Informados Boletín CPA

Page 1

BOLETÍN N º 13 | CORTE 31.08.2021 | EMISIÓN 10.09.2021

1


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA 2021.......................................................... 4 Mes de la Contaduría Pública 2021............................................................................................................ 4 Patrocinadores .............................................................................................................................................. 9 Expositores del mes de la contaduría pública 2021.................................................................................. ... 23

JUNTA DIRECTIVA ......................................................................................... 24 PERSONAL ADMINISTRIVO........................................................................... 25 INFORMACIÓN GENERAL............................................................................... 26 Participación en Seminarios Institucionales IFAC y AIC.............................................................................. ... 26 Conferencias Universitarias ......................................................................................................................... 27 Incorporación Julio 2021 ....................................................................................................................... ...... 28 Comunicado: Pronto entrarán a regir las nuevas tarifas de honorarios del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica .......................................................................................... .... 29 Programa Hablemos .........................................................................................................................................34

TEMAS DE INTERÉS ...................................................................................... 36 YA VIENE… la nueva plataforma CPA DIGITAL ................................................................................................ 36 Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica se integra a la Red Institucional de Transparencia ............... 37

DESARROLLO PROFESIONAL ............................................................................... 41 Agenda de Capacitaciones ............................................................................................................................ 41

AVISOS ADMINISTRATIVOS ................................................................................. 42 Encuesta sobre Normas Internacionales de Información Financiera.......................................................... ... 42 Encuesta sobre el servicio al cliente del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica............................... 43 Firma Digital .............................................................................................................................................. 45

2


Venta de Artículos ..................................................................................................................................... Protocolo de actuación del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica ante el Coronavirus (Covid-19).. Mantenga sus Pagos al día ...................................................................................................................... Actualice la Información de su tarjeta de crédito y débito .......................................................................... Convenios Comerciales ............................................................................................................................... Prevención y Denuncia de Delitos de Corrupción ......................................................................................... Realice sus Pagos ...................................................................................................................................... ... Conectividad Bancaria ............................................................................................................................... ....

46 47 48 49 50 52 55 56

OTROS TEMAS ................................................................................................ 57 Aclaración a la opinión Pública acerca del papel que desempeñan las auditorías internas del sector municipal en los gobiernos locales, como componente de la fiscalización.................................................................................. 57

3


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA

4


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA

La celebración del mes de la contaduría pública, durante agosto de 2021 en su edición consecutiva Nº 11, se resaltó con la celebración del 74 aniversario del Colegio, fundado el 19 de agosto de 1947; en consecuencia, la mejor manera de celebrarlo es capacitando, no solo a nuestros colegiados sino también a otros profesionales de las ciencias económicas y de otras áreas, y al público general. Lo anterior debido a que todas las conferencias se transmiten por el Facebook Live del Colegio. Es por esto que el Colegio realiza en forma constante capacitaciones establecidas en la Ley Nº 1038 y su Reglamento, como lo son: A) Promover el progreso de la Ciencia contable y su sus afines B) Cuidar el adelanto de la profesión en todos los aspectos, de la defensa colectiva y del normal desenvolvimiento de las actividades profesionales, procurando el mejor desarrollo de la enseñanza en el ramo. C) Dar opiniones , evaluar las consultas técnicas que le hagan y dirimir los conflictos que pudieron presentarse entre los integrantes o que le fueran sometidos en calidad de arbitraje en materia de su competencia. D) Promover el progreso científico de la Contaduría Pública y ciencias afines. E) Velar por el progreso técnico y económico de sus miembros

5


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA

Bajo el lema ACTUEMOS COMO UN APRENDIZ EN CONSTANTE FORMACIÓN, los ejes de las conferencias del mes de la contaduría pública fueron: 1. Normativa Técnica Internacional: a. Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) b. Normas Internacionales de Auditoría (NIA) c. Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) d. Normas Internacionales de Información Financiera para las pequeñas y medianas empresas (Niif Pymes)

e. Diferencias entre NIIF y USGAAP f. Proyecto de Normas de Información Financiera para Entidades sin fines de lucro 2. Algunas Circulares (Guías Mínimas) del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica 3. Gestión de riesgos 4. Liderazgo y habilidades blandas 5. Control Interno y gobierno corporativo 6. Fundamentos de los contratos de fideicomiso 7. Nueva Ley Concursal Procesal expediente legislativo N° 21.436, aprobado en segundo debate en febrero 2021 8. Ciberseguridad 9. Continuidad de negocios post Covid 10. Perspectivas económicas de Costa Rica y su reciente ingreso a la OCDE Adicionalmente, celebramos el día de la madre, el viernes 13 de agosto mediante la producción de una revista que incluyó una sección de: • Cocina con: El Chef Marco Morales, • 1 segmento de belleza; con la esteticista Roselyn Pao • 1 sección dedicada a la preparación de diversostipos de café; con la barista Silvia Durán, todo lo anterior con la amena participación musical de Juan Jo.

6


MESDE DELA LACONTADURÍA CONTADURÍAPÚBLICA PÚBLICA MES Como parte de la celebración del 74 Aniversario del Colegio, se organizó una “Feria Virtual de Oportunidades Empresariales”, con el propósito de proyectarse a la sociedad costarricense y de ayudar a todas las pequeñas y medianas empresas y en cada uno de sus negocios y en todo el país. Dichas actividades las extendimos en dos fechas, debido a la gran demanda de las PYMES y emprendedores, que se inscribieron, más de 90 para dar a conocer sus productos y servicios, esta feria fue transmitida por nuestro Facebook Live y actualmente tiene más de 15 reproducciones. Por supuesto, el 19 de agosto, día del 74 aniversario, no podía pasar desapercibido, y se organizó un concierto virtual con Erick León y La Jungla, transmitido por nuestro Facebook Live, que ha registrado más de 7000 reproducciones. De tal modo que el mes de la contaduría pública aparte de ser una excelente oportunidad para enfatizar sobre la importancia y necesidad del desarrollo profesional continuo, también lo es para compartir actividades sociales y crear espacios de proyección institucional hacia la sociedad costarricense e internacional.

