SUPLEMENTO - AGRUPADOS - EDICIÓN 11.034

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AGRUPADOS&JUDICIAL.

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ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De la conformidad al Art.21 de los Estatutos Sociales, llámase a Asamblea General Ordinaria a los Señores Accionistas de la firma ENERMAT S.A ., con Ruc Nº 80135979 - 1, a realizarse el 18 de octubre, a las 08:30 horas, en el local social, situado en Avenida San Blas c/ Patricio Colman, orden del día: 1-Designación de un secretario de Asamblea. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio, balance general, cuadro de resultado e informe del Síndico, todos correspondientes al Ejercicio cerrado al 31 de diciembre del 2024. 3-Elección de directores, síndicos y presidente del directorio. 4-Consideración de las remuneraciones de directores y Síndico. 5-Distribución de las utilidades si la hubiere. 6-Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea junto con el secretario y el presidente. Observación: Se recuerda a los Señores Accionistas sobre el ART. 21 de los Estatutos Sociales y el Art. 1.084 del Código Civil. El Directorio. 94709- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL

EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma HDS TRANSPORTES SOCIEDAD ANÓNIMA, con RUC Nº 80119957-3, el día 21 de octubre de 2025, a las 08:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la ciudad de Minga Guazú, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de presidente y

secretario de Asamblea. 2-Modificación del Estatuto, Aumento por capitalización de resultados. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, en la primera convocatoria se requiere la asistencia del (60%) de Accionistas que represente la mayoría y en la segunda convocatoria con el (30%) de las Acciones con derecho al voto. 94710- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma HDS TRANSPORTES SOCIEDAD ANÓNIMA , con  RUC Nº 80119957-3, el día 21 de Octubre de 2025, a las 14:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la ciudad de Minga Guazú, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo

Segundo, en la primera convocatoria se requiere la asistencia del (51%) de Accionistas que represente la mayoría y en la segunda convocatoria con el (30%) de las Acciones con derecho al voto. 94711- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL

EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma MERCOSUR SOCIEDAD ANÓNIMA , con RUC Nº 80032526-5, el día 21 de octubre de 2025, a las 09:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Calle 34 Curuguateños y Bernardino Caballero, Salto del Guaira, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de asamblea. 2-Modificación del Estatuto Social. Aumento de Capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. El Directorio 94712- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma MERCOSUR  SOCIEDAD ANÓNIMA , con RUC Nº 80032526-5, el día 21 de Octubre de 2025, a las 15:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Calle 34 Curuguateños y Bernardino Caballero, Salto del Guaira, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94713- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de COMERCIAL E INDUSTRIAL NEMO SOCIEDAD ANÓNIMA, convoca a Asamblea General Ordinaria, el 14 de octubre de 2025 a las 10:00 hs. primera convocatoria y a las 10:00 hs. y a las 11:00 hs segunda

convocatoria en Av. Carlos A. López, Edificio Castilla Center, Ciudad del Este, orden del día: 1- Establecer la Asamblea. 2- Designación de un presidente y secretario de la Asamblea. 3-Lectura y consideración de la memoria anual del directorio, balance general, informe del síndico, inventario, cuadro de pérdidas y ganancias al 31 de diciembre de 2024. 4-Consideración de los resultados del ejercicio. 5-Distribución de utilidades. 5-Elección de Miembros del Directorio titulares y suplentes. 6-Designación de Síndicos Titular y Suplente de la Sociedad respectivamente. 7-Fijación de Remuneraciones del Directorio y del Síndico. 8-Designación de accionistas para suscribir el acta de asamblea. Ciudad del Este, 02 de octubre de 2025. 94714- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma NIERO LOG SOCIEDAD ANONIMA , con  RUC Nº 80101814-5, el día 21 de Octubre de 2025, a las 10:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Río Aquidabán c/detrás de la Municipalidad de Minga Guazú, Km. 16

Acaray, Departamento del Alto Paraná, de la República del Paraguay, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1- Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Extraordinaria. 2-Modificación de Estatuto. Aumento de Capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, en la primera convocatoria se requiere la asistencia de (51%) cincuenta y un por ciento de las Acciones que represente la mayoría y la segunda convocatoria que se requiere con el (30%) treinta por ciento de los accionistas. El Directorio. 94720- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de SOL TELECOMUNICACIONES S.A. en uso de sus atribuciones, convoca a los socios de la firma, a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 14 de octubre de 2025, a las 08:00 hs., primera convocatoria, y 09:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en la Avda. Monseñor Agustin Van Hacken E/ Calle Fulgencio R. Moreno, Distrito de Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente

Orden del Día: 1-Designación de un presidente y secretario de Asamblea. 2-Aumento de Capital. 3-Modificación de Estatutos Sociales. 4-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. 94715- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de SOL TELECOMUNICACIONES S.A. en uso de sus atribuciones, convoca a los socios de la firma, a la Asamblea General Ordinaria, a realizarse el día 14 de octubre de 2025, a las 14:00 hs., primera convocatoria, y 15:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en la Avda. Monseñor Agustin Van Hacken E/ Calle Fulgencio R. Moreno, Distrito de Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un presidente y secretario de Asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. 94716- 4 al 8/10

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. De conformidad con lo establecido en el Art. 28 del Estatuto Social, el Consejo Directivo de la ASOCIACIÓN DE CRIADORES DE CABALLOS CRIOLLOS DEL PARAGUAY, convoca a sus asociados a la Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el lunes 20 de octubre del 2025, a las 18:00 horas en la primera convocatoria y las 19:00 horas en la segunda y última convocatoria, en la sede de su local en el campo de Exposiciones de Mariano Roque Alonso, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Adecuación del estatuto Social vigente, conforme a las disposiciones legales actuales. 2-Adecuación de las modificaciones existentes dentro del estatuto social. 3-Modificación parcial de artículos divergidos. 4-Inclusión del Art. 18. “De las sesiones telemáticas de la Comisión Directiva”. 5-Designación de dos socios para firmar el acta de la Asamblea con el Presidente y el Secretario de la ACCCP. Se recuerda a los Socios lo estipulado en el Art. 40 de los Estatutos Sociales, en el que se establece que podrán participar en las asambleas con voz y voto, aquellos socios que se encuentren al día en el pago de sus cuotas sociales, cuyo listado será elaborado y habilitado por la tesorería, una hora antes de iniciarse la Asamblea. CONSEJO DIRECTIVO. 94734 - 8/10/2025

ASAMBLEA  GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma NIERO LOG SOCIEDAD ANONIMA , con  RUC Nº 80101814-5, el día 21 de Octubre de 2025, a las 16:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Rio Aquidaban c/

detrás de la Municipalidad de Minga Guazú, Km. 16 Acaray, Departamento del Alto Paraná, de la República del Paraguay, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, en la primera convocatoria se requiere la asistencia de (51%) cincuenta y un por ciento de las Acciones que represente la mayoría y la segunda convocatoria que se requiere con el (30%) treinta por ciento de los accionistas. EL Directorio 94721- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma RODOFORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80049345-1, el día 21 de Octubre de 2025, a las 11:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Supercarretera Km. 2, de la ciudad de Hernandarias, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Extraordinaria. 2-Modificación del Estatuto Social. Aumento de capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94722-4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma RODOFORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80049345-1, el día 21 de Octubre de 2025, a las 16:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Supercarretera Km. 2, de la ciudad de Hernandarias, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3- Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94723- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la firma TODOSCANIA REPUESTOS SOCIEDAD ANÓNIMA , con  RUC Nº 80047649-2, el día 22 de Octubre de 2025, a las 08:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Monseñor Rodríguez Km. 4 ½, de Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretaria para presidir la Asamblea Extraordinaria.  2-Modificación del Estatuto Social. Aumento de Capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea  conjuntamente con el Presidente y la Secretaria. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Primero, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. El Directorio 94724- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma TODOSCANIA REPUESTOS SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80047649-2, el día 22 de Octubre de 2025, a las 14:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Monseñor

Rodríguez Km. 4 ½, de Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 2-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y la Secretaria. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo quinto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94725- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma TRANS FAMILY IMPORT EXPORT S.A., con RUC Nº 80073970-1, el día 22 de Octubre de 2025, a las 09:00 horas, en el local de la Sociedad, sito sobre la calle 14 de Mayo de la ciudad de Santa Rita, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Extraordinaria 2-Modificación del Estatuto Social. Cambio de domicilio. 3-Modificación del Estatuto Social.  Aumento de capital. 4-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda

a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. 94726- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma TRANS  FAMILY IMPORT EXPORT SOCIEDAD ANÓNIMA , con  RUC Nº 80073970-1, el día 22 de Octubre de 2025, a las 15:00 horas, en el local de la Sociedad, sito sobre la calle 14 de Mayo de la ciudad de Santa Rita, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de Acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. 94727- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de la firma LEGACY BUSINESS SOCIEDAD ANONIMA convoca a sus Accionistas a Asamblea General Extraordinaria a llevarse a cabo en 1ra. Convocatoria a las 08:00hs. y 2da. Convocatoria a las 09.00hs. el día 20 de octubre del año 2025 en su sede social ubicado en Calle, Regimiento Piribebuy c/ Adrián Jara, Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná, a fin de tratar los siguientes Orden del día: 1. Elección del presidente de Asamblea. 2. Designación de un secretario de Asamblea y un Accionista para suscribir el Acta conjuntamente con el presidente de Asamblea. 3. Modificación del Estatuto Social. 94729- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de la firma LEGACY BUSINESS SOCIEDAD ANONIMA convoca a sus Accionistas a Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo en 1ra. Convocatoria a las 10:30hs. y 2da. Convocatoria a las 11.30hs. el día 20 de octubre del año 2025 en su sede social ubicada en Calle, Regimiento Piribebuy c/Adrián Jara, Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná, a fin de tratar los siguientes Orden del día: 1. Elección del presidente de la asamblea. 2. Designación de un secretario de asamblea y un Accionista para suscribir el Acta conjuntamente con el presidente de Asamblea. 3. Emisión de Acciones. 94730- 4 al 10/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA LA CÁMARA DE COMERCIO Y SERVICIOS DE

CIUDAD DEL ESTE., de conformidad con el Capítulo IV, Artículos 13 y 14 de sus Estatutos, convoca a todos los Socios a la Asamblea General Ordinaria, a celebrarse el día miércoles 15 de octubre de 2025, a las 16:00 horas, en la Sala de reuniones de la Cámara de Comercio y Servicios de Ciudad del Este, sita en Calle Florentín Oviedo N° 777-Barrio Boquerón, Ciudad del Este, Alto Paraná, Paraguay. Pasados 30 minutos de la hora indicada, la Asamblea se iniciará con la cantidad de Socios presentes, para tratar el siguiente orden del día: 1. Lectura del acta de la Asamblea anterior (periodo 2023-2025). 2. Aprobación de la memoria del Directorio preparada por el presidente (periodo 2023-2025), del Balance General de Situación y Estado Patrimonial, cuentas de ingresos y egresos a cargo del Tesorero de la Institución, y el Informe del Síndico. 3. Elección de un nuevo Consejo Directivo: presidente, vicepresidente 1º.Vicepresidente 2°. Vicepresidente 3º. Secretario General y Prosecretario General. Tesorero y Pro Tesorero, Síndico titular y suplente, 4 vocales y o vocales suplentes. 4. Aprobación por parte de la Asamblea para otorgar facultades al Directorio a fin de crear departamentos, nombrar un director para cada uno, y designar un Director General de la Cámara de Comercio y Servicios de Ciudad del Este. 5. Facultades al Directorio para nombrar Asesores y Consejeros. 6. Asuntos varios. 7. Cierre de la Asamblea. Ciudad del Este. 04 de octubre de 2025. 94736- 4 al 6/10

ASAMBLEA  GENERAL

EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Cuarto del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la firma TRANS NASCIMENTO SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80031880-3, el día 22 de Octubre de 2025, a las 10:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la ciudad de Santa Rita, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Extraordinaria. 2-Modificación del Estatuto Social. Aumento de Capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Trigésimo primero, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94741- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Cuarto del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma TRANS NASCIMENTO SOCIEDAD

ANÓNIMA , con  RUC Nº 80031880-3, el día 22 de Octubre de 2025, a las 16:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la ciudad de Santa Rita, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Noveno, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 74746- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. ACTA DE DIRECTORIO N°43 En la ciudad de Asunción, República del Paraguay, a los 03 días del mes de octubre  del 2025, siendo las 09:00hs, en el local social sito en la calle Austria 1585 c/ Avda. San Martin se reúnen los miembros titulares del directorio los señores Marcial Gómez y Alberto Peroni de la firma ANDES LOGISTICS DEL PARAGUAY S.A para tratar el siguiente punto del orden del día: * Convocatoria a Asamblea General Ordinaria de accionistas. Luego de un intercambio de pareceres el directorio resuelve convocar a asamblea general de ordinaria de accionistas para el dia 18 de octubre del 2025 a las 09:00hs en el local sito en la calle Austria 1585 c/ Avda. San Martin de la ciudad de asunción para tratar lo siguiente: Orden del dia: 1. Designación de Presidente y secretario de Asamblea. 2. ⁠Elección de miembros del directorio 3. Emisión y suscripción de acciones dentro del capital social. 4. Designación de uno o dos accionistas para la firma del acta de asamblea. Sin tener otro punto que tratar se levanta la sesión siendo las 10hs. 94752- 8/10/2025

ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma TRANSLIBERDADE LOGISTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, con RUC Nº 80089642-4, el día 20 de octubre de 2025, a las 10:00 horas, en el local de la Sociedad, sito sobre la calle Juan Martinich a 200 Mts. de la Avda. Monseñor Rodríguez Km. 5,5 en Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de Asamblea Extraordinaria. 2-Modificación del Estatuto Social.  Aumento de Capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, en la primera convocatoria se requieren

más del sesenta por ciento (51%) de las acciones con derecho a voto. En la segunda convocatoria se requiere concurrencia que represente cuando menos el treinta por ciento (30%) de los accionistas con derecho a voto. Las resoluciones serán tomadas por mayoría absoluta en ambos casos. 94738- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma TRANSLIBERDADE LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80089642-4, el día 20 de Octubre de 2025, a las 15:00 horas, en el local de la Sociedad, sito sobre la calle Juan Martinich a 200 Mts. de la Avda. Monseñor Rodríguez Km. 5,5 en Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, en la primera convocatoria se requieren más del cincuenta y un por ciento (51%) de las acciones con derecho a voto. En la segunda convocatoria se requiere concurrencia que represente cuando menos el treinta por ciento (30%) de los accionistas con derecho a voto. Las resoluciones serán tomadas por mayoría absoluta en ambos casos. 94749- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma TRANSFEPAJE SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80057577-6, el día 23 de Octubre de 2025, a las 08:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la calle Juan Martinich a 200 Mts. de la Avda. Monseñor Rodríguez, de Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de Asamblea. 2-Modificación del Estatuto Social. Cambio de domicilio. 3-Modificación del Estatuto Social. Aumento de Capital. 4-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea  conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, en la primera convocatoria se requieren más del cincuenta y un por ciento (51%) de los accionistas. En la segunda convocatoria se requiere concurrencia que represente cuando menos el treinta por ciento (30%) de los accionistas con derecho a voto. Las resoluciones serán tomadas por mayoría absoluta en ambos casos.  EL Directorio 94759- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma TRANSFEPAJE  SOCIEDAD  ANÓNIMA, con  RUC Nº 80057577-6, el día 23 de Octubre de 2025, a las 14:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la calle Juan Martinich a 200 Mts. de la Avda. Monseñor Rodríguez, de Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de Asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, en la primera convocatoria se requieren más del cincuenta y un por ciento (51%) de los accionistas. En la segunda convocatoria se requiere concurrencia que represente cuando menos el treinta por ciento (30%) de los accionistas con derecho a voto. Las resoluciones serán tomadas por mayoría absoluta en ambos casos. EL Directorio 94762-4 al 8/10

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA. De conformidad con lo estatuido en las cláusulas 11 y 12 de los Estatutos Sociales, convocase a los señores Accionistas de TELEDEPORTES PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA, a la Asamblea Ordinaria a realizarse en fecha 13 de octubre de 2.025, a las 16:00 horas, en su local sito en Zavala Cué y Herminio Giménez, Fernando de la Mora, a efectos de tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de Presidente y Secretario de Asamblea. 2) Lectura y consideración de la Memoria del Directorio, Balance y Cuadro demostrativo de pérdidas y ganancias, distribución de utilidades e informe del Síndico, correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2.024. 3) Designación de representante para suscribir el Acta de Asamblea. 94764 -8/10/2025.

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA. De conformidad con lo establecido en los Estatutos Sociales, convocase a los señores Accionistas de TINKERBELL S.A. a la Asamblea Extraordinaria a realizarse en fecha 21 de octubre de 2025, a las 10:00 horas, en su sede social, a efectos de tratar el siguiente orden del día: 1) Elección del Presidente y el Secretario de la Asamblea Extraordinaria; 2) Aumento de capital de la sociedad; 3) Modificación de los estatutos sociales; y 4) Designación de accionistas que suscriban el acta, de conformidad con el Art. 1096 del Código Civil. El Directorio. 94776-8/10/2025.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de SIMON REPUESTOS S.A. en uso de sus atribuciones, con-

voca a los accionistas de la firma, a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 14 de octubre de 2025, a las 09:00 hs., primera convocatoria, y 10:00 hs., Segunda convocatoria en el local de la firma sito en Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2-Aumento de capital. 3-Modificación de estatutos sociales. 4-Elección de 02 accionistas para firmar el acta. Se recuerda a los señores accionistas que deben dar cumplimiento al Art. 1084 de Código Civil, respecto al depósito de las acciones. 94766- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de SIMON REPUESTOS S.A. en uso de sus atribuciones, convoca a los accionistas de la firma, a la Asamblea General Ordinaria, a realizarse el día 14 de octubre de 2025, a las 16:00 hs., primera convocatoria, y 17:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. Se recuerda a los señores accionistas que deben dar cumplimiento al Art. 1084 de Código Civil, respecto al depósito de las acciones. 94768- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de TURBOS PY S.A . en uso de sus atribuciones, convoca a los accionistas de la firma, a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 15 de octubre de 2025, a las 08:00 hs., primera convocatoria, y 09:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un presidente y secretario de asamblea. 2-Aumento de capital. 3-Modificación de estatutos sociales. 4-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. Se recuerda a los señores accionistas que deben dar cumplimiento al Art. 1084 de Código Civil, respecto al depósito de las acciones. 94770- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de   TURBOS PY S.A . en uso de sus atribuciones, convoca a los accionistas de la firma, a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, a realizarse el día 15 de octubre de 2025, a las 16:00 hs., primera convocatoria, y 17:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. Se recuerda a los señores accionistas que deben dar cumplimiento al Art. 1084 de Código Civil, respecto al depósito de las acciones. 94711- 4 al 8/10.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA DE ACCIONISTAS. Convocase a los señores accionistas a Asamblea Ordinaria de ROYAL SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, el 20 de octubre de 2025, a las 14:00 horas, en primera convocatoria y a las 15:00 horas en segunda, en el domicilio social de esta capital. Se considerarán los siguientes temas, como “Orden del día”: 1)- Nombramiento de las autoridades de la Asamblea Ordinaria. 2)- Lectura y ratificación de las Actas de Directorio N.º 379 y 394. 3- Lectura y consideración del balance general, cuenta de ganancias y pérdidas, distribución de utilidades, informe del síndico, memoria anual del Directorio, correspondientes al

MIÉRCOLES 8 DE OCTUBRE DE 2025

ejercicio cerrado. 4) Designación del Órgano Directivo de la Sociedad y fijación de su retribución. 5) Designación del Síndico de la Sociedad y fijación de su retribución. 6) Designación de dos accionistas para la suscripción del Acta de Asamblea. 94666 -10/10/2025.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. Convocase a los señores accionistas a Asamblea Ordinaria de ROYAL SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, el 20 de octubre de 2025, a las 15:00 horas, en primera convocatoria y a las 16:00 horas en segunda, en el domicilio social de esta capital. Se considerarán los siguientes temas, como “Orden del día”: 1- Nombramiento de las autoridades de la Asamblea Extraordinaria. 2Aumento de Capital Social. 3Modificación de Estatutos Sociales. 4- Designación de dos accionistas para firmar el acta de conformidad con el Art.1096 del Código Civil. 94667 -10/10/2025.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA DE ACCIONISTAS. Convocase a los señores accionistas a Asamblea Ordinaria de ROYAL SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, el 20 de octubre de 2025, a las 16:00 horas, en primera convocatoria y a las 17:00 horas en segunda, en el domicilio social de esta capital. Se considerarán los siguientes temas, como “Orden del día”: 1- Nombramiento de las autoridades de la Asamblea Ordinaria. 2- Emisión de

acciones liberadas de pago. 3Designación de dos accionistas para la suscripción del Acta de Asamblea. 94775 -10/10/2025.

TIVOLI SOCIEDAD ANÓNIMA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA CONVOCATORIA. El Directorio de TIVOLI Sociedad Anónima RUC 80159800-1 convoca a sus Accionistas a la Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo el día miercoles 22 de Octubre del 2025 a las 10:00 hrs. en el local social, para tratar lo siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Elección del Presidente y Secretario de Asamblea. 2. Elección y remuneración de Directores Titulares. 3. Elección y remuneración de Síndicos Titular y Suplente. 4. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Nota: Se recuerda a los señores Accionistas que, para la participación de la Asamblea según los Estatutos Sociales, deberán depositar sus acciones en la Empresa con tres días de anticipación a la fecha fijada. EL DIRECTORIO. 94832-11/10/2025

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad al artículo Vigésimo Séptimo del Estatuto Social, llámase a Asamblea General Ordinaria a los señores accionistas de la empresa PYSA INDUSTRIA DE COMPUESTOS Y METALES SOCIEDAD ANÓNIMA, a realizarse el día 21 de octubre del año 2025, a las 09:00 hs am en el local de la firma, situado en Ruta No 2 Mariscal José Félix Estigarribia Km 313.5, Departa-

mento del Alto Paraná, República del Paraguay, Orden del día: 1-Designación de un Secretario de Asamblea 2-Integración de las acciones 3-Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea junto con el Secretario y el Presidente Observación; se recuerda a los señores accionistas sobre lo dispuesto en el artículo Vigésimo Octavo del Estatuto Social y artículo 1084 del código Civil. EL Directorio 94785- 7 al 11/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo con lo establecido en el Art. 19 y siguientes de los Estatutos Sociales, el Directorio en ejercicio de la ASOCIACIÓN DE INTERCAMBIO

AMISTOSO CHINA-PARAGUAY, en el domicilio de la asociación sito en Avenida José Asunción Flores y Manuel Ortiz Guerrero de la ciudad de Hernandarias, convoca en primera y segunda convocatoria a los señores socios a Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 22 de Octubre de 2025, a las 13¬¬:00 hs primera convocatoria, 14:00 hs para la segunda convocatoria, con el objeto de considerar el siguiente: orden del día: 1-Designación del Presidente y Secretario de Asamblea. 2- Lectura y consideración del Acta Anterior, Consideración de la Memoria del Directorio, Balance General, Estado de Resultados, Estado de Variación del Patrimonio Neto y Estado de Flujo de Efectivo e Informe del Síndico, correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024. 3-Análisis y resolución sobre el destino de los resultados del ejercicio 2024. 4-Elección de miembros del Directorio y del Síndico para el año 2025, y asignación de sus remuneraciones. 5-Elección de accionistas que suscriban el acta juntamente con el Secretario. 6-Temas Varios. EL Directorio. 94818- 7 al 11/10.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA: EL DIRECTORIO DE LA FIRMA MUNDIAL VENTURES S. A. con R.U.C. Nº 80146987-2 convoca a sus Accionistas a Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día 21 de octubre del 2025, a las 09:00 horas en primera convocatoria y 10:30 horas en segunda convocatoria, en su sede social ubicado en la Ciudad de Hernandarias, para considerar el siguiente orden del día: 1. Elección del presidente y secretario de la Asamblea. 2. Emisión de nuevas acciones. 3. Elección del Directorio y determinación de su remuneración. 4. Elección de Síndicos y determinación de su remuneración. 5. Asuntos generales de interés de la sociedad y permitidos en esta clase de reunión. 6. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Se recuerda a los Accionistas el depósito de sus acciones y su registro en el Libro

de Asistencia con la debida anticipación con el fin de obtener participación. 94845- 7 al 11/10.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de la firma MUNDIAL VENTURES S.A. con R.U.C. Nº 80146987-2 convoca a sus Accionistas a Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día 21 de octubre del 2025, a las 07:30 horas en primera convocatoria y 8:30 horas en segunda convocatoria, en su sede social ubicado en la Ciudad de Hernandarias, para considerar el siguiente orden del día: 1. Elección del presidente de Asamblea. Designación de un secretario de Asamblea y un Accionista para suscribir el Acta conjuntamente con el presidente. 2. Aumento de capital social. 3-Modificación y consolidación del Estatuto Social. 4-Elección de un Accionista para la firma del Acta. Se recuerda a los Accionistas el depósito sus Acciones y su registro en el Libro de Asistencia con la debida anticipación con el fin de obtener participación. 94843- 7 al 11/10

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA. El Directorio de GRYFFINDOR S.A . convoca a asamblea ordinaria de accionistas para la fecha 22 de octubre de 2025, a las 10:00 horas en primera convocatoria y una hora después en segunda convocatoria, en su local social, para tratar el siguiente orden del día: 1. Elección de presidente y secretario de asamblea. 2.Elección de miembros del Directorio y fijación de su remuneración. 3. Elección de síndicos y fijación de su remuneración. 4. Designación de accionistas para suscribir el acta de asamblea. EL DIRECTORIO. 94871 -12/10/2025.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. AVISO DE CONVOCATORIA En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y de conformidad con lo prescripto por el Art. 18 de los Estatutos Sociales, el Directorio de ¨CREO CHACO S.A., convoca a los señores Accionistas de la entidad a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS para el día 22 de octubre de 2025, a las 11:00 hs. en primera convocatoria y una hora después en segunda convocatoria, a llevarse a cabo en su sede social sito en Bulnes N° 830 esquina Avda. España de la ciudad de Asunción, a fin de considerar el siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Designación del Presidente y secretario de Asamblea. 2. Consideración del acuerdo previo de fusión por Absorción de Creo Chaco S.A. por Creo Paraguay. S.A. 3. Aprobación de balances y Estados de Resultados a efectos de la Fusión. 4. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. NOTA: Se recuerda a los señores accionistas el cumplimiento del Art. 1084 y 1085 del Código Civil y el Artículo

Nº 18 de los Estatutos Sociales, referente al depósito de las acciones o certificados de depósitos de las mismas en la Tesorería de la Sociedad con hasta (3) tres días de anticipación. EL DIRECTORIO. 94867- 12/10/2025

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. AVISO DE CONVOCATORIA En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y de conformidad con lo prescripto por el Art. 18 de los Estatutos Sociales, el Directorio de ¨Creo Norte S.A., convoca a los señores Accionistas de la entidad a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS para el día 22 de octubre de 2025, a las 13:00 hs. en primera convocatoria y una hora después en segunda convocatoria, a llevarse a cabo en su sede social sito en Bulnes N° 830 esquina Avda. España de la ciudad de Asunción, a fin de considerar el siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Designación del Presidente y secretario de Asamblea. 2. Consideración del acuerdo previo de fusión por Absorción de Creo Norte S.A. por Creo Paraguay S.A. 3. Aprobación de balances y Estados de Resultados a efectos de la Fusión. 4. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. NOTA: Se recuerda a los señores accionistas el cumplimiento del Art. 1084 y 1085 del Código Civil y el Artículo Nº 18 de los Estatutos Sociales, referente al depósito de las acciones o certificados de depósitos de las mismas en la Tesorería de la Sociedad con hasta (3) tres días de anticipación. EL DIRECTORIO. 94868- 12/10/2025

