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Todos los miembros de la CC están acusados de cometer faltas graves al ejercer sus funciones
Informe de la comisión de la Cámara de Diputados imputó trece faltas, entre otras, participar en plenos ilegales y usurpación
SD. Los conflictos internos en el pleno de la Cámara de Cuentas no solo afectaron el rendimiento de las auditorías, sino que se extendieron al presupuesto institucional que tuvo un mal manejo, y, a causa de ello, se dejó de ejecutar a diciembre del 2022 la suma de 1,296 millones de pesos.
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La comisión especial de la Cámara de Diputados que investigó la situación interna del órgano fiscalizador, al concluir las pesquisas, les atribuyó incurrir en trece faltas graves en el ejercicio de sus funciones.
En consecuencia, decidió someter ante la Cámara de Diputados un proyecto de resolución para acusar a los miembros de la Cámara de Cuentas en el Senado de la República y solicitar así su destitución.
“Remitir al Senado de la República los medios de prueba que sustentan las imputaciones contra los miembros de la Cámara de Cuentas, con el propósito de que sean ponderados en ocasión de la celebración del juicio político para su destitución”, refiere el informe de la comisión especial.
A los miembros de la Cámara de Cuentas, Janel Andrés Ramírez Sánchez, Elsa María Catano Ramírez, Tomasina Tolentino de Mckenzie, Mario Arturo Fernández Burgos y Elsa María Peña Peña, la comisión les imputa los siguientes cargos:
Violaciones a la Constitución, leyes y reglamentos.
Ejecución presupuestaria deficiente.
Asignación ilegal de los fondos públicos.
Participación en pleno ilegal.
Disputa sobre la distribución, sorteo o balotaje entre los miembros de la Cámara de Cuentas del nombramiento del personal técnico y administrativo.
Usurpación de atribuciones administrativas.
Incumplimiento de funciones.
Vicios de incompetencia.
Irregularidad y alteración basada en la inconsistencia en las actas, con respecto a los medios audiovisuales.
Inoperatividad del Pleno de la Cámara de Cuentas por intereses personales de los miembros.
Violación del artículo VI de la Convención Interamericana Contra la Corrupción, ratificada por la República Dominicana mediante la Resolución No.489-98, del 20 de noviembre de 1998.
Determinar archivos de auditorías de manera irregular.
Falsificación en escritura pública.
De la investigación Conforme a las pesquisas, entre 2021 y 2022, la Cámara de Cuentas planificó la realización de 167 auditorías, sin embargo, solo se ejecutaron doce.
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Janel Andrés Ramírez Sánchez
Presidente de la Cámara de Cuentas, la comisión especial le imputa “rechazar y archivar de forma ilegal informes de auditorías con indicios de responsabilidad penal, administrativa y civil, sin haber debatido el contenido y los hallazgos que presentaban los mismos, y haber votado en bloques los diez expedientes de auditorías con hallazgos y resultados diferentes”. Además, incumplir sus funciones, “al no convocar la cantidad de sesiones del Pleno que dispone el ordenamiento jurídico, lo cual ha impactado negativamente la productividad de la Cámara de Cuentas, aspecto que constituye un mal desempeño de sus funciones, y, consecuentemente, afecta la buena administración del ente constitucional”. Le imputa mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, entre otras acusaciones.
Elsa María Catano Ramírez Vicepresidenta de la Cámara de Cuentas, la comisión especial le imputa alteración de actas, lo que –dice - podría reñir con las disposiciones de los artículos 145, 146 y 147 del Código Penal de la República Dominicana, que se refieren a la falsedad de escritura.
“Que la comisión especial le imputa a Catano Ramírez alteración de actas, al firmar el acta y la resolución ADM-2022-12 sin que el Pleno la haya conocido, leído y aprobado, en razón de que fue elaborada con posterioridad e introducida irregularmente en el acta del Pleno anterior con fechas alteradas y sin que el tema estuviere contenido en agenda, ya que el tema en agenda era la modificación de la resolución ADM-2022-004 y el tema decidido fue la resolución ADM-2002-005, violando los procedimientos legales y reglamentarios”, indica.
Tomasina Tolentino de Mckenzie
Secretaria de la Cámara de Cuentas, la comisión especial les imputa alteración de actas, lo que –dice - podría reñir con las disposiciones de los artículos 145, 146 y 147 del Código Penal de la República Dominicana, que se refieren a la falsedad de escritura. Tiene las mismas imputaciones de Catano Ramírez. “Que la comisión especial le imputa a Catano Ramírez alteración de actas, al firmar el acta y la resolución ADM-2022-12 sin que el Pleno la haya conocido, leído y aprobado, en razón de que fue elaborada con posterioridad e introducida irregularmente en el acta del Pleno anterior con fechas alteradas y sin que el tema estuviere contenido en agenda.