7


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA

Para esta edición Nº 11 tuvimos el eslogan “Actuemos como un aprendiz en constante formación” el cual nos impulsa como profesionales a estar en continuo aprendizaje y mejora constante en cada trabajo o actividad que realicemos como Contadores Públicos Autorizados. Desde el Colegio siempre impulsamos el crecimiento y rendimiento profesional de todos los CPA en cada una de sus áreas de trabajo y así mejorar día a día sus competencias y habilidades profesionales.

8


MES MESDE DELA LACONTADURÍA CONTADURÍAPÚBLICA PÚBLICA

PATROCINADORES

9


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PATROCINADORES DIAMANTE • Centro Universitario Educativo • WhatsApp 8524 3420 • Página: www.castrocarazo.info

• Servicios de Auditoría, Tax & Legal Service y Advisory • Teléfono: 201 4100 • Email: cr-fmcomunicacion@kpmg.com

10


MES MESDE DELA LACONTADURÍA CONTADURÍAPÚBLICA PÚBLICA PATROCINADORES DIAMANTE • Centro Universitario Educativo • Teléfono: 2206 8600 • Página: www.ufidelitas.ac.cr

• Servicios contables, auditorías, estudios de precios de transferencia • Teléfono: 4055 0240 • Página: info@cpacr.com 11


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PATROCINADORES DIAMANTE Auditoría y Finanzas, Asesoría de Negocios y Consultoría, Impuestos y Asesoría de Transacciones, Fusiones y Adquisiciones Teléfono: 2208 9800 • Email: eycommunications@cr.ey.com

Auditorías, Asesorías fiscales y Trabajos de Atestiguamiento • Teléfono: 4703 0523 • Email: walter@gomezdurancr.com

12


MES MESDE DELA LACONTADURÍA CONTADURÍAPÚBLICA PÚBLICA PATROCINADORES DIAMANTE

• Servicios sistemas innovadores, plataforma de facturación electrónica • Teléfono: 4001 3238 • Página: www.facturaelectronicanaby.com

• Asesorías, Auditorías, Consultorías, Impuestos, Legal electrónica • Teléfono: 2246 5000 • Página: www.deloitte.com/cr

13


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PATROCINADORES DIAMANTE • Sistema de Contabilidad Integrado en la Nube • Teléfono: 2290 9874 • Página: info@tecnosoftcr.com

14


MES MESDE DELA LACONTADURÍA CONTADURÍAPÚBLICA PÚBLICA PATROCINADORES DIAMANTE • Auditoría , Impuestos y Servicios de Negocios y Outsourcing • Teléfono: 2248 0808 • Email: contact@bdo.cr

• Factura Profesional • Teléfono: 2204-9494 • ventas@cyberfuel.com

15


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PATROCINADORES DIAMANTE • Auditoría, Impuestos, Asesorías •vTeléfono: 4000 1880 • Email: eduardo.espinoza@caseware.com

• Contabilidad, Impuestos y legal, auditoría, finanzas y consultoría • Teléfono: 4000 0354 • Página: www.gcfcr.com

16


MES MESDE DELA LA CONTADURÍA CONTADURÍA PÚBLICA PÚBLICA PATROCINADORES DIAMANTE • Auditoría, certificaciones, revisiones de estados financieros, asesoría legal y tributaria, estudios de precios de transferencia • Teléfono: 2244 0009 • Página: www.rartaviayasoc.com

17


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PATROCINADORES ORO • Servicio Tributario, Fiscal y Legal • Teléfono: 4001 7250 • Email: echaves@atcauditores.com

• Auditoría, Asesoría y Outsourcing • Teléfono: 2520 0220 • Email: info@grupoconsultepro.com 18


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PATROCINADORES ORO • Asesorías, Auditorías, Control Interno, Certificaciones, Trámites municipales, inscripciones en el MEIC y solicitudes en exonet • Teléfono: 2253 0109 • Página: rocio@quirosgomez.com

19


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PATROCINADORES ORO • Producción Audiovisual • Teléfono: 869 10503 • Email: bcamaro86@gmail.com

• Corredora de Seguros • Teléfono: 8871 1584 • mariajose.roldan@innovaseguros.cr 20


MES MESDE DELA LACONTADURÍA CONTADURÍAPÚBLICA PÚBLICA PATROCINADORES ORO • Auditoría, Consultoría, Outsourcing, Impuestos • Teléfono: 2231 7358 • info@venegasnexia.com

• Entidad bancaria nacional • Teléfono: 25198090 • solucion@promerica.fi.cr

21


MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PATROCINADORES ORO

Toque

¿

22


EXPOSITORES MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA ¡MUCHAS GRACIAS A TODOS LOS QUE PARTICIPARÓN EN EL MES DE LA CONTADURÍA PÚBLICA!

Edgar Chaves Valerio CPA

Isidro Álvarez Salazar CPA

Alber Porras Rojas CP

Mercedes Campos Alpízar CPA

Alonso Erak Vargas CPA

Eduardo Sandí Zúñiga CPA

Franklin Noguera Flores CPA

Priscila Aguilar Quirós CPA

Departamento de Fiscalía

Rafael Castro Monge CPA

Jorge Chinchilla Castro CPA

Eduardo Cabrera Álvarez CP

Gerardo Corrales Brenes Economista

Angie Quirós Chanto Psicóloga

Edwin Castillo Arias CPA

Alejandro Jiménez CPA

Luciana Salas Luna MBA

Christian Merlos Cuaresma Abogado

Alexandra Peñuela Cuesto IFAC

Andrey Daniel Sylvia Jorge Arturo Prendas Solís Barrantes Rivera Sarmiento Pavas Meljem Enríquez CPC CPA CP Administrador Público