ASAMBLEA GENERAL

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. AVISO DE CONVOCATORIA En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y de conformidad con lo prescripto por el Art. 13. de los Estatutos Sociales, el Directorio de ¨CREO PARAGUAY S.A., convoca a los señores Accionistas de la entidad a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS para el día 22 de octubre de 2025, a las 15:00 hs. en primera convocatoria y una hora después en segunda convocatoria, a llevarse a cabo en su sede social sito en Bulnes N° 830 esquina Avda. España de la ciudad de Asunción a fin de considerar el siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Designación del Presidente y un Secretario de Asamblea. 2. Consideración del acuerdo previo de fusión por Absorción de Creo Paraguay S.A. a las sociedades Creo Norte S.A. y Creo Chaco S.A. 3. Aprobación de balances y Estados de Resultados a efectos de la Fusión. 4. Modificación de Estatutos Sociales. 5. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. NOTA: Se recuerda a los señores accionistas el cumplimiento del Art. 1084 y 1085 del Código Civil y el Artículo N° 19 de

los Estatutos Sociales, referente al depósito de las acciones o certificados de depósitos de las mismas en la Tesorería de la Sociedad con hasta (3) tres días de anticipación. EL DIRECTORIO. 9486912/10/2025

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA FIRMA SOCIEDAD DE EMPRESARIOS AGRICULTORES KUMANDA KAI SOCIEDAD ANONIMA. Conforme lo establecido en los Estatutos Sociales; convoca a sus asociados a Asamblea General Ordinaria a realizarse en la sede social ubicada en el Distrito de Katueté, Departamento de Canindeyú, el día viernes 24 de octubre del 2025, a las 14:00 hs. para tratar el siguiente orden del día: 1-Elección de un presidente y un secretario de asamblea. 2-Distribución de Utilidades. 3-Elección de dos accionistas para suscribir el acta conjuntamente con el presidente y secretario de la asamblea. El Directorio. 94875- 8 al 12/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA FIRMA SOCIEDAD DE EMPRESARIOS AGRICULTORES KUMANDA KAI SOCIEDAD

ANONIMA. Conforme lo establecido en los Estatutos Sociales; convoca a sus asociados a Asamblea General Extraordinaria a realizarse en la sede social ubicada en el Distrito de Katuete, Departamento de Canindeyú, el día viernes 24 de octubre del 2025, a las 15:00 hs. para tratar el siguiente orden del día: 1-Elección de un presidente y un secretario de asamblea.2-Compra de Acciones propias.3-Elección de dos accionistas para suscribir el acta conjuntamente con el presidente y secretario de la asamblea. El Directorio. 94876- 8 al 12/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de la firma GRUPO DRACENA S.A. con R.U.C. Nº 80070434-7 convoca a los señores Accionistas a Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día 23 de octubre del 2025, a las 08:00 horas en primera convocatoria y 09:00 horas segundas convocatoria, en su sede social ubicado en km 24 Acaray Minga Guazú, con el objeto de considerar el siguiente orden del día: 1-Elección del presidente de Asamblea. 2-Designación de un secretario de Asamblea y un Accionista para suscribir el Acta conjuntamente con el presidente de Asamblea. 3-Modificación Parcial de los Estatutos Sociales. 94878- 8 al 12/10

ASAMBLEA ORDINARIA DE AGRO RAIZ S. A. De conformidad a las normas estatutarias convocase a los Sres. Accionistas de AGRO RAIZ S.A. a la Asamblea Ordinaria para el día 27/10/2025 en su domicilio social para las 15:00 horas en primera convocatoria y 15:30 horas la segunda. ORDEN

DEL DIA: 1.Designación de un Pte. y Srio de Asamblea; 2.Elección de miembros de Directorio y Sindico; 3.Fijar remuneración a Directores y Sindico; 4.Emisión de acciones para aumento de capital.; 5.Designación de dos Accionista para suscribir y firmar el Acta de Asamblea. 94887- 8 al 12/10

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE AGRO RAIZ S. A. De conformidad a las normas estatutarias convocase a los Sres. Accionistas de AGRO RAIZ S.A. a la Asamblea EXTRAORDINARIA para el día 27/10/2025 en su domicilio social para las 09:00 horas en primera convocatoria y 09:30 horas la segunda. ORDEN DEL DIA: 1. Designación de un Pte. y Srio de Asamblea; 2.Aumento de Capital y Modificación de los Estatutos Sociales; 4.Designación de dos Accionistas para suscribir y firmar el Acta de Asamblea. . 94888- 8 al 12/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad a las disposiciones legales y estatutarias, convócase a los señores accionistas de MYSTIC INVERSIONES SOCIEDAD ANONIMA . a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a llevarse a cabo en su local de la Sociedad, Ciudad Minga Guazú – Departamento Alto Paraná, el día 20 de octubre de 2025 las 09:30 horas para considerar el siguiente orden del día: 1-Elección de presidente y secretario de asamblea 2-Lectura y consideración de la Memoria, Balance General y Cuadro de Resultados dictaminados por el síndico, correspondiente al Ejercicio 2024. 3-Tratamientos de los Resultados Económicos. 4-Fijación de la remuneración de los directores y Síndico. 5-Cambio de autoridades para el periodo de 2025 a Asamblea 2026. 6-Designación de un Síndico Titular y un Suplente. 7-Designación de dos accionistas para firmar el Acta de Asamblea. Ciudad del Este, 23 de septiembre de 2025. El Directorio. 94890- 8 al 12/10

CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CAMPANULA SOCIEDAD ANÓNIMA. Por Escritura Pública Nro. 148 de fecha 03 de septiembre de 2025, autorizada por la Notaria y Escribana Pública María Inés Sabe Bittar, titular del Registro N° 791, se constituye la Sociedad CAMPANULA S.A. con domicilio en Asunción, Paraguay. Duración: 99 años. Objeto social: actividades comerciales, industriales, servicios profesionales en general. Capital Autorizado: Gs. 200.000.000. Capital suscripto e integrado: Gs. 12.000.000 Administración: por un Directorio de 1 a 5 miembros titulares. Primer directorio: Alejandro José Piera Valdés. Síndico titular: Alma María Benítez Sánchez. Inscripta en la D.G.R.P., sección

PERSONAS JURIDICAS Y COMERCIO, Matrícula Nro. 46886, Serie Comercial, Entrada Nro. 15076222, fecha 11-09-2025, Reingreso: 23-092025, inscripta bajo el Nro. 1, Folio 1. 94841 -9/10/2025.

CONSTITUCION DE SOCIEDAD., Por Esc. Pub. N° 27, de fecha 20/08/2025 autorizada por la N.P Lilian Beatriz Rodríguez C., se ha realizado la Constitución de la Firma PANADERÍA DUBAI S.A. Domic.: Camilo Recalde de Ciudad del Este. Durac.: 99 años. Cap. Integ.: Gs. 1.000.000.000. La sociedad tendrá por objeto principal realizar actividades en la producción y venta de productos de panadería, junto con actividades complementarias que pueden incluir servicios de cafetería y otras relacionadas con la industria alimentaria, envasar, fabricar, preparar, comprar, vender, distribuir, importar y exportar toda clase de productos alimenticios. Pdte: Ali Mohahad Haidar. Vice Pdte: Jaafar Haidar Kalakeche, Sindico: Ahmad Ali Mansour Sweidan. Inscrip. En el Reg. de Pers. Jurid. y Comercio; con Mat. N° 46878, Serie Comercial bajo el N° 1 folio:1 en fecha 23/09/2025. 94858- 8 al 10/10

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE LA FIRMA MSO IMPORT. EXPORT. SOCIEDAD ANÓNIMA. Por Esc. Pub. Nº 310 fecha de constitución 23/07/2025, ante el N.P Abraao Júbilo Silva Monteiro. Capital Social. Se fija en la suma de Guaraníes Cuatrocientos Millones (Gs. 400.000.000) representado por cien (100) acciones Ordinarias, Nominativas y no endosables por un valor nominal de Cuatro Millones (Gs 4.000.000) cada una. Las acciones estarán correlativamente enumeradas con números arábigos del 1 al 100. Objeto Principal: Comercio al por mayor de muebles y artículos de iluminación. Dirección: Ruta Py07 Parque Santa Mónica, Hernandarias, Alto Paraná. Duración: 99 años. firma: representante legal: Jacques Luiz Maggi Do Canto, Sócios: Jacques Luiz Maggi Do Canto, Nelson Zen Reis E. Silva. Inscripto en la D.G.R.P. Secc. Personas Jurídicas y Comercio Inscripto Bajo el Nº 1.- Folio 1/19. Ambos de fecha 04/09/2025. 94859- 8 al 10/10

CONSTITUCIÓN DE SOCIE-

DAD GRUPO SOLNAIR S. A. Los señores ANIBAL DARIO ARAUJO CABALLERO y MIRNA ELIZABETH LEIVA, han constituido la Firma denominada GRUPO SOLNAIR SOCIEDAD ANONIMA. Por Escritura Pública Nro. 1.281 de fecha 24 de Julio de 2.025. Pasada ante la Notaria Pública María Raquel Caceres Olmedo, titular del registro Nro. 1.083, de la ciudad de Fernando de la Mora, debidamente Inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos Seccion Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula: 46768, Serie: Comercial, inscripto

bajo el Nro. 1, Folio 1 de fecha 29-08-2025 y reingreso en fecha 9-9-2025, de conformidad a la acordada CSJ Nro. 1539/21 DTR Nro. 4/21. 94857- 8 al 10/10

CONSTITUCION DE SOCIE-

DAD. Por Escritura Pública N° 122, del 08/09/2025, autorizada por el Escribano Milciades González Schuhbaum, se constituyó la Firma

PROJEPAR S.A., Domicilio: Kilómetro 336,5 de la Ruta PY 02, Complejo Empresarial Global, Ciudad del Este, Capital emitido y suscripto Gs. 1.000.000.000, Capital integrado: Gs. 60.000.000, Duración 99 años; Objeto: Industria, comercio, importación y exportación de paneles compuestos de aluminio, entre otras. Directorio: Presidente: Luiz Rosa Do Nascimento; Sindico Titular: Luis Esteban Lezcano Yelsi. Inscripto en la D.G.R.P., Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Jurídica N° 46.914, Serie Comercial, bajo el N° 01, folio 01, el 22/09/2025; y con Matrícula de Comerciante N° 12.679, folio 12.679, el 06/10/2025. 97886- 8 al 10/10

CONSTITUCION DE SOCIE-

DAD. Por Escritura Pública N° 132, del 15/09/2025, autorizada por el Escribano Milciades González Schuhbaum, se constituyó la firma CATAJOANA S.A., Domicilio: calle 23 de octubre y Guido Spano de la ciudad de Asunción, Capital emitido y suscripto Gs. 3.000.000.000, Capital integrado: Gs. 40.000.000, Duración 99 años; Objeto: Confección, fabricación, diseño, importación, exportación, distribución y comercialización de prendas de vestir, tejidos, accesorios y artículos relacionados a la industria textil y de la moda, entre otras. Directorio: presidente: Franklin Eduardo Flores Meza; Sindico Titular: Luis Esteban Lezcano Yelsi. Inscripto en la D.G.R.P., Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Jurídica N° 46.910, Serie Comercial, bajo el N° 01, folio 01, el 26/09/2025; y con Matrícula de Comerciante N° 12.675, folio 12.675, el 03/10/2025. 94885 – 8 al 10/10

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD. Por E.P. Nro. 99 de fecha 07/05/2025, formalizada ante la N.P. Maria Jackeline Bolla de Baez, con reg. nro. 951, la firma FORTALEZA CLEANING AND CARE DEL PARAGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA, con RUC Nro. 80102943-0 formalizó la decisión de sus accionistas de disolver y liquidar la Sociedad. De esta E.P. se tomó razón en la D.G.R.P., Secc. Personas Jurídicas y Comercio, bajo el nro. 1, folio 1, Serie Comercial, de fecha 03/09/2025. 94892 10/10/2025

Setiembre de 2025. 94260 -8/10/2025

CESION Y VENTA DE CUOTAS SOCIALES. - Aumento de Capital Social y Modificación Parcial de Estatutos Sociales, solicitado por la firma CASA LUO S.R.L., Esc. Públ. Nº 181, fecha 11/07/2025, Esc. Pública Amanda Carla Ortiz F., solicitado por los socios: ZEBIAO LUO, XIAOPING CHEN Y LA FIRMA HOKI E.A.S., en sus caracteres de Socios. Domicilio Ciudad del Este. Inscripción: Reg. Público, Secc. Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica Nº 35288, Serie Comercial, bajo el Nº 3, folio 24, en fecha 13/08/2025. Reingreso: 19/09/2025 Inscripto de conformidad a la Acordada CSJ Nº 1539/21 DTR Nº 4/21. 97786- 7 al 9/10.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE SAN PEDRO DEL PARANÁ, ITAPÚA, Abg. FRANCISCA SOLANA AQUINO ALGARÍN, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CRISTINA FLORES VERA con C.I.N° 1.953.338 y CARLOS VERA con C.I.N° 1327700, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría (única) a mi cargo Abg. ANIBAL AMARILLA NAVARRO, Actuario Judicial. SAN PEDRO DEL PARANA, 17 de Junio de 2025. De igual manera se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual por parte del Actuario del Juzgado, conforme a la Acordada N° 1366/2019. 94310 – 8/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE J. AUGUSTO SALDIVAR, DR. ROBERTO SALDIVAR MARTÍNEZ, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos EDGAR DAVID ACOSTA PAREDES Y OLGA VANESA VERA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 modificado Código Civil Paraguayo vigente. El Juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Abg. Noemí Noguera, Actuaria Judicial. 23 de

