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INVITACIÓN PRIVADA DE VARIAS OFERTAS CAPITULO PRIMERO GENERALIDADES DE LA INVITACIÓN PRIVADA 1.1.

INTRODUCCIÓN:

Con fundamento en lo dispuesto en la Resolución de la H. Junta Directiva No. 01 de 2010 y en la Resolución de Gerencia 036 de 2011, EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. – EMVARIAS - ha dado inicio al presente proceso de contratación, bajo la modalidad de Invitación Privada de Varias Ofertas, para el proceso de contratación que se detalla en los presentes términos. 1.2.

NORMATIVIDAD APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 3° de la Ley 689 de 2001, los contratos que celebren las entidades estatales que prestan los servicios públicos domiciliarios a los que refiere esa Ley, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, de manera que el régimen aplicable es el del derecho privado. Con base en dichas disposiciones, la H. Junta Directiva de Empresas Varias de Medellín E.S.P., mediante la Resolución No. 01 de 2010, modificó el Estatuto Interno de Contratación de la Entidad, el cual define las modalidades de los procesos de contratación, así como las reglas y principios que deben regir durante su desarrollo; y la Gerencia General expidió la Resolución No. 036 de 2011, por medio de la cual se reglamenta el procedimiento general de contratación de Empresas Varias de Medellín E.S.P. Con fundamento en lo establecido en el Artículo 14 de la Resolución 01 de 2010, y en consideración a la cuantía del contrato a celebrar, la modalidad del proceso de contratación es Invitación Privada de Varias Ofertas, cuyo procedimiento se detalla en los presentes términos. 1.3 PACTO DE TRANSPARENCIA: En todas las actuaciones derivadas del presente proceso de contratación, los proponentes y funcionarios de la EMPRESA, honrarán los principios de transparencia y moralidad. En razón a lo anterior, asumen los compromisos descritos en el Anexo No.10 “Pacto de Transparencia”. CAPITULO SEGUNDO DEL CONTRATO A CELEBRAR 2.1 OBJETO DEL CONTRATO: SUMINISTRO DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO, Y SUMINISTRO DE LOS COMPONENTES RELACIONADOS CON LOS SISTEMAS DE CAJAS DE VELOCIDADES, DIFERENCIALES, CARDANES LARGO Y CORTO DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN, CARDÁN DE TOMAFUERZA Y TOMAFUERZAS Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS, Y DEL SISTEMA DE EMBRAGUE, PARA LOS Página 1 de 86


VEHÍCULOS QUE INTEGRAN EL PARQUE AUTOMOTOR DE EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. 2.2 ALCANCE DEL OBJETO CONTRACTUAL: Mantenimiento preventivo: Consiste en efectuar revisiones periódicas a los vehículos de propiedad de EMVARIAS de acuerdo con la programación y frecuencia definida por la Empresa, previa expedición de las respectivas “Órdenes de Trabajo”. Esta clase de mantenimiento tiene como objetivos: a) Reducir los mantenimientos correctivos a los vehículos y b) Recoger datos de diagnóstico necesarios para la reprogramación y análisis. Copia de la programación de los mantenimientos preventivos definidos por la Empresa se entregará al contratista. Mantenimiento correctivo: Consiste en efectuar las reparaciones de los vehículos de propiedad de EMVARIAS en los elementos descritos en el Anexo N° 4 “Cuadros de Cotización”, de acuerdo con los eventos que se presenten en los mismos, previa expedición, por parte de la Empresa, de las respectivas órdenes de trabajo. Suministro de componentes relacionados con las reparaciones en los sistemas: Consiste en suministrar los repuestos que requiera la Empresa, descritos en el Anexo No. 4 “Cuadros de Cotización”, cumpliendo con los tiempos de garantía comercial y de mano de obra señalados en el mismo Anexo y las condiciones establecidas en el Anexo N° 6 “Garantía de las reparaciones de los vehículos”. Vehículos a intervenir:

TIPO* Grúa Chevrolet C70 Sencillo Carrotanque Sencillos Sencillos Frontal Doble troques Volquetas Sencillo

Full Pincher

1981

International Chevrolet NPR Chevrolet NPR Mack International International DT466 Mazda Turbo

Furgon-Publifibra

1982 1998 1998 1998 1998 1998 1998

Doble troques

Internacional DT530

Heill

1999

Doble troques Mini cargadores

International DT466 Case

Heill

2000 2003

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MOTOR

CAJA

Fanalca. Furgon-Publifibra Heill Heill

MODELO


TIPO*

MOTOR

CAJA

Volquetas Sencillos Carrotanque Doble troques

Internacional 4300

2003

Kenworth ISB Kenworth ISC

2005 2007

Volquetas

International 4300

Doble troques Sencillos

Kenworth ISC Kenworth ISC

McNeilus

MODELO

2008 McNeilus McNeilus

2009 2009

*Los tipos, modelos, marcas de motor, caja compactadora y características en general de estos vehículos podrán variar de acuerdo con las necesidades de disponibilidad de vehículos que tenga la Empresa durante la ejecución del contrato. 2.3. a)

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:

Suministrar de manera efectiva y oportuna el servicio de mantenimiento correctivo y preventivo de los vehículos de propiedad de EMVARIAS en el sitio en que la Empresa lo requiera, teniendo en cuenta que deberá: Contar con un (1) taller en el Valle de Aburrá entre Ancón Norte y Ancón sur, el cual deberá cumplir con las características relacionadas en el Anexo N° 7 “Evaluación talleres contratistas”, con instalaciones de fácil acceso vehicular y espacio suficiente para realizar las operaciones que constituyen el objeto del contrato. Garantizar la eficacia y eficiencia en el servicio, procurando que el mantenimiento en general se realice en las instalaciones del taller de Empresas Varias de Medellín E.S.P., buscando así minimizar el desplazamiento de los vehículos hacia otros lugares o instalaciones. La Empresa determinará cuales actividades serán efectuadas en las instalaciones del contratista. Mantener aseado y ordenado en todo momento el lugar que le asigne la Empresa dentro de sus instalaciones. La cómoda para guardar los implementos del contratista deberá ser de su propiedad, en material metálico y no deberá tener ningún tipo de adhesivos. Cuando le sobrevenga al contratista un evento de fuerza mayor o caso fortuito que le impida prestar el servicio objeto del contrato, deberá inmediatamente comunicarlo a la Empresa para acordar el procedimiento a seguir. Para los casos en que se requiera el servicio a domicilio, el contratista deberá contar con sus propios medios de transporte para su desplazamiento hasta el lugar del desvare. Los tiempos para la atención oportuna de los desvares son: • Hasta las instalaciones de Mantenimiento y Operaciones de Aseo de Empresas Varias de Medellín E.S.P., ubicadas en la calle 111 b # 64-92: máximo 60 minutos, a excepción de los horarios descritos en el numeral 2.3, literal b, viñeta 2. • Desvare en correría en la jurisdicción del Municipio de Medellín, incluidos sus cinco corregimientos: máximo en una (1) hora y 30 minutos. Página 3 de 86


• • • •

Desvare hasta antes del peajito social en Navarra y sus alrededores: máximo en una (1) hora y 40 minutos. Desvare hasta antes del peaje El Trapiche y sus alrededores: máximo en una (1) hora y 50 minutos. Desvare hasta Barbosa y sus alrededores: máximo en dos (2) horas y 20 minutos. Desvare hasta los sitios de disposición final (la Pradera y el Guacal): máximo en dos (2) horas y 30 minutos.

El tiempo para la atención del desvare será contado a partir del momento en que la Empresa y/o la Interventoría/Supervisión constate el recibo de la orden de trabajo por parte del contratista. En caso de inoportunidad de los tiempos establecidos para el servicio de desvare, la Interventoría/Supervisión requerirá al contratista para que en un término de tres (3) días presente la respectiva justificación. Conocidas las explicaciones, la Interventoría/Supervisión deberá pronunciarse durante los tres (3) días siguientes. En el evento que la justificación no sea satisfactoria, la Interventoría/Supervisión hará efectivo el descuento acordado con el contratista en el Anexo No. 2 de la propuesta. El valor que autoriza descontar el contratista será realizado con cargo a la factura de venta remitida para el cobro del desvare realizado. El contratista deberá garantizar que el desvare se hará en forma oportuna y simultánea, para lo cual deberá contar con los insumos y personal suficiente para cubrir dicha situación. b) Contar con el personal idóneo y necesario para realizar las operaciones relacionadas con el objeto contractual, teniendo en cuenta que: Deberá nombrar un Supervisor y/o Administrador del contrato, con permanencia en la Ciudad de Medellín, con quien La Empresa tenga un contacto directo para las labores administrativas y técnicas, durante el tiempo de ejecución de las actividades relacionadas con el objeto de la presente invitación; es decir, deberá estar disponible para la Empresa las 24 horas del día. Igualmente, el contratista deberá garantizar la ubicación del Supervisor y/o Administrador en un número de teléfono fijo o móvil, para la atención del servicio objeto de esta invitación y durante todo el tiempo de ejecución del contrato. El proponente deberá anexar a su propuesta la hoja de vida de la persona a nombrar como Supervisor y/o Administrador a fin de verificar que el mismo cuenta con una experiencia mínima de trabajo de dos (2) años en este campo. En caso de que el contratista requiera cambiar el Supervisor y/o Administrador, deberá notificarlo al Interventor/Supervisor asignado por la Empresa para el contrato, en la medida de lo posible, con mínimo quince (15) días de anticipación, remitiendo la hoja de vida de la persona que lo reemplazará, para verificar que cumple con la experiencia exigida en esta obligación. El contratista enviará personal idóneo y suficiente a las instalaciones de la Empresa donde se encuentran los vehículos, de lunes a sábado, en dos turnos: de 2 p.m. a 6 p.m. y de 10 p.m. a 7 a.m., y los domingos de 7 a.m. a 3 p.m., para inspeccionar, revisar, desvarar y realizar las operaciones que los vehículos requieran, con el objetivo de que se encuentren en estado operativo en los horarios de despacho para las actividades de recolección y transporte. Prestar los servicios de mantenimiento en sus propios talleres, de lunes a sábado, en el horario comprendido entre las 7:00 a.m. a 6:00 p.m. y los domingos de 7:00 a.m a 3: 00 p.m. Página 4 de 86


c)

d)

e)

f)

g)

h)

En situaciones de crisis por falta de disponibilidad de vehículos, el contratista deberá estar dispuesto a efectuar los mantenimientos requeridos durante las 24 horas del día, previo acuerdo con Empresas Varias de Medellín E.S.P. El personal designado por el contratista que labore en las instalaciones de la Empresa, deberá estar bien presentado, aseado y uniformado (con cinta reflectiva), carnetizado e identificado con el logo de la firma contratista. En caso de que el contratista vaya a efectuar algún cambio de operarios deberá comunicarlo a la Interventoría/Supervisión asignada para el contrato, en la medida de lo posible, con quince (15) días de anticipación. La Empresa podrá solicitarle al Contratista cambio de personal cuando así lo considere necesario para el adecuado desarrollo del contrato. Dar cumplimiento a las obligaciones que en materia de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial se encuentran contenidas en el Anexo No. 13 “Salud Ocupacional y Seguridad Industrial”, de los presentes términos, para lo cual el Contratista deberá presentar a la supervisión/Interventoría el día de la firma del acta de inicio, el programa de Salud Ocupacional implementado por éste, para la revisión por parte de la oficina de Salud Ocupacional de EMVARIAS. El contratista deberá tener en cuenta los riesgos laborales a los cuales se encontrará expuesto el personal a su cargo que labore en las instalaciones de la base de operaciones y mantenimiento de EMVARIAS y de aquel que ingrese a entregar repuestos y/o documentos relacionados con el objeto contractual. Para lo cual deberá entregar al Interventor/Supervisor del contrato, debidamente diligenciado el “Panorama de Factores de Riesgo Prioritarios” contenido en el Anexo No. 13 “Salud Ocupacional y Seguridad Industrial” a la firma del acta de inicio, incluyendo los riesgos relacionados con las actividades a desarrollar en el taller de mantenimiento de Emvarias. Para ingresar a las instalaciones de Empresas Varias de Medellín, el personal del contratista deberá presentar a la vigilancia, copia de la autoliquidación donde conste que el contratista se encuentra al día en el pago de los aportes de salud, pensión y ARL, de la(s) persona(s) a ingresar. En caso de no cumplir con este requisito se prohibirá el ingreso de dicho personal. El contratista deberá disponer de la persona encargada de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional que de acuerdo con la normatividad le exige la ley para su empresa, quien deberá garantizar que se cumplan las normas durante la ejecución del contrato, además que garantice que se lleve a cabo el programa de Salud Ocupacional entregado a la firma del acta de inicio, acorde con lo señalado en el Anexo No. 13, en el que se consideren todos los requisitos de Ley y que propenda por el bienestar de los trabajadores. Para verificar el cumplimiento de estos requisitos esta persona deberá visitar como mínimo una vez a la semana las instalaciones de Emvarias; será el enlace con el equipo de salud ocupacional de Emvarias para tratar temas específicos, además de asistir a las reuniones que éstas convoquen y que requieran la presencia del contratista. En caso de requerirse trabajo en alturas, el proponente deberá garantizar que el personal que asigne para desarrollar las actividades objeto del contrato cuente con las certificaciones de trabajos en alturas vigentes, conforme a lo estipulado en la Resolución 1409 de 2012 del Ministerio de la Protección Social. Adicionalmente deberá cumplir con lo establecido en el Protocolo de Emvarias, denominado: “Normas de seguridad para trabajos en alturas”, para lo cual deberá presentar oportunamente a la supervisión/interventoría los documentos que acrediten el cumplimiento de esta obligación, y actualizar durante la ejecución del contrato los certificados de trabajos en alturas del personal a su cargo de acuerdo a la normatividad vigente. Seleccionar el personal que en su nombre ejecutará los servicios contratados, efectuar el oportuno Página 5 de 86


pago de sus obligaciones laborales, incluidos los aportes a la Seguridad Social y Parafiscales (si hubiere lugar a ellos); en general se hace responsable con libertad técnica, directiva y administrativa del manejo de su recurso humano. Se advierte que entre Empresas Varias de Medellín E.S.P. y el personal vinculado por el contratista para el desarrollo del objeto contractual no se crea ningún vínculo laboral y/o administrativo. i) Responder por su cuenta y riesgo por las novedades presentadas en los vehículos de la Empresa al realizar las reparaciones o las pruebas de las reparaciones efectuadas a los mismos, lo cual hace referencia a los posibles daños que se le puedan causar al vehículo cuando se requiera la realización de pruebas de ruta por parte del personal del contratista, diagnósticos con obligatoriedad de movilización del vehículo por parte del técnico mecánico y/o eléctrico del contratista, daños en equipos electrónicos al realizar intervenciones de soldaduras sin el debido cuidado por parte del personal contratista y los demás que puedan suceder por falta de cuidado o impericia en la intervención de una reparación mecánica y/o eléctrica. j) Contar con todos los insumos, equipos y herramientas necesarias y adecuadas para realizar las actividades objeto del contrato. Mantener disponibilidad de los repuestos descritos en el Anexo No. 4 “Cuadros de Cotización”, con el fin de asegurar el inmediato mantenimiento preventivo y/o correctivo que le sea requerido mediante las órdenes de trabajo. Dichos elementos serán facturados en el momento en que sean instalados en los vehículos de la Empresa y presentados semanalmente a la Interventoría/Supervisión asignada para el contrato de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.7 “Valor y Forma de Pago” de la presente invitación. Así mismo, con el fin de agilizar las reparaciones y hacer entrega del vehículo en estado operativo en el menor tiempo posible, el contratista deberá poseer los siguientes componentes supernumerarios, tanto en el taller externo como en las instalaciones de Empresas Varias de Medellín E.S.P.: flanches de cardán, crucetas de cardán, cauchos de cardán, cardán largo y corto, rodillos de cardán, retenedores de diferenciales, espigas, botellas de cardán, conjunto de clutch completo, para cada una de las marcas de vehículo. Los repuestos supernumerarios hacen referencia a la logística necesaria que debe tener el contratista para desvarar y atender los vehículos ya sea en forma temporal o definitiva. El contratista tendrá a cargo el almacenamiento y bodegaje en sus instalaciones de los insumos, repuestos necesarios y de la herramienta requerida para la ejecución del objeto de la presente invitación. k) En cuanto al mantenimiento preventivo el contratista deberá tener en cuenta que: Las actividades de mantenimiento preventivo se programarán en horarios en los cuales los vehículos no sean requeridos por el Proceso de Operaciones, esto es, en horarios nocturnos en días ordinarios, dominicales y festivos; y en horarios diurnos en días dominicales. Sin embargo, en caso de ser posible efectuar mantenimientos a los vehículos en horario diurno de días ordinarios, se le comunicará previamente al contratista con el fin de que prepare los recursos y ejecute el mismo. Debe cumplir, en un 100%, la programación del mantenimiento preventivo establecida por la Empresa. Las actividades por mantenimiento preventivo no podrán tener sobrecostos por servicios a domicilio. Cuando en la frecuencia se cruce el mantenimiento preventivo con una reparación correctiva, el Página 6 de 86


mantenimiento preventivo no tendrá ningún costo. l) Para el mantenimiento correctivo el contratista deberá tener en cuenta que: Las actividades de dicho mantenimiento se realizaran en horarios diurnos y nocturnos en días ordinarios, dominicales y festivos y en el lugar donde sea necesario prestar el servicio (domicilios e instalaciones de Empresas Varias de Medellín E.S.P.). El horario nocturno se considerará desde las 10:00 pm hasta las 6:00 am. Debe cumplir, en un 100%, con las reparaciones solicitadas por la Empresa para la ejecución de este mantenimiento en los días y horarios informados. En caso de presentarse una actividad de mantenimiento correctivo en las instalaciones de Empresas Varias de Medellín E.S.P. cuando se esté realizando el mantenimiento preventivo, el correctivo no tendrá sobrecostos por servicio a domicilio. Los componentes más representativos que se instalen en los vehículos deberán estar contramarcados (si es posible) con el número de control de cada uno de ellos. Debe prestar el servicio en forma oportuna y simultánea, como mínimo para cuatro vehículos, para lo cual deberá contar con los insumos y personal suficiente para cubrir dicha situación. m) Efectuar los ajustes y las reparaciones de acuerdo a las especificaciones técnicas dadas por el fabricante en los manuales de mantenimiento y de servicio, de acuerdo al tipo de vehículos, para lo cual el contratista está obligado a consultar dicha información en internet o algún otro medio que ofrezca esta información. n) Cumplir con las garantías para los mantenimientos contratados, de acuerdo con lo señalado en los Anexos No. 4 “Cuadros de Cotización” y Anexo N° 6 “Garantía de las reparaciones de los vehículos”. o) El contratista deberá cumplir el procedimiento para la facturación oportuna de las órdenes de trabajo ejecutadas que seguidamente se detalla, así como los requisitos contenidos en el Anexo No. 5 “Procedimiento para la facturación”. Ha de tenerse en cuenta que los requerimientos de mantenimientos preventivos y correctivos se harán mediante órdenes de trabajo, documentos físicos o electrónicos que serán emitidos por el Supervisor del Taller en coordinación con el Subdirector de Mantenimiento o con personal profesional y/o técnico adscrito a dicha Subdirección. La Empresa/Interventoría confirmará que el contratista ha recibido la orden de trabajo mediante llamada telefónica o cualquier otro medio expedito, dejando constancia de ello. Procedimiento: Diligenciar el formato contenido en el Anexo No 8 “Cotización de Órdenes de Trabajo”, en un tiempo máximo de un (1) día, cuyo término será pactado en tiempo con el Interventor/Supervisor asignado para el contrato. La cotización debe ser presentada al Interventor/Supervisor del contrato. El lunes de cada semana EL CONTRATISTA deberá presentar a la Interventoría/Supervisión, todos los documentos relacionados con los trabajos terminados en la semana anterior, exceptuando los realizados el domingo. El jueves de cada semana la Interventoría/Supervisión entregará los documentos revisados y/o aprobados y que fueron recibidos el lunes anterior, con el fin de que el Contratista proceda a facturar y/o corregir las novedades encontradas. Igualmente, este día se recibirán los Página 7 de 86


documentos relacionados con los trabajos efectuados el domingo anterior, cuyos documentos revisados se devuelven al contratista el lunes siguiente para que proceda a facturar o corregir las novedades encontradas. Antes de facturar, el contratista deberá haber tenido la aprobación previa por parte de la Interventoría/Supervisión asignada al contrato, con el fin de evitar la anulación y/o rechazo de las facturas de venta por ausencia de algún documento y/o requisito establecido contractualmente. La Empresa definirá una fecha límite mensual de presentación de facturas de venta por efectos contables, la cual se avisará previamente al contratista. Es obligación del contratista ajustarse a las fechas de facturación definidas por la Empresa y en caso de incumplimiento será responsable de reconocer y pagar las sanciones e intereses moratorios que se puedan ocasionar a la Empresa en las declaraciones tributarias y demás obligaciones de ley a que haya lugar, los cuales serán descontados de cualquier saldo adeudado al contratista. En caso de que el contratista no tenga saldos a favor, deberá cancelar los valores liquidados por este concepto en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir del envío de la cuenta de cobro correspondiente. La Empresa no se hará responsable por las facturas de venta devueltas, en los casos en que el contratista no cumpla con todos los requisitos exigidos. El contratista podrá agrupar en una sola factura de venta varias órdenes de trabajo, discriminando los trabajos realizados por el número de control de cada vehículo. Todo trabajo a facturar deberá poseer la orden de trabajo correspondiente, emitida en el Proceso de Mantenimiento de Empresas Varias de Medellín E.S.P., donde irán consignadas las actividades requeridas. El contratista deberá presentar las facturas de venta en un plazo máximo de 8 días, después de la revisión y aprobación de los documentos por parte de la Interventoría/Supervisión. En caso de inoportunidad de los tiempos establecidos para la entrega de la facturación, la Interventoría/Supervisión requerirá al contratista para que en un término de tres (3) días presente la respectiva justificación. Conocidas las explicaciones, la Interventoría/Supervisión deberá pronunciarse durante los tres (3) días siguientes. En el evento que la justificación no sea satisfactoria, se hará efectivo el descuento acordado con el Contratista en el Anexo No. 2 “Resumen de la propuesta”. Para el caso de aquellas Órdenes de Trabajo que se encuentren pendientes de la decisión final en cuanto a las garantías, se otorgará un plazo máximo de 8 días para su facturación, una vez se entregue al CONTRATISTA el Informe final de la decisión tomada por Empresas Varias de Medellín E.S.P al respecto. A todo vehículo que ingrese a las instalaciones del contratista, deberá realizársele su respectivo inventario en original y copia, diligenciándose entre el conductor que ingresa el vehículo y un representante del contratista, el respectivo Anexo N° 9 “Inventario de Vehículos”, igualmente la firma de recibo por parte del conductor de mantenimiento y de entrega por parte del representante del contratista, deberán ser diligenciadas en este formato al momento de retirar el vehículo de las instalaciones del contratista. Al momento de entregar el vehículo reparado por parte del contratista, deberá haber tenido el aval en forma escrita por parte del Interventor/Supervisor asignado al contrato mediante el formato Anexo N° 11 “Interventoría Recibo de Vehículo”, y a partir de la fecha de entrega según este anexo, iniciará la garantía de los repuestos y mano de obra de los componentes incluidos Página 8 de 86


en el Anexo N°4 “Cuadros de Cotización”. En caso de presentarse un correctivo en la ejecución del mantenimiento preventivo deberá ser informado previamente a la Interventoría/Supervisión asignada al contrato con el fin de analizar el evento y, en caso de aprobarse, la Empresa procederá a realizar la respectiva Orden de Trabajo adicional. Por ningún motivo se cancelarán mantenimientos que no hayan sido programados y aprobados mediante las respectivas órdenes de trabajo. La presentación de las facturas de venta deberá ceñirse a lo descrito en el Anexo N° 5 “Procedimiento para la Facturación” y en lo señalado en el numeral 2.7.2 “Forma de Pago” de la presente invitación. Para los trabajos nocturnos, el contratista deberá reclamar a más tardar a las 9:00 a.m. del día siguiente, las correspondientes órdenes de trabajo realizadas en este turno, incluyendo las de los vehículos enviados después de las 6:00 p.m. del día anterior. El contratista como soporte de la reparación nocturna podrá generar un documento interno, en el cual se anotará el número de la orden de trabajo, dicho documento será firmado por el Supervisor del Taller, mientras se entregan las órdenes de trabajo aprobadas por el personal autorizado por el Subdirector de Mantenimiento. Para los trabajos que se realicen en los vehículos, el contratista deberá relacionarlos de acuerdo al siguiente cuadro, el cual deberá ser entregado a la Interventoría/Supervisión asignada al contrato de la siguiente forma: Los días 11 de cada mes en curso con los trabajos de los primeros 10 días del mes, los días 21 de cada mes en curso con los trabajos de los primeros 20 días del mes y el 1 de cada mes con los trabajos de todo el mes anterior. La información se debe organizar en orden ascendente de acuerdo a la fecha de la Orden de Trabajo. FECHA ORDEN DE TRABAJO

NÚMERO DE CONTROL

NÚMERO ORDEN DE TRABAJO

DESCRIPCIÓN REPARACIÓN

VALOR REPARACIÓN

ESTADO DE LA ORDEN DE TRABAJO

No. FACTURA DE VENTA.

