Resolución Aprobación del PAC 2019 - Consejo

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA No. CORDICOM-P-2019-

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GALO CEVALLOS MANCHENO PRESIDENTE DEL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN CONSIDERANDO: Que, la letra 1) del número 7 del artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe: "Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho ( ... ) "; Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución "; Que, el artículo 288 de la Constitución de la República del Ecuador, expresamente determina: "Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria y en las micro, pequeñas y medianas unidades productivas' Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 100 de 14 de octubre de 2013, la Asamblea Nacional expidió la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; Que, el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece que: "Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado. El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince 1

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