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CINTHIA MABEL VILLA PEREZ y CRISTINO RAMON AGUILAR SOSA , para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial,  Abog. Carolina Franco Velazquez . Pedro Juan Caballero , 19 de Febrero de 2025. 94288- 8/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Noemi Ramírez Morinigo, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos HIGINIO BARUA GONZALEZ y SANDRA BEATRIZ

VALLEJOS AMARILLA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 09 a cargo de Deisy Evalice Chamorro Irala Actuaria Judicial. Ciudad del Este, 23 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. 94263- 08/10/2025

DISOLUCION CONYUGAL. EL ACTUARIO JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL  DEL DEL SEGUNDO TURNO, SECRETARIA N°04 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL GUAIRA, en los autos caratulados "CARLOS CABRERA PERERA CA NORMA CONCEPCION FLEITAS DE CABRERA S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL", cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CARLOS CABRERA PEREIRA Y NORMA CONCEPCION FLEITAS DE CABRERAPara que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 modificado del

Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. ANTE MI: Abg Caso Ariel Benítez Denis. ACTUARIO JUDICIAL.-VILLARRICA, 7 de Agosto de 2025-  94262-8 /10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de Ciudad del Este de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abog. y Not. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza a todos los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad formada por los esposos JULIO CESAR GONZALEZ ARZAMENDIA Y CLAUDIA NUÑEZ TOLEDO, para que, en el perentorio plazo de treinta (30) días, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante, sino contra los bienes propios del deudor. El juicio radica en la Secretaría Nº 06 a cargo del Abg. Marcelo I. Benítez Colman. Ciudad del Este, 13 de junio de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual por secretaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94228-08/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil del Vigésimo Cuarto Turno, Doctora Magali Zavala, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LUIS CONCEPCION GAUTO NOGUERA e ISIDORA PAEZ MARTINEZ , Para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de la dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Asunción, 18 de septiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada No 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Carlos Galeano Aranda (Actuario). 94299- 08/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Katueté, Circunscripción Judicial de Canindeyú, Abg. Josefina Gunsett Melgarejo, de citación y emplazamiento en el diario, por quince

MIÉRCOLES 8 DE OCTUBRE DE 2025

veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la última publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el Juicio: “LUCILENI CANDIDA GARCIA C/ JANDIRES FERNANDES DA SILVA s/ Disolución de la Comunidad Conyugal. expediente Nro.145/2025.”, que radica en la secretaría Nro. 01, a cargo del Actuario Judicial Abog. Justo Ariel Rojas Balbuena. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19. Katuete, 2 de Setiembre de 2025. 94332- 25/09 al 09/10.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez Morínigo, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos OSCAR WILFRIDO GONZALEZ AQUINO y DEISY PATRICIA ARGUELLO ZARACHO para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 18 de Setiembre de 2025. Abg. Sara Ojeda Ramos, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. 94402- 10/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL.

“MATILDE CANTERO COLMAN C/ HILARION MORINIGO BURGOS S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL –AÑO: 2025 - Nº 177”. El Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú Abg. FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MATILDE CANTERO COLMAN y HILARION MORINIGO BURGOS, para que en el término de 30 días comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secre-

taria N° 06 a mi cargo. - CAAGUAZU, 25 de Setiembre de 2025. Firmado digitalmente por CECILIA PAOLA SOSA IBARRA (ACTUARIA). 94394- 10/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO TURNO DE LA CAPITAL, SEC. N° 43, cita y emplaza por treinta días a todos los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad conyugal formada por los Sres. LIZ ANDREA ISABEL ACOSTA FLECHA y HUGO ANDRES ORTIZ ALMIRON. Asunción, 09 de septiembre de 2024. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Abg. MARCO OCAMPOS. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94390- 10/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO DR. MILNER BORJA DENIS, cita y emplaza por 15 días a los que tienen interés en reclamar derechos contra la disolución conyugal formada por los esposos CLEVES ALENCAR BARCELO y LILIA EMILCE MARTINEZ BOGADO S/ DISOLUCION DE LACOMUNIDAD CONYUGAL. Exp. Nro. 342/2025.SAN LORENZO, 24 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este – EDICTO - que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.- Por ante mí el Secretario Autorizante CARLOS JORGE ORTEGA VOLLING en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 4992/2013. 94384 -10/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la

6 JUDICIAL .

Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos

SIMON PEDRO SANTACRUZ

AMARILLA con C.I.C. N° 4.791.995 y LILIAN NOELIA CABALLERO PAREDES, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 23 de Setiembre de 2025. Abg. MARIA DOMINGA ACOSTA SOLIS, Actuaria Judicial.- Sec. Nº 4.  Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94410 -10/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos NAIR APARECIDA

ZANELLA DOS SANTOS y VILSON MINOZZO, para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. 94418 -10/10/2025 El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 14 de Julio de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94418- -10/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL GUAIRÁ, ABG. HÉCTOR OSVALDO MARECOS BATTAGLIA, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos “PEDRO AVALOS AVALOS y DELIA AQUINO GONZALEZ”, para que en el perentorio

termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modificado del Cod. Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nro. 6 a mi cargo. Firmado digitalmente por: Nidia Beatriz Duarte Villalba (Actuaria). VILLARRICA, 17 de Setiembre de 2025. 94421- -10/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. LIZ NATHALIA LOBO RUIZ DIAZ, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SELVA VARELA LESCANO Y AMADO MARTINEZ DOLDAN, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la Ley 1/92. El juicio caratulado SELVA VARELA

LESCANO C/ AMADO MARTINEZ

DOLDAN S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL –AÑO 2025 - N° 90, radica en la secretaria N°1 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 1° Turno, de la ciudad de Dr. J. Eulogio Estigarribia. DOCTOR J. EULOGIO ESTIGARRIBIA, 23 de Setiembre de 2025 Abg. Silvio Paul Cano Raggini. Actuario Judicial –Secretaría N.º 1. 94463 -11/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE KATUETÉ, CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE CANINDYEU, ABG. JOSEFINA GUNSETT MELGAREJO, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la última publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el JUICIO: “ISMAEL LOPES MAGALHAES Y MARIA OLIVIA LEONÉ MARINHO S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. EXP. Nº 123 AÑO 2025.”, que radica en la secretaria Nro. 01, a cargo del Actuario Judicial ABOG. JUSTO ARIEL ROJAS BALBUENA. - Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.KATUETE, 26 de Agosto de 2025.

94508- 15/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE KATUETÉ, CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE CANINDYEU, ABG. JOSEFINA GUNSETT MELGAREJO, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la última publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el JUICIO: “CICERO MANOEL DA SILVA Y IVONETE APARECIDA LEONÉ MARINHO S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. EXP. Nº 107 AÑO 2025.”, que radica en la secretaria Nro. 01, a cargo del Actuario Judicial ABOG. JUSTO ARIEL ROJAS BALBUENA. - Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.KATUETE, 26 de Agosto de 2025. 94509- 15/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO TURNO DE LA CAPITAL, SEC. N° 43, cita y emplaza por treinta días a todos los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad conyugal formada por los Sres. OSVALDO RENE DURE Y LIZ MARIEL CRISTALDO SANABRIA . Asunción, 02 de septiembre de 2025. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Abg. MARCO ANTONIO OCAMPOS ORTIZ.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente. 94497 - 15/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARIA

AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos con-

tra la sociedad conyugal formada por los esposos MENELEO RAMON VILLALBA MERELES Y DANIELA BAEZ IBAÑEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 26 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94499 -15/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CLAUDIA YOLANDA BRITEZ FERREIRA con C.I.C N° 4.746.478 Y DIEGO TOMAS TORRES CAMACHO con C.I.C Nº 8.596.061, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 26 de Noviembre de 2024, Abg. JUAN A. ONIEVA, Actuario Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94511 -15/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos FABIO BARRIOS BARBOZA con C.I. N° 1.506.735 y ANTOLIANA ALMIRON DE BARRIOS, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo.- Abg. WILSON F. SILVA, Actuario Judicial. - Sec. Nº 4. Se hace saber al destinatario de

este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94565-16/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE KATUETÉ, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CANINDEYÚ, ABG. JOSEFINA GUNSETT MELGAREJO, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la última publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el JUICIO: “CLARA RAMÍREZ Y EFRAIN MENDOZA GALEANO S/DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. EXPEDIENTE Nº190/2024”, que radica en la secretaría Nro. 01, a cargo del Actuario Judicial ABOG. JUSTO ARIEL ROJAS BALBUENA. - Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.- KATUETE, 28 de Febrero de 2025. 94603 - 16/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de Concepción, Abogada CELSA ESTELA SANGUINEZ DE GALIANO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal conformada por los esposos "EUGENIO AYALA RIQUELME y JUANA

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos GILBERTO ANTONIO BARRETO GARAY Y SONIA ELIZABETH GIMENEZ URAN, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 7 de Marzo de 2025. -Abg. JUAN A. ONIEVA, Actuario Judicial. -Secretaria Nº 3. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94617 -16/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abog. y Not. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ADELAIDA TROCHE GONZALEZ y ALBINO OLMEDO COLMAN, para que en el plazo de treinta (30) días, computados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del CC. El juicio radica en la secretaría N°05 a mi cargo. Ciudad del Este, 2 de octubre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación por secretaría. 94639 -17/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, Abg. Nilda Concepción Benítez Caballero, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ROMINA ELIZABETH MARTINEZ CASCO y JORGE CHAPARRO SANCHEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publi-

LETICIA VELAZQUEZ ARCE" para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria N° 4 a mi cargo.Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia. – Firmado digitalmente por: ROSA ELIZABETH MISKINICH LESME (ACTURIO/A). CONCEPCION, 19 de Setiembre de 2025. 94610 -16/10/2025.

cación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 08 a mi cargo Abg. Héctor Daniel Granada González, Actuario Judicial. ENCARNACION, 12 de Agosto de 2025. 94664 -17/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DEL PRIMER TURNO E INTERINA DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE SAN PEDRO, Abg. NORMA MABEL FLEITAS, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ZUNILDA LARREA DE RIERA y ROBERTO RIERA VILLAMAYOR, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría N° 03 a cargo de la Abg. MERCEDES RAMIREZ, Actuaria Judicial. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 1 de Octubre de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94665 -17/10/2025

DISOLUCION CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Katueté, Circunscripción Judicial de Canindyeu, Abg. Josefina Gunsett Melgarejo, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la última publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el JUICIO: RAUL JOSE

BORDON ZARACHO C/ MYRIAN CELINA ROJAS DE BORDON S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.

EXPEDIENTE NRO.169/2025, que radica en la secretaria Nro. 02, a cargo del Actuario Judicial Abog. Justo Ariel Rojas Balbuena. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.-

Katuete, 2 de octubre de 2025. 94669 -17/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Tercer Turno de la Capital, Abg. Luz Marlene Ruiz Diaz cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos EDUARDO AGUSTIN VERA ARGUELLO y VERONICA VERA BARRETO para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría N° 25 a cargo del Abg. Roque Luis Maldonado, Actuario Judicial. Asunción, 22 de febrero de 2024.  94671 -17/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSE ASUNCION FLEITA ABILA con C.I.C N° 672630 y ANGELICA INSFRAN VILLALBA con C.I.C N° 2378574, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 2 de Octubre de 2025. Abg. MARIA D. ACOSTA, Actuaria Judicial.- Sec. Nº 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94676 -17/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos RAIMUNDO EGON EBERHARDT LUCKMANN y GRACIELA BEATRIZ SOSA DE EBERHARDT, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz,

Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 2 de Octubre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94683 -17/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abog. y Not. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ROSSANA LETICIA CARDOZO CRISTALDO y ORLANDO JESUS MONGES

VAZQUEZ, para que en el plazo de treinta (30) días, computados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del CC. El juicio radica en la secretaría N°05 a mi cargo. Ciudad del Este, 30 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación por secretaría. 94739- 4 al 18/10

DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Octavo Turno, Abg. Walter Mendoza cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ROSALBA DANDELINA CHAVEZ ESPINOLA y ENRIQUE GONZALO PEÑA PEREZ para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Asunción, 16 de setiembre de 2025. Ante mí: Oscar Bareiro, Actuario Judicial -  Secretaría N° 15. 947654 al 18/10

DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Abg Carlos Alberto Rojas Cañete cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: ALCIDES MALDONADO LÓPEZ Y SILVINA DE JESÚS CARRILLO RAMOS  para que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art.