Las Órdenes de trabajo que no se relacionen en el cuadro anterior no serán tenidas en cuenta para proceso de facturación. Para los casos en que el contratista no llegue a cumplir con el anterior procedimiento, Empresas Varias de Medellín E.S.P., no procederá a cancelar dichos mantenimientos. p) Otras obligaciones: En caso de detectarse por el contratista un daño en los sistemas objeto del contrato, por mala operación del vehículo por parte del conductor, el contratista deberá informarlo en forma inmediata a la Interventoría/Supervisión asignada para el contrato, presentando un informe detallado del evento ocurrido, en un plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha del suceso. El contratista deberá efectuar gratuitamente las reparaciones en garantía previo informe originado Página 9 de 86


en el Proceso de Mantenimiento, para lo cual se remitirá al contratista la orden de trabajo correspondiente a la solicitud de reparación en garantía. El tiempo de garantía en las reparaciones ejecutadas en cumplimiento del objeto contractual será contado a partir de la fecha de suscripción del Anexo No. 11 “Interventoría recibo de vehículo” por parte del Interventor/supervisor. Realizar la vacunación de su personal, cumpliendo con el siguiente esquema de vacunación: HEPATITIS B: Son tres dosis, se aplica la primera dosis a la firma del acta de inicio, al mes la segunda dosis y la tercera dosis a los seis meses. TETANO Y DIFTERIA: Son 5 dosis, se aplica la primera dosis a la firma del acta de inicio, al mes la segunda dosis, la tercera dosis a los seis meses, la cuarta dosis al año y la quinta dosis al año de haber aplicado la cuarta. Atender todos los servicios a que hace alusión el objeto de la presente invitación solo cuando medie autorización de la Subdirección de Mantenimiento de Empresas Varias de Medellín E.S.P. El contratista deberá garantizar en forma oportuna el suministro permanente y simultáneo de todos los servicios requeridos relacionados con la presente invitación, es decir, cuando varios vehículos presenten novedades al mismo tiempo, el contratista deberá atenderlos y realizarles el trabajo en forma simultánea, para lo cual deberá contar con los insumos y personal suficiente para reaccionar frente a dicha situación. El representante asignado por el contratista como Supervisor y/o Administrador, deberá suscribir junto con el representante de la Interventoría/Supervisión asignada por la Empresa para la vigilancia del contrato, los informes de Interventoría/Supervisión de cada orden de trabajo, en los cuales se incluye claramente la fecha y hora de entrega máxima de los mismos. El Supervisor y/o Administrador de la flota deberá pactar la fecha de entrega del vehículo después de diagnosticar el daño, sin importar la disponibilidad de repuestos, ya que en la presente invitación se informa que el contratista debe mantener repuestos supernumerarios para agilizar las reparaciones requeridas por la Empresa y garantizar la disponibilidad de los repuestos necesarios en el momento de ejecución de los mantenimientos. En caso de no lograr un acuerdo entre las partes (interventoría y contratista), para la entrega de una reparación, la Subdirección de Mantenimiento, con base en los temparios de las reparaciones, recomendados por los fabricantes, y/o en la experiencia en reparaciones anteriores, determinará la fecha máxima de entrega de la reparación, fecha a la cual el contratista se deberá acoger. NOTA: En caso de falta de oportunidad en la entrega de los vehículos según las fechas pactadas en los informes de Interventoría/Supervisión, se requerirá al contratista para que en un término de tres (3) días presente la respectiva justificación. Conocidas las explicaciones, la Interventoría/Supervisión deberá pronunciarse durante los tres (3) días siguientes. En el evento que la justificación no sea satisfactoria, la Interventoría/Supervisión hará efectivo el descuento acordado con el contratista en el Anexo No. 2 de la propuesta. El contratista deberá efectuar las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de acuerdo a los tiempos máximos de entrega por vehículo acordados en el informe de Interventoría/Supervisión. Reportar oportunamente al Interventor/Supervisor las novedades que presente la firma contratista tales como cambio de domicilio, representante legal, modificación de la sociedad, razón social, entre otros, y actualizar dichas novedades en el Registro de Proponentes de la Empresa. Página 10 de 86


El contratista no podrá realizar absolutamente ningún traslado de componentes entre vehículos de Empresas Varias de Medellín E.S.P., sin previa autorización por parte de la Subdirección de Mantenimiento. Cuando el contratista efectúe reparaciones en cualquier sistema que requiera el desmonte del radio de comunicaciones y/o GPS, deberá cerciorarse de que al entregar el vehículo operativo, estos equipos queden completamente asegurados con el fin de evitar su hurto o pérdida, pues en el evento de ocurrir estos hechos será de responsabilidad exclusiva del contratista. El contratista deberá garantizar que en la ejecución del contrato, se cumpla con todas las normas de seguridad aplicables al desarrollo de estas actividades. El contratista deberá capacitar al personal de la Empresa, con el objeto de optimizar el uso de sus productos, en el momento que se considere necesario. La Empresa, durante la ejecución del contrato, podrá diseñar y/o variar y/o incorporar nuevos programas de mantenimiento preventivo, lo cual se le dará a conocer al contratista en forma previa. Igualmente el contratista, podrá proponer nuevos planes de mantenimiento preventivo con el propósito de mejorar la disponibilidad de la flota relacionada en el alcance del objeto contractual. Para las actividades complementarias, es decir, reparaciones y/o suministros adicionales que sean necesarias realizar que no estén determinadas en la presente invitación y/o que sean requeridas como consecuencia de las actividades del objeto, el contratista deberá cotizar previamente los componentes y/o mano de obra en el Anexo N° 8 “Cotización de Órdenes de Trabajo”, con el fin de ser analizados, por el personal técnico del Proceso de Mantenimiento de Empresas Varias de Medellín E.S.P., y la Interventoría/Supervisión del respectivo contrato, todos ellos revisarán y compararán con los precios comerciales, y en caso de ajustarse a los mismos procederán a su autorización. En caso de que la Empresa no esté de acuerdo con estos, le informarán al contratista aportando los respectivos soportes, con el fin de que éste se ajuste. Será una obligación del contratista ajustarse a los precios del mercado. NOTA: Una vez acordado entre la Empresa y el Contratista el valor de las reparaciones y/o suministros adicionales que no están determinados en los presentes términos, dichos valores unitarios harán parte integral del Anexo No. 4 “Cuadros de Cotización”. El contratista deberá estar en capacidad de prestar el servicio a domicilio ya sea en las instalaciones de la Empresa o donde se preste el servicio de aseo. El valor de los domicilios en las instalaciones de Empresas Varias de Medellín ESP., no tendrá costo alguno para la Empresa. El contratista deberá realizar en un plazo máximo de un (1) día hábil, contado a partir de la fecha de recibo a satisfacción del vehículo por parte del Interventor/Supervisor, el reintegro de los componentes y/o repuestos cambiados, desmontados de los vehículos como resultado de las reparaciones, de acuerdo al Anexo N° 12 “Reintegro Repuestos Cambiados”. En el caso de que una reparación se ejecute en garantía y sea un servicio a domicilio, el cobro por este servicio también será cubierto en garantía. Enviar por escrito al Supervisor del contrato, a la suscripción del acta de inicio, el número de la cuenta bancaria en la que la Empresa le consignará los pagos relacionados con el desarrollo del objeto contractual, acompañada con la certificación en original, expedida por la Entidad Financiera, con fecha de expedición no superior a 15 días, donde lo acredite como titular de la cuenta reportada. La información remitida en esta obligación será enviada por parte del Supervisor del contrato a la Subdirección de Tesorería. Página 11 de 86


La ejecución del contrato se deberá ajustar íntegramente a lo dispuesto en la presente invitación y el contrato, cualquier cambio, duda u observación que surja deberá ser canalizada previamente a través de la Interventoría/Supervisión asignada al contrato. Las demás requeridas en el alcance del objeto contractual de la presente invitación. 2.4.

PLAZO:

La duración del contrato será a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio hasta el 30 de Abril de 2014 o hasta el agotamiento del presupuesto antes del vencimiento del plazo. 2.5.

LUGAR:

Empresas Varias de Medellín E.S.P., determinará previamente el lugar donde el contratista efectuará este mantenimiento, entre los cuales están: talleres del contratista, talleres de Empresas Varias de Medellín E.S.P., otros talleres externos (cuando el vehículo esté en reparación por otro sistema), sitios de Disposición Final, centros de acopio, micro y macro rutas asignadas a los vehículos y demás sitios donde la Empresa preste el servicio. El Contratista deberá contar con toda la logística necesaria: personal, herramienta, transporte, equipos, repuestos e insumos para llevar a cabo este mantenimiento. La Empresa facilitará en sus instalaciones locativas, la línea de suministro de energía eléctrica, para la realización de los trabajos objeto de la presente invitación. 2.6

PRESUPUESTO OFICIAL Y CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL:

El contrato se atenderá con cargo al rubro presupuestal N° 2122175500100 “MANTENIMIENTO VEHICULOS Y LUBRICANTES”. Disponibilidad Presupuestal N° 1130619 del 11 de octubre de 2013 y 01 de enero de 2014, expedidos por el subproceso de Costos y Presupuesto de Empresas Varias de Medellín E.S.P. que comprometen la vigencia futura 2014, autorizada por el Comfis. El presupuesto oficial total para este contrato es de TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS M.L. ($394.143.792), el cual se encuentra detallado con el valor unitario por ítem, en el Anexo No. 4 “ Cuadros de Cotización”. 2.7 VALOR Y FORMA DE PAGO: 2.7.1

VALOR:

El valor del contrato ES ESTIMADO, ya que su verdadero valor será el que resulte de multiplicar el valor unitario de los suministros y servicios de mantenimiento cotizados por el Contratista (incluyendo el valor de la mano de obra y los insumos aplicados e IVA), por la cantidad real de utilización de estos suministros y servicios recibidos y aceptados por el Interventor/Supervisor, durante la ejecución del contrato. 2.7.2.

FORMA DE PAGO:

El valor del contrato se cancelará en pagos parciales, de conformidad con la(s) factura(s) de venta Página 12 de 86


presentada(s) semanalmente a la Interventoría/Supervisión para su revisión y aceptación, teniendo en cuenta las condiciones señaladas en el Anexo N° 5 “Procedimiento para la facturación”. Empresas Varias de Medellín E.S.P., cancelará al CONTRATISTA el valor correspondiente, una vez se haya recibido a satisfacción por parte del Interventor/Supervisor asignado al contrato los servicios y suministros realizados. El valor a cancelar en las facturas de venta será el que resulte de multiplicar los valores unitarios cotizados por el contratista y aceptados por la Empresa, por los suministros y servicios de mantenimiento efectivamente recibidos durante ese período, de acuerdo con lo consignado en los formatos “Ordenes de Trabajo”. La(s) factura(s) de venta presentada(s) por el CONTRATISTA deberán ser aceptada(s) por el Interventor/Supervisor asignado al contrato, a las que se deberá adjuntar: a) Informe sobre la ejecución del contrato en el período facturado, b)Mensualmente las autoliquidaciones mediante las cuales se logre verificar que se encuentra al día en los aportes a la Seguridad Social Integral y Parafiscales (a los que hubiere lugar) del personal a su cargo, en especial de las personas que asigne el CONTRATISTA para el desarrollo del objeto contractual. La(s) Factura(s) de Venta deberán ser presentada(s) al Interventor/Supervisor en original y dos copias, sin embargo, si el CONTRATISTA se acoge a la Ley 1231 de 2008, presentarán 3 copias de la factura de venta. Empresas Varias de Medellín E.S.P. cancelará la factura de venta a los treinta (30) días calendario siguientes en que la misma fue aceptada y aprobada por el Interventor/Supervisor. Empresas Varias de Medellín E.S.P. a través del Interventor/Supervisor no dará por aceptada la(s) factura(s) de venta presentada(s) por el CONTRATISTA, cuando este no adjunte a la misma: los documentos e información que le sean requeridos en el contrato y por el Interventor/Supervisor. Adicionalmente, para el pago de la última factura de venta deberá anexar fuera de los documentos anteriormente mencionados, la certificación firmada por el Revisor Fiscal, en caso de estar obligado a tenerlo, o por el Representante Legal, donde conste que se encuentra a paz y salvo con todas las obligaciones laborales a su cargo, en especial con el personal que haya sido asignado para la ejecución del contrato. En caso de que el CONTRATISTA negocie la Factura de Venta como Título Valor, deberá notificarle al Interventor/Supervisor, con copia al Subdirector(a) de Tesorería de Empresas Varias de Medellín E.S.P, al día siguiente de la negociación, el nombre y apellidos (persona natural) o Razón social (persona jurídica), cédula o Nit. del primer tenedor legítimo del título. Para efectos del pago, el CONTRATISTA deberá informar una cuenta corriente o de ahorros a su nombre, en las condiciones señaladas en la viñeta 20, literal p), del numeral 2.3. Obligaciones del Contratista, en la que mediante giro electrónico, se le consignará el valor de lo facturado, por la ejecución del contrato. Sin embargo, si la factura hubiese sido entregada por el CONTRATISTA en copia, o la factura original fuere negociada como Título Valor, el pago se realizará directamente en la Subdirección de Tesorería de Empresas Varias de Medellín E.S.P. y no por transferencia electrónica, obligándose el CONTRATISTA o Página 13 de 86


tenedor, a presentar la Factura de venta original al momento de reclamar su pago. El contratista autoriza a la Empresa para: a) Retener los pagos que tenga a su favor en caso de presentar mora en los aportes a la seguridad social y parafiscales (si hay lugar a ellos), y/o en el pago de los trabajadores vinculados mediante contratos de trabajo o cualquiera de los extrabajadores del mismo, que tuvieron a cargo la ejecución del contrato, por concepto de salarios, prestaciones sociales o cualquiera otra obligación de carácter laboral pendiente. b) Pagar todos los conceptos laborales a los que hace referencia el literal anterior como consecuencia del incumplimiento, directamente a quien corresponda en nombre del contratista, con cargo a las sumas a él adeudadas, sin que ello implique que Empresas Varias de Medellín E.S.P. se convierta en empleador y mucho menos que sustituya las obligaciones laborales a su cargo. 2.8 GARANTIAS: El CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa y a favor de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P las siguientes garantías, mediante un seguro de cumplimiento expedido por una compañía de seguros de suficiente solvencia y legalmente autorizada para funcionar en Colombia, o una garantía bancaria expedida por una entidad financiera; cualquiera de los documentos deberá ser expedido A FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES y el domicilio del seguro o de la garantía bancaria será Medellín. GARANTIA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO: AMPARO DE CUMPLIMIENTO: Mediante esta cobertura se amparará a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P de los perjuicios por el incumplimiento de las obligaciones que contrae el CONTRATISTA. Esta garantía tendrá un valor asegurado equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, incluidas las adiciones y reajustes, y tendrá una vigencia igual a la del contrato, incluidas las prorrogas y seis (6) meses más. Parágrafo: En el evento en que no se llegare a liquidar bilateralmente el contrato dentro del término previsto de seis (6) meses, después de terminado el plazo de ejecución del mismo, se ampliará la vigencia de la garantía para el Cumplimiento por veinticuatro (24) meses más. Para este efecto, el interventor/supervisor del contrato deberá verificar el cumplimiento de esta obligación y requerir oportunamente al contratista de ser necesario, para que proceda a la ampliación de la vigencia de la garantía. AMPARO DE PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Mediante esta cobertura se amparará a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P de los perjuicios por el incumplimiento del CONTRATISTA del pago de salarios, indemnizaciones y prestaciones sociales del personal empleado en la ejecución del objeto contractual. Esta garantía tendrá un valor asegurado equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, incluidas las adiciones y reajustes, y tendrá una vigencia igual a la del contrato, incluidas las prorrogas y tres (3) años más. AMPARO DE CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES Y SERVICIOS SUMINISTRADOS: Mediante esta cobertura se amparará a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P contra el evento de que Página 14 de 86


un bien o servicio no reúna las especificaciones ni los requisitos mínimos contemplados en los términos de Invitación y en el contrato, y deberá estar vigente por un (1) año contado a partir del recibo de los suministros y servicios, por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. Parágrafo: Las garantías y seguros de que trata esta cláusula se constituyen sin perjuicio del cumplimiento de todas las obligaciones que emanan del contrato y no podrán ser canceladas sin la autorización escrita de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. El CONTRATISTA deberá mantener vigentes las garantías y seguros establecidos en esta cláusula. En caso de incumplimiento o demora por parte del CONTRATISTA en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este parágrafo, EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. podrá ordenar las prórrogas correspondientes, pagará las primas y erogaciones, descontando su valor de las cuentas que deba pagar al CONTRATISTA. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: El CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa una póliza de responsabilidad civil extracontractual que ampare los daños materiales y lesiones personales que se puedan causar a terceros en el desarrollo del contrato. Esta póliza deberá reunir las siguientes condiciones: a. Incluir como asegurado adicional a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. y en consecuencia incluir la cobertura de responsabilidad cruzada, para cubrir los daños que en virtud de la responsabilidad civil extracontractual se puedan causar entre los asegurados. b. Incluir la cobertura de contratista y subcontratista. c. Incluir la cobertura de responsabilidad civil patronal. d. Incluir la cobertura de vehículos propios y no propios, la cual no deberá estar sublimitada atendiendo a la actividad desarrollada mediante el contrato. e. La cobertura de cada amparo de la póliza debe tener un límite asegurado del 30% del valor total del contrato. f. Esta póliza debe estar vigente por todo el tiempo de duración del contrato. Parágrafo Primero: Si el CONTRATISTA se niega a constituir las garantías y seguros aquí señalados, EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P podrá dar por terminado el contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna. Las garantías que aquí se mencionan deberán recibir aprobación expresa por parte de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P, la cual podrá ratificarlas o rechazarlas (Artículo 1038 del Código de Comercio), para lo cual efectuará un examen a los términos, valores, condiciones generales y particulares, a fin de obtener la más adecuada protección de los bienes e intereses de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P y garantizar el cabal cumplimiento del Contrato. Parágrafo Segundo: Cuando se presente alguna modificación en el contrato respecto del plazo y/o del precio del mismo, el contratista deberá ampliar los amparos respectivos para conservar el monto porcentual y la vigencia señalada en esta cláusula. Página 15 de 86


Parágrafo Tercero: Cuando el valor de la(s) póliza(s) se vea afectado por razón de siniestros, el contratista deberá aportar una nueva póliza en las mismas condiciones de cobertura exigidas en el contrato. NOTA: Para el presente caso, no se admitirán pólizas de Seguros El Cóndor Sociedad Anónima. 2.9 SUPERVISIÓN/INTERVENTORÍA: El Gerente General designará como interventor del contrato al Subdirector de Mantenimiento de Empresas Varias de Medellín E.S.P. y/o a la firma contratada para realizar la Interventoría a los contratos del proceso de Mantenimiento. La supervisión/Interventoría actuará como portavoz de la EMPRESA durante la vida y liquidación del contrato. Estarán a su cargo las funciones de control, vigilancia y seguimiento de los aspectos relativos a la ejecución y liquidación del contrato; deberá dar instrucciones y hacer observaciones para prevenir o corregir incumplimientos del CONTRATISTA. Las demás funciones y facultades de la Interventoría se encuentran descritas en el Manual de Interventoría adoptado por la EMPRESA, mediante la Resolución de Gerencia N° 409 del 16 de mayo de 2003. 2.10 MULTAS: Durante la ejecución del contrato, Empresas Varias de Medellín E. S. P. podrá ejercer el derecho de retención respecto al valor de las multas que a título de apremio se establezcan, en cualquiera de los eventos que se señalan a continuación: a)

Por negarse a prestar el servicio aduciendo falta de insumos, o falta de disponibilidad de equipo, o falta de disponibilidad de personal, o cierre de instalaciones, o carencia de transporte para ir al lugar donde La Empresa requiere la prestación del servicio. b) Por el suministro de repuestos que no correspondan a las especificaciones contenidas en el Anexo No. 4. que hace parte integral del presente contrato. c) Por la no atención oportuna y simultánea de los vehículos remitidos para mantenimiento. d) Por incumplimiento doloso o gravemente culposo de las obligaciones contenidas en los términos de invitación que puedan conllevar a la perturbación de la normal prestación del servicio de aseo a cargo de Empresas Varias de Medellín E.S.P. e) Por negarse a efectuar alguna reparación de manera inmediata a razón de la discusión generada respecto a la procedencia o no de una garantía comercial. f) Por negarse a cumplir la garantía comercial una vez terminado el contrato. Para este caso, la multa podrá ser impuesta dentro de los seis meses siguientes al mantenimiento cuya garantía se reclama. g) Por el incumplimiento reiterado de las obligaciones de carácter administrativo, tales como: Seguridad social, salud ocupacional, entre otras, que pongan en riesgo a Emvarias. El valor de la multa podrá oscilar desde el 0.5% hasta el 10 % del valor presupuestal del contrato al Página 16 de 86


momento de su ocurrencia, por cada día de retardo, sin que ello impida que la Empresa pueda ejercer las respectivas acciones para reclamar la indemnización por daños y perjuicios en contra del contratista y la compañía de seguros. El procedimiento a seguir para la imposición de la multa será el siguiente: a) Evidenciado un posible incumplimiento, la interventoría/supervisión del contrato requerirá mediante escrito al contratista, con copia a la compañía de seguros, para que dentro de los tres (3) días siguientes al recibo de la comunicación presente las explicaciones de su incumplimiento, y proceda de manera inmediata con los correctivos necesarios. b) Pasado este término, si el contratista no cumple, no contesta, o sus argumentos de defensa no son justificables, la interventoría/supervisión del contrato, dentro de los tres (3) días siguientes, elaborará un informe en el que sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación, incluida la tasación estimada de la multa. Dicho informe será remitido a la Gerencia General con copia al Subdirector de Mantenimiento y a la Secretaria General. c) En la mayor brevedad posible, el (la) Secretario (a) General, quien actuará como delegado del Gerente, citará al contratista, a la compañía de seguros, al Subdirector de Mantenimiento y a la interventoría, a audiencia para debatir lo ocurrido. A la citación se adjuntará el informe de interventoría/supervisión en el cual se hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan. d) En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, el (la) Secretario (a) General suspenderá la diligencia, de oficio o a petición de parte. Al adoptar la decisión se señalará fecha y hora para su reanudación. e) Escuchadas todas las partes, la Empresa decidirá la imposición o no de la multa de manera motivada. Dicho acto podrá ser controvertido de manera sustentada en la misma audiencia. La decisión definitiva de la Empresa, se podrá emitir y notificar en la misma diligencia. La Entidad podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por cualquier medio tiene conocimiento de la cesación de la situación de incumplimiento. 2.11 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento, LA EMPRESA, sin necesidad de requerimiento judicial previo, hará efectiva la cláusula penal pecuniaria, la cual tendrá un monto del veinte por ciento (20%) del valor presupuestal del contrato y se considerará como pago parcial de los perjuicios causados a LA EMPRESA, sin que ello impida el ejercicio de las demás acciones a las que haya lugar. 2.12 CLÁUSULAS EXORBITANTES De acuerdo con el literal b, del Artículo 1, de la Resolución CRA 293 de 2004, y teniendo en cuenta el Página 17 de 86


objeto del contrato a celebrar, cuyo incumplimiento por parte del contratista puede generar como consecuencia la interrupción en la prestación eficiente del servicio, se pactará la inclusión de las cláusulas exorbitantes que señala la Ley 80 de 1993. 2.13 CAUSALES GENERALES PARA LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El contrato terminará con la ocurrencia de alguna de las siguientes causas: a) b) c) d) e)

Por vencimiento del plazo del contrato. Por agotamiento del presupuesto antes del vencimiento del plazo. Por mutuo acuerdo entre las partes. Por incumplimiento del contrato por parte del CONTRATISTA. Por las demás causales establecidas en la Ley.

