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Ley de Extinción de Dominio

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Archivo Libanés

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La Ley de Extinción de Dominio es una acción que tiene el Estado Mexicano para extinguir la propiedad de los bienes que tienen relación con la comisión de ciertos delitos, tiene su fundamento en el artículo 22 de la Constitución Federal, de la cual se desprende la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

Es una herramienta jurídica dirigida contra los bienes de origen o destinación ilícita, como tal, es un instrumento de política criminal que busca complementar el conjunto de medidas institucionales y legales adoptadas por los países.

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El ministerio público actuará en el trámite de extinción de dominio en defensa del orden jurídico, del patrimonio público y los derechos y garantías fundamentales. La única manera de evitar la extinción de dominio es acreditando la buena fe en la adquisición, manejo y destino de los bienes. La parte demandada y la o las personas afectadas, deberán acreditar suficientemente.

Esta ley ha generado muchas dudas por lo que la Asociación de Caballeros Al Furzán decidió organizar una plática el pasado 24 de junio en la que los socios y amigos de Centro Libanés pudieran exponer sus dudas, como expositor tuvimos la presencia del abogado especialista Mario García Santa Anna, quien inició la conferencia con el contexto de la generación de este tipo de leyes, las cuales tomaron mucho valor específico a raíz de la situación socioeconómica y política de los países donde había mucha corrupción y abuso de parte de la delincuencia organizada.

¡Esperamos que haya sido de utilidad! Por: Luis García

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