SUPLEMENTO - AGRUPADOS - EDICIÓN 11.033

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AGRUPADOS&JUDICIAL.

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CONVOCATORIA PARA

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de la firma LUCERNA S.A. con RUC 80149077-4, conforme al Código Civil Paraguayo, convoca a los señores accionistas a la Asamblea General Ordinaria, que se llevará a cabo el día lunes 13 de octubre de 2025, en primera convocatoria, a las 09:00 horas y, en segunda convocatoria, a las 10:00 horas, en forma presencial, en el domicilio social de la empresa, situado en la calle 25 de mayo 1894, de la ciudad de Asunción, para considerar el siguiente Orden del Día: 1. Designación de un presidente y secretario de la Asamblea General Ordinaria de accionistas. 2. Designación de los miembros del Directorio y fijación de sus remuneraciones. 3. Designación de síndico titular y suplente y fijación de sus remuneraciones. 4. Designación de accionistas o representantes para firmar el acta de asamblea Para acreditar el derecho de participación en la Asamblea se recuerda a los accionistas las disposiciones y los plazos establecidos en el Art. 1084 del Código Civil y concordantes, así como aquellas establecidas en los Estatutos Sociales. EL DIRECTORIO.  94656  -7/10/2025

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de SEGURIDAD S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS, de conformidad a lo prescrito en sus Estatutos Sociales, convoca a los Señores Accionistas a la Asamblea General Ordinaria a realizarse el día 27 de octubre de 2025 a las

09:00 horas en el local de la Avda. Mcal. López Nro. 793, con el objeto de tratar el siguiente: ORDEN DEL DIA 1- Lectura y consideración de la Memoria, Balance General: Inventario de las Cuentas del Activo y Pasivo, Cuentas de Pérdidas y Ganancias e informe del Síndico correspondiente al Ejercicio cerrado al 30 de junio del 2025. 2Fijación de Remuneración a miembros del Directorio. 3- Elección de un Síndico titular y otro suplente. 4- Distribución de Utilidades. 5Designación de 2 Accionistas para firmar el Acta de Asamblea. Se recuerda a los señores accionistas la previsión del Artículo 12° de los estatutos sociales. Referente al depósito de acciones para formar parte en la Asamblea. EL DIRECTORIO. Asunción, 22 de Setiembre de 2025. 94634 -7/10/2025

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de AUTOMOTIVA TINTAS SOCIEDAD

ANONIMA RUC 80052850-6, convoca a Asamblea General Ordinaria de accionistas y Miembros del Directorio para el 13 de octubre de 2025 en primera convocatoria para las 08:00 hs y segunda convocatoria para las 09:00 hs a realizarse en Super Carretera, frente al Viaducto del Km 4, en Ciudad del Este, con el siguiente orden del día: 1-Designacion de directores y sindico. 94637- 3 al 7/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de KADY CENTRO AUTOMOTIVO S.A. en uso de sus atribuciones, convoca a los socios de la firma, a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 14 de octubre de 2025, a las 08:00 hs., primera convocatoria, y 09:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en Fracción Alexandrino, Distrito de Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un presidente y Secretario de Asamblea. 2-Aumento de Capital. 3-Modificación de Estatutos Sociales. 4-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. 94640- 3 AL 7/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de KADY CENTRO AUTOMOTIVO S.A en uso de sus atribuciones, convoca a los socios de la firma, a la Asamblea General Ordinaria, a realizarse el día 14 de octubre de 2025, a las 16:00 hs., primera convocatoria, y 17:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en Fracción Alexandrino, Distrito de Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los

demás socios. 94641- 3 al 7/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. En cumplimiento de las disposiciones legales y vigentes y de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos Sociales se convoca a los Señores Accionistas de la empresa CONSUMER SUPPLIER PARAGUAY S.A. con RUC 80122605-8 a la Asamblea General Extraordinario, para el día 20 de octubre de 2025, a las 10:00 horas, en su local cito en su sede a fin de tratar el siguiente orden del día: 1-Elección de presidente y secretario de asamblea. 2-Venta de acciones. 3-Elección de representante legal, presidente y vicepresidente. 4-Designación de dos accionistas para suscribir el acta de asamblea. nota: se recuerda a los señores accionistas lo dispuesto en el art. 1084 del código civil sobre depósitos de las acciones para tener derecho de asistencia a la asamblea. El Directorio 94652- 3 al 7/10

O S. A. CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA. De conformidad a lo previsto en los Estatutos Sociales, el Directorio convoca a ASAMBLEA ORDINARIA DE ACCIONISTAS de O S.A., la que deberá reunirse el próximo 13 de octubre de 2025, a las 11:00 horas, en el local social sito en Guido Spano 1397, ciudad de Asunción, República del Paraguay, para tratar el siguiente ORDEN DEL DÍA: 1. Elección de un Presidente y un Secretario de Asamblea; 2. Emisión de acciones; 3. Designación de miembros del Directorio. Fijación de sus remuneraciones; 4. Elección de Síndicos Titular y Suplente. Fijación de sus remuneraciones; 5. Designación de dos accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. NOTA: Se previene a los señores Accionistas el cumplimiento de lo establecido en los Estatutos Sociales, para el derecho a la asistencia en las Asambleas. El Directorio. 94654 - 7/10/2025.

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Tercero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la firma AGILIZA TRANSPORTES SOCIEDAD ANÓNIMA, con RUC Nº 80037175-5, el día 20 de Octubre de 2025, a las 09:00 horas, en el local de la Sociedad, sito sobre la Avda. San Blas - Edificio Emperador, en Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Extraordinaria. 2-Modificación del Estatuto Social. Aumento de capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea  conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, la primera con-

vocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente el 60% de las acciones con derecho a voto y la segunda convocatoria con el 30% de las acciones con derecho a voto. EL  Directorio 946857/10/2025.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma AGILIZA TRANSPORTES SOCIEDAD ANÓNIMA , con  RUC Nº 80037175-5, el día 20 de Octubre de 2024, a las 14:00 horas, en el local de la Sociedad, sito sobre la Avda. San Blas - Edificio Emperador, en Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente el 51% de las acciones con derecho a voto y la segunda convocatoria con los socios que se encuentren presentes. El Directorio 946867/10/2025.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma H.W. TRANSPORTADORA SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80025654-9, el día 20 de Octubre de 2025, a las 10:00 horas, en el local de la Sociedad, Ciudad de Santa Rita, Alto Paraná, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1- Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Extraordinaria. 2-Modificación de Estatutos.  Aumento de capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Quinto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 946887/10/2025.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma “H.W. TRANSPORTADORA SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80025654-9, el día 20 de Octubre de 2025, a las 15:00 horas, en el local de la Sociedad, Ciudad de Santa Rita, Alto Paraná, para tratar los

siguientes temas orden del día: |1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de Acciones 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo quinto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. El  Directorio. 946907/10/2025.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de  A Y M GROUP SA con RUC 80148711-0 , convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo  el día 08 de octubre  de 2025,  en la sede social del Km 7 Avda Julio Cesar Riquelme , a pasos de calle 2000 Ciudad del Este, con teléfono nº 0973 200 552, a las 15:30 hs para tratar el siguiente orden del día:1-Elección de autoridades de la asamblea, un presidente y un secretario. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio, balance general, cuadro de resultados, inventario, flujo de efectivos, destino de los resultados, variación del patrimonio neto e informe del síndico correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre del 2024. 3-Elección de directores y síndicos. 4-Designación de retribuciones a directores y síndico titular. 5-Elección de 2 (dos) accionistas para firmar el acta de asamblea. El directorio. 94695 - 7/10/2025.

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma FRONTERAS TRANSPORTES SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80037174-7, el día 20 de Octubre del 2025, a las 10:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Juan León Mallorquín, Km. 30 de la Ciudad de Minga Guazú, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Extraordinaria.  2-Modificación del Estatuto Social. Aumento de capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Tercero, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94697- 7/10/2025.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a

Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma FRONTERAS TRANSPORTES SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80037174-7, el día 20 de Octubre del 2025, a las 16:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Juan León Mallorquín, Km 30 de la Ciudad de Minga Guazú, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de Acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. El Directorio 94698 - 7/10/2025.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De la conformidad al Art.21 de los Estatutos Sociales, llámase a Asamblea General Ordinaria a los Señores Accionistas de la firma ENERMAT S.A., con Ruc Nº 80135979 - 1, a realizarse el 18 de octubre, a las 08:30 horas, en el local social, situado en Avenida San Blas c/ Patricio Colman, orden del día: 1-Designación de un secretario de Asamblea. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio, balance general, cuadro de resultado e informe del Síndico, todos correspondientes al Ejercicio cerrado al 31 de diciembre del 2024. 3-Elección de directores, síndicos y presidente del directorio. 4-Consideración de las remuneraciones de directores y Síndico. 5-Distribución de las utilidades si la hubiere. 6-Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea junto con el secretario y el presidente. Observación: Se recuerda a los Señores Accionistas sobre el ART. 21 de los Estatutos Sociales y el Art. 1.084 del Código Civil. El Directorio. 94709- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma HDS TRANSPORTES SOCIEDAD ANÓNIMA , con RUC Nº 80119957-3, el día 21 de octubre de 2025, a las 08:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la ciudad de Minga Guazú, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de Asamblea. 2-Modificación del Estatuto, Aumento por capitalización de resultados. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, en la primera

2 JUDICIAL .

convocatoria se requiere la asistencia del (60%) de Accionistas que represente la mayoría y en la segunda convocatoria con el (30%) de las Acciones con derecho al voto. 94710- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma HDS TRANSPORTES SOCIEDAD ANÓNIMA , con  RUC Nº 80119957-3, el día 21 de Octubre de 2025, a las 14:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la ciudad de Minga Guazú, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, en la primera convocatoria se requiere la asistencia del (51%) de Accionistas que represente la mayoría y en la segunda convocatoria con el (30%) de las Acciones con derecho al voto. 94711- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma MERCOSUR SOCIEDAD ANÓNIMA , con RUC Nº 80032526-5, el día 21 de octubre de 2025, a las 09:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Calle 34 Curuguateños y Bernardino Caballero, Salto del Guaira, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de asamblea. 2-Modificación del Estatuto Social. Aumento de Capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. El Directorio 94712- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma MERCOSUR  SOCIEDAD ANÓNIMA, con RUC Nº 80032526-5, el día 21 de Octubre de 2025, a las 15:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Calle 34 Curuguateños y Bernardino Caballero, Salto del Guaira, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda

a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94713- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de COMERCIAL E INDUSTRIAL NEMO SOCIEDAD ANÓNIMA, convoca a Asamblea General Ordinaria, el 14 de octubre de 2025 a las 10:00 hs. primera convocatoria y a las 10:00 hs. y a las 11:00 hs segunda convocatoria en Av. Carlos A. López, Edificio Castilla Center, Ciudad del Este, orden del día: 1- Establecer la Asamblea. 2- Designación de un presidente y secretario de la Asamblea. 3-Lectura y consideración de la memoria anual del directorio, balance general, informe del síndico, inventario, cuadro de pérdidas y ganancias al 31 de diciembre de 2024. 4-Consideración de los resultados del ejercicio. 5-Distribución de utilidades. 5-Elección de Miembros del Directorio titulares y suplentes. 6-Designación de Síndicos Titular y Suplente de la Sociedad respectivamente. 7-Fijación de Remuneraciones del Directorio y del Síndico. 8-Designación de accionistas para suscribir el acta de asamblea. Ciudad del Este, 02 de octubre de 2025. 94714- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma NIERO LOG SOCIEDAD ANONIMA , con  RUC Nº 80101814-5, el día 21 de Octubre de 2025, a las 10:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Río Aquidabán c/detrás de la Municipalidad de Minga Guazú, Km. 16 Acaray, Departamento del Alto Paraná, de la República del Paraguay, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1- Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Extraordinaria. 2-Modificación de Estatuto. Aumento de Capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, en la primera convocatoria se requiere la asistencia de (51%) cincuenta y un por ciento de las Acciones que represente la mayoría y la segunda convocatoria que se requiere con el (30%) treinta por ciento de los accionistas. El Directorio. 94720- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de SOL TELECOMUNICACIONES S.A. en uso de sus atribuciones, convoca a los socios de la firma, a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 14 de octubre de 2025, a las 08:00 hs.,

primera convocatoria, y 09:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en la Avda. Monseñor Agustin Van Hacken E/ Calle Fulgencio R. Moreno, Distrito de Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un presidente y secretario de Asamblea. 2-Aumento de Capital. 3-Modificación de Estatutos Sociales. 4-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. 94715- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de SOL TELECOMUNICACIONES S.A. en uso de sus atribuciones, convoca a los socios de la firma, a la Asamblea General Ordinaria, a realizarse el día 14 de octubre de 2025, a las 14:00 hs., primera convocatoria, y 15:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en la Avda. Monseñor Agustin Van Hacken E/ Calle Fulgencio R. Moreno, Distrito de Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un presidente y secretario de Asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. 947164 al 8/10

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. De conformidad con lo establecido en el Art. 28 del Estatuto Social, el Consejo Directivo de la ASOCIACIÓN DE CRIADORES DE CABALLOS CRIOLLOS DEL PARAGUAY, convoca a sus asociados a la Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el lunes 20 de octubre del 2025, a las 18:00 horas en la primera convocatoria y las 19:00 horas en la segunda y última convocatoria, en la sede de su local en el campo de Exposiciones de Mariano Roque Alonso, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Adecuación del estatuto Social vigente, conforme a las disposiciones legales actuales. 2-Adecuación de las modificaciones existentes dentro del estatuto social. 3-Modificación parcial de artículos divergidos. 4-Inclusión del Art. 18. “De las sesiones telemáticas de la Comisión Directiva”. 5-Designación de dos socios para firmar el acta de la Asamblea con el Presidente y el Secretario de la ACCCP. Se recuerda a los Socios lo estipulado en el Art. 40 de los Estatutos Sociales, en el que se establece que podrán participar en las asambleas con voz y voto, aquellos socios que se encuentren al día en el pago de sus cuotas sociales, cuyo listado será elaborado y habilitado por la tesorería, una hora antes de iniciarse la Asamblea. CONSEJO DIRECTIVO. 94734 - 8/10/2025