En caso de presentarse la causal descrita en el literal d, La EMPRESA, antes de dar por terminado unilateralmente el contrato, deberá solicitar por escrito al CONTRATISTA que tome las medidas correctivas pertinentes dentro de los cinco (5) días siguientes. Si no se obtuviere respuesta del CONTRATISTA o la misma no fuere satisfactoria, La EMPRESA procederá a dar por terminado el contrato. CAPITULO TERCERO REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

3.1. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR: Podrán presentar propuestas las personas naturales y jurídicas individualmente consideradas, o en consorcio o unión temporal, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos: 3.2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR: 3.2.1.

DE INSCRIPCIÓN:

En el Listado de Proponentes de Empresas Varias de Medellín E.S.P. (vigente), al momento de ser invitado a participar en el presente proceso contractual; en caso de Consorcios o Uniones temporales, cada uno de los proponentes que lo conformen deberá estar inscrito al momento de presentar propuesta. 3.2.2. DE LEY: PARA TODOS LOS PROPONENTES 3.2.2.1. No estar incursos en las causales de inhabilidad o incompatibilidad consagradas en la normatividad vigente del ordenamiento legal Colombiano. 3.2.2.2. Contar con un Establecimiento de Comercio cuya actividad sea afín con la de la presente Página 18 de 86


invitación, debidamente registrado en la Cámara de Comercio de su jurisdicción. 3.2.2.3. Capacidad para contratar de las Personas Jurídicas: El proponente, persona jurídica, deberá acreditar, mediante el certificado expedido por el organismo competente, con una antelación no superior a 15 días con respecto a la fecha de presentación de la oferta: Su existencia y representación legal; Que su objeto social sea afín con el objeto del contrato a celebrar; Que su vigencia comprenda como mínimo el plazo previsto para la ejecución del contrato, su liquidación y tres (3) años más; Que su constitución legal y su registro haya ocurrido, como mínimo, tres (3) años antes de la fecha de presentación de la propuesta. Autorización para presentar propuesta y contratar del órgano social competente, en caso de ser necesario. 3.2.2.4.

LISTA CLINTON: No estar reportado en la Lista Clinton según el reporte de la OFAC.

PARA CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES Además de los requisitos anteriormente establecidos: 3.2.2.5. Los miembros de los consorcios o uniones temporales deberán señalar mediante el documento de integración (acta de constitución) que adjuntarán a la propuesta, las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos, en el que expresamente hagan constar que responderán solidariamente frente a Empresas Varias de Medellín E.S.P., por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta técnica y del contrato. 3.2.2.6. Documento mediante el cual señale los términos y extensión de la participación de sus integrantes en la propuesta técnica y en la ejecución del trabajo, los cuales no podrán ser modificados sin la autorización previa y escrita de EMVARIAS tanto el Consorcio como la Unión Temporal deberán señalar en dicho documento la persona que hará las veces de Representante Legal. 3.2.2.7. Cada una de las personas que conforman el Consorcio o la unión Temporal deberá estar inscrita, antes del cierre de la invitación, en el listado de proponentes de Emvarias y deberán cumplir individualmente con los requisitos de Ley. 3.2.3.

DE ORDEN FINANCIERO:

Cumplir los siguientes requisitos de orden financiero, basados en los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012: •

El Patrimonio Contable a 31 de diciembre de 2012 debe ser mayor o igual al 10% del valor del Presupuesto Oficial total.

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• •

El endeudamiento (Pasivo total/Activo total) a 31 de diciembre de 2012 debe ser menor o igual a 0.70. La Liquidez (Activo corriente/Pasivo corriente) a 31 de diciembre de 2012 debe ser mayor o igual a 1,2.

NOTA: En el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá cumplir todos los requisitos de orden financiero mencionados anteriormente. Si el proponente no cumple con estos requisitos no será admitido, por lo tanto su propuesta no será objeto de evaluación. 3.2.4. DE ORDEN TECNICO: 3.2.4.1. EXPERIENCIA: Solamente pueden participar las personas naturales y jurídicas individualmente consideradas o en Consorcio o Unión Temporal, que demuestren haber tenido: Los proponentes (Personas naturales y jurídicas individualmente consideradas o en Consorcio o Unión Temporal) deben acreditar experiencia mediante contratos y/o facturas con personas jurídicas (Entidades Públicas y/o Privadas) en Suministro y/o reparación de sistemas de transmisión de vehículos y en suministro y/o reparación de sistemas de embrague, que reúnan cada una de las siguientes condiciones: Que la sumatoria de contratos y/o facturas de tres (3) años comprendidos en el periodo de los últimos diez (10) años hasta el momento de la presentación de la propuesta expresada en SMLMV, sea igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del valor del presupuesto oficial de la presente invitación, de la siguiente manera: Un 25% en Suministro y/o reparación de sistemas de transmisión de vehículos y otro 25% en suministro y/o reparación de sistemas de embrague. Que por lo menos un contrato o sumatoria de facturas, en un periodo de un año, de un solo negocio, con una misma entidad (pública o privada), sea igual o superior al veinte (20%) del valor del presupuesto oficial objeto de esta invitación. Para acreditar la experiencia se deberá diligenciar el Anexo N° 3“Relación de Experiencia” de estos términos suscrito: a) Por el Representante Legal y el Revisor Fiscal si está obligado a tenerlo, o el Representante Legal y el Contador en caso contrario, si es Persona Jurídica. b) Por el proponente y el Contador, en el caso de ser Persona Natural. En caso de que toda la experiencia haya sido adquirida con Empresas Varias de Medellín, solo se requerirá la firma del Representante Legal o de la persona natural. NOTA: Si se trata de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de sus miembros deberá diligenciar el Anexo No. 3, el cual deberá suscribirse y acreditarse en los términos descritos para personas jurídicas y naturales individualmente consideradas, y se sumarán los valores de los anexos presentados por cada uno de quienes lo integran, de acuerdo con el porcentaje de participación, para efectos del cumplimiento de la experiencia como requisito de participación. El Anexo N° 3“Relación de Experiencia” deberá estar acompañado de los siguientes documentos: Página 20 de 86


• Copia de las facturas de venta que soporten la experiencia; y/o copia de los contratos relacionados en el Anexo N° 3 “Relación de Experiencia”, con sus respectivos certificados en original ó copia, expedidos por la Persona jurídica (Entidad Pública o Privada) en los cuales se haga constar: Objeto, valor del contrato, valor ejecutado a la fecha, fecha de inicio, fecha de terminación, prórrogas, adiciones, fecha de expedición del certificado. Si en el contrato relacionado se desarrollaban actividades diferentes a las solicitadas en los presentes términos, el certificado deberá indicar el porcentaje total de ejecución correspondiente a estas actividades, discriminando cada sistema (Suministro y/o reparación de sistemas de transmisión de vehículos y suministro y/o reparación de sistemas de embrague), con respecto al valor total del contrato, expresado en SMLMV. En el caso de que los contratos hayan sido suscritos por Consorcios o Uniones Temporales se deberá indicar además del porcentaje total de ejecución de estas (Suministro y/o reparación de sistemas de transmisión de vehículos y suministro y/o reparación de sistemas de embrague), el valor correspondiente a su participación en el contrato. • Si las facturas o contratos fueron suscritos con Empresas Varias de Medellín E.S.P. no requieren ser aportados en la propuesta, pero si relacionados en el Anexo No. 3 “Relación de Experiencia” y tampoco requieren aportar los certificados. Quienes no cumplan con los requerimientos de tiempo y/o valor definidos en este numeral no serán tenidos en cuenta para la evaluación. Empresas Varias de Medellín E.S.P. se reserva el derecho de verificar la documentación que se presente para acreditar la experiencia.

NOTA: Para la verificación de este requisito, una vez se acredite la experiencia solicitada en los términos señalados en las viñetas 1 y 2 del presente numeral no se tendrán en cuenta las demás facturas y/o contratos descritos en el Anexo No. 3 y aportados con la propuesta.

3.2.4.2. TALLER: Garantizar la disponibilidad de un taller ubicado en el Valle de Aburrá entre Ancón Norte y Ancón Sur, el cual deberá cumplir con la calificación exigida en el Anexo N° 7 “Evaluación talleres contratistas”. En el evento de que se trate del taller de un tercero, el proponente deberá aportar una certificación en el sentido de que en el caso de resultar favorecido con la adjudicación del contrato, el propietario del taller garantizará la disponibilidad permanente de éste para la prestación de los servicios requeridos por Empresas Varias de Medellín E.S.P. El certificado deberá indicar la razón social, la dirección, el teléfono del taller y el nombre del Representante Legal. Página 21 de 86


CAPITULO CUARTO DE LAS PROPUESTAS 4.1. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y ACLARACIONES DE LA INVITACIÓN: 4.1.1. Interpretación: El proponente deberá examinar cuidadosamente la presente invitación y sus anexos e informarse cabalmente de todas las condiciones que puedan afectar el futuro contrato. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de la presente invitación, incluidos sus Anexos, serán de su exclusiva responsabilidad. Si al menos uno de los proponentes interpreta adecuadamente estos términos, se entenderá que es claro su contenido. 4.1.2. Modificación o aclaración a la invitación: La EMPRESA, de oficio, podrá aclarar o modificar la invitación. Igualmente, cuando el proponente lo solicite mediante escrito dirigido a la Gerencia General, entregado y radicado en la Oficina de Recepción de Documentos del Centro de Administración Documental o enviado al correo electrónico contratacion@emvarias.com.co, con mínimo dos (2) días hábiles de antelación a la fecha límite de presentación de la propuesta. Con el ánimo de ser oportunos y ágiles en las respuestas a las inquietudes, se sugiere que las solicitudes de aclaración y/o modificación sean consolidadas, en lo posible, en un mismo oficio. Empresas Varias de Medellín E.S.P. responderá por el mismo medio a la dirección informada por el proponente. Las aclaraciones o modificaciones a los términos de invitación serán de obligatoria observancia para la presentación de la oferta, e igualmente harán parte de la invitación a cotizar y del contrato.

4.2. CORRESPONDENCIA: Mientras no se indique otra cosa, durante el proceso de selección, toda la correspondencia de los proponentes debe ser dirigida a la Gerencia General, con copia a la Subdirección de Contratación, bien sea al correo electrónico contratacion@emvarias.com.co o radicada en el Centro de Administración Documental de Empresas Varias de Medellín E.S.P., ubicado en la Autopista Norte, Coliseo Aurelio Mejía, Carrera 64C N° 103 EE – 98. Correspondencia enviada a otras oficinas o correo diferentes a las indicadas en esta invitación, se entenderá por no presentada y por consiguiente no surtirá efectos. Nota: La recepción de documentos en el Centro de Administración Documental de la EMPRESA, se realiza los días hábiles, de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m. Página 22 de 86


4.3. FECHA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: Las propuestas se recibirán para su radicación en el Centro de Administración Documental de la EMPRESA, hasta las 4:00 p.m. del día 17 de octubre de 2013. Posteriormente se procederá con su acto de apertura y se suscribirá un acta en la que hará constar el nombre de los oferentes, el valor de la respectiva propuesta, los datos generales de la póliza de seriedad de la oferta y el número de folios de cada propuesta. 4.4. INSTRUCCIONES PARA LA PREPARACIÓN DE LA PROPUESTA: La propuesta deberá estar firmada directamente por el proponente, esto es, por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica individualmente considerada o por el Representante Legal del Consorcio o Unión Temporal y se requerirá de la autorización del órgano social competente en caso de que por la naturaleza y cuantía del contrato a celebrarse, sus estatutos así lo exijan. Las propuestas se deberán presentar en original y copia, argolladas y foliadas, en sobres cerrados que contengan en el exterior el nombre del proponente, su dirección y el objeto de la invitación. Cada juego estará claramente marcado: “Original” y “Copia”. En caso de discrepancia entre el original y la copia, primará el original. Los documentos que integran la propuesta se deberán allegar en el orden establecido en estos términos, en el capítulo denominado “Documentos de la Propuesta”, presentando separadamente los documentos legales, técnico económicos y financieros. Cualquier omisión por parte del oferente a este respecto será de su propio riesgo y por lo tanto no habrá ningún reconocimiento económico por ello. No se admitirá excusa alguna por errores u omisiones que impliquen desviación a los términos de invitación. Se entiende que los diferentes documentos de estos términos de invitación se complementan entre sí y que cualquier detalle que aparezca en uno pero no se mencione en otro, se tomará como especificado en todos. Los costos que se causen por la preparación de la oferta serán de cargo exclusivo del proponente. Empresas Varias de Medellín E.S.P. en ningún caso reconocerá costos por este concepto. Las propuestas no deben presentar enmendaduras, ni tachaduras. El proponente deberá estudiar cuidadosamente la totalidad de la información contenida en los términos de invitación e informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten sus costos y el desarrollo de la ejecución del contrato. Con tal fin, el proponente podrá asistir a una visita a las instalaciones del taller de Mantenimiento de Empresas Varias de Medellín E.S.P., ubicado en la Calle 111 B No. 64-92, de Medellín, programada para el día 16 de octubre de 2013 a las 9:00 a.m. donde será recibido por personal de Mantenimiento y Salud Ocupacional de EMVARIAS. A esta visita deberá asistir el Página 23 de 86


proponente (persona natural o representante legal de la persona jurídica) o delegar por escrito a la persona encargada de Salud Ocupacional de la Empresa. Nota: Para las actividades a realizar en desarrollo del alcance del objeto contractual, los trabajadores del contratista, NO requieren realizar trabajos en altura. 4.5. COTIZACIÓN: Los Cuadros del Anexo Nº 4“Cuadros de cotización” para suministros y mano de obra, deberán ser diligenciados completamente, llenando únicamente las casillas en blanco sin modificar las restantes. Se aclara que los ítems a cotizar no podrán ser cotizados en CERO (0), ni con cifras decimales. El proponente deberá diligenciar la casilla del IVA según la tarifa aplicable en las normas vigentes y presentar el total de la propuesta de cada cuadro incluido IVA. Finalmente se sumarán los Valores totales de cada uno de los cuadros que componen el Anexo Nº 4“Cuadros de cotización”, en el Cuadro Resumen de la propuesta del referido anexo, proporcionando el Gran Total de la OFERTA. Nota 1: Para llenar los cuadros del Anexo No. 4“Cuadros de Cotización”, el proponente debe tener en cuenta la flota de vehículos descrita en el alcance del objeto contractual. El valor unitario cotizado para cada ítem en los cuadros de cotización no debe superar el valor de su presupuesto oficial. Nota 2: El valor cotizado deberá ser constante durante toda la ejecución del contrato desde la suscripción del acta de inicio hasta su terminación, es decir, que no podrá tener modificación alguna durante este período. El proponente deberá tener en cuenta en los cálculos de costos para la fijación del precio el cambio de vigencia fiscal 2013-2014 en lo referente a materiales, insumos, transporte y todos aquellos costos necesarios para la cotización. La Empresa no autorizará ningún incremento por cambio de vigencia fiscal 2013-2014. Nota 3: Las cantidades estimadas de las descripciones anotadas en el Anexo N° 4 “Cuadros de cotización” podrán disminuir o aumentar de acuerdo con las necesidades reales de los vehículos de la Empresa. Nota 4: Para los casos que se requiera el servicio a domicilio, en caso de presentarse después del peaje que existe en la vía hacia el sitio de disposición final La Pradera, en la cotización se debe incluir el costo de los peajes. Nota 5: El proponente deberá tener en cuenta que al cotizar el costo de la Mano de Obra de cualquier reparación, descrita en el Anexo No. 4 “Cuadros de Cotización”, deberá incluir todas las actividades de desmontaje y montaje de piezas, que se encuentran implícitas en dicha reparación, por lo anterior, no se reconocerá ningún costo adicional por actividades inmersas dentro de la actividad a ejecutar. La cotización deberá presentarse en pesos colombianos, a todo costo e incluir todos los costos directos e Página 24 de 86


indirectos en que deba de incurrir el proponente para la correcta ejecución del contrato, tales como: salarios, prestaciones sociales (siempre respetando los mínimos legales), impuestos, transporte y todos aquellos costos necesarios para la buena ejecución del contrato. Todos los tributos (impuestos, tasas y contribuciones) serán por cuenta del Contratista cuando la ley lo señale como sujeto pasivo. Igualmente, todos los demás gastos en que incurra para el perfeccionamiento del contrato. El proponente no podrá incluir dentro de su cotización impuestos directos, los cuales son de su responsabilidad y no de Empresas Varias de Medellín ESP. Nota: Teniendo en cuenta que el Decreto 0862 de abril 26/2013, ordenó que a partir del 1° de mayo de 2013, se aplique la Retención en la Fuente a título de Impuesto sobre la Renta para la Equidad - CREE y se exonere del pago de aportes parafiscales al SENA(2%) y al ICBF (3%), a todos los sujetos pasivos del referido impuesto CREE, y que a partir del 1º. de enero de 2014 se extienda dicha exoneración en el porcentaje de aporte de salud a cargo del empleador (8.5%), se hace necesario que cada proponente (teniendo en cuenta su naturaleza jurídica), analice las implicaciones de esta normativa, en caso o no, de ser sujeto pasivo de este nuevo impuesto, al momento de realizar su propuesta. Cuando el objeto contractual constituya hecho generador del impuesto sobre las ventas, el proponente deberá incluirlo dentro del valor de la propuesta y deberá facturar cumpliendo con el lleno de los requisitos legales establecidos en el Estatuto Tributario. 4.6. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA: Harán parte de la propuesta los siguientes documentos, los cuales deberán ser presentados en el mismo orden que se solicitan y con su respectivo índice. El proponente señalará por escrito cuales de los documentos aportados gozan de reserva legal. 4.6.1. DOCUMENTOS LEGALES Y/O ADMINISTRATIVOS: PARA TODOS LOS PROPONENTES Carta de presentación del proponente según el formato que consta en el Anexo No 1 “Carta de presentación” y resumen de la propuesta, conforme el Anexo No 2 “Resumen de la propuesta”. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA: El proponente deberá suministrar con su oferta, a su costa, y a favor de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P, una póliza de garantía de seriedad de la oferta expedida bajo un clausulado A FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES, por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y con domicilio en Medellín, adjuntando las condiciones generales y particulares de la póliza. Página 25 de 86


Esta póliza cubrirá a la EMPRESA en cuanto a la indemnización de los perjuicios causados por el incumplimiento imputable al proponente, en los siguientes eventos: La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo previsto en los términos de invitación para la adjudicación del contrato se prorrogue, o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue. Por la falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento exigida por la EMPRESA, para amparar el cumplimiento de las obligaciones del contrato. Por el retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. Por los demás casos amparados en la garantía, otorgados por las compañías aseguradoras. Para la presente invitación se establece que el valor mínimo de la garantía de seriedad de la propuesta es el equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta en pesos colombianos, cuya validez será de sesenta (60) días calendario a partir de la fecha y hora del cierre de la invitación. Sin embargo, Empresas Varias de Medellín podrá solicitar que se amplíe su vigencia en caso de considerarlo necesario. Las pólizas de los oferentes no seleccionados quedarán a disposición en el Centro de Administración Documental. No se aceptarán Pólizas de Seguros el Cóndor S.A. Certificado de antecedentes fiscales del proponente (persona natural) o del representante legal y de la persona jurídica que representa, si es Persona Jurídica, vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección emitido por la Contraloría General de la República, en el que conste que no se encuentra reportado en el último boletín de responsables fiscales (Ley 610 de 2000, Art. 60). Para el Caso de los Consorcios o Uniones temporales, deberá aportar este certificado de cada una de las personas que lo conforman. Certificado de antecedentes disciplinarios del proponente, persona natural, o del representante legal de la persona jurídica, expedido por la Procuraduría General de la Nación vigente a la fecha de presentación de la oferta (Ley 734 de 2002, artículo 174). Para el Caso de los Consorcios o Uniones temporales, deberá aportar este certificado de cada uno de los representantes Legales que lo conforman. Registro mercantil del Establecimiento de Comercio, expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción con fecha de expedición no mayor a 15 días calendario, al momento de presentación de la propuesta. Certificado de existencia y representación legal (para las Personas Jurídicas) expedido por el organismo competente con fecha de expedición no mayor a 15 días calendario, al momento de presentación de la propuesta. Para el Caso de los Consorcios o Uniones temporales, deberá aportar este certificado de cada una de las personas que lo conforman. Página 26 de 86


Autorización del órgano social competente en caso de ser necesario. Certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste se exija de acuerdo a los requerimientos de ley, o del representante legal, en la cual se acredite el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes parafiscales, al tenor de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. Para el caso de Personas Naturales este certificado deberá estar expedido por el proponente. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de algunas de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe acuerdo de pago. Para el Caso de los Consorcios o Uniones temporales, deberá aportar este certificado de cada una de las personas que lo conforman. Pacto de transparencia, Anexo No.10, debidamente diligenciado. Para el Caso de los Consorcios o Uniones temporales, deberá aportar este certificado de cada una de las personas que lo conforman. Certificado vigente del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, en caso de poseerlo. Para el Caso de los Consorcios o Uniones temporales, deberá aportar este certificado de cada una de las personas que lo conforman, en caso de poseerlo. Adicionalmente, las Personas Naturales deberán aportar: Hoja de vida de la función pública, debidamente diligenciada, con los soportes que acrediten su contenido. Copia de la cédula de ciudadanía. PARA CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES: Además de los documentos anteriormente solicitados: Acta de Constitución donde se informe de los términos y extensión de la participación de sus integrantes y el representante del Consorcio o Unión Temporal, de conformidad con lo expuesto en los requisitos para participar en el caso de Consorcios y Uniones Temporales. 4.6.2.

