1 minute read

La jubilación activa de los de familia y pediatras de

Mari Cruz Torres Molla Asesoría Jurídica COMA

Advertisement

El Real Decreto Ley 20/22 de 27 de diciembre en su artículo 83 introduce una modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Se introduce una nueva disposición transitoria trigésima quinta en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social que regula la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación con el trabajo de los médicos y pediatras de EAP con nombramiento estatutario o funcionario.

¿Quién puede acogerse?

• Los que hubiesen accedido a la jubilación ordinaria a partir del 1 de enero de 2022 y se quieran incorporar al servicio activo.

• Los que quieran acceder a la jubilación ordinaria a partir del 1 de enero de 2023.

• Los que se hubieran acogidos en su día a la compatibilidad de la pensión de jubilación con el nombramiento de personal funcionario o estatutario al amparo del Decreto-Ley 8/2021 de 4 de mayo.

¿Es aplicable a los que se hubiesen jubilado anticipadamente o quieran solicitar una jubilación a partir del 1 de enero de 2023?

No es posible, la ley no lo permite.

¿Para acceder a la jubilación ordinaria qué requisitos han de cumplirse?

• En el año 2022 tener 65 años con 37 años y 6 meses cotizados o 66 años y 2 meses.

• En el año 2023, 65 años con 37 años y 9 meses cotizados o 66 años y 4 meses.

This article is from: