CAMINE SEGURO LA MOMENTO DE HACER SUS TAXES

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CAMINE SEGURO Y TRANQUILO AL MOMENTO DE HACER SUS TAXES

Asesoría Financiera 101

¿CUÁLES SON ESOS ASPECTOS QUE

DEBO TENER EN CUENTA COMO EXTRANJERO AL MOMENTO DE HACER MIS IMPUESTOS EN LOS ESTADOS UNIDOS?

¡NO IMPORTA SU ESTADO MIGRATORIO!

Cuando se es Residente Fiscal en los Estados Unidos, ya sea porque es Residente Legal o tienen algún otro estado migratorio, usted deberá informar y consolidar sus ingresos mundiales al momento de hacer sus impuestos. No importa si usted vive en los Estados Unidos o fuera del país.

¿DECLARAR COMO EXTRANJERO RESIDENTE O NO RESIDENTE?

El IRS usa dos pruebas para evaluar su estado de extranjero. Si es un extranjero con tarjeta de residencia (Greencard), se la considera extranjero residente. Sin embargo, si no tiene una tarjeta de residencia y pasa un total de 183 días, durante los tres últimos años tributarios, lo más probable es que satisfaga el requisito de presencia física y se le

considere un extranjero residente para fines tributarios.

Como extranjero residente, está sujeto a las normas tributarias de los ciudadanos estadounidenses y debe reportar todos sus ingresos en las declaraciones de impuestos anuales, sin importar el país en el que fueron generados. Un extranjero no residente también debe pagar impuestos sobre la renta al IRS, pero sólo son gravables las ganancias generadas en los EE.UU. Estados Unidos mantiene tratados de doble tributación con varios países lo cual permite reducir el monto de los impuestos a pagar. Usted puede obtener un crédito por los impuestos pagados sobre los ingresos generados en los países en donde los obtuvo. Dicho

impuestos pueden ser: salarios, intereses, dividendos, rentas y regalías; y se presentan a través de la forma 1116. Si por el contrario, eres un ciudadano americano y resides y trabajas fuera de los Estados Unidos puedes aplicar al beneficio de exclusión de ingresos extranjero, conocido bajo la nomenclatura FEIE. Esta exclusión asciende a $120,000 de los ingresos como asalariado o servicios profesionales. Para ello se debe presentar la forma 2555.

¿CUÁLES CUENTAS BANCARIAS O INVERSIONES EXTRANJERAS DEBO REPORTAR?

Debe reportar en sus impuestos cualquier cuenta bancaria o inversión extranjera en la que tenga intereses o

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firma y el valor máximo agregado de las cuentas sea $ 10K o más.

¿DEBO REPORTAR MIS EMPRESAS EXTRANJERAS?

Igualmente deberá reportar la información financiera de las empresas en las cuales usted tenga una participación accionaria del 10% o más.

¿CUÁNDO DEBO REPORTAR REGALOS DE UNA PERSONA EXTRANJERO?

Al momento de elaborar su declaración de impuestos se deberán declarar todos los regalos tangibles e intangibles recibidos por parte de un extranjero.

En el caso de los regalos intangibles, sólo deberán declararse si la suma total de los mismos alcanza los $100,000 o más al año. Sin embargo, es importante señalar que aquellos regalos intangibles superiores a los $100,000 al año, deberán declararse pero no se pagaran impuestos sobre ellos.

A diferencia de los intangibles, los regalos tangibles recibidos por parte de un extranjero si deberán tanto declararse como pagar impuestos sobre ellos.

¿A QUE SE REFIERE GANANCIAS DE CAPITAL (Capital Gain)?

El impuesto a las Ganancias de Capital se paga al obtener ganancias por la venta de un activo (acciones, tierras, empresas, etc.). Esta ganancia viene dada por la diferencia entre el precio de venta del activo y su precio de compra original, la cual generalmente se considera un ingreso imponible.

La tasa de impuestos sobre esta ganancia depende de cuánto tiempo se haya mantenido el activo antes de venderlo.

En 2023, las tasas de impuesto a las Ganancias de Capital son del 0%, 15% o 20% para la mayoría de los activos mantenidos durante más de un año. Las tasas impositivas sobre las ganancias de capital en la mayoría de los activos mantenidos por menos de un año corresponden a los tramos de impuestos ordinarios sobre la renta (10%, 12%, 22%, 24%, 32%, 35% o 37%).

¿IMPUESTOS SOBRE LA RENTA PERSONAL Y CORPORATIVO?