ASAMBLEA  GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a

Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma NIERO LOG SOCIEDAD ANONIMA con  RUC Nº 80101814-5, el día 21 de Octubre de 2025, a las 16:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Rio Aquidaban c/ detrás de la Municipalidad de Minga Guazú, Km. 16 Acaray, Departamento del Alto Paraná, de la República del Paraguay, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, en la primera convocatoria se requiere la asistencia de (51%) cincuenta y un por ciento de las Acciones que represente la mayoría y la segunda convocatoria que se requiere con el (30%) treinta por ciento de los accionistas. EL Directorio 94721- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma RODOFORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80049345-1, el día 21 de Octubre de 2025, a las 11:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Supercarretera Km. 2, de la ciudad de Hernandarias, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Extraordinaria. 2-Modificación del Estatuto Social. Aumento de capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94722-4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma RODOFORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80049345-1, el día 21 de Octubre de 2025, a las 16:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Supercarretera Km. 2, de la ciudad de Hernandarias, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3- Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo

Segundo, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94723- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la firma TODOSCANIA REPUESTOS SOCIEDAD ANÓNIMA , con  RUC Nº 80047649-2, el día 22 de Octubre de 2025, a las 08:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Monseñor Rodríguez Km. 4 ½, de Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretaria para presidir la Asamblea Extraordinaria.  2-Modificación del Estatuto Social. Aumento de Capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea  conjuntamente con el Presidente y la Secretaria. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Primero, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. El Directorio 94724- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma TODOSCANIA REPUESTOS SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80047649-2, el día 22 de Octubre de 2025, a las 14:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Avda. Monseñor Rodríguez Km. 4 ½, de Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 2-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y la Secretaria. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo quinto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94725- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma TRANS FAMILY IMPORT EXPORT S.A., con RUC Nº 80073970-1, el día 22 de Octubre de 2025, a las 09:00 horas, en el local de la Sociedad, sito sobre la calle 14 de Mayo de la ciudad de Santa Rita, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Extraordinaria

2-Modificación del Estatuto Social. Cambio de domicilio. 3-Modificación del Estatuto Social.  Aumento de capital. 4-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. 94726- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma TRANS  FAMILY IMPORT EXPORT SOCIEDAD ANÓNIMA , con  RUC Nº 80073970-1, el día 22 de Octubre de 2025, a las 15:00 horas, en el local de la Sociedad, sito sobre la calle 14 de Mayo de la ciudad de Santa Rita, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de Acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. 94727- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de la firma LEGACY BUSINESS SOCIEDAD ANONIMA convoca a sus Accionistas a Asamblea General Extraordinaria a llevarse a cabo en 1ra. Convocatoria a las 08:00hs. y 2da. Convocatoria a las 09.00hs. el día 20 de octubre del año 2025 en su sede social ubicado en Calle, Regimiento Piribebuy c/ Adrián Jara, Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná, a fin de tratar los siguientes Orden del día: 1. Elección del presidente de Asamblea. 2. Designación de un secretario de Asamblea y un Accionista para suscribir el Acta conjuntamente con el presidente de Asamblea. 3. Modificación del Estatuto Social. 94729- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de la firma LEGACY BUSINESS SOCIEDAD ANONIMA convoca a sus Accionistas a Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo en 1ra. Convocatoria a las 10:30hs. y 2da. Convocatoria a las 11.30hs. el día 20 de octubre del año 2025 en su sede social ubicada en Calle, Regimiento Piribebuy c/Adrián Jara, Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná, a fin de tratar los siguientes Orden del día: 1. Elección del presidente de la asamblea. 2. Designación de un secretario de asamblea y un Accionista para suscribir el Acta

conjuntamente con el presidente de Asamblea. 3. Emisión de Acciones. 94730- 4 al 10/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA LA CÁMARA DE COMERCIO Y SERVICIOS DE CIUDAD DEL ESTE., de conformidad con el Capítulo IV, Artículos 13 y 14 de sus Estatutos, convoca a todos los Socios a la Asamblea General Ordinaria, a celebrarse el día miércoles 15 de octubre de 2025, a las 16:00 horas, en la Sala de reuniones de la Cámara de Comercio y Servicios de Ciudad del Este, sita en Calle Florentín Oviedo N° 777-Barrio Boquerón, Ciudad del Este, Alto Paraná, Paraguay. Pasados 30 minutos de la hora indicada, la Asamblea se iniciará con la cantidad de Socios presentes, para tratar el siguiente orden del día: 1. Lectura del acta de la Asamblea anterior (periodo 2023-2025). 2. Aprobación de la memoria del Directorio preparada por el presidente (periodo 2023-2025), del Balance General de Situación y Estado Patrimonial, cuentas de ingresos y egresos a cargo del Tesorero de la Institución, y el Informe del Síndico. 3. Elección de un nuevo Consejo Directivo: presidente, vicepresidente 1º.Vicepresidente 2°. Vicepresidente 3º. Secretario General y Prosecretario General. Tesorero y Pro Tesorero, Síndico titular y suplente, 4 vocales y o vocales suplentes. 4. Aprobación por parte de la Asamblea para otorgar facultades al Directorio a fin de crear departamentos, nombrar un director para cada uno, y designar un Director General de la Cámara de Comercio y Servicios de Ciudad del Este. 5. Facultades al Directorio para nombrar Asesores y Consejeros. 6. Asuntos varios.

7. Cierre de la Asamblea. Ciudad del Este. 04 de octubre de 2025. 94736- 4 al 6/10

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Cuarto del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la firma TRANS NASCIMENTO SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80031880-3, el día 22 de Octubre de 2025, a las 10:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la ciudad de Santa Rita, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Extraordinaria.

2-Modificación del Estatuto Social. Aumento de Capital.

3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Trigésimo primero, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 94741- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Cuarto del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma TRANS NASCIMENTO SOCIEDAD ANÓNIMA con  RUC Nº 80031880-3, el día 22 de Octubre de 2025, a las 16:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la ciudad de Santa Rita, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de Presidente y Secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Noveno, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente la mayoría y la segunda convocatoria con cualquier número de socios. EL Directorio 74746- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. ACTA DE DIRECTORIO N°43 En la ciudad de Asunción, República del Paraguay, a los 03 días del mes de octubre  del 2025, siendo las 09:00hs, en el local social sito en la calle Austria 1585 c/ Avda. San Martin se reúnen los miembros titulares del directorio los señores Marcial Gómez y Alberto Peroni de la firma ANDES LOGISTICS

DEL PARAGUAY S.A para tratar el siguiente punto del orden del día:

* Convocatoria a Asamblea General Ordinaria de accionistas. Luego de un intercambio de pareceres el directorio resuelve convocar a asamblea general de ordinaria de accionistas para el dia 18 de octubre del 2025 a las 09:00hs en el local sito en la calle Austria 1585 c/ Avda. San Martin de la ciudad de asunción para tratar lo siguiente: Orden del dia: 1. Designación de Presidente y secretario de Asamblea. 2. ⁠Elección de miembros del directorio 3. Emisión y suscripción de acciones dentro del capital social. 4. Designación de uno o dos accionistas para la firma del acta de asamblea. Sin tener otro punto que tratar se levanta la sesión siendo las 10hs. 94752- 8/10/2025

ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma TRANSLIBERDADE LOGISTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, con RUC Nº 80089642-4, el día 20 de octubre de 2025, a las 10:00 horas, en el local de la Sociedad, sito sobre la calle Juan Martinich a 200 Mts. de la Avda. Monseñor Rodríguez Km. 5,5 en Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de Asamblea Extraordinaria. 2-Modificación del Estatuto Social.  Aumento de Capital. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea

conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Cuarto, en la primera convocatoria se requieren más del sesenta por ciento (51%) de las acciones con derecho a voto. En la segunda convocatoria se requiere concurrencia que represente cuando menos el treinta por ciento (30%) de los accionistas con derecho a voto. Las resoluciones serán tomadas por mayoría absoluta en ambos casos. 94738- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma TRANSLIBERDADE LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80089642-4, el día 20 de Octubre de 2025, a las 15:00 horas, en el local de la Sociedad, sito sobre la calle Juan Martinich a 200 Mts. de la Avda. Monseñor Rodríguez Km. 5,5 en Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de Asamblea Ordinaria. 2-Emisión de acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, en la primera convocatoria se requieren más del cincuenta y un por ciento (51%) de las acciones con derecho a voto. En la segunda convocatoria se requiere concurrencia que represente cuando menos el treinta por ciento (30%) de los accionistas con derecho a voto. Las resoluciones serán tomadas por mayoría absoluta en ambos casos. 94749- 4 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Firma TRANSFEPAJE SOCIEDAD ANÓNIMA, con  RUC Nº 80057577-6, el día 23 de Octubre de 2025, a las 08:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la calle Juan Martinich a 200 Mts. de la Avda. Monseñor Rodríguez, de Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas orden del día: 1-Designación de presidente y

secretario de Asamblea. 2-Modificación del Estatuto Social. Cambio de domicilio. 3-Modificación del Estatuto Social. Aumento de Capital. 4-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea  conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo Segundo, en la primera convocatoria se requieren más del cincuenta y un por ciento (51%) de los accionistas. En la segunda convocatoria se requiere concurrencia que represente cuando menos el treinta por ciento (30%) de los accionistas con derecho a voto. Las resoluciones serán tomadas por mayoría absoluta en ambos casos.  EL Directorio 947594 al 8/10

ASAMBLEA  GENERAL ORDINARIA. De acuerdo a las disposiciones del Art. Vigésimo Primero del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma TRANSFEPAJE  SOCIEDAD  ANÓNIMA, con  RUC Nº 80057577-6, el día 23 de Octubre de 2025, a las 14:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la calle Juan Martinich a 200 Mts. de la Avda. Monseñor Rodríguez, de Ciudad del Este, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Designación de presidente y secretario de Asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo

MARTES 7 DE OCTUBRE DE 2025

Segundo, en la primera convocatoria se requieren más del cincuenta y un por ciento (51%) de los accionistas. En la segunda convocatoria se requiere concurrencia que represente cuando menos el treinta por ciento (30%) de los accionistas con derecho a voto. Las resoluciones serán tomadas por mayoría absoluta en ambos casos. EL Directorio 94762-4 al 8/10

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA. De conformidad con lo estatuido en las cláusulas 11 y 12 de los Estatutos Sociales, convocase a los señores Accionistas de TELEDEPORTES PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA, a la Asamblea Ordinaria a realizarse en fecha 13 de octubre de 2.025, a las 16:00 horas, en su local sito en Zavala Cué y Herminio Giménez, Fernando de la Mora, a efectos de tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de Presidente y Secretario de Asamblea. 2) Lectura y consideración de la Memoria del Directorio, Balance y Cuadro demostrativo de pérdidas y ganancias, distribución de utilidades e informe del Síndico, correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2.024. 3) Designación de representante para suscribir el Acta de Asamblea. 94764 -8/10/2025.

ASAMBLEA EXTRAORDINA-

RIA. De conformidad con lo establecido en los Estatutos Sociales, convocase a los señores Accionistas de TINKERBELL S.A. a la Asamblea Extraordinaria a reali-

zarse en fecha 21 de octubre de 2025, a las 10:00 horas, en su sede social, a efectos de tratar el siguiente orden del día: 1) Elección del Presidente y el Secretario de la Asamblea Extraordinaria; 2) Aumento de capital de la sociedad; 3) Modificación de los estatutos sociales; y 4) Designación de accionistas que suscriban el acta, de conformidad con el Art. 1096 del Código Civil. El Directorio. 947768/10/2025.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de SIMON REPUESTOS S.A. en uso de sus atribuciones, convoca a los accionistas de la firma, a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 14 de octubre de 2025, a las 09:00 hs., primera convocatoria, y 10:00 hs., Segunda convocatoria en el local de la firma sito en Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2-Aumento de capital. 3-Modificación de estatutos sociales. 4-Elección de 02 accionistas para firmar el acta. Se recuerda a los señores accionistas que deben dar cumplimiento al Art. 1084 de Código Civil, respecto al depósito de las acciones. 94766- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de SIMON REPUESTOS S.A. en uso de sus atribuciones, convoca a los accionistas de la firma, a la Asamblea General Ordinaria, a realizarse el día 14 de octubre de 2025, a las

16:00 hs., primera convocatoria, y 17:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. Se recuerda a los señores accionistas que deben dar cumplimiento al Art. 1084 de Código Civil, respecto al depósito de las acciones. 94768- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL

EXTRAORDINARIA. El Directorio de TURBOS PY S.A. en uso de sus atribuciones, convoca a los accionistas de la firma, a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 15 de octubre de 2025, a las 08:00 hs., primera convocatoria, y 09:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un presidente y secretario de asamblea. 2-Aumento de capital. 3-Modificación de estatutos sociales. 4-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. Se recuerda a los señores accionistas que deben dar cumplimiento al Art. 1084 de Código Civil, respecto al depósito de las acciones. 94770- 4 al 8/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de   TURBOS PY S.A. en uso de sus atribuciones, convoca a los accionistas de la firma, a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, a realizarse el día 15 de octubre de 2025, a las 16:00 hs., primera convocatoria, y 17:00 hs., segunda convocatoria en el local de la firma sito en Santa Rita, departamento de Alto Paraná, para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Elección de 02 socios que suscribirán el Acta de Asamblea en representación de los demás socios. Se recuerda a los señores accionistas que deben dar cumplimiento al Art. 1084 de Código Civil, respecto al depósito de las acciones. 94711- 4 al 8/10.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA DE ACCIONISTAS. Convocase a los señores accionistas a Asamblea Ordinaria de ROYAL SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, el 20 de octubre de 2025, a las 14:00 horas, en primera convocatoria y a las 15:00 horas en segunda, en el domicilio social de esta capital. Se considerarán los siguientes temas, como “Orden del día”: 1)- Nombramiento de las autoridades de la Asamblea Ordinaria. 2)- Lectura y ratificación de las Actas de Directorio N.º 379 y 394. 3- Lectura y consideración del balance general, cuenta de ganancias y pérdidas, distribución de utilidades, informe

del síndico, memoria anual del Directorio, correspondientes al ejercicio cerrado. 4) Designación del Órgano Directivo de la Sociedad y fijación de su retribución. 5)

Designación del Síndico de la Sociedad y fijación de su retribución. 6) Designación de dos accionistas para la suscripción del Acta de Asamblea. 94666 -10/10/2025.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. Convocase a los señores accionistas a Asamblea Ordinaria de ROYAL SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, el 20 de octubre de 2025, a las 15:00 horas, en primera convocatoria y a las 16:00 horas en segunda, en el domicilio social de esta capital. Se considerarán los siguientes temas, como “Orden del día”: 1- Nombramiento de las autoridades de la Asamblea Extraordinaria. 2Aumento de Capital Social. 3Modificación de Estatutos Sociales. 4- Designación de dos accionistas para firmar el acta de conformidad con el Art.1096 del Código Civil. 94667 -10/10/2025.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA DE ACCIONISTAS. Convocase a los señores accionistas a Asamblea Ordinaria de ROYAL SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, el 20 de octubre de 2025, a las 16:00 horas, en primera convocatoria y a las 17:00 horas en segunda, en el domicilio social de esta capital. Se considerarán los siguientes temas, como “Orden del día”: 1- Nombramiento de las autoridades de la Asamblea Ordinaria. 2- Emisión de acciones liberadas de pago. 3Designación de dos accionistas para la suscripción del Acta de Asamblea. 94775 -10/10/2025.