212 del Código Civil. El Juicio radica en la Secretaria a mi cargo. Leónida E. Pereira, Actuaria Judicial. Secretaria Nro.1.San Juan Nepomuceno, 22 de Septiembre 2025. 94769- 4 al 18/10

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción judicial, Alto Paraná, Abg. Sara Silva Figueredo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSÉ ABEL SARTORIO VANNI y GRETEL DIANA STELLA KURTH ARISTIDES, para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuario Abog. Rodney E. Gonzalez G.). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 17 de Setiembre de 2025. 94773- 4 al 18/10

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “BRUNO RODRÍGUEZ PAIVA y VALERIANA VERA DE RODRIGUEZ”, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. María Auxiliadora, 7 de agosto de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94777- 4 al 18/10.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Actuaria Judicial de la Secretaría Nº 10 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de la Circunscripción Judicial del Alto Paraná, quien suscribe, se dirige a Ud. En los autos

caratulados “FREDY SATURNINO GARAY GARCETE Y NILCE ROMINA DUARTE

ARAUJO s/ Disolución de la Comunidad Conyugal” con el objeto de comunicarle que S.S., la Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de la VI Circunscripción Judicial ha ordenado por A.I. N° 1137 de fecha 23 de diciembre de 2024, se sirva disponer la inscripción de la mencionada resolución. Abg. Sara Ojeda Ramos, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que el mismo es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario/a del Juzgado, o la inserción de cualquier sello, conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94784- 7 al 21/10

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos FELIX RAMON MENDEZ VERA y DELIA FRANCISCA GRUSKI DA SILVA , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 6 de octubre de 2025. Abg. Claudia Fabiola Jara Gallardo, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94811- 7 al 21/10.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ELSA MEDINA ARCE Y CELSO ESPÍNOLA AMARILLA , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo

vigente. El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 26 de Setiembre de 2025.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria a autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94848 -21/ 10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos EPIFANIA PAIVA AMARILLA Y JUAN DE LA CRUZ CABALLERO, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°2 a mi cargo Abg. MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 15 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94846 -21/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “FAUSTO MACIEL Y PASTORA CAMPUZANO s/ Disolución de la Comunidad Conyugal Exp. Nº 238/2025”, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 27 de agosto de 2025 Abg. Claudia Fabiola Jara Gallardo, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación

8 JUDICIAL .

manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94854- 8 al 22/10

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez Morínigo, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos RUBEN ROLON VERA Y LILIA MAGDALENA LOPEZ MACIEL para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 11 de noviembre de 2024. Abg. Sara Ojeda Ramos, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. 94861- 8 al 22/10

EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE SAN IGNACIO GUAZU DE LA NOVENA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE MISIONES, Abg. ALBERTO RENE MELGAREJO, ha dispuesto se cite por edictos a la parte demandada, MAMERTA GARCÍA, por quince veces, que se publicarán en los diarios “LA NACION” Y “ULTIMA HORA”, para que comparezca por sí o por apoderado a estar en el presente juicio caratulado “PLUTARCO BORDON Y MIGUELA PORFIRIA ORTEGA C/ MAMERTA GARCÍA S/ USUCAPIÓN”, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere dentro del término establecido, continuará los trámites procesales del presente juicio y se le asignara como representante al Defensor de Ausentes de turno de esta Circunscripción Judicial. El juicio radica en la secretaría Nº 1 a mi cargo Abg. Jorge Eduardo Leguizamón. SAN IGNACIO GUAZU, 2 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Jorge Eduardo Leguizamón Bogado (Actuario). 94175 -7/10/2025.

EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA EN LO CIVIL COMERCIAL Y LABORAL DE SAN JUAN

NEPOMUCENO, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAZAPA ABO, CARLOS ALBERTO ROJAS CAÑETE, en los autos caratulada MARIA SONIA ACUÑA PENAYO C / FRANCISCA GONZALEZ  DE PAREDES S/ USUCAPIÓN CON DOMICILIO IGNORADO AÑO 2024 № 148 cita y emplaza por por, el termino de quince veces   a la demandada Sra. FRANCISCA GONZALEZ DE PAREDES, para que comparezca estar  en juicio por si o por apoderado  bajo apercibimiento  de lo dispuesto en el Art.  141 del C.P.C.  El Juicio Radica en la Secretaria Nº 2  a cargo de la Abog.  MARIA LILIANA MERELES BRIZUELA. OP 92431- 28/09/2025. FUSIÓN POR ABSORCIÓN DE SOCIEDADES. Los Directorios de SUPER BOX S.A., SUN ALIMENTOS S.A. y GRUPO 70 S.A. comunican que por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de las referidas Sociedades, celebradas en fecha 25 de septiembre de 2025, se ha aprobado el compromiso de fusión entre las mismas, donde SUPER BOX S.A. con RUC Nº 80097512-0 será la sociedad absorbente y SUN ALIMENTOS S.A. con RUC Nº 80044357-8 y GRUPO 70 S.A. con RUC N° 80121617-6 serán las sociedades absorbidas. Las documentaciones pertinentes de las referidas sociedades vinculadas a la fusión estarán disponibles para las personas legitimadas, por el plazo de ley, en el domicilio de Super Box S.A. sito en Asunción, Calle Veteranos del 70 c/ Dr. Domingo Montanaro, cuya atención estará a cargo Elvio Aguilera, email: gteadm@boxmayorista.com.py, con teléfono 0973-814112 para agendamiento en horario comercial. La presente comunicación se realiza por el plazo de ley y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el literal b) del Artículo 1193 del Código Civil y el Artículo 113 de la Ley Nº 1034/83 Ley del Comerciante. Ciudad del Este, 26 de septiembre de 2025. 94433- 27, 29/091,3,5/10

EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de J. Augusto Saldívar, Circunscripción Judicial del Departamento Central, Dr. Roberto Saldívar Martínez, por providencia de fecha 03 de setiembre de 2025, dictado en el juicio: JUAN ALBERTO FIGUEREDO AVALOS C/ SINDULFO PÉREZ S/ USUCAPIÓN, resolvió cuanto sigue: "En atención a la información sumaria de testigos que antecede y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 y 141 del Código Procesal Civil, ordenase la publicación de los edictos de citación y emplazamiento al señor SINDULFO PÉREZ, en los diarios ABC COLOR y LA NACION de la capital, por el termino de quince veces, a fin de que el mismo se presente a estar en juicio, por si o por apode-

rado, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, se designara como representante suyo al defensor de Público de turno de esta ciudad.". El expediente radica en la Secretaría N° 02 a mi cargo. J. Augusto Saldívar, 03 de setiembre de 2025. Abogada Noemí Noguera, Actuaria Judicial. 94447 -11/10/2025.

EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de J. Augusto Saldívar, Circunscripción Judicial del Departamento Central, Dr. Roberto Saldívar Martínez, por providencia de fecha 28 de agosto de 2025, dictado en el juicio: [INMOBILIARIA Y CRÉDITOS DEL PARANÁ S.A. (IMCOPAR S.A.) C/ LEOVIGILDA ESQUIVEL QUINTANA Y OTROS S/ REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE] , resolvió cuanto sigue: En atención a la información sumaria de testigos que antecede y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 y 141 del Código Procesal Civil, ordenase la publicación de los edictos de citación y emplazamiento a la señora ELI BOGADO, en los diarios Abc color y La Nación de la capital, por el termino de quince veces, a fin de que la misma se presente a estar en juicio, por si o por apoderado, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, se designara como representante suyo al defensor de Público de turno de esta ciudad. El expediente radica en la Secretaria Nro. 02 a mi cargo. J. Augusto Saldívar, 28 de agosto de 2025. Abg. Noemí Noguera, Actuaria Judicial. 94772 -18/10/2025.

FUSION POR ABSORCION DE DESARROLLO AGRICOLA DEL PARAGUAY S. A. (DAP) POR LA FIRMA TODEGOL S.A.- De conformidad al artículo 1193, inc. b) del Código Civil, y los artículos 113 y concordantes de la Ley No. 1034/83 y en cumplimiento del mandato recibido por Asambleas Extraordinarias de Accionista Nos. 36 y 14 de fecha 17.09.25 de las firmas DESARROLLO AGRICOLA DEL PARAGUAY S.A. (DAP) Y TODEGOL S.A., respectivamente, los Directorios de las firmas citadas comunican a sus acreedores e interesados en general, que el día 30 de octubre de 2025, a las 10:00 horas, por ante el Escribano Público Luis Alberto Insfran Baumann, con estudio notarial sito en Santa cruz 230 c/ Gervacio Leon, de la ciudad de Mariano Roque Alonso, será celebrado el acuerdo definitivo de fusión por absorción, por el cual DESARROLLO AGRICOLA DEL PARAGUAY S.A. (DAP) con domicilio en Toribio Pacheco casi Legión Civil Extranjera, Asunción, Paraguay será absorbida por TODEGOL S.A., con domicilio en Avenida España c/ Doctor Francisco Morra N° 1410, Asunción, Paraguay, sujeto a la condición suspensiva de la inscripción de la escritura pública de referencia en los Registros Públi-

cos, Sección Personas Jurídicas y Comercio. Los acreedores podrán notificar su oposición a la adquirente o al escribano interviniente dentro del plazo de diez días transcurridos desde la última publicación. EL DIRECTORIO. 947786,8,10,12,14/10/2025.

EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Sexto Turno de la Capital, Sría N° 11, Abg. Ulises Peña Vargas por providencia de fecha 2 de octubre de 2025, dictada en los autos caratulados: "MIRTHA HELENA FIGUEREDO DE SORENSEN C/ KAREN LETICIA GONZALEZ LOPEZ S/ DESALOJO". Sexto Turno; Sría N°11; Año: 2025; N°: 314, ha ordenado la publicación de los edictos por 3 días a fin de comunicar la anotación como litigioso del inmueble individualizado como: Matricula N° 62.218 URB 01- Propiedad Horizontal, del Distrito de La Encarnación, con Cta. Cte. Ctral. N° 10-0385-05/ 10.02, ubicado en el Edificio Colon I, Torre 1, Piso 10. Dpto. "D"` de la ciudad de Asunción. Abg. Leticia Limprich, Actuaria Judicial. Asunción, 3 de Octubre de 2025. 94837-9/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “CIRILO GARAY S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 204, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de CIRILO GARAY, con C.I. Nº 4.678.978.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. CIRILO GARAY, con C.I. Nº 4.678.978, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que

han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ALEXIS ANDRES ALMIRON CHAVEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 221, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ALEXIS ANDRES ALMIRON CHAVEZ, con C.I. Nº 6.667.430.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. ALEXIS ANDRES ALMIRON CHAVEZ, con C.I. Nº 6.667.430, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la

Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “CARLOS CESAR QUINTANA CABRAL S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 218, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de CARLOS CESAR QUINTANA CABRAL, con C.I. Nº 5.210.399.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. CARLOS CESAR QUINTANA CABRAL, con C.I. Nº 5.210.399, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ALDO ENRIQUE ESPI-

NOZA SANGUINA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 213, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ALDO ENRIQUE ESPINOZA SANGUINA, con C.I. Nº 5.133.499.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. ALDO ENRIQUE ESPINOZA SANGUINA, con C.I. Nº 5.133.499, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS

AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO

SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “CESAR DANIEL ALCARAZ ALVAREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 375, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de CESAR DANIEL ALCARAZ ALVAREZ, con C.I. Nº 5.824.669.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Sín-

dico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de CESAR DANIEL ALCARAZ ALVAREZ, con C.I. Nº 5.824.669, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “EDGAR IRALA

GALEANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°205, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de EDGAR IRALA GALEANO , con C.I. Nº 4.300.427 .- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores compa-

rezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. EDGAR IRALA GALEANO , con C.I. Nº 4.300.427, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.-11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ELIAS DANIEL TORRES ALCARAZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 387, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ELIAS DANIEL TORRES ALCARAZ, con C.I. Nº 2.243.423.3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ELIAS DANIEL TORRES ALCARAZ, con C.I. Nº 2.243.423, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido

impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “EMIGDIO DARIO ORTIZ GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 224, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de EMIGDIO DARIO ORTIZ GONZALEZ, con C.I. Nº 3.421.963.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. EMIGDIO DARIO ORTIZ GONZALEZ, con C.I. Nº 3.421.963, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada

de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “GLORIA PATRICIA MARTINEZ CHAMORRO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 220, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de GLORIA PATRICIA MARTINEZ CHAMORRO, con C.I. Nº 1.851.655.- 3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra la Sra. GLORIA PATRICIA MARTINEZ CHAMORRO, con C.I. Nº 1.851.655, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “FRANCISCO ANDRES

BENITEZ GIMENEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 210, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de FRANCISCO ANDRES BENITEZ GIMENEZ, con C.I. Nº 7.123.074.3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. FRANCISCO ANDRES BENITEZ GIMENEZ, con C.I. Nº 7.123.074, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.-11/10/2025

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “HECTOR LUIS BENITEZ NOGUERA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 382, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de HECTOR LUIS BENITEZ NOGUERA, con C.I. Nº 3.461.575.3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado

MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de HECTOR LUIS BENITEZ NOGUERA, con C.I. Nº 3.461.575, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “JORGE RAMON BARRIOS GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 386, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de JORGE RAMON BARRIOS GONZALEZ, con C.I. Nº 3.525.222.3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR

la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de JORGE RAMON BARRIOS GONZALEZ, con C.I. Nº 3.525.222, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ISAAC RUEBN ROMAN GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 380, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ISAAC RUBEN ROMAN GONZALEZ, con C.I. Nº 6.588.445.3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ISAAC RUBEN ROMAN GONZALEZ, con C.I. Nº 6.588.445, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido

impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “JULIO CESAR FARIÑA LEIVA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 390, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de JULIO CESAR FARIÑA LEIVA, con C.I. Nº 2.423.649.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de JULIO CESAR FARIÑA LEIVA, con C.I. Nº 2.423.649, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada

de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “JOSE DARIO FERREIRA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 215, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de JOSE DARIO FERREIRA, con C.I. Nº 4.293.308.3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. JOSE DARIO FERREIRA, con C.I. Nº 4.293.308, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “LAUREANO RAMON OJEDA RODRIGUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió

por A.I. N° 377, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de LAUREANO RAMON OJEDA RODRIGUEZ , con C.I. Nº 2.183.783.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LAUREANO RAMON OJEDA RODRIGUEZ , con C.I. Nº 2.183.783., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “LUIS ALBERTO GONZALEZ TORALES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 376, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de LUIS ALBERTO GONZALEZ TORALES, con C.I. Nº 695.176.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES

BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LUIS ALBERTO GONZALEZ TORALES, con C.I. Nº 695.176, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “LORENA CARMIÑA HERRERA GALEANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 383, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de LORENA CARMIÑA HERRERA GALEANO, con C.I. Nº 2.217.592.- 3) DETERMINAR que la convocataria no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la

admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LORENA CARMIÑA HERRERA

GALEANO, con C.I. Nº 2.217.592, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “MARCOS GABRIEL BENITEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 388, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de MARCOS GABRIEL BENITEZ, con C.I. Nº 4.230.133.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de MARCOS GABRIEL BENITEZ, con C.I. Nº 4.230.133, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que

han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “MIGUEL DUARTE MENDEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 391, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de MIGUEL DUARTE MENDEZ, con C.I. Nº 7.286.660.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de MIGUEL DUARTE MENDEZ, con C.I. Nº 7.286.660, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108

del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “REGIS ANTONIO MONGELOS ACUÑA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 389, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de REGIS ANTONIO MONGELOS ACUÑA, con C.I. Nº 3.688.910.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de REGIS ANTONIO MONGELOS ACUÑA, con C.I. Nº 3.688.910, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente cara-

tulado: “NELSON DARIO PEÑA VILLALBA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 219, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de NELSON DARIO PEÑA VILLALBA, con C.I. Nº 4.885.707.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. NELSON DARIO PEÑA VILLALBA, con C.I. Nº 4.885.707, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. –11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “YSIDORO RAMON VARGAS OZORIO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 379, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de YSIDORO RAMON VARGAS OZORIO, con C.I. Nº 6.877.841.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.