DOCUMENTOS TÉCNICOS:

4.6.2.1.

EXPERIENCIA:

Aportar toda la documentación que le permita acreditar la experiencia solicitada en numeral 3.2.4.1., de los términos de invitación. Página 27 de 86


Anexo No. 3. “Relación de experiencia”, debidamente diligenciado por las personas naturales o jurídicas individualmente consideradas o por cada una de las que integran el Consorcio o la Unión Temporal, suscrito por el Representante Legal y el Revisor Fiscal en caso de estar obligado a tenerlo o por el Representante Legal y el Contador en caso contrario, si es Persona Jurídica, o por el proponente y su Contador, si es Persona Natural, salvo si todas las facturas y/o contratos fueron celebrados con Empresas Varias de Medellín E.S.P., pues en este evento el referido anexo solo debe ser suscrito por el Representante Legal o la Persona Natural. En el caso de que los contratos hayan sido suscritos por Consorcios o Uniones Temporales se deberá indicar además del porcentaje total de ejecución de estas actividades (Suministro y/o reparación de sistemas de transmisión de vehículos y suministro y/o reparación de sistemas de embrague), el valor correspondiente a su participación en el contrato. Copia de cada factura o contrato relacionado en el Anexo No. 3 “Relación de Experiencia”, salvo aquellos que fueron suscritos con Empresas Varias de Medellín E.S.P. Ejemplar original o copia de las certificaciones expedidas por las personas jurídicas contratantes, firmadas por el Representante Legal o quien esté autorizado para ello con el contenido descrito en el numeral 3.2.4.1., salvo aquellos contratos celebrados con Empresas Varias de Medellín E.S.P. donde no se requiere aportar este documento. 4.6.2.2.

COTIZACIÓN:

Cumplir con lo señalado en el numeral 4.5., de los presentes términos de invitación. 4.6.2.3.

HOJA DE VIDA: De la persona que actuará como supervisor/administrador del contrato solicitado en la primera viñeta del literal b), de las obligaciones del contratista.

4.6.2.4.

TALLER:

Certificado en que conste que el proponente garantizará la disponibilidad de un taller de su propiedad o de un tercero en el Valle de Aburrá entre Ancón Norte y Ancón Sur, de conformidad con lo señalado en el numeral 3.2.4.2. y el Anexo No. 7“Evaluación de Talleres Contratistas”. Adicionalmente, deberá aportar el Registro mercantil del Establecimiento de Comercio, donde opere el taller de su propiedad o del tercero. 4.6.2.5.

GARANTIA DE LAS REPARACIONES DE LOS VEHÍCULOS:

Anexo No. 6 “Garantías de las reparaciones de los vehículos”, debidamente suscrito por el proponente (persona natural o representante legal de la persona jurídica). 4.6.3.

DOCUMENTOS FINANCIEROS:

Estados Financieros comparativos a diciembre 31 de 2012 con diciembre 31 de 2011 (Balance General y Estado de Resultados), debidamente clasificados (en las partidas corrientes y no corrientes) Página 28 de 86


y firmados por el Representante Legal, el Contador y el Revisor fiscal si lo tuviere conforme a la ley, si es Persona Jurídica, o por el proponente y su Contador, si es Persona Natural. Fotocopia de la tarjeta profesional del Contador y del Revisor Fiscal que firman los Estados Financieros comparativos a diciembre 31 de 2012 con diciembre 31 de 2011, adjuntando el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores. Certificación de los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012, conforme lo establecido en el artículo 37 de la ley 222 de 1995. Las notas a los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012. Dictamen a los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012, si está obligado a tener Revisor Fiscal. Fotocopia del Registro Único Tributario (RUT). Copia de la Declaración de Renta del año gravable 2012, acompañada con un Anexo de Conciliación Patrimonial, que aclare las diferencias entre el Patrimonio Contable y el Patrimonio líquido fiscal a diciembre 31 de 2012. NOTA 1: Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, todos los documentos anteriormente relacionados deben ser aportados por cada uno de sus integrantes. NOTA 2: El proponente señalará por escrito cuales de los documentos aportados gozan de reserva legal. 4.7. CAUSALES DE DESESTIMACIÓN DE LA PROPUESTA Empresas Varias de Medellín E.S.P. desestimará las ofertas en cualquiera de los siguientes eventos: 4.7.1. Por la presentación de la propuesta después de la fecha y hora señaladas, o cuando contenga enmendaduras y/o tachones en la cotización, que no permitan establecer con claridad el valor y/o datos contenidos en la misma. De esto se dejará constancia en el acta respectiva. 4.7.2. Cuando el proponente no cumpla con los requisitos para participar en el presente proceso de contratación, descritos en el capítulo tercero. 4.7.3. Cuando la propuesta esté incompleta, en cuanto a que no cumple lo especificado en la invitación o deje de incluir información o algún documento que de acuerdo con estos términos, se refieran a los criterios de comparación NECESARIOS para la evaluación de las propuestas. 4.7.4. Por tener dos o más firmas proponentes, socios o representantes legales comunes. 4.7.5. Cuando por decisión de autoridad competente se manifieste que toda o alguna de la información presentada en la propuesta es falsa. 4.7.6. Cuando el valor unitario de alguno de los ítems que conforman los cuadros del Anexo No. 4 “Cuadros de Cotización” esté por encima de su presupuesto oficial. 4.7.7. Cuando no se responda conforme a lo requerido, dentro del término perentorio establecido por la Empresa, las solicitudes de información o aclaración de documentos que se realicen al proponente o cuando su respuesta sea incompleta o no tenga sustento legal, financiero, técnico -económico o fáctico, o no se entreguen los documentos solicitados. 4.7.8. Cuando no se presente la garantía de seriedad de la propuesta o cuando su presentación defectuosa no sea subsanada por el proponente en el término perentorio de un (1) día hábil siguiente al recibo de la comunicación enviada por la Empresa. Página 29 de 86


4.7.9. Empresas Varias de Medellín E.S.P. se reserva la facultad de realizar la verificación fáctica, vía telefónica, presencial o consulta por otro medio, de la veracidad de la información consignada en la documentación aportada dentro de la propuesta o en la etapa de subsanación de requisitos o de observaciones. La incongruencia o desacuerdo entre la documentación y/o información aportada por el Proponente y la resultante de las verificaciones efectuadas por la Empresa, ello, también constituye Causal de Desestimación de la Propuesta. 4.7.10. Cuando la propuesta no cumpla con lo especificado en la invitación o presente desviaciones a lo establecido en ella. 4.7.11. Cuando el proponente no cumpla con las condiciones o filtros referentes a la capacidad financiera. 4.7.12. Cuando no se diligencie debida y completamente el Anexo No. 4 “Cuadros de Cotización”, de los términos de invitación o se demuestre ostensible inconsistencia o incongruencia en su información. 4.7.13. Cuando la firma proponente o su Representante Legal, si es Persona Jurídica, o la Persona Natural que participa en el proceso, aparezca reportado en el Boletín de Responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República, o esté en la lista Clinton según el reporte de la OFAC o posea inhabilidades y/o incompatibilidades para contratar con una Entidad Estatal de conformidad con el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación. 4.7.14. En los demás casos contemplados en la presente invitación.

Empresas Varias de Medellín E.S.P. podrá solicitar al proponente que subsane su oferta en aquellos aspectos no esenciales para la comparación objetiva de éstas, de conformidad con el criterio de evaluación establecido. CAPITULO QUINTO VERIFICACIÓN, CALIFICACIÓN, SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN 5.1

VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

La evaluación cualitativa y cuantitativa de las propuestas, será realizada por un equipo interdisciplinario coordinado por la Subdirección de Contratación. En dicha etapa se procederá conforme a lo establecido en los numerales 5.3 y 5.4 de los presentes términos. Culminada la etapa de evaluación, la Subdirección de Contratación comunicará mediante escrito, vía fax o electrónica, el inicio del período de observación. 5.2

ACLARACIÓN DE PROPUESTAS:

Empresas Varias de Medellín E.S.P. podrá solicitar aclaraciones a las propuestas allegadas en forma oportuna, cuando parte de su contenido no sea claro o presente alguna confusión que dificulte la interpretación de la misma; así mismo podrá solicitar información que no refiera a documentos necesarios o esenciales para la comparación de las propuestas. Página 30 de 86


El proceso de análisis y evaluación de las propuestas contemplará: 5.3

VERIFICACIONES JURÍDICA, FINANCIERA, Y TÉCNICO - ECONÓMICA:

Consiste en el estudio y análisis de las propuestas desde los puntos de vista jurídico, financiero y técnico económico. Entre otros aspectos, se definirá si faltan documentos y si pueden solicitarse. Este estudio básicamente consistirá en la verificación de lo consignado en el Capítulo Tercero “Requisitos de participación” y en el Capítulo Cuarto “De las Propuestas”. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de propuestas, no servirán de título suficiente para su rechazo; sin embargo, si dentro del término de un (1) día hábil siguiente al recibo de la comunicación enviada por la Empresa (la que puede ser remitida por fax, vía electrónica y/o física), en la que se solicita la información faltante o aclaratoria, el proponente no da respuesta o la misma es incompleta o no tiene sustento legal, financiero, técnico económico o fáctico, se procederá a la desestimación de la propuesta. Se desestimaran las propuestas que no cumplan con los requisitos jurídicos, técnicos o los filtros financieros establecidos en los presentes términos, de manera que sobre ellas no se adelantarán las evaluaciones respectivas. 5.4

FACTOR DE EVALUACIÓN:

La calificación se hará solamente a las propuestas que hayan superado las verificaciones jurídica, financiera y técnica, las cuales se someterán a la evaluación del siguiente aspecto, con la asignación de un puntaje máximo de ponderación, así:

FACTOR DE EVALUACION PRECIO (VALOR DE LA PROPUESTA) (PR) TOTAL

PUNTOS 1000 1.000

Para la evaluación económica se tomará como base el valor total de la oferta en pesos colombianos, contemplada en el Anexo N° 4 “Cuadros de Cotización”, conforme las instrucciones señaladas para la cotización. Para la calificación se verificarán y corregirán los errores aritméticos que se presenten. El valor verificado y corregido de la propuesta será el utilizado para la comparación con otras propuestas y será el que se tendrá en cuenta en la adjudicación y celebración del contrato PRECIO (PP): (1000 PUNTOS) Se calificará de acuerdo a la siguiente relación: PP = 1000 x B/A Página 31 de 86


Donde: PP = A= B=

Calificación precio propuesta Precio de la propuesta a considerar Precio mínimo de las propuestas

5.5

CRITERIOS DE DESEMPATE:

Si dos (2) o más propuestas llegaren a obtener el mismo puntaje, se aplicarán en su orden los siguientes criterios para seleccionar la mejor: Se elegirá al proponente que más experiencia específica acredite de acuerdo con el objeto indicado (Suministro y/o reparación de sistemas de transmisión de vehículos y suministro y/o reparación de sistemas de embrague), Si continúa el empate se realizará sorteo con balota en presencia de los proponentes que obtengan el mismo puntaje. 5.6

ORDEN DE ELEGIBILIDAD:

Este paso es el resultante de la evaluación de las propuestas. En él se define la primera opción para el proponente que obtuvo el mayor puntaje en la evaluación, la segunda opción para el siguiente y así sucesivamente. No se incluirán en este listado los proponentes de aquellas ofertas que han sido desestimadas. 5.7

PERIODO DE OBSERVACIÓN DE LAS EVALUACIONES:

Culminada la etapa de evaluación, la Subdirección de Contratación de la EMPRESA, mediante comunicación escrita, informará a aquellas personas que participaron en el proceso que se abre el periodo de observaciones, para lo cual las evaluaciones serán consultadas en la página web de la Empresa: www.emvarias.com.co ó en la Subdirección de Contratación de la Empresa. En dicho periodo, se podrá revisar y presentar las observaciones a los resultados de las evaluaciones, (eventuales inconformidades frente al análisis y la calificación de las propuestas) mediante un único escrito suscrito por el proponente (persona natural o representante legal de la persona jurídica), dirigido a la Subdirección de Contratación, y dentro de un (1) día hábil siguiente al recibo de la comunicación enviada por la EMPRESA (comunicación que puede ser remitida por fax, vía electrónica y/o física). Una vez vencido el término anterior, el o los evaluadores de la EMPRESA, deberá (n) dar respuesta sobre las observaciones presentadas por los proponentes. 5.8

AJUSTE ECONÓMICO Y NEGOCIACIÓN DIRECTA:

5.8.1

AJUSTE ECONÓMICO: Cuando todas las propuestas recibidas sean económicamente

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inconvenientes, previos los estudios y análisis pertinentes, podrá proceder la etapa de ajuste económico. En tal caso, la Subdirección de Contratación pondrá a consideración del Comité de Contratación la procedencia de la etapa de ajuste económico, siempre con arreglo a los principios señalados en la Resolución No 01 de marzo de 2010. Para el ajuste económico se solicitará a los proponentes que resulten elegibles, que presenten una nueva propuesta económica en sobre cerrado, dentro del término que con tal fin se fije, vencido el cual se procederá a su apertura y a la evaluación de las ofertas, considerando los factores de ponderación establecidos. Durante la etapa de ajuste económico ningún proponente podrá retirar su oferta, ni introducir modificaciones diferentes a las económicas, ni hacerla más desfavorable. 5.8.2 NEGOCIACIÓN DIRECTA: Se podrá realizar negociación directa cuando existiendo una sola oferta elegible o una que ocupe el primer lugar en la lista de elegibles, se considere que se pueden obtener mejores condiciones comerciales. En estos eventos no podrá haber cambios sustanciales de las condiciones técnicas. 5.9

CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE CONTRATACIÓN:

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. podrá declarar desierto el proceso de contratación cuando se presente una de las siguientes causales: a. Cuando en la fecha y hora del cierre del proceso de contratación no se reciba ninguna propuesta. b. Cuando todas las propuestas presentadas, luego de ser evaluadas, sean desestimadas. c. Cuando a juicio de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P las propuestas presentadas sean inconvenientes para sus intereses. d. Cuando se presente por un hecho imprevisto una situación de inconveniencia para la Empresa. Mediante comunicación escrita, la Gerencia General comunicará la declaratoria de desierta del proceso de contratación. 5.10

ADJUDICACIÓN:

La Subdirección de Contratación sustentará ante el Comité de Contratación la evaluación y calificación de las propuestas, así como las respuestas emitidas a las observaciones que se hubieren presentado. Igualmente podrá sugerir sobre la procedencia de la declaratoria de desierta del proceso, la etapa de Ajuste Económico (numeral 5.8.1) o de Negociación Directa (numeral 5.8.2), o la adjudicación del contrato. La propuesta que obtenga el mayor puntaje se considerará como la mejor y será el COMITÉ DE CONTRATACIÓN quien recomiende su adjudicación al Gerente General de Empresas Varias de Medellín E.S.P. Página 33 de 86


Previo análisis, el Comité de Contratación recomendará al Gerente General la propuesta más favorable para su aceptación o la declaración de fallido del proceso de selección. Igualmente podrá determinar la procedencia de la etapa de Ajuste Económico o Negociación Directa, caso en el cual, la Subdirección de Contratación con el apoyo del Responsable del Proceso, deberá agotar el correspondiente trámite. El Gerente de Empresas Varias de Medellín E.S.P. aceptará la propuesta luego de ser recomendado por el Comité de Contratación. Si el proponente a quien se le haya aceptado la propuesta no suscribe el contrato en el término que se haya señalado para el efecto, Empresas Varias de Medellín E.S.P. procederá a hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta y podrá aceptar la propuesta al proponente calificado en el siguiente lugar. Nota: El Gerente mediante comunicación escrita informará sobre la aceptación de la propuesta al proponente favorecido, y comunicará a los demás participantes, el resultado del proceso. 5.11

PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO:

El contrato se entenderá perfeccionado en la fecha en que la Gerencia General comunique al proponente seleccionado la aceptación de su propuesta. 5.12

REQUISITOS PARA INICIAR EJECUCIÓN DEL CONTRATO:

Para suscribir el acta de inicio del contrato, es necesaria su previa formalización y legalización. El contrato estará formalizado cuando el documento escrito (minuta del contrato) haya sido firmado por ambas partes. El contrato estará legalizado, cuando la Empresa haya aprobado las garantías a las que hace alusión el numeral 2.8. de estos términos. CAPITULO SEXTO RELACIÓN DE ANEXOS Anexo N° 1. Anexo N° 2. Anexo N° 3. Anexo N° 4. Anexo N° 5. Anexo N° 6. Anexo N° 7. Anexo N° 8. Anexo N° 9. Anexo N° 10.

Carta de presentación Resumen de la propuesta Relación de experiencia Cuadros de cotización. Procedimiento para la facturación. Garantía de las reparaciones de los vehículos. Evaluación de talleres contratistas. Cotización órdenes de trabajo Inventario de vehículos. Pacto de transparencia.

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Anexo N° 11. Anexo N° 12. Anexo N° 13. Anexo N° 14.

Interventoría recibo de vehículo Reintegro de repuestos cambiados. Salud Ocupacional y seguridad industrial. Riesgos de la contratación.

JAMER ARTURO FRANCO ACEVEDO Gerente General (E).

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ANEXO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACION DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES

Señores EMPRESAS VARIAS DE MEDELLIN E.S.P Medellín De acuerdo con su invitación a contratar, el suscrito se compromete a ejecutar el objeto del contrato según el alcance, obligaciones y demás estipulaciones de los términos de invitación. Declaro que todos los datos presentados son exactos y que estoy dispuesto a iniciar las actividades objeto del contrato a partir de la suscripción del acta de inicio. El suscrito se obliga a firmar el Contrato correspondiente a esta oferta, en caso de ser aceptada, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su presentación. Igualmente me obligo a constituir la(s) garantía(s) especificada(s) en los términos de invitación y a cumplir con los requisitos de ejecución del Contrato que me sean exigidos. Mi oferta es válida por (_60__) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de la invitación, con posibilidad de ampliación del plazo, cuando así lo considere esa Empresa. Adicionalmente, me comprometo a realizar las actividades propias del objeto contractual en un plazo de__________________________________________contados a partir de la fecha del acta de inicio. Bajo la gravedad de juramento declaro lo siguiente: Que no me encuentro incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en las disposiciones generales que regulan la materia y en especial, en la ley 1474 de 2011, artículos de 1 a 4, en el artículo 8 y demás normas pertinentes de la ley 80 de 1993, la ley 142 de 1994 o normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan y en el Código de Buen Gobierno de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P., las cuales declaramos conocer y acatar. • •

Que en mi contra no ha sido dictado fallo con responsabilidad fiscal para los efectos indicados en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000. Que no me encuentro inhabilitado para contratar con EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P., en cuanto a que no soy familiar en segundo grado de consanguinidad, y/o de afinidad o primero civil del Gerente General de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P., o de cualquier funcionario del nivel directivo de esa Empresa. Que la firma que represento no se encuentra inhabilitada para celebrar contratos con EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. por el hecho de que ni el Gerente General de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. o cualquier funcionario del nivel directivo de esa Empresa, ni sus familiares en el segundo grado de consanguinidad, y/o de afinidad o primero civil tienen participación mayoritaria o ejercen control, desempeñen cargos directivos o participan directamente en la negociación de las condiciones de los servicios y el Contrato.

Solicitamos que la correspondencia y comunicaciones que EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. requiera enviarnos, sea remitida a la siguiente dirección: Página 36 de 86


_________________________________________________________________________ Atentamente, NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL OFERENTE: NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO: FIRMA: _____________________ CÉDULA DE CIUDADANÍA: ________________ DE: _________________ Ciudad: __________________________ Fecha:________

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ANEXO No. 2 RESUMEN DE LA PROPUESTA 1.

NOMBRE DEL PROPONENTE:

2.

CEDULA O NIT:

3.

DIRECCIÓN Y TELÉFONO:

4.

FAX:

5.

CORREO ELECTRÓNICO:

6.

OBJETO DE LA INVITACIÓN:

7.

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Entidad que la otorga: Vigencia:

Desde: Hasta:

Monto asegurado o depósito: 8.

PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN:

9.

VALOR TOTAL DE LA OFERTA:

10.

OBSERVACIONES DEL PROPONENTE:

Página 38 de 86


ACUERDO Y AUTORIZACIÓN i.

Acuerdo con Empresas Varias de Medellín, reconozco y autorizo: que las diferentes prestaciones u obligaciones del contrato que se suscriba con fundamento en los presentes términos de invitación están valoradas en términos de cantidad, calidad y oportunidad, y por ello, en caso de que se entreguen los vehículos por fuera de las fechas y horas consignadas en los informes de Interventoría/Supervisión y aceptadas por el Interventor/Supervisor del contrato y por el representante del contratista, sin una debida justificación aceptada por la Empresa, dicha falta de oportunidad en la entrega se valora en un 3% del valor antes de IVA del trabajo por cada veinticuatro (24) horas de retraso en la entrega de la reparación, valor que autorizo descontar de la factura correspondiente a la respectiva orden de trabajo.

ii.

Acuerdo con Empresas Varias de Medellín, reconozco y autorizo: que las diferentes prestaciones u obligaciones del contrato que se suscriba con fundamento en los presentes términos de invitación están valoradas en términos de cantidad, calidad y oportunidad, y por ello acuerdo que la falta de oportunidad para presentar las facturas de venta por concepto de las ordenes de trabajo ejecutadas, sin una debida justificación aceptada por la Empresa, se valore en un 2% , antes de IVA, del valor de las Órdenes de Trabajo pendientes de facturar, por cada diez (10) días de retraso en la entrega de la facturación correspondiente, valor que autorizo descontar de la factura correspondiente a la respectiva orden de trabajo.

iii.

Acuerdo con Empresas Varias de Medellín, reconozco y autorizo: que las diferentes prestaciones u obligaciones del contrato que se suscriba con fundamento en los presentes términos de invitación están valoradas en términos de cantidad, calidad y oportunidad, y por ello, en caso de que no se reciban oportunamente por Empresas Varias de Medellín E.S.P. o la Interventoría/Supervisión, un servicio en los tiempos pactados para los servicios a domicilio, sin una debida justificación aceptada por la Empresa, dicha falta de oportunidad se valora en el 5% del valor del domicilio antes de IVA, por cada hora o fracción de hora de retraso, valor que autorizo descontar de la factura correspondiente a la respectiva orden de trabajo

iv.

Teniendo en cuenta que para laborar al interior de las instalaciones de Emvarias está prohibido el ingreso y permanencia de personal bajo los efectos del alcohol y drogas psicoactivas; y dada la actividad a desarrollar y el riesgo al cual está expuesto el personal, solicito y autorizo a Emvarias para la realización de pruebas de alcoholemia ó sustancias psicoactivas al personal a mi cargo asignado para el desarrollo de las actividades relacionadas con el objeto contractual, como también al interventor/supervisor asignado al contrato por parte de Emvarias, para que no permita el inicio de las actividades o la continuación de las mismas al personal a mi cargo al cual se le haya detectado el consumo de dichas sustancias, reportando oportunamente las personas que tuvieron una prueba positiva, con el fin de tomar los correctivos a que haya lugar.

