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JCE con las manos atadas para hacer cumplir con admonición
Sentencia de Tribunal
Constitucional ataca varios artículos de la Ley 33-18
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SD. Los esfuerzos de la Junta Central Electoral (JCE), por frenar el proselitismo a destiempo cada día pierden más fuerza ante los partidos políticos debido a que ese organismo utiliza un marco que ha sido desmembrado por las altas cortes en sus articulados y numerales.
Desde hace casi dos años, la JCE viene advirtiendo a los partidos sobre el proselitismo precoz y el último de sus intentos fue a través de un comunicado de admonición, el cual desató reacciones adversas entre las organizaciones opositoras que culminaron en una instancia depositada ante el organismo comicial.
Al respecto, el abogado constitucionalista Amaury Reyes Torres explica que el comunicado de admonición habla de dos cosas: del proselitismo a destiempo, durante la precampaña, y del uso de símbolos patrios en estos eventos.
“El problema viene porque la JCE se basa en el artículo 44, párrafo III, de la

Ley 33-18 que fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional en las Sentencias TC/0441/19 y TC/0052/22”.
Comunicado
El comunicado, publicado por la JCE el pasado 10 de agosto, señala que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 44 de la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, hasta que no quede abierto el período de campaña electoral, está prohibida “la celebración de eventos multitudinarios como mítines, marchas, caravanas y la divulgación de propaganda electoral como la colocación de vallas, afiches y pancartas, así como la promoción de los aspirantes a través de medios de comunicación como la radio y la televisión”.
El jurista indica, además, que el tema de la libertad de expresión, sobre todo en política, es muy fuerte y las limitaciones o regulaciones, si no son razonables, entonces, son contrarias a la Constitución. up
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Nuevas reglas para funcionarios en la campaña política
SD. La Junta Central Electoral (JCE) emitió una resolución que regula la participación de los funcionarios públicos en los períodos de precampaña y la campaña electoral de cara a las elecciones del 2024.
A través de la resolución 28-2023, el organismo comicial establece la prohibición del uso de los recursos del Estado para ser utilizados en provecho de los funcionarios o de terceras personas y que quienes incurran en esta práctica pueden enfrentar tres años de prisión.
La resolución está dirigida a todos los funcionarios públicos que hayan sido designados por decreto del Poder Ejecutivo, o por instituciones públicas y a los funcionarios de los ayuntamientos.
“En el caso de los funcionarios y autoridades que pertenecen a otros poderes del Estado u órganos constitucionales y que hayan decidido manifestar sus aspiraciones a un cargo de elección popular a través de una organización política, los mismos se regirán conforme a las prohibiciones, limitaciones e incompatibilidades previstas en las leyes y normas de sus respectivos ámbitos”, establece la resolución.