPI
Acción
Directiva EPI antigua 89/686/EEC
Nuevo Reglamento (UE) 2016/425
Categoría I EPI simple
Comercialización del producto
Autodeclaración del fabricante
Módulo A (Anexo IV) Autodeclaración del fabricante
Categoría II EPI intermedio
Aprobación inicial del producto
Artículo 10 Análisis de tipo CE
Módulo B (Anexo V)
Categoría III EPI complejo
Aprobación inicial del producto
Artículo 10 Análisis de tipo CE
Módulo B (Anexo V)
Categoría III EPI complejo
Vigilancia continua mediante pruebas o control de la producción
Artículo 11A o Artículo 11B
Módulo C2 (Anexo VII) o Módulo D (Anexo VIII)
Categoría I – EPI simple El EPI de esta categoría está diseñado para proteger a los usuarios frente a riesgos mínimos. Incluyen: •
lesiones mecánicas superficiales;
•
contacto con agua o materiales de limpieza de acción débil;
•
contacto con superficies calientes que no superan los 50°C;
•
daños en los ojos debido a la exposición a la luz solar (distintos a los que se producen durante la observación del sol);
•
condiciones atmosféricas que no sean de tipo extremo.
Categoría II – EPI intermedio La categoría II incluye protección frente a riesgos distintos a los enumerados en las categorías I y III. Categoría III – EPI complejo El EPI que entra en esta categoría incluye exclusivamente protección frente a riesgos que pueden tener consecuencias muy graves como la muerte o daños irreversibles en la salud.