________________________________________ FIRMA REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL

Página 39 de 86


ANEXO No. 3 RELACIÓN DE EXPERIENCIA NÚMERO OBJETO DEL ENTIDAD CONTRATO CONTRATO CONTRATANTE O FACTURA O FACTURA

FECHA DE INICIO

FECHA DE TERMINACIÓN

VALOR EN PESOS

Total Firmas:

_______________________________________ Firma del REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL

_____________________________ Firma del REVISOR FISCAL (__) ó CONTADOR (__)

* SMLMV expresados en el valor correspondiente a la fecha (año) de ejecución del contrato.

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VALOR EN SMLMV


ANEXO # 4 CUADROS DE COTIZACIÓN RESUMEN DE LA PROPUESTA

TOTALES POR CUADRO

REPUESTOS Y MANO DE OBRA CAMIONES RECOLECTORES INTERNATIONAL 6 x 4 y 4 x2 MOD 1998,1999,2000,2003 CUADRO N°1

0

CAMIONES RECOLECTORES KENWORTH MOD. 2007 Y 2009 T300 CUADRO N°2

0

CAMIONES RECOLECTORES MACK FRONTAL E7 300 MOD 1998 CUADRO N°3

0

CAMIONES RECOLECTORES CHEVROLET NPR TURBO MOD 1998 CUADRO N°4

0

MANO DE OBRA VARIOS (RECARGOS Y DOMICILIOS) PARA TODOS LOS VEHÍCULOS CUADRO N°5

0

GRAN TOTAL DE LA OFERTA

0

Página 41 de 86


ANEXO No. 4-CUADRO No. 1CAMIONES RECOLECTORES INTERNATIONAL 6 x 4 y 6 x 2 MOD 1982,1998,1999,2000,2003.

CÓDIGO

CANTIDA D ESTIMAD A

DESCRIPCIÓN

PRESUPUEST O UNITARIO OFICIAL (ANTES DE IVA)

VALOR UNITARIO ANTES DE IVA

VALOR TOTAL (ANTES DE IVA)

MARCA REQUERIDA

REPUESTOS TRANSMISIÓN Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

CV-001

ARANDELA 2 Y 3 REF:15446-USA C/U

DESPLAZABLE

3

$

41,500

$

-

CV-002

ARANDELA AJUSTE EJE TOMAFUERZA REF:5P315

2

$

5,850

$

-

CV-003

ARANDELA AJUSTE FULLER 610 REF:17260ARANDELA CAJA FULLER 610 ROJA REF.AW-

2

$

21,400

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

28,900

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

28,900

$

-

Homologado(OEM Part)

10

$

11,700

$

-

3

$

300,000

$

-

3

$

157,750

$

-

4

$

320,625

$

-

Homologado(OEM Part)

9

$

351,075

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

268,125

$

-

Homologado(OEM Part)

5

$

2,925

$

-

4

$

25,267

$

-

5

$

6,425

$

-

3

$

6,425

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

820,000

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

98,500

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

85,675

$

-

67

$

16,375

$

-

CV-004 CV-005 CV-006 CV-007 CV-008 CV-009 CV-010 CV-011 CV-012 CV-013 CV-014 CV-015 CV-016 CV-017 CV-018 CV-019

ARANDELA DESPLAZABLE FULLER 6610 ARANDELA EJE CORREDIZO REF:4302398 BAJO DE INTERNATIONAL

AIRE

ORIGINAL

BALINERA CAJA FULLER REF:1309-SL BOTELLA CARDAN CORTO 5" 1/2 BOTELLA CARDAN PRINCIPAL 6" REF:6-3-2651-SP BOTELLA INTERMEDIA CARDAN CORTO REF:2261 BUJE CABECEVACA FULLER REF:12815 BUJE PALANCA REF:11611

CAMBIOS

63274

BUJE PROPULSOR FUL 16566 BUJE TOMA CAJA FULLER (PROPULSOR) FUL 16566 CABECEVACA CAMBIOS FULLER REF:372 CARRETA CAJA 6610 REF:21662 CARRETAS RTF8709B FUL16118 CAUCHO CARDAN PRINCIPAL

Página 42 de 86

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


CV-020 CV-021 CV-022

CHAPETA DE CARDAN CORTO ENTRE DIFERENCIALES CRUCETA CARDAN 6" MIXTA REF:5515USA CRUCETA CARDAN PRINCIPAL 5 1/2"

10

$

22,500

$

-

Homologado(OEM Part)

12

$

160,000

$

-

Homologado(OEM Part)

22

$

157,500

$

-

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

CV-023

CRUCETA CARDAN PRINCIPAL REF:6*5280-334

22

$

155,000

$

-

CV-024

CRUCETA DELANTERA TRASERO CORTO 5 1/2

CARDAN

7

$

160,000

$

-

CV-025

CRUCETA TRASERA CARDAN TRASERO CORTO 5"1/2

4

$

160,000

$

-

4

$

36,125

$

-

Homologado(OEM Part)

4

$

58,300

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

31,500

$

-

Homologado(OEM Part)

4

$

43,875

$

-

4

$

58,750

$

-

2

$

14,783

$

-

4

$

23,975

$

-

Homologado(OEM Part)

2

$

18,500

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

128,000

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

110,500

$

-

9

$

6,375

$

-

3

$

13,200

$

-

7

$

12,250

$

-

Homologado(OEM Part)

5

$

13,550

$

-

Homologado(OEM Part)

4

$

4,875

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-026 CV-027 CV-028 CV-029 CV-030 CV-031 CV-032 CV-033 CV-034 CV-035 CV-036 CV-037 CV-038 CV-039 CV-040

CUNA 49212A CUNA DOBLE CAJA VELOCIDADES CUNA REF:9220 CUNA RODILLO TRASERO REF: 9 1/2 594 CUNA SPEED - C/U - REF: 367A CUNA TK15245 CUร A DESPLAZABLE 610 REF: AW43990 DADOS DE CRUCETA CARDAN PRINCIPAL EJE SUPERIOR TOMAFUERZA EJE TOMAFUERZA REF:3P282 EMPAQUE BASE PALANCA CAMBIOS EMPAQUE CABECEVACA EMPAQUE DIFERENCIAL EMPAQUE MONO 915 12515 REF: L1447 FULL EMPAQUE PISTON MONO

CV-041

EMPAQUE TAPA TOMA FUERZA JUEGO

4

$

7,800

$

-

CV-042

EMPAQUETADURA REF:AW-GS309 5

5

$

24,539

$

-

Pรกgina 43 de 86

CAJA

FULLER

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


CV-043

CV-044 CV-045 CV-046 CV-047 CV-048 CV-049 CV-050 CV-051 CV-052 CV-053 CV-054 CV-055 CV-056 CV-057 CV-058 CV-059

EMPAQUETADURA VALVULA MULTIPLICADORA - TRASERA -INTER REF: --EMPAQUETADURA VALVULA SELECTORA ESCUALIZACION - (Incluye juego de arandelas) - REF: 1651277C1 ESPARRAGO 5/8 X 3 1/2 GRADO 8- C/U ESPIGA CARDAN CENTRO (PEQUEร A) 4X163/61 REF:6-53-4 ESPIGA CARDAN CORTO 5 1/2" ESPIGA CARDAN PRINCIPAL 6" REF:640-541-SP FLANCHE CARDAN CORTO FLANCHE INTERMEDIO CARDAN REF: 6-4-7141 SP FLANGE CENTRO 38ES 6" REF:6-4-7 GARRA REVERSA CAJA VELOCIDADES REF: 163 GRAPA CRUCETA MIXTA 5-510*5-515 GRASERA RECTA 1/8" - C/U GUARDAPOLVO SUPERIOR PALANCA CAMBIOS GUAYA BOMBA LEVANTE VOLCO GUAYA SELECTOR REF:475174R GUAYA VELOCIMETRO - CORTA REF:25032272

5

$

61,500

$

-

Homologado(OEM Part)

5

$

16,875

$

-

Homologado(OEM Part)

6

$

774,625

$

-

Homologado(OEM Part)

4

$

3,391

$

-

4

$

376,833

$

-

4

$

383,333

$

-

4

$

375,000

$

-

Homologado(OEM Part)

6

$

429,167

$

-

Homologado(OEM Part)

5

$

304,475

$

-

Homologado(OEM Part)

5

$

337,300

$

-

5

$

233,830

$

-

4

$

16,525

$

-

4

$

1,047

$

-

Homologado(OEM Part)

6

$

34,125

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

75,500

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

61,250

$

-

3

$

104,500

$

-

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

CV-060

GUAYA VELOCIMETRO - LARGA REF:25032272-7

3

$

133,625

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-061

HORQUILLA 4ta Y 5ta FULLER REF::6610

3

$

300,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-062

KIT CAUCHO CARDAN REF:283069C13

5

$

125,125

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-063

KIT ORRING PALANCA CAMBIOS REF:K3376

3

$

10,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-064

KIT PASADOR PALANCA CAMBIOS RE:K2003

3

$

12,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-065

PALANCA CAMBIOS REF:5500037

8

$

180,333

$

-

Homologado(OEM Part)

Pรกgina 44 de 86


CV-066 CV-067 CV-068

PALANCA CAMBIOS REF:K-3376 PERA PALANCA DE CAMBIOS FULLER DOBLE SERVICIO REF:A-6915 PIÑON 1ra DESPLAZABLE 64T REF:19205

7

$

185,000

$

-

8

$

149,625

$

-

6

$

249,375

$

-

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

CV-069

PIÑON 2da DESPLAZABLE 56T REF:19206

2

$

249,375

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-070

PIÑON 2da DESPLAZABLE 8709B REF:4303493

4

$

370,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-071

PIÑON 2da DESPLAZABLE C-FULLER REF:430238

4

$

299,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-072

PIÑON 2da RTF8709B FUL4302384

2

$

306,375

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-073

PIÑON 2da TREN FIJO - 44T FULL 11609 REF:20482

4

$

364,625

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-074

PIÑON 2da TREN FIJO - ORIGINAL SPICER

2

$

251,471

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-075

PIÑON 2da TREN FIJO CAJA 8709B REF:4300065

4

$

343,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-076

PIÑON 3ra DESPLAZABLE 46T FULLER

4

$

370,500

$

-

CV-077

PIÑON 3ra DESPLAZABLE CAJA 14918 REF:4303452

4

$

273,000

$

-

CV-078

PIÑON 3ra RTF8709B FUL4303476

2

$

311,125

$

-

CV-079

PIÑON 3ra TREN FIJO 11609 62D REF:21020

4

$

224,625

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-080

PIÑON 4ta 6613 REF:21663

2

$

212,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-081

PIÑON 4ta DESPLAZABLE 48 DIENTES REF:20459

3

$

275,800

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-082

PIÑON 4ta TREN FIJO - ORIGINAL SPICER

1

$

307,647

$

-

CV-083

PIÑON 4ta TRENFIJO 11615 REF:20459

3

$

170,800

$

-

CV-084

PIÑON 5ta 6613 REF:21661

2

$

244,625

$

-

CV-085

PIÑON 5ta RTF8709B FUL20458

1

$

212,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-086

PIÑON COPA FULLER 6610

3

$

293,350

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-087

PIÑON TOMAFUERZA REF:28P-216

3

$

380,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-088

PIÑON TOMAFUERZA REF:2P726 C/U

3

$

338,500

$

-

Homologado(OEM Part)

Página 45 de 86

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


CV-089

PIÑON TOMAFUERZA REF:2P727

1

$

399,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-090

PIÑON TOMAFUERZA REF:3P282 C/U

3

$

334,875

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-091

PIÑON TOMAFUERZA REF:5P1077 C/U

3

$

333,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-092

PIÑON TOMAFUERZA REF:5P964

1

$

369,375

$

-

CV-093

PISTA RODILLO REF:15243

2

$

51,747

$

-

CV-094

PISTON VALVULA MULTIPLICADORA

4

$

126,750

$

-

CV-095

PLATINA DE CARDAN CORTO

4

$

24,375

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-096

PLATO DE SINCRONISMO REF: 20323

4

$

169,100

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-097

PRISIONERO 5/16 X 1"

11

$

2,925

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-098

PROPULSOR 13/4 CAJA 11609 REF:S2928R-FUL

5

$

468,850

$

-

Homologado(OEM Part)

4

$

505,000

$

-

4

$

3,375

$

-

CV-099 CV-100

PUENTE CHASIS INTERMEDIO ( DONDE VA EL CAUCHO CARDAN) RESORTE TAPA PALANCA CAJA FULLER REF: 15919 - C/U

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

CV-101

RETEN SPPED 4600 ML REF:A-1205-A273

3

$

125,700

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-102

RETENEDOER DIFERENCIAL DELANTERA TRASERA - MERITOR REF: 2502762C1

6

$

136,333

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-103

RETENEDOR DELANTERO / DELANTERO REF: 16916C2

3

$

48,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-104

RETENEDOR DELANTERO / TRASERO REF: 1651280C2

3

$

39,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-105

RETENEDOR DIFERENCIAL TERCER EJE

5

$

46,800

$

-

CV-106

RETENEDOR CAJA CLARCK REF:472164

4

$

38,500

$

-

CV-107

RETENEDOR CAJA DE VELOCIDADES REF:415983N

7

$

53,300

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-108

RETENEDOR CAJA DE VELOCIDADES REF:455004

3

$

35,800

$

-

Homologado(OEM Part)

7

$

107,250

$

-

4

$

44,250

$

-

4

$

51,375

$

-

CV-109 CV-110 CV-111

RETENEDOR DIFERENCIAL MERITOR MA125P2 RETENEDOR DIFERENCIAL PARTE TRASERA - C/U - REF:472HH100 RETENEDOR DIVISOR REF: 472HH100

Página 46 de 86

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


CV-112

RETENEDOR DIVISOR 1er DIFERENCIAL REF: A-11205X2728 ROCKELL

1

$

112,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-113

RETENEDOR DIVISOR DE POTENCIA

2

$

74,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-114

RETENEDOR ENFLANGE EJE SALIDA REF: 417349

4

$

83,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-115

RETENEDOR FLANCHE CAJA VELOCIDADES - (DOBLE TROQUE)

1

$

34,125

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-116

RETENEDOR FLANCHE CAJA VELOCIDADES - (VOLQUETA SENCILLA)

4

$

60,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-117

RETENEDOR FLANCHE DIFERENCIAL TRASERA/TRASERA REF:A1205- 2588

4

$

135,100

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-118

RETENEDOR SEGUNDA DIFERENCIAL

5

$

165,500

$

-

Homologado(OEM Part)

3

$

87,750

$

-

5

$

117,000

$

-

4

$

126,750

$

-

CV-119 CV-120 CV-121

RETENEDOR SPEED 1er DIFERENCIAL REF: 210724 RETENEDOR SPEED 1er DIFERENCIAL REF: 417349 RETENEDOR SPEED 1er DIFERENCIAL REF: A1205-L-2430

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

CV-122

RETENEDOR SPEED 1er DIFERENCIAL REF: A-11205X2728 ROCKELL

3

$

124,150

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-123

RETENEDOR SPEED REF:A11205X2728 - SALIDA 1er DIFERENCIAL TRASERA ROCKELL

3

$

119,150

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-124

RETENEDOR SPEED 1er DIFERENCIAL REF: 9 1/2

3

$

73,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-125

RETENEDOR SPEED DIFERENCIAL DELANTERA/TRASERA REF:A1205 P2590

5

$

146,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-126

RETENEDOR SR6210ZZ

2

$

33,249

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-127

RETENEDOR TAPA PROPULSOR REF:472454

1

$

30,800

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-128

RETENEDOR TOMAFUERZA - REF: 28P216

3

$

14,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-129

RETENEDOR TRASERO (TRANSMISION DELANTERA/TRASERA) REF: 1205l2430

4

$

80,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-130

RETENEDOR TRASERO (TRANSMISION DELANTERA/TRASERA) REF: 472HH100

1

$

74,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-131

RETENEDOR TRASERO CAJA VELOCIDADES

4

$

58,500

$

-

Homologado(OEM Part)

Pรกgina 47 de 86


CV-132

RODILLO CAJA REF:12V1212

2

$

110,375

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-133

RODILLO COPA 11609/14915 REF:118L

1

$

148,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-134

RODILLO DOBLE DEL MONO 915/116 REF:AW-

1

$

82,875

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-135

RODILLO FECHA MONO FULL 6613

1

$

43,433

$

-

CV-136

RODILLO KO21075 / 212 C/U

1

$

57,003

$

-

CV-137

RODILLO MONO CAJA VELOCIDADES

5

$

102,000

$

-

CV-138

RODILLO PILOTO - C/U - REF: MU1307

2

$

117,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-139

RODILLO PILOTO TRASERO REF: M OCWELL

3

$

97,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-140

RODILLO PIテ前N COPA CAJA FULLER REF:117-L

4

$

127,475

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-141

RODILLO PIテ前N COPA REF:83C062 C/U

2

$

50,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-142

RODILLO PIテ前N EXTRABAJO 11615 REF:118 FUL

2

$

55,375

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-143

RODILLO PROPULSOR REF:1212SLV

3

$

105,826

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-144

RODILLO PROPULSOR REF:23334008

2

$

136,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-145

RODILLO REF: 49212

2

$

93,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-146

RODILLO REF: 9278

1

$

366,378

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-147

RODILLO SPEED

3

$

136,500

$

-

CV-148

RODILLO SPEED - C/U - REF:72225

3

$

70,259

$

-

CV-149

RODILLO TIMKEN REF:21075 C/U

1

$

57,500

$

-

CV-150

RODILLO TIMKEN REF:TK15117 C/U

3

$

35,023

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-151

RODILLO TIMKEN REF:TK15126 C/U

1

$

21,110

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-152

RODILLO TIMKEN REF:TK15245 C/U

3

$

14,783

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-153

RODILLO TMK REF:594

3

$

70,871

$

-

CV-154

RODILLO TOMAFUERZA REF:6309

1

$

28,855

$

-

Pテ。gina 48 de 86

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


CV-155

RODILLO TORRE MONO REF:A802074

3

$

66,777

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-156

RODILLO TREN FIJO MU1308TV

3

$

53,017

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-157

SINCRONISMO 4ta Y 5ta VELOCIDAD ORIGINAL SPICER

5

$

466,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-158

SINCRONISMO REF:4303256/7

2

$

438,000

$

-

CV-159

SOPORTE CAUCHO CARDAN PRINCIPAL

2

$

77,750

$

-

CV-160

SPEED Y CORONA - REF: 743 DT 466

3

$

2,800,000

$

-

CV-161

SPEED Y CORONA - DT 530

1

$

3,250,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-162

TAPA PROPULSOR

3

$

117,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-163

TAPON DIFERENCIAL - (TAPON TRANSMISION)

5

$

9,602

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-164

TOMA FUERZA CHELSEA 489X1 AHZ 45 XK - 8 HUECOS

2

$

1,800,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-165

VALVULA ACCIONAMIENTO TOMAFUERZA EN TABLERO REF:328388-37X

5

$

238,875

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-166

VIGA TRANSVERSAL (PUENTE) CHASIS 4700 REF:1664608C3

2

$

531,550

$

-

Homologado(OEM Part)

$

-

CV-167 CV-168 CV-169 CV-170 CV-171 CV-172 CV-173 CV-174 CV-175 CV-176 CV-177 CV-178 CV-179

BALANCEO CARDANES CALIBRACION REGLAJE PALANCA CAJA VELOCIDADES CAMBIO BAJO DE AIRE CAMBIO BOTELLA Y CRUCETA DELANTERA CARDAN CORTO CAMBIO CABECEVACA CAJA CAMBIOS CAMBIO CONJUNTO ESPIGA Y BOTELLA A CARDAN PRINCIPAL CAMBIO CRUCETA CARDAN PRINCIPAL CAMBIO DE RETENEDOR DEL DIVISOR DE POTENCIA CAMBIO EMPAQUE Y RETEN TOMA FUERZA CAMBIO FLANCHE CARDAN CORTO CAMBIO FLANGE INTERMEDIO CARDAN PRINCIPAL CAMBIO GUARDAPOLVO SUPERIOR PALANCA CAMBIOS CAMBIO GUAYA BOMBA LEVANTE VOLCO

Pรกgina 49 de 86

MANO DE OBRA TRANSMISIร N 4 $ 46,500 5

$

59,000

$

-

3

$

41,000

$

-

4

$

61,500

$

-

5

$

119,000

$

-

6

$

95,000

$

-

23

$

55,000

$

-

1

$

65,000

$

-

5

$

30,750

$

-

6

$

75,000

$

-

2

$

60,000

$

-

7

$

25,625

$

-

2

$

30,000

$

-

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


CV-180 CV-181

CAMBIO GUAYA VELOCIMETRO CAMBIO KIT CAUCHO CARDAN CAMBIO MANGUERA SINFLEX SISTEMA DOBLE PERA PALANCA

2 66

$ $

51,500 56,500

$ $

-

3

$

22,500

$

-

CV-183

CAMBIO PERA PALANCA CAMBIOS

9

$

27,500

$

-

CV-184

CAMBIO PUENTE CHASIS - PARTE INTERMEDIA ( DONDE VA EL CAUCHO CARDAN)

2

$

72,000

$

-

CV-185

CAMBIO RESORTES TAPA CAJA VELOCIDADES

2

$

20,500

$

-

CV-186

CAMBIO RETENEDOR DE CAJA DE VELOCIDADES

9

$

56,500

$

-

CV-187

CAMBIO RETENEDOR DIFERENCIAL TRASERA TRASERA

6

$

80,000

$

-

CV-188

CAMBIO RETENEDOR DIVISOR 1er DIFERENCIAL

2

$

80,000

$

-

2

$

47,500

$

-

2

$

75,000

$

-

CV-182

CV-189 CV-190

CAMBIO RETENEDOR FLANCHE CAJA VELOCIDADES CAMBIO RETENEDOR SPEED 1er DIFERENCIAL

CV-191

CAMBIO RETENEDOR Y TUERCA EJE SALIDA DIFERENCIAL DELANTERA / TRASERA

4

$

61,500

$

-

CV-192

CAMBIO VALVULA ACCIONAMIENTO TOMAFUERZA EN TABLERO

9

$

52,500

$

-

CV-193

CORREGIR FUGA AIRE POR RACORES PERA PALANCA CAMBIOS

7

$

25,000

$

-

CV-194

CORREGIR FUGA AIRE POR VALVULA SELECTORA

7

$

30,000

$

-

CV-195

DESMONTAJE Y MONTAJE DIFERENCIAL DELANTERA

8

$

150,000

$

-

CV-196

DESMONTAJE Y MONTAJE PALANCA DE CAMBIOS

7

$

40,000

$

-

7

$

32,500

$

-

1

$

61,500

$

-

CV-197 CV-198

DESMONTAJE Y MONTAJE VALVULA ANTIPATINAJE DESMONTAR MONTAR TOMAFUERZA

CV-199

EMPACAR EJE DIFERENCIAL TRASERA / TRASERA

4

$

62,500

$

-

CV-200

EMPACAR PALANCA CAMBIOS

6

$

30,750

$

-

CV-201

EMPACAR TAPA TRASERA CAJA VELOCIDADES

2

$

115,000

$

-

21 4

$ $

30,750 30,750

$ $

-

2

$

46,500

$

-

5

$

62,500

$

-

CV-202 CV-203 CV-204 CV-205

EMPACAR TOMA FUERZA EMPACAR VALVULA SELECTORA HORA DE TECNICO CALIFICADO EN REPARACIONES DE TRANSMISION MONTAJE TAPA CAJA VELOCIDADES

