Proyecto de Estatuto Jeneral para la instalación, gobierno y administración del gremio de mareantes

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- 34tari;~,

libros y gnstos

impre,..ion de estos

-35Art. :J'f.

E~tntuto~C. #

Se prohibtn los' pltito~.

autoridadts

Consiguienteme!'l te se prohive :i las Juntas de elite que intenten entahlar pleitos oi demandas · 110 permtso- espreso de S. M., ya fuere con motivo de conservar su~ privilejios atae ·=dos por estraf\n..CJ personas 6 corporaciones, ya por las obstioadns pretensiones qne antes de ahora han ocasiooado lu · ruin a de otros Gremios. En cunlqnier caso· ha de someter;e este al prudente cou!lejo de su Jefe inmedinto, al re- ' sulta<lo d~ las reclam aciones que hieiere, y fin:t 1mente a la resoiucion 'ile S. M. que con mano b·' nefica sostiene los derechos de la bencmeritajente de mar matrku·tadR. ~remio ~I

;

Como este Gremio ra aus delibfora'dones ne ,: debe balla'rse su ' rina, por euyo fuero prerrogativas que S. clase de je~te de be a Ia Junta, el.que testacioo.es con· · que tn~o ~ebe que lo es el ~r. Co vincin. ·

rer

& prohibt l!l · , · Por esa propia ca al in' tituto de este . · Juntas ni iotervenir acue~os, los Aceso . ~uri ales de J u ticia, n·ego,cio del Grrruio duz.ca oori6cacion oer hagar por. con luien .en rodo .to os. Y annctue in pe &arifa deben tPner .ruencjone judicial ro!'a .intluencia dt>f rechos' y regalias del ~

nque tieoe · ~epreseotaciuu pa· manejo de 1os intereses cornu- · inado a Ia nutoridad de Mas.oo sostenidos los ptivilejios y . se ha ~ignm.lo conceder a Ia matriculada, por eso se prQbisf entable directarnente cona autoridad· oi persona estr,.tla, rio por el conducto de su je· te de Marina de Ia Pro

•'

Art. 3". El Jefe 'de la Matricula s~·ni Fiscal.perpetuo J acen el Gremio d los Curialts

y por que a f es conveniente-

no podrlin .asistir a su.s recta 6 indirectaQJente. en sus Escribaoos, Notarios y demas que ·eli los .casos .que algun ija dictameJt de Letrado, opto· mbos procedimieotos debeo tedel Sr. Coma.odante que es f\O representa a SlL, subordioacio de los hoooraa:ios que por empleatlos de S. M. eri las sera de su noble deber y jmet'U josticia los intereses, dede> matriculados.

tivo del ·exacto cumplimiento del preseote E'sta'tut(, Jeoeral y de las <:;ofradias particulares que se establescao en Ins demas Dis 1.ritos. · Puerto-Rico H de Diciem 1 ~re de 1849.-JuAN MoNTA~o.-Kxcm?· Sr. Com;ndante Jenerat·aet, Apostadero de la Habana, Tenieote Jeneml de ·ta · Real Ar-

mada; D. FuNcisco ARiiiERo.

A DIOIO:R. El Excmo. Sr. CQni=mdante.Jooeral ,del Apnstad •• rode Ia Habana en ~omunicaciones de 28 d1: Noviembre y 21 de Diciem~~re del propio atro de ls ~i9 , me dice lo siguiente. .. . · "Por Ia Direccion Jeneral de ll\ Armacta·se dij o •i .~ Cmn:mdancia Jeneral de mi .mr1ndo en carla de 18 de Oc.:tuhrc ~e 1845Jo qlle copio.

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