Félix Negrón

Juan Carlos Lara Povedano CPA

Aderith Brenes Castr o CPA

Erick Brenes MBA

Rogelio Ávalos Andrade CPC

Mario Camacho Ramírez CPA

Carmen Rovira Iguarán CP

Carla Coghi Rivera CPA

José Rodolfo León Díaz Abogado

Efraín Darío González Jiménez Barrantes Coronado CPA CP

Luis Santiago Vindas Agrónomo

Kathia Marín Porras CPA

Ricardo Vásquez Bernal CP

María del Pilar Ugalde Herrera CPA

Jeannette Solano García CPA

Álvaro Castagneto CP

Hevel Mauricio Berrocal Portuguez CPA

23


JUNTA DIRECTIVA Presidente

Vicepresidenta

Lic. Guillermo Smith Ramírez

Licda. Emilia Vargas Rodriguez

Secretaria

Prosecretaria

Licda.Nydia María Venegas Román

Licda. Rosa Orquidea Zayas Contreras

Tesorero

Fiscal

Lic. Harold Alberto Hernandez

Lic. Marvin Esquivel Alfaro

Castro

Vocal I

Vocal II

Lic. Sergio Alejandro Vargas Flores

Licda. Susana Bagnarello Kepfer

Vocal III Lic. Kevin Chavarría Obando

24


PERSONAL ADMINISTRATIVO Director Ejecutivo Lic. Mauricio Artavia Mora

Javier Bell Pantoja Jefe de desarrollo Profesional

Laury Arce

Armando Páez

Encargada de Mercadeo

Asistente Técnico

Sarela Cano

Gabriela Coto

Gestora Cobros

Encargada de Comunicaciones

Keyli Hernández Gestor Administrativo

25


INFORMACIÓN GENERAL PARTICIPACIÓN EN SEMINARIOS INSTITUCIONALES IFAC Y AIC

El pasado 2 de junio, nuestro Presidente el Lic. Guillermo Smith participó en los SEMINARIO INSTITUCIONALES que organizó el IFAC y el AIC, el Lic. Smith expuso sobre el tema: Aplicación Efectiva de un Sistema de Investigación y Disciplina como Pilar de la Profesión Contable, en el cual se analizaron conocimientos y experiencias que fortalecen a las organizaciones profesionales en el área de la contaduría pública. En esta actividad también se conto con la participación del Sr. Manuel Arias de la parte técnica del IFAC y el Sr. Héctor Jaime Correa el cual ocupa el cargo de la primera vicepresidencia del AIC.

26


CONFERENCIAS UNIVERSITARIAS

El Lic. Mauricio Artavia, Director Ejecutivo de nuestro Colegio, el 9 de julio, dictó una conferencia para todos los estudiantes y profesores de la Universidad Castro Carazo, en la cual se analizó el rol del Contador Público en la actualidad y el futuro, cuáles son las oportunidades que tenemos y como debemos adaptarnos al cambio utilizando la tecnología como herramienta que nos complementa como profesionales. También se instó a todos los estudiantes de la carrera de contaduría a seguir capacitándose en forma continua ya que los cambios en normativa son constantes a nivel internacional.

27


INCORPORACIÓN JULIO 2021 San José 30 de Julio 2021 El pasado . El pasado viernes 30 de julio, el Colegio realizó la incorporación de más de 24 profesionales que desean ejercer la Contaduría Pública de manera responsable y con la garantía de brindar Fe Pública en cada uno de los trabajos que realice de ahora en adelante. Dicha actividad contó con la presencia de los nueve miembros de la Junta Directiva (Guillermo Smith Ramiréz, presidente; Emilia Vargas Rodríguez, vicepresidenta; Nidya Venegas Román, secretaria; Roxy Contreras, prosecretaria; Harold Alberto Hernández Castro, tesorero; Marvin Esquivel Alfaro, fiscal ; Sergio Alejando Vargas flores; vocal ; Susana Bagnarello Kepfer, voval III; Kevin Chavarría Obando, vocal II), así como la participación de Mauricio Artavia Mora, Director Ejecutivo del Colegio Para el Colegio es un orgullo saber que cada vez son más los profesionales que desean ser depositarios de la fe pública y desean contar con la potestad para auditar y atestiguar sobre los actos de terceros ante el estado y la sociedad en general.

28


COMUNICADO: PRONTO ENTRARÁN A REGIR LAS NUEVAS TARIFAS DE HONORARIOS DEL COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA Conforme se indicó en comunicados anteriores, el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, tramitó una actualización de las tarifas de honorarios mínimos que entraran a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, por lo que se les insta a estudiar este nuevo arancel que se detalla en seguida, que fue debidamente aprobado por el Ministerio de Hacienda y el Presidente de la República, el 13 de marzo del 2020: PRÓXIMAS TARIFAS DE HONORARIOS PROFESIONALES MÍNIMOS DE LOS CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS I) Honorarios mínimos de Auditoría Financiera, Informática u Operacional: El cálculo de honorarios profesionales debe ser efectuado tomando en cuenta los siguientes parámetros: a. Independientemente del tipo, naturaleza, tamaño de la empresa contratante y de la naturaleza simple o compleja del programa de una auditoría, la tarifa mínima para ésta es de ¢22.695,71 (veintidós mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos) por hora profesional. b. Toda auditoría contratada por una entidad privada no regulada, en la que se emite un informe, para dar una opinión sobre un conjunto de estados financieros anual; deberá cumplir con un mínimo de 80 horas profesionales. El profesional contratado, será el responsable de la calidad en la prestación del servicio, así como de determinar si la auditoría convenida requiere emplear más horas del mínimo establecido en el presente inciso; en cuyo caso dichas horas serán cobradas, al menos, según la tarifa por hora profesional que corresponde a ¢22.695,71 (veintidós mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos). c. Toda auditoría contratada por una entidad pública o una entidad privada regulada, sea por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) o por la Contraloría General de la República (CGR), en la que se emite un informe para dar una opinión sobre un conjunto de estados financieros anual, deberá cumplir con un mínimo de 100 horas profesionales, en función de las regulaciones que se deben contemplar para cumplir con la normativa específica del sector. El profesional contratado, será el responsable de la calidad en la prestación del servicio, así como de determinar si la auditoría convenida requiere emplear más horas del mínimo establecido en