-4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de YSIDORO RAMON VARGAS OZORIO, con C.I. Nº 6.877.841, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “YSIDRO RAMON LEZCANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 211, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de YSIDRO RAMON LEZCANO, con C.I. Nº 5.175.388.3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última

publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. YSIDRO RAMON LEZCANO, con C.I. Nº 5.175.388, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “SANTIAGO ESCOBAR ALMEIDA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°227, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de SANTIAGO ESCOBAR ALMEIDA , con C.I. Nº 1.218.640.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. SANTIAGO ESCOBAR ALMEIDA , con C.I. Nº 1.218.640 , y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de

12 JUDICIAL .

los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “VALENTIN GONZALEZ

SANTACRUZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°229, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de VALENTIN GONZALEZ SANTACRUZ, con C.I. Nº 2.653.436 .- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. VALENTIN GONZALEZ SANTACRUZ, con C.I. Nº 2.653.436, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica,

aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: WALTER RENE VELAZQUEZ GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°223, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de WALTER RENE VELAZQUEZ GONZALEZ, con C.I. Nº 6.895.054.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. WALTER RENE VELAZQUEZ GONZALEZ, con C.I. Nº 6.895.054 , y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycua-

mandyyu. En el expediente caratulado: “PEDRO VEGA VALIENTE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°207, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de PEDRO VEGA VALIENTE, con C.I. Nº2.184.125.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. PEDRO VEGA VALIENTE, con C.I. Nº 2.184.125, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.-11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “TANIA TERESA BARRETO AVEIRO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°212, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. - 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de TANIA TERESA BARRETO AVEIRO con C.I. Nº 2.860.247.- 3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4) DESIGNAR como

Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público. - 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras. -7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. - 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos Justicia.- Sra. TANIA TERESA BARRETO AVEIRO con C.I. Nº 2.860.247 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ROMAN AMARILLA FLORES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 392, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ROMAN AMARILLA FLORES, con C.I. Nº 5.293.477.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar

sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ROMAN AMARILLA FLORES , con C.I. Nº 5.293.477., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “REINALDA RODI SAUCEDO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°225, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. - 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de REINALDA RODI SAUCEDO con C.I. Nº 4.274.576.3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público. - 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras. -7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. - 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos Justicia.- Sra. REINALDA RODI SAUCEDO con C.I. Nº 4.274.576 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato

de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “NELSON DAVALOS ZARATE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 378, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de NELSON DAVALOS ZARATE, con C.I. Nº 3.259.710.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de NELSON DAVALOS ZARATE , con C.I. Nº 3.259.710., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada

de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. –11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ORLANDO ANDRES CHAVEZ CASTILLO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 393, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ORLANDO ANDRES CHAVEZ CASTILLO, con C.I. Nº 1.841.424.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ORLANDO ANDRES CHAVEZ CASTILLO, con C.I. Nº 1.841.424., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “JULIO FAUSTINO DIAZ

ROLON S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°208, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de JULIO FAUSTINO DIAZ ROLON , con C.I. Nº 1.056.740.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. JULIO FAUSTINO DIAZ ROLON , con C.I. Nº 1.056.740 , y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. – 11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “LUCIO RAMON BENITEZ FERNANDEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 384, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de LUCIO RAMON BENITEZ FERNANDEZ, con C.I. Nº 3.213.661.3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO,

para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LUCIO RAMON BENITEZ FERNANDEZ , con C.I. Nº 3.213.661., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “CARLOS ALBERTO VERA BAEZA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°217, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de CARLOS ALBERTO VERA BAEZA , con C.I. Nº 3.940.394.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la

admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. CARLOS ALBERTO VERA BAEZA , con C.I. Nº 3.940.394 , y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “MARIA AIDEE RIQUELME CABALLERO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°222, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. - 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de MARIA AIDEE RIQUELME CABALLERO con C.I. Nº 3.535.436.- 3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público. - 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras. -7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. - 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos Justicia.- Sra. MARIA AIDEE RIQUELME CABALLERO con C.I. Nº 3.535.436 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de tra-

bajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “HERMINIA LUZ MARIA ORTIZ TORRES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°206, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. - 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de HERMINIA LUZ MARIA ORTIZ TORRES con C.I. Nº 3.760.397.- 3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público. - 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras. -7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. - 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos Justicia.- Sra. HERMINIA LUZ MARIA ORTIZ TORRES con C.I. Nº 3.760.397 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de

agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: FELIPE ORLANDO LEZCANO CASTILLO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°209, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de FELIPE ORLANDO LEZCANO CASTILLO, con C.I. Nº 3.521.786 .- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. FELIPE ORLANDO LEZCANO CASTILLO, con C.I. Nº 3.521.786, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente cara-

14 JUDICIAL .

tulado: “BASILIO MARIN CRISTALDO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°228, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de BASILIO MARIN CRISTALDO, con C.I. Nº 2.015.845 .- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. BASILIO MARIN CRISTALDO, con C.I. Nº 2.015.845, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “NORMA BEATRIZ ESPINOLA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°226, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. - 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de NORMA BEATRIZ ESPINOLA con C.I. Nº 3.717.147.- 3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio

al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público. - 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras. -7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. - 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos Justicia.- Sra. NORMA BEATRIZ ESPINOLA con C.I. Nº 3.717.147 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.-11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “MARCIAL DELVALLE CHAVEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 385, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de MARCIAL DELVALLE CHAVEZ , con C.I. Nº 1.731.419.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de

Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de MARCIAL DELVALLE CHAVEZ , con C.I. Nº 1.731.419., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “EDGAR DIOSNEL VERA ROMERO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°214, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de EDGAR DIOSNEL VERA ROMERO , con C.I. Nº 4.958.376 .- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. EDGAR DIOSNEL VERA ROMERO , con C.I. Nº 4.958.376 , y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido

impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

EDICTO CITATORIO. EL ACTUARIO JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO, SECRETARIA N°04 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL GUAIRÁ, en los autos caratulados: “ROSSIO NATHALIA CHAVEZ FERNANDEZ S/RECTIFICACIÓN DE INSTRUMENTO PÚBLICO”, cita y emplaza por cinco veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la rectificación del título de propiedad promovida por la Sra. ROSSIO NATHALIA CHÁVEZ FERNÁNDEZ.- Para que en el término de 05 (cinco) días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. ANTE MÍ: Abg. Celso Ariel Benítez Denis. ACTUARIO JUDICIAL.- VILLARRICA, 24 de Setiembre de 2025. 94874 -12/10/2025

CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL Y UNIFICACION. Comunico a quienes pudieren tener interés y en especial a las partes linderas, que el día 30 de octubre del año 2025 a las 09:30 horas  daré inicio a las operaciones Técnicas de Mensura Judicial y Unificación de MATRICULA Nº Q01/2133-PADRON Nº 131 Y, MATRICULA Nº Q01/2320-PADRON Nº 64, propiedad de     Modesto Ramón Silva Vázquez, ubicadas en el lugar denominado San Francisco del Chaco Boreal, del distrito de Mcal. Estigarribia, departamento de Boquerón. La propiedad unificada queda ubicada dentro de los siguientes linderos actuales:AL NORTE:Sonia Andrea Holst, AL ESTE:Holst Pannenbeckers y Manfredo Stein Leyh, AL SUR:Ruta Transchaco Py 09, AL OESTE: Heriberto Torres. La comisión de mensura fue conferida al suscripto por el Juez de Primera Instancia Multifueros de Mariscal Estigarribia, de la Circunscripción Judicial de Boquerón, Abog. Ricardo Gosling Ferreira.El expediente se tramita por ante la Secretaría N° 1 a cargo del Abog.

Raúl G. Marín Rodríguez. Las operaciones técnicas arrancarán del esquinero Sur-Este   Servio Tulio Gamarra Aranda – Agrimensor Mat. 6213M.O.P.C.- Tel. (0541) 43455. 94599 -4/10/2025. EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de J. Augusto Saldívar, Circunscripción Judicial del Departamento Central, Dr. Roberto Saldívar Martínez, por providencia de fecha 28 de agosto de 2025, dictado en el juicio: [INMOBILIARIA Y CRÉDITOS DEL PARANÁ S.A. (IMCOPAR S.A.) C/ LEOVIGILDA ESQUIVEL QUINTANA Y OTROS S/ REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE], resolvió cuanto sigue: En atención a la información sumaria de testigos que antecede y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 y 141 del Código Procesal Civil, ordenase la publicación de los edictos de citación y emplazamiento a la señora ELI BOGADO, en los diarios Abc color y La Nación de la capital, por el termino de quince veces, a fin de que la misma se presente a estar en juicio, por si o por apoderado, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, se designara como representante suyo al defensor de Público de turno de esta ciudad. El expediente radica en la Secretaria Nro. 02 a mi cargo. J. Augusto Saldívar, 28 de agosto de 2025. Abg. Noemí Noguera, Actuaria Judicial. 94772 -18/10/2025.

CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL. Comunico a quiénes tengan interés, y en especial a las partes linderas que el día 23 de octubre del año en curso a las a las 08:30 horas realizaré el acta de inicio del presente procedimiento de mensura, posteriormente a las 13:30 horas daré inicio a las operaciones técnicas de Mensura Judicial de las fracciones de terrenos presumiblemente fiscal según Expedientes Administrativos N° 7959/2022 caratulado Rosa Isabel Robledo-Ita/ Central y sus gloses, 7961/2022, 7962/2022, 7964/2022, las fracciones presumiblemente fiscal son adyacentes, y en su conjunto conforma un solo cuerpo, ubicado en el lugar denominado itá Potrero, Distrito de Itá, Departamento Central, en el Juicio Caratulado "INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT S/ MENSURA) EXPTE. JUD. Nº 303, FOLIO Nº 32 DEL AÑO 2.025. R.P. N° 2346/2.025. Los linderos son los sgts. conforme polígono general: Al Norte: Calle, Al Este: Derechos de Capilla Sagrado Corazón de Jesús, Al Oeste: derechos de Benito Roggio y llda Maciel, Al Sur: Derechos de Mirna Robledo. El Juicio se tramita en el Juzgado de Inst. en lo Civil, Comercial y Laboral a cargo del Abogado Roberto Saldívar M. secretaría N° 2 a cargo de la Abogada Noemi Noguera. La Comisión de Mensura fue conferida al Suscripto quién acompañado del Juzgado se constituirán en el esquinero NE del polígono General, para el inicio de los trabajos técnicos.

ASUNCION, OCTUBRE DEL 2.025. Filemón Melgarejo Zayas, Lic. GEOGRAFO R.P. N° 203 M.O.P.C. 94718 -8/10/2025.

CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL. Comunico a quienes puedan tener interés y en particular a sus linderos en la Mensura de conformidad al Art. 657 del C. P. C., el día 16 de octubre de 2025 a las 13:30 hs. Iniciaré las operaciones técnicas de mensura de una fracción de terreno individualizado en la Dirección General de los Registros Públicos como Matricula N°F13/3000, Padrón N° 3075 del Distrito de Juan Manuel Frutos, Lugar Calle 7, propiedad del Sr. Severo Martinez Riveros. El agrimensor comisionado hará uso de lo estipulado en el Art. 662 del C. P. C., durante la ejecución de los trabajos. La comisión de Mensura ha sido conferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo civil de Caaguazú. El punto de inicio será el esquinero Sur Este, Coordenadas UTM 21J E = 622215,05 N=7191937,62. Ing. Geodésico Ambiental Edgar Osvaldo C. Rivarola Ullón, Reg. MOPC N°3998 Mat. CSJ N°4324 Cel. 0971690869. Edgar Osvaldo C. Rivarola Ullón Ing. Geodésico Ambiental. Agrimensor. 94761 -8/10/2025.

CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL. Comunico a quienes pueden tener interés y en especial a las partes linderas que en fecha 23 de octubre del año 2.025, a las 8:00hs a fin de realizar el acta de inicio en la Secretaria del Juzgado, así mismo el Juez y el Actuario se constituirán conjuntamente con el perito mensor en el inmueble de referencia, para dar la apertura de las operaciones técnicas de Mensura de la fracción ubicada en el lugar denominado Colonia Thompson, Distrito de Ypane, Dpto. Central, Exp 3635/2000, "CASIMIRO ESPINOLA", cuyos linderos según plano demostrativo son: AL NORTE: calle; SUR: Ascensión Rodríguez; AL ESTE: calle san Pedro y AL OESTE: derechos fiscales. OBS. Los linderos serán actualizados durante el proceso de la mensura. La comisión de mensura fue conferida por el Juez de 1ra. Inst. en lo C. y C. del Segundo Primer, Secretaría N° 2, Circunscripción Judicial de Central de J.A.S., Expte. N° 323/2025 "Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) s/mensura". Las mediciones arrancaran del esquinero Noreste (coord. Utm E 451.801; N 7.187.274). Top. Gedeón Sosa - Reg. MOPC N° 411 cel. 0982-913.380. 94825- 11/10/2025

CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL. Comunico a partes linderas e interesadas que el día 27/10/2025 a las 14:30 hs, daré inicio a las operaciones técnicas de Mensura Judicial de un inmueble individualizado como Finca N°20 del Distrito de Curuguaty y Padrón N°4308 del Distrito de Curuguaty, asiento de la Colonia Nueva Alianza, ubicada en el lugar denominado “Mbore -

vi-guary”, en el Distrito de Curuguaty (Hoy Distrito de Yasy Kañy), del Departamento de Canindeyú; propiedad del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), con una superficie de 999 ha 2000 m2 y cuyos linderos según título de propiedad son: AL NORTE: LÍNEA M-L: Fracción “F” de la misma Finca. LÍNEA L-D: Fracción F. LÍNEA

D-F: Fracciones B y C. AL SUR: LÍNEA G-H: Arroyo Tapia. LÍNEA

H-I: Río Corrientes. AL ESTE: exPeter Solem, hoy FINAP. AL OESTE: LÍNEA I-M: Río Corrientes. Las diligencias fueron promovidas por el INDERT y conferida al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, con asiento en Curuguaty, Decimoquinta Circunscripción Judicial de Canindeyú, S.S. Abog. Abg. Sonia Mariela Medina Paredes. El juicio radica en la Secretaria N°1, a cargo de la Actuaria Judicial Abog. Mirian Estela Peralta, al suscripto a través del Exp. Jud. N°195/2025. Caratulado INDERT S/ MENSURA JUDICIAL. Las operaciones técnicas arrancaran del esquinero “L”, cuya coordenada UTM aproximada es X:610159,61 Y:7275335,63. As. 07/10/2025. Ing. Shirley Salinas. Reg. MOPC 5468. Mat. CSJ 4995. Cel 0971624055. Correo: sh-salinas@hotmail.com.94836- 11/10/2025.

MODIFICACIÓN DE ESTATU -

TOS. La Sociedad BI ESFERA S.R.L con RUC Nº 80059137-2 fue modificada por E. P. N° 08 de fecha 04/06/2025 pasada ante la N. P. Myriam Garcete de Enciso, que en dicha escritura se realizó la transferencia de cuotas sociales y que se encuentra inscripta en la D.G.R.P sección Persona Jurídica y Comercio en la Matricula 36.810 Serie Comercial bajo el N° 02 Folio 9-16 de fecha 28-08-2025. 94788 -9/10/2025.

MODIFICACIÓN PARCIAL DE LOS ESTATUTOS SOCIALES POR AUMENTO DE CAPITAL Y EMISIÓN DE ACCIONES DE LA FIRMA ‘‘C. A. Logística S.A.’’: Por Esc. N.º 90, Civil ‘‘B’’, del 12/09/2025, ante N.P. Patricia E. Andino Báez c/ Reg. N.º 267, se realiza la Modif. Parcial de los Est. Sociales por Aumento de Capital y Emisión de Acciones de la firma ‘‘C.A. Logística S.A.’’ : Insc. En la D.G.R.P. Sección Pers. Juríd. Y Com. Bajo el N.º 06 Folio 53 y sgtes., Serie Comercial, Mat. Juríd. N.º 21914; en fecha 22/09/2025,- N.º 4/21. 94850 -9/10/2025.

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE LA FIRMA “JRB

EMPRENDIMIENTOS S. A.”: Por Esc. Pub. Nro. 34 de fecha 02/09/2025, pasada ante la escribana y notaria pública Carmen Veronica Tellechea de Bauza. Modificación del Estatutos en sus Art. 5to y 6to CAPITAL SOCIAL. INSCRIPCIÓN: Dir. Gral. De Reg. Pub., Sección Personas Jurídicas y Comercio. Matrícula Jurídica Nro. 3296, Serie Comercial, bajo el Nro. 004,

folio 31-42, en fecha 10/09/2025. 94844 -9/ 10/2025

MODIFICACION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMI-

TADA. Por Escritura Pública Nº 28 de fecha 12/08/2025. Pasada ante la Notaria Nelly Paredes de de Isasa fue hecha el Aumento de Capital y Modificación de Estatutos Social de la firma FANY FAMILY IMPORT EXPORT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Capital: de Gs. 956.000.000 a la suma de Gs. 1.090.000.000. Inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos. Secc. Personas Jurídicas y Comercio bajo el Nº 5, Folio 42, Serie Comercial, Matrícula Jurídica № 34955 en fecha 16/09/2025. 94853- 8 al 10/10

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por escritura pública Nro. 14 Civil A de fecha 23/04/2025 ante la Notaria Pública Gilda Céspedes Fleitas, titular del Registro Nro. 1065, se formalizó la escritura de modificación de estatutos sociales de MAGERAT S.A ., con ruc 80122294-0 inscripto en la D.G.R.P. en la sección Personas Jurídicas y Comercio, matricula jurídica Nro. 1.564 serie SUACE; bajo el Nro. 02, folio 12, en fecha 28/07/2025. Reingreso: 17/09/2025. Inscripto de conformidad a la Acordada CSJ Nro. 1539/21 DTR Nro. 4/21. 9486610/10/2025

MODIFICACION DE ESTATUTO

SOCIAL. Por Escritura Pública Nº 70 de fecha 1/07/2025, autorizado por la Escribana Olga Valentina Insaurralde Medina, se formalizó la modificación parcial del estatuto social de la firma CALZADOS

ROGER S.A., se modificó el Art. 5º. Inscripto en la Dirección General de Registro Público Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica Nº 10338, Serie Comercial, bajo el Nº 6, Folio 56, en fecha 31/08/2025. 94882- 8 al 10/11

MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO. Por Aumento de Capital Social y Cambio de Razón Social de la firma HEMISFERIO COMPAÑÍA INDUSTRIAL S.A. a SALAMANDER MERCOSUR PY SOCIEDAD ANONIMA, con RUC Nº 80128525-9 Por escritura Pública N° 172 Comercial a, de Fecha 11/09/25 Pasada ante el N.P. José María Livieres Guggiari, Insc. en la Dir. Gral. de Reg. Pub. Personas Jurídicas y Comercio Bajo el N° 3, Serie Comercial, de Fecha 11/09/25, Folio 27, Mat. Jurídica N° 38932. 948848 al 10/10

AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL Y MODIFICACION DE ESTATUTOS SOCIALES DE LA FIRMA AGRO NATHURA SAE. Por Escritura Pública N° 25, de fecha 12/05/2025, pasada ante la Escribana Pública María Isabel Maggi Romero. Escritura inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos: Sección Personas Jurídicas y Comercio. Matrícula jurídica N° 19786, Serie Comercial. Bajo el N°

6. Folio 54, en fecha 02/09/2025. Inscripto de Conformidad a la Acordada C.S.J. N° 1539/21. DTR N° 4/21. 94889 – 8 al 10/10.

REMATE JUDICIAL. El día 21 del mes de OCTUBRE del 2025, a las 13:30 horas, en la secretaría a cargo de Arnaldo Cañete Pacheco, Juzgado de Paz del Barrio San Isidro, por orden de S.S. Abog ESTELA MARI AVALOS BAEZ, en los autos c aratulados: “JOSE RAMON GONZALEZ SERVIN C/ ALEJANDRA VILLALBA ORTIZ S/ PREPARACION DE ACCION EJECUTIVA” EXPTE Nº 153, AÑO 2021 conforme al proveído de fecha 03 de SEPTIEMBRE de 2025, obrante en expediente. Electrónico procederé a la venta en pública subasta sin base de venta y al contado sobre el 50% del bien Automotor que corresponde a la demandada ALEJANDRA ITATI VILLALBA ORTIZ con C.i. n° 6.323.677, individualizado en los registro del Automotor como: MARCA: KIA MODELO: SPORTAGE , AÑO: 2005, COLOR: BLANCO CHASIS N°: KNAJE55135K001663 CHAPA N°: AABL 293 TIPO: STATION WAGON.- inscripto a nombre de WILSON SEBASTIAN TRINIDAD CACERES con c.i. n° 2.382.366.Nota: el mencionado automotor reconoce un embargo ejecutivo a petición de la parte actora JOSE RAMON GONZALEZ SERVIN.- respectivamente el citado vehículo a examen de los interesados se halla en Barrio San Isidro etapa 1 de la ciudad de Encarnacion.- Se abonará en el acto y en efectivo y/o transferencia el importe íntegro de la compra, los gastos de publicaciones, acordada N° 1718/23, y la comisión del rematador 4% más I.V.A., sobre su adjudicación.- Informes y datos sobre el título , en la Secretaria donde radica el expediente de Lunes a Viernes de 7:00 a 13:00 hs., o con el Rematador designado al Celular N° 0984-658-101.- V°B°, Arnaldo Cañete Pacheco Actuario. RODRIGO DANIEL VELAZQUEZ, (Rematador Público), con Matricula N° 28-I de la Excma. C. S. J. 94862 -10/10/2025.

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL PARAGUAY / PARAGUÁI TETÃYGUA AKÃPYROKY MBA'ETEE MOAKÃHA (11) Nro. Publicación: PY2524253A (43) Asunción, 30 de Septiembre de 2025. Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 2524253 (22) Fecha de Solicitud: 27/03/2025 09:53:59 (71) Solicitante: ANDRITZ

OY Domicilio Solicitante: Tammasaarenkatu 1, FI-00180 Helsinki, Finlandia, FI (72) Inventor: 1) LEHTINEN, JERE; y 2) MOILANEN, ANTERO Domicilio Inventor: 1) C/o Andritz Oy Tammasaarenkatu 1, FI-00180 Helsinki, Finlandia, FI; y 2) Inkoonkatu 5 A 10 FI-00510 Helsinki, Finlandia, FI (54) Título: PREPARACIÓN DE COQUE SIN FÓSILES A PARTIR DE LIGNINA. (74) Agente: Ana C. García Palacios – 1880 (30) Prioridad/es: FI 20245345 – 27/03/2024 (51) Int. Cl 8: C 10J 3/54(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57)Resumen: (68/25) La presente invención se refiere a un método para la producción de coque libre de fósiles, a partir de lignina que comprende los pasos de proporcionar lignina, someter a la lignina a un aumento de presión, someter la lignina a un aumento de temperatura, por lo que una combinación de aumento de presión y temperatura libera compuestos orgánicos volátiles (COV), y recuperar coque. La presente invención se refiere también a un aparato (1000) para la producción de coque sin fósiles a partir de lignina, a un uso del aparato (1000) y al coque obtenible a través del método. Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes. 94753 -8/10/2025.

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Octavo Turno, Abg. Walter Mendoza, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FLORENTINO VILLAGRA MORENO. ASUNCION, 9 de Setiembre de 2025 Ante mí: OSCAR BAREIRO. (Actuario Judicial – Secretaría 15) Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94502 -10/10/2025.

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. Magalí Zavala cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de RAÚL DAUMAS LADOUCE

ROBUCK. El juicio radica en la Secretaría 48 a cargo del Actuario Judicial Carlos Galeano Aranda. Asunción, 17 de septiembre de 2025. - Se hace saber al destinatario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado, conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Excma. Corte Suprema de Justicia. 94512 – 10/10/2025

SUCESIÓN. El Juez del juzgado de 1ra. Inst en lo Civil Dr. Mario C. Miranda Gutiérrez cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de Felipa Rivas Vda de Chávez. Yuty, 25 de Setiembre de 2025, Abg ORLANDO MIRANDA Actuario Judicial. 94513 – 10/10/2025

SUCESIÓN. La Juez de Paz del Distrito de Minga Porã, de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abg. Martha Fabiana Acosta Romero, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la Sucesión de ALODIA FREDESVINDA GENEZ VDA. DE CABALLERO, para que se presenten ante la secretaria del Juzgado, si así creyeren a sus derechos. La publicación deberá realizarse en el Diario La Nación por el término de 10 (diez) días. El juicio radica en el Juzgado de Paz de la Ciudad de Minga Porã, secretaría a cargo del Actuario Abg. José Javier Arza. Minga Pora., 30 de Setiembre de 2025. 94516- 1 al 10/10

SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ DE SAN ESTANISLAO, Abogado WILSON DAVID VELAZQUEZ, cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo de sesenta días, contados desde la primera publicación del presente edicto, se presenten a reclamar sus derechos en la sucesión de MARTIN TOLEDO. San Estanislao, 15 de septiembre de 2025.- Abog Oscar Ariel Cantero, Secretario Juzgado de Paz. 94525- 1 al 10/10.

SUCESIÓN. La Juez de Paz Interina del Distrito de Ñacunday, Abg. Diana Jara Gabriaguez, cita y emplaza por el término de 60 (sesenta) días, a contar desde la fecha de la primera publicación, a presentarse todas las personas que se crean con derecho en la presente sucesión de ERME GIMENEZ, por si o por apoderado a reclamarlo. Los trámites se encuentran en la secretaria de este Juzgado. Ante mi: Terecio Quintana Gamarra (secretario). Ñacunday, 29 de agosto de 2025. 94551- 2 al 11/10

SUCESIÓN. El Juez Penal de Garantías de Iruña e Interino del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de Presidente Franco, Abg. Miguel Ángel Brítez, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ISNARDI AMARILLA FERREIRA. (Actuaria Judicial -Secretaría N° 01- Abg. Rodney González). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. Presidente Franco, 1 de Octubre de 2025. 94580- 2 al 11/10

SUCESIÓ N. El Juez de Paz de la Ciudad de Valenzuela, Abogado Hugo David Daiub Fatecha cita y emplaza por diez días a herederos y acreedores de la sucesión de SILVIA FRANCO DE TORRES s/ Sucesión, a fin de que en el plazo de sesenta días a partir de la primera publicación del presente

edicto, comparezcan ante el Juzgado a reclamar sus derechos. El juicio radica en la Secretaría única, a mi cargo. Abg. Verónica Liliana Careaga Vega. Valenzuela, 15 de setiembre de 2025. 9459111/10/2025

SUCESIÓN. LA JUEZA DE PAZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE ITÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO CENTRAL. ABG. ZULMA LILIANA ACUÑA DUARTE, Cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la SUCESIÓN de "PABLINO SANCHEZ CORONEL", Itá, 01 de octubre de 2025, Abg. PABLO CESAR OCAMPOS ORTIZ. (ACTUARIO JUDICIAL). 94595- 11/10/2025

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION DE CAAGUAZU, con asiento en la ciudad de Cnel. Oviedo, Abg. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de JUSTINA GARCETE VDA DE MARTINEZ S/ SUCESIÓN INTESTADA AÑO 2025, N° 209. CORONEL OVIEDO, 1 de Octubre de 2025. Ante mí: ADELA BENITEZ RAMOS. Actuaria Judicial - Secretaría N° 1. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 9460211/10/2025

SUCESIÓN. La Jueza de Paz de Yataity, Circunscripción Judicial del Guairá, Abog. Rosa Isabel Recalde Alderete, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de los Sres. PABLO ROLON. Yataity, 26 de septiembre del 2025. Abog. URSULA MARECOS secretaria. 94601- 2 al 11/10

SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de PRIMELIA CENTURION DE MARTINEZ. El juicio radica en la secretaría N° 1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 1 de Octubre de 2025.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94605- 2 al 11/10

SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, DRA. LAURA CENTU-

16 JUDICIAL .

RIÓN AYALA cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de SENAIDE AVALOS VDA DE BENITEZ, a fin de que aquellos que tengan interés legítimo de reclamar en la presente sucesión en el plazo de sesenta (60) días contados desde la primera publicación puedan hacerlo. CORONEL OVIEDO, 19 de Setiembre de 2025. Abg. ANTONIO RUIZ DIAZ, Actuario Judicial Interino. -Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 9461211/10/2025.

