BSAU enero - mayo 2013

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ACCESIBILIZANDO

El dilema de los vados «Es ignorancia no saber distinguir entre lo que necesita demostración y lo que no la necesita.» Aristóteles (384 AC – 322 AC) La detención o retroceso de la evolución política, cultural, económica, social, etc. demuestra la ralentización de los procesos de democratización del espacio público. «La historia de la ciudad es la de su espacio público. Las relaciones entre sus habitantes y entre el poder y la ciudadanía se materializan, se expresan en la conformación de las calles, las plazas, los parques, los lugares de encuentro ciudadano… El espacio público define la calidad de la ciudad, porque indica la calidad de vida de la gente y la calidad de la ciudadanía de sus habitantes… La diversidad hace posible el intercambio y tiene como condición que haya un mínimo de pautas comunes – de civismo – que hagan posible la convivencia...» 1 El vado

Vado según ordenanza año 1989, construido recientemente en el Corredor Garzón.

El vado, o rebaje de cordón peatonal, es una herramienta para permitir a los peatones descender con seguridad a la calzada para continuar con su itinerario dentro del espacio público. Si bien, aquellas personas que poseen alguna discapacidad motora son los principales beneficiados de su existencia, su utilidad no es exclusiva de estos. Por

lo que la denominación popular de «rampas de discapacitados» es uno de los principales conceptos a erradicar. Existen varias tipologías para su materialización: vado de un plano inclinado (vado Barcelona), vado de tres planos inclinados, vado de esquina deprimida, o vado de acera deprimida. Su utilización depende del tipo de acera donde se instala y de las condiciones espaciales de dicho cruce. El vado y las ordenanzas A nivel internacional, el diseño de esta herramienta ha mutado con el pasar de los años, contemplando la seguridad y confort de los usuarios, de los peatones en general. Nuestra materia legislativa técnica tiene una fuerte impronta española, de hecho, su base data de la década de los ochenta y noventa donde el Real Patronato de la Discapacidad de España aportó el conocimiento que existía en la materia a profesionales nacionales que en aquel entonces se encontraban vinculados con el mismo. Hoy, el foco de esta nota, está centrado en la realidad de los vados montevideanos y en el supuesto avance generado. La primer ordenanza en materia de accesibilidad al medio físico vió la luz en el Montevideo de 1989. Por aquel entonces, la Intendencia Municipal de Montevideo (IM), en el «Volumen XV - Planeamiento de la edificación» de su Digesto Municipal, contenía el «libro XVI - Planeamiento de la edificación, Parte reglamentaria», el cual dedicaba un título expreso (Título XIV) para las disposiciones especiales para proyecto y acondicionamiento urbano para personas discapacitadas. En su sección III - CRUCES PEATONALES, el artículo R.1846. nos decía: «Rebajes de cordón. En las esquinas y los cruces peatonales en todas las direcciones hábiles, se salvará el desnivel entre acera y calzada, mediante rebaje de cordón y dando a la acera la pendiente adecuada para su correcto acordamiento con el nivel de la calzada. Dicha pendiente no será mayor a un 10%, con un ancho nunca menor a un metro. Los rebajes deberán acordarse lateralmente con los niveles de la acera, con una pendiente no mayor al 30% en el punto más comprometido. Fuente: art. 12 Resolución Nº 152/89».

Técnico-académico

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