Presentacion seciit neec l ii (index) enero 2014

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8:30 hrs – 9:00 hrs

REGISTRO. Bienvenida C.P. JAVIER CHAVEZ Director de Comité Fiscal

Reformas fiscales de Ley 2014 para las maquiladoras de 9:00 HRS - 9:45 hrs exportación. Expositor .Luis Aguirre y Eduardo Zepeda ( Asesores de Comité Fiscal Index Nacional).

Reglas del SAT para certificar exportadores confiables; perspectivas y agenda fiscal de index derivado de la Reforma 2014.

9:45 hrs – 10:45 hrs

10:45 hrs – 10:55 hrs

Expositor .Luis Aguirre y Eduardo Zepeda ( Asesores de Comité Fiscal Index Nacional

BREAK

Reformas a la Ley Aduanera para 2014 y Agenda index relacionada. Daniel Sanchez-Elizondo Partner / International Trade & Customs Baker & McKenzie Abogados, S.C. 10:55 hrs. – 11:30 hrs.

11:30: hrs – 12:00 hrs

Cesar Castro Director de Comité Nacional Moceime Seciit / INDEX Director Corporativo de logística y Regional División México Jabil. PERSPECTIVAS DE LA CERTIFICACION DE EXPORTADORES CONFIABLES Y CERTIFICACION SECIIT. Cesar Castro Director de Comité Nacional Moceime Seciit / INDEX Director Corporativo de logística y Regional División México Jabil.

12: 00 hrs.

12:15 hrs.

Preguntas y Respuestas.

CIERRE Y CONCLUSIONES.

Enero 30 2014.


CERTIFICACION EN MATERIA DE IVA PARA EMPRESAS QUE OPERAN CON PROGRAMA IMMEX AGENDA – SILAO. JUEVES 30 ENERO 2014 15.30 hrs – 16:00 hrs

REGISTRO. Bienvenida . Ing. Alfonso Valdes Presidente de Index Guanajuato ( Palabras de Bienvenida)

16:00 hrs - 16:45 hrs

Reformas fiscales de Ley 2014 para las maquiladoras de exportación. Expositor .Luis Martinez y Eduardo Zepeda Fiscal Index Nacional).

16:45 hrs – 17 :45hrs

Reglas del SAT para certificar exportadores confiables; perspectivas y agenda fiscal de index derivado de la Reforma 2014. Expositor .Luis Martínez y Eduardo Zepeda Fiscal Index Nacional

17:45 hrs – 17:55 hrs

( Asesores de Comité

( Asesores de Comité

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Reformas a la Ley Aduanera para 2014 y Agenda index relacionada. Daniel Sanchez-Elizondo Partner / International Trade & Customs Baker & McKenzie Abogados, S.C. 17:55 hrs. – 18:30 hrs.

Cesar Castro Director de Comité Nacional Moceime Seciit / INDEX Director Corporativo de logística y Regional Divison México Jabil. PERSPECTIVAS DE LA CERTIFICACION DE EXPORTADORES CONFIABLES Y CERTIFICACION SECIIT.

18:30: hrs – 19:00 hrs

19: 00 hrs.

Cesar Castro Director de Comité Nacional Moceime Seciit / INDEX Director Corporativo de logística y Regional División México Jabil.

Preguntas y Respuestas.

Enero 30 2014. 19:15 hrs.

CIERRE Y CONCLUSIONES.


Modernizaci贸n del Comercio Exterior Innovaci贸n como objetivo CERTIFICACION NEEC-SECIIT L-III La evoluci贸n de las Certificadas

Enero de 2014



MOCEIMME / SECIIT MOCEIMME

Modernizaci贸n de Operaciones De Comercio Exterior de la Industria Maquilador y Manufacturera De Exportaci贸n

Sistema Electr贸nico para Control de Inventarios de Importaci贸n Temporal


Qué es la Certificación NEEC-SECIIT L-III: Es la autorización de la AGA para que las empresas que la obtengan, puedan utilizar procedimientos de operaciones de Comercio Exterior, especialmente diseñadas para ellas a cambio de que instalen un Sistema de Control de Inventarios de Importación Temporal SECIIT el cual recibe vía electrónica, en un plazo que no excede las 24 horas, las transacciones / información del Sistema Corporativo de Control de Inventarios (SCCI), por tanto refleja fielmente los movimientos que este último registra como consecuencia de las operaciones de Manufactura de la Empresa IMMEX; permitiendo el acceso en línea a la autoridad competente, (Modulo de Aduanas) constituyéndose así en un instrumento confiable de auditoría y comprobación de las operaciones de Comercio Exterior. Esta certificación convierte a las IMMEX en empresas transparentes y confiables para el control de sus operaciones temporales de Comercio Exterior, y refuerza al SAT con instrumentos para identificar y combatir la evasión y elusión fiscales. 6