TIVOLI SOCIEDAD ANÓNIMA

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA CONVOCATORIA. El Directorio de TIVOLI Sociedad Anónima RUC 80159800-1 convoca a sus Accionistas a la Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo el día miercoles 22 de Octubre del 2025 a las 10:00 hrs. en el local social, para tratar lo siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Elección del Presidente y Secretario de Asamblea. 2. Elección y remuneración de Directores Titulares. 3. Elección y remuneración de Síndicos Titular y Suplente. 4. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Nota: Se recuerda a los señores Accionistas que, para la participación de la Asamblea según los Estatutos Sociales, deberán depositar sus acciones en la Empresa con tres días de anticipación a la fecha fijada. EL DIRECTORIO. 94832-11/10/2025

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad al artículo Vigésimo Séptimo del Estatuto Social, llámase a Asamblea General Ordinaria a los señores accionistas de la empresa PYSA INDUSTRIA

DE COMPUESTOS Y METALES SOCIEDAD ANÓNIMA, a realizarse el día 21 de octubre del año 2025, a las 09:00 hs am en el local de la firma, situado en Ruta No 2 Mariscal José Félix Estigarribia Km 313.5, Departamento del Alto Paraná, República del Paraguay, Orden del día: 1-Designación de un Secretario de Asamblea 2-Integración de las acciones 3-Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea junto con el Secretario y el Presidente Observación; se recuerda a los señores accionistas sobre lo dispuesto en el artículo Vigésimo Octavo del Estatuto Social y artículo 1084 del código Civil. EL Directorio 94785- 7 al 11/10

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De acuerdo con lo establecido en el Art. 19 y siguientes de los Estatutos Sociales, el Directorio en ejercicio de la ASOCIACIÓN DE INTERCAMBIO AMISTOSO CHINA-PARAGUAY, en el domicilio de la asociación sito en Avenida José Asunción Flores y Manuel Ortiz Guerrero de la ciudad de Hernandarias, convoca en primera y segunda convocatoria a los señores socios a Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 22 de Octubre de 2025, a las 13¬¬:00 hs primera convocatoria, 14:00 hs para la segunda convocatoria, con el objeto de considerar el siguiente: orden del día: 1-Designación del Presidente y Secretario de Asamblea. 2- Lectura y consideración del Acta Anterior, Consideración de la Memoria del Directorio, Balance General, Estado de Resultados, Estado de Variación del Patrimonio Neto y Estado de Flujo de Efectivo e Informe del Síndico, correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024. 3-Análisis y resolución sobre el destino de los resultados del ejercicio 2024. 4-Elección de miembros del Directorio y del Síndico para el año 2025, y asignación de sus remuneraciones. 5-Elección de accionistas que suscriban el acta juntamente con el Secretario. 6-Temas Varios. EL Directorio. 94818- 7 al 11/10.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA: EL DIRECTORIO DE LA FIRMA MUNDIAL VENTURES

S.A. con R.U.C. Nº 80146987-2 convoca a sus Accionistas a Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día 21 de octubre del 2025, a las 09:00 horas en primera convocatoria y 10:30 horas en segunda convocatoria, en su sede social ubicado en la Ciudad de Hernandarias, para considerar el siguiente orden del día: 1. Elección del presidente y secretario de la Asamblea. 2. Emisión de nuevas acciones. 3. Elección del Directorio y determinación de su remuneración. 4. Elección de Síndicos y determinación de su remuneración. 5. Asuntos generales de interés de la sociedad y permitidos en esta clase de reunión. 6. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Se

recuerda a los Accionistas el depósito de sus acciones y su registro en el Libro de Asistencia con la debida anticipación con el fin de obtener participación. 94845- 7 al 11/10.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de la firma MUNDIAL VENTURES S.A. con R.U.C. Nº 80146987-2 convoca a sus Accionistas a Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día 21 de octubre del 2025, a las 07:30 horas en primera convocatoria y 8:30 horas en segunda convocatoria, en su sede social ubicado en la Ciudad de Hernandarias, para considerar el siguiente orden del día: 1. Elección del presidente de Asamblea. Designación de un secretario de Asamblea y un Accionista para suscribir el Acta conjuntamente con el presidente. 2. Aumento de capital social. 3-Modificación y consolidación del Estatuto Social. 4-Elección de un Accionista para la firma del Acta. Se recuerda a los Accionistas el depósito sus Acciones y su registro en el Libro de Asistencia con la debida anticipación con el fin de obtener participación. 948437 al 11/10

HOKI E.A.S., en sus caracteres de Socios. Domicilio Ciudad del Este. Inscripción: Reg. Público, Secc. Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica Nº 35288, Serie Comercial, bajo el Nº 3, folio 24, en fecha 13/08/2025. Reingreso: 19/09/2025 Inscripto de conformidad a la Acordada CSJ Nº 1539/21 DTR Nº 4/21. 97786- 7 al 9/10

CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CAMPANULA SOCIEDAD ANÓNIMA. Por Escritura Pública Nro. 148 de fecha 03 de septiembre de 2025, autorizada por la Notaria y Escribana Pública María Inés Sabe Bittar, titular del Registro N° 791, se constituye la Sociedad CAMPANULA S.A. con domicilio en Asunción, Paraguay. Duración: 99 años. Objeto social: actividades comerciales, industriales, servicios profesionales en general. Capital Autorizado: Gs. 200.000.000. Capital suscripto e integrado: Gs. 12.000.000 Administración: por un Directorio de 1 a 5 miembros titulares. Primer directorio: Alejandro José Piera Valdés. Síndico titular: Alma María Benítez Sánchez. Inscripta en la D.G.R.P., sección PERSONAS JURIDICAS Y COMERCIO, Matrícula Nro. 46886, Serie Comercial, Entrada Nro. 15076222, fecha 11-09-2025, Reingreso: 23-092025, inscripta bajo el Nro. 1, Folio 1. 94841 -9/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Liz Nathalia Lobo Ruiz Díaz, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos HUGO JOEL ESCOBAR CARDOZO Y PERLA VILLASANTI CAMPUZANO, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la Ley 1/92. El juicio caratulado JUICIO: HUGO JOEL ESCOBAR CARDOZO Y PERLA VILLASANTI CAMPUZANO s/Disolución y Liquidación de la Comunidad conyugal-Año 2025-N°. 85, radica en la secretaría N°1 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 1° Turno, del Poder Judicial de la ciudad de Dr. J. Eulogio Estigarribia. Abg. Silvio Paul Cano Raggini. Actuario Judicial - secretaria Nº 1. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94160- 23/09 al 07/10

CRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos FIDELINA MONTANIA DE DOMINGUEZ y GILBERTO DOMINGUES, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. CAROLINA FRANCO VAZQUEZ.- PEDRO JUAN CABALLERO, 19 de Setiembre de 2025. 94200 -7/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL AMAMBAY, ABG. BERNARDO MONGELOS ARCE, cita y emplaza por el plazo de 15 veces a los que tengan interés en reclamar créditos o derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos PAULO SOUZA DE ANDRADE Y CELESTE NOEMI GONZALEZ DE SOUZA, para que en el término de 30 días, comparezcan a deducir acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante, sino contra los bienes propios del deudor, de conformidad al Art. 614 inc. c) del Código Procesal Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 06, a cargo del Actuario Judicial Abg. FREDY FERNANDO MOLINAS DESVARS.PEDRO JUAN CABALLERO, 4 de Setiembre de 2025. 94220 -7/10/2025.

CESION Y VENTA DE CUOTAS SOCIALES. - Aumento de Capital Social y Modificación Parcial de Estatutos Sociales, solicitado por la firma CASA LUO S.R.L., Esc. Públ. Nº 181, fecha 11/07/2025, Esc. Pública Amanda Carla Ortiz F., solicitado por los socios: ZEBIAO LUO, XIAOPING CHEN Y LA FIRMA

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL SEGUNDO TURNO DE CAPIATA, ABG. BLAS ALCIDES FIGUEREDO MIRANDA, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSE GABRIEL MENDOZA JARA Y GLORIA BEATRIZ GIMENEZ ESTIGARRIBIA para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El Juicio radica en la Secretaría N°4 a cargo de la Actuaria Judicial Abg. SILVIA SOSA SANABRIA. CAPIATA, 9 de Setiembre de 2025. c/ Código QR. 93952 -7/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNS-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE SAN PEDRO DEL PARANÁ, ITAPÚA, Abg. FRANCISCA SOLANA AQUINO ALGARÍN, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CRISTINA FLORES VERA con C.I.N° 1.953.338 y CARLOS VERA con C.I.N° 1327700, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría (única) a mi cargo Abg. ANIBAL AMARILLA NAVARRO, Actuario Judicial. SAN PEDRO DEL PARANA, 17 de Junio de 2025. De igual manera se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del

Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual por parte del Actuario del Juzgado, conforme a la Acordada N° 1366/2019. 94310 –8/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL

JUEZ DE J. AUGUSTO SALDIVAR, DR. ROBERTO SALDIVAR MARTÍNEZ, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos EDGAR DAVID ACOSTA

PAREDES Y OLGA VANESA

VERA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 modificado Código Civil Paraguayo vigente. El Juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Abg. Noemí Noguera, Actuaria Judicial. 23 de Setiembre de 2025. 94260 -8/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CINTHIA MABEL VILLA PEREZ y CRISTINO RAMON AGUILAR SOSA, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial,  Abog. Carolina Franco Velazquez . Pedro Juan Caballero , 19 de Febrero de 2025. 942888/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Noemi Ramírez Morinigo, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos HIGINIO BARUA GONZALEZ y SANDRA BEATRIZ VALLEJOS AMARILLA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 09 a cargo de Deisy Evalice Chamorro Irala Actuaria Judicial. Ciudad del Este, 23 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. 94263- 08/10/2025

DISOLUCION CONYUGAL. EL ACTUARIO JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL DEL SEGUNDO TURNO, SECRETARIA N°04 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL GUAIRA, en los autos caratulados "CARLOS CABRERA PERERA CA NORMA CONCEPCION FLEITAS DE CABRERA S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL", cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CARLOS CABRERA PEREIRA Y NORMA CONCEPCION FLEITAS DE CABRERAPara que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. ANTE MI: Abg Caso Ariel Benítez Denis. ACTUARIO JUDICIAL.-VILLARRICA, 7 de Agosto de 2025-  94262-8 /10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de Ciudad del Este de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abog. y Not. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza a todos los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad formada por los esposos JULIO CESAR GONZALEZ ARZAMENDIA Y CLAUDIA NUÑEZ TOLEDO, para que, en el perentorio plazo de treinta (30) días, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante, sino contra los bienes propios del deudor. El juicio radica en la Secretaría Nº 06 a cargo del Abg. Marcelo I. Benítez Colman. Ciudad del Este, 13 de junio de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual por secretaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 9422808/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil del Vigésimo Cuarto Turno, Doctora Magali Zavala, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LUIS CONCEPCION GAUTO

NOGUERA e ISIDORA PAEZ

MARTINEZ, Para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de la dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secre-

taria a mi cargo. Asunción, 18 de septiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada No 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Carlos Galeano Aranda (Actuario). 94299- 08/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Katueté, Circunscripción Judicial de Canindeyú, Abg. Josefina Gunsett Melgarejo, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la última publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el Juicio: “LUCILENI CANDIDA GARCIA C/ JANDIRES FERNANDES DA SILVA s/ Disolución de la Comunidad Conyugal. expediente Nro.145/2025.”, que radica en la secretaría Nro. 01, a cargo del Actuario Judicial Abog. Justo Ariel Rojas Balbuena. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19. Katuete, 2 de Setiembre de 2025. 94332- 25/09 al 09/10.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez Morínigo, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos OSCAR WILFRIDO GONZALEZ AQUINO y DEISY PATRICIA ARGUELLO ZARACHO para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 18 de Setiembre de 2025. Abg. Sara Ojeda Ramos, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autentica-

ción. 94402- 10/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. “MATILDE CANTERO COLMAN C/ HILARION MORINIGO BURGOS S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL –AÑO: 2025 - Nº 177”. El Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú Abg. FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MATILDE CANTERO COLMAN y HILARION MORINIGO BURGOS, para que en el término de 30 días comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secretaria N° 06 a mi cargo. - CAAGUAZU, 25 de Setiembre de 2025. Firmado digitalmente por CECILIA PAOLA SOSA IBARRA (ACTUARIA). 94394- 10/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO TURNO DE LA CAPITAL, SEC. N° 43, cita y emplaza por treinta días a todos los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad conyugal formada por los Sres. LIZ ANDREA ISABEL ACOSTA FLECHA y HUGO ANDRES ORTIZ ALMIRON. Asunción, 09 de septiembre de 2024. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Abg. MARCO OCAMPOS. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94390- 10/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO DR. MILNER BORJA DENIS, cita y emplaza por 15 días a los que tienen interés en reclamar derechos contra la disolución conyugal formada por los esposos CLEVES ALENCAR BARCELO y LILIA EMILCE MARTINEZ BOGADO S/ DISOLUCION DE LACOMUNIDAD CONYUGAL. Exp. Nro. 342/2025.SAN LORENZO, 24 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este – EDICTO - que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.-