Pรกgina 50 de 86


REPUESTOS CLUTCH O EMBRAGUE E01

DISCO DE CLUTCH ALTO (NUEVO)

12

330,000

$

-

Homologado(OEM Part)

E02

DISCO DE CLUTCH ALTO (REMANUFACTURADO ENTACONADO)

15

170,625

$

-

Homologado(OEM Part)

E03

DISCO DE CLUTH BAJO (NUEVO)

15

330,000

$

-

Homologado(OEM Part)

E04

DISCO DE CLUTCH BAJO (REMANUFACTURADO ENTACONADO)

15

170,625

$

-

Homologado(OEM Part)

E05

PIZARRA DE EMBRAGUE

15

146,250

$

-

Homologado(OEM Part)

E06

DISCO SEPARADOR COMPLETO

15

273,000

$

-

Homologado(OEM Part)

E07

DISCO SEPARADOR SIN ARO

15

156,000

$

-

E08

VOLANTE

5

828,750

$

-

E09

RODILLO DE VOLANTE

15

17,050

$

-

E10

DISCO AUXILIAR DE CLUTCH

12

77,025

$

-

Homologado(OEM Part)

E11

RODILLO DE CLUTCH

12

81,550

$

-

Homologado(OEM Part)

E12

TRAPECIO DE CLUTCH

4

87,750

$

-

Homologado(OEM Part)

E13

PASADORES DE TRAPECIO DE CLUCTH

12

9,750

$

-

E14

EMBRAGUE COMPLETO NUEVO

12

731,250

$

-

E15

PEDAL DE CLUTCH

4

92,625

$

-

E16

VARILLA DE CLUTCH

8

58,500

$

-

Homologado(OEM Part)

E17

ARAร A DEL EMBRAGUE

5

43,375

$

-

Homologado(OEM Part)

E18

CARCAZA DEL EMBRAGUE

3

170,000

$

-

Homologado(OEM Part)

E19

HORQUILLA DE CLUTCH

4

131,500

$

-

E20

RATCHET DE AJUSTE PRENSA

15

87,750

$

-

E21

EMBRAGUE REMANUFACTURADO

2

175,500

$

-

E22

PASADORES VARILLA DE CLUCHT INTER

25

9,750

$

-

Pรกgina 51 de 86

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


E23

PASADORES DE TRAPECIO DE CLUCHTINTER

15

9,750

$

-

Homologado(OEM Part)

E24

TORNILLOS DE CABECEVACA INTER

40

3,900

$

-

Homologado(OEM Part)

E25

PASADOR CORTO CABECEVACA INTER

30

43,875

$

-

Homologado(OEM Part)

E26

BIELA DE CLUTCH

8

78,000

$

-

Homologado(OEM Part)

$

-

$

-

$

-

$

-

$

-

E27 E28 E29 E30 E31

MANO DE OBRA CLUTCH O EMBRAGUE CAMBIAR BIELA DE CLUTCH 8 51,250 CAMBIAR PASADOR DE CABEZA DE 30 10,250 VACA CAMBIAR PASADORES DE TRAPECIO 8 20,500 CAMBIAR PASADORES DE VARILLA DE 15 15,375 CLUCHT INTER CAMBIAR VARILLA DE CLUTCH 15 15,375

E32

CAMBIO RATCHE AJUSTE DE PRENSAINTER

30

70,000

$

-

E33

DESMONTAR Y MONTAR CLUTCH (INCLUYE DESMONTE/MONTAJE DE CAJA DE VELOCIDADES)

15

140,000

$

-

4

46,500

$

-

E34 E35

HORA DE TECNICO CALIFICADO EN REPARACIONES DE CLUTCH MAQUINADA HORQUILLA DE CLUTCH

30

35,000

$

-

E36

RECTIFICADA DE PIZARRA DE EMBRAGUE

5

30,000

$

-

E37 E38 E39

RECTIFICADA DE VOLANTE RECTIFICAR DISCO SEPARADOR REPARAR TRAPECIO DE CLUTCH

15 8 4

$ $ $ $ $ $

-

50,000 30,750 102,500 SUBTOTAL IVA TOTAL

-

GARANTÍA EXIGIDA: 6 MESES OEM: Original equipment manufacturer parts

NOTA 1: EL PROPONENTE DEBERÁ TENER EN CUENTA QUE AL COTIZAR EL COSTO DE LA MANO DE OBRA DE CUALQUIER REPARACIÓN, DESCRITA EN EL ANEXO NO. 4 “CUADROS DE COTIZACIÓN”, DEBERÁ INCLUIR TODAS LAS ACTIVIDADES DE DESMONTAJE Y MONTAJE DE PIEZAS, QUE SE ENCUENTRAN IMPLÍCITAS EN DICHA REPARACIÓN, POR LO ANTERIOR, NO SE RECONOCERÁ NINGÚN COSTO ADICIONAL POR ACTIVIDADES INMERSAS DENTRO DE LA ACTIVIDAD A EJECUTAR.

NOTA 2: EL VALOR COTIZADO PARA CADA ITEM NO DEBE SUPERAR EL VALOR DEL PRESUPUESTO UNITARIO OFICIAL.

Página 52 de 86


ANEXO No. 4-CUADRO No. 2CAMIONES RECOLECTORES KENWORTH T300 DOBLETOQUE Y SENCILLOS MODELOS 2005, 2007 Y 2009

DESCRIPCIÓN

CÓDIGO

PRESUPUESTO UNITARIO CANTIDAD OFICIAL ESTIMADA (ANTES DE IVA)

VALOR UNITARIO ANTES DE IVA

VALOR TOTAL MARCA REQUERIDA (ANTES DE IVA)

REPUESTOS TRANSMISIÓN CV-206

BOTELLA CARDAN CORTO

6

452,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-207

BUJE PALANCA DE CAMBIOS

3

70,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-208

CILINDRO ACCIONADOR DEL SISTEMA ANTIPATINAJE

4

306,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-209

CRUCETA CARDAN CORTO

6

164,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-210

CRUCETA CARDAN PRINCIPAL

8

170,000

$

-

CV-211

EJE ESTRIADO DE TOMAFUERZA

5

370,500

$

-

CV-212

EMPAQUE TOMAFUERZA

7

29,535

$

-

CV-213

ESCUALIZACIÓN

3

1,215,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-214

ESPIGA CARDAN CORTO

6

430,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-215

GUARDAPOLVO PALANCA

3

85,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-216

JUEGO ARANDELAS DE AJUSTE

3

193,000

$

-

CV-217

MANGUERA MULTIPLICADORA

4

39,000

$

-

CV-218

PINES DEL DESPLAZABLE

1

14,625

$

-

CV-219

PIÑON 3RA DESPLAZABLE

1

530,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-220

PIÑON 3RA TRENFIJO

3

500,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-221

PIÑON 5TA TRENFIJO

1

540,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-222

PISTON ANTIPATINAJE

5

234,000

$

-

CV-223

PORTA ESCUALIZACIÓN PORTA CORONA COMPLETO (RMF)

3

2,725,000

$

-

CV-224

PROPULSOR

2

457,500

$

-

Página 53 de 86

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


CV-225

RETENEDOR SPEDD DE LA DIFERENCIAL

4

197,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-226

RODILLO PILOTO

5

182,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-227

RODILLOS TOMAFUERZA

7

47,256

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-228

SPEED Y CORONA

5

4,275,000

$

-

CV-229

TAPA PROPULSOR

3

190,000

$

-

CV-230

TAPON DE LLENADO

5

34,458

$

-

CV-231

TRENFIJO

6

926,250

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-232

TUERCA YOKY

4

39,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-233

YOKY MEDIA CAJA

4

438,000

$

-

Homologado(OEM Part)

MANO DE OBRA TRANSMISIÓN CV-234 CV-235 CV-236 CV-237 CV-238 CV-239 CV-240 CV-241 CV-242 CV-243 CV-244 CV-245 CV-246 CV-247 CV-248 CV-249 CV-250

AJUSTE DE DIFERENCIAL "INCLUYE DESMONTE Y MONTAJE" CAMBIO BOTELLA CARDAN CORTO CAMBIO BUJE PALANCA DE CAMBIOS CAMBIO CILINDRO SISTEMA ANTIPATINAJE CAMBIO CRUCETA CARAN CORTO CAMBIO DE PERA FULLER "PALANCA DE CAMBIOS" CAMBIO DE TAPA LATERAL DE VALVULA MULTIPLICADORA EN TRANSMISION CAMBIO ESPIGA CARDAN CORTO CAMBIO GUARDAPOLVO PALANCA CAMBIO MANGUERA MULTIPLICADORA CAMBIO PISTON ANTIPATINAJE CAMBIO RETEN SPEED DE LA DIFERENCIAL CAMBIO TUERCA Y YOKY DE CAJA DESMONTE DE TOMAFUERZA PARA CAMBIO EMPAQUETADURA DESMONTE TOMAFUERZA PARA REPARACIÓN DESMONTE Y MONTE CABECEVACA MOTOR DESMONTE Y MONTE CAJA VELOCIDADES

Página 54 de 86

1

199,250

$

-

6

65,000

$

-

6

98,500

$

-

5

36,000

$

-

5

47,500

$

-

1

25,625

$

-

1

41,000

$

-

6 6

80,000 22,500

$ $

-

7

20,000

$

-

8

31,000

$

-

8

85,000

$

-

4

52,500

$

-

3

60,000

$

-

9

90,000

$

-

4

102,500

$

-

8

140,000

$

-

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


CV-251

EMPACAR TAPA DEL SPEED POR FUGA DE ACEITE

1

30,750

$

-

CV-252

EXTRACCIÓN Y RECTIFICADA ROSCAS EN BOTELLA DE CARDAN

4

39,485

$

-

CV-253

HORA DE TECNICO CALIFICADO EN REPARACIONES DE TRANSMISION

1

46,500

$

-

CV-254

SERVICIO DE PRENSA HIDRAULICA PARA DESMONTAR PIÑON

4

65,000

$

-

REPUESTOS CLUTCH O EMBRAGUE E40

CREMALLERA DE VOLANTEKENWORTH 2009/2007

5

273,000

$

-

Homologado(OEM Part)

E41

DISCO DE CLUTCH ALTO (NUEVO) KW 2009/2007

7

316,750

$

-

Homologado(OEM Part)

E42

DISCO DE CLUTCH BAJO (NUEVO) KW 2009/2007

3

316,750

$

-

Homologado(OEM Part)

E43

DISCO SEPARADOR COMPLETO KW 2009/2007

12

273,000

$

-

Homologado(OEM Part)

E44

EMBRAGUE COMPLETO

10

731,250

$

-

E45

RACHE TENSOR DE CLUTCH

12

87,750

$

-

E46

RODILLO DE CLUTCH KW 2009/2007

10

81,550

$

-

E47

ROTULA DE TRAPECIO DE PEDAL DE EMBRAGUE

14

29,375

$

-

Homologado(OEM Part)

E48

TERMINAL VARILLA DE CLUTCH KW 2009/2007

10

26,875

$

-

Homologado(OEM Part)

MANO DE OBRA CLUTCH O EMBRAGUE E49 E50 E51 E52 E53

CAMBIAR PASADOR DE CABEZA DE VACA CAMBIAR PASADORES DE TRAPECIO CAMBIAR RACHE TENSOR DEL CLUTCH CAMBIAR ROTULA DE TRAPECIO DE PEDAL DE EMBRAGUE CAMBIAR VARILLA DE CLUTCH

2

10,250

$

-

18

20,000

$

-

12

20,625

$

-

14

25,375

$

-

13

15,375

$

-

E54

DESMONTAR Y MONTAR CLUTCH (INCLUYE BAJADA DE CAJA DE VELOCIDADES)

4

140,000

$

-

E55

MAQUINADA HORQUILLA DE CLUTCH

5

35,000

$

-

4

25,000

$

-

4 5 3

45,000 30,000 72,500

$ $ $

-

E56 E57 E58 E59

RECTIFICADA DE PIZARRA DE EMBRAGUE RECTIFICADA DE VOLANTE RECTIFICAR DISCO SEPARADOR REPARAR TRAPECIO DE CLUTCH

Página 55 de 86

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


E60

HORA DE TECNICO CALIFICADO EN REPARACIONES DE CLUTCH

40

46,500 SUBTOTAL IVA TOTAL

$ $ $ $

-

GARANTÍA EXIGIDA: 6 MESES OEM: Original equipment manufacturer parts

NOTA 1: EL PROPONENTE DEBERÁ TENER EN CUENTA QUE AL COTIZAR EL COSTO DE LA MANO DE OBRA DE CUALQUIER REPARACIÓN, DESCRITA EN EL ANEXO NO. 4 “CUADROS DE COTIZACIÓN”, DEBERÁ INCLUIR TODAS LAS ACTIVIDADES DE DESMONTAJE Y MONTAJE DE PIEZAS, QUE SE ENCUENTRAN IMPLÍCITAS EN DICHA REPARACIÓN, POR LO ANTERIOR, NO SE RECONOCERÁ NINGÚN COSTO ADICIONAL POR ACTIVIDADES INMERSAS DENTRO DE LA ACTIVIDAD A EJECUTAR. NOTA 2: EL VALOR COTIZADO PARA CADA ITEM NO DEBE SUPERAR EL VALOR DEL PRESUPUESTO UNITARIO OFICIAL.

Página 56 de 86


ANEXO No.4-CUADRO No.3CAMIONES RECOLECTORES MACK FRONTAL E7 300 MOD 1998

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

PRESUPUESTO CANTIDAD UNITARIO ESTIMADA OFICIAL (ANTES DE IVA)

VALOR UNITARIO ANTES DE IVA

VALOR TOTAL (ANTES DE IVA)

MARCA REQUERIDA

REPUESTOS TRANSMISION Homologado(OEM Part)

CV-255

ARANDELA FLANCHE DIFERENCIALES

1

58,500

$

-

CV-256

BUJES DE REGLAJE CAJA VELOCIDADES

3

48,750

$

-

CV-257

CHAPETA CARDAN DIFERENCIALES

1

29,250

$

-

CV-258

CRUCETA CARDAN 7"

3

175,500

$

-

CV-259

EMPAQUETADURA CAJA

1

39,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-260

EMPAQUETADURA VALVULA MULTIPLICADORA - TRASERA - MACK

4

39,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-261

ESPIGA CARDAN DIFERENCIALES

2

370,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-262

ESPIGA CARDAN PRINCIPAL

2

370,500

$

-

CV-263

FLANCHE CARDAN PRINCIPAL

4

419,250

$

-

CV-264

FLANCHE DIFERENCIAL DELANTERA REF:10000685994

4

409,500

$

-

CV-265

FLANGE BRIDA CON CRUCETA REF:S1310

3

243,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-266

KIT CAUCHO CARDAN REF:210661-LXUSA

2

175,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-267

PERA PALANCA CAMBIOS FULLER NUEVA-FRONTAL

3

533,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-268

PIÑON DOBLE 4ta Y 5ta REF:1000680828

1

819,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-269

RETENEDOR FLANCHE CAJA VELOCIDADES MACK - REF: 41599

5

87,750

$

-

CV-270

SOPORTE CAUCHO CARDAN

5

42,250

$

-

CV-271

TAPA ACOPLE CON BOMBA HIDRAULICA REF:C21P-4417G

1

234,000

$

-

$

-

MANO DE OBRA TRANSMISION CV-272

CALIBRACION REGLAJE CAJA VELOCIDADES

Página 57 de 86

6

27,500

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


CV-273 CV-274 CV-275 CV-276

CAMBIO CRUCETA CARDAN PRINCIPAL DELANTERA CAMBIO CRUCETA DEFERENCIAL DELANTERA - Cardan ppal trasero CAMBIO KIT CAUCHO CARDAN CAMBIO SOPORTE TRASERO CAJA VELOCIDADES - C/U

6

60,000

$

-

1

60,000

$

-

4

46,250

$

-

7

71,500

$

-

CV-277

DESMONTAJE Y MONTAJE CONJUNTO CARDAN PRINCIPAL CON CAUCHO CENTRAL

8

75,000

$

-

CV-278

EMPACAR EMBOLO VALVULA MULTIPLICADORA - PARTE TRASERA

4

50,000

$

-

CV-279

EMPACAR TAPAS LATERALES CAJA VELOCIDADES

5

120,000

$

-

1

46,500

$

-

5

410,000

$

-

6

80,000

$

-

CV-280 CV-281 CV-282

HORA DE TECNICO CALIFICADO EN REPARACIONES DE TRANSMISION REPARACION CAJA VELOCIDADES REPARACION SISTEMA PALANCA CAMBIOS

REPUESTOS CLUTCH O EMBRAGUE E61

DISCO AUXILIAR DE CLUTCH

3

82,750

$

-

Homologado(OEM Part)

E62

DISCO DE CLUTCH ALTO

4

409,500

$

-

Homologado(OEM Part)

E63

DISCO DE CLUTCH BAJO

3

409,500

$

-

E64

DISCO SEPARADOR COMPLETO

4

273,000

$

-

E65

EMBRAGUE COMPLETO NUEVO

3

877,500

$

-

E66

EMBRAGUE REMANUFACTURADO

4

292,500

$

-

Homologado(OEM Part)

E67

GUAYA DE CLUTCH

1

175,500

$

-

Homologado(OEM Part)

E68

HORQUILLA DE CLUTC

1

141,000

$

-

Homologado(OEM Part)

E69

PIZARRA EMBRAGUE

4

160,750

$

-

E70

PRENSA

4

731,250

$

-

E71

RODILLO DE CLUTCH

1

117,000

$

-

E72

RODILLO DE VOLANTE

4

27,500

$

-

Homologado(OEM Part)

E73

VOLANTE NUEVA

1

1,051,250

$

-

Homologado(OEM Part)

MANO DE OBRA CLUTCH O EMBRAGUE Pรกgina 58 de 86

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


E74 E75 E76 E77 E78 E79 E80 E81

DESMONTAR Y MONTAR CLUTCH (INCLUYE BAJADA DE CAJA DE VELOCIDADES) RECTIFICAR DISCO SEPARADOR RECTIFICADA DE PIZARRA EMBRAGUE CAMBIO DE PASADORES DE CABEZA DE VACA CAMBIAR GUAYA DE CLUTCH RECTIFICADA DE VOLANTE MAQUINADA HORQUILLA DE CLUTCH HORA DE TECNICO CALIFICADO EN REPARACIONES DE CLUTCH

1

200,000

$

-

3 2

30,750 30,750

$ $

-

4

27,500

$

-

2 1 4

30,750 55,000 40,000

$ $ $

-

12

46,500

$

-

SUBTOTAL IVA TOTAL

$ $ $

-

GARANTÍA EXIGIDA: 6 MESES OEM: Original equipment manufacturer parts NOTA 1: EL PROPONENTE DEBERÁ TENER EN CUENTA QUE AL COTIZAR EL COSTO DE LA MANO DE OBRA DE CUALQUIER REPARACIÓN, DESCRITA EN EL ANEXO NO. 4 “CUADROS DE COTIZACIÓN”, DEBERÁ INCLUIR TODAS LAS ACTIVIDADES DE DESMONTAJE Y MONTAJE DE PIEZAS, QUE SE ENCUENTRAN IMPLÍCITAS EN DICHA REPARACIÓN, POR LO ANTERIOR, NO SE RECONOCERÁ NINGÚN COSTO ADICIONAL POR ACTIVIDADES INMERSAS DENTRO DE LA ACTIVIDAD A EJECUTAR. NOTA 2: EL VALOR COTIZADO PARA CADA ITEM NO DEBE SUPERAR EL VALOR DEL PRESUPUESTO UNITARIO OFICIAL.

Página 59 de 86


ANEXO No.4-CUADRO No.4CAMIONES RECOLECTORES CHEVROLET NPR TURBO MOD 1998

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

PRESUPUESTO UNITARIO CANTIDAD OFICIAL ESTIMADA (ANTES DE IVA)

VALOR UNITARIO ANTES DE IVA

VALOR TOTAL (ANTES DE IVA)

MARCA REQUERIDA

REPUESTOS TRANSMISION CV-283

ARANDELA SINCRONISMO

2

123,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-284

BRONCE SINCRONISMO 1A Y REVERSA 97-2004 REF:8970617520 - C/U

1

156,775

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-285

BRONCE SINCRONISMO 1A-2A 97-89 REF:8970746193 - C/U

3

91,875

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-286

BRONCE SINCRONISMO 3a-4a REF:8941287752 - C/U

3

87,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-287

BUJE PALANCA CAMBIOS - NPR

3

24,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-288

CAJA VELOCIDADES REMANUFACTURADA - ORIGINAL REF:----

2

3,900,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-289

CHAPETA CRUCETA NPR

1

11,300

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-290

CRUCETA CARDAN - NPR

1

22,700

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-291

CRUCETA ESCUALIZACION REF:1415210350

2

151,275

$

-

Homologado(OEM Part)

2

13,250

$

-

2

13,250

$

-

CV-292 CV-293

CUÑAS SINCRONISMO 1a- REVERSA REF:9332636130 - C/U CUÑAS SINCRONISMO 2A-3A-4A-5A NPR REF:5332630010 - C/U

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

CV-294

EJE ESTRIADO DEL TOMAFUERZA - NPR REF:2P283

3

415,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-295

EMPAQUETADURA CAJA DE VELOCIDADES

1

51,375

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-296

EMPAQUETADURA TOMAFUERZA - NPR

3

26,750

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-297

ESPIGA CARDAN -NPR

2

120,800

$

-

CV-298

GUARDAPOLVO TAPA PALANCA FULLER

2

51,375

$

-

CV-299

GUAYA SELECTORA CAMBIOS - NPR

1

177,225

$

-

CV-300

GUAYA TOMAFUERZA - NPR

2

126,500

$

-

Página 60 de 86

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


CV-301

KIT CAUCHO CARDAN CENTRO - NPR REF:901020

2

76,375

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-302

KIT PALANCA CAMBIOS

2

91,375

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-303

PIN BRONCE 2A-3A CORREDIZO REF:8941515240-185 - C/U

4

14,700

$

-

Homologado(OEM Part)

5

524,900

$

-

1

1,093,735

$

-

6

491,750

$

-

CV-304 CV-305 CV-306

PIÑON 1ra EJE CORREDIZO 45 D 94-2004 REF:89708771A43 PIÑON GRANDE TOMAFUERZA - NPR REF:953 PIÑON PEQUEÑO TOMAFUERZA - NPR REF:725

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

CV-307

PROPULSOR-NPR

2

739,000

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-308

RETEN TRASERO CAJA VELOCIDADES NPR REF:8972572960

4

21,050

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-309

RETENEDOR CAJA PROPULSOR - NPR

5

21,050

$

-

Homologado(OEM Part)

3

26,050

$

-

4

21,050

$

-

CV-310 CV-311

RETENEDOR FLANCHE CAJA PARTE TRASERA - NPR RETENEDOR TAPA PROPULSOR NPR REF: 8970173500

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

CV-312

RODILLO CAJA - NPR - (AGUJAS)

2

123,250

$

-

CV-313

RODILLO PILOTO NPR REF:P27-6

2

120,550

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-314

ROTULA DE PALANCA DE CAMBIOS-NPR

1

36,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-315

SATELITE NPR REF: 8970470982

1

212,500

$

-

Homologado(OEM Part)

4

44,250

$

-

4

1,042,125

$

-

2

131,500

$

-

CV-316 CV-317 CV-318

SEPARADOR SPEED NPR REF: 89704700970 SPPED Y CORONA NPR - REF: 8970470921-EU TAPA PRINCIPAL DE TOMAFUERZA (ALOJAMIENTO DE BIELA)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

CV-319

TAPA LATERAL TOMAFUERZA – NPR.