29


el presente inciso; en cuyo caso dichas horas serán cobradas, al menos, según la tarifa por hora profesional que corresponde a ¢22.695,71 (veintidós mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos). Cuando la contratación abarque en el mismo momento y acto de la contratación, el emitir una opinión sobre estados financieros de periodos anteriores y concluidos a la fecha de la contratación, el monto mínimo por cada periodo es un 80% de la tarifa mínima por cada periodo contable auditado. II) Honorarios mínimos de Asesoría y Consultoría Financiera, Fiscal, Contable y afines: Se aplicará una tarifa mínima de ¢22.695,71 (veintidós mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos) por hora profesional. III) Honorarios mínimos de Peritajes Extrajudiciales y Arbitrajes: Los honorarios que se originen de peritajes extrajudiciales asignados a los Contadores Públicos Autorizados, solicitados por Instituciones Públicas, empresas privadas o particulares, para estudio o dictámenes especiales que impliquen la determinación de un valor económico u otras estimaciones, serán cobrados según las horas profesionales estimadas en el programa de trabajo del Contador Público Autorizado, con un mínimo de dieciocho horas profesionales, según la tarifa por hora profesional que corresponde a ¢22.695,71 (veintidós mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos). El profesional contratado, será el responsable de la calidad en la prestación del servicio, así como de determinar si el peritaje requiere emplear más horas del mínimo establecido en el presente inciso, en cuyo caso dichas horas serán cobradas, al menos, según la tarifa por hora profesional que corresponde a ¢22.695,71 (veintidós mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos). IV) Honorarios mínimos en Certificaciones o Servicios de Atestiguamiento: Se aplicará la siguiente escala: a. Certificación de ingresos brutos o Estudios de Ingresos brutos generados en relaciones laborales y Certificación o Estudio de Ingresos que implique verificación de productos, gastos, costos para establecer ingresos netos originados en operaciones comerciales, industriales, profesionales; certificaciones de lucro cesante; ingresos brutos relacionados con alquileres, intereses, pensiones, dividendos, comisiones que no provengan de relación laboral; certificaciones de saldo deudor y otras no consideradas en el inciso siguiente, se aplicará una tarifa mínima de ¢22.695,71 (veintidós mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos) por hora profesional, y deberá cumplir con un mínimo de 3 horas profesionales. b. En los casos que se refiera a certificaciones o estudios de ingresos de entidades inscritas en el Régimen Simplificado y/o Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) inscritas como tales

30


ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), el honorario mínimo será del 5% de la renta mensual promedio neta o la utilidad antes del impuesto de renta, correspondientes al período sobre el cual se emite la certificación o el estudio de ingresos. En caso de determinar pérdidas y en todos los casos, se deberá cumplir con un mínimo de 3 horas profesionales. c. En los casos que se refiera a certificaciones o estudios de ingresos de organizaciones sin fines de lucro, que cuenten con la declaratoria de interés público así reconocida ante el Ministerio de Hacienda; el honorario mínimo será del 2,5% del excedente mensual promedio neto, correspondiente al período sobre el cual se emite la certificación o el estudio de ingresos. En caso de determinar pérdidas y en todos los casos, se deberá cumplir con un mínimo de 3 horas profesionales. d. En caso de emitir certificaciones de ingresos o estudios de ingresos, para personas físicas que tramitan beneficios de bien social por extrema pobreza ante entidades estatales y a solicitud expresa de esas personas físicas, queda a criterio del Contador Público Autorizado si realiza el cobro o no del servicio prestado, el cual debe estar debidamente justificado y evidenciado en sus papeles de trabajo y el libro de Servicios Profesionales. e. En los casos en que se requiera la actuación de un Contador Público Autorizado para certificar saldos deudores de clientes bancarios, a solicitud de entidades bancarias financieras supervisadas por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) a través de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), originados por el uso de tarjetas de crédito, sobregiros en cuenta corriente o saldos de deudas a nombre de personas físicas, y cuando se elabore un mínimo de 100 certificaciones de este tipo, por mes calendario, se aplicará una tarifa mínima de ¢11.347,86 (once mil trescientos cuarenta y siete colones con ochenta y seis céntimos) por certificación. En estos casos, las entidades bancarias financieras deben contar con un sistema de registro de transacciones, por medio del cual el Contador Público Autorizado pueda acceder y obtener evidencia suficiente y apropiada para desarrollar su trabajo, tal como: contratos de uso de tarjetas de crédito, registros oficiales de la entidad relacionados con el saldo deudor a certificar, los estados de cuenta a la fecha de emisión de la certificación de saldos deudores. Asimismo, la entidad se compromete a tener accesible para el Contador Público Autorizado la información requerida por la Circular 03-2005 “Guía Mínima para emitir certificaciones de saldo deudor por el uso de tarjeta de crédito o certificación del sobregiro en cuenta corriente o certificación por otro tipo de deuda” y sus actualizaciones posteriores. Lo anterior, sin perjuicio de otra información que pudiera requerir el Contador Público Autorizado. La carta de compromiso que suscribe el Contador Público Autorizado con la entidad, al menos

