Cartilla de Capacitación para futuras asociadas y asociados de cooperativas

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para futuras asociadas y asociados de cooperativas

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Créditos Elaborada por: Gloria Ordóñez Revisado por María Asunción Meza Diseño y Dibujos Roger Osorio Ulloa Diagramación Ariel Flores

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Presentación La presente es una adaptación de la Cartilla para asociadas y asociados elaborada por el Instituto de Fomento Cooperativo (INFOCOOP) en el 2011, producto de la experiencia acumulada por este Instituto entre los años 2008 al 2010. El Consejo Nacional Cooperativo (CONACOOP), decidió responder a la demanda de elaborar este material educativo y de fácil comprensión para un amplio sector de las personas que han decidido organizarse en una cooperativa, unir sus voluntades, recursos y energías en la solución de sus necesidades comunes logrando alcanzar mayor bienestar. Nuestra gratitud y reconocimiento al Centro Cooperativo Sueco, que nos ha apoyado con recursos económicos y sobre todo con recursos humanos comprometidos y capacitados, poniendo en práctica los valores cooperativistas de la solidaridad y la ayuda mutua. Nuestra gratitud y reconocimiento a la Asociación de Cooperativas de Pequeños Productores de Café de Nicaragua, por su compromiso, respaldo incondicional para el cumplimiento de cada una de las actividades realizadas por el CONACOOP.

Nicaragua, diciembre 2012

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Hola, para ser verdaderos cooperativistas, es condiciรณn bรกsica y clave capacitarnos, para... ...Conocer la historia, principios y valores que rigen a las cooperativas Conocer todas las Leyes que tiene relaciรณn con las cooperativas, sobre todo la Ley General Cooperativa, Ley No 499 ...Tambiรฉn saber para que nos organizamos en la cooperativa, tener claro los objetivos y metas que queremos alcanzar Pero, lo fundamental es la voluntad y entender que si nos juntamos y trabajamos todas y todos con una actitud de ayuda mutua y solidaria, podemos resolver nuestros problemas comunes, productivos, econรณmicos y sociales, generando bienestar.

Recordemos que participar en procesos de capacitaciรณn, es una decisiรณn tomada de manera autรณnoma por las personas adultas, su finalidad es mejorar sus conocimiento, sus capacidades, para beneficio personal, familiar y de sus organizaciones. De igual manera la decisiรณn de organizarse es una acciรณn autรณnoma y de autodeterminaciรณn. Manos a la obra!!!

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CONOCER NUESTRA HISTORIA FORTALECE NUESTRA IDENTIDAD COOPERATIVA

Tema 1: Historia del Cooperativismo Tema. 2: ¿Por qué y para qué debemos organizarnos?

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Tema 1: Historia del Cooperativismo Desde el principio de la humanidad, las personas han buscado como unirse para solucionar sus problemas, acceder a distintos servicios, producir bienes para tener bienestar. A esa unidad la conocemos en la actualidad como asociación. Una forma de asociación es lo que conocemos como cooperativa. Hay otras formas de asociación, pero en este documento vamos a hablar de las cooperativas. Las cooperativas tienen sus antecedentes en el Mutualismo, esto significa una relación recíproca entre personas. Es decir que las personas estamos dispuestas a correspondernos unas con otras en igualdad de condiciones para resolver problemas comunes y lograr el bienestar familiar y social.

1.1 La primera experiencia exitosa del cooperativismo en la historia mundial Según la historia, en los años 1800 se inicia lo que se llamó la Revolución Industrial en Europa. Las ciudades aumentaron su tamaño y las fabricas emplearon a una gran cantidad de personas, al mismo tiempo, se están dando grandes cambios en la sociedad, tales como, el telégrafo, como medio de comunicación de esa época y el ferrocarril como medio de transporte. Las industrias sometieron a una fuerte explotación a los obreros con condiciones de trabajo muy duras. Frente a esta situación se experimentaron nuevas formas de organización basadas en la cooperación entre las personas para lograr resolver juntos una parte de sus problemas. Una experiencia implementada en 1844 en Inglaterra, llamada “Los Justos Pioneros de Rochdale” es consideraba como la primera experiencia exitosa de cooperativismo.

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En Inglaterra, en esa época, las condiciones de vida eran muy difíciles para los trabajadores, no había leyes para proteger a los consumidores en cuanto a los precios de los productos y los alimentos vendidos por algunos comerciantes eran de mala calidad. Para enfrentar esa situación, unos 28 trabajadores, entre ellos una mujer, de una fábrica de tejido de la ciudad de Rochdale, Inglaterra, decidieron unir sus esfuerzos, juntaron un pequeño capital con sus propios aportes y se organizaron para comprar de forma colectiva productos para su consumo, obteniendo así un mejor precio y asegurando la calidad de los mismos. Fue tan exitoso que al poco tiempo la cooperativa abrió una tienda, que incluyó a muchas personas de la localidad. Los Pioneros de Rochdale, elaboraron sus propias reglas que debía respetar rigurosamente, definiendo la forma de administración de la tienda, eligieron democráticamente a sus dirigentes y decidieron incluir en sus planes, brindar otro tipo de servicios sociales a

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sus socios, entre los que se señalan: la construcción de viviendas, compartir o arrendar propiedades agrícolas para que sean cultivadas en común generando trabajo y producción de alimentos y la educación tanto para niños, como adultos, estableciendo que parte de sus excedentes se destinarían para la educación. Este hecho de crear sus propias

reglas o normas hizo que se les tomara como la primera cooperativa. De esas reglas, creadas por los Pioneros, nacen los principios cooperativos que nos rigen actualmente, cuando la Alianza Cooperativa Internacional (ACI), años después revisa y redacta de la forma que los conocemos.


1.2 Bien, ya sabemos sobre la historia internacional, ahora veamos nuestra propia historia, la historia del cooperativismo en Nicaragua En 1914, se dio el primer intento de formar cooperativas, a partir de la Promulgación de el Código de Comercio, pero este intento desapareció rápidamente.

Las cooperativas, surgen en Nueva Segovia!!

El general Augusto C. Sandino, Héroe nacional de Nicaragua, organiza la primera cooperativa, en la cuenca del Río Coco, Wiwilí Nueva Segovia. En febrero de 1933, después que se han retirado del país las tropas de ocupación de los estados unidos, el general

Sandino firma el convenio de paz, con el gobierno de Juan Bautista Sacasa, donde se establecía que todos los hombres integrantes del Ejército de Sandino ocuparían la cuenca del Río Coco-Wiwilí -Nueva Segovia, con el fin de desarrollar la producción agropecuaria en beneficio de sus familias y para el

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desarrollo del municipio. Esta primera cooperativa se llamó “Cooperativa Central de Río Coco en Wiwili”, duró poco y fue arrasadas en 1934 por la Guardia Nacional de Somoza García, después del asesinato del general Sandino el 21 de febrero de ese año.

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En los años 40, trabajadores de la Portuaria de Corinto y el ferrocarril organizaron cooperativas de consumo, pero desaparecieron al no contar con apoyo. En los años 60, la AID conocida como, Alianza para el Progreso, organización de Estados Unidos, impulsó la organización de cooperativas de ahorro y crédito y de comerciantes, actualmente hay algunas de ellas. En 1980 se dio un fuerte impulso a la organización de las cooperativas, principalmente las agropecuarias para poner en marcha la Reforma Agraria. Fue la forma de organización impulsada por el gobierno revolucionario.

La Junta de Gobierno, con el Frente Sandinista a la Cabeza, para restituir el derecho del campesinado sobre la tierra, les entregó en propiedad colectiva las tierras nacionalizadas a la familia Somoza y sus más cercano colaboradores organizándose las cooperativas agropecuarias. En 1989, se había alcanzado un total de 3,365 cooperativas con 88,085 socios (14% de la población de Nicaragua, de esos años), cultivaban el 20% de la tierras agrícolas del país, equivalente a 1,622,564 ( un millón seiscientos veinte y dos mil quinientos sesenta y cuatro manzanas de tierra). Por fin, un porcentaje elevado de campesinos pudo acceder a tener tierra para trabajarla. Las cooperativas fueron pilares en la producción de alimentos para el pueblo, con una participación superior al 60%, en un primer momento. Sin embargo, la guerra financiada y asesorada por los Estados Unidos, el bloqueo a que fue sometida Nicaragua, la falta de experiencia, no permitió el fortalecimiento de las cooperativas agropecuarias e hizo que se disminuyese considerablemente su producción y capacidad de supervivencia. No hay que olvidar que las cooperativas eran uno de los blancos preferidos de la “Contrarrevolución”.

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¿Que pasó en los 90? En 1990, producto de las primeras elecciones democráticas en Nicaragua, organizadas por el Frente sandinista, la derecha asume el gobierno. Los gobiernos de derecha trajeron consigo la implementación del sistema y políticas neo-liberales: Se privatizaron las empresas estatales, dejaron de dar financiamiento y la asistencia técnica a las cooperativas, principalmente aquellas que habían sido creadas a partir de la Reforma Agraria. Esta situación afectó fuertemente a las cooperativas ocasionando que quedaran inactivas, la propiedad colectiva la distribuyeron y empiezan a producir individualmente, siendo más vulnerables a las dificultades y presiones a que estaban sometidos, ocasionando la venta de la tierra a muy bajos precios, esto provoca desaparición de muchas cooperativas. Las cooperativas que sobrevivieron, sus esfuerzos se concentraron en brindar servicios de crédito, asistencia técnica, el acceso a insumos y el apoyo a la comercialización de productos, descuidándose la formación ideológica de las cooperativas. Más bien, las cooperativas fueron contaminadas por la ideología del Neoliberalismo. A la par cientos de cooperativistas se movilizaron, denunciando, protestando, tomándose carreteras, haciendo propuestas en beneficio de las cooperativas, como resultado de esta movilización permanente se alcanzó la aprobación de leyes favorables para la defensa de la propiedad y desarrollo de las cooperativas. También se organizaron nuevas cooperativas integradas por desmovilizados del Ejército, Ministerio del Interior y la Resistencia, en los sectores de ahorro y crédito, textil, cuero-calzado, industrial, pan, transporte, acarreo, carga, y artesanía. En todo el sector cooperativo, se puso en marcha un procesos de integración de cooperativas (creación de Uniones de Cooperativas UCA, creación de la Federación Nacional de Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales, FENACOOP).

