60 . · ·s n catrar cl orad or en lo que coD;ti ·uye Ia polftica palpitaDte ultramarina, ni en 1 prktica abusiYa dC las aut~niJades eo!oni!tln, ai· en Ia eo&utitueion peligrosa de los partidos antillanos, el uno del pali y el'otro que se llama espaiiol, basta para juzpr eoa· cierta ex ctitud aquel 6rden de colas, CD nlacion con lo sucedido en 1 12, Ia actual ley electoral de· nues't~as Andllas y Ia re.preseDtacion deaquellos paises en las C6rtes de Ia Nacion, donde por~a'e~olucion :de Setitmbre, despues de haber estado in represent cion alguna desde Ia instauraracl definitiva del rEgimen coDstitucional CD auatra P'tria. Con efccto, en 1836 los Diputados de C~ba, Puerto-Rico y Manila fueron rechazados del Cong o cspaiiol, donde ~~ en 18to como -en 1813, como en Ia segunck e1 oca constitucional habian ·taaido itio y voz. Alcg6se que esta repulsa no im_ plicaba el ntanteniinic:nto del absolutismo y de la clictatlura militar en las Antillas, por-.ue se trataba 4e establecer uu nuevo rfgimen de leyes especialn. Pero el ab olutisnio continu6 de hecho y por clecto de le,·es preci.U y tumiuantes basta el 6g. Los AyaatamiebiOI IC rcdujeron 'mens comisiones u•a• por luautoridades peoiasulares. No ni\ri6 ni IOIDbn de una Diputacion proYiDcial. Por el enaiaamiento ·de Ia c:entralizacioD admini tratin fra esa hkia 1854, murieroa aquellas corponcioICIDi· oficiala, semi-libra quese UamabeD el .............-- IMo, Ia Juata de Fomento 7 la SOciedad Eco·ca 7 6 q icaes las Aatillas debm casi todo 111 . .ftlrll ..,._P'I'ftllo ecoD6mico Jmaterial. Lu Uai·
81 venidades quedaron cxpurgall•s y 10metidas 6 catt• 4r,ticos de real 6rd•n y · e tatutos absurdos. La imprenta bajo Ia censura . Y Ia suprema autol;idacl u manoa de los C pitaoesGeneralesque disfrutabaa por efecto de Ia R. 0 . de 18 2 · , y aun en tiempo de paz, amen de las facu ltaullls de los. vireres (!eyes a.• 26 y. 49, dt. 3• y 6 y 7, tit . 0 , lihro Ill del C6dlgo de latlias) las absolut uc corresponden al comandan· te militar de una plaza si !iad . o cabe mAs abaurdo CD pueblos situados a pocas horu de distancia de los libres y cultos de la Ameri ndependiente, mercado aatural de todos 1os prodU-ctos antlllanoa. La RevoJuci6n, como sc ha dicho llam6 'les Diputadoa de Puerto· Rico y ao ' los de Cuba, lehntada en arJD&s y al perfodo revolucionario hay que referlr medidas tra~eendentales que superau en mirito y 16gica 4 las de los doce!6istaa, mas que por desgracia y ' p~ cle sus admirablnefecto,, no constituyen en nuestra DOvflima hi~toria cofoaia' Qaas que una e ccpci6a cS ua pariotc111. Con efecto, se aboli6 totalmente Ia eaclnitud, se prodam6 el dt. 1.• de Ia Coutituci6n del 6g, •• saprimieroD las facultades diacrecionalcadel Capi pneral, se establtci6 y. f~ncion6 elsu!ragio uniYeraal H orpni16la proriDciay el MuQicipio por ua le(especial eD,rsicameata daceatraliudor•. La Restauracl6n concluy6 coD cui todu estu 1.,..1 a4a cuando ~ 1879 autorid Ja Teaida de. loa Diputadoa y Seaadora de Cuba, Ia ley e!ec:tol'll ....... eal11 ADdlluawaa leydepriYilesio, doacte •• , ., Ia procedeacia •• QA modo a4ia ~~tis ••~bit qae CD la Coaadtaci6n del 11. Porque allon tocl• at6 dbpanto pna qaltar la repran·
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