MARTES 7 DE OCTUBRE DE 2025

Por ante mí el Secretario Autorizante CARLOS JORGE ORTEGA VOLLING en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 4992/2013. 94384 -10/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SIMON PEDRO SANTACRUZ AMARILLA con C.I.C. N° 4.791.995 y LILIAN NOELIA CABALLERO PAREDES, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 23 de Setiembre de 2025. Abg. MARIA DOMINGA ACOSTA SOLIS, Actuaria Judicial.- Sec. Nº 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94410 -10/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos NAIR APARECIDA ZANELLA DOS SANTOS y VILSON MINOZZO, para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. 94418 -10/10/2025 El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 14 de Julio de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94418- -10/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL GUAIRÁ, ABG. HÉCTOR OSVALDO MARECOS BATTA-

GLIA, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos “PEDRO AVALOS AVALOS y DELIA AQUINO GONZALEZ”, para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modificado del Cod. Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nro. 6 a mi cargo. Firmado digitalmente por: Nidia Beatriz Duarte Villalba (Actuaria). VILLARRICA, 17 de Setiembre de 2025. 94421- -10/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. LIZ NATHALIA LOBO RUIZ DIAZ, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SELVA VARELA LESCANO Y AMADO MARTINEZ DOLDAN, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la Ley 1/92. El juicio caratulado SELVA VARELA LESCANO C/ AMADO MARTINEZ DOLDAN S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL – AÑO 2025 - N° 90, radica en la secretaria N°1 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 1° Turno, de la ciudad de Dr. J. Eulogio Estigarribia. DOCTOR J. EULOGIO ESTIGARRIBIA, 23 de Setiembre de 2025 Abg. Silvio Paul Cano Raggini. Actuario Judicial – Secretaría N.º 1. 94463 -11/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE KATUETÉ, CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE CANINDYEU, ABG. JOSEFINA GUNSETT MELGAREJO, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la última publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el JUICIO: “ISMAEL LOPES MAGALHAES Y MARIA OLIVIA LEONÉ MARINHO S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. EXP. Nº 123 AÑO 2025.”, que radica en la secretaria Nro. 01, a cargo del Actuario Judicial ABOG. JUSTO ARIEL ROJAS BALBUENA. - Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido,

6 JUDICIAL .

deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.- KATUETE, 26 de Agosto de 2025. 94508- 15/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE KATUETÉ, CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE CANINDYEU, ABG. JOSEFINA GUNSETT MELGAREJO, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la última publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el JUICIO: “CICERO MANOEL DA SILVA Y IVONETE APARECIDA

LEONÉ MARINHO S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. EXP. Nº 107 AÑO 2025.”, que radica en la secretaria Nro. 01, a cargo del Actuario Judicial ABOG. JUSTO ARIEL ROJAS BALBUENA. - Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.- KATUETE, 26 de Agosto de 2025. 94509- 15/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO TURNO DE LA CAPITAL, SEC. N° 43, cita y emplaza por treinta días a todos los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad conyugal formada por los Sres. OSVALDO RENE DURE Y LIZ MARIEL CRISTALDO SANABRIA. Asunción, 02 de septiembre de 2025. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Abg. MARCO ANTONIO OCAMPOS ORTIZ.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente. 9449715/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARIA

AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MENELEO RAMON VILLALBA MERELES Y DANIELA BAEZ IBAÑEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 26 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94499 -15/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CLAUDIA YOLANDA BRITEZ

FERREIRA con C.I.C N° 4.746.478 Y DIEGO TOMAS

TORRES CAMACHO con C.I.C Nº 8.596.061, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 26 de Noviembre de 2024, Abg. JUAN A. ONIEVA, Actuario Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94511 -15/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos FABIO BARRIOS BARBOZA con C.I. N° 1.506.735 y ANTOLIANA ALMIRON DE BARRIOS, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi

cargo.- Abg. WILSON F. SILVA, Actuario Judicial. - Sec. Nº 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94565-16/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE KATUETÉ, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CANINDEYÚ, ABG. JOSEFINA GUNSETT MELGAREJO, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la última publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el JUICIO: “CLARA RAMÍREZ Y EFRAIN MENDOZA GALEANO S/DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. EXPEDIENTE Nº190/2024”, que radica en la secretaría Nro. 01, a cargo del Actuario Judicial ABOG. JUSTO ARIEL ROJAS BALBUENA. - Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.- KATUETE, 28 de Febrero de 2025. 94603 - 16/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de Concepción, Abogada CELSA ESTELA SANGUINEZ DE GALIANO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal conformada por los esposos "EUGENIO AYALA RIQUELME y JUANA LETICIA VELAZQUEZ ARCE" para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria N° 4 a mi cargo.Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual

de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia. – Firmado digitalmente por: ROSA ELIZABETH MISKINICH LESME (ACTURIO/A). CONCEPCION, 19 de Setiembre de 2025. 94610 -16/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos GILBERTO ANTONIO BARRETO GARAY Y SONIA ELIZABETH GIMENEZ URAN, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 7 de Marzo de 2025. -Abg. JUAN A. ONIEVA, Actuario Judicial. -Secretaria Nº 3. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94617 -16/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abog. y Not. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ADELAIDA TROCHE GONZALEZ y ALBINO OLMEDO COLMAN, para que en el plazo de treinta (30) días, computados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del CC. El juicio radica en la secretaría N°05 a mi cargo. Ciudad del Este, 2 de octubre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación por secretaría. 94639 -17/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, Abg. Nilda Concepción Benítez Caballero, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ROMINA ELIZABETH MARTINEZ CASCO

y JORGE CHAPARRO SANCHEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 08 a mi cargo Abg. Héctor Daniel Granada González, Actuario Judicial. ENCARNACION, 12 de Agosto de 2025. 94664 -17/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DEL PRIMER TURNO E INTERINA DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE SAN PEDRO, Abg. NORMA MABEL FLEITAS, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ZUNILDA LARREA DE RIERA y ROBERTO RIERA VILLAMAYOR, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría N° 03 a cargo de la Abg. MERCEDES RAMIREZ, Actuaria Judicial. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 1 de Octubre de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94665 -17/10/2025

DISOLUCION CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Katueté, Circunscripción Judicial de Canindyeu, Abg. Josefina Gunsett Melgarejo, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la última publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el JUICIO: RAUL JOSE BORDON ZARACHO C/ MYRIAN CELINA ROJAS DE BORDON S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. EXPEDIENTE NRO.169/2025, que radica en la secretaria Nro. 02, a cargo del Actuario Judicial Abog. Justo Ariel Rojas Balbuena. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia,

innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.- Katuete, 2 de octubre de 2025. 94669 -17/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Tercer Turno de la Capital, Abg. Luz Marlene Ruiz Diaz cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos EDUARDO AGUSTIN VERA ARGUELLO y VERONICA VERA BARRETO para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría N° 25 a cargo del Abg. Roque Luis Maldonado, Actuario Judicial. Asunción, 22 de febrero de 2024.  94671 -17/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSE ASUNCION FLEITA ABILA con C.I.C N° 672630 y ANGELICA INSFRAN VILLALBA con C.I.C N° 2378574, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 2 de Octubre de 2025. Abg. MARIA D. ACOSTA, Actuaria Judicial.- Sec. Nº 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94676 -17/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos RAIMUNDO EGON EBERHARDT LUCKMANN y GRACIELA BEATRIZ SOSA DE EBERHARDT, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi

cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 2 de Octubre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94683 -17/10/2025.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abog. y Not. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ROSSANA LETICIA

CARDOZO CRISTALDO y ORLANDO JESUS MONGES

VAZQUEZ, para que en el plazo de treinta (30) días, computados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del CC. El juicio radica en la secretaría N°05 a mi cargo. Ciudad del Este, 30 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación por secretaría. 94739- 4 al 18/10

DISOLUCIÓN CONYUGAL. El

Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Octavo Turno, Abg. Walter Mendoza cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ROSALBA DANDELINA CHAVEZ ESPINOLA y ENRIQUE GONZALO PEÑA PEREZ para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Asunción, 16 de setiembre de 2025. Ante mí: Oscar Bareiro, Actuario Judicial -  Secretaría N° 15. 947654 al 18/10

DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Abg Carlos Alberto Rojas Cañete cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos:  ALCIDES MALDONADO LÓPEZ Y SILVINA DE JESÚS CARRILLO RAMOS  para que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto

en el Art. 212 del Código Civil. El Juicio radica en la Secretaria a mi cargo. Leónida E. Pereira, Actuaria Judicial. Secretaria Nro.1.San Juan Nepomuceno, 22 de Septiembre 2025. 94769- 4 al 18/10

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción judicial, Alto Paraná, Abg. Sara Silva Figueredo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSÉ ABEL SARTORIO VANNI y GRETEL DIANA STELLA KURTH ARISTIDES, para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuario Abog. Rodney E. Gonzalez G.). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 17 de Setiembre de 2025. 94773- 4 al 18/10

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “BRUNO RODRÍGUEZ PAIVA y VALERIANA VERA DE RODRIGUEZ”, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. María Auxiliadora, 7 de agosto de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94777- 4 al 18/10.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Actuaria Judicial de la Secretaría Nº 10 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de la Circunscripción Judicial del Alto Paraná, quien suscribe, se dirige a Ud. En los autos caratula-

dos “FREDY SATURNINO

GARAY GARCETE Y NILCE

ROMINA DUARTE ARAUJO s/ Disolución de la Comunidad Conyugal” con el objeto de comunicarle que S.S., la Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de la VI Circunscripción Judicial ha ordenado por A.I. N° 1137 de fecha 23 de diciembre de 2024, se sirva disponer la inscripción de la mencionada resolución. Abg. Sara Ojeda Ramos, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que el mismo es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario/a del Juzgado, o la inserción de cualquier sello, conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94784- 7 al 21/10

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos FELIX RAMON MENDEZ VERA y DELIA FRANCISCA GRUSKI DA SILVA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 6 de octubre de 2025. Abg. Claudia Fabiola Jara Gallardo, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94811- 7 al 21/10.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ELSA MEDINA ARCE Y CELSO ESPÍNOLA AMARILLA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira

Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 26 de Setiembre de 2025.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria a autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94848 -21/10/2025

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos EPIFANIA PAIVA AMARILLA Y JUAN DE LA CRUZ CABALLERO, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°2 a mi cargo Abg. MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 15 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94846 -21/10/2025.

EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE SAN IGNACIO GUAZU DE LA NOVENA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE MISIONES, Abg. ALBERTO RENE MELGAREJO, ha dispuesto se cite por edictos a la parte demandada, MAMERTA GARCÍA, por quince veces, que se publicarán en los diarios “LA NACION” Y “ULTIMA HORA”, para que comparezca por sí o por apoderado a estar en el presente juicio caratulado “PLUTARCO BORDON Y MIGUELA PORFIRIA ORTEGA C/ MAMERTA GARCÍA S/ USUCAPIÓN”, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere dentro del término establecido, continuará los trámites procesales del presente juicio y se le asignara como representante al Defensor de Ausentes de turno de esta Circunscripción Judicial. El juicio radica en la secretaría Nº 1 a mi cargo Abg. Jorge Eduardo Leguizamón. SAN IGNACIO GUAZU, 2 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta

con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Jorge Eduardo Leguizamón Bogado (Actuario). 94175 -7/10/2025.

EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL COMERCIAL Y LABORAL DE SAN JUAN NEPOMUCENO, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAZAPA ABO, CARLOS ALBERTO ROJAS CAÑETE, en los autos caratulada MARIA SONIA ACUÑA PENAYO C / FRANCISCA GONZALEZ DE PAREDES S/ USUCAPIÓN CON DOMICILIO IGNORADO AÑO 2024 № 148 cita y emplaza por por, el termino de quince veces   a la demandada Sra. FRANCISCA GONZALEZ DE PAREDES, para que comparezca estar  en juicio por si o por apoderado  bajo apercibimiento  de lo dispuesto en el Art.  141 del C.P.C.  El Juicio Radica en la Secretaria Nº 2  a cargo de la Abog.  MARIA LILIANA MERELES BRIZUELA. OP 92431- 28/09/2025. FUSIÓN POR ABSORCIÓN DE SOCIEDADES. Los Directorios de SUPER BOX S.A., SUN ALIMENTOS S.A. y GRUPO 70 S.A. comunican que por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de las referidas Sociedades, celebradas en fecha 25 de septiembre de 2025, se ha aprobado el compromiso de fusión entre las mismas, donde SUPER BOX S.A. con RUC Nº 80097512-0 será la sociedad absorbente y SUN ALIMENTOS S.A. con RUC Nº 80044357-8 y GRUPO 70 S.A. con RUC N° 80121617-6 serán las sociedades absorbidas. Las documentaciones pertinentes de las referidas sociedades vinculadas a la fusión estarán disponibles para las personas legitimadas, por el plazo de ley, en el domicilio de Super Box S.A. sito en Asunción, Calle Veteranos del 70 c/ Dr. Domingo Montanaro, cuya atención estará a cargo Elvio Aguilera, email: gteadm@boxmayorista.com.py, con teléfono 0973814112 para agendamiento en horario comercial. La presente comunicación se realiza por el plazo de ley y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el literal b) del Artículo 1193 del Código Civil y el Artículo 113 de la Ley Nº 1034/83 Ley del Comerciante. Ciudad del Este, 26 de septiembre de 2025. 94433- 27, 29/09-1,3,5/10

EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de J. Augusto Saldívar, Circunscripción Judicial del Departamento Central, Dr. Roberto Saldívar Martínez, por providencia de fecha 03 de setiembre de 2025, dictado en el juicio: JUAN ALBERTO FIGUEREDO AVA-

2025

LOS C/ SINDULFO PÉREZ S/ USUCAPIÓN, resolvió cuanto sigue: "En atención a la información sumaria de testigos que antecede y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 y 141 del Código Procesal Civil, ordenase la publicación de los edictos de citación y emplazamiento al señor SINDULFO PÉREZ, en los diarios ABC COLOR y LA NACION de la capital, por el termino de quince veces, a fin de que el mismo se presente a estar en juicio, por si o por apoderado, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, se designara como representante suyo al defensor de Público de turno de esta ciudad.". El expediente radica en la Secretaría N° 02 a mi cargo. J. Augusto Saldívar, 03 de setiembre de 2025. Abogada Noemí Noguera, Actuaria Judicial. 94447 -11/10/2025.

EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de J. Augusto Saldívar, Circunscripción Judicial del Departamento Central, Dr. Roberto Saldívar Martínez, por providencia de fecha 28 de agosto de 2025, dictado en el juicio: [INMOBILIARIA Y CRÉDITOS DEL PARANÁ S.A. (IMCOPAR S.A.) C/ LEOVIGILDA ESQUIVEL QUINTANA Y OTROS S/ REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE] , resolvió cuanto sigue: En atención a la información sumaria de testigos que antecede y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 y 141 del Código Procesal Civil, ordenase la publicación de los edictos de citación y emplazamiento a la señora ELI BOGADO, en los diarios Abc color y La Nación de la capital, por el termino de quince veces, a fin de que la misma se presente a estar en juicio, por si o por apoderado, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, se designara como representante suyo al defensor de Público de turno de esta ciudad. El expediente radica en la Secretaria Nro. 02 a mi cargo. J. Augusto Saldívar, 28 de agosto de 2025. Abg. Noemí Noguera, Actuaria Judicial. 94772 -18/10/2025.

FUSION POR ABSORCION DE DESARROLLO AGRICOLA DEL PARAGUAY S.A. (DAP) POR LA FIRMA TODEGOL S.A.- De conformidad al artículo 1193, inc. b) del Código Civil, y los artículos 113 y concordantes de la Ley No. 1034/83 y en cumplimiento del mandato recibido por Asambleas Extraordinarias de Accionista Nos. 36 y 14 de fecha 17.09.25 de las firmas DESARROLLO AGRICOLA DEL PARAGUAY S.A. (DAP) Y TODEGOL S.A., respectivamente, los Directorios de las firmas citadas comunican a sus acreedores e interesados en general, que el día 30 de octubre de 2025, a las 10:00 horas, por ante el Escribano Público Luis Alberto Insfran Baumann, con estudio notarial sito en Santa cruz 230 c/ Gervacio Leon, de la ciudad

8 JUDICIAL .

de Mariano Roque Alonso, será celebrado el acuerdo definitivo de fusión por absorción, por el cual DESARROLLO AGRICOLA DEL PARAGUAY S.A. (DAP) con domicilio en Toribio Pacheco casi Legión Civil Extranjera, Asunción, Paraguay será absorbida por TODEGOL S.A., con domicilio en Avenida España c/ Doctor Francisco Morra N° 1410, Asunción, Paraguay, sujeto a la condición suspensiva de la inscripción de la escritura pública de referencia en los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio. Los acreedores podrán notificar su oposición a la adquirente o al escribano interviniente dentro del plazo de diez días transcurridos desde la última publicación. EL DIRECTORIO. 947786,8,10,12,14/10/2025.

EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Sexto Turno de la Capital, Sría N° 11, Abg. Ulises Peña Vargas por providencia de fecha 2 de octubre de 2025, dictada en los autos caratulados: "MIRTHA HELENA FIGUEREDO DE SORENSEN C/ KAREN LETICIA GONZALEZ LOPEZ S/ DESALOJO". Sexto Turno; Sría N°11; Año: 2025; N°: 314, ha ordenado la publicación de los edictos por 3 días a fin de comunicar la anotación como litigioso del inmueble individualizado como: Matricula N° 62.218 URB 01- Propiedad Horizontal, del Distrito de La Encarnación, con Cta. Cte. Ctral. N° 10-0385-05/ 10.02, ubicado en el Edificio Colon I, Torre 1, Piso 10. Dpto. "D"` de la ciudad de Asunción. Abg. Leticia Limprich, Actuaria Judicial. Asunción, 3 de Octubre de 2025. 94837-9/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “CIRILO GARAY S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 204, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de CIRILO GARAY, con C.I. Nº 4.678.978.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus crédi-

tos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. CIRILO GARAY, con C.I. Nº 4.678.978, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ALEXIS ANDRES ALMIRON CHAVEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 221, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ALEXIS ANDRES ALMIRON CHAVEZ, con C.I. Nº 6.667.430.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. ALEXIS ANDRES ALMIRON CHAVEZ, con C.I. Nº 6.667.430, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido

impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “CARLOS CESAR QUINTANA CABRAL S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 218, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de CARLOS CESAR QUINTANA CABRAL, con C.I. Nº 5.210.399.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. CARLOS CESAR QUINTANA CABRAL, con C.I. Nº 5.210.399, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justi-

cia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ALDO ENRIQUE ESPINOZA SANGUINA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 213, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ALDO ENRIQUE ESPINOZA SANGUINA, con C.I. Nº 5.133.499.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. ALDO ENRIQUE ESPINOZA SANGUINA, con C.I. Nº 5.133.499, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “CESAR DANIEL ALCARAZ ALVAREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 375,

de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de CESAR DANIEL ALCARAZ ALVAREZ, con C.I. Nº 5.824.669.3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de CESAR DANIEL ALCARAZ ALVAREZ, con C.I. Nº 5.824.669, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “EDGAR IRALA GALEANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°205, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de EDGAR

IRALA GALEANO , con C.I. Nº 4.300.427 .- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese

oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. EDGAR IRALA GALEANO , con C.I. Nº 4.300.427, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ELIAS DANIEL TORRES ALCARAZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 387, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ELIAS DANIEL TORRES ALCARAZ, con C.I. Nº 2.243.423.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDE-

NAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ELIAS DANIEL TORRES ALCARAZ, con C.I. Nº 2.243.423, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “EMIGDIO DARIO ORTIZ GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 224, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de EMIGDIO DARIO ORTIZ GONZALEZ, con C.I. Nº 3.421.963.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. EMIGDIO DARIO ORTIZ

GONZALEZ, con C.I. Nº 3.421.963, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de

la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “GLORIA PATRICIA MARTINEZ CHAMORRO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 220, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de GLORIA PATRICIA MARTINEZ CHAMORRO, con C.I. Nº 1.851.655.- 3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra la Sra. GLORIA PATRICIA MARTINEZ CHAMORRO, con C.I. Nº 1.851.655, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA).

94801.-11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “FRANCISCO ANDRES BENITEZ GIMENEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 210, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de FRANCISCO ANDRES BENITEZ GIMENEZ, con C.I. Nº 7.123.074.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. FRANCISCO ANDRES BENITEZ GIMENEZ, con C.I. Nº 7.123.074, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.-11/10/2025

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “HECTOR LUIS BENITEZ NOGUERA

S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 382, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presen-

tado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de HECTOR LUIS BENITEZ NOGUERA, con C.I. Nº 3.461.575.3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de HECTOR LUIS BENITEZ NOGUERA, con C.I. Nº 3.461.575, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “JORGE RAMON BARRIOS GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 386, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de JORGE RAMON BARRIOS GONZALEZ, con C.I. Nº 3.525.222.3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al

Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de JORGE RAMON BARRIOS GONZALEZ, con C.I. Nº 3.525.222, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ISAAC RUEBN ROMAN GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 380, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ISAAC RUBEN ROMAN GONZALEZ, con C.I. Nº 6.588.445.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los

juicios ejecutivos seguidos contra de ISAAC RUBEN ROMAN GONZALEZ, con C.I. Nº 6.588.445, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “JULIO CESAR FARIÑA LEIVA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 390, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de JULIO CESAR FARIÑA LEIVA, con C.I. Nº 2.423.649.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de JULIO CESAR FARIÑA LEIVA, con C.I. Nº 2.423.649, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12)

REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “JOSE DARIO FERREIRA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 215, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de JOSE DARIO FERREIRA, con C.I. Nº 4.293.308.3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. JOSE DARIO FERREIRA, con C.I. Nº 4.293.308, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO

SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “LAUREANO RAMON OJEDA

RODRIGUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 377, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de LAUREANO RAMON OJEDA RODRIGUEZ , con C.I. Nº 2.183.783.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LAUREANO RAMON OJEDA RODRIGUEZ , con C.I. Nº 2.183.783., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “LUIS ALBERTO GONZALEZ TORALES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 376, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido

su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de LUIS ALBERTO GONZALEZ TORALES, con C.I. Nº 695.176.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LUIS ALBERTO GONZALEZ TORALES, con C.I. Nº 695.176, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS

AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “LORENA CARMIÑA HERRERA GALEANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 383, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de LORENA CARMIÑA

HERRERA GALEANO, con C.I. Nº 2.217.592.- 3) DETERMINAR que la convocataria no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el dia-

rio “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LORENA CARMIÑA HERRERA GALEANO, con C.I. Nº 2.217.592, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “MARCOS GABRIEL BENITEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 388, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de MARCOS GABRIEL BENITEZ, con C.I. Nº 4.230.133.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de MARCOS GABRIEL BENITEZ, con C.I. Nº 4.230.133, y el cese de

los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “MIGUEL DUARTE MENDEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 391, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de MIGUEL DUARTE MENDEZ, con C.I. Nº 7.286.660.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de MIGUEL DUARTE MENDEZ, con C.I. Nº 7.286.660, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la

Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “REGIS ANTONIO MONGELOS ACUÑA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 389, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de REGIS ANTONIO MONGELOS ACUÑA, con C.I. Nº 3.688.910.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de REGIS ANTONIO MONGELOS ACUÑA, con C.I. Nº 3.688.910, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,

COMERCIAL DEL SEGUNDO

TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “NELSON DARIO PEÑA

VILLALBA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 219, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de NELSON DARIO PEÑA VILLALBA, con C.I. Nº 4.885.707.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. NELSON DARIO PEÑA VILLALBA, con C.I. Nº 4.885.707, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. –11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “YSIDORO RAMON VARGAS OZORIO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 379, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de YSIDORO RAMON

VARGAS OZORIO, con C.I. Nº 6.877.841.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de YSIDORO RAMON VARGAS OZORIO, con C.I. Nº 6.877.841, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12)

REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “YSIDRO RAMON LEZCANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 211, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de YSIDRO RAMON LEZCANO, con C.I. Nº 5.175.388.3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo pre-

visto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. YSIDRO RAMON LEZCANO, con C.I. Nº 5.175.388, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “SANTIAGO ESCOBAR ALMEIDA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°227, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de SANTIAGO ESCOBAR ALMEIDA , con C.I. Nº 1.218.640.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. SANTIAGO ESCOBAR ALMEIDA , con C.I. Nº 1.218.640 , y el cese de los descuentos com-

pulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “VALENTIN GONZALEZ SANTACRUZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°229, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de VALENTIN GONZALEZ SANTACRUZ, con C.I. Nº 2.653.436 .- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. VALENTIN GONZALEZ SANTACRUZ, con C.I. Nº 2.653.436, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder

Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: WALTER RENE VELAZQUEZ GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°223, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de WALTER RENE VELAZQUEZ GONZALEZ, con C.I. Nº 6.895.054.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. WALTER RENE VELAZQUEZ GONZALEZ, con C.I. Nº 6.895.054 , y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “PEDRO VEGA VALIENTE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°207, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de PEDRO VEGA VALIENTE, con C.I. Nº2.184.125.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. PEDRO VEGA VALIENTE, con C.I. Nº 2.184.125, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “TANIA TERESA BARRETO AVEIRO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°212, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería de la peticionante en el carácter invo-

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cado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. - 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de TANIA TERESA BARRETO AVEIRO con C.I. Nº 2.860.247.- 3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público. - 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras. -7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. - 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos Justicia.- Sra. TANIA TERESA BARRETO AVEIRO con C.I. Nº 2.860.247 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ROMAN AMARILLA FLORES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 392, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ROMAN AMARILLA FLORES, con C.I. Nº 5.293.477.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la

capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ROMAN AMARILLA FLORES , con C.I. Nº 5.293.477., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “REINALDA RODI SAUCEDO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°225, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. - 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de REINALDA RODI SAUCEDO con C.I. Nº 4.274.576.3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público. - 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras. -7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. - 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos Justicia.Sra. REINALDA RODI SAUCEDO con C.I. Nº 4.274.576 y el cese de

los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “NELSON DAVALOS ZARATE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 378, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de NELSON DAVALOS ZARATE, con C.I. Nº 3.259.710.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público.6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de NELSON DAVALOS ZARATE , con C.I. Nº 3.259.710., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme

con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. –11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “ORLANDO ANDRES CHAVEZ CASTILLO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 393, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de ORLANDO ANDRES CHAVEZ CASTILLO, con C.I. Nº 1.841.424.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ORLANDO ANDRES CHAVEZ CASTILLO, con C.I. Nº 1.841.424., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO

TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “JULIO FAUSTINO DIAZ ROLON S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°208, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de JULIO FAUSTINO DIAZ ROLON , con C.I. Nº 1.056.740.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. JULIO FAUSTINO DIAZ ROLON , con C.I. Nº 1.056.740 , y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. –11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “LUCIO RAMON BENITEZ FERNANDEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 384, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de LUCIO RAMON BENITEZ FERNANDEZ, con C.I. Nº 3.213.661.- 3) DETERMINAR que el convocatario

no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LUCIO RAMON BENITEZ FERNANDEZ , con C.I. Nº 3.213.661., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “CARLOS ALBERTO VERA BAEZA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°217, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de CARLOS ALBERTO VERA BAEZA , con C.I. Nº 3.940.394.- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a compu-

tarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. CARLOS ALBERTO VERA BAEZA , con C.I. Nº 3.940.394 , y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “MARIA AIDEE RIQUELME CABALLERO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°222, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. - 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de MARIA AIDEE RIQUELME CABALLERO con C.I. Nº 3.535.436.- 3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público. - 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras. -7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. - 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos Justicia.- Sra. MARIA AIDEE RIQUELME CABALLERO con C.I. Nº 3.535.436 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por

objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “HERMINIA LUZ MARIA ORTIZ TORRES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°206, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. - 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de HERMINIA LUZ MARIA ORTIZ TORRES con C.I. Nº 3.760.397.- 3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público. - 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras. -7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. - 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos Justicia.Sra. HERMINIA LUZ MARIA ORTIZ TORRES con C.I. Nº 3.760.397 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de

documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: FELIPE ORLANDO LEZCANO CASTILLO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°209, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de FELIPE ORLANDO LEZCANO CASTILLO, con C.I. Nº 3.521.786 .- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. FELIPE ORLANDO LEZCANO CASTILLO, con C.I. Nº 3.521.786, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la

Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “BASILIO MARIN CRISTALDO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°228, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de BASILIO MARIN CRISTALDO, con C.I. Nº 2.015.845 .- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.- 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. BASILIO MARIN CRISTALDO, con C.I. Nº 2.015.845, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “NORMA BEATRIZ ESPINOLA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°226, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. - 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de NORMA BEATRIZ ESPINOLA con C.I. Nº 3.717.147.- 3) DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. -

4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque. - 5) DAR intervención al Ministerio Público. - 6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras. -7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. - 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos Justicia.- Sra. NORMA BEATRIZ ESPINOLA con C.I. Nº 3.717.147 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801.-11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “MARCIAL DELVALLE CHAVEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 385, de fecha 2 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de MARCIAL DELVALLE CHAVEZ , con C.I. Nº 1.731.419.- 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. -4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al Abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.- 8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.- 9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de MARCIAL DELVALLE CHAVEZ , con C.I. Nº 1.731.419., y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) LIBRESE OFICIOS.- 12) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.- : ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 94801. -11/10/2025.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyyu. En el expediente caratulado: “EDGAR DIOSNEL VERA ROMERO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°214, de fecha 3 de Octubre de 2025, cuanto sigue: 1) RECONOCER la personería del peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- 2) ADMITIR la convocatoria de acreedores de EDGAR DIOSNEL VERA ROMERO , con C.I. Nº 4.958.376 .- 3) DETERMINAR que el convocatorio no es comerciante.- 4) DESIGNAR como Agente Síndico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto líbrese oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5) DAR intervención al Ministerio Público.6) ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN” de la capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7) FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto,para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos.-8) COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra el Sr. EDGAR DIOSNEL VERA ROMERO , con C.I. Nº 4.958.376 , y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aque-

14 JUDICIAL .

llos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.- 10) NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11) REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley Nº 6822/2021, conforme con el ítem 5, “Conservación de documentos electrónicos”, del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada Nº 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia.-:ABG.

NORMA MABEL FLEITAS

AQUINO (JUEZA). 94801.11/10/2025

CIRCULAR DE MENSURA

JUDICIAL Y UNIFICA -

CION. Comunico a quienes pudieren tener interés y en especial a las partes linderas, que el día 30 de octubre del año 2025 a las 09:30 horas  daré inicio a las operaciones Técnicas de Mensura Judicial y Unificación de MATRICULA Nº Q01/2133-PADRON Nº 131 Y, MATRICULA Nº Q01/2320-PADRON Nº 64, propiedad de     Modesto Ramón Silva Vázquez, ubicadas en el lugar denominado San Francisco del Chaco Boreal, del distrito de Mcal. Estigarribia, departamento de Boquerón. La propiedad unificada queda ubicada dentro de los siguientes linderos actuales:AL NORTE:Sonia Andrea Holst, AL ESTE:Holst Pannenbeckers y Manfredo Stein Leyh, AL SUR:Ruta Transchaco Py 09, AL OESTE: Heriberto Torres. La comisión de mensura fue conferida al suscripto por el Juez de Primera Instancia Multifueros de Mariscal Estigarribia, de la Circunscripción Judicial de Boquerón, Abog. Ricardo Gosling Ferreira.El expediente se tramita por ante la Secretaría N° 1 a cargo del Abog. Raúl G. Marín Rodríguez. Las operaciones técnicas arrancarán del esquinero Sur-Este   Servio Tulio Gamarra Aranda – Agrimensor Mat. 6213M.O.P.C.- Tel. (0541) 43455. 94599 -4/10/2025. EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de J. Augusto Saldívar, Circunscripción Judicial del Departamento Central, Dr. Roberto Saldívar Martínez, por providencia de fecha 28 de agosto de 2025, dictado en el juicio: [INMOBILIARIA Y CRÉDITOS DEL PARANÁ S.A. (IMCOPAR S.A.) C/ LEOVIGILDA ESQUIVEL QUINTANA Y OTROS S/ REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE], resolvió cuanto sigue: En atención a la información sumaria de testigos que antecede y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 y 141 del Código Procesal Civil, ordenase la publicación de los edictos de citación y emplazamiento a la señora ELI BOGADO, en los diarios Abc color y La Nación de la capital, por el termino de quince veces, a fin de que la misma se presente a estar

en juicio, por si o por apoderado, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, se designara como representante suyo al defensor de Público de turno de esta ciudad. El expediente radica en la Secretaria Nro. 02 a mi cargo. J. Augusto Saldívar, 28 de agosto de 2025. Abg. Noemí Noguera, Actuaria Judicial. 94772 -18/10/2025.

CIRCULAR DE MENSURA

JUDICIAL. Comunico a quiénes tengan interés, y en especial a las partes linderas que el día 23 de octubre del año en curso a las a las 08:30 horas realizaré el acta de inicio del presente procedimiento de mensura, posteriormente a las 13:30 horas daré inicio a las operaciones técnicas de Mensura Judicial de las fracciones de terrenos presumiblemente fiscal según Expedientes Administrativos N° 7959/2022 caratulado Rosa Isabel Robledo-Ita/ Central y sus gloses, 7961/2022, 7962/2022, 7964/2022, las fracciones presumiblemente fiscal son adyacentes, y en su conjunto conforma un solo cuerpo, ubicado en el lugar denominado itá Potrero, Distrito de Itá, Departamento Central, en el Juicio Caratulado "INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT S/ MENSURA) EXPTE. JUD. Nº 303, FOLIO Nº 32 DEL AÑO 2.025. R.P. N° 2346/2.025. Los linderos son los sgts. conforme polígono general: Al Norte: Calle, Al Este: Derechos de Capilla Sagrado Corazón de Jesús, Al Oeste: derechos de Benito Roggio y llda Maciel, Al Sur: Derechos de Mirna Robledo. El Juicio se tramita en el Juzgado de Inst. en lo Civil, Comercial y Laboral a cargo del Abogado Roberto Saldívar M. secretaría N° 2 a cargo de la Abogada Noemi Noguera. La Comisión de Mensura fue conferida al Suscripto quién acompañado del Juzgado se constituirán en el esquinero NE del polígono General, para el inicio de los trabajos técnicos. ASUNCION, OCTUBRE DEL 2.025. Filemón Melgarejo Zayas, Lic. GEOGRAFO R.P. N° 203 M.O.P.C. 94718 -8/10/2025.

CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL. Comunico a quienes puedan tener interés y en particular a sus linderos en la Mensura de conformidad al Art. 657 del C. P. C., el día 16 de octubre de 2025 a las 13:30 hs. Iniciaré las operaciones técnicas de mensura de una fracción de terreno individualizado en la Dirección General de los Registros Públicos como Matricula N°F13/3000, Padrón N° 3075 del Distrito de Juan Manuel Frutos, Lugar Calle 7, propiedad del Sr. Severo Martinez Riveros. El agrimensor comisionado hará uso de lo estipulado en el Art. 662 del C. P. C., durante la ejecución de los trabajos. La comisión de Mensura ha sido conferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo civil de Caaguazú. El punto de inicio será el esquinero Sur Este, Coordenadas

UTM 21J E = 622215,05 N=7191937,62. Ing. Geodésico Ambiental Edgar Osvaldo C. Rivarola Ullón, Reg. MOPC N°3998 Mat. CSJ N°4324 Cel. 0971690869. Edgar Osvaldo C. Rivarola Ullón Ing. Geodésico Ambiental. Agrimensor. 94761 -8/10/2025.

CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL. Comunico a quienes pueden tener interés y en especial a las partes linderas que en fecha 23 de octubre del año 2.025, a las 8:00hs a fin de realizar el acta de inicio en la Secretaria del Juzgado, así mismo el Juez y el Actuario se constituirán conjuntamente con el perito mensor en el inmueble de referencia, para dar la apertura de las operaciones técnicas de Mensura de la fracción ubicada en el lugar denominado Colonia Thompson, Distrito de Ypane, Dpto. Central, Exp 3635/2000, "CASIMIRO ESPINOLA", cuyos linderos según plano demostrativo son: AL NORTE: calle; SUR: Ascensión Rodríguez; AL ESTE: calle san Pedro y AL OESTE: derechos fiscales. OBS. Los linderos serán actualizados durante el proceso de la mensura. La comisión de mensura fue conferida por el Juez de 1ra. Inst. en lo C. y C. del Segundo Primer, Secretaría N° 2, Circunscripción Judicial de Central de J.A.S., Expte. N° 323/2025 "Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) s/mensura". Las mediciones arrancaran del esquinero Noreste (coord. Utm E 451.801; N 7.187.274). Top. Gedeón Sosa - Reg. MOPC N° 411 cel. 0982-913.380. 94825- 11/10/2025

CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL. Comunico a partes linderas e interesadas que el día 27/10/2025 a las 14:30 hs, daré inicio a las operaciones técnicas de Mensura Judicial de un inmueble individualizado como Finca N°20 del Distrito de Curuguaty y Padrón N°4308 del Distrito de Curuguaty, asiento de la Colonia Nueva Alianza, ubicada en el lugar denominado “Mborevi-guary”, en el Distrito de Curuguaty (Hoy Distrito de Yasy Kañy), del Departamento de Canindeyú; propiedad del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), con una superficie de 999 ha 2000 m2 y cuyos linderos según título de propiedad son: AL NORTE: LÍNEA M-L: Fracción “F” de la misma Finca. LÍNEA L-D: Fracción F. LÍNEA D-F: Fracciones B y C. AL SUR: LÍNEA G-H: Arroyo Tapia. LÍNEA H-I: Río Corrientes. AL ESTE: exPeter Solem, hoy FINAP. AL OESTE: LÍNEA I-M: Río Corrientes. Las diligencias fueron promovidas por el INDERT y conferida al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, con asiento en Curuguaty, Decimoquinta Circunscripción Judicial de Canindeyú, S.S. Abog. Abg. Sonia Mariela Medina Paredes. El juicio radica en la Secretaria N°1, a cargo de la Actuaria Judicial Abog. Mirian

Estela Peralta, al suscripto a través del Exp. Jud. N°195/2025. Caratulado INDERT S/ MENSURA JUDICIAL. Las operaciones técnicas arrancaran del esquinero “L”, cuya coordenada UTM aproximada es X:610159,61 Y:7275335,63. As. 07/10/2025. Ing. Shirley Salinas. Reg. MOPC 5468. Mat. CSJ 4995. Cel 0971624055. Correo: sh-salinas@hotmail.com.- 9483611/10/2025.

TUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 24115476 (22) Fecha de Solicitud: 27/12/2024 10:06:26 (71) Solicitante: REPLICATE BIOSCIENCE, INC. Domicilio Solicitante: 11558 Sorrento Valley Road, Suite 6 San Diego, California 92121, Estados Unidos de América. (72)

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. La Sociedad BI ESFERA S.R.L con RUC Nº 80059137-2 fue modificada por E. P. N° 08 de fecha 04/06/2025 pasada ante la N. P. Myriam Garcete de Enciso, que en dicha escritura se realizó la transferencia de cuotas sociales y que se encuentra inscripta en la D.G.R.P sección Persona Jurídica y Comercio en la Matricula 36.810 Serie Comercial bajo el N° 02 Folio 9-16 de fecha 28-08-2025. 94788 -9/10/2025.

MODIFICACIÓN PARCIAL DE LOS ESTATUTOS SOCIALES POR AUMENTO DE CAPITAL Y EMISIÓN DE ACCIONES DE LA FIRMA ‘‘C.A. Logística S.A.’’: Por Esc. N.º 90, Civil ‘‘B’’, del 12/09/2025, ante N.P. Patricia E. Andino Báez c/Reg. N.º 267, se realiza la Modif. Parcial de los Est. Sociales por Aumento de Capital y Emisión de Acciones de la firma ‘‘C.A. Logística S.A.’’ : Insc. En la D.G.R.P. Sección Pers. Juríd. Y Com. Bajo el N.º 06 Folio 53 y sgtes., Serie Comercial, Mat. Juríd. N.º 21914; en fecha 22/09/2025,- N.º 4/21. 94850 -9/10/2025.