Requerimientos Para Certificarse NEEC-SECIIT L-III  Haber operados los últimos dos años como Empresa Certificada  Contar con un SECIIT (Sistema Electrónico para el Control de Inventarios de Importación Temporal – Anexo 24 fracción II), el cual debe hacer interfase con el SCCI (Sistema Corporativo de Control de Inventarios, ejemplo: SAP)  Dictamen favorable del Index/CNIMME, para lo cual: Debe presentar solicitud y evidencia documental que acredita lo siguiente: a) Cumple con alguno de los siguientes criterios: b) >= 1,000 trabajadores ante el IMSS ó contrato de prestación de servicios; c) Activos fijos por $ 30,000,000 dólares d) Cotizar en BMV o en el extranjero ó demostrar que >= 51% de acciones con derecho a voto, son propiedad de una empresa que cotiza en BMV o en el extranjero. e) El transporte que utilizará cuenta con sistema de rastreo f) Contar con un SCCI (y mostrar diagrama de flujo) g) Diagrama de flujo de su SECIIT, cumplir con los lineamientos de la ACPCEA (Administración Central de Planeación y Coordinación Estratégica Aduanera) y que la Autoridad Aduanera cuenta con acceso electrónico en línea permanente e ininterrumpido * No aplica cuando importen temporalmente y retornen del Anexo I TER del DIMMEX, ni del Anexo 28, cuando se destinen a mercancías de los 7 los capítulos 61 a 63 y en la sub partida 9404.90 de la TIGIE.


Diagrama Conceptual SECIIT

SCCI SQL

Master file of movements

8


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No genera información disponible para el SAT en línea

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Web SECIIT en línea

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RCGMCE 3.8.12 -II

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Marítimo

Aéreo

Icil te o sp n ra T

Terrestre

NEEC-SECIIT L-III

-vs.-

Terrestre

Marítimo y Aéreo

IMMEX –No SECIIT

Comparativo DESPACHO


NEEC-SECIIT L-III

Tiempo

Costos

Aéreo Guía

Marítimo BL

Terrestre Caja

$0.09

33

$80

$72

24

$125

IMMEX Normal

Costos

Almacen Despacho Honorarios Maniobras Fiscalizado (hrs) AA $usd $usd $usd x Kg

$7

Tiempo Comparativo

4

VS.

Almacen Despacho Honorarios Maniobras SECIIT /Apto (hrs) AA $usd $usd $usd x Kg

Modo

Comparativo

12 $29 61.0085.00 $150 33

$0.60

$250

$186

Ejemplo Jabil: Almacenajes* Ahorro anual por uso del área SECIIT $1'401,000 usd Maniobras* Ahorro anual en maniobras por Manzanillo $152,000 usd Ahorros anual AA/JCC Laredo : $547,000 usd Ahorros anual AA Guadalajara: $475,000 usd Ahorros anual AA Manzanillo: $211,000 usd


CERTIFICACION NEEC-SECIIT L-III Lo que hemos avanzado:  Despacho exprés por todas las Aduanas. • Reducción de T.T. y costo en Inventarios • Reducción de personal en los Centros de Consolidación en U.S.A. • Disponibilidad de mercancía fortaleciendo los sistemas JIT (Just in Time).  Apoderado Aduanal para empresa Certificada y/o Representante Legal….?  Flexibilización Requisitos para Certificación NEEC-SECIIT L-III. • De tres sectores (electrónico, eléctrico y automotriz) a multisectorial (excepto confección, calzado y las que importe I TER). • Opción de Cotizar en Bolsa ó 1000 empleados ó inversión por $ 30’000,000 de dólares  60 días para ajustes en inventarios SECIIT vs. Libros Anexo 24-I(inventario inicial/volver a nacer).  Despacho aduanal en área exclusiva para las Certificadas SECIIT en el Aeropuerto Internacional de Guadalajara u otras aduanas del interior que tengan empresas IMMEX Certificadas NEEC-SECIIT L-III…IMPORTANTE!!!  Pedimentos Importación/Exportación Consolidado Mensual ( 30 días + 10 días).  Avisos de Importación/Exportación  No es necesario trasmitir COVEs de importación o exportación en los términos de la normatividad para la VUCEM y se entenderá realizada la presentación del 11 cierre del pedimento consolidado cuando los mismos hayan sido validados por