4

126,500

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-320

TAPON RESPIRADERO CAJA SPICER REF:4614

3

24,375

$

-

Homologado(OEM Part)

CV-321

CALIBRACION Y REGLAJE GUAYA TOMAFUERZA

3

25,000

$

-

CV-322

CALIBRAR REGLAJE GUAYA PALANCA CAMBIOS

2

27,500

$

-

CV-323

CAMBIO BUJE GUAYA CAMBIOS

12

25,500

$

-

MANO DE OBRA TRANSMISION

Página 61 de 86


CV-324

CAMBIO BUJES PALANCA CAMBIOS - NPR

7

32,500

$

-

CV-325

CAMBIO CARCAZA DE SUJECION DE BOMBA HIDRAULICA AL TOMAFUERZA

4

41,000

$

-

CV-326

CAMBIO CRUCETA DELANTERA CARDAN NPR

5

37,500

$

-

9

37,500

$

-

5

30,000

$

-

6 10

26,500 47,500

$ $

-

2

50,000

$

-

2

52,500

$

-

7 9

45,000 46,250

$ $

-

6

17,500

$

-

CV-327 CV-328 CV-329 CV-330 CV-331 CV-332 CV-333 CV-334 CV-335

CAMBIO CRUCETA INTERMEDIA CARDAN PRINCIPAL CAMBIO GUAYA SELECTORA CAMBIOS PARTE SUPERIOR - NPR CAMBIO GUAYA TOMAFUERZA - NPR CAMBIO KIT CAUCHO CARDAN - NPR CAMBIO RETENEDOR FLANCHE CAJA VELOCIDADES - TRASERO CAMBIO RETENEDOR PROPULSOR CAJA VELOCIDADES EMBUJAR PALANCA DE CAMBIOS EMPACAR TOMA FUERZA - NPR EXTRACCION ESPARRAGO BOCIN (EJE) C/U

CV-336

EXTRACCION ESPARRAGO BOCIN (EJE) - Y RECTIFICAR ROSCAS C/U

6

20,625

$

-

CV-337

EXTRACCION Y RECTIFICADA TORNILLOS TAPA TOMAFUERZA - C/U

6

20,000

$

-

CV-338

HORA DE TECNICO CALIFICADO EN REPARACIONES DE TRANSMISION

20

46,500

$

-

$

-

$

-

$ $

-

CV-339 CV-340 CV-341 CV-342

INSTALACIテ誰 ROTULA DE PALANCAS DE 6 15,500 CAMBIOS-NPR REMOCION Y MONTAJE CAJA 2 140,000 VELOCIDADES REPARACION CAJA VELOCIDADES - NPR 2 307,500 REPARACION TOMAFUERZA 19 62,206 REPUESTOS CLUTCH O EMBRAGUE

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

E82

BOMBA AUXILIAR DE CLUTCH

2

72,750

$

-

E83

BOMBA PRINCIPAL DE CLUTCH

3

116,250

$

-

E84

DISCO DE CLUTCH

2

214,500

$

-

Homologado(OEM Part)

E85

EMBRAGUE COMPLETO NUEVO PARA CHEVROLET NPR

1

477,750

$

-

Homologado(OEM Part)

E86

EMPAQUETADURA DE BOMBA AUXILIAR

3

34,125

$

-

Homologado(OEM Part)

E87

LIQUIDO DE FRENOS 1/4

2

9,750

$

-

E88

PORTA RODILLO

5

48,750

$

-

Pテ。gina 62 de 86

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)


E89

PRENSA RMF-NPR

5

175,500

$

-

Homologado(OEM Part)

E90

RODILLO DE CLUTCH

5

111,250

$

-

Homologado(OEM Part)

E91

RODILLO DE VOLANTE

5

21,050

$

-

Homologado(OEM Part)

E92

VARILLA DE CLUCHT-NPR

5

11,700

$

-

E93

VOLANTE NUEVA

2

720,000

$

-

E94

DESMONTAR Y MONTAR CLUTCH (INCLUYE BAJADA DE CAJA DE VELOCIDADES)

Homologado(OEM Part) Homologado(OEM Part)

MANO DE OBRA CLUTCH O EMBRAGUE

E95 E96 E97

REPARAR BOMBA DE CLUTCH RECTIFICADA DE VOLANTE CAMBIO BOMBA AUXILIAR DE CLUCHT NPR

4

133,250

$

-

2 4

20,000 30,000

$ $

-

6

20,000

$

-

E98

CAMBIO BOMBA PRINCIPAL DE CLUCHT NUEVA NPR

2

30,000

$

-

E99

HORA DE TECNICO CALIFICADO EN REPARACIONES DE CLUTCH

12

55,000

$

-

$ $ $

-

SUBTOTAL IVA TOTAL

-

GARANTÍA EXIGIDA: 6 MESES OEM: Original equipment manufacturer parts

NOTA 1: EL PROPONENTE DEBERÁ TENER EN CUENTA QUE AL COTIZAR EL COSTO DE LA MANO DE OBRA DE CUALQUIER REPARACIÓN, DESCRITA EN EL ANEXO NO. 4 “CUADROS DE COTIZACIÓN”, DEBERÁ INCLUIR TODAS LAS ACTIVIDADES DE DESMONTAJE Y MONTAJE DE PIEZAS, QUE SE ENCUENTRAN IMPLÍCITAS EN DICHA REPARACIÓN, POR LO ANTERIOR, NO SE RECONOCERÁ NINGÚN COSTO ADICIONAL POR ACTIVIDADES INMERSAS DENTRO DE LA ACTIVIDAD A EJECUTAR.

NOTA 2: EL VALOR COTIZADO PARA CADA ITEM NO DEBE SUPERAR EL VALOR DEL PRESUPUESTO UNITARIO OFICIAL.

Página 63 de 86


ANEXO No.4-CUADRO No.5MANO DE OBRA VARIOS (RECARGOS Y DOMICILIOS) PARA TODOS LOS VEHÍCULOS DESCRIPCIÓN CÓDIGO DOMICILIOS POR CORRECTIVOS:

DCVE001

HASTA INSTALACIONES DE MANTENIMIENTO Y OPERACIONES DE ASEO EMVARIAS: CALLE 111 B # 64-92

DCVE002

DESVARE EN CORRERÍA EN MEDELLÍN Y SUS CINCO CORREGIMIENTOS

DCVE003

HASTA ANTES DEL PEAJITO SOCIAL EN NAVARRA Y SUS ALREDEDORES

DCVE004

HASTA ANTES DEL PEAJE EN EL TRAPICHE Y SUS ALREDEDORES

DCVE005

HASTA BARBOSA Y SUS ALREDEDORES

DCVE006

HASTA EL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL PARQUE AMBIENTAL LA PRADERA.

PRESUPUESTO OFICIAL CANTIDAD CANTIDAD UNITARIO DIURNO NOCTURNO (ANTES DE IVA)

VALOR UNITARIO (ANTES DE IVA)

VALOR TOTAL (ANTES DE IVA)

NO COBRO

NO COBRO

NO COBRO

NO COBRO

NO COBRO

NO COBRO

NO COBRO

NO COBRO

NO COBRO

NO COBRO

8 7 4 4 10 4 5 4 2 4

51,250

$

-

51,250

$

-

71,750

$

-

71,750

$

-

71,750

$

-

71,750

$

-

82,000

$

-

82,000

$

-

133,250

$

-

133,250

$

-

SUBTOTAL IVA TOTAL

$ $ $

-

NOTA 2: PARA EL CÓDIGO CV 352, CUANDO SE PRESENTE UN DOMICILIO POR CORRECTIVOS AL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL EL GUACAL, SE PAGARÁ EL MISMO PRECIO DEL DOMICILIO A PRADERA MENOS EL VALOR DE LOS PEAJES.

NOTA 2: EL VALOR COTIZADO PARA CADA ITEM NO DEBE SUPERAR EL VALOR DEL PRESUPUESTO UNITARIO OFICIAL.

Página 64 de 86


ANEXO No.5 PROCEDIMIENTO PARA LA FACTURACIÓN El contratista deberá anexar a su factura de venta, los siguientes documentos: 1.

Órdenes de Trabajo previamente firmadas por el supervisor del taller en coordinación con el Subdirector de Mantenimiento o personal profesional o técnico adscrito a la Subdirección de Mantenimiento, con el número de factura correspondiente en color rojo.

2.

Cotización de cada trabajo realizado con su respectivo Visto Bueno del Interventor/Supervisor del contrato.

3.

Formato de reintegro de repuestos cambiados debidamente diligenciado y firmado tanto por el Taller contratista como por La Empresa por personal de mantenimiento y por el Interventor o Supervisor del contrato, como constancia de recibido de los repuestos reintegrados. La descripción de los repuestos reintegrados debe coincidir con los repuestos cambiados y/o cotizados, excepto los elementos que se destruyen al desmontarse y los que no poseía el vehículo.

4.

La relación de los trabajos realizados, discriminando: El número de control, fecha y número de orden de trabajo de Empresas Varias de Medellín E.S.P., descripción de la reparación, cantidad, fecha y número de factura, valor con IVA.

5.

Copia del inventario con que ingresó y salió el vehículo y debidamente diligenciado (con nombre y firma).

6.

Mensualmente el contratista deberá presentar constancia de los aportes al sistema de seguridad social integral (salud, riesgos laborales y pensiones), y parafiscales en caso de estar obligado al pago de ellos, del personal que se encuentra participando en la ejecución del contrato.

7.

En cada factura de venta deberá ir anotado: El número de las órdenes de trabajo, el número de control del vehículo, las referencias, las cantidades, las descripciones correspondientes y exactas de lo que se realizó, los descuentos (si los hay), valores unitarios por descripción, valores subtotales, valor del IVA, valor total de la factura de venta. Cuando no sea posible anotar en la factura todos los datos referidos en este numeral, se podrá relacionar dicha información en el documento solicitado en el numeral 4 del presente anexo y adjuntarlo a la factura como un anexo.

8.

Las facturas deberán poseer fecha actualizada del día en que son entregadas.

9.

No se recibirán facturas con enmendaduras, tachones o realizadas a mano.

10.

Solo se aceptarán notas crédito como corrección de valores mayores cobrados en la facturación, en casos excepcionales.

11.

La devolución de las facturas se hará en forma escrita, informando los motivos. Dichos soportes Página 65 de 86


harán parte de la bitácora de la Interventoría del contrato. 12.

La Factura debe de ser a nombre de Empresas Varias de Medellín E.S.P., NIT 890.905.055-9, en original y dos (2) copias.

13.

Por ningún motivo se cancelarán mantenimientos que no hayan sido programados y aprobados mediante las respectivas órdenes de trabajo de La Empresa.

14.

La Empresa definirá una fecha límite mensual de presentación de facturas por efectos contables, la cual se avisará previamente al contratista. Es obligación del contratista ajustarse a las fechas de facturación definidas por la Empresa y en caso de incumplimiento será responsable de reconocer y pagar las sanciones e intereses moratorios que se puedan ocasionar a la Empresa en las declaraciones tributarias y demás obligaciones de ley a que haya lugar, los cuales serán descontados de cualquier saldo adeudado al contratista. En caso de que el contratista no tenga saldos a favor, deberá cancelar los valores liquidados por este concepto en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir del envío de la cuenta de cobro correspondiente.

15.

La Empresa no se hará responsable por las facturas devueltas, en los casos en que el contratista no cumpla con todos los requisitos exigidos.

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ANEXO No. 6 GARANTÍA DE LAS REPARACIONES DE LOS VEHÍCULOS Consiste en la obligación de realizar nuevamente las reparaciones de los sistemas intervenidos a cada vehículo a expensas del contratista por defectos de calidad de los repuestos utilizados, defectos en la mano de obra, falta de funcionalidad de la reparación (significa que el vehículo debe quedar operando en forma adecuada en cuanto a la reparación realizada), y por los daños colaterales causados por la(s) reparación(es) realizada(s). La garantía mínima solicitada para las reparaciones de todos los sistemas es la señalada en los cuadros del Anexo No. 4 de la presente invitación; adicionalmente, el contratista se obliga a: 1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

Los reemplazos de componentes y/o sistemas, que efectúe el contratista, en cumplimiento de la garantía comercial, deberán ser iguales en forma y en funcionamiento, conservando la originalidad del vehículo. Si el bien no admite reparación, se deberá proceder a su reposición. El contratista deberá efectuar gratuitamente las reparaciones en garantía previo informe originado en el Proceso de Mantenimiento, para lo cual se remitirá al contratista la orden de trabajo correspondiente a la solicitud de reparación. El tiempo de garantía en las reparaciones ejecutadas en cumplimiento del objeto contractual será contado a partir de la fecha de suscripción del Anexo No. 11 “Interventoría recibo de vehículo” por parte del Interventor/supervisor. Si durante el período de garantía de las reparaciones de los vehículos, alguno de éstos presentare fallas que ameriten su reemplazo o reparación y que sean atribuibles a defectos de diseño, mano de obra, mala fabricación o uso de materiales inapropiados, Empresas Varias de Medellín E.S.P. podrá solicitar al contratista el reemplazo a expensas de él, hasta entregar las reparaciones de los vehículos a satisfacción de La Empresa. Si se produce el cambio total de un producto por otro, el término de garantía empezará a correr nuevamente en su totalidad desde el momento de reposición, igualmente aplicará si se cambia una o varias piezas o partes del bien. Todos los insumos, fluidos y/o partes que se requieran para la reparación de un componente y/o sistema en garantía, deben ser suministrados por el contratista y no tendrán ningún costo para La Empresa. Para los casos que estime el contratista que no son objeto de garantía, deberá entregar un informe por escrito (anexando la cotización y el informe de Interventoría/Supervisión) donde explique técnicamente para el vehículo específico que tuvo la falla, las causas del daño, y adjuntando en caso de ser necesario los soportes de laboratorios, evidencias de mala operación, fotografías, etc., para lo cual, el Interventor/Supervisor en coordinación con el Subdirector de Mantenimiento de la Empresa, procederá a analizar lo expuesto y dará respuesta igualmente por escrito. Una vez realizado este procedimiento, no se revisará nuevamente la garantía. Para los casos en que existan dudas entre las partes o éstas no hayan llegado a un acuerdo, sobre la garantía comercial de la reparación, el contratista deberá proceder a reparar el vehículo inmediatamente, a fin de no afectar la prestación del servicio, mientras se levantan los informes respectivos y se toma una decisión definitiva. Tener en cuenta que de no cumplirse con la fecha y hora de entrega de las reparaciones, se aplicará el descuento acordado con el contratista en el Anexo No. 2 de la presente invitación. La atención de las garantías de las reparaciones, deberán acogerse a las condiciones de horarios de Página 67 de 86


9. 10. 11.

atención y en general a lo contenido en la presente invitación. Reclamaciones de la Empresa por deficientes servicios de mantenimiento en uno o varios vehículos, deberán ser atendidas por el contratista de manera inmediata y simultánea. En caso de que éstas “garantías” se deban hacer efectivas en un lugar externo a las instalaciones del contratista, éste deberá asumir todos los gastos en que incurra la entidad. En lo no previsto en el presente anexo se aplicará lo dispuesto en la Ley 1480 de 2011 por medio de la cual se expide el Estatuto del Consumidor y se dictan otras disposiciones.

__________________________________________________________________ FIRMA DEL PROPONENTE (PERSONA NATURAL O REPRESENTANTE LEGAL PERSONA JURÍDICA.

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ANEXO No 7 EVALUACION DE TALLERES CONTRATISTAS FECHA EVALUACIÓN: RAZÓN SOCIAL: DIRECCIÓN: TELEFONO: REPRESENTANTE LEGAL:

FACTOR A EVALUAR 1. Capacidad Locativa 2. Oficinas 3. Área cubierta 4. Pisos 5. Herramienta 6. Personal 1. Capacidad locativa Deben caber dentro de las instalaciones del taller 4 vehículos 3. Área Cubierta Debe tener una área cubierta para albergar como mínimo 3 vehículos. 5. Herramienta Debe poseer herramienta especializada, apropiada para cumplir con el objeto del contrato.

V°B° FUNCIONARIO DE EMVARIAS. Nombre:

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CUMPLE

NO CUMPLE

2. Oficinas Debe poseer por lo menos una oficina para las labores administrativas y de Interventoría de Emvarias. 4. Pisos Debe tener mínimo pisos en concreto o asfalto que aseguren la adecuada limpieza en las reparaciones de los vehículos. 6. Personal Debe tener el personal suficiente e idóneo en las actividades propias del objeto contractual para atender mínimo cuatro vehículos.


ANEXO No. 8 COTIZACIÓN DE ÓRDENES DE TRABAJO FECHA: Señores: EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. La siguiente es la cotización de los trabajos a realizar en el vehículo:

CÓDIGO INTERNO

REFERENCIA COMERCIAL

ITEM DE OT

N° de Control:

DESCRIPCION REPUESTOS CANTIDAD REFERENCIA MARCA

Orden de Trabajo:

VALOR UNITARIO

DESCUENTOS VALOR % TOTAL

SUBTOTAL SUBTOTAL SUBTOTAL SUBTOTAL SUBTOTAL GARANTÍA EN REPUESTOS: CÓDIGO INTERNO

CODIGO PROVEEDOR

Días ITEM DE OT

DESCRIPCIÓN MANO CANTIDAD DE OBRA HORAS

TOTAL REPUESTOS VALOR HORA

DESCUENTOS VALOR % TOTAL

SUBTOTAL SUBTOTAL SUBTOTAL SUBTOTAL SUBTOTAL GARANTÍA EN MANO DE OBRA:

TIEMPO DE ENTREGA DEL VEHÍCULO Días calendario:

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TOTAL MANO DE OBRA

TOTAL REPUESTOS TOTAL MANO DE OBRA TOTAL MANO OBRA Y RPTOS


VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN

IVA

Días calendario:

TOTAL TRABAJO A REALIZAR

TALLER: CONTRATO N°: FIRMA Y SELLO DEL TALLER CONTRATISTA: Observaciones:

FECHA:

03Sep10

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APROBÓ: A de BJ

CÓDIGO:

EEVVMFM0 REVISIÓN: 03 7


ANEXO No. 9 INVENTARIO DE VEHICULOS SUBDIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO INVENTARIO DE VEHÍCULOS TALLER EXTERNO: CONTROL: FECHA:

PIEZA

PLACA:

CANT ESTADO

ALETAS VENTILACION ANTENA COMUNICACIONES ANTENA PASACINTAS CAPO EMBLEMAS CAPO LICUADORA DELANTERA ESPEJOS Y LUNAS AUXILIARES EXTENSION CAPO DERECHA EXTENSION CAPO IZQUIERDA FAROLAS DELANTERAS TAPA BOCIN TAPA RADIADOR Y/O TANQUE TAPA TANQUE HDLICO DIRECCION VIDRIOS BOMPER CORNETAS PLUMILLAS RESTRICTOR DE AIRE RADIO DE COMUNICACIONES TAPA TANQUE DE COMBUSTIBLE TAPA TANQUE HDLICO COMPACTA TAPETES DE CABINA TOMAFUERZA BOMBA HIDRAULICA COMPACTA GUARDAPOLVOS DE RUEDAS

CANT ESTADO

PIEZA ACOPLE RAPIDO BAJO/MULTIPLICADOR BATERIAS CAJA HERRAMIENTAS CAMPANA DE ANUNCIO CARPA COJINERIA CONOS/TRIANGULOS ENCENDEDOR EQUIPO DE CARRETERA EXTINTOR LLAVE LIXIVIADO MALACATE MANGUERA CABINA MOFLE Y REJILLA PARLANTES PASACINTAS ALARMA DE REVERSA LICUADORA TRASERA LLANTAS STOP INFERIORES STOP SUPERIORES TARJETA DE PEAJE GPS REJILLA TANQUE COMB.

CONVENCIONES: B: BUENO, R: REGULAR, M: MALO, N: NO LO TIENE NIVEL TANQUE DE COMBUSTIBLE:

OBSERVACIONES: Página 72 de 86

0

1/4

1/2

¾

LLENO

LLENE CON UNA X


1ENTREGA CONDUCTOR: Nombre:

1RECIBE PERSONAL DE TALLER EXTERNO: Nombre:

Firma:

Firma sello: Cargo:

2ENTREGA PERSONAL DE TALLER EXTERNO: Nombre:

2RECIBE CONDUCTOR: Nombre:

Firma sello: Cargo:

Firma:

FECHA: 2011/04/01

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APROBÓ: OCARDENAS

CÓDIGO: EEVVMFM08

REVISIÓN: 02


ANEXO No. 10 PACTO DE TRANSPARENCIA Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo Municipal No. 65 de 2008 Del Concejo de Medellín Los proveedores, proponentes, contratistas y servidores públicos de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN ESP se comprometen a orientar la gestión del proceso de contratación con respeto a los principios de legalidad, transparencia y probidad. Con tal fin los proveedores, proponentes y contratistas se comprometen a no ofrecer ninguna clase de prebendas, beneficios o dádivas a los servidores de la Empresa, para que sean favorecidos en el proceso de selección y/o para flexibilizar el control de la interventoría durante la ejecución del contrato. Igualmente se comprometen a ejecutar el objeto del contrato de la manera que mejor satisfaga los intereses de la Entidad y de la comunidad. Por su parte, los servidores de la Empresa, incluyendo a quienes ejecuten la interventoría contratada, se comprometen a facilitar el acceso equitativo y transparente que garantice la pluralidad de proponentes y contratistas, presentando la información de manera pública, oportuna, verídica, completa y exacta. , para todos aquellos que participen en el proceso de contratación, al igual que a otros servidores públicos y a la ciudadanía en general para su análisis y control. Igualmente se obligan a ejercer las funciones públicas de manera honesta y transparente y teniendo como criterio de acción la eficiencia de la función, la preferencia de los intereses colectivos sobre el particular, el control de sus funciones, el adecuado manejo de dineros y bienes públicos, evitar y denunciar toda conducta que atente contra la probidad de los demás, tanto de servidores como de la ciudadanía. Los servidores de Empresas Varias de Medellín ESP y sus grupos de interés tales como proveedores, proponentes y contratistas, declaran que los principios éticos contenidos en el Código de Ética son su marco de actuación. Por la Empresa

__________________________________ JAMER ARTURO FRANCO ACEVEDO Gerente General (E).

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_________________________ Por el Proponente


ANEXO No. 11 INTERVENTORIA RECIBO DE VEHÍCULO

SUBDIRECCION DE MANTENIMIENTO INTERVENTORÍA RECIBO DE VEHÍCULO

Nombre Taller Contratista: N° de control Vehículo: N° Orden de Trabajo: Fecha ingreso al Taller: Fecha autorización Salida: Fecha de retiro vehículo: Nombre Interventor y firma: Dejo Constancia de que he recibido los trabajos realizados en el vehículo N° control a entera satisfacción. __________________________

SUBDIRECCION DE MANTENIMIENTO INTERVENTORÍA RECIBO DE VEHÍCULO

Nombre Taller Contratista: N° de control Vehículo: N° Orden de Trabajo: Fecha ingreso al Taller: Fecha autorización Salida: Fecha de retiro vehículo: Nombre Interventor y firma: Dejo Constancia de que he recibido los trabajos realizados en el vehículo N° control a entera satisfacción.