Impuesto sobre la renta personal: hay siete renglones de impuestos para la mayoría de los ingresos ordinarios: 10%, 12%, 22%, 24%, 32%, 35% y 37%. Estados Unidos tiene un sistema tributario progresivo, lo que significa que a medida que se ascienden los ingresos,

también se sube en la escala de impuestos. La tasa que le corresponde pagar dependerá de sus ingresos imponibles y su estado civil: soltero, casado presentando una declaración conjunta, casado presentando una declaración separada, cónyuge sobreviviente, o cabeza de familia.

Impuesto sobre la renta corporativo: Se impone a nivel federal sobre los ingresos de las entidades tratadas con fines fiscales como corporaciones. La tasa nominal del impuesto corporativo federal en los Estados Unidos es del 21% fijo. Las corporaciones que operan en EE. UU., además de esta tasa fija, deben pagar un Corporate Income Tax en 44 de los 50 estados. La misma varía ente el 3 y el 12%, llegando a ser 29.6% la más alta en el estado de Iowa. Según la ley actual, los impuestos sobre la renta estatal y local son totalmente deducibles para las corporaciones.

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EL IMPACTO FISCAL DE INGRESOS Y GANANCIAS

TASAS PARA IMPUESTOS INDIVIDUALES

Grupo de Impuestos de 2023 (con vencimiento en abril de 2024)

CASADO QUE PRESENTA DECLARACIONES CONJUNTAS Y CÓNYUGES SOBREVIVIENTES

SI LA RENTA IMPONIBLE ES:

POR ENCIMA DE: HASTA:

$0

$22,000 $89,450

$190,750 $364,200

$462,500

$693,750

$22,000 $89,450

$190,750

$364,200 $462,500 $693,750 +

SI LA RENTA IMPONIBLE ES:

POR ENCIMA DE: HASTA:

$0

$15,700

$15,700

$59,850

$95,350 $182,100

$231,250

$578,100 +

EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ES IGUAL A:

10% Ingresos imponibles

$2,200 más 12% del exceso sobre $22,000

$10,294 más 22% del exceso sobre $89,450

$32,580 más 24% del exceso sobre $190,750

$74,208 más 32% del exceso sobre $364,200

$105,664 más 35% del exceso sobre $462,500

$186,601.50 más 37% del exceso sobre $693,750

JEFE DE HOGAR

EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ES IGUAL A:

10% Ingresos imponibles

$1,570 más 12% del exceso sobre $15,700

$6,868 más 22% del exceso sobre $59,850

$14,678 más 24% del exceso sobre $95,350

$35,498 más 32% del exceso sobre $182,100

$51,226 más 35% del exceso sobre $231,250

$172,623.50 más 37% del exceso sobre $578,100

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$59,850 $95,350 $182,100
$231,250 $578,100

SI LA RENTA IMPONIBLE ES:

POR ENCIMA DE: HASTA:

$0

$11,000

$44,725

$95,375

$182,100

$231,250

$346,875

$11,000

CASADO QUE PRESENTA DECLARACIONES SEPARADAS

EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ES IGUAL A:

10% Ingresos imponibles

$1,100 más 12% del exceso sobre $11,000

$5,147 más 22% del exceso sobre $44,725

$16,290 más 24% del exceso sobre $95,375

$37,104 más 32% del exceso sobre $182,100

$52,832 más 35% del exceso sobre $231,250

$93,300.75 más 37% del exceso sobre $346,875

SOLTERO

SI LA RENTA IMPONIBLE ES:

POR ENCIMA DE: HASTA:

$0

$11,000

$44,725

$95,375

$182,100

$231,250

$578,125

$11,000

$44,725

$95,375 $182,100

$231,250

$578,125 +

SI LA RENTA IMPONIBLE ES:

POR ENCIMA DE: HASTA:

$0

$2,900

$10,550

$14,450

$2,900

$10,550

$14,450 +

EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ES IGUAL A:

10% Ingresos imponibles

$1,100 más 12% del exceso sobre $11,000

$5,147 más 22% del exceso sobre $44,725

$16,290 más 24% del exceso sobre $95,375

$37,104 más 32% del exceso sobre $182,100

$52,832 más 35% del exceso sobre $231,250

$174,238.25 más 37% del exceso sobre $578,125

PATRIMONIOS Y FIDEICOMISOS

EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ES IGUAL A:

10% Ingresos imponibles

$290 más 24% del exceso sobre $2,900

$2,126 más 35% del exceso sobre $10,550

$3,491 más 37% del exceso sobre $14,450

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$44,725
$182,100 $231,250
$95,375
$346,875 +