CERTIFICACION NEEC-SECIIT L-III Lo que hemos avanzado:

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 Evolución del Control de Inventarios…(Anexo 24-II) • Fase I.- Control por Número de Parte • Fase II.- Control Fracción-Valor • Fase III.- Control Pedimento-Valor  Inclusión 3 R´s. • Reparación • Remanufactura • Reciclaje  Empresa Controladora y Controladas en SECIIT/NEEC L-III (un solo programa IMMEX, un solo SECIIT – Sys, una sola estructura Aduana).  Temporalidad de 60 meses en importaciones temporales Mat.Prima.  Debido a la transparencia del esquema SECIIT se reducen al mínimo los riesgos fiscales y aduanales  Un Esquema ya plenamente reconocido por el SAT/AGACE/AGA y Economía y pilar fundamental para la obtención de la


Propuestas 2014

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 Subir a Empresas Shelter para esta Certificación  Homologar Option-4 Aduana USA/México para exportaciones de ese país, destinadas a empresas NEEC-SECIIT L-III en México.  Fracción Única (Materia Prima), en trámite (1er Q/14)  Archivo Digital.  Blindar a las Empresas NEEC-SECIIT L-III contra actividades ilícitas que se presenten en la recepción de los embarques de importación. (recibo de materiales no amparados en el programa: armas, dinero, droga, etc.)  Regla de Carácter General para Despacho en área SECIIT.(subirla del MOA a regla)  Pedimento Único Importación/Exportación Multi Aduanas (un solo Pedimento mensual consolidado).  Consolidados de Importación USA/México…. de varios RFC´s en un solo camion y despachado por uno o mas A.A. O Ap. Aduanal  Promoción SECIIT no solo como un sistema transparente y que garantiza la certificación de Empresa Confiable al SAT, sino como el esquema con la mejor Logística del Mundo…* Área Seciit-sys *Fracción única *Hand Carry por cualquier Apto/México..  Que las empresas aprobadas como “Confiables” puedan aplicar a esta Certificación NEEC-SECIIT L-III


Beneficios bajo el SECIIT / NEEC L-III •

Con el Nuevo Esquema de Empresas Certificadas (NEEC), la NEECSECIIT L-III es la que mas beneficios recibe en materia de simplificación, facilitación y agilización aduanera. 3.8. 7 * . 3.8.8. IMMEX

7

3.8.9. Apartado “L” (Dictamen ACAI)

Esquema Actual (Sin Seguridad)

6

3.8.10.

3.8.11.

3.8.12.

Controlador a

Aeronaves

SECIIT

21 3

3

6

Nuevo Esquema (NEEC) *En el rubro L(3.8.1.) se agrega una fracción IV, para IMMEX colindante con la Aduana de Cd.Juárez

Sin esquema de seguridad gozaran de 13 beneficios, bajo el apartado L gozarán de 34 beneficios y al menos 42+1(Fracción Única), en el caso de aquellas que adicionalmente cuenten con el NEEC-SECIIT LIII. *En la 1ra Modificación de las RCGMCE 2012 se agregó en la regla 3.8.7 como beneficio para las IMMEX el uso de Aviso Electrónico por medio de una solicitud a la AGA de inspección previa en el aeropuerto de Laredo Tx.


Controladora NEEC-SECIIT (regla 3.8.1 L III) - CONTROLADORA ESTRUCTURA ACTUAL (Las Controladas) IMMEX -1

 IMMEX Certificada SECIIT (L III) Guadalajara  SECIIT (Anexo 24-II) 42+1 beneficios Estructura Independiente 60 meses IMMEX -2  IMMEX Certificada L Chihuahua  Sistema Anexo 24-I 34 Beneficios  Estructura Independiente 36 Meses IMMEX -3  IMMEX normal (no certificada) Zapopan 0 Beneficios  Sistema Anexo 24-I  Estructura Independiente 18 Meses IMMEX -4  IMMEX Certificada L Reynosa  Sistema Anexo 24-I 34 Beneficios  Estructura Independiente 36 Meses Nota: Meses = Temporalidad

ESTRUCTURA CONTROLADORA (Aduanal; no afecta la estructura fiscal) IMMEX -1 Guadalajara NEEC / SECIIT LIII Controladora IMMEX -2 IMMEX -3 Chihuahua Reynosa Controlada Controlada RFC-1 RFC-2 IMMEX -1 Todo en Uno…!  Programa IMMEX. Zapopan  Software SECIIT.  Optimización de HR (10%/15%).Controlada  42+1 Beneficios. RFC-3  Apoderado Aduanal Corporativo.  Contingencias Fiscales y Aduanales mínimas.  Optimización Logística (i.e.: T/T, Despacho Aduanal, Área SECIIT, etc.)  60 meses.