31


de forma mensual, deberá indicar para cada certificación, como mínimo: nombre y número de documento de identificación del deudor, número de operación, saldo principal e intereses de la operación certificados, y monto del honorario. Asimismo, la carta de representación correspondiente que emita la entidad, al menos de forma mensual, deberá ser detallada por las certificaciones que haya emitido el Contador Público Autorizado durante ese período mensual, para lo cual deberá detallar: nombre y número de documento de identificación del deudor, número de operación y monto de los honorarios pagados al Contador Público Autorizado. Esta información se mantendrá disponible para la Fiscalía del Colegio. En este apartado se contemplan las siguientes circulares emitidas por la Junta Directiva del Colegio o las que se encuentren vigentes en esas materias: “Certificación de ingresos o estudio de ingresos”. “Certificación de variables para el cálculo de lucro cesante”. “Certificación del saldo deudor por el uso de tarjeta de crédito o certificación del sobregiro en cuenta corriente o certificación por otro tipo de deuda”. V) Honorarios de Estudios de Pre-factibilidad, Factibilidad y Flujos de Efectivo: El honorario mínimo será del 5% del flujo de efectivo promedio determinado para el Proyecto, correspondiente al período sobre el cual se emite el estudio. En caso de determinar pérdidas, se considerará el monto de la pérdida como un resultado positivo a efectos de determinar el monto del honorario mínimo. En todos los casos, se deberá cumplir con un mínimo de 10 horas profesionales. VI) Otros casos: a. Al solicitar la actuación de un Contador Público Autorizado para que certifique los estados financieros de una empresa en marcha, en la cual sólo se requiere verificar la concordancia de los datos suministrados por la administración de la empresa con los registros formales de la misma, se aplicará una tarifa mínima de ¢22.695,71 (veintidós mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos) por hora profesional, y deberá cumplir con un mínimo de 5 horas profesionales.

32


En este apartado se contempla la siguiente circular emitida por la Junta Directiva del Colegio o la que se encuentre vigente en esa materia: “Certificación de estados financieros”. b. En los casos en que se requiera la actuación de un Contador Público Autorizado para certificar u opinar sobre hechos concretos tales como: Solvencia; conformación, aumentos o disminuciones del Capital Accionario; Pasivos, estados de cuentas corrientes y otros afines; cuando se solicite certificar u opinar de la entidad, contenido, registro, documentación o concordancia del hecho que habrá de hacerse constar en la certificación, se aplicará una tarifa mínima de ¢22.695,71 (veintidós mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos) por hora profesional, y deberá cumplir con un mínimo de 5 horas profesionales. En este apartado se contemplan las siguientes circulares emitidas por la Junta Directiva del Colegio: “Certificación de renta para efectos del cálculo de patente municipal”. “Trabajos de compromisos de seguridad que no son auditoría ni revisión de información financiera histórica”. “Certificación de Cumplimiento de los Elementos del Reglamento de Gobierno Corporativo de la Bolsa Nacional de Valores”. “Certificación del monto por disminución de inventarios”. c. En cuanto a las actuaciones que no tengan por objeto obtener la opinión o certificación formal del Contador Público Autorizado sobre la razonabilidad de los estados financieros de la 12 empresa tomados en su conjunto, sino más bien referidas a los siguientes estudios especiales: revisiones, análisis o estudios especiales sobre determinadas cuentas, áreas o partes de un estado financiero, estudios o revisiones de los sistemas de control interno, estudios y análisis de carácter estadístico tendientes a plasmar la evolución económica o financiera de una empresa, o bien, de clasificación contable de estados financieros de una entidad, la tarifa mínima para esta clase de servicios será de ¢22.695,71 (veintidós mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos) por hora profesional y deberá cumplir con un mínimo de 5 horas profesional. En este apartado se contemplan las siguientes circulares emitidas por la Junta Directiva del Colegio: “Informe de examen de información financiera prospectiva”. “Trabajos de procedimientos convenidos respecto de información financiera NISR4400”. “Trabajos de compilación de información financiera a NISR 4410”.

33


“PROGRAMA HABLEMOS” El pasado 14, 21 y 29 de julio se llevó a cabo nuestro nuevo programa “Hablemos” el cual consiste en brindar la oportunidad a todos los Contadores Públicos Autorizados y Contadoras Públicas Autorizadas en un espacio donde pueden dar sus puntos de vista e interactuar con los miembros de la Junta Directiva así como el personal administrativo del Colegio hablando de diferentes temas en relación con nuestra institucón y el desarrollo de la profesión. En estas primera fechas se presentó la nueva plataforma “CPA DIGITAL” la cual muy pronto estará a disposición de cada uno de los CPA para la compra de timbres digitales, adicional se conversó sobre la nueva tarifa de Honorarios que pronto entrará a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Gaceta. La realización de la actividad tuvo como resultado comentarios positivos de la nueva plataforma “CPA Digital” haciendo recomendaciones que ayudan a mejorar el ejercicio profesional en cuanto al cumplimiento del marco normativo, adicional con respecto a los honorarios, que pronto serán publicados, los participantes mostraron mucho interés y estuvieron de acuerdo con el nuevo arancel para los distintos compromisos que se realizan en nuestra profesión. Como parte de la mejora continua en el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica estamos comprometidos con la misma, por lo que se completó una encuesta entre todos los participantes para evaluar cual es la forma de comunicación que prefieren los colegiados para mantenerse informados y actualizados con el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. Se estarán efectuando más sesiones del programa “Hablemos” a solicitud de nuestros colegiados como una forma de acercamiento y recibir sus oportunidades de crecimiento en las diferentes actividades y procesos que lleva a cabo el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

34


35


YA VIENE… la nueva plataforma CPA DIGITAL, en muy poco tiempo podrá utilizar la plataforma para adquirir los timbres digitales, ¡ESTÁ MUY CERCA, ESPERALA!