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE LA FIRMA “JRB EMPRENDIMIENTOS S.A.”: Por Esc. Pub. Nro. 34 de fecha 02/09/2025, pasada ante la escribana y notaria pública Carmen Veronica Tellechea de Bauza. Modificación del Estatutos en sus Art. 5to y 6to CAPITAL SOCIAL. INSCRIPCIÓN: Dir. Gral. De Reg. Pub., Sección Personas Jurídicas y Comercio. Matrícula Jurídica Nro. 3296, Serie Comercial, bajo el Nro. 004, folio 31-42, en fecha 10/09/2025. 94844 -9/10/2025

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL REPUBLICA DEL PARAGUAY Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (11) Nro. Publicación: PY24115476A (43) Asunción, 21 de Julio de 2025.Orden de Publicación de SOLICI-

Inventor: 1) ALIAHMAD, PARINAZ; 2) MIYAKE-STONER, SHIGEKI JOSEPH; 3) SPASOVA, DARINA SVILENOVA; y 4) PICARDA, GAËLLE GENEVIEVE ALICE Domicilio Inventor: C/o Replicate Bioscience, Inc. 11558 Sorrento Valley Road, Suite 6 San Diego, California 92121, Estados Unidos de América. (54) Título: COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA INDUCIR LA RESPUESTA INMUNITARIA FRENTE A LOS VIRUS DE EPSTEIN-BARR (74) Agente: Elba Rosa Britez De Ortiz – 109 (30) Prioridad/ es: US 63/615,206 - 27/12/2023  (51)

Int. CI 8: A 61K 39/245(2006.01), A 61P 31/20(2006.01), C 12N 15/86(2006.01), En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley N° 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (372/24). La presente divulgación se refiere a las moléculas de ácidos nucleicos, por ejemplo, el ARN autorreplicante (srRNA) que expresa determinantes antigénicos derivados del virus de Epstein-Barr (EBV), las células recombinantes y las composiciones farmacéuticas que los contienen, así como el uso de dichas moléculas de srRNA, células recombinantes y composiciones para provocar un efecto farmacodinámico en un sujeto. También se proporcionan métodos para prevenir y/o tratar diversas condiciones de salud asociadas con la infección por VEB. Farm. Berta Segovia Directora Interina de Patentes Dirección de Patentes.    94646  - 7/10/2025

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL  REPUBLICA DEL PARAGUAY Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (11) Nro. Publicación: PY24113872A (43) Asunción, 29 de Julio de 2025.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 24113872 (22) Fecha de Solicitud: 20/12/2024 10:17:47 (71) Solicitante: AIC246 AG & CO. KG Domicilio Solicitante: FriedrichEbert-Str. 475 42117 Wuppertal, Alemania, DE (72) Inventor: 1) DR. HELMUT BUSCHMANN; 2) DR. THOMAS GOLDNER; y 3) DR. JORDI CARLES CERÓN BERTRAN

Domicilio Inventor: 1) Sperberweg 15, 52076 Aachen, Alemania, DE; 2) Im Holz 7, 42553 Velbert, Alemania,  DE; y 3) Av. Paisos Catalans 16, 43007 Tarragona, España, ES (54) Título: SALES DIASTEREOMÉRI-

CAS DE AMINOALCOHOL Y AMINOÉTER DE ÁCIDO 2-[(4R,S)-8FLUORO-2-[4-(3-METOXIFENIL) PIPERAZIN-1-IL]-3-[2-METOXI-5 (TRIFLUOROMETIL)FENIL]-3,4-DIHIDROQUINAZOLIN-4-IL]ACÉTICO Y SU USO PARA SEPARACIÓN ENANTIOMÉRICA. (74)

Agente: Elba Rosa Britez De Ortiz – 109 (30) Prioridad/es: EP 23219517.2 - 21/12/2023 (51) Int. CI8: C 07C 215/08(2006.01), C 07C 215/30(2006.01), C 07D 239/84(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley N° 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (363/24). La presente invención se refiere unas sales diastereoméricas de aminoalcohol o aminoéter de ácido 2-[(4R,S)-8-fluoro-2-[4-(3metoxifenil)piperazin-1-il]-3-[2-metoxi-5-(trifluorometil)fenil]-3,4-dihidroquinazolin-4-il]acético, a un método de producción de ellas y a un método para separación enantiomérica. La invención también se refiere a métodos de preparación de ácido 2-[(4S)-8-fluoro-2-[4-(3metoxifenil)piperazin-1-il]-3-[2-metoxi-5-(trifluorometil)fenil]-3,4-dihidroquinazolin-4-il]acético o sales o solvatos del mismo a través de separación enantiomérica de una mezcla que comprende ácido 2-[(4R)-8-fluoro-2-[4-(3-metoxifenil)piperazin-1-il]-3-[2-metoxi-5-(trifluorometil)fenil]-3,4-dihidroquinazolin-4-il]acético y ácido 2-[(4S)-8-fluoro-2-[4-(3-metoxifenil)piperazin-1-il]-3-[2-metoxi-5-(trifluorometil)fenil]-3,4-dihidroquinazolin-4-il]acético o sales o solvatos de los mismos. Farm. Berta Segovia  Directora Interina de Patentes Dirección de Patente. 94699 -7/10/2025.

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2449489A (43) Asunción, 26 de Junio de 2025. Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2449489 (22)Fecha de Solicitud: 14/06/2024 12:12:13 (71)Solicitante: LEUKOS BIOTECH SL Domicilio Solicitante: C/ Muntaner 383, 3°2°; 08021 Barcelona, España, ES (72)Inventor: 1)RUTH MUÑOZ RISUEÑO; 2)LUIS RUIZAVILA; 3)JULIO CASTRO PALOMINO ; y 4)JUAN CAMACHO GOMEZ Domicilio Inventor: 1) a 4) C/o Leukos Biotech SL C/Muntaner 383, 3°2°; 08021 Barcelona, España,

ES (54)Título: TRATAMIENTO DE TUMORES SÓLIDOS CON UN MODULADOR DE 5-HTR1B (74) Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30) Prioridad/es: EP 23 382 604.916/06/2023 (51) Int. Cl 8: A 61K 31/337(2006.01), A 61K 31/44(2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (165/24). Esta invención se refiere a un nuevo compuesto potente y selectivo que modula el receptor de serotonina 1B (5-HTR1B) también conocido como receptor de 5-hidroxitriptamina 1B (5-HT1B). El compuesto es de utilidad en el tratamiento del cáncer, en particular de tumores sólidos. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. 94659 -7/10/2025

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY24109829A (43) Asunción, 14 de Julio de 2025. Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 24109829 (22)Fecha de Solicitud: 09/12/2024 12:47:25 (71)Solicitante: MITSUI CHEMICALS CROP & LIFE SOLUTIONS, INC Domicilio Solicitante: 1-19-1, Nihonbashi, Chuo-ku, Tokyo 103-0027, Japón, JP (72)Inventor: 1) YANAGI MASANORI; 2)YASUDOMI TAKAYA; 3)HIRAOKA DAIKI; 4)SAKURADA AKANE; 5) UMEZAKI YUI; 6)SHINO MAMIKO; 7)ASANO KOUTA; y 8) UMETANI HIDEKI Domicilio Inventor: 1) a 8) C/o Mitsui Chemicals Crop & Life Solutions, 1144 Togo, Mobara-shi, Chiba, 2970017, Japón, JP (54)Título: COMPUESTO HETEROCICLICO BICICLICO Y GERMICIDA AGRÍCOLA Y HORTICOLA QUE CONTIENE EL COMPUESTO COMO PRINCIPIO ACTIVO (74) Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30) Prioridad/es: JP 2023-20793308/12/2023 (51) Int. Cl 8: A 01N 43/86(2006.01), A 01N 43/90(2006.01), A 01P 3/00(2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente

orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (353/24) La presente invención se refiere a un compuesto representado por la siguiente fórmula (1) o un sal del mismo: en la que Het representa la fórmula (2): y cada grupo de la fórmula (1) y la fórmula (2) se define como se detalla en la descripción.- Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. 94659 -7/10/2025

PATENTE DE INVENCIÓN. (19)

Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY24113874A (43) Asunción, 28 de Julio de 2025. Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 24113874 (22)Fecha de Solicitud: 20/12/2024 10:19:09 (71)

Solicitante: LONATI S.P.A. Domicilio Solicitante: Via Francesco Lonati, 3, 25124 Brescia, Italia (72) Inventor: 1)ETTORE LONATI; 2) FAUSTO LONATI; y 3) FRANCESCO LONATI Domicilio Inventor: 1) Via Furlan Olga, 9/c, 25082 Botticino, Italia, IT; 2) Via Mediana, 12, 25123 Brescia, Italia, IT; y 3)Via S. Giovanni 23, 25010 San Felice Del Benaco, Italia, IT (54)Título: MÉTODO Y APARATO PARA CERRAR UNA CONFECCION DE PUNTO TUBULAR EN UNO DE SUS EXTREMOS AXIALES, AL FINAL DE SU CICLO DE PRODUCCION, EN UNA MÁQUINA DE TEJER CIRCULAR PARA CALCETERÍA O SIMILARES (74) Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/ es: IT 10202300002729420/12/2023 (51) Int. Cl 8: D 04B 15/02(2006.01), D 04B 15/88(2006.01), D 04B 15/92(2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (364/24)Un método para ejecutar la transferencia de una confección de punto tubular (20), al final de su ciclo de producción, a una estación de costura o de enlace (50), que comprende: - una etapa inicial de producción de la confección (20) hasta la ejecución de la última pasada de tejido; - una etapa de

traslado de los bucles de tejido, que previamente se encontraban retenidos en la cabeza (12) de la aguja correspondiente, a lo largo del vástago (11) de la aguja (12), hasta llevarlos por debajo del pestillo correspondiente (12a) en la posición "caída"; - posicionar, coaxialmente al cilindro de agujas (14), un dispositivo de recogida anular (2) provisto de elementos de recogida (4) que presentan una porción de enganche (4a) que se extiende hacia abajo; - transferir, mediante elementos de empuje (30) asociados al dispositivo de recogida (2), los bucles de tejido desde la posición "caída" hacia la respectiva porción de enganche (4a) de los elementos de recogida (4); - un paso de posicionamiento de la confección (20) sujeta por las porciones de enganche (4a) y por las porciones de empuje y sujeción (30a) del dispositivo de recogida (2) en la estación de costura o unión (50); - un paso de transferencia individual de los bucles de tejido desde las porciones de enganche (4a) a las puntas (41) de un dispositivo de manipulación anular (40); - un paso de dar vuelta la confección (20) del revés; - un paso de desenganchar las porciones de empuje y sujeción (30a) de los respectivos bucles de platina o de unión; - un paso de desenganchar las porciones de enganche (4a) de los respectivos bucles de tejido. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. 94659 -7/10/2025.

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY24115480A (43) Asunción, 24 de Julio de 2025. Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 24115480 (22)Fecha de Solicitud: 27/12/2024 10:09:47 (71)Solicitante: LINNEA S.A. Domicilio Solicitante: Via Cantonale 6595 Riazzino - Suiza, CH (72) Inventor: 1)CIRIELLO UMBERTO; y 2) PALADINO GIUSEPPE Domicilio Inventor: 1) Via Bellinzona11, 6512 Giubiasco (TI) - Suiza, CH; y 2) Via Santa Teresa 12, 6832 Seseglio (TI) - Suiza, CH (54)Título: PROCESO PARA LA ESTABILIZACIÓN DE UN OLEOLITO (74) Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: IT 102023000028233 - 28/12/2023; CH001501/2023 - 28/12/2023 (51) Int. Cl 8: A 61K 31/05(2006.01), A 61K 47/44(20170101) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (374/24) Proceso para la estabilización de un oleolito que comprende un carrier líquido y un compuesto soluble en dicho carrier que incluya por lo menos un cannabinoide, caracterizado por el hecho de realizar un retiro de oxígeno del carrier líquido antes,

durante o después de la disolución del compuesto soluble. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. 94659 -7/10/2025.

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL PARAGUAY / PARAGUÁI TETÃYGUA AKÃPYROKY MBA'ETEE MOAKÃHA (11) Nro. Publicación: PY2524253A (43) Asunción, 30 de Septiembre de 2025. Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 2524253 (22) Fecha de Solicitud: 27/03/2025 09:53:59 (71) Solicitante: ANDRITZ OY Domicilio

Solicitante: Tammasaarenkatu 1, FI-00180 Helsinki, Finlandia, FI (72)

Inventor: 1) LEHTINEN, JERE; y 2) MOILANEN, ANTERO Domicilio

Inventor: 1) C/o Andritz Oy Tammasaarenkatu 1, FI-00180 Helsinki, Finlandia, FI; y 2) Inkoonkatu 5 A 10 FI-00510 Helsinki, Finlandia, FI (54) Título: PREPARACIÓN DE COQUE SIN FÓSILES A PARTIR DE LIGNINA. (74) Agente: Ana C. García Palacios – 1880 (30) Prioridad/es: FI 20245345 – 27/03/2024 (51) Int. Cl 8: C 10J 3/54(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (68/25) La presente invención se refiere a un método para la producción de coque libre de fósiles, a partir de lignina que comprende los pasos de proporcionar lignina, someter a la lignina a un aumento de presión, someter la lignina a un aumento de temperatura, por lo que una combinación de aumento de presión y temperatura libera compuestos orgánicos volátiles (COV), y recuperar coque. La presente invención se refiere también a un aparato (1000) para la producción de coque sin fósiles a partir de lignina, a un uso del aparato (1000) y al coque obtenible a través del método. Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes. 94753 -8/10/2025.

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Octavo Turno, Abg. Walter Mendoza, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FLORENTINO VILLAGRA MORENO. ASUNCION, 9 de Setiembre de 2025 Ante mí: OSCAR BAREIRO. (Actuario Judicial – Secretaría 15) Se hace

saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94502 -10/10/2025.