SECIIT… La Evolución Evolución IMMEX

… al 2014

- Maquiladora.

- IMMEX (Certificada).

- Certificación SECIIT.

- NEEC-SECIIT -LIII.

- NEEC-SECIIT -LIII Controladora 16


Conceptos para análisis Costo Beneficio Certificación NEEC-SECIIT L-III Conceptos 1.-Estructura Aduanas/Logistica 2.-Si tiene mas de una planta especificar .*Todas se encuentran bajo un solo RFC y Programa...? *Si son independientes en lo que respecta a : RFC … y ... Ubicación 3.-Cuenta con Apoderado Aduanal o usa Agente Aduanal *Si usa Agente Aduanal, proporcionar : (periodo 2013) -Honorarios(USA/México) -Servicios Complementarios -Costo Almacén (si consolidan en USA) -Costo Personal asignado en el Centro de Consolidación USA

4.-Monto pagado por el uso de Almacén de Recinto/Almacén Fiscalizado (Empresas en el interior de la República) 5.-Tiempos en los procesos de despacho aduanal : *Aéreo *Marítimo *Terrestre 6.-Costo Inventario en Tránsito 7.-Sistema que usan para el Control de las Operaciones de Comercio Exterior (Anexo-24) 8.-Estructura y costos Centro de Consolidación USA 9.-Costo por libra Consolidados terrestres USA


SECIIT… CERTIFICACION NEEC-SECIIT L-III  Debido a la transparencia del esquema SECIIT se reducen al mínimo los riesgos fiscales y aduanales.  Un sistema transparente que da a la Autoridad, confianza y visibilidad diaria de las operaciones de Comercio Exterior de la empresa al poder ejercer supervisión continua de Imp/Exp/Saldos a través del modulo de aduanas (Anexo-24-II)  La mejor herramienta a nivel mundial para el despacho de las operaciones de Comercio Exterior.  La evolución del SECIIT ha beneficiado a otros esquemas :RFE, Aduana sin Papeles, Industria Automotriz, y el Despacho en Laredo Texas para importación de IMMEX certificadas 3.8.7 -IV  La Certificación NEEC-SECIIT L-III es el esquemas que cuenta ahora con mas beneficios 42!!, incluyendo la autorización de la Fracción Única. (1erQ/2014 ) 19


Hand Carry

(en las RCGMCE)

3.8.9. Para los efectos del artículo 100-B de la Ley, las empresas que cuenten con la autorización a que se refiere la regla 3.8.1., apartado L, además de lo dispuesto en las reglas 3.8.7. y 3.8.8., tendrán las siguientes facilidades: … VII. Tratándose de importación o retorno de mercancías que sean transportadas por pasajeros en vuelo comercial, podrán ser despachadas, sin ingresar a recinto fiscalizado, siempre que, se presenten directamente ante el mecanismo de selección automatizado instalado en la sala internacional del aeropuerto y dentro del horario de operación de la sala, de conformidad con los lineamientos establecidos por la AGA.


