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La razón de la jueza para calificar de homicidio la muerte de Manuel Duncan

Marisol Aquino

policiales que serán los responsables de la seguridad ciudadana en cada uno de ellos.

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Agregó que el plan es un complemento del programa Mi país Seguro y tiene como objetivo seguir contrarrestando los crímenes y delitos.

La vicepresidenta Peña aseguró que la estrategia por Cuadrantes está permitiendo al Gobierno optimizar los esfuerzos de reducción de los hechos delictivos.

La iniciativa es implementada a través del Ministerio de Interior y Policía. 

SD. Para argumentar la variación de la calificación jurídica en el caso de la muerte del comunicador Manuel Taveras Duncan, la jueza del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Patricia Padilla, explica en su sentencia que en el relato fáctico del crimen presentado en ese tribunal “no se desprenden las características esenciales” para el asesinato, sino de homicidio voluntario, para el que la ley contempla una pena más leve. Padilla sostiene que el homicidio voluntario, contemplado en los artículos 295 y el 304, párrafo II, del Código Penal Dominicano, se ajusta “tanto al relato fáctico, así como también a los medios de pruebas ofertados por la parte acusadora (Ministerio Público) en su escrito de acusación”.

El órgano acusador tipificó el crimen con el artículo 295, pero también con los 296, 297 y 298, en los cuales el mencionado código define el homicidio agravado como asesinato, que se ejecuta con “premeditación” y “acechanza” y para cuya sanción la ley prevé la pena máxima de 30 años.

En la resolución No. 0582023-SPRE-00103 del Segundo Juzgado de la Ins-

Excluyó video como prueba

La jueza Patricia Padilla también excluyó como prueba el video que circuló por las redes y en cuyas imágenes se ve cuando es abatido el comunicador. Padilla alegó que no había sido obtenido “por un medio lícito ni con observancia de las formas y condiciones exigidas por las disposiciones procesales que rigen la materia”, y estatuidas en los artículos 166 y 167 del Código Procesal Penal.

trucción del Distrito Nacional se dictó apertura a juicio de fondo para el expresidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNC), ex vicealmirante Félix Alburquerque Comprés, por la muerte de Taveras Duncan en agosto del año 2022. El fallo decidió que tampoco “se configuran los elementos constitutivos” de la violación de los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 debido a que no se aportó el arma supuestamente ilegal con la que el acusado habría matado al hoy occiso. “En tal virtud, no habiendo armas, en el presente caso no se dan los presupuestos para la configuración del Ilícito de porte y tenencia ilegal de armas”, consideró el tribunal 