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¿y que es eso del neoliberalismo? Eso amerita otro taller, pero lo resumo así: El neoliberalismo unos dicen que es una ideología económica, otros un modelo, pero lo más importante es saber que el neoliberalismo empuja a las personas a ser individualista, al consumismo, defiende la propiedad privada sin límites, influyendo a que esta se concentre en unas pocas manos, haciendo más ricos a los ricos y más pobres a los pobres. Nos hace creer que el mercado es el que resuelve todos los problemas, que el Estado no debe regular la economía y al mercado, que no desarrolle programas y políticas de protección y bienestar social. Pero si exige que el Estado proteja a los grandes capitalistas.

volvamos a la historia del cooperativismo en Nicaragua En Nicaragua, las Leyes, disposiciones legales, código, reglamentos desde ya casi cien años han reconocido a las cooperativas. En 1914, en el Código de Comercio, en 1944, en el Código del Trabajo, pero es hasta en 1971 que se decreta la primera Ley Cooperativa, que las reconoce como personas jurídicas, después de esta se decreta la Ley de Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales, Ley No. 84. En el 2004 se creó la Ley General de Cooperativas, Ley No. 499 y se publicó en el 2005, una conquista de las luchas del cooperativismo nicaragüense. Esta Ley deroga las leyes anteriores. La Ley No. 499 manda a crear dos

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instancias para el apoyo al desarrollo del cooperativismo, estas son el Instituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo (INFOCOOP) y El Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP). Pero es hasta el 2007, que el Frente Sandinista asume el gobierno, se logra constituir al INFOCOOP y al CONACOOP. Antes de esta fecha toda la parte de Registro y Certificación, estaba bajo la Dirección General de Cooperativas (DIGECOOP), del Ministerio del Trabajo. En el 2012, el Gobierno Crea el Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa. Con la finalidad de contar con un

modelo de atención integral y holístico, es decir viéndonos y entendiéndonos a las familias nicaragüenses, como un todo en nuestra manera de participar en la economía del país. Este Ministerio asume lo concerniente a la fiscalización, registro y control de las cooperativas, el INFOCOOP asume la promoción y el fomento cooperativo. Según datos del MEFCCA finalizar el 2012 ya somos 4463 cooperativas que representan a 233,771 familias organizadas en las cooperativas. Hay 11 Federaciones, 35 Centrales y 91 Uniones, en ellas se agrupan el 20% del total de las cooperativas.


Tema. 2: ¿Por qué y para qué debemos organizarnos? Como productores y productoras individuales nos enfrentamos a problemas que difícilmente los podemos solucionar solos, porque necesitamos el apoyo de otras personas, unificar esfuerzos, aportar ideas y participar en las gestiones que se realizan ante instituciones, organizaciones y otras personas, que nos permita alcanzar nuestras metas.

Cuando se está organizado se tienen las mejores oportunidades • Aprendemos a mejorar las relaciones entre las personas • Nos facilita aumentar el desarrollo de nuestras capacidades, para ser más eficientes y calidad en todo lo que hacemos • Nos da la oportunidad de implementar estrategias de producción y cualquier otra actividad que queramos desarrolla para el bienestar a nuestras familias • Aumentar los volúmenes y calidad de la producción • Buscar mercados que mejoren precios al ofertar mayor cantidad de productos. • Acceder a créditos, asistencia técnica y otros servicios • Se pueden generar fuentes de empleos • Se pueden desarrollar programas de beneficio social como reforestación, mejoramiento de caminos, centros de salud, escuelas, etc. • Se logra economía de escala, por ejemplo: cuando se junta recursos financieros para comprar mayor cantidad de insumos y productos, se logra un precio por unidad más bajo que cuando vamos a comprar una pequeña cantidad. También con la economía de escala se aumentan los rendimientos productivos.

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La Cooperativa es una forma de organizarnos para de manera conjunta proponernos mejorar nuestra economía. La Cooperativa, según el artículo 5 de la Ley No. 499, Ley General de Cooperativas, es: “Una asociación autónoma de personas que se unen voluntariamente para hacer frente a sus necesidades comunes y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y una democrática controlada”.

Símbolos del cooperativismo Como toda organización, las cooperativas tienen símbolos que la identifican como tal y la diferencian del resto de empresas y asociaciones, son: La Bandera, Himno del Cooperativismo y emblema.

Bandera: En el año 1923 el Comité Ejecutivo de la ACI resolvió que la organización debía tener una bandera. Se escogió una bandera que incluía los siete colores del arco iris, como la que había adoptado el socialista utópico Francés Charles Fourier para el falansterio, como un símbolo de la unidad en la diversidad. Estos colores son: rojo, naranja, verde, amarillo, azul, índigo y violeta que simbolizan los ideales y objetivos de la paz universal, la unidad que supera las diferentes políticas, económicas, sociales, raciales o religiosas y la esperanza de la humanidad en un mundo mejor donde reinen la libertad, la dignidad de personal, la justicia social y la solidaridad. El Consejo de Administración de la ACI acordó en el año 2001 cambiar la bandera para evitar confusiones con otros movimientos que adoptaron enseñanzas similares al diseño realizado en 1995. La bandera actual, que representa al cooperativismo.

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Significado de los colores de la bandera Cada uno de estos colores tiene su propio significado Rojo: Valor y coraje Naranja: visión de posibilidad del futuro Amarillo: Yo desafío en casa, familia y comunidad Verde: El crecimiento de ambos e individual Celeste: Horizonte distante y la necesidad de ayudar Azul: pesimismo que recuerda la necesidad de ayuda a sí mismo y al otro a través de la cooperación Violeta: Belleza, calor humano y compañerismo

Himno del Cooperativismo Fue escrito en 1964 por el poeta Colombiano Carlos Castro Ortiz y su arreglo musical estuvo a cargo del músico colombiano Carlos Vieco. Es un mensaje muy hermoso de trabajo, libertad, solidaridad y unidad. Siempre debemos cantarlo en nuestras actividades. Su letra es la siguiente: Coro: Marchamos todos unidos, hacia la vida y la patria, escoltados por el sol, el trabajo y la esperanza. Marchamos todos unidos, hacia la vida y la patria, escoltados por el sol, el trabajo y la esperanza. Nuestra luz cooperativa ilumina nuestra marcha, los senderos de la tierra y los caminos del alma nos alienta el pasado y el presente nos levanta y el porvenir nos espera en el tiempo y la distancia. Coro: Marchamos todos unidos ... Congregados por el pan y agrupados por el alba luchamos por la blancura de la paloma más blanca, somos pueblo que conquista la libertad con el arma del trabajo que redime y madura nuestra causa. Coro: Marchamos todos unidos ... Autor: Carlos Castro Saavedra Compositor: Carlos Vieco Cartilla de Capacitación

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Emblema Los Pinos

El emblema del cooperativismo consiste de dos pinos unidos entre sí y encerrados en un círculo verde sobre fondo amarillo. Las figuras y los colores de este emblema tienen un significado especial. Representan las ideas que dan razón de ser del cooperativismo como la filosofía de vida en todo el mundo.

El árbol del pino es el antiguo símbolo de inmortalidad, perseverancia y fecundidad que son los tres pilares sobre los cuales descansa el cooperativismo. El emblema muestra dos pinos para reflejar la necesidad de la acción unida y la mutua cooperación.

El color de los pinos es el verde oscuro, como la naturaleza, el fondo del círculo es de color oro, simbolizando el sol fuente de luz y vida

El círculo es otro símbolo antiguo, representa el mundo y la vida, siendo la cooperación un elemento esencial. No es posible concebir el mundo sin la existencia de la cooperación.

Este símbolo nació en los Estados Unidos en el año 1920, y posteriormente fue aceptado por el resto del mundo. En la actualidad es el más conocido de todos los símbolos del cooperativismo.

Efemérides Cooperativas Para celebrar y propagar la cooperación y demostrar al mundo entero la solidaridad de las y los cooperadores y la eficacia de sus organizaciones, como medio para la libertad económica y prenda de paz mundial”, La A.C.I estableció en 1923, el primer sábado de Julio de cada año como el Día Internacional de las Cooperativas. En Nicaragua, en el 2012, por

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ser el año Internacional de las Cooperativas, la Asamblea Nacional declaró el 19 de febrero “ Día Nacional del Cooperativismo en Nicaragua”. Conmemorando El 19 de febrero de 1934, cuando el General Augusto C. Sandino en su último acto en la montaña, en el proceso de pacificación, hace entrega del Acta Constitutiva y reconocimiento legal por

el Gobierno de Juan Bautista Sacasa, de la Cooperativa, “Central de Cooperativas del Rio Coco Güigüilí”. Los miembros de este órgano legislativo consideran que “esta ley es un merecido reconocimiento al movimiento cooperativo nicaragüense, protagonista de profundas transformaciones en el sistema político, social y productivo del país”.


Principios y Valores cooperativos Principios Los principios son reglas que rigen el funcionamiento de la cooperativa y que todas y todos debemos cumplir siempre, por el bienestar de la cooperativa y de nosotros mismos. Se fundamentan en las características históricas del movimiento cooperativo mundial.

1. Membresía abierta y voluntaria

Toda persona sin distingo de raza, religión, sexo, educación, ideología y posición económica puede ser miembro de una cooperativa, siempre y cuando acepte cumplir con lo previsto en el Estatuto y Reglamento de la Cooperativa.

2. Control democrático de los miembros

Significa que todas las y los asociados tienen el mismo poder de decisión dentro de la cooperativa, y que nadie puede tomar las decisiones solo, aunque sea miembro de los órganos de dirección, tampoco importa la edad, la posición económica o que sea hombre o mujer. Todas las y los asociado deberán participar en las Asambleas Generales donde se toman las decisiones importantes para la cooperativa (aprobación del estatuto, informes anuales, planes de futuro). Los hombres y mujeres elegidos para dirigir o representar a su cooperativa deben de rendir cuentas del trabajo que realizaron ante la Asamblea General.

3. La participación económica de socias y socios

La participación económica tiene que ver con las aportaciones ordinarias y actividades económicas que realiza cada persona que se ha asociado en la cooperativa para que opere de forma eficiente. En el Estatuto de nuestra cooperativa podemos reflejar otras aportaciones de carácter extraordinarias para fortalecer el capital de la cooperativa o realizar actividades especiales.

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4. Autonomía e independencia

En las cooperativas las decisiones son tomadas por todas las y los asociados. Nadie puede imponer que decisiones tomar en la cooperativa (ningún organismo, ningún gobierno, ningún asociado económico).

5. Educación, formación e información

Es un deber de la cooperativa asegurar la educación, formación e información, de sus socias y socios y de sus empleados. Es un deber de las y los cooperativistas participar en la educación, además promover el cooperativismo en la sociedad.