Carga Consolidada (RCGMCE) 3.7.29. Para los efectos de lo establecido en los artículos 35, 36 y 37 de la Ley y 58 de su Reglamento, las empresas transportistas podrán efectuar la consolidación de mercancías de exportación o retorno de diferentes exportadores, contenidas en un mismo vehículo, amparadas por varios pedimentos y tramitados hasta por tres agentes o apoderados aduanales diferentes, por la Aduana de Nuevo Laredo, con sede en Tamaulipas, siempre que se cumpla con lo siguiente: I. Los agentes o apod.aduanales deberán tramitar los pedimentos correspondientes a cada exportador que amparen las mercancías transportadas en el mismo vehículo y someterlos simultáneamente al mecanismo de selección automatizado. II. El transportista deberá presentar los pedimentos correspondientes, junto con la relación de documentos a que refiere el tercer párrafo de la regla 3.1.3. III. Las operaciones se deberán sujetar al horario establecido en la aduana para este tipo de operaciones, y cumplir con lo dispuesto en la regla 1.4.4. IV. El resultado del mecanismo de selección automatizado se aplicará según corresponda a cada pedimento, y en caso de reconocimiento aduanero de las mercancías, no podrá retirarse el vehículo hasta que concluya el mismo. Cuando con motivo del reconocimiento aduanero, de la verificación de mercancías en transporte, de la revisión de los documentos presentados durante el despacho o del ejercicio de las facultades de comprobación de la autoridad aduanera, en el que proceda la determinación de contribuciones omitidas, cuotas compensatorias y, en su caso, la imposición de sanciones, los agentes o apoderados aduanales serán responsables de las infracciones cometidas. Cuando no se pueda individualizar la comisión de la infracción, independientemente de la responsabilidad en que pudiera incurrir el transportista, éste deberá garantizar mediante cuenta aduanera de garantía, a favor de la TESOFE, la omisión de contribuciones cuando corresponda y las multas respectivas, además del valor comercial de las mercancías en territorio nacional al momento de la aplicación de las sanciones respectivas. ---------------------------------3.1.13. Para los efectos de los artículos 36, 37 y 43 de la Ley, se podrá efectuar la consolidación de carga de importaciones y exportaciones temporales y definitivas, retornos, depósito fiscal, recinto fiscalizado estratégico y tránsito interno de mercancías de un mismo exportador o importador o en su caso diferentes, contenidas en un mismo vehículo,amparadas por varios pedimentos, impresiones simplificadas del COVE o avisos electrónicos de importación y de exportación, tramitados por un mismo agente o apoderado aduanal. Para los efectos del párrafo anterior, el agente o apoderado aduanal deberá presentar el formato denominado “Relación de documentos”, las impresiones simplificadas de pedimento o impresiones simplificadas del COVE y las mercancías, ante el módulo de selección automatizado para su despacho. Tratándose de operaciones tramitadas simultáneamente por un agente y apoderado aduanal deberán presentar ante el módulo de selección automatizado, conjuntamente con las impresiones simplificadas de pedimento o impresiones del COVE y las mercancías, el formato a que se refiere el párrafo anterior. En el caso de operaciones de tránsito interno, siempre que la aduana de despacho o de salida, según corresponda, debe ser la misma para las mercancías transportadas en el mismo vehículo. Tratándose de operaciones de tránsito interno a la exportación, el formato a que se refiere el segundo párrafo de la presente regla deberá presentarse tanto en la aduana de despacho al inicio del tránsito como en la aduana de salida. Cuando con motivo del reconocimiento aduanero, de la verificación de mercancías en transporte o del ejercicio de las facultades de comprobación, la autoridad aduanera detecte mercancía excedente o no declarada, o el incumplimiento de las disposiciones aplicables, y no se pueda individualizar la comisión de la infracción, el agentey/o apoderado aduanal que haya tramitado el pedimento o factura correspondiente será el responsable de las infracciones cometidas. Lo dispuesto en la presente regla, no será aplicable a las operaciones que se realicen conforme a lo establecido en la fracción II del segundo párrafo de la regla 3.1.12. Tratándose de importaciones definitivas no podrán realizar pedimentos consolidados, conforme a lo establecido en los artículos 37 de la Ley y 58 de su Reglamento.


NEEC-CONTROLADORA L-I (RCGMCE 3.8.1) I. Las empresas a que se refiere el artículo 3o., fracción I del Decreto IMMEX, que acrediten que han sido designadas como sociedades controladoras y participe con las controladas de manera directa o indirecta en su administración, control o capital, cuando alguna de las controladas tenga dicha participación directa o indirecta sobre las otras controladas y la controladora, o bien, cuando una tercera empresa ya sea residente en territorio nacional o en el extranjero, participe directa o indirectamente en la administración, control o en el capital tanto de la sociedad controladora como de las sociedades controladas. Para efectos de lo anterior, deberá anexar lo siguiente: a) Copia de la aut. del Programa IMMEX otorgado por la SE. b) La relación de las sociedades controladas, indicando su participación accionaria, su denominación o razón social, domicilio fiscal, RFC y el monto de las importaciones y exportaciones realizadas por cada una de las sociedades. c) Un diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia certificada de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de la controladora y de las sociedades controladas. Las sociedades controladas que tengan integradas sus operaciones de maquila en una sociedad controladora que haya obtenido su autorización como empresa certificada, podrán en forma individual obtener la autorización para su inscripción en el registro de empresas certificadas, siempre que presenten su solicitud ante la ACALCE conforme a la presente regla.