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, Alfredo Barrios Jara cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de SEVERIANO AMARILLA YAHARI. El expediente sucesorio radica en la Secretaría No. 9 a cargo del actuario Judicial Heriberto Lezcano M. ASUNCION, 1 de Octubre de 2025. Se hace saber al destinatario de este oficio que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94617 - 11/10/2025.

SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. CARINA RIOS DE COHENE cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de "CARLINO ESTIGARRIBIA PEREIRA Y NILDA RAMONA PEREIRA VDA. DE ESTIGARRIBIA S/ SUCESION INTESTADA AÑO 2.024 N° 74 FOLIO: 17", a fin de que aquellos que tengan interés legítimo de reclamar en la presente sucesión en el plazo de sesenta (60) días contados desde la primera publicación puedan hacerlo. CORONEL OVIEDO., 23 de Setiembre de 2025 Abg. ANTONIO RUIZ DIAZ, Actuario Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94681 -12/10/2025.

SUCESIÓN. La Juez de Paz del Tercer Turno de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná; con asiento en Ciudad del Este Abog. Vicenta fariña: cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de la Sra. DULCE ARAMI FRANCO OVIEDO. Secretaria: Abog. Hugo D. Martínez. Ciudad del Este Juzgado de Paz, 24 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este oficio, que él

mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema Justicia. 94675 -12/10/2025.

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Dr. Juan León Mallorquín, Abog. Héctor Pastor Ibarra González, conforme a la Ley 6059/2018, Cita y Emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de PEDRO VICENTE MALLORQUÍN PAREDES y EUFENIA NÚÑEZ DE MALLORQUÍN. Juan León Mallorquín, 2 de octubre de 2025. Abog. Roberto Trinidad Escobar (Actuario) 94679 -12/10/2025.

SUCESIÓN. EL ABOGADO AMADO RUBEN ESPINOLA DUARTE JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ MULTIFUERO DEL PRIMER TURNO DE YUTY, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAZAPA, en los autos caratulados "PEDRO PASCUAL VILLALBA BARRETO Y VICENTA SERVIN DE VILLALBA S/ SUCESIÓN. CITA Y EMPLAZA por el plazo de 60 días a herederos y acreedores de los causantes PEDRO PASCUAL VILLALBA BARRETO Y VICENTA SERVIN DE VILLALBA, en cumplimiento de la Providencia de fecha 08 de SETIEMBRE de 2025. YUTY, 08 DE SETIEMBRE DE 2025. 94687-12/10/2025.

SUCESIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE FERNANDO DE LA MORA MIRIAN FERREIRA RUIZ DIAZ, cita y emplaza por sesenta días a Herederos y Acreedores de la SUCESIÓN del señor HUGO ALBERTO CRISTALDO BENITEZ, de referencia radica en la secretaria N° 3 a cargo del Abg. ALVARO BUENO MARTINEZ. (ACTUARIO JUDICIAL).-FERNANDO DE LA MORA, 3 de Octubre de 2025- Se hace saber al destinatario del presente edicto que el mismo cuenta con el Código QR por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94732 -13/10/2025

SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, DR. JUAN MARCELINO GONZALEZ G., cita y emplaza por el termino de 60 (sesenta) días, contados desde la publicación del presente edicto, a los que tengan interés en reclamar derechos en la sucesión de MARIO ISABELINO FLEITAS MONTIEL, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 741 del Código Procesal Civil.- El juicio radica en la Secretaria a cargo de la Actuaria Judicial Abg. ANNY GREGORIA ACOSTA.PEDRO JUAN CABALLERO, 3 de Octubre de 2025.  94751 -13/10/2025.

SUCESIÓN. EL JUZGADO DE PAZ DEL SEGUNDO TURNO DEL DISTRITO DE YUTY, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAZAPA, CITA Y EMPLAZA POR EL TERMINO DE (60) SESENTA DÍAS A TODOS LOS HEREDEROS Y/O ACREEDORES DE LA SUCESIÓN DEL CAUSANTE Don MARTÍN ZARATE, con C. I. Civil N° 1.352.763. CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR PROVEIDO DICTADO POR ESTE JUZGADO EN FECHA 1 DE AGOSTO DE 2025- YUTY, 01 DE AGOSTODTO DE 2025. Luis A. Gomez Mendieta, Secretario.  94757 -13/10/2025.

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la ciudad de Dr. Juan León Mallorquín, ABOG. HECTOR PASTOR IBARRA GONZALEZ, conforme a la Ley 6059/2018, Cita y Emplaza por sesenta (60) dias a herederos y acreedores de la sucesión de PASCUAL CARDOZO OJEDA Y NICASIA ROJAS VDA. DE CARDOZO.  JUAN LEON MALLORQUIN, 2 de Octubre de 2025. Firmado digitalmente por ROBERTO TRINIDAD ESCOBAR (ACTUARIO). 94719 -13/10/2025..

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno, de la ciudad de Concepción, Cuarta Circunscripción Judicial, Abg. Fernando Javier Quevedo Suarez, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de ROBERTO EDUARDO ACUÑA

BOGADO. El expediente radica en la Secretaría N°6. Fdo. Abg.Carlos José Kolher Salinas. Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia. Concepción, 30 de Setiembre de 2025. 94787 -16/10/2025.

SUCESIÓN. El Actuario del Juzgado en lo Civil y Comercial del Vigésimo Segundo Turno de la Capital, Sec. 44, Abg. Armando Juan Jose Figari Romero, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de los Sres. ROSULO RAMON MELGAREJO y AGUSTA MELGAREJO AYALA. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Asunción, 02 de octubre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordadas. 94813 -16/10/2025.

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú, Abg. FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de

DOMINGA BEDOYA DE CHAPARRO. El juicio radica en la secretaría N° 5 a mi cargo. CAAGUAZU, 18 de Setiembre de 2025. Abg. Fidencia Martinez Riveros, Actuaria Judicial. – Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94817 -16/10/2025.

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la ciudad de Dr. Juan E. Estigarribia, Abg. LIZ NATHALIA LOBO RUIZ DIAZ, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ESTALACION

AGUSTINA OLMEDO DE MORINIGO para que se presenten al juzgado a reclamar sus derechos. El juicio caratulado "ESTALACION

AGUSTINA OLMEDO DE MORINIGO S/ SUCESION - AΝ 2025 - Ν° 107", radica en la secretaría a mi cargo.

DOCTOR J. EULOGIO ESTIGARRIBIA, 6 de Octubre de 2025. ABG. SILVIO PAUL CANO RAGGINI. Actuario Judicial - Secretaría N.º 1 del Juzgado de Primera Instancia del Fuero Civil y Comercial del Primer Turno de la Ciudad de Dr. Juan E. Estigarribia. 94817 -16/10/2025.

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Dra. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de "SILVANO ZARACHO BARRIOS".

CORONEL OVIEDO, 3 de Octubre de 2025. Ante mí: CRISTELL A. PORTILLO ARIAS.- Secretaría N° 2. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.94833 -16/10/2025.

SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ DE LA CIUDAD DE SANTA ELENA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CORDILLERA, ABG LUIS ALFREDO CABRERA cita y emplaza por sesenta días a herederos y/o acreedores de la sucesión del señor URSULINO CHAPARRO, para que se presenten a reclamar sus derechos si así lo tuvieren. Abg. y Not. Púb. Celeste Velázquez, Actuaria. Santa Elena, 03 de octubre de 2025. 94863 -17/10/2025

SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE VILLARRICA, Abg. Oscar Alfredo Ortega Varela, en los autos caratulados: “LAUREANO DUARTE GONZALEZ Y ANGELA CACERES DE DUARTE S/ SUCESION INTESTADA. N° 43, AÑO: 2025, FOLIO: 03.-”, cita y emplaza por sesenta días a los que

tengan interés en reclamar derechos contra la sucesión de los Sres. LAUREANO DUARTE GONZALEZ Y ANGELA CACERES DE DUARTE.El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Abg. Celso Ariel Benitez. ACTUARIO.-VILLARRICA, 24 de Setiembre de 2025. 94872 -17/10/2025

SUCESION. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MARGARITA BENITEZ DE BENITEZ. El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 30 de Setiembre de 2025. 9487917/10/2025.

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial del Alto Paraná con Sede en Ciudad del Este, Abogada Gabriela Maricel Meaurio Samudio, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de IVO RAMÓN COLMENARES QUINTERO. Ciudad del Este, 6 de octubre de 2025. Abg. Claudia Fabiola Jara Gallardo (Actuaria Judicial, Secretaría N° 02). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. 94880- 8 al 17/10

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia Civil y Comercial del Décimo Noveno Turno, Abg. CLAUDIA J. DOMINGUEZ F., cita y emplaza y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión del Sr. JUAN ANTONIO GARCETE SANTANDER. Asunción, 08 de octubre de 2025. ANDREA M. PORZIO SERRA (Interina), Actuaria Judicial. 94883- 8 al 17/10

tados como sigue: "Artículo 1°): La sociedad se denomina KRESKO SOCIEDAD ANONIMA. Tiene su domicilio legal en la ciudad de Hernandarias, Departamento del Alto Paraná, República del Paraguay, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de representación dentro o fuera del país. Artículo 5°): El Capital social de KRESKO SOCIEDAD ANONIMA se fija en la suma de Gs.5.000.000.000 (Guaraníes Cinco Mil Millones), representado por 500 (Quinientas) acciones ordinarias, nominativas y no endosables de Gs.10.000.000 (Guaraníes Diez Millones) cada una: identificadas con números arábigos del 001 al 500. El Capital Social podrá aumentarse o disminuirse por decisión de la Asamblea Extraordinaria y deberá elevarse a escritura pública. Además, queda hecha la Emisión de Acciones. Presidente: Breno Prado Paranhos. Director Titular: Gilberto Rubert. Inscripto en la D.G.R.P., Sección Personas Jurídicas y comercio, Matrícula Nº14.377, serie Comercial, inscripto bajo el Nº2 y al folio 13, en fecha 02/09/2025 y Matrícula del Comerciante, Bajo el Nº12669 y folio 12.669 en fecha 02/09/2025. 94835- 7 al 9/10

TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD. Dando cumplimiento a lo que establece el Artículo 1189 del Código Civil, comunicamos a quienes pueda interesar que los Socios de la firma OCEAN QUALITY S.R.L . por acuerdo unánime, han decidido la transformación de la misma en SOCIEDAD ANÓNIMA, EMISORA (S.A.E.) sucesora legal, responsable y continuadora de la Sociedad Transformada. El Balance especial confeccionado y aprobado por los socios se encuentra a disposición de los acreedores en la sede social, sito en la Calle Cien Fuegos Nº 2301, Barrio Las Mercedes de Ciudad del Este, por el plazo de 30 días contados a partir de la fecha de la última publicación. 94827- 7 al 11/10.

TRANSCRIPCIÓN DE LAS

ACTAS, DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Y ORDINARIA DE ACCIONISTAS SOBRE MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES POR CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL DE LA FIRMA LBL SOCIEDAD ANÓNIMA A KRESKO SOCIEDAD ANONIMA. Aumento de capital y emisión de acciones. Por Esc. Nº99 civil B, de fecha 08/07/2025, ante la N.P. Sara María Antonia Díaz Verón, se modifica parcialmente los Estatutos Sociales de la firma LBL SOCIEDAD ANÓNIMA por cambio de denominación a KRESKO SOCIEDAD ANONIMA y Aumento de Capital, quedando los Artículos 1º y 5º redac-

TRANSFORMACIÓN DE LA SOCIEDAD SIMPLE BERKEMEYER ATTORNEYS & COUNSELORS A BERKEMEYER ATTORNEYS & COUNSELORS S.R.L. En cumplimiento del art. 1.189 del Código Civil, se comunica para lo que hubiere lugar en derecho, la transformación de la sociedad simple Berkemeyer Attorneys & Counselors a Berkemeyer Attorneys & Counselors S.R.L. formalizada por medio de E.P. Nro. 50 de fecha 21 de julio de 2025, pasada ante la escribana pública Rosa Elena Di Martino Ortiz, con registro Nro. 4 de Asunción. Se tomó razón ante la DGRP, sección Personas Jurídicas y Comercio, matrícula jurídica Nro. 46898, serie Comercial, inscripto bajo el Nro. 1, folio 1 y siguientes, en fecha 03 de octubre de 2025. Gerentes designados: Hugo Teodoro Berkemeyer Rodríguez y Marta Leopoldina Berkemeyer de Villa. 94870-10/10/2025.

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