6. Cooperación entre cooperativas

Este principio cooperativo ha sido poco trascendente en la relación y profundización de la cooperación entre las cooperativas, principalmente de origen agrario. A pesar que se puede constatar que la intercooperación (cooperación entre cooperativas), fortalece al movimiento cooperativo, tanto en lo social, como en lo económico y territorial, por facilitar el trabajo conjunto y el uso compartido de recursos, redes y estructuras en el nivel local, nacional, regional y hasta internacional. Sobre todo ahora que hay una fuerte competencia en el mercado agroalimentario mundial, poniendo en peligro hasta de desaparecer a aquellas cooperativas que quieran hacer frente a esta situación de manera individual por su limitado respaldo económico, limitada base social y presencia territorial.

7. Compromiso con la comunidad

Este principio manda a las cooperativas participar en el desarrollo de las comunidades especialmente en las presentes en su radio de acción, a través de sus proyectos sociales, solo así se puede hablar de desarrollo sostenible.

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Valores del Cooperativismo Los valores se derivan de la filosofía cooperativista, son actitudes y comportamientos que las socias y socios deben de practicarlo siempre, por el bienestar de la cooperativa y de ellos mismos. Tenemos los siguientes:

Valores del Cooperativismo Los valores se derivan de la filosofía cooperativista, son actitudes y comportamientos que las socias y socios deben de practicarlo siempre, por el bienestar de la cooperativa y de ellos mismos. Tenemos los siguientes:

Solidaridad entre las socias y los socios: Esto significa que todas las socias y los socios deben de estar dispuestos a apoyarse entre sí, cuando se tenga un problema. Por ejemplo; si una socia o socio se enferma y no puede trabajar en la parcela, las y los demás pueden apoyarle en realizar las labores. Igualdad de Derechos de oportunidad para socias y socios de ambos sexos: Esto significa que no puede haber diferencias entre las socias y los socios. Una mujer puede ser la presidenta de la cooperativa y no tiene que ser siempre la secretaria. Los hombres no pueden decidir solos dentro de la cooperativa, tienen que tomar en cuenta la opinión de las mujeres. Ayuda Mutua: es el intercambio de “dar” y “recibir” entre dos o más personas con resultados positivos para las personas, para el bienestar social de la comunidad en la que viven y de desarrollo del sentimiento de solidaridad y reciprocidad social.

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QUEHACER DE LA PERSONA NATURAL

La Ley General de Cooperativas, Ley 499, establece en su conjunto de normas jurídicas la promoción, constitución, autorización, funcionamiento, integración, disolución y liquidación de las cooperativas como personas de derecho cooperativo y de interés común y de sus interrelaciones dentro de ese sector de la economía nacional. En este módulo se estudiará con un enfoque amplio los pasos para la constitución de una cooperativa, los elementos que están inmersos en los diferentes tipos de cooperativas que agrupan a personas interesadas por mejorar su situación económica, social, personal y familiar.

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Tema. 3: Constitución de una Cooperativa

La organización cooperativa requiere que sepamos que necesidades queremos resolver, hacia donde llegar. Requiere que invirtamos tiempo, nos motivemos a participar en las actividades que la cooperativa promueva y que trabajemos en conjunto.

¿Cómo será que se puede hacer para formar una cooperativa? En Nicaragua, para constituir una cooperativa contamos con la Ley General de Cooperativas, Ley No. 499 y su Reglamento. La que establece el conjunto de normas jurídicas que regulan todo el quehacer cooperativo, se tienen que seguir los siguientes pasos:

para constituir una cooperativa se tienen que seguir los siguientes pasos:

1. Reunirse un grupo de personas que desarrollan una actividad económica o productiva en común y deciden organizarse.

2. Buscar información sobre cooperativismo, tener claro que actividad o actividades vamos a desarrollar para saber el tipo de nuestra cooperativa, así sabremos cuántas personas necesitamos. La Ley General de Cooperativas y su Reglamento, definen el número mínimo de personas que se requiere para constituir las cooperativas. Así las de consumo, agrícolas de producción y de trabajo, de viviendas, pesquera, de servicio público, culturales, escolares, juveniles y de otras de interés de la población se requiere la asociación mínima de diez personas. Las cooperativas multisectoriales, de ahorro y crédito requieren mínimo veinte personas asociadas. Cartilla de Capacitación

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3.

Elegir el nombre que llevará la cooperativa, consultar al Registro Nacional de Cooperativas, ubicado en el Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa (MEFCCA), para saber si no existe otra cooperativa con el nombre que hemos elegido. Si hubiese ya ese nombre registrado con anterioridad se busca otro, para así evitar confusiones en el futuro.

7. Decidir de cuanto será el aporte de cada

cooperativismo, de acuerdo a lo que establece la Ley General de Cooperativas en el artículo 23, son 40 horas, ya sea impartido por el CONACOOP, INFOCOOP o algún organismo autorizado por éste último.

elegir al Consejo de Administración, Junta de Vigilancia y Comisión de Educación y Promoción de la Cooperativa.

una de las personas que deciden asociarse. La suma de todos los aportes constituye el capital social de la cooperativa. Para que el MEFCCA Certifique la cooperativa, requiere que cada una de las y los asociados hayan entregado el veinticinco por ciento (25%) de la cuota de aportación inicial definida.

8. Realizar Asamblea con todas las personas 4. Recibir un curso de capacitación sobre que se van a asociar para aprobar el Estatuto,

9. Levantar Acta Constitutiva en esa Asamblea.

5. Elaborar el Estatuto de la Cooperativa, 10. Con los servicios de un abogado y notario esto requiere la participación de todas las personas que van a conformar la cooperativa. La elaboración del Estatuto es parte de la capacitación.

público se debe de: Autenticar las firmas de las socias y socios y el Acta Constitutiva

11. Abrir una cuenta de ahorro en una cooperativa o donde decidan hacerlo, en

6. Se debe elaborar un Estudio de Viabilidad este momento como la cooperativa no tiene económica y social, es decir, un estudio que permita conocer si la actividad económica que se va a realizar es conveniente económicamente. Recordemos las cooperativas deben ser exitosas económicamente para asegurar el bienestar social de las familias cooperativistas. Lo más adecuado es que el estudio sea parte de la capacitación

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personalidad jurídica, deberá la cuenta de ahorro estar a nombre de dos personas, las de mayor confianza y honradez.

12. Se compran siete libros que se presentan al MEFCCA


13. Con toda la documentación lista se lleva

14. Una vez obtenida la personalidad jurídica,

a la oficina más cercana del MEFCCA, para que este le extienda la personalidad jurídica y estar inscrita en el Registro Nacional de Cooperativas. La documentación a presentar es la siguiente:

el Consejo de Administración electo en la Asamblea Constitutiva programa y convoca a una Asamblea General de socias y socios de carácter extraordinaria para ratificar y/o elegir a los miembros de los órganos de dirección. El acta de esta Asamblea General es la primera de carácter extraordinario y se redacta en el libro de actas de Asambleas para presentarla al MEFCCA.

• Carta de solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica de la cooperativa, firmada por el Presidente y Secretario del Consejo de Administración electo. • Minuta del depósito otorgado por la cooperativa de ahorro y crédito o el banco, donde se hizo el depósito. El monto depositado se debe corresponder al 25% de la cuota acordada para el capital social de la cooperativa que cada asociada y asociado ha entregado. • Acta Constitutiva, firmada por todas las personas que se van a asociar a la cooperativa, Certificada por notario público. • Estatutos de la cooperativa • Fotocopia de las cedulas de identidad de cada una de las personas asociadas • Estudio de viabilidad • Los siete libros, para que sean sellados

15. Con esta acta el MEFCCA, extiende la Certificación de los Órganos de dirección (Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, Comisión de Educación y Promoción de la Cooperativa).

16. Una vez obtenida la Personalidad Jurídica de la cooperativa, el Consejo de Administración tiene sesenta días para elaborar el Reglamento del Estatuto de la cooperativa, este será aprobado por la próxima Asamblea General. En él se explica detalladamente cómo se va aplicar el Estatuto y aclara aquellos aspectos que no están claros en el Estatuto.

17. El Reglamento se debe presentar al MEFCCA para su Certificación.

¿Que deben contener el Estatuto de la cooperativa? En el Estatuto se deben reflejar las reglas que vamos a cumplir estrictamente para el buen funcionamiento y fortalecimiento de la cooperativa, así como los deberes y derechos de socias y socios. La Ley General de Cooperativas lo establece en el artículo 20, debiéndose retomar todo lo escrito en ese artículo (desde el inciso “a” hasta el “s”). Se deberán agregar todos los artículos que estimen conveniente y necesario para asegurar el cumplimiento del acuerdo cooperativo, es decir el cumplimiento de la voluntad de las personas a organizarse en cooperativa.

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Las Cooperativas, no deben de: • Conceder ventajas, preferencias y otros privilegios a los fundadores, promotores, dirigentes o empleados. • Exigir a los nuevos miembros contribuciones económicas superiores a las establecidas en el Estatuto. • Permitir a las personas que no son asociadas la participación directa o indirecta de los beneficios que otorga la cooperativa. • Realizar actividades diferentes a las establecidas en el Estatuto. • Integrar en su cuerpo de dirección a personas que no son asociadas de la cooperativa. • Transformarse en entidades de otra naturaleza jurídica. • Formar parte de entidades cuyos fines sean incompatibles con los de las cooperativas.

Tipos de Cooperativas Las cooperativas se clasifican por “tipo”, según la actividad que realizan. En la Ley No. 499, se establecen los siguientes tipos, sin que esta clasificación limite la creación de otros tipos, ya las cooperativas son tan diversas como la actividad humana.

Cooperativismo agrícola y/o agropecuarios: Estas son cooperativas ligadas a la producción y a los servicios agropecuarios. Facilita la adquisición de insumos, materiales y maquinaria para las socias y socios, la venta de productos la exportación.

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Cooperativa de ahorro y crédito: Promueve a sus socias y socios servicios de ahorro y les permite acceso a crédito a un costo razonable para solventar sus necesidades.

Cooperativa de consumo: Son aquellas que tiene por objeto abastecer a sus miembros con cualquier clase de producto de libre comercio.


Coop. de producción: Estas cooperativas la integran socias y socios, se juntan para producir, transformar y/o venta de sus productos.

Coop. de viviendas: Su objetivo es brindar una vivienda segura y digna a sus asociadas y asociados.

Cooperativas pesqueras: sus actividades se encuentran ligadas a la pesca, procesamiento transformación y venta de productos del mar (pescados, camarones, etc)

Cooperativas de Servicios Públicos: tienen por objeto brindar un servicio a la ciudadanía, por ejemplo transporte colectivo.