NEEC-SECIIT/CONTROLADORA L-III 3.8.12 -III. Tratándose de empresas con programa IMMEX en la modalidad de controladora, podrán efectuar la importación temporal, retorno y traslado de las mercancías a que se refiere el artículo 108 de la Ley, conforme a lo establecido en la fracción II de la regla 3.8.10.


TERCERA UNIDAD DESPACHO ADUANERO E. EMPRESAS CERTIFICADAS

SECIIT en el MOA

3. Despacho aduanero de mercancía para su importación y exportación en el recinto fiscal de la aduana de Guadalajara VIGESIMATERCERA. Las empresas IMMEX certificadas en términos de la RCGMCE 3.8.1., apartado L, fracción III (empresas SECIIT), así

como la industria automotriz terminal, podrán tramitar el despacho aduanero de mercancías para su importación, exportación o retorno en el recinto fiscal de la aduana de Guadalajara, siempre que cumplan con lo establecido en las normas siguientes, así como, en los lineamientos que para tal efecto emita la aduana. VIGESIMACUARTA. La mercancía sujeta al presente procedimiento deberá haber arribado a la aduana de Guadalajara el mismo día en que se realice el despacho aduanero. VIGESIMAQUINTA. En el caso de importación, la mercancía que se presente ante el mecanismo de selección automatizado, deberán contar con el pedimento validado y pagado o bien su impresión simplificada y en caso de pedimentos consolidados, con la factura con el código de barras o la impresión simplificada del COVE, en su caso, dentro del horario que para tal efecto establezca la aduana de Guadalajara. Tratándose de exportación o retorno, se deberá contar con el pedimento validado y pagado, o bien, su impresión simplificada y, en su caso, la factura con el código de barras, antes del ingreso de la mercancía al recinto fiscal, o bien, la impresión simplificada del COVE. Tratándose de pedimentos consolidados realizados por empresas SECIIT, para el despacho de la mercancía, se deberá presentar el “Aviso electrónico de Importación y de Exportación” que forma parte del Apartado A del Anexo 1 de las RCGMCE, que se transmitió previamente al SAAI. VIGESIMASEXTA. En el pedimento o en el código de barras, según sea el caso, se deberá asentar el identificador NR, contenido en el Apéndice 8 del Anexo 22 de las RCGMCE y por tanto no se indicará el identificador CR “Recinto Fiscalizado”, toda vez que son excluyentes. VIGESIMASEPTIMA. No se realizará el reconocimiento previo de la mercancía ni la desconsolidación de la carga, para lo cual: La mercancía podrá ingresar al recinto fiscalizado que corresponda, únicamente para llevar a cabo las maniobras de separación de la mercancía, descarga y entrega de las mismas a las empresas certificadas, para que las presenten al módulo de selección automatizado para su despacho. El ingreso de la mercancía no se registrará en el sistema de control de inventarios del recinto fiscalizado, no obstante se deberá registrar la entrada y salida como maniobra, y proporcionar la información a la aduana en los términos que ésta defina. La empresa transportista deberá entregar a la empresa certificada, la mercancía el mismo día que arribe, en caso contrario, deberá ingresar a recinto fiscalizado, sin hacer uso del beneficio establecido en el presente procedimiento. VIGESIMAOCTAVA. Cuando las empresas no cumplan con lo establecido en el presente procedimiento, la mercancía deberá ingresar al recinto fiscalizado, para lo cual tendrán que rectificar el pedimento o reimprimir el código de barras, según corresponda, para eliminar el identificador “NR” y asentar el “CR” con su complemento correspondiente. VIGESIMANOVENA. Cuando las empresas certificadas no realicen en tiempo la maniobra de las mercancías, durante el horario establecido, conforme a lo señalado en el presente procedimiento y a los lineamientos que emita la aduana de Guadalajara, provocando que la mercancía no se despache el mismo día en que haya arribado a la aduana, la empresa certificada deberá ingresar la mercancía al recinto fiscalizado, sin hacer uso del beneficio establecido en el presente procedimiento y cubriendo los gastos correspondientes.


Visita a Planta Jabil SAT / SE / index Enero 8, 2014


Visita a Planta Jabil SAT / SE / index Enero 8, 2014


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