En los siguientes enlaces usted podrá observar de manera detallada el documento de los “TERMINOS, CONDICIONES Y POLÍTICAS PARA LA PLATAFORMA CPA DIGITAL”, este enlace lo puede accesar desde nuestro página web: www.ccpa.or.cr en este link: https://www.ccpa.or.cr/terminos-condiciones-y-politicaspara-la-plataforma-cpa-digital/ y también lo puede accesar en la página www.cpadigital.co.cr en este link: https://cpadigital.or.cr/wp-content/uploads/2021/06/Terminos-Condiciones-y-Poli%CC%81ticas-para-laPlataforma-CPA-Digital-TCPCPAD-10-2021.pdf

36


COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA SE INTEGRA A LA RED INSTITUCIONAL DE TRANSPARENCIA El pasado 22 de julio de 2021, la Junta Directiva por medio del acuerdo Nº336-7-2021 da a conocer la inclusión del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica a la Red Institucional de Transparencia (RIT). La Red Interinstitucional de Transparencia es una herramienta que propone la Defensoría de los Habitantes de la República para facilitar a las y los habitantes el acceso a la información relacionada con la administración de los recursos públicos, a través de su publicación en Internet. El Colegio realiza la incorporación en la Red Interinstitucional de Transparencia de manera voluntaria con el fin de continuar con el fortalecimiento de la institucionalidad del país, así como el compromiso de transparencia, rendición de cuentas y lucha contra la corrupción. Puede ingresar a la red por medio de la página web del Colegio www.ccpa.or.cr o en la página web de la Defensoría de los Habitantes www.dhr.go.cr.

37


Plataforma UIF Reportes

38


39


40


DESARROLLO PROFESIONAL

41


AVISOS ADMINISTRATIVOS Le invitamos a completar una encuesta sobre Normas Internacionales de Información Financiera, ingresando AQUÍ.

42


Le invitamos a completar una encuesta sobre servicio al cliente ingresando AQUÍ.

mgomez

43


44


Si se encuentra interesado en adquirir su firma digital puede reservar su cita mediante nuestro Call Center al 2243-0303 o ingresando a nuestra página https://www.coopeande1.com/formularios/formulario-firma-digital

45


Venta de artículos

46


PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA ANTE EL CORONAVIRUS (COVID-19) Estimado CPA, a través de la presente hacemos de su conocimiento el protocolo que ha puesto en marcha el Colegio tanto para los colegiados como para colaboradores de la Institución y público en general, con el fin de cuidar y proteger la salud y la vida de cada uno. Por lo anterior, agradecemos dar lectura completa al documento, ya que su conocimiento y colaboración con la buena aplicación del mismo nos colaborará a evitar la propagación del virus. En dicho documento se establecen una serie de medidas de prevención y mitigación del riesgo ante el Coronavirus (COVID-19), así como la forma en la que abordaremos cualquier situación ligada a este virus. Es importante considerar que: • Extremaremos las medidas de higiene y limpieza; • Evitaremos el saludo y contacto físico con otras personas y sustituirlo por otras sin contacto; • Recomendamos evitar tocarse la cara, ojos, boca y nariz; • Es importante realizar un adecuado lavado de manos con agua y jabón de manera frecuentemente; • Aplicar obligatoriamente el protocolo de la forma correcta de toser y estornudar. • Entre otras medidas. Usted podrá observar ingresando AQUÍ.

el

protocolo

completo

Tal y como lo han recomendado las autoridades de salud a nivel nacional, es importante que redoble los hábitos de higiene, limpieza y autocuidado y esté vigilante de su salud y la de las personas que le rodean diariamente.

47


Proceso de suspensión

48


Actualización de tarjeta de crédito o débito

49


CONVENIOS COMERCIALES El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, cuenta con llamativos convenios con empresas de diversos sectores como: educación, herramientas tecnológicas, turismo y recreación, salud y belleza, cooperación interinstitucional, entre otros. Dentro de los beneficios encontrará descuentos y tarifas especiales para usted y su familia. Puede observar el detalle de cada convenio ingresando en nuestro SITIO WEB. A continuación le presentamos las empresas que se han unido a esta gran iniciativa.

EDUCACIÓN

Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT) Universidad Fidélitas Universidad Hispanoamericana Universidad para la Cooperación Internacional Universidad Metropolitana Castro Carazo (UMCA) Universidad Americana (UAM) Universidad Internacional de las Américas (UIA) Método Inglés fácil. Universidad Politécnica Internacional (UPI) Universidad San Marcos. Universidad Fundepos. Universidad Autónoma Monterrey (UNAM) Universidad Central Intensa – Language Institute Universidad Cenfotec. Universidad Latina de Costa Rica Universidad Estatal a Distancia (UNED) Colegio Sion Centro Cultural Training Office

Herramientas

Factura Tributaria GTI Factura Electrónica

50


Cyberfuel PROCOM

Recreación – Turismo

Sueños Hoteleros Costa Rica Manuel Antonio – Catamaran Best Western - Jacó Beach Jacó Bay Hotel Arenas Enonomy Rent a Car Grupo Barceló

Salud – Belleza

Hospital Metropolitano Laboratorios Clínicos Echandi Instituto Costarricense de Oncología Clínica Labrador Medicentro La Sabana

Cooperación interinstitucional

Fundación para el Estudio del Lavado de Activos y Delitos (FELADE) Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito (FEDEAC)

Otros

RMA arquitectura VADECRI S.A OFIDENT Importadora Monge Colchones Selther Banco Promerica Equifax Tico Courier

51


PREVENCIÓN Y DENUNCIA DE DELITOS DE CORRUPCIÓN Conozca los delitos considerados por la Ley de Responsabilidad de las Personas Jurídicas sobre Cohechos Domésticos, Soborno Transnacional y Otros Delitos aquí: http://www.mjp.go.cr/Cohecho/Cohecho ¡Decí NO a la impunidad del soborno! #denunciá #lasoluciónesdetod@s #justiciaypaz