NUEVAS TASAS DE GANANCIA DE CAPITAL

ESTADO

Soltero

Casado declaración conjunta

Casado declaración separada

Jefe de Hogar

Patrimonios y Fideicomisos

$0 - $44,625 $0 - $89,250

$0 - $44,625

$0 - $59,750

- $492,300

$89,250 - $553,850

$44,625 - $276,900

$59,750 - $523,050

$3,000 - $14,650

DEDUCCIONES ESTANDARDS

Casado que presenta declaraciones conjuntas y cónyuges sobrevivientes

Jefe de Hogar

Soltero

Casado que presenta declaraciones separadas

Monto

Monto del ingreso del trabajo

Umbral de eliminación progresivo (S, SS or HOH)

Monto final para eliminación completa (S, SS or HOH)

Umbral de eliminación progresivo (MFJ)

Monto final para eliminación completa (MFJ)

$492,300 o más

$553,850 o más

$276,900 o más

$523,050 o más

$14,650 o más

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PORCENTAJES
CIVIL: 0% 15% 20%
$0
$3,000 $44,625
-
CRÉDITO POR INGRESO DEL TRABAJO CANTIDAD N/A UNO DOS TRES + NÚMERO DE NIÑOS CALIFICADOS
máximo
de crédito
$600 $7,840 $9,800 $17,640 $16,370 $24,210 $3,995 $11,750 $21,560 $46,560 $28,120 $53,120 $6,604 $16,510 $21,560 $52,918 $28,120 $59,478 $7,430 $16,510 $21,560 $56,838 $28,120 $63,398
DEDUCCIÓN
ESTADO CIVIL:
$27,700 $20,800 $13,850 $13,850

¿CÓMO PLANIFICAR MI NEGOCIO FISCALMENTE?

Si te has planteado crear una empresa y comenzar tu camino como emprendedor, lo primero que debes hacer es definir tus objetivos y en función de eso diseñar la estructura legal que mejor se adapte a las características de tu negocio.

COMPAÑÍA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (LLC)

Es una entidad comercial limitada por acciones. Su estructura de negocios evita la doble tributación y mantiene la responsabilidad limitada de las corporaciones, es decir, todos los accionistas son responsables de todas las deudas en las que incurre la compañía.

Los miembros de las LLC pueden incluir individuos, sociedades anónimas, otras LLC y entidades extranjeras. No hay un límite máximo de miembros y la mayoría de los estados permiten las LLC de un miembro único

C- CORPORACIONES

Una C-Corp es un modelo de empresa con una estructura jerarquizada con accionistas, directores y consejeros. Es el modelo más tradicional, e implica adopción de estatutos, juntas de accionistas, reportes anuales y emisión de acciones.

En este modelo de negocios, los propietarios o accionistas pagan impuestos por separado de la entidad.

S- CORPORACIONES

Consideradas entidades jurídicas separadas, con una estructura con accionistas, directores y consejeros. Los requisitos para aplicar es que debe ser una corporación doméstica, con 100 accionistas o menos, no tener más clases de acciones, no estar relacionada al sector financiero o de seguros.

Sus accionistas no pueden ser sociedades, corporaciones o extranjeros no residentes.

VENTAJAS FISCALES

▪ Poseen flexibilidad en la gestión, pues su estructura es más versátil que la de las corporaciones.

▪ Evita la doble tributación pues este tipo de empresa no recauda Impuesto Sobre la Renta.

▪ Se puede crear una LLC desde cualquier parte del mundo, nada más se requiere una dirección comercial en EE. UU.

▪ No hay restricciones de propiedad.

▪ Separación parcial de responsabilidad, especialmente para aquellas conformadas por un miembro único.

▪ Propiedad irrestricta, ideal para ser negociadas en la bolsa.

▪ Los socios de la CORP no necesitan hacer declaraciones de impuesto en los Estados Unidos.

▪ Permiten la construcción de crédito a nombre de la empresa.

▪ Acceso a diferentes clases de acciones.

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▪ ▪ ▪ ▪

Por último, pero no menos importante, trabajar con un asesor fiscal puede ser una de las mejores estrategias para reducir tu carga fiscal. Un asesor fiscal puede ayudarte a identificar oportunidades de ahorro e impuestos, asegurarse de que estás aprovechando todas las deducciones y créditos a los que tienes derecho, y ayudarte a tomar decisiones financieras que minimicen tu carga fiscal.

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