REGLAMENTO INTERNO FUNCIONAMIENTO COMISIONES COLVET ALMERÍA

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REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DEL COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA Aprobado por la Junta de Gobierno Ordinaria de 17 de diciembre de 2020 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Las Comisiones son espacios de encuentro y participación colegial, comunidades de aprendizaje colaborativo que hacen a las personas que ejercen la actividad veterinaria enriquecerse como profesionales y realizar aportaciones para el fortalecimiento de nuestro Colegio Profesional y, por ende, a la profesión y a la sociedad. El artículo 5 de los Estatutos de este Colegio, aprobados por Orden de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, de 14 de septiembre de 2016, por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Veterinarios de Almería y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía, atribuye al Colegio de Veterinarios la aprobación de sus estatutos y reglamentos de régimen interior, así como sus modificaciones. Por otro lado, el artículo 31 especifica que corresponde a la Junta de Gobierno el impulso de la aprobación y reforma de los Estatutos y elaboración de las normas de régimen interno del Colegio. Esta Junta de Gobierno considera conveniente potenciar las diferentes comisiones existentes en la actualidad, sin perjuicio de la creación de nuevas, y dotarlas de un instrumento jurídico que permita clarificar, optimizar y ordenar su actuación. A estos efectos se ha elaborado el presente Reglamento, que entra en vigor el 1 de enero de 2021, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de los Estatutos. A este texto definitivo se le dará la publicidad adecuada para el conocimiento de todo el colectivo veterinario. CAPITULO PRIMERO. DEFINICIÓN, ÁMBITO TERRITORIAL, COMPOSICIÓN, CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES. Artículo 1.- Las Comisiones del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Almería son los Órganos de apoyo, estudio consultivo y asesoramiento de la Junta de Gobierno del Colegio en los aspectos relacionados con el ejercicio de la profesión veterinaria en los diferentes ámbitos en los que esta se desenvuelve. Artículo 2.- El Ámbito Territorial de las Comisiones lo constituye la provincia de Almería, sin perjuicio de su posible colaboración, si se la requiere, con otras Comisiones provinciales, autonómicas o nacionales. Tendrán su Sede en las dependencias del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Almería, en la Calle Pamplona, número 16 de Almería.


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