52


Medidas sanitarias al visitarnos

53


Prevengamos la COVID-19

54


55


56


OTROS TEMAS ACLARACIÓN A LA OPINIÓN PÚBLICA ACERCA DEL PAPEL QUE DESEMPEÑAN LAS AUDITORÍAS INTERNAS DEL SECTOR MUNICIPAL EN LOS GOBIERNOS LOCALES, COMO COMPONENTE DE LA FISCALIZACIÓN Respetables señores y señoras. Después de los últimos acontecimientos que se han generado por diferentes casos de aparente corrupción en la Administración Pública de nuestro país, ha salido a colación opiniones acerca del “deber ser” y de las aparentes “omisiones de las Auditorías Internasdel Sector Público”. Quienes ocupamos ese honorable cargo en los diferentes gobiernos locales, consideramos muy importante dar a conocer nuestra realidad y posición como fiscalizadores del cumplimiento del mandato constitucional por parte de las autoridades y demás miembros de la administración activa del sector municipal, pues lo que caracteriza a estas instituciones es precisamente la cercanía con la ciudadanía, cuya obligación es velar por la prestación de los servicios públicos y tutelar los intereses de sus munícipes. Dado el aparente desconocimiento y la desinformación que se le brinda a la ciudadanía con respecto a la labor, competencias, atribuciones y otros aspectos relevantes que corresponden a las auditorías internas del Sector Público, es importante comenzar este comunicado con lo siguiente: En primer lugar, no debemos olvidar cuál es la función principal de las auditorías internas al tenor de lo establecido en el artículo 211 de la Ley General de Control Interno y las obligaciones que las auditorías internas deben cumplir según el artículo 22 de ese mismo cuerpo normativo: “Artículo 22.-Competencias. Compete a la auditoría interna, primordialmente lo siguiente:”.

a) Realizar auditorías o estudios especiales semestralmente, en relación con los fondos públicos sujetos a su competencia institucional, incluidos fideicomisos, fondos especiales y otros de naturaleza similar. Asimismo, efectuar semestralmente auditorías o estudios especiales sobre fondos y actividades privadas, de acuerdo con los artículos 5 y 6 de la Ley orgánica de la Contraloría General de la República,

1 Artículo 21.-Concepto funcional de auditoría interna. La auditoría interna es la actividad independiente, objetiva y asesora, que proporciona seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley. Dentro de una organización, la auditoría interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas.

57


OTROS TEMAS en el tanto estos se originen en transferencias efectuadas por componentes de su competencia institucional. b) Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno de su competencia institucional, informar de ello y proponer las medidas correctivas que sean pertinentes. c) Verificar que la administración activa tome las medidas de control interno señaladas en esta Ley, en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros; asimismo, examinar regularmente a operación efectiva de los controles críticos, en esas unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios. d) Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende; además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento. (…) Adicionalmente, el bloque de legalidad ha dotado a las auditorías internas de potestades como las indicadas en el artículo 33 de ese mismo cuerpo normativo, con el fin de que puedan cumplir a cabalidad su misión, y todas sus obligaciones, como un componente más del sistema de control interno institucional según se obtiene del artículo 9 de la citada Ley. Asimismo, la Ley General de Control Interno (en adelante LGCI), en su artículo 27 ha definido que el jerarca de los entes y órganos sujetos a esta Ley, deben dotar de los recursos suficientes y necesarios a las auditorías internas, con el fin de poder cumplir su gestión. Dicho de otra forma, las auditorías internas dependen de los recursos que el jerarca les asigne para realizar la labor de fiscalización de las entidades. Además de lo anterior, cabe aclarar que siendo la LGCI, una ley específica que define entre otros, las obligaciones de las auditorías internas del Sector Público, establece también en el artículo 34 varias prohibiciones, entre las que se destaca la prohibición contenida en el inciso e) que dice: e) Revelar información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando y sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes órganos sujetos a esta Ley. Ello quiere decir que mientras se esté investigando un asunto de presunta responsabilidad, las auditorías internas están totalmente inhibidas de otorgar información a terceros. De igual manera, una vez finalizada la investigación, le corresponde atender lo indicado en el artículo 62 de ese cuerpo normativo, que dispone el deber de mantener la confidencialidad de los presuntos responsables y de los hechos, y con ello, respetar el derecho constitucional de que todos somos inocentes hasta que se compruebe lo contrario.

58


OTROS TEMAS Sin embargo, de “la teoría a la práctica hay un mundo de diferencia”, pues la realidad de las auditorías internas en general y con especial énfasis de las auditorías internas municipales, es otra totalmente; razón por la cual, cuando escuchamos algunas apreciaciones de ciudadanos que sin el conocimiento suficiente y mucho menos sin experiencia comprobada en cargos de fiscalización pública, emite criterios negativos e incorrectos acerca del desempeño de nuestra función, nos obliga a dar a conocer nuestra realidad en contraposición con lo que señala el bloque de legalidad que debemos cumplir: a) De conformidad con la LGCI y las Normas de Control Interno emitidas por la Contraloría General de la República, el responsable por la instalación, el funcionamiento, la adecuidad y suficiencia del sistema de control interno, es exclusiva de la administración activa, y el papel de la auditoría dentro de ese sistema, es la evaluación posterior, en forma independiente y objetiva. b) La capacidad instalada de las Auditorías Internas principalmente del sector municipal no es suficiente para fiscalizar el universo auditable que tienen a cargo, además de que los recursos que les otorga la administración son muy limitados (en algunos casos casi que solo cubre el salario del personal de auditoría), lo que propicia la materialización de riesgos en las diferentes áreas auditables, dado que nadie está obligado a lo imposible. c) Los recursos para garantizar la fiscalización integral, la satisfacción del interés público y la transparencia cada día son más limitados, así las cosas, todavía en la actualidad tenemos auditorias municipales unipersonales, siendo que la dotación 2Artículo 6º-Confidencialidad de los denunciantes y estudios que originan la apertura deprocedimientos administrativos. La Contraloría General de la República, la administración y las auditorías internas, guardarán confidencialidad respecto de la identidad de los ciudadanos que presenten denuncias ante sus oficinas.