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ANEXO No. 12 REINTEGRO REPUESTOS CAMBIADOS CÓDIGO PRO PROCESO: MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS VERSIÓN FORFORMATO: REINTEGRO REPUESTOS CAMBIADOS PÁGINA FECHA:

ORDEN DE TRABAJO:

CONTROL:

CONTRATO:

PMFIRR-05 02 1 DE 1

TALLER - PROVEEDOR EXTERNO: DESCRIPCIÓN DEL COMPONENTE

REFERENCIA

CANTIDAD

OBSERVACIONES:

TALLER QUE ENTREGA: QUIEN ENTREGA DEL TALLER NOMBRE: SUPERVISOR O INTERVENTOR CONTRATO:

FIRMA:

NOMBRE:

FIRMA:

APROBACION DE MANTENIMIENTO NOMBRE:

FIRMA:

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SUMINISTRADO EMVARIAS SI NO

POR


ANEXO No. 13 SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Durante la ejecución del contrato, se debe llevar a cabo un programa de salud ocupacional en el que se consideren todos los requisitos de Ley y que propenda por el bienestar de los trabajadores. Adicionalmente cuando la Empresa implemente el Manual de seguridad, salud y ambiente para contratistas, deberán de cumplir con todo lo establecido en el. Con el ánimo de proteger la salud individual y colectiva de los trabajadores que realizan labores objeto de este contrato, de los riesgos ergonómicos, físicos, químicos, biológicos, locativos, psicolaborales y demás, provenientes de las actividades a contratar en la presente invitación, se hace necesario solicitar el cumplimiento a cabalidad de los componentes del programa de salud ocupacional que a continuación se relacionan: a) PANORAMA DE FACTORES DE RIESGOS: El cual deberá contener número de expuestos, tiempos de exposición, grupo de factores de riesgo, riesgos por oficio, posibles consecuencias, probabilidad de ocurrencia de los riesgos; cálculo del grado de peligrosidad, método de control de los riesgos, observaciones y recomendaciones. b) SUBPROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO: En éste se deberán desarrollar actividades de promoción y prevención de salud, tendientes a proteger al trabajador de riesgos ocupacionales, lesiones osteomusculares, riesgo químico periódicos, ubicándolos en oficios acordes con su condición psico-fisiológica y manteniéndolo en actitud de producción de trabajo. Organizar y promover un servicio oportuno de primeros auxilios, dotar permanentemente el botiquín de primeros auxilios, vacunar al personal que ingrese contra hepatitis B, tétano y difteria. c)

SUBPROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL: En el cual se deberán desarrollar actividades de identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores de riesgo, suministrar el equipo de protección personal acorde con los riesgos presentes, investigación permanente de accidentes de trabajo para definir causalidad, definir las normas de seguridad según el riesgo a prevenir, verificar de manera permanente la utilización del equipo de protección personal.

d) Verificar la afiliación al régimen de Seguridad Social en salud, pensiones y riesgos laborales. El programa de salud ocupacional deberá estar orientado principalmente a los riesgos de la actividad a ejecutar por el contratista y deberá ser armonizado con toda la normatividad vigente en la materia. La Ley 9 de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 1016 de 1989, Resolución 2013 de 1986, Decreto 1295, Ley 776 de 2002 y demás normas contempladas en salud ocupacional. La empresa contratista debe garantizar la disponibilidad de equipo y herramientas necesarias para la prevención y control de accidentes y emergencias resultantes de su actividad (Prevención, Atención, Página 77 de 86


Respuesta y Recuperación). Respecto a los productos químicos que el contratista emplee, deberá suministrar y tener disponibles en el sitio de trabajo las hojas y fichas de seguridad (MSDS) de todos los productos químicos empleados de acuerdo a la NTC 4435, garantizar su adecuado manejo durante el transporte, almacenamiento, disposición, evitar derrames y poseer los elementos adecuados para su contención. De lo anterior el Interventor del contrato hará estricta revisión semanal. El Programa de Salud Ocupacional deberá ser entregado a la Interventoría el día de la firma del acta de inicio, para su posterior revisión y comentarios por parte de la Unidad Ambiental y Salud Ocupacional de Emvarias. El contratista debe dotar al personal de todos los implementos de protección requeridos para cada una de las funciones específicas tales como monogafas, uniformes, entre otros (el listado del equipo de protección personal a entregar debe de ser remitido a la interventoría con el programa de salud ocupacional). Es importante tener en cuenta que el personal debe permanecer en los frentes de trabajo uniformados e identificados. Por ninguna razón se permitirá el ingreso del personal sin la dotación específica al sitio de trabajo. El contratista deberá reportar a la interventoría los registros de la entrega de estos elementos, mensualmente. El contratista deberá de capacitar a su personal en temas relacionados con salud ocupacional y los soportes de dichas capacitaciones serán remitidos a la Interventoría mensualmente con la factura de venta. Adicionalmente, se debe llevar un registro de los accidentes de trabajo semanal y reportarlos al Interventor, en el formato establecido por el contratista y presentarlo en los informes mensuales. NOTA: El personal del proponente debe estar capacitado para responder adecuadamente ante las posibles situaciones de amenaza, accidente o emergencia. PANORAMA DE FACTORES DE RIESGO PRIORITARIOS.

PROCESO O ACTIVIDADES DE MAYOR RIESGO

FACTORES DE RIESGO ASOCIADOS

FUENTE GENERADORA

Nro. EXPUESTOS

TIPO EXPOSICIÓN

ACCIONES DE PREVENCIÓN

EN LA EN EL EN EL FUENTE MEDIO TRABAJADOR

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ACCIONES DE PROMOCIÓN


ANEXO No. 14 RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN NOMBRE: OBJETO :

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. VALOR : SUMINISTRO DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO, Y SUMINISTRO DE LOS COMPONENTES RELACIONADOS PLAZO : CON LOS SISTEMAS DE CAJAS DE VELOCIDADES, DIFERENCIALES, CARDANES LARGO Y CORTO DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN, CARDÁN DE TOMAFUERZA Y TOMAFUERZAS Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS, Y DEL SISTEMA DE EMBRAGUE, PARA LOS VEHÍCULOS QUE INTEGRAN EL PARQUE AUTOMOTOR DE EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. FECHA :

$394.143.792 6 MESES

11/10/2013

RIESGO 1

RIESGO

Cuando ANTES

Nombre del riesgo Falta de Seriedad

PROBABILIDAD

SEVERIDAD

BAJA

MODERADA

RIESGO TOLERABLE

Describa lo que puede pasar si se materializa el riesgo, incluyendo las consecuencias. 1. No se suscribe el contrato por el proponente seleccionado. 2. Perjuicios para EMVARIAS por no cumplir con los mantenimientos preventivos y correctivos sobre los vehículos de su propiedad. 3. Represamiento de vehículos pendientes de reparación por falta de suministro de componentes. Describa las principales causas y agentes generadores por las cuales puede presentarse el riesgo * El proponente beneficiado con la adjudicación del proceso no suscribe el contrato porque finalmente no está de acuerdo con las obligaciones y condiciones de los términos de invitación.

CAUSAS

* El proponente no sostiene los precios ofertados en su cotización. *El proponente entrega información no veraz. *El proponente seleccionado no suscribe el contrato debido a la imposibilidad de tener respaldo para la consecución de la garantía única, debido a que el reasegurador que se ha comprometido a respaldar el negocio incumple el compromiso hecho al proponente.

TRATAMIENTO

TRATAMIENTO: Distribuya las medidas de prevención, protección y transferencia, EL CONTRATISTA

LA EMPRESA

* Al momento de la presentación de la oferta, la acompañará de una Garantía de Seriedad de la Oferta a favor de EMVARIAS, con vigencia desde la presentación de la oferta, hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. El valor de la garantía será del diez (10%) por ciento del monto de la

* Incluir en los factores de evaluación y en los requisitos de participación, el cumplimiento de condiciones que permitan hacer una selección de proveedores serios, con solidez financiera, reconocimiento en el mercado y buenas referencias laborales.

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propuesta. La vigencia será de acuerdo con lo previsto en los términos de invitación. Incluir el análisis de riesgos como un anexo de la invitación. Solicitar a los invitados el Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio para examinar la posible existencia de sanciones en incumplimientos de contratos. ¿QUIEN DEBE ASUMIR O RESPONDER POR LAS PÉRDIDAS ECONÓMICAS?

EL CONTRATISTA Y SU COMPAÑÍA ASEGURADORA

RIESGO 2 Cuando

RIESGO

DURANTE

Nombre del riesgo Incumplimiento de las obligaciones del contrato

PROBABILIDAD

SEVERIDAD

MEDIA

MODERADA

RIESGO MODERADO

Describa lo que puede pasar si se materializa el riesgo, incluyendo las consecuencias. * Afectación económica para EMVARIAS debido al no cumplimiento de los plazos señalados dentro del contrato de prestación del servicio de mantenimiento correctivo y preventivo de los vehículos que integran la flota de vehículos. * Pérdida de imagen corporativa de cara a la comunidad (usuarios) debido a la prestación de un servicio en forma inoportuna. * El contratista no cumple al 100% la programación de trabajos de mantenimiento propuesta por EMVARIAS. Describa las principales causas y agentes generadores por las cuales puede presentarse el riesgo * Cambio en localización del taller exigido con ubicación en el valle de Aburrá, implicando incumplimiento de las condiciones previstas en la Evaluación Talleres contratistas, de tal forma que se generan demoras en la entrega de los vehículos con perjuicio para EMVARIAS. * Fallas en términos de eficacia y eficiencia en el servicio prestado debido a que el contratista desvía recursos técnicos y humanos a la atención de otros contratos con otros clientes. * Prestación defectuosa del servicio contratado, debido entre otros aspectos a deficiencias en la aplicación de los componentes o falta de la realización de las pruebas técnicas previstas para los vehículos reparados.

CAUSAS

* Ocurrencia de accidentes ajenos al contratista o eventos de fuerza mayor tales como: eventos de la naturaleza, actos mal intencionados de terceros u otros de carácter impredecible e irresistible. * Demoras imputables al contratista debido a que no cuenta con las cantidades y calidades de herramienta exigida para cada tipo de reparación *Incapacidad técnica y operativa debido a falta de recursos por parte del contratista para cumplir oportunamente los requerimientos de reparaciones y mantenimientos de los vehículos solicitados por EMVARIAS. * Falta de claridad por parte del contratante respecto a las obligaciones que debe cumplir el contratista. Esto puede permitir que el contratista “incumpla” algunos aspectos que no fueron claramente establecidos en el contrato. * Deficiencia en el seguimiento y control que debe hacer el interventor del contrato al desarrollo de las actividades del objeto contractual.

AMI ENT

* Asignación de personal que no cumpla las especificaciones (idoneidad) previstas en el contrato suscrito. Distribuya las medidas de prevención, protección y transferencia,

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EL CONTRATISTA

LA EMPRESA

Atender la orden de trabajo elaborada por * Designación de interventores idóneos para el seguimiento de la EMVARIAS y realizarle si es del caso, las ejecución del contrato. correcciones a que haya lugar * Presentación a favor de EMVARIAS de una Garantía de Cumplimiento para entidades estatales, en términos de valor asegurado y plazos, de acuerdo con lo previsto en los términos de invitación. * Asignación de un supervisor y/o administrador para coordinar todo lo relacionado con el desarrollo del contrato.

* Requerimiento en toda reparación de las piezas cambiadas a los vehículos.

* Visitas programadas y no programadas a los talleres asignados para las reparaciones en las cuales se levantará acta que contenga los principales aspectos observados en la revisión (instalaciones, personal, estado de las reparaciones)

Asignar personal idóneo para el desarrollo del * Dejar claramente determinado en los términos de invitación, las objeto contractual. obligaciones del contratista. * Establecer acuerdos sobre el tratamiento que debe darse a los eventos de fuerza mayor y caso fortuito que puedan implicar retrasos. Garantizar en forma oportuna el suministro permanente y simultáneo de todos los servicios requeridos relacionados con los términos de invitación, es decir, cuando varios vehículos presenten novedades al mismo tiempo, el contratista deberá atenderlos y realizarles los trabajos en forma simultánea, para lo cual deberá poseer los insumos y personal suficiente para reaccionar frente a dicha situación. * Acuerdos con terceros para atender situaciones de contingencia (incendio, inundación, otras situaciones que podrían alterar el normal desarrollo del contrato suscrito con EMVARIAS)

Consignar dentro de los términos de invitación y contrato los apremios a que es acreedor el contratista por no cumplir con sus obligaciones contractuales.

*Pactar en el contrato la aplicación de cláusulas exorbitantes

* Iniciar el proceso de reclamación pertinente dando aviso a la compañía aseguradora dentro de los tres (3) días siguientes, luego de conocido el siniestro, y recopilar la mayor cantidad de información posible para soportar el incumplimiento por parte del contratista QUIEN DEBE ASUMIR O RESPONDER POR LAS PÉRDIDAS ECONÓMICAS? CONTRATISTA Y SU COMPAÑÍA ASEGURADORA.

RIESGO

RIESGO 3

Cuando

Nombre del riesgo

PROBABILIDAD

SEVERIDAD

RIESGO

DURANTE

Incumplimiento de las obligaciones de orden laboral del contratista

ALTA

MODERADA

IMPORTANTE

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Describa lo que puede pasar si se materializa el riesgo, incluyendo las consecuencias.

Reclamaciones administrativas o demandas ante la autoridad laboral, derivadas de errores en el pago de las obligaciones laborales adeudadas a los trabajadores del contratista (subcontratistas).

CAUSAS

Describa las principales causas y agentes generadores por las cuales puede presentarse el riesgo * Por una situación de iliquidez del contratista se presenta situaciones de no pago de salarios, vacaciones y/o cualquier prestación a la que tienen derecho sus trabajadores conforme lo prevé el Código sustantivo de Trabajo * Ausencia de controles por las partes en materia del pago de las obligaciones laborales. * Desconocimiento por parte del contratista de los temas en materia laboral. Medidas de prevención, protección y transferencia EL CONTRATISTA

LA EMPRESA

Presentación de paz y salvo de la pluralidad de los trabajadores comprometidos en el * Incluir en los términos de invitación requisitos de participación de desarrollo del contrato, donde se consigne el orden financiero. pago de todas las obligaciones ordenadas por la ley en materia laboral.

TRATAMIENTO

* Todos los trabajadores del contratista deben tener una relación laboral o comercial directa * Autorizar pagos solo cuando medie autorización de la con el contratista en la ejecución del contrato. interventoría/supervisión. * Al momento de firmar el contrato (legalizar), el contratista entregará Garantía Única con amparo de "Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones laborales", en la cual EMVARIAS tendrá las calidades de "Asegurado/Beneficiario". La vigencia y valor de la póliza será de acuerdo con lo previsto en los términos de invitación.

* Exigir al contratista la presentación mensual de un documento que certifique el cumplimiento de sus obligaciones con el sistema de seguridad social (pensiones, salud y riesgos laborales) y los aportes parafiscales (cuando hay lugar a ellos).

* En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, EMVARIAS con previa autorización del contratista, de las sumas adeudadas a este, efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes sistemas con prioridad a los regímenes de salud y pensiones. * Solicitar en los términos de invitación la Garantía Única a favor de LA ENTIDAD CONTRATANTE con amparo de Pago de Salarios y Prestaciones Sociales, con valor asegurado suficiente y vigencia igual al término del contrato y tres años más (periodo que coincidirá con el tiempo de prescripción en material laboral). QUIEN DEBE ASUMIR O RESPONDER POR LAS PÉRDIDAS ECONÓMICAS? EL CONTRATISTA Y SU COMPAÑÍA ASEGURADORA. Página 82 de 86


RIESGO 4 Cuando

Nombre del riesgo

PROBABILIDAD

SEVERIDAD RIESGO

RIESGO

DURANTE

Responsabilidad Civil Extracontractual

MEDIA

MODERADA

MODERADO

Describa lo que puede pasar si se materializa el riesgo, incluyendo las consecuencias. *El contratista, durante el desarrollo del contrato y en ejecución de las actividades relacionadas con el mismo, le causa un daño o perjuicio a terceros afectando a las personas y/o a sus bienes, lo cual puede derivar en reclamaciones contra el contratista, EMVARIAS o ambos. judiciales y/o extrajudiciales También puede configurarse cuando El contratista, durante el desarrollo del contrato y en ejecución de las actividades relacionadas con el mismo, le causa un daño o perjuicio a EMVARIAS, afectando sus bienes o personas. Este daño o perjuicio no puede tener relación con el objeto contractual, es decir, que no tiene nada que ver con el objeto principalísimo del contrato, de lo contrario, se convertiría en una responsabilidad civil contractual. Describa las principales causas y agentes generadores por las cuales puede presentarse el riesgo * Desconocimiento por parte del contratista de los riesgos que puede generar su actividad hacia la comunidad o hacia EMVARIAS.

CAUSAS

* Incumplimiento de las normas de seguridad necesarias para proteger la comunidad o EMVARIAS. * Imprudencia de la comunidad o de EMVARIAS o desconocimiento de los riesgos a que se encuentran expuestos. * Impericia del conductor asignado por el CONTRATISTA para conducir un vehículo de EMVARIAS. * Fallas en un vehículo debido a defectos en la reparación. * Lesiones a visitantes a las instalaciones del contratista (como mensajeros, personal de EMVARIAS, personal de otros contratistas, entre otros), debido a presencia de lubricantes (caídas), equipos mal ubicados, explosiones, entre otros.

TRATAMIENTO

Medidas de prevención, protección y transferencia EL CONTRATISTA

LA EMPRESA

* Contratación póliza de Responsabilidad Civil * Socializar con el contratista los protocolos de seguridad al interior Extracontractual con cobertura para los daños de las instalaciones de EMVARIAS, donde se desarrollará parte del Patrimoniales y Extrapatrimoniales, amparo de objeto contractual. RC Patronal, y precaviendo que EMVARIAS figure como coasegurado de la póliza. La vigencia y valor de la póliza será de acuerdo con lo previsto en los términos de invitación.

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* En caso de que algunos bienes tales como equipos y herramientas (diferentes a los relacionados con el contrato) sean propiedad de otros contratistas y/o Subcontratistas o EMVARIAS y que estos puedan resultar afectados por El contratista en desarrollo del objeto contractual, se deberá evaluar la inclusión de los amparos adicionales de Responsabilidad Civil Cruzada y el amparo de Contratistas y Subcontratistas como complemento de la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual solicitada en el primer tratamiento, para que los amparos anteriores tengan efecto deberá aparecer como asegurados: LA ENTIDAD CONTRATANTE, el contratista y los subcontratistas. QUIEN DEBE ASUMIR O RESPONDER POR LAS PÉRDIDAS ECONÓMICAS? EL CONTRATISTA Y SU COMPAÑÍA ASEGURADORA.

RIESGO

RIESGO 5 Cuando

Nombre del riesgo

PROBABILIDAD

SEVERIDAD

DURANTE

Accidentes de los trabajadores, Enfermedad Profesional que deriven en reclamaciones por parte del personal o causahabientes

BAJA

MODERADA

RIESGO

TOLERABLE

Describa lo que puede pasar si se materializa el riesgo, incluyendo las consecuencias. * Este riesgo se presenta cuando el contratista no cumple lo establecido en la legislación Colombiana y no ajusta su Plan de Salud Ocupacional acorde con las condiciones del sitio de trabajo donde se desarrollarán las actividades del objeto contractual. Describa las principales causas y agentes generadores por las cuales puede presentarse el riesgo

CAUSAS

* Incumplimiento de su Programa de Salud Ocupacional. * La ausencia de elementos de protección personal para las actividades a desarrollar por el equipo de mecánicos, particularmente en actividades que generan riesgo de lesiones como son por ejemplo: operaciones de corte y soldadura, trabajos en altura, tareas con grúas, malacates, gatos, manipulación de ácidos, sustancias corrosivas, entre otras. * Falta de acompañamiento de la ARL del contratista. * Falta de señales de prevención en el área asignada en las instalaciones del taller de mantenimiento de EMVARIAS para el desarrollo del objeto contractual. * Impericia de los trabajadores para adelantar labores especializadas, fallas en supervisión del contratista.

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* Presupuesto insuficiente del contratista para el cumplimiento de las exigencias en seguridad y salud ocupacional.

TRATAMIENTO

Medidas de prevención, protección y transferencia EL CONTRATISTA

LA EMPRESA

Contratación póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual con cobertura de RC Patronal, precaviendo que EMVARIAS figure como coasegurado de la póliza. La vigencia y valor de la póliza será de acuerdo con lo previsto en los términos de invitación. * Incorporación de su ARL como parte del equipo de trabajo, dándole a conocer su programa de Salud Ocupacional.

* Generar un espacio en el que los proponentes puedan conocer previamente las condiciones bajo las cuales deberán desarrollar el objeto contractual, para las actividades que se realicen en el taller de mantenimiento de EMVARIAS.

*Revisión mensual de los aportes que por ley debe hacer el contratista al sistema a la ARL.

* Diseño de un plan de contingencias, para efectos de reemplazar el personal incapacitado, por causas de accidentes de trabajo. QUIEN DEBE ASUMIR O RESPONDER POR LAS PÉRDIDAS ECONÓMICAS? EL CONTRATISTA, SU COMPAÑÍA ASEGURADORA Y SU ARL. RIESGO 6 Cuando

RIESGO

DURANTE

Nombre del riesgo Hurto, pérdida, daño, destrucción de los vehículos de EMVARIAS o parte de sus componentes, mientras permanecen en predios del contratista.

PROBABILIDAD

SEVERIDAD

MEDIA

MODERADA

RIESGO

MODERADO

Describa lo que puede pasar si se materializa el riesgo, incluyendo las consecuencias. -Apropiación indebida por parte de un tercero de bienes (accesorios, equipos, herramientas), y/o valores propiedad de EMVARIAS, mientras se encuentren en los talleres del Contratista. -Afectaciones en el parque automotor mientras permanezca ubicado en las instalaciones del contratista, lo cual deriva en consecuencias tales como: - Retrasos en la prestación del servicio (Lucro Cesante). - Deterioro de la imagen de la organización ante los usuarios. Describa las principales causas y agentes generadores por las cuales puede presentarse el riesgo

CAUSAS

* Debilidades en el servicio de vigilancia en los talleres del contratista. * Insuficiencia en protocolos de revisión y control para el ingreso y retiro de personas de las instalaciones del taller del contratista. * Deficiencia en el funcionamiento de los elementos de protección que previenen la intrusión a los recintos donde se encuentran los vehículos de propiedad de EMVARIAS (rejas, ventanas, puertas, chapas, alarmas, sensores de intrusos, etc.) * Ubicación de talleres en zonas (barrios) caracterizados por grave problemática social (presencia de bandas) Página 85 de 86


Distribuya las medidas de prevención, protección y transferencia, EL CONTRATISTA TRATAMIENTO

* Contratación de vigilancia privada * Instalación de dispositivos electrónicos de vigilancia y detección tales como: sensores de movimiento, cámaras de vigilancia, alfombras, contactos magnéticos, cortinas infrarrojas, alarmas sonoras y lumínicas, de movimiento, cercas eléctricas, etc. * Inspección de riesgos, de cara al riesgo de "Sustracción con violencia", verificación de vecindades.

LA EMPRESA * Póliza de autos para el parque automotor de EMVARIAS * Realizar inventario de ingreso y salida del vehículo de los talleres del contratista por parte de la Interventoría/supervisión del contrato, con el objeto de establecer medidas de protección y prevención aplicadas por el contratista, para la preservación de los vehículos propiedad de EMVARIAS.

¿QUIEN DEBE ASUMIR O RESPONDER POR LAS PÉRDIDAS ECONÓMICAS?

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EL CONTRATISTA


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