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El Código Penal de cara a los tratados internacionales
Juristas difieren sobre el tema; RD ha hecho reservas sobre el aborto
ARCHIVO forzosa y otros delitos que no estaban tipificados. También, señaló la Convención Interamericana contra la Corrupción.
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La corrupción
Sobre la corrupción dijo que los tratados internacionales lo que establecen es que ese delito tiene un plazo de prescripción más amplio pero que no se refieren a la imprescriptibilidad.
El abogado Francisco Álvarez Martínez aseguró que el proyecto de ley de Código Penal aprobado no violaría los tratados internacionales con los que el país es compromisaria.
Taveras deposita un proyecto sobre tres causales
Otra pieza similar no ha prosperado; juristas dudan se logre ley especial
Yamalie Rosario Redactora Senior
SANTO DOMINGO. La posible aprobación en el Congreso Nacional del proyecto de ley de Código Penal, tras más de 20 años de estudio, abre ahora un nuevo debate jurídico en torno a cuán apegado o no podría estar a los tratados internacionales con los que la República Dominicana es signataria. El cumplimiento o no de lo consignado en la Conferencia de Población y Desarrollo celebrada en el Cairo, Egipto, con respecto al aborto; lo contemplado por la Comisión y la Corte Interamericana de los Derechos Humanos; el Tratado de Roma, sobre el genocidio y la desaparición forzosa y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción son evaluados desde las ópticas de destacados juristas y algunos de ellos ponen en entredicho su aplicación.
Mientras que, un senador, el reformista Ramón Rogelio Genao, principal proponente de la pieza, asegura que esta cumple con el bloque de Constitucionalidad existente y con los tratados internacionales con los cuales la República Dominicana es compromisaria. Sobre el tema Diario Libre consultó a los juristas Cándido Simón, Miguel Valerio, Francisco Álvarez Martínez y Cristóbal Rodríguez. Los tres primeros difieren sobre si el Código Penal, aprobado en el Senado durante la pasada legislatura extraordinaria, cumple con los tratados país”
Ramón R. Genao, senador del PRSC internacionales suscritos por el país.
Simón asegura que esa pieza contravendría aspectos establecidos por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y la Constitución. Cree que se ha aprobado lo que denomina “una censura explícita a la libertad de prensa” y se refirió a que no se penaliza la discriminación por orientación sexual, con lo que cree violaría la Constitución por omisión y no cumpliría con lo establecido por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos que prohíbe la discriminación por cualquier razón.
Sanciones información
Cuestionó que el Código Penal deje a la Ley 61-32 de Expresión y Difusión del Pensamiento las sanciones penales con respecto al derecho a informar y a ser informado a través de los medios de comunicación. Además, sostiene que el aborto no está prohibido por la Carta Magna porque, argumenta, que la ciencia médica considera la concepción desde las 14 u 12 semanas de gestación.
Mientras que el penalista Miguel Valerio afirma que la iniciativa, como fue sancionada, está acorde con tratados internacionales y la Ley de Leyes y citó entre estos el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional porque está consignada la penalización del genocidio, la desaparición
Las reservas ante la ONU
4 Aunque la representación de Naciones Unidas en el país ha insistido en que la República Dominicana se comprometió a despenalizar el aborto en el año 1994 en la Conferencia de Población y Desarrollo realizada en el Cairo, Egipto, en el referido acuerdo el gobierno dominicano hizo reservas sobre el aborto y otros términos, lo que se hizo constar en el documento rubricado. Mientras que las activistas pro-causales han señalado que el Código Penal aprobado violaría derechos establecidos por la Corte y la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas. En el año 2014, el tribunal Constitucional anuló, con la sentencia TC-0256-14, la adhesión al CIDH.
“En realidad, no viola tratados internacionales porque aquí no tenemos ningún tratado internacional que nos obligue a legalizar el aborto”. Sin embargo, recordó que con las mujeres existe una promesa política que no se ha cumplido por lo que cree que, de convertirse en Ley, el presidente debería observarla.
En torno a la discriminación por orientación sexual, Álvarez Martínez, cree que fue tomado en cuenta cuando en el texto se refiere a la penalización de ese delito por características o condiciones inherentes a la persona, aunque no lo exprese literal.
Mientras que el senador Ramón Rogelio Genao, principal proponente del Código Penal en esta última etapa, aseguró que el proyecto aprobado cumple con el bloque de Constitucionalidad y los tratados internacionales de los que es compromisario el país. Recordó que los tratados internacionales están sujetos al control previo del Tribunal Constitucional y del Congreso Nacional y solo tienen validez cuando son ratificados.
¿Desenfoque?
El jurista Cristóbal Rodríguez lamentó que a través de los años se haya perdiendo calidad técnica y cerrando brechas en el ejercicio del derecho y sobre el rol del Código Penal en el combate a la criminalidad. Cree existe un desenfoque sobre el incremento de las penas porque no contribuye a reducir la criminalidad y son simbólicas. En ese aspecto, coincide con Cándido Simón.
Yamalie Rosario Redactora Senior
SD. Un nuevo proyecto de ley que busca despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales fue depositado por el senador perremeísta Antonio Taveras, mientras que una iniciativa similar, que se ha presentado en la Cámara de Diputados, no ha prosperado pese a que se ha sometido en varias ocasiones. La iniciativa es vista desde la óptica de los abogados constitucionalistas Cándido Simón y Cristóbal Rodríguez como una “ficción” debido a que dudan que pueda lograr su sanción favorable.
La alternativa de una ley especial para conocer y aprobar las tres causales fue presentada por primera vez por el ex presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, ante el hecho de que el Código Penal se ha mantenido estancado en el Congreso Nacional por este tema que ha dividido el país entre los abanderados de la despenalización del aborto y de los que se han denominado “provida” que están opuestos a que se logre ese objetivo.
El proyecto que busca despenalizar el aborto por causas excepcionales fue presentado por Taveras el pasado 14 de febrero. Entre sus considerandos expresa que “si bien es cierto que el artículo 37 de la Constitución consagra la in- violabilidad del derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte, ella no puede implicar asumir un carácter absoluto de este derecho o de cualquier otro, ya que la constitución establece en su artículo 74, numeral 4 que los poderes públicos deben procurar la armonización de los bienes e intereses constitucionalmente protegidos”.
Reglas con menores Añade que se hace necesario establecer causales justificativas para que el aborto no sea punible y se armonice la legislación con los derechos fundamentales de las mujeres, como “el propio derecho a la vida, a la dignidad, a la igualdad, a la integridad física, al libre desarrollo de la personalidad y a la salud”. La pieza plantea reglas de consentimiento para menores de edad, desarrollar campañas y protocolos.
La óptica de dos expertos
La iniciativa es vista desde la óptica de los abogados constitucionalistas Cándido Simón y Cristóbal Rodríguez con dudas de que pueda lograrse una Ley Especial. Simón sugirió sacar ese tema del Código Penal e incluir su regulación en la Ley de Salud Pública. Mientras que Rodríguez declaró que no creía que ese tema fuera tratado con seriedad por los congresistas porque para él “eso es una ficción”.