c) La información, documentación y otras evidencias de las investigaciones que efectúan las auditorías internas, la administración y la Contraloría General, cuyos resultados puedan originar la apertura de un procedimiento administrativo, serán confidenciales durante la

formulación del informe respectivo. Una vez notificado el informe correspondiente y hasta la resolución final del procedimiento administrativo, la información contenida en el expediente será calificada como información confidencial, excepto para las partes involucradas, las cuales tendrán libre acceso a todos los documentos y las pruebas que obren en el expediente administrativo

59


OTROS TEMAS Para todos los casos, la Asamblea Legislativa, en el ejercicio de las facultades contenidas en el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, podrá acceder a los informes, la documentación y las pruebas que obren en poder de las auditorías internas, la administración o la Contraloría General de la República.

de presupuesto anual no es congruente con los estudios técnicos que elaboramos año con año, encontrándose de esta forma un portillo para cercenar de alguna manera, las competencias y facultades que la ley otorga a las auditorías internas, sin que dicho instrumento legal prevea ninguna sanción ni medios recursivos para que las administraciones se vean obligadas a dotar a las auditorías internas de los recursos necesarios debidamente justificados para atender sus obligaciones legales. d) Los recursos que disponen la mayoría de las auditorías internas no son, ni por asomo, comparables a los recursos que dispone la administración activa para cumplir con su deber, siendo al parecer que algunas administraciones han derrochado sus recursos para cometer ilícitos contra las finanzas públicas como el tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito, malversación de fondos y demás actos de corrupción por muchos conocidos. e) Existe una clara diferencia entre la disponibilidad de recursos de una auditoría municipal y otras auditorías del sector público, puesto que estas últimas disponen no solo del recurso humano necesario, sino que también de otro tipo de recursos materiales y logísticos como sistemas de información de primera línea, personal suficiente, capacitaciones, etc. f) Adicional a lo anterior, es importante mencionar que los salarios del auditor y del resto del personal de la Auditoría Interna de las municipalidades, en la mayoría de los casos es muy inferior y no competitivo con relación a los salarios de grandes instituciones del Estado como los bancos, RECOPE, y otras instituciones, aun cuando las funciones y responsabilidades son las mismas. g) No existe en este momento, una estructura mínima para las auditorías internas que le permita desarrollar su potencial, a saber: profesionales de auditoría, funcionarios de apoyo administrativo, de inspecciones y otros, de tal forma que la atención de las obligaciones de éstas, sea posible y comparable con el resto de las auditorías del Sector Público que si cuentan con esos mínimos y hasta más, haciendo posible dar la seguridad y garantía que pretende el artículo 21 de la Ley General de Control Interno y otra normativa relacionada.

60


OTROS TEMAS h) Los productos de auditoría interna (informes de control interno, advertencias, asesorías, relaciones de hechos, denuncias penales, entre otros), han encontrado poco compromiso por parte de los jerarcas, pese al seguimiento y la insistencia del auditor para su cumplimiento; sin embargo, ante la ausencia de la consecuencia real del error, el jerarca ha optado por simular una acción correctiva o de plano no acatarla. i) Existe una evidente obstaculización de la labor de auditoría cuando las administraciones activas niegan el acceso a la información en forma abierta y disimulada, para atrasar y hasta impedir que se lleve a cabo una investigación. j) Ha existido persecución de auditores y de su equipo de trabajo, sin que prosperen denuncias ante las autoridades correspondientes, obligando en algunos casos a la renuncia de funcionarios de dicho departamento u ocasionándoles un evidente deterioro en el estado de salud de los equipos de trabajo de auditoría. k) Cuando se logra finalizar estudios que pueden corresponder al establecimiento de responsabilidades administrativas, civiles o penales, suele suceder que quienes deben tomar las acciones disciplinarias o sancionatorias correspondientes, archiven los casos, no inicien a tiempo los procedimientos disciplinarios y estos prescriben o caducan, o emiten sanciones que no corresponden al peso de los hechos encontrados en la investigación, prolongando el nombramiento de los presuntos responsables, hasta que lleguen a jubilarse o quieran irse por su propia cuenta. l) Encontramos entonces inoportunidad en los trámites que conlleva un procedimiento disciplinario sancionatorio, o un procedimiento penal, pues las autoridades que les corresponde su atención, son lentas en los procesos y muy rigurosos en los formalismos, dejando por años sin trámite irregularidades cometidas por personas que no debieran formar parte del Sector Público, pues atentan con sus actuaciones, contra la preservación del patrimonio público, la transparencia de la gestión, el cumplimiento de los objetivos y metas, la atención del interés público y el cumplimiento del ordenamiento jurídico. m) Nos encontramos entonces con un límite natural y legal de nuestras competencias para combatir la corrupción, pues si los jerarcas o titulares subordinados no atienden el principio de probidad para que, en forma conjunta, el Sector Público se libre de malos funcionarios y hasta terceras personas que promueven actos corruptibles. Por lo tanto, resulta improcedente que se le endilgue una obligación a las auditorías internas que solo le corresponde a la administración activa, pues las auditorías internas se verán maniatadas por las prohibiciones que el bloque de legalidad le establece, en cuanto a ejercer funciones que son propiamente de la administración activa, y cuya omisión, pocas veces es sancionable con la rigurosidad que debiera.

61


OTROS TEMAS n) En ocasiones por ejercer esa responsabilidad como órgano denunciante ante la vía penal o administrativa, los auditores son objeto de demandas, las cuáles en su mayoría deben enfrentar en forma personal, lo cual les ocasiona erogaciones en servicios legales de su propio peculio. Ante un panorama como el descrito, es irracional que se sigan culpando a las auditorías internas del sector público, de la enfermedad terminal que vive El Estado, si no se toma conciencia con la responsabilidad que le corresponde a la administración activa en el combate del corrupto y el corruptor como la ley se lo ordena. Dado el jueves 8 de julio del 2021. Firman en representación de auditores municipales y del Instituto de Auditores Internos de Costa Rica:

62


63


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.