Coops. multisectoriales: Desarrollan actividades en varios sectores de la economía, Los sectores que agrupan estas cooperativas son el primario (producción agropecuaria), el sector secundario comprende la producción industrial y agroindustrial y el sector terciario está dirigido a los servicios y el comercio.

Coops. multisectoriales: Desarrollan actividades en varios sectores de la economía, Los sectores que agrupan estas cooperativas son el primario (producción agropecuaria), el sector secundario comprende la producción industrial y agroindustrial y el sector terciario está dirigido a los servicios y el comercio

Coops. multifuncionales o de Servicios múltiples: Realizan dos o más actividades o funciones, por ejemplo una cooperativa agrícola a través de la cual los asociados pueden comprar insumos, vender sus productos, acceder a crédito o asistencia técnica.

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Cooperativa de servicios: Son las que tienen por objeto proporcionar servicios de toda índole con preferencia a sus asociadas y asociados.

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Tema 4: Requisitos, derechos y deberes de los asociados y asociadas ¿Quiénes podrán asociarse a una Cooperativa? • Todas las personas naturales mayores de edad. • Extranjeros que sean residentes en el país. • Pero también, personas jurídicas, públicas y privadas sin fines de lucro, que sus principios y finalidad sean afines al cooperativismo. • No debe pertenecer a otra cooperativa de la misma actividad.

Requisitos para asociarse a la cooperativa Debemos conocer que para la asociación en una cooperativa como persona natural, hay dos momentos: • Cuando es una nueva cooperativa, se tiene los requisitos, explicados en tema 3, que dice los pasos para constituir una cooperativa. • Cuando la cooperativa ya está certificada, la persona que quiere asociarse deberá hacer una solicitud por escrito dirigida al Consejo de Administración. El Consejo, presenta la solicitud ante la siguiente Asamblea General y esta aprueba o rechaza la solicitud. • Se deben de pagar las aportaciones definidas en el Estatuto. • Recibir la capacitación por lo menos de 40 horas sobre formación cooperativa, establecida por Ley. • No tener cuentas pendientes con la Justicia.

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Mi papá nos plática en la casa sobre la organización de la cooperativa.

Compromisos que tengo con mi Cooperativa Comprometerme en las diferentes actividades que se hacen en la cooperativa. Cumplir con lo establecido en el Estatuto y su Reglamento.

Cuando se pierde la calidad de ser socia o socio en la cooperativa • Cuando fallece la persona natural. • Cuando hay retiro de forma voluntaria. • Por la pérdida de las condiciones establecidas por el Estatuto para ser asociado. • Por interdicción civil o perdida de sus derechos civiles; es decir personas que han tenido algún proceso judicial. • Incumplimiento de las actividades y obligaciones establecidas en el Estatuto y Reglamento. • Por expulsión según lo establecido en el Estatuto y Reglamento de la Cooperativa. Estas causas pueden ser: negarse sin motivo justificado a desempeñar el cargo que se le asigna, faltar a dos Asambleas Generales sean Ordinarias o Extraordinarias en forma consecutiva, otras que señalen en el Estatuto y Reglamento.

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¿Cuáles son los deberes que tienen las socias y los socios? • Aceptar y cumplir con todas las decisiones emitidas por la Asamblea General de Socias y Socios y los órganos de administración y control de la cooperativa. • Cumplir con las obligaciones sociales y financieras previstas en el estatuto. • Aceptar y desempeñar los cargos para los cuales fueron elegidos. • Ser solidarios/as en sus relaciones con la cooperativa y con el resto de las socias y socios. • No perjudicar la estabilidad económica de la cooperativa, así como el prestigio social de la misma. • No publicar asuntos y datos de la cooperativa, porque se puede perjudicar los intereses de la misma.

¿Cuáles son los derechos que tienen las socias y socios? • Participar activamente en las Asambleas Generales en la toma de decisiones y elecciones. • Proponer y se propuesto para ocupar cargos en el Consejo de Administración, Junta de Vigilancia y Comisión de Educación y Promoción del Cooperativismo, otras comisiones y comités que existan dentro la cooperativa. • Recibir formación sobre cooperativismo. • Hacer uso de los servicios que brinda la cooperativa y gozar de los beneficios económicos y sociales que esta genere. • Ser informado o solicitar información sobre la gestión de la cooperativa por parte de los directivos. • Vigilar el buen funcionamiento de la cooperativa.

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• Realizar denuncias si se está incumpliendo la Ley, Estatuto y Reglamento ante la Junta de Vigilancia • Retirarse voluntariamente de la cooperativa • La persona tiene derecho a que se le devuelva el valor de las aportaciones pagadas con sus respectivos intereses; si está contemplado en el Reglamento del Estatuto. • Si la asociada o el asociado tienen deudas con la cooperativa, ésta se paga el monto total de lo que adeuda la o el socio y se le regresa el saldo. • Apelar cuando haya una expulsión o suspensión que la o el asociado no esté de acuerdo con la decisión. Para apelar tiene que seguir el siguiente procedimiento, señalados en los artículos 35 y 36 de la Ley No. 499: Pedir al Consejo de Administración que revise las causales de la expulsión o suspensión en los cinco días hábiles, después que le informan oficialmente la decisión. Si el consejo de Administración no le da respuesta, hay 3 días hábiles para apelar ante la Asamblea General y esta tiene 15 días para tomar una decisión. Si la Asamblea General no le resuelve dentro del tiempo señalado la expulsión o suspensión queda sin efecto y la o el asociado podrá presentar queja ante el área Asociativa del MEFCCA.

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QUEHACER DE LA PERSONALIDAD JURIDICA

La cooperativa es una Personalidad Jurídica, la cual nace bajo el amparo de la Ley General de Cooperativas, Ley No. 499. Su Nacimiento se da en el momento que el Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, le extiende su Certificado. Este Certificado es la partida de nacimiento de la Personalidad Jurídica, es decir de la Cooperativa. Ser personalidad Jurídica significa que tiene la capacidad para contraer obligaciones, ejercer derechos, realizar actividades y de ser representada judicial y extrajudicialmente” frente a sí misma y frente a terceros. En los temas siguientes, hacemos un resumen de esa capacidad de contraer obligaciones y ejercer derechos, lo que esta detallado en su Estatuto que es donde norma su quehacer, su Reglamento y principalmente en la Ley No. 499.

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Tema5: La cooperativa y su régimen económico 5.1.Patrimonio de la cooperativa Los recursos de carácter patrimonial de la cooperativa son: • Las aportaciones de las y los asociados. • Las reservas de la cooperativa. • Los bienes propiedad de la cooperativa. • Los fondos donados o prestados a la cooperativa.

1. Las Aportaciones de las y los Asociados Las aportaciones serán hechas en dinero, bienes muebles o inmuebles y derechos. Podrá tomarse como aportación el trabajo realizado por las y los asociados para la constitución y desarrollo de la cooperativa. Las aportaciones al capital, suscritas y pagadas por las y los asociados, quedan directamente afectadas desde su origen a favor de la cooperativa, como garantía de las obligaciones que la cooperativa tenga o contraiga frente a terceros. Las aportaciones de las y los asociados y los ahorros de la cooperativa no pueden ser gravados por sus titulares a favor de terceros y son inembargables por obligaciones personales frente a terceros. La persona debe de aportar en dinero el monto acordado por la Asamblea General para asociarse a la cooperativa. Existen dos tipos de aportaciones: a. Aportaciones ordinarias son obligatorias y fijadas en el Estatuto. b. Aportaciones extra-ordinarias para resolver situaciones especiales e imprevistas y tienen que ser aprobados por la Asamblea General de Asociados y Asociadas. En ningún caso, una o un asociado podrá tener más de 10% del total del capital social de la cooperativa.

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Certificados de aportación: Son documentos que la cooperativa emite de acuerdo a la ley, en el se detalla el valor de la aportación y entrega a cada asociado y asociada. Es indivisible y sólo puede ser transferido entre las y los asociados. Le sirve de respaldo para cuando decida renunciar a la cooperativa, la cual regresa las aportaciones de acuerdo a lo establecido en el Estatuto; puede pagar un interés y no puede ser superior al interés de la tasa pasiva pagada por los bancos de acuerdo al arto. 45 de la ley 499. 1. Las reservas de la cooperativa. Son las ganancias que la cooperativa ha obtenido en los años anteriores y que ha guardado, ya sea para reinvertirlas o como un fondo de seguridad en el caso de tener problemas financieros. 2. Los bienes propiedad de la cooperativa Se trata de todo lo que posee la cooperativa: edificios, equipos agrícolas y de oficina, animales, materiales, herramientas, etc. 3. Los fondos donados o prestados a la cooperativa. Son los préstamos realizados por la cooperativa o las donaciones recibidas para implementar proyectos dentro de la cooperativa. Las donaciones no pueden ser repartidas entre los asociados.

2. Las reservas de la cooperativa

Son las ganancias que la cooperativa ha obtenido en los años anteriores y que ha guardado , ya sea para reinventarlas o como un fondo de seguridad en el caso de tener problemas financieros.

3. Los bienes propiedad de la cooperativa

Se trata de todo lo que posee la cooperativa: edificios, equipos agrícolas, equipos de oficina, animales, materiales, herramientas, etc.

4. Los fondos donados o prestados a la cooperativa

Son los préstamos realizados por la cooperativa o las donaciones recibidas para implementar proyectos dentro de la cooperativa. Las donaciones no pueden ser repartidas entre los asociados.

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5.2. Ejercicio Administrativo en la cooperativa El ejercicio administrativo de la cooperativa, permite al Consejo de Administración y a todas y todos sus asociadas y asociados saber si la cooperativa ha perdido o ganado dinero. Se hace al final del año fiscal (01 de julio al 30 de Junio de cada año) y consiste en la elaboración del balance general, el inventario y el estado de resultados. Balance General: Es un resumen de todo lo que tiene la cooperativa, de lo que debe, de lo que le deben y de lo que realmente le pertenece a la cooperativa a una fecha determinada. Es una fotografía clara y sencilla de lo que la cooperativa tiene (ver en anexos, ejemplo No. 2 Balance General). Inventario: Es el registro de todo lo que la cooperativa tiene, bienes muebles e inmuebles (anexos, ejemplo No. 3 Inventario). Estado de Resultado: Estado de resultados conocido también como Estado de rendimiento económico o Estado de pérdidas y ganancias, en el se muestra ordenada y detalladamente los ingresos y gastos que se dieron durante el periodo del año fiscal. Nos permite conocer si la cooperativa ganó o perdió. El Balance General y Estado de Resultado son Herramientas financieras y se utilizan juntas para tener información bien soportada (ver en anexos, Ejemplo No.4 Estado de Resultado).

Los excedentes Es la parte de productos o dinero que sobra una vez cubiertas los costos o gastos de la cooperativa en sus actividades. El excedente puede almacenarse (si son productos físicos) o si es dinero efectivo ahorrarse. Los excedentes se distribuyen al final del año fiscal (así lo manda la Ley No. 499, en su artículo 51), de la siguiente manera: • El diez por ciento (10%), mínimo, para la reserva legal que puede ser utilizada por la cooperativa en caso de pérdidas en los años siguientes. • Diez por ciento (10%), mínimo, para el fondo de educación de la cooperativa, que sirve para financiar la capacitación de las y los asociados y la promoción del cooperativismo.

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• Diez por ciento (10%), mínimo, para el fondo de reinversión de la cooperativa, para financiar las inversiones necesarias al buen funcionamiento y desarrollo de la cooperativa. • El dos por ciento (2%), mínimo, para aporte a la Autoridad de Aplicación del Gobierno de Nicaragua • El sesenta y ocho por ciento (68%) restante, puede ser distribuido o capitalizado, es una decisión soberana de la Asamblea General o según se establezca en el Estatuto. Si deciden distribuirlo, se hace de manera proporcional a la participación en las actividades de la cooperativa durante el año que se está informando, de cada una de las asociadas y asociados. (ver anexos, Ejemplo No. 5 ejemplo de distribución de Excedente).

Las Reservas Son fondos económicos de la cooperativa, que se han creado a partir de las ganancias obtenidas en los años anteriores y que se han guardado como un fondo de seguridad en el caso de tener problemas financieros. Son fondos que no se reparten, por que su función principal es hacer frente a problemas económicos en el futuro. Si en algún momento y el Estatuto lo contempla, se decide utilizar parte de esos fondos para re invertir, pero no quedarse sin reservas. Si al final del año fiscal, la cooperativa tiene pérdidas, estas deben ser cubiertas con el fondo de reserva legal. Si la reserva legal no cubre el total de las pérdidas, entonces la cooperativa podrá solicitar nuevos aportes extraordinarios a sus asociados y asociadas o las pérdidas tendrán que ser asumidas por los excedentes de los próximos tres años.

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Tema 6: La dirección y administración de una cooperativa La dirección y administración de la cooperativa tiene la siguiente estructura:

6.1. Los órganos de dirección de una cooperativa 6.1.1. La Asamblea General de Asociados y Asociadas (ver los artículos del 57 al 66 de la Ley No. 499) La Asamblea General, es la máxima autoridad y la responsable de tomar las decisiones más importantes para la cooperativa. Sus decisiones deben ser respetadas y acatadas por todas y todos los asociados y los órganos de dirección. La Asamblea General en las cooperativas de base la conforman todas y todos los asociados que están inscritos en el Registro Nacional de Cooperativas. Cuando las y los asociados son más de cien o los gastos de la asamblea son muy altos para la cooperativa, puede ser integrada por delegadas y delegados. Las cooperativas de segundo grado (Centrales y Uniones) y las de tercer grado (Federaciones), las Asambleas Generales están compuestas por Delegadas y Delegados por cada una de las cooperativas que constituyen las organizaciones de integración. En las Asambleas Generales cada asociado y asociada tiene derecho a un voto y no puede dar una carta poder para que otra u otro asociado vote por él o ella. El voto delegado solamente es válido para las cooperativas de base que cumplen las condiciones ya señaladas anteriormente, al igual para las cooperativas de segundo grado y tercer grado.

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Las sesiones de la Asamblea General son:

1.- La Asamblea General Ordinaria: Se realiza como mínimo una vez al año; dentro de los tres meses siguientes al corte del ejercicio económico (cierre del año fiscal o según lo norma el Estatuto). En la Asamblea General Ordinaria, el quórum se logra con el cincuenta por ciento mas uno. En esta asamblea, se debe dar a conocer y evaluar el trabajo realizado en el período anterior y aprobar el plan anual de actividades del período siguiente.

2.- La Asamblea General Extraordinaria: Se realizan las veces sea necesario. En ellas se desarrolla solamente el tema por el cual se hizo la convocatoria. En la Asamblea General Extraordinaria, el quórum se logra con el sesenta porciento de las y los asociados activos.

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En la Asamblea General se tratan obligatoriamente los siguientes temas: • Aprobación de los informes narrativos y financieros del Consejo de Administración. • Informe de la Junta de Vigilancia y de la Comisión de Educación y Promoción de la Cooperativa y otras comisiones y comités de trabajo. • La aprobación del plan de trabajo y su presupuesto. • Aprobación de Políticas. • La elección o cambios de las y los directivos, si toca hacerlo; ratificar o vetar a la gerencia cuando ha sido nombrada por el Consejo de Administración.

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Las decisiones se toman por mayoría simple, es decir la mitad mas uno. La propuesta que obtiene esa mayoría simple de votos, será la que se ponga en práctica. Sin embargo, se requiere que estén presentes el sesenta porciento (60%) de las y los asociados activos y de estos se necesita el setenta porciento (70%) del voto favorable para aprobar decisiones importantes en el funcionamiento de la cooperativa como: • Ventas de sus activos fijos. • Disolución y liquidación de la cooperativa. • Reformas al Estatuto. • Integración, incorporación y fusión de la cooperativa. • Elección de miembros del Consejo de Administración. • Cuando pasa a formar parte de otra personalidad jurídica que no cambie la naturaleza de la cooperativa

El consejo de Administración Conformado por un número impar entre cinco a nueve miembros electos democráticamente por la Asamblea General; se debe asegurar que el Consejo de Administración esté integrado por hombres y mujeres, este dura un período no menor a un año, ni mayor a tres años y si la Asamblea General lo decide, estos miembros pueden ser reelectos. Son miembros las y los asociados activos de la cooperativa.

Funciones: En el Estatuto se definen las funciones que realiza el Consejo de Administración en la Cooperativa: • Administrar la cooperativa de acuerdo a los criterios y directrices de la Asamblea General, respetando el Estatuto y su Reglamento y disposiciones legales. • Elabora anualmente los planes de trabajo, los presenta a la Asamblea General y elabora periódicamente un informe para las y los asociados, sobre el funcionamiento de la cooperativa. • Lleva al día el Libro de Registro de las y los Asociados, decide sobre el ingreso, expulsión y retiro de los mismos. • Representa legalmente en todo a la cooperativa, quien delega a través del presidente. • Presenta ante la Asamblea General, el informe financiero anual de la cooperativa para su aprobación, en un plazo no mayor de 3 meses, después del cierre del año fiscal (30 de Junio). • Autoriza la devolución de las aportaciones sociales de las y los asociados/as que se retiren de la cooperativa.

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• Comunica a la Junta de Vigilancia los acuerdos logrados en sus reuniones, en un plazo no mayor de 7 días después de cada reunión. • Nombra al gerente y/o contador de la cooperativa, que será ratificado o vetado por la Asamblea General, cuando esta sesione. • Crea comités o comisiones de trabajo y nombra a sus miembros. • Convoca las Asambleas Generales de las y los Asociados. • Presenta toda la documentación ante la dirección de Asociatividad del MEFCCA, para la actualización y Certificación de la cooperativa y de las y los asociados que asumen cargos en los órganos de dirección y administración • El Consejo de Administración debe reunirse por lo menos una vez al mes. • Para que las decisiones sean válidas, tienen que estar presentes por lo menos la mitad más uno de sus miembros y se toman los acuerdos por la mayoría de votos. • Siempre se tiene que levantar un acta de las reuniones del Consejo de Administración. • Para librarse de cualquier responsabilidad, un miembro del Consejo de Administración que no está de acuerdo con una determinada decisión, tiene que haber “salvado su voto”, es decir debe quedar escrito en el acta que no estaba de acuerdo y no se responsabiliza por el resultado de la misma.

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Funciones de cada uno de las y los miembros del Consejo de Administración Cada miembro del Consejo Administrativo tiene funciones propias:

Presidente: • Convoca y preside en las Asambleas Generales y las reuniones del Consejo de Administración. • Asegura y lidera la planificación estratégica y operativa de su cooperativa y garantiza su implementación • Realizar todas las actividades, gestiones y autorizaciones que requieren su firma y/o presencia, como representante legal de la cooperativa.

Vicepresidente: • Asumir las funciones que el presidente le delega y actúa en su ausencia como suplente, con las mismas facultades y responsabilidades de la presidencia.

Secretario o Secretaria: • Anotar en los Libros de Actas de la Asamblea General y de las reuniones del Consejo de Administración, todo lo discutido y acordado en ellas. Si la cooperativa tiene personal administrativo la o el secretario, se apoya en éste para el cumplimiento de las siguientes funciones, sin descuidar su responsabilidad: • Prepara y hace llegar las convocatorias a las reuniones del Consejo de Administración y a las Asambleas Generales (por lo menos con 15 días de anticipación). Ver anexos, Ejemplo No. 6 modelo de convocatoria. • Es responsable de llevar el registro de las y los asociados de la cooperativa en el Libro de Asociados y Asociadas. • Es responsable de llevar el registro de Certificados de Aportación • Recibe en nombre de la cooperativa y del Consejo de Administración, todas las constancias, correspondencias, solicitudes y documentos en general. • Guarda y protege toda la documentación de la cooperativa, libros, constancias, correspondencias y la documentación en general. • Prepara los informes del Consejo de Administración.

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Tesorera o Tesorero: • Firma, junto con el presidente y el secretario, los certificados de aportación de las y los asociados. • Firma junto con el presidente, los documentos de salida de fondos de la cooperativa en general y los documentos legales que obligan económicamente a la cooperativa con terceras personas. Si la cooperativa tiene personal administrativo la o el Tesorero, se apoya en este para el cumplimiento de las siguientes funciones, sin descuidar su responsabilidad: • Da seguimiento y Controla la contabilidad de todas las actividades de la cooperativa. • Guarda los títulos y derechos de la cooperativa, la documentación bancaria y los certificados de aportación. • Presenta periódicamente informes contables sobre la situación de la cooperativa.

Vocal: • El vocal, (o los vocales) sustituye en su ausencia, a cualquier miembro del Consejo de Administración (a excepción del presidente, quien es sustituido por el vicepresidente) y tiene voz y voto en las decisiones tomadas. El Consejo de Administración y la Junta de Vigilancia no podrán estar integrados por familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Se exceptúan aquellas cooperativas en las que más del sesenta por ciento (60%) de las y los asociados son familiares dentro de los grados antes señalados.

La Junta de Vigilancia Es el órgano encargado de supervisar las actividades económicas y sociales de la cooperativa, controlar lo actuado por el Consejo de Administración, personal administrativo y demás comisiones de la cooperativa. Esta conformada de tres a cinco miembros, que son electos democráticamente por la Asamblea General, por un período de 1 a 3 años. Pudiendo ser reelectos, lo que dependerá de la voluntad de las y los asociados. Ningún miembro de la Junta de Vigilancia puede ser miembro al mismo tiempo de otro órgano de dirección. La Junta de Vigilancia sólo responde ante la Asamblea General. Cartilla de Capacitación

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Funciones de la La Junta de Vigilancia: 1. Comprueba que los órganos de dirección actúen respetando la voluntad de la Asamblea General, el Estatuto y Reglamentos y la Ley de cooperativas. 2. Solicita la realización de auditorías de la contabilidad. 3. Elabora informes de sus actividades para la Asamblea General de Asociados. 4. Facilita el derecho de las y los asociados a la información, dándoles a conocer la documentación que solicitan. 5. Analiza los casos de expulsiones de asociados, faltas disciplinarias y revocación de los directivos. 6. Emite juicio sobre el informe anual que el Consejo de Administración debe presentar a la Asamblea General. 7. Entrega por escrito sus observaciones y recomendaciones al Consejo de Administración y da seguimiento al cumplimiento de sus recomendaciones. 8. Convoca a la Asamblea General, si el Consejo de Administración no puede o no quiere hacerlo.

Responsabilidades de cada miembro de la Junta de Vigilancia Coordinador: • Convoca y preside las sesiones de la Junta de Vigilancia.

• Coordina (planificar, distribuir tareas, controlar) todas las tareas de la Junta de Vigilancia. • Firma los balances generales y estados financieros, cuando estén revisados y aprobados por el Consejo de Administración.

Secretario: • Elabora y firma las actas de las sesiones de la Junta de Vigilancia. • Lleva archivo de la correspondencia enviada y recibida y demás documentos de la Junta.

Vocal o Vocales: • Preside las sesiones de la Junta en ausencia del presidente. • Desempeña las funciones del secretario en ausencia de éste.

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Los miembros de la Junta de Vigilancia pueden y deben asistir las reuniones del Consejo de Administración y de la comisiones de trabajo, y recibir copias de las actas de todas las reuniones para poder monitorear la actuación de los demás órganos de dirección y gestión de la cooperativa. Cuando sesione, la Junta de Vigilancia debe hacerlo con totalidad de sus miembros y sus acuerdos se toman por mayoría.

La Comisión de Educación y Promoción del Cooperativismo Es la responsable de asegurar la formación y educación de las y los asociados de la cooperativa; para lo que dispone de un fondo establecido por Ley para la Formación y Educación de las y los Asociados. Esta conformada de 3 a 5 miembros electos por la Asamblea General, por un período que puede ir de 1 a 3 años. Los miembros pueden ser reelectos de acuerdo a la voluntad de los asociados. La Comisión está Coordinada por un miembro del Consejo de Administración. Comisión de Educación y Promoción del Cooperativismo es un mandato de la Ley Nº. 499 para todas las cooperativas.

Funciones: 1. Elaborar planes anuales de capacitación para las y los asociados con su presupuesto respectivo y lo presenta al Consejo de Administración para su aprobación. 2. En coordinación con organismos y especialistas en la materia, prepara los manuales y realizar las capacitaciones. 3. Promueve actividades educativas y recreativas para las y los asociados y la comunidad. 4. Coordina la elaboración y edición de boletines informativos de la cooperativa. 5. Prepara un informe anual para la Asamblea General Ordinaria sobre las actividades realizadas, los avances y logros alcanzados. 6. Lleva un libro de actas donde quede constancia de los acuerdos y actividades realizadas. 7. Mantiene informada a la Junta de Vigilancia sobre anomalía en el proceso educativo. 8. La Comisión debe presentar informes mensuales de sus actividades al Consejo de Administración, debe reunirse ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando lo exijan las circunstancias. 9. para tomar acuerdos, debe estar presente la mitad más uno de sus miembros, y votar a favor la mayoría de las y los presentes. Cartilla de Capacitación

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El Comité de Crédito o de Préstamo • Elabora, revisar y formular recomendaciones sobre la política de créditos para las y los asociados. • Lleva un libro en el cual se registren cronológicamente las solicitudes de financiamiento, aprobadas o denegadas, así como la información relacionada con los montos, plazos, garantías, interés y demás condiciones en que se otorguen los créditos. • Elabora las normas de financiamiento para las y los asociados en conjunto con el Consejo de Administración. • Establece el monto, plazo, porcentaje de intereses y la aplicación de éstos, este interés no podrá ser mayor del establecido por el Sistema Financiero Nacional. • Decide sobre las solicitudes de las y los miembros de los órganos directivos de la cooperativa, cuando se trate de solicitudes de préstamos de las y los miembros de este Comité de Crédito las solicitudes las resolverá el Consejo de Administración. • Aprobar los préstamos. • Si la cooperativa tiene personal administrativo y técnico el Comité de Crédito debe reunirse con el personal para dar seguimiento a toda lo relacionado con los créditos.

Otras comisiones (o comités) de trabajo, organizadas según las necesidades Dentro de la cooperativa, pueden existir comisiones de trabajo que tienen como objetivo encargarse de ciertas actividades específicas de la cooperativa. La decisión de conformar comisiones de trabajo es del Consejo de Administración, su número y la naturaleza depende de las características de cada cooperativa (por ejemplo: un comité de crédito, un comité de comercialización o una comisión de bienestar social).

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Tema 7: Los libros de registro de una cooperativa La cooperativa debe asegurar llevar toda su información en orden para soportar la transparencia en su quehacer administrativo. Es una responsabilidad del Consejo de Administración y del personal administrativo. Los libros son un requisito a presentar en el MEFCCA, éste sella los libros, sólo así son válidos.

Libro 1: Libro de Actas de la Asamblea General de Asociados. • En este libro se escriben las Actas de las Asambleas Generales, ordinaria o extraordinaria. • La o el Secretaria/o de Actas y Acuerdos es la persona responsable de elaborar el Acta • El Acta se debe levantar en el momento de realización de la Asamblea General. • No debe llevar manchones ya que un libro de Actas con manchones es inválido. • El Acta se debe leer al pleno antes de finalizar la Asamblea General.

Las actas deberán ser numeradas en orden y deberán contener lo siguiente: a. Número de acta, lugar, fecha y hora de la sesión de la Asamblea General, aclarando si es Asamblea General Ordinaria o Asamblea General Extraordinaria. b. Reflejar que existe quórum de ley para que se realice la Asamblea. c. Los puntos de agenda, que serán discutidos en la Asamblea. d. Los acuerdos que se toman en la Asamblea y el número de votos favorables con los que se tomó determinado acuerdo. e. Las Firmas de las socias y socios activos presentes, del secretario o secretaria de actas y acuerdos y del presidente del Consejo de Administración. Ver en Anexos, Ejemplo No. 7 Modelo de Acta de Asamblea General.

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Libro 2: Libro de Actas de Reuniones del Consejo de Administración • En este libro se escriben las Actas de todas las reuniones del Consejo de Administración ya sea ordinaria o extraordinaria. • La o el Secretaria/o de Actas y Acuerdos es la persona responsable de elaborar el Acta • Antes de finalizar la reunión debe leer el Acta, si hay que hacer alguna corrección o aclaración se hace en el momento. • Esta Acta puede ser levantada en un cuaderno para después pasarla al libro de Actas y así evitar manchones ya que un libro de Actas con manchones es inválido.

Las actas deberán ser numeradas en orden y deberán contener lo siguiente: a. Número de acta, lugar, fecha y hora de la sesión de reunión señalando si es Ordinaria o Extraordinaria. b. Señalar que exista quórum de ley para que se realice la reunión c. Los puntos de agenda, que serán discutidos en la reunión d. Los acuerdos que se toman en la reunión y el número de votos favorables con los que se tomó determinado acuerdo e. Consejo de Administración decide si las actas son firmadas por todas y todos o solamente del o la Secretaria o Secretario de Actas y Acuerdos del Consejo. Ver en Anexos, Ejemplo No. 8 Modelo de Acta del Consejo de Administración.

Libro 3: Libro de Actas de reuniones de la Junta de Vigilancia • En este libro se escriben las Actas de todas las reuniones de la Junta de Vigilancia ya sea ordinaria o extraordinaria. • El o la secretaria es la persona responsable de elaborar el Acta de la Junta de Vigilancia • Antes de finalizar la reunión debe leer el Acta, si hay que hacer alguna corrección o aclaración se hace en el momento. • Esta Acta puede ser levantada en un cuaderno para después pasarla al libro de Actas, así se evita manchones ya que un libro de Actas con manchones es invalido.

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Las actas deberán ser numeradas en orden y deberán contener lo siguiente: a. Número de acta, lugar, fecha y hora de la sesión de reunión señalando si es Ordinaria o Extraordinaria. b. Señalar que exista quórum de ley para que se realice la reunión. c. Los puntos de agenda, que serán discutidos en la reunión. d. Los acuerdos que se toman en la reunión y el número de votos favorables con los que se tomó determinado acuerdo. e. Las Firmas de las y los miembros de la Junta de Vigilancia.

Libro 4: Libro de registro de las y los Asociados Este libro se utiliza para tener un registro de cada socia y socios de la Cooperativa con su nombre, apellidos, cédula, dirección, comunidad y municipio donde habita. Se actualiza cada vez que hay Asamblea General en la que se aprueban nuevas socias y/o nuevos socios o se retiran socias y/o socios por cualquier causa. La o el Secretaria/o de Actas y Acuerdos es la persona responsable de llevar el Registro. Anexos, ejemplo No. 9 Modelo de Registro de las y los Asociados.

Libro 5: Libro de registro de certificados de aportación En este libro se registra el aporte que cada asociada y asociado entrega para el capital social de la cooperativa. Este aporte está respaldado por un certificado de Aportación En este libro, se lleva el control del capital suscrito por cada uno de las y los Asociados, así como de las aportaciones extraordinarias. Ver anexos, Aportación

Ejemplo No. 10 Modelo de de Registro de Certificación de

Los libros contables • Los libros contables son documentos oficiales que la cooperativa debe de presentar para rendir cuentas. Son parte del Régimen económico. • Estos libros son autorizados por el MEFCCA, que luego se llevan a la DGI o la Administración de Rentas para inscribirse y tener su número RUC o Razón social • Los libros contables son: Libro Diario, el Libro Mayor. Cartilla de Capacitación

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Libro 6: Libro Diario En este libro se anotan todas las actividades económicas que realiza la cooperativa diariamente, en el orden de fecha que se hizo la actividad económica.

Libro 7: Libro Mayor • En este libro se pasa cada mes la información que tiene el Libro Diario • El contador clasifica los movimientos realizados y los anota en diferentes cuentas: a. Cuentas Efectivo: aquí se anotan las entradas de dinero que se tienen por las ventas de productos o servicios que brinda la cooperativa y la recuperación de dinero que estaba por cobrar b. Cuentas Banco: aquí se anotan los retiros y depósitos de las cuentas bancarias de la cooperativa c. Cuentas por cobrar: se anota todo el dinero que la cooperativa tiene que recuperar en un plazo dado, este dinero puede ser el que se ha prestado a las socias y socios d. Cuentas por pagar: se anota todo el dinero que la cooperativa debe pagarle a otros, por ejemplo, dinero que debe la cooperativa a un banco. e. Inventario: se tienen que anotar en el libro Mayor y estos son los productos que aun no se han vendido, mobiliario de la cooperativa. f. Depreciación de activos: cada año se escriben las pérdidas de valor de los edificios, maquinarias, equipos, accesorios y mobiliarios propiedad de la cooperativa g. Compras: se escriben las compras de mercadería, materia prima, insumos. Estas compras pueden ser al crédito o contado h. Ventas: estas son las ventas al contado o ventas al crédito de productos o servicios. i. Gastos Administrativos: estos gastos son los pagos de planilla al personal administrativo, los gastos de Luz eléctrica, agua, impuestos, o alquiles.

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Tema 8: La integración disolución y liquidación Integración cooperativa La integración se da en las cooperativas cuando varias cooperativas de un grado menor deciden juntarse para conformar una cooperativa de un grado superior; por ejemplo: tres o más cooperativas de primer grado se juntan para formar cooperativas de segundo grado (uniones y centrales). Tres o más cooperativas de segundo grado se juntan para formar cooperativas de tercer grado (federaciones). Tiene por función la representación gremial, del movimiento cooperativo para realizar funciones de carácter económico, social y educativo. En la integración, las cooperativas conservan su Personalidad Jurídica, no se disuelven ni se liquidan.

Procesos de Integración: • Por resolución de la Asamblea General de las y los Asociados • Cinco o más cooperativas de primer grado o de base, del mismo tipo podrán organizarse en Centrales de cooperativas. La Central se constituye sin hacerse cargo del activo ni del pasivo de las cooperativas que la integran. • Cinco o más cooperativas de primer grado o de base, de distinto tipo, pero de un mismo departamento o región podrán organizarse en una Unión. La Unión se constituye, sin hacerse cargo del activo ni del pasivo de las cooperativas que la integran. • Tres o más Centrales y/o Uniones podrán constituir una Federación. • Tres o más Federaciones de cooperativas podrán constituir Confederaciones o asociarse a ella.

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Disolución de una Cooperativa La disolución de la cooperativa se da por acuerdo mutuo, el cual debe tener las siguientes causas: • Cuando el número de asociados/as está por debajo del mínimo legal (10 o 20 según el tipo de cooperativa) durante un período superior a un (1) año. • Por fusión o incorporación a otra cooperativa. a. La fusión: se da cuando varias cooperativas deciden unirse en una sola, creando una nueva cooperativa, la que se hace cargo del activo y pasivo de las que se fusionaron. b. La incorporación: se da cuando varias cooperativas deciden agregarse a otra. La cooperativa que las incorpora o agrega mantiene la Personalidad Jurídica, las cooperativas que se incorporaron pierden su Personalidad Jurídica y transfieren sus pasivos y activos. • Por la pérdida total del capital social y de fondo de reserva, o de una parte de éstos, contemplado en el Estatuto o el Reglamento. • Por decisión de la Asamblea General con un quórum del setenta y cinco (75) por ciento del total de los/as asociados/ as activos/as. • Por decisión de la autoridad de aplicación • Por extinción total del patrimonio de la cooperativa.

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Proceso de Disolución de una Cooperativa: Notificar a la Autoridad de Aplicación detallando los motivos, y fecha de la realización de la Asamblea General Extraordinaria en la que se tomó la decisión de disolverse. Se constituye una Comisión Liquidadora cuya función será: • Levantar el inventario de los activos patrimoniales y de los pasivos de cualquier naturaleza • Concluir las operaciones pendientes al tiempo de la disolución • Exigir cuentas de su administración a las personas que hayan manejado intereses de la cooperativa • Vender las mercaderías, muebles e inmuebles de la cooperativa • Cobrar judicial y extrajudicialmente los créditos activos, recibir su pago y otorgar los finiquitos respectivos por parte de la Autoridad de Aplicación • Liquidar y cancelar las cuentas de la cooperativa con terceros, en primer lugar con cada uno de las y los asociados si hubiera excedentes. • Presentar listado de liquidación ante las y los asociados y la autoridad de aplicación • Rendir al fin de la liquidación cuentas general de su gestión y obtener el finiquito • Concluida la liquidación después de haber realizado el activo y cancelado el pasivo, si hubiera remanente se destinara en el siguiente orden: a. Satisfacer los gastos de liquidación. b. Satisfacer a los cooperados los intereses de las aportaciones. c. Los excedentes pendiente o efectuar abonos que pudieran cubrirse. d. Devolver a los cooperados el monto que represente el valor de los certificados de aportaciones, o la parte proporcional de los mismos que corresponden en caso que la fuera insuficiente. e. El remanente si hubiese será transferido al órgano de integración o en su defecto al Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP), quien deberá destinarlo a la Capacitación, promoción y fomento cooperativo.

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Tema 9: Representación Nacional Gremial El Consejo Nacional de Cooperativas ( CONACOOP) es la representación gremial nacional de las cooperativas. • Está compuesto por la Asamblea General, integrada por las y los Delegadas y Delegados electas por las diferentes cooperativas de todo el país. Funciona con Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. • Un Consejo de Administración el cual es electo por esa Asamblea General. • Una Secretaria General, que funcionará como órgano de apoyo técnico y administrativo. Este Consejo designa a las y los representantes del sector cooperativo ante el Instituto Nacional Cooperativo (INFOCOOP). Funciones y atribuciones del CONACOOP: Elabora, aprueba y reforma, cuando es necesario, su Reglamento de Funcionamiento. Participa, asesora, en la elaboración de propuestas de políticas y programas para fomento, promoción, educación y desarrollo del movimiento cooperativo. Promueve el desarrollo del movimiento cooperativo y estudia los problemas que dificultan el desarrollo del cooperativismo.

Tema 10: Las Cooperativas y el Estado Nicaragüense 10.1. INFOCOOP La Ley General de Cooperativas, Ley No. 499, articulo 113, crea al Instituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), en el 2005, se constituye con Personalidad Jurídica propia, con autonomía administrativa y funcional, es el organismo rector de la política nacional de protección, fomento y desarrollo cooperativo. En Julio del 2012, la Ley No. 804., manda integrar al INFOCOOP, como un ente descentralizado del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria y Cooperativa, manteniendo el INFOCOOP la función de la promoción, el fomento y desarrollo cooperativo, a través de la capacitación, asistencia técnica, comunicación y tecnología, y la consulta de políticas en conjunto con los gremios cooperativos. Servirá de enlace territorial, facilitará el acceso a los servicios cooperativos y establecerá coordinaciones con otras instituciones en programas encaminados al desarrollo cooperativo. El INFOCOOP, es una instancia de Gobierno.

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10.2. Ministerio de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa (MEFCCA) El MEFCCA, fue creado por la Ley de Reforma y Adición a la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, Ley No. 804, Publicada en La Gaceta No. 134 del 17 de Julio del 2012. Esta Ley, le confiere al Ministerio La fiscalización, registro y control de las cooperativas y todas las acciones de carácter gubernamentales vinculadas con éstas; cuyas funciones habían sido desempeñadas por el INFOCOOP. Estas competencias serán ejercidas por la Dirección Especifica de Registro y Control de la Dirección General de Asociatividad y Fomento Cooperativo del Ministerio de Economía Familiar, comunitaria, Cooperativa y Asociativa. 10.3 Las cooperativas y las exenciones de impuestos: Según la Ley General de Cooperativas, Ley No. 499, en su artículo, 109, las cooperativas con el objetivo de estimular el movimiento cooperativista se otorga de conformidad de la ley de la materia y otras disposiciones los siguientes beneficios y exenciones: Exención de impuesto de timbre y papel sellado. • Exención del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). • Publicación gratuita de todos los documentos en La Gaceta, Diario Oficial. • Exención de Impuesto sobre Renta (IR). • Exención de Impuesto al Valor Agregado (IVA), para la importancia de los insumos, materias primas, bienes intermedios y de capital utilizados en la producción de los bienes de exportación y de consumo interno. • Exención del Derecho Arancelario de Importación (DAI), Impuesto Selectivo de consumo (ISC), Impuesto al Valor Agregado (IVA) e impuestos municipales en las importaciones de bienes de capital, llantas, materia prima, maquinarias, insumos y repuestos.

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para futuras asociadas y asociados de cooperativas

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ANEXOS

Cartilla de Capacitaciรณn

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Anexo 1: Certificado de Aportación COOPERATIVA MULTISECTORIAL DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS SANTA MARTHA R.L COMUPRASAMA, R.L NO. RUC. CERTIFICADO DE APORTACIÓN Nº. 00001 La cooperativa Multisectorial de Productos Agropecuarios Santa Martha, R.L del Municipio de Santa Tereza, del departamento de Carazo, en cumplimiento al Arto. 41 de la ley General de Cooperativas (Ley 499) otorga el siguiente Certificado de aportación a: Valor del Certificado C$: _____________ Asociada(o): _______________________________ Cedula Nº:___________________________ Valor en letras:_________________________________________________________________ Beneficiaria(o):______________________________

Nº Cédula:_______________________

Parentesco: __________________________ Fecha de emisión del Certificado de Aportación: _____________________________________ __________________ Presidente(a)

____________________ Sello de la Cooperativa

_________________ Secretario(a)

Anexo 3: Ejemplo de Inventario No. 1

2

DESCRIPCIÓN

Código

Mobiliario

Estado Bueno Malo

1.1. Escritorios

2

1-111

x

1.2. Sillas

4

1-112

x

1.3. Archivadora

1

1-113

x

2

2-111

x

Maquinaria 2.1. Despulpadora

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Cantidad


Anexo 2: Ejemplo del Balance General Balance Genera Cooperativa Flor de Pino RL Periodo 31 de julio 2009 al 01 junio 2010 2009

2010

Variaciรณn

Activo Efectivo y Valores

100

120

20

Cuentas por cobrar

50

60

10

Inventario

150

180

30

Total Activo Corriente

300

360

60

Propiedades, planta y equipo

400

490

90

Depreciaciรณn Acumulada

(100)

(130)

(30)

Activo Fijo Neto

300

360

60

Activos Totales

600

720

120

Cuentas por pagar

60

72

120

Deuda de Corto Plazo

90

184

94

Total Pasivo Corriente

150

256

106

Deuda de Largo Plazo

150

150

00

Total pasivo

300

406

106

Capital de los Accionistas

200

200

00

Utilidades Retenidas

100

113

13

Total patrimonio

300

313

13

Total Patrimonio Pasivo

600

720

120

Pasivo

Cartilla de Capacitaciรณn

para futuras asociadas y asociados de cooperativas

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Anexo 4: Estado de Resultado Recurso Ingresos de Operación Venta de bienes

149,799

Servicios cooperativos

42,702,830

Otros servicios

826,657 Total ingresos de operación 43,679,286

Ingresos de la propiedad Arrendamiento inmobiliario

5,958,354

Arrendamiento de parcelas

7,205

Dividendos

33,341

Intereses bancarios

5,523,675

Utilidad por venta de activo

91,573

Beneficio en operaciones bancarias

248,850,558

Otros ingresos de la propiedad

10,819,917 Total de ingresos de la propiedad 271,594,723

Ingresos extraordinarios Ingresos por regalías

69,930

Ingresos ajenos a la operación

38,389,841 Total de ingresos extraordinarios 39,459,481

Aportes para financiar gastos de capital Sector público

3,892,479

Sector externo

229,168

Total de aportes para financiamiento

4,121,647

Total Recursos Egresos Gastos de personal

50,434,645

Materiales y suministros

3,383,327

Servicios no personales

19,786,183

Repuestos y reparaciones mayores

752,119

Transferencias

3,300,295

Depreciación y amortización

745,580

Otros egresos

6,140,314 Total de Egresos 84,542,463 Resultado del Ejercicio 274,312,603

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Anexo 5: Distribución de Excedente Cooperativa multisectorial “Carlos Fonseca” R.L Su única actividad económica fue la producción y venta de queso. Supongamos que el valor de la libra de queso fue de C$ 22 y que la cooperativa produjo y vendió 1,000 libras Ingreso bruto: C$ 22,000 Menos gastos incurridos

C$ 8,000

Excedentes brutos:

C$ 14,000

A esta cantidad, le sacamos los porcentajes que la ley 499 manda sobre las reservas: Reserva legal (10%)

C$ 1,400

Educación (10%)

C$ 1,400

Reinversión (10%)

C$ 1,400

INFOCOOP (2%)

C$ 280

Sub total:

C$ 4,480

¿Cuánto nos queda?

C$ 9,520 que serán repartidos entre los asociados.

Cartilla de Capacitación

para futuras asociadas y asociados de cooperativas

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Anexo 6: Modelo de Convocatoria COOPERATIVA AGRÍCOLA URIEL ARAUZ, R.L (COPAUA, R.L) Mateares, 28 de marzo del 2012 CONVOCATORIA A: Maura Esperanza Blanco Martínez Socio (a) de la cooperativa El consejo de Administración de la Cooperativa Agropecuaria Agrícola Uriel Arauz, R.L. Por este medio se les está convocando a Usted, para participar en la Celebración de la Asamblea General Extraordinaria de asociadas y asociados para desarrollar los siguientes puntos de Agenda Agenda 1. Comprobación de Quórum 2. Himno Nacional de Nicaragua 3. Elección y/o aprobación de los órganos de Dirección a) Consejo de Administración b) Junta de Vigilancia c) Comisión de Educación y Promoción del Cooperativismo 4. Actualización de listado de Asociado 5. Himno del Cooperativismo

Fecha: 02 de Abril del 2011. Hora: 10:00 de la mañana Lugar: Casa comunal Orlando José Catón Moreno Secretario del Consejo Administración COPAUA, R.L.

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Anexo 7: Acta de Asamblea General de Asociados Actas de Asamblea General Extraordinaria Acta N°. 001 Reunidos en las instalaciones de la cooperativa Flor de la Canela R.L, (COFLORCA, R.L) que sita de la iglesia el Calvario 250 metros al este en el Municipio de Masaya, del departamento de Masaya, siendo el 15 de abril a las diez de la mañana del año dos mil doce, con el objeto de celebrar una Asamblea General de carácter Extraordinaria, para tratar los siguientes puntos de agenda: 1.- Himno Nacional 2.-Constatación del quórum (60%) 3. Elección y/o Ratificación de los órganos de dirección a) Consejo de Administración b) Junta de Vigilancia, c) Comisión de Educación y Promoción del Cooperativismo 4.- Solicitud a INFOCOOP para la certificación de los órganos de dirección 5.- Actualización de listados y datos personales de asociados 6.- Himno del cooperativismo Desarrollo de la agenda: 1. Se entonaron las notas del himno nacional 2. Verificación del quórum: ( se detallan los nombres de los asociados presentes). De diez socias y socios que están inscritos en la cooperativa, se encuentran presente 6 personas (mujeres:4 Y hombres:2), que representan el 60%. Elección y/o aprobación de los órganos de dirección A).- Consejo de Administración Para el cargo de Coordinador(a), la asamblea propone al Cro.________________se somete a votación saliendo electo con ____votos a favor. En el orden se van eligiendo los otros cargos de acuerdo al órgano que integraran, con la misma metodología de trabajo que se inicio para el cargo de presidente. b).- Junta de Vigilancia Para el cargo de Coordinador(a), la asamblea propone al Cro.________________se somete a votación saliendo electo con ____votos a favor. En el orden se van eligiendo los otros cargos de acuerdo al órgano que integraran, con la misma metodología de trabajo que se inicio para el cargo de presidente. c) Comisión de Educación y Promoción del Cooperativismo Para el cargo de Coordinador(a), la asamblea propone al Cro.________________se somete a votación saliendo electo con ____votos a favor. En el orden se van eligiendo los otros cargos de acuerdo al órgano que integraran, con la misma metodología de trabajo que se inicio para el cargo de presidente. Al final de la asamblea, se lee el acta en pleno, posteriormente se procede a la firma del Acta. Cartilla de Capacitación

para futuras asociadas y asociados de cooperativas

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Anexo 8: Modelo de Acta del Consejo de Administración Libro de Actas del Consejo de Administración Acta N°. 001 Reunidos en las instalaciones de la cooperativa Flor de la Canela R.L, (COFLORCA, R.L) ubicada de la iglesia el Calvario 250 metros al este en el Municipio de Masaya, del departamento de Masaya, siendo el 15 de abril a las diez de la mañana del año dos mil doce, con el objeto de celebrar la reunión del Consejo de Administración, para tratar los siguientes puntos de agenda: 1.- Constatación de quórum 2.- Revisión de Acuerdos, reunión anterior 3.- Revisan avance del Plan Operativo 4.- Contratación de Personal 5.- Revisión de solicitudes de nuevo ingresos 6.- Varios Desarrollo de la agenda: Aquí se va escribiendo por cada, punto desarrollado un resumen de lo que se considera más importante y los acuerdos que queden. Una vez terminado de abordar toda la agenda se hace un resumen de los acuerdos, con fecha de cumplimiento, responsable y participantes. Se cierra señalando: Finaliza la reunión a la una de la tarde del día quince de abril del año dos mil diez, a lo que estando de acuerdo ratificamos y firmamos todas las socias y socios presentes.

___________________________________________________________________ Firmas Secretaria/o de Actas y Acuerdos del Consejo de Administración Firmas de las y los miembros del Consejo de Administración

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Anexo 9: Modelo de Registro de asociadas y Asociados Este libro, que ha sido autorizado y sellado por el MEFCCA, se utiliza para registrar el listado de Asociadas y Asociados. Los datos que deben llevar son: N°

Nombres y Apellidos

N°. Cédula

Si esta: Ocupación/ Casada/o Oficio Soltera/ Acompañada/o Viuda/o

Donde vive

Teléfono

1 2

Cada Año se actualiza, después de la Asamblea General Ordinaria, cuando esta aprueba los nuevos ingresos y las solicitudes de baja de las personas que deciden retirarse de la cooperativa: En el Acta No. 10, de la Asamblea General Ordinaria, inscrita en los folios del 15 al 20 del libro de actas de acuerdos que lleva la Cooperativa Multisectorial de Productores Agropecuarios Sacuanjoche, R.L realizada el diez de enero del año dos mil once, a las 10:00 de la mañana en el Local del Auditorio del Colegio Santa Martha que cita del puente San Cristobal tres cuadras al Este. En el punto 5 de la agenda se aprobaron nuevos ingresos y las bajas solicitadas de las y los Asociados, a continuación se detalla: Asociados que son dados de baja, por solicitud voluntaria N° Nombres y Apellidos

N°. Cédula

Si esta:

Ocupación/ Donde vive Oficio

Teléfono

1

xxxxxxxxxxxxxx

Casado

Productor

xxxxx

Saúl Bernardo Maravilla Barrantes

Municipio Comunidad Cerro Azul

Nuevos ingresos N° Nombres y Apellidos

N°. Cédula

Si esta:

Ocupación/ Donde vive Oficio

Teléfono

1

xxxxxxxxxxxxxx

Soltera

Productora

xxxxx

Rosalpina Silva Aráuz

Cartilla de Capacitación

Comunidad Lagunita

para futuras asociadas y asociados de cooperativas

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Anexo 10: Registro de Certificación de aportaciones Registro de certificación de aportaciones Nombre del asociado: Pedro José Figueroa Nº. de Cédula: 441-070860-0003P Beneficiario: Martha Sánchez Nº. de Cédula: 441-070860-0003P Dirección: Iglesia Morava 3 c al este ½ c al norte. Bluefields. No. Tipo 1

Nº Valor Ord. Ext. Certificado C$

Fecha de emisión

transf.

Observaciones

X

15

500

10/08/2009

efectivo

Ingreso al constituir la cooperativa

2

X

70

1,000

15/12/2010

Efectivo

Aprobado en acta Nº 12 en Asamblea Gral Extraordinaria 10/07/2010

3

X

102

500

22/11/12

Efectivo

Aprobado en Acta Nº 21 en Asamblea Gral Extraordinaria 25/11/2011

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