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. Magalí Zavala cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de RAÚL DAUMAS LADOUCE ROBUCK. El juicio radica en la Secretaría 48 a cargo del Actuario Judicial Carlos Galeano Aranda. Asunción, 17 de septiembre de 2025. - Se hace saber al destinatario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado, conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Excma. Corte Suprema de Justicia. 94512 – 10/10/2025

SUCESIÓN. El Juez del juzgado de 1ra. Inst en lo Civil Dr. Mario C. Miranda Gutiérrez cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de Felipa Rivas Vda de Chávez. Yuty, 25 de Setiembre de 2025, Abg ORLANDO MIRANDA Actuario Judicial. 94513 – 10/10/2025

SUCESIÓN. La Juez de Paz del Distrito de Minga Porã, de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abg. Martha Fabiana Acosta Romero, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la Sucesión de ALODIA FREDESVINDA GENEZ VDA. DE CABALLERO, para que se presenten ante la secretaria del Juzgado, si así creyeren a sus derechos. La publicación deberá realizarse en el Diario La Nación por el término de 10 (diez) días. El juicio radica en el Juzgado de Paz de la Ciudad de Minga Porã, secretaría a cargo del Actuario Abg. José Javier Arza. Minga Pora., 30 de Setiembre de 2025. 94516- 1 al 10/10

SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ DE SAN ESTANISLAO, Abogado WILSON DAVID VELAZQUEZ, cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo de sesenta días, contados desde la primera publicación del presente edicto, se presenten a reclamar sus derechos en la sucesión de MARTIN TOLEDO. San Estanislao, 15 de septiembre de 2025.- Abog Oscar Ariel Cantero, Secretario Juzgado de Paz. 94525- 1 al 10/10.

SUCESIÓN. La Juez de Paz Interina del Distrito de Ñacunday, Abg. Diana Jara Gabriaguez, cita y emplaza por el término de 60 (sesenta) días, a contar desde la

fecha de la primera publicación, a presentarse todas las personas que se crean con derecho en la presente sucesión de ERME GIMENEZ, por si o por apoderado a reclamarlo. Los trámites se encuentran en la secretaria de este Juzgado. Ante mi: Terecio Quintana Gamarra (secretario). Ñacunday, 29 de agosto de 2025. 94551- 2 al 11/10

SUCESIÓN. El Juez Penal de Garantías de Iruña e Interino del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de Presidente Franco, Abg. Miguel Ángel Brítez, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ISNARDI AMARILLA FERREIRA. (Actuaria Judicial -Secretaría N° 01- Abg. Rodney González). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. Presidente Franco, 1 de Octubre de 2025. 94580- 2 al 11/10

SUCESIÓ N. El Juez de Paz de la Ciudad de Valenzuela, Abogado Hugo David Daiub Fatecha cita y emplaza por diez días a herederos y acreedores de la sucesión de SILVIA FRANCO DE TORRES s/ Sucesión, a fin de que en el plazo de sesenta días a partir de la primera publicación del presente edicto, comparezcan ante el Juzgado a reclamar sus derechos. El juicio radica en la Secretaría única, a mi cargo. Abg. Verónica Liliana Careaga Vega. Valenzuela, 15 de setiembre de 2025.  9459111/10/2025

SUCESIÓN. LA JUEZA DE PAZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE ITÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO CENTRAL. ABG. ZULMA LILIANA ACUÑA DUARTE, Cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la SUCESIÓN de "PABLINO SANCHEZ CORONEL", Itá, 01 de octubre de 2025, Abg. PABLO CESAR OCAMPOS ORTIZ. (ACTUARIO JUDICIAL). 94595- 11/10/2025

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION DE CAAGUAZU, con asiento en la ciudad de Cnel. Oviedo, Abg. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de JUSTINA GARCETE VDA DE MARTINEZ S/ SUCESIÓN INTESTADA AÑO 2025, N° 209. CORONEL OVIEDO, 1 de Octubre de 2025. Ante mí: ADELA BENITEZ RAMOS. Actuaria Judicial - Secretaría N° 1. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este

16 JUDICIAL .

documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 9460211/10/2025

SUCESIÓN. La Jueza de Paz de Yataity, Circunscripción Judicial del Guairá, Abog. Rosa Isabel Recalde Alderete, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de los Sres. PABLO ROLON. Yataity, 26 de septiembre del 2025. Abog. URSULA MARECOS secretaria. 94601- 2 al 11/10

SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de PRIMELIA CENTURION DE MARTINEZ. El juicio radica en la secretaría N° 1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 1 de Octubre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94605- 2 al 11/10

SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, DRA. LAURA CENTURIÓN

AYALA cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de SENAIDE AVALOS VDA DE BENITEZ , a fin de que aquellos que tengan interés legítimo de reclamar en la presente sucesión en el plazo de sesenta (60) días contados desde la primera publicación puedan hacerlo. CORONEL OVIEDO, 19 de Setiembre de 2025. Abg. ANTONIO RUIZ DIAZ, Actuario Judicial Interino. -Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94612 - 11/10/2025.

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, Alfredo Barrios Jara cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la suce -

sión de SEVERIANO AMARILLA YAHARI. El expediente sucesorio radica en la Secretaría No. 9 a cargo del actuario Judicial Heriberto Lezcano M. ASUNCION, 1 de Octubre de 2025. Se hace saber al destinatario de este oficio que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94617 - 11/10/2025.

SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. CARINA RIOS DE COHENE cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de "CARLINO ESTIGARRIBIA PEREIRA Y NILDA RAMONA PEREIRA VDA. DE ESTIGARRIBIA S/ SUCESION INTESTADA AÑO 2.024 N° 74 FOLIO: 17", a fin de que aquellos que tengan interés legítimo de reclamar en la presente sucesión en el plazo de sesenta (60) días contados desde la primera publicación puedan hacerlo. CORONEL OVIEDO., 23 de Setiembre de 2025 Abg. ANTONIO RUIZ DIAZ, Actuario Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94681 -12/10/2025.

SUCESIÓN. La Juez de Paz del Tercer Turno de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná; con asiento en Ciudad del Este Abog. Vicenta fariña: cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de la Sra. DULCE ARAMI FRANCO OVIEDO. Secretaria: Abog. Hugo D. Martínez. Ciudad del Este Juzgado de Paz, 24 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este oficio, que él mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema Justicia. 94675 -12/10/2025.

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Dr. Juan León Mallorquín, Abog. Héctor Pastor Ibarra

González, conforme a la Ley 6059/2018, Cita y Emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de PEDRO VICENTE MALLORQUÍN PAREDES y EUFENIA NÚÑEZ DE MALLORQUÍN. Juan León Mallorquín, 2 de octubre de 2025. Abog. Roberto Trinidad Escobar (Actuario) 94679 -12/10/2025.

SUCESIÓN. EL ABOGADO AMADO RUBEN ESPINOLA DUARTE JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ MULTIFUERO DEL PRIMER TURNO DE YUTY, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAZAPA, en los autos caratulados "PEDRO PASCUAL VILLALBA BARRETO Y VICENTA SERVIN DE VILLALBA S/ SUCESIÓN. CITA Y EMPLAZA por el plazo de 60 días a herederos y acreedores de los causantes PEDRO PASCUAL VILLALBA BARRETO Y VICENTA SERVIN DE VILLALBA , en cumplimiento de la Providencia de fecha 08 de SETIEMBRE de 2025. YUTY, 08 DE SETIEMBRE DE 2025. 94687-12/10/2025.

SUCESIÓN.  LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE FERNANDO DE LA MORA MIRIAN FERREIRA RUIZ DIAZ, cita y emplaza por sesenta días a Herederos y Acreedores de la SUCESIÓN del señor HUGO ALBERTO CRISTALDO BENITEZ , de referencia radica en la secretaria N° 3 a cargo del Abg. ALVARO BUENO MARTINEZ. (ACTUARIO JUDICIAL).-FERNANDO DE LA MORA, 3 de Octubre de 2025- Se hace saber al destinatario del presente edicto que el mismo cuenta con el Código QR por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 94732 -13/10/2025

SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, DR. JUAN MARCELINO GONZALEZ G., cita y emplaza por el termino de 60 (sesenta) días, contados desde la publicación del presente edicto, a los que tengan interés en reclamar derechos en la sucesión de MARIO ISABELINO FLEITAS MONTIEL , de conformidad con lo dispuesto en el Art. 741 del Código Procesal Civil.- El juicio radica en la Secretaria a cargo de la Actuaria Judicial Abg. ANNY GREGORIA ACOSTA.PEDRO JUAN CABALLERO, 3 de Octubre de 2025.  94751 -13/10/2025.

SUCESIÓN. EL JUZGADO DE PAZ DEL SEGUNDO TURNO DEL DISTRITO DE YUTY, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAZAPA, CITA Y EMPLAZA POR EL TERMINO DE (60) SESENTA DÍAS A TODOS LOS HEREDEROS Y/O ACREEDORES DE LA SUCESIÓN DEL CAUSANTE Don MARTÍN ZARATE con C. I. Civil N° 1.352.763. CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR PROVEIDO DICTADO POR ESTE JUZGADO EN FECHA  1 DE AGOSTO DE 2025- YUTY, 01 DE AGOSTODTO DE 2025. Luis A. Gomez Mendieta, Secretario.  94757 -13/10/2025.

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la ciudad de Dr. Juan León Mallorquín, ABOG. HECTOR PASTOR IBARRA GONZALEZ, conforme a la Ley 6059/2018, Cita y Emplaza por sesenta (60) dias a herederos y acreedores de la sucesión de PASCUAL CARDOZO OJEDA Y NICASIA ROJAS VDA. DE CARDOZO.  JUAN LEON MALLORQUIN, 2 de Octubre de 2025. Firmado digitalmente por ROBERTO TRINIDAD ESCOBAR (ACTUARIO). 94719 -13/10/2025..

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno, de la ciudad de Concepción, Cuarta Circunscripción Judicial, Abg. Fernando Javier Quevedo Suarez, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de ROBERTO EDUARDO ACUÑA BOGADO. El expediente radica en la Secretaría N°6. Fdo. Abg. Carlos José Kolher Salinas. Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia. Concepción, 30 de Setiembre de 2025. 94787 -16/10/2025.

SUCESIÓN. El Actuario del Juzgado en lo Civil y Comercial del Vigésimo Segundo Turno de la Capital, Sec. 44, Abg. Armando Juan Jose Figari Romero, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de los Sres. ROSULO RAMON MELGAREJO y AGUSTA MELGAREJO AYALA. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Asunción, 02 de octubre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la

Actuaria del Juzgado conforme Acordadas. 94813 -16/10/2025.

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú, Abg. FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de DOMINGA BEDOYA DE CHAPARRO. El juicio radica en la secretaría N° 5 a mi cargo. CAAGUAZU, 18 de Setiembre de 2025. Abg. Fidencia Martinez Riveros, Actuaria Judicial. – Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 94817 -16/10/2025. SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la ciudad de Dr. Juan E. Estigarribia, Abg. LIZ NATHALIA LOBO RUIZ DIAZ, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ESTALACION AGUSTINA OLMEDO DE MORINIGO para que se presenten al juzgado a reclamar sus derechos. El juicio caratulado "ESTALACION AGUSTINA OLMEDO DE MORINIGO S/ SUCESION - AΝ 2025 - Ν° 107", radica en la secretaría a mi cargo. DOCTOR J. EULOGIO ESTIGARRIBIA, 6 de Octubre de 2025. ABG. SILVIO PAUL CANO RAGGINI. Actuario Judicial - Secretaría N.º 1 del Juzgado de Primera Instancia del Fuero Civil y Comercial del Primer Turno de la Ciudad de Dr. Juan E. Estigarribia. 94817 -16/10/2025.

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Dra. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de "SILVANO ZARACHO BARRIOS". CORONEL OVIEDO, 3 de Octubre de 2025. Ante mí: CRISTELL A. PORTILLO ARIAS.Secretaría N° 2. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.- 94833 -16/10/2025.

TRANSCRIPCIÓN DE LAS ACTAS, DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Y

ORDINARIA DE ACCIONISTAS SOBRE MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES POR CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL DE LA FIRMA LBL SOCIEDAD ANÓNIMA A KRESKO SOCIEDAD ANONIMA. Aumento de capital y emisión de acciones. Por Esc. Nº99 civil B, de fecha 08/07/2025, ante la N.P. Sara María Antonia Díaz Verón, se modifica parcialmente los Estatutos Sociales de la firma LBL SOCIEDAD ANÓNIMA por cambio de denominación a KRESKO SOCIEDAD ANONIMA y Aumento de Capital, quedando los Artículos 1º y 5º redactados como sigue: "Artículo 1°): La sociedad se denomina KRESKO SOCIEDAD ANONIMA. Tiene su domicilio legal en la ciudad de Hernandarias, Departamento del Alto Paraná, República del Paraguay, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de representación dentro o fuera del país. Artículo 5°): El Capital social de KRESKO SOCIEDAD ANONIMA se fija en la suma de Gs.5.000.000.000 (Guaraníes Cinco Mil Millones), representado por 500 (Quinientas) acciones ordinarias, nominativas y no endosables de Gs.10.000.000 (Guaraníes Diez Millones) cada una: identificadas con números arábigos del 001 al 500. El Capital Social podrá aumentarse o disminuirse por decisión de la Asamblea Extraordinaria y deberá elevarse a escritura pública. Además, queda hecha la Emisión de Acciones. Presidente: Breno Prado Paranhos. Director Titular: Gilberto Rubert. Inscripto en la D.G.R.P., Sección Personas Jurídicas y comercio, Matrícula Nº14.377, serie Comercial, inscripto bajo el Nº2 y al folio 13, en fecha 02/09/2025 y Matrícula del Comerciante, Bajo el Nº12669 y folio 12.669 en fecha 02/09/2025. 94835- 7 al 9/10 TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD. Dando cumplimiento a lo que establece el Artículo 1189 del Código Civil, comunicamos a quienes pueda interesar que los Socios de la firma OCEAN QUALITY S.R.L por acuerdo unánime, han decidido la transformación de la misma en SOCIEDAD ANÓNIMA, EMISORA (S.A.E.) sucesora legal, responsable y continuadora de la Sociedad Transformada. El Balance especial confeccionado y aprobado por los socios se encuentra a disposición de los acreedores en la sede social, sito en la Calle Cien Fuegos Nº 2301, Barrio Las Mercedes de Ciudad del Este, por el plazo de 30 días contados a partir de la fecha de la última publicación. 94